1. Resumen ejecutivo
La Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia del Senado abordó dos iniciativas que buscan activar respuestas institucionales más tempranas frente a situaciones de especial vulnerabilidad. La primera regula los establecimientos de corta estadía para prevenir la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes. La segunda establece deberes de aviso y respuesta cuando un niño o niña queda sin una persona adulta responsable en un establecimiento de salud. Ambos proyectos permanecen en primer trámite constitucional y la sesión del 22 de septiembre terminó sin votaciones.
En el boletín 17.738-36, la Fiscalía y Sernatur compartieron el objetivo preventivo, pero advirtieron que el texto debe definir con mayor precisión qué se entenderá por establecimiento de corta estadía y qué institución fiscalizará, aplicará sanciones y supervisará el cumplimiento. La regulación también deberá resolver cómo incorpora los arriendos directos y las plataformas digitales, incluidas aquellas operadas desde el extranjero. La discusión mostró que dejar estos elementos exclusivamente a un reglamento podría debilitar la aplicación práctica de la futura ley.
En el boletín 18.554-36, la senadora Danisa Astudillo inició la presentación de una propuesta orientada a reducir los tiempos de espera institucional. El proyecto obliga a hospitales y clínicas a informar un caso de abandono dentro de 24 horas y pide al tribunal de familia resolver de inmediato la medida de protección correspondiente. La Comisión planteó escuchar a los organismos públicos vinculados con salud y protección especializada, y conversó sobre una eventual revisión adicional por la Comisión de Salud. Esta alternativa no quedó formalizada mediante una votación en la sesión.
| Boletín | Objeto | Estado al cierre de la sesión | Asunto pendiente | Próximo paso |
|---|---|---|---|---|
| 17.738-36 | Prevenir la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en establecimientos de corta estadía. | Primer trámite constitucional. La Comisión continuó su estudio y recibió a Fiscalía y Sernatur. No hubo votación. | Delimitar los establecimientos alcanzados y definir fiscalización, sanciones, registros y deberes de denuncia. | Continuar el estudio en la Comisión y resolver las definiciones normativas antes de una eventual votación. |
| 18.554-36 | Activar la protección de niños y niñas abandonados en establecimientos de salud. | Primer trámite constitucional. La Comisión inició su estudio con la presentación de la autora. No hubo votación. | Escuchar a las instituciones competentes y precisar la coordinación entre salud, protección especializada y tribunales de familia. | Recibir nuevas exposiciones y evaluar si la Sala deriva también el proyecto a la Comisión de Salud. |
2. Prevención de la explotación sexual en alojamientos de corta estadía
2.1. El alcance del problema presentado por la Fiscalía
Maurizio Sovino, director de la Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Explotación Sexual del Ministerio Público, explicó que los ingresos por violencia sexual aumentaron de forma sostenida después de la pandemia y se aproximan a 50.000 casos anuales. Según los datos expuestos por la Fiscalía, el 72% de las víctimas identificadas en el período analizado tenía menos de 18 años y el 60% correspondía a niñas o adolescentes mujeres. Estas cifras describen el conjunto de la violencia sexual conocida por el sistema penal y no equivalen íntegramente a casos de explotación sexual. La Fiscalía indicó en la sesión que este último fenómeno representa una proporción menor dentro de las categorías registradas, aunque presenta un aumento sostenido y dificultades de medición.
La exposición distinguió cuatro manifestaciones relevantes. Estas comprenden el intercambio presencial de conductas sexuales, la explotación mediante plataformas digitales, la trata con fines de explotación sexual y los casos vinculados con viajes o turismo. Sovino señaló que los intercambios pueden involucrar dinero, drogas, alimentos, útiles escolares, teléfonos, conectividad o tatuajes. También explicó que una parte de las víctimas se encuentra previamente vinculada al sistema de protección y puede desarrollar relaciones de dependencia o apego con quienes las explotan, lo que dificulta la denuncia y la investigación penal. La presentación puso especial atención en el contacto digital y en la existencia de relaciones directas entre una víctima y múltiples explotadores que no necesariamente forman una organización común.
2.2. Definiciones que el proyecto todavía debe resolver
La Fiscalía advirtió que el concepto de establecimiento de corta estadía debe cubrir una realidad más amplia que la hotelería tradicional. El mercado incluye departamentos, casas, cabañas y habitaciones arrendadas directamente por sus propietarios, además de plataformas digitales que pueden carecer de recepción presencial y operar desde el extranjero. Una definición imprecisa podría dejar actividades fuera de la regulación o imponer obligaciones poco aplicables a situaciones familiares legítimas. Por ello, Sovino propuso considerar registros digitales, mecanismos de certificación en línea y procedimientos adecuados de verificación de identidad, según consta en la sesión.
Otro punto pendiente es la arquitectura de cumplimiento. La Fiscalía y Sernatur coincidieron en que la ley debe identificar a la autoridad encargada de supervisar, fiscalizar y sancionar. Marcela Neira, representante de Sernatur, explicó que el servicio fiscaliza a prestadores turísticos dentro de sus competencias sectoriales y que no actúa como organismo general de seguridad pública. Sernatur ya administra un código voluntario para prestadores turísticos que incluye capacitación, protocolos, mecanismos de detección, pautas de actuación, un registro de adherentes y seguimiento. Esa experiencia puede apoyar la política preventiva, pero no resuelve por sí sola la fiscalización de todo el universo de alojamientos de corta estadía tratado en la sesión.
La Fiscalía también propuso coordinar la iniciativa con las políticas públicas vigentes contra la explotación sexual y revisar el deber de denuncia. Si el proyecto incorpora nuevos sujetos obligados a denunciar delitos contra niños, niñas y adolescentes, Sovino planteó que esa obligación podría integrarse al artículo 175 del Código Procesal Penal. Además, recomendó que la ley establezca contenidos mínimos para la capacitación y no entregue la totalidad de estas definiciones a normas posteriores. Al cierre de la discusión, la Comisión no votó el boletín 17.738-36 ni concluyó su estudio.
3. Protección de niños y niñas abandonados en establecimientos de salud
3.1. El problema que busca abordar el proyecto
La senadora Danisa Astudillo presentó el boletín 18.554-36 a partir de casos en que niños y niñas permanecen hospitalizados después de terminada la necesidad estrictamente médica, mientras el sistema de protección y los tribunales definen una alternativa de cuidado. Un levantamiento realizado mediante solicitudes de transparencia a 68 hospitales públicos identificó al menos 407 niños y niñas sin familiares a cargo entre 2018 y 2024. La propia autora aclaró que la información era incompleta y no constituye un catastro nacional. En algunos establecimientos se informaron esperas de tres a seis meses y se expuso el caso de un niño que permaneció durante años en el Hospital Regional de Iquique debido a sus necesidades de salud y a la medida judicial vigente, de acuerdo con la presentación ante la Comisión.
El proyecto parte de que los establecimientos de salud pueden prestar atención médica, alimentación y cuidados, pero no están diseñados para sustituir de manera prolongada los vínculos y la estimulación que requiere el desarrollo infantil. La propuesta busca acortar el período entre la detección del abandono y la adopción de una medida de protección, utilizando instituciones y alternativas de cuidado que ya existen en el ordenamiento. La autora subrayó en la sesión que la iniciativa no cuestiona el trabajo de los equipos hospitalarios y procura evitar que la permanencia se prolongue por falta de una respuesta oportuna.
3.2. Las dos modificaciones propuestas
La primera modificación obliga a los directores de hospitales y clínicas particulares a informar al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia o al tribunal de familia competente dentro de las 24 horas siguientes a tomar conocimiento del abandono de un niño o niña. También establece un reporte semestral al Departamento de Estadísticas e Información de Salud, con el propósito de producir información sistemática para dimensionar el fenómeno y orientar las políticas públicas. Este contenido fue presentado al comenzar el estudio del proyecto en la sesión del 22 de septiembre.
La segunda modificación se dirige al tribunal de familia. Una vez conocido el caso, el juez deberá resolver de inmediato y preferir, cuando corresponda, medidas que confíen el cuidado a una persona o familia, o dispongan el ingreso a un programa de acogimiento con personas previamente evaluadas y capacitadas por el Servicio de Protección Especializada. La propuesta no determina que toda situación deba concluir del mismo modo, pues mantiene la evaluación judicial del interés superior y de las circunstancias de cada niño o niña. La explicación completa quedó registrada en la sesión.
3.3. Audiencias y coordinación pendientes
La senadora Astudillo propuso que la Comisión reciba al Ministerio de Salud, al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a la Defensoría de la Niñez y a personas u organizaciones con experiencia en familias de acogida. Estas intervenciones permitirían revisar la viabilidad del plazo de 24 horas, la construcción del registro estadístico y la capacidad efectiva de los programas de acogimiento para responder a nuevos casos. La Comisión manifestó disposición a continuar la tramitación y escuchar a los organismos vinculados.
Durante el intercambio también se conversó sobre la posibilidad de que la iniciativa sea examinada por la Comisión de Salud, debido a las obligaciones que impondría a hospitales y clínicas. La sesión no registró un acuerdo formal ni una votación sobre esa derivación. Por ahora, el boletín 18.554-36 permanece en primer trámite constitucional y su estudio recién comenzó en la Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia, según consta en el registro de la sesión.
4. Aspectos a seguir en las próximas sesiones
En el boletín 17.738-36, el debate se concentrará previsiblemente en la delimitación de los sujetos obligados, la inclusión de plataformas y arriendos directos, la verificación de identidad y la definición legal de la autoridad fiscalizadora y sancionadora. También deberá resolverse la relación entre el deber de denuncia propuesto y las reglas generales del Código Procesal Penal. Son materias que quedaron abiertas al concluir la sesión.
En el boletín 18.554-36, será relevante conocer la capacidad operativa del sistema de protección especializada, la disponibilidad de familias de acogida y la forma en que hospitales y clínicas identificarán y comunicarán los casos. La Comisión también deberá precisar si solicitará formalmente una revisión adicional por la Comisión de Salud. Ninguno de los dos proyectos quedó aprobado o despachado el 22 de septiembre, por lo que ambos requieren nuevas actuaciones legislativas después de la sesión analizada.
5. Nota sobre fuentes y datos
El reporte se elaboró a partir de la transcripción completa y la tabla de la sesión de la Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia del Senado del 22 de septiembre de 2026. Los datos cuantitativos corresponden a antecedentes expuestos por las personas invitadas o por la autora de una de las iniciativas durante esa sesión. No se presentan como estadísticas nacionales completas cuando la propia exposición advirtió limitaciones de cobertura.
Anexo. Fuente consultada
| Fecha | Órgano | Materias tratadas | Enlace |
|---|---|---|---|
| 22 de septiembre de 2026 | Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia del Senado | Boletines 17.738-36 y 18.554-36. | Ver sesión |