Se abre la sesión por el bien de la patria. Antes de dar la palabra al secretario, ofrezco disculpas por un imprevisto que me impidió llegar a la hora. Se ha recibido un oficio de la coordinadora del Congreso Virtual, mediante el cual se remite un reporte de la participación ciudadana en relación a ciertos proyectos, como el que regula la crianza sin jaulas de gallinas y otras aves. También se ha recibido un oficio de la Subsecretaría de Fuerzas Armadas, que informa sobre la glosa pertinente en cumplimiento de la Ley de Presupuestos del año 2025. De igual manera, un oficio del Ministerio de Transporte, que da cumplimiento a la información sobre su respectiva glosa en relación a la Ley de Presupuestos.
Asimismo, se ha recibido una solicitud de audiencia de la Fundación Cielos de Chile, a fin de ser considerada dentro de las audiencias y el debate técnico del proyecto de ley que establece medidas para la protección de los cielos. Además, hay dos notas que comunican pareos: una de la diputada Busante con el diputado Mesa, y otra de la diputada Santibáñez con el diputado Cornejo.
Eso es todo. Ofrezco la palabra sobre la cuenta. Cerrada la cuenta, vamos a pasar al orden del día. La sesión tiene por objeto continuar la discusión y votar en general el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para otorgar la calidad jurídica de seres sintientes a los animales que señala, Boletín N° 17.944-12. ¿Podemos proceder a tomar la votación?
Gracias. Vamos a fijar plazo de indicaciones hasta el día viernes 13 de marzo. Sin perjuicio de que pueden dejar sus indicaciones en cualquier momento. Entonces, el plazo se extiende hasta el viernes 20 de marzo.
Pasemos al segundo punto de la tabla, que es iniciar la votación particular del proyecto de ley, iniciado en moción, que establece medidas para la protección de los cielos en áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica, Boletín N°17.754-12. Para estos efectos, vamos a escuchar previamente a don Marco Rivero, de la Sociedad Nacional de Minería, quien intervendrá en relación a los artículos 2, 3 y 6, junto a don Luis Manuel Rodríguez.
Don Marco, le ofrezco la palabra.
Muchas gracias, presidente. Agradezco esta invitación para transmitir nuestros puntos de vista respecto de este proyecto. Teniendo presente que la actual etapa legislativa es la discusión particular del mismo, considero conveniente exponer algunas consideraciones que son comunes a todos los artículos del proyecto.
Este tiene por objeto establecer restricciones y prohibiciones para la protección de los cielos en áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica. Sin embargo, del examen de su contenido, se advierte que no identifica con claridad un problema regulatorio nuevo o no cubierto por la normativa vigente, ni acredita la insuficiencia de los instrumentos legales y administrativos actualmente disponibles.
En efecto, el ordenamiento jurídico chileno ya contempla mecanismos adecuados para la protección de los cielos con fines científicos, tanto a través de la legislación ambiental vigente, en particular la Ley N°19.300, como mediante normas administrativas específicas, tales como la declaración de áreas de valor científico y la norma de emisión de luminosidad artificial. Dichos instrumentos permiten establecer restricciones y prohibiciones de manera flexible, proporcional y técnicamente fundamentada, adaptándose a los avances tecnológicos y a la necesaria compatibilización con otras actividades productivas.
El proyecto, por lo tanto, requiere una revisión más profunda para determinar su viabilidad y efectividad en el contexto actual.
En cambio, se introducen rigideces normativas significativas, destacando la creación de zonas de exclusión amplias y permanentes, definidas en términos imprecisos y sin una adecuada ponderación de sus impactos territoriales, sociales y económicos. En particular, la prohibición de actividades en un radio de setenta kilómetros desde determinados observatorios genera afectaciones relevantes a derechos adquiridos, especialmente en materia de concesiones mineras, debilitando la certeza jurídica y exponiendo el texto a eventuales cuestionamientos de constitucionalidad.
Asimismo, tratándose de la observación astronómica, desarrollada en gran medida en el marco de tratados y convenios internacionales, el proyecto de ley avanza sobre materias que son de competencia exclusiva del Presidente de la República, pudiendo interferir con los mecanismos propios de dichos acuerdos y con la conducción de las relaciones internacionales del Estado de Chile.
Como alternativa, se propone mantener y perfeccionar el marco normativo vigente, reforzando el uso de los instrumentos administrativos y ambientales existentes, y canalizando los eventuales conflictos que involucren a Estados u organismos internacionales a través de los mecanismos previstos en los respectivos tratados y convenios. De este modo, es posible asegurar una protección efectiva de los cielos con fines científicos, sin sacrificar la proporcionalidad regulatoria, la certeza jurídica ni el desarrollo equilibrado de las regiones involucradas.
A continuación, quisiera exponer las proposiciones concretas a este proyecto mediante una presentación que realizará el abogado asesor de SONAMI, don Marco Rivero. Muchas gracias. Muy buenas tardes, señoras diputadas, señores diputados, secretario y personal asesor.
Voy a ser muy breve para permitir una intervención importante. Lo primero que hay que señalar es que, naturalmente, si uno revisa la discusión de este proyecto, tenía un importante impulso por el conflicto que se había suscitado en la Segunda Región, en la región de Antofagasta, entre un proyecto de hidrógeno verde impulsado por un denominado INA y el Observatorio Europeo Austral. Estimamos que ese impulso o esa energía que este proyecto tenía se ha disipado por razones de que la empresa finalmente anunció su decisión de desistir del megaproyecto. Por lo tanto, creemos que se brinda un espacio de discusión y reflexión respecto a las medidas que se proponen, un poco más pausado y tal vez menos cargado por un problema puntual como era aquel.
Dicho lo anterior, y ratificando lo que señalaba aquí el vicepresidente de SONAMI, nosotros estimamos que la normativa legal vigente y la normativa administrativa vigente tienen los suficientes instrumentos para resolver los potenciales conflictos que se presenten entre la observación astronómica comprometida con los observatorios y las demás actividades, particularmente la actividad minera. Aquí se señala que la normativa legal vigente contempla como contaminantes la vibración y el ruido.
La luminosidad artificial. Posteriormente, en la misma ley, en el artículo 11, letra D, se contemplan áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectadas por ella. A continuación, tenemos una ley que también refuerza las herramientas referidas a esta materia, que es la Ley 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia y le asigna la función de proponer al Presidente de la República las áreas con valor científico para la observación astronómica, las cuales serán declaradas por decreto supremo solicitado por el ministerio.
Como se puede ver, son documentos importantes que contienen parte de las definiciones que propone el proyecto y que, a nuestro juicio, resultan suficientes y flexibles, como lo señalaba el vicepresidente, para resolver los eventuales conflictos. También existe una normativa administrativa vigente para la protección de los cielos con fines científicos. En el decreto supremo número 2 del 2023 del Ministerio de Ciencias, se declaran áreas de valor científico en una cantidad importante de comunas en distintas regiones del país, entre las cuales se incluye Taltal, en la región de Antofagasta. Aquí se percibe que la autoridad en general tiene este componente del fin científico que puede reunir ciertas extensiones territoriales.
Por otra parte, el decreto supremo número 1 de 2022 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece la emisión de luminosidad artificial, también trae definiciones como áreas astronómicas, calidad astronómica y cielos nocturnos. Como se observa, esto no es un tema que esté incipiente o recién dándose, sino que se expresa a través de nuestra normativa.
En cuanto a las observaciones específicas que corresponden a este trámite de discusión, creemos que al artículo primero, segundo y tercero se les pueden hacer observaciones. El cuarto y el quinto los hemos omitido, ya que consagran simplemente aspectos que actualmente se encuentran vigentes y en operación, como el 10% de reserva para los astrónomos nacionales y la prohibición de utilizar este tipo de observatorios para fines bélicos.
Respecto al artículo primero, que establece restricciones y prohibiciones, reiteramos que la actual normativa legal y administrativa permite establecer tales restricciones en un marco de cierta flexibilidad, adaptándose a los avances tecnológicos y a las prioridades que se establezcan en función de factores científicos, económicos o sociales. Creemos que este proyecto de ley se orienta a dificultar la compatibilización entre las actividades de la observación astronómica y el desarrollo de otras industrias, particularmente con la actividad minera.
Aquí hay dos alcances que profundizan lo señalado por el vicepresidente. Gran parte de la observación astronómica en nuestro país se realiza en el marco de convenios internacionales, y los derechos que posee están consagrados en dichos convenios. Por lo tanto, otorgar un apoyo o un beneficio a las contrapartes internacionales en un convenio excede la capacidad que puede tener una legislación para realizarlo.
Recientemente, hemos visto que la autoridad administrativa, particularmente la Cancillería, intervino en un episodio entre un observatorio extranjero y una universidad, lo que llamó la atención sobre prerrogativas que se estaban invadiendo. Creemos que este proyecto debiera reflexionar sobre ello y buscar formas de salvar ese inconveniente. En Chile, existe una agrupación de 16 estados, particularmente europeos, reconocida como organización internacional. La relación con estas organizaciones está entregada exclusivamente, según nuestra Constitución, al Presidente de la República. Por lo tanto, consideramos que se debe reflexionar y eventualmente presentar una propuesta de redacción para el artículo primero que aborde esta dificultad o inquietud.
Respecto al artículo segundo, que se refiere a las definiciones, es importante señalar que todas las definiciones consignadas están contenidas en otros textos normativos, como áreas con valor científico, calidad astronómica y cielo.
Como les decía, en el decreto número uno del Ministerio del Medio Ambiente del año 2022, que establece normas de emisión de luminosidad artificial, también se contempla una conceptualización normativa para las zonas de exclusión, que permite a la autoridad adoptar medidas respecto a estas materias.
Voy a avanzar rápidamente a la principal preocupación que hemos manifestado, la cual se refiere al artículo tercero. Este artículo señala que se establece una zona de exclusión especial en la que se prohíbe la instalación de industrias o actividades que afecten la calidad astronómica de los cielos nocturnos a una distancia inferior a 70 kilómetros, medidos desde los observatorios astronómicos ubicados en los cerros Paranal y Armazones de la comuna de Taltal, en la región de Atacama. Aunque el artículo no lo menciona explícitamente, es importante recordar que Paranal y Armazones son administrados por una entidad internacional, en virtud de un convenio internacional.
Consideramos que este artículo podría contradecir normas constitucionales, como las establecidas en el artículo 19, numerales 21, 22, 23 y 24. No profundizaré en ello, ya que todos conocen el contenido general del artículo 19. A nuestro juicio, no se han ponderado debidamente los perjuicios para otras actividades que se desarrollan con mayor antigüedad, así como los impactos sociales y económicos para la región afectada.
Por otra parte, la calidad astronómica resulta un término voluble e impreciso, que puede afectar los derechos que emanan de la propiedad minera en un amplio territorio. En nuestra opinión, se debilita la certeza jurídica de la industria y la actividad minera. Su impacto negativo se puede graficar en las siguientes láminas. Particularmente sensible para nosotros es la situación de la comuna de Taltal.
Debo transmitir que nosotros, junto con la Asociación Minera de Taltal, vamos a dejar propuestas en esta comisión. Junto con esa asociación, tuvimos una reunión con la ESO el día 4 de diciembre de 2025, con las autoridades máximas de la ESO en sus dependencias en Santiago. Ellos nos manifestaron que con la minería no existía el problema, y que el conflicto que este proyecto podría intentar resolver era con un proyecto específico que, como les he mencionado, fue abandonado por sus impulsores.
En la gráfica que les presento, se puede observar que en un radio de 70 kilómetros se abarcan 10.112 kilómetros cuadrados de superficie terrestre. Dentro de esta zona, se encuentran más de cien faenas activas de pequeña minería, muchas de las cuales han estado operando durante más años de los que se han considerado. Muchos de esos yacimientos se explotan antes de que siquiera se soñara con la posibilidad de realizar observaciones astronómicas en esos lugares. Esto se refleja en la figura número uno.
Actualmente, hay 3.118 concesiones mineras vigentes, a las cuales podría aplicarse una restricción que no estaba contemplada en las condiciones bajo las cuales fueron concedidas. Esto significaría una disminución de los derechos que ellas otorgan, de las cuales 909 corresponden a concesiones de exploración, 2.155 de explotación y 64 a estancamientos salitrales. Cuando hablamos de estancamientos salitrales, nos referimos a actividades que tienen más de sesenta o setenta años.
Atendiendo a lo anterior, y reiterando lo que me ha solicitado el presidente de la Asociación Minera de Taltal, plantear una norma como esta significaría un retroceso y una dificultad, así como un obstáculo significativo para su potencial desarrollo. También, reitero que hemos transmitido esta preocupación a la organización que administra los dos observatorios mencionados en el artículo.
Finalmente, como les señalaba, hemos trabajado de manera colectiva con nuestras asociaciones y traemos a esta comisión propuestas que humildemente solicitamos sean acogidas por ustedes. La primera está fundamentalmente centrada en soslayar la dificultad o fricción que esta norma podría generar.
Se puede producir entre la norma propuesta y eventualmente los convenios internacionales que ha suscrito el Estado de Chile. Es muy delicado, a nuestro juicio, que mediante leyes se modifiquen convenios internacionales; de hecho, la Constitución lo prohíbe. Hacemos una propuesta que establece que todo se debe realizar con pleno respeto a estos convenios y que, en caso de cambios, se requerirá un acuerdo previo del Estado con dichas instituciones.
La segunda y la tercera propuestas tienen la misma inspiración, que es excepcional a la minería y a la industria minera, en atención al desarrollo que han tenido a lo largo de los años y a las restricciones y prohibiciones que ya existen en su normativa general. Creemos que con estas modificaciones, la industria minera puede ser cautelada, sus derechos pueden ser resguardados y el proyecto podría avanzar en su genuina orientación, que es la mejora y protección de la observación astronómica, con la cual también estamos comprometidos.
Valga señalar que, históricamente, los conflictos entre la industria minera y la observación astronómica son bastante escasos y siempre han sido resueltos por mecanismos establecidos con antelación. Eso sería, presidente, y agradezco mucho la atención que se pueda brindar. Muchas gracias por su exposición.
¿Ofrezco la palabra a algún diputado o diputada? El diputado Félix González. Muchas gracias. Quisiera saber si está presente el señor alcalde de Putaendo, don Mauricio Quiroz.
Cuando presentamos el proyecto de ley, lo hicimos en atención a una campaña que están desarrollando científicos y científicas de la comunidad astronómica, incluyendo premios Nobel de Física que expusieron en esta misma comisión. Dentro de nuestros trabajos está escuchar, y escuchar a la ciencia es fundamental, ya que a veces se presentan expositores que defienden intereses legítimos, pero hay un interés general que se espera que todos los expositores compartan.
Tenemos la responsabilidad como país de salvaguardar estos cielos que son irreemplazables. Hay mucho conocimiento para la humanidad que depende de que mantengamos estos cielos prístinos. Por lo tanto, la lógica del proyecto de ley es que se establezca una norma especial para salvaguardar que no haya proyectos productivos o actividades que pudieran perjudicar esta observación, no solo en términos de contaminación lumínica, sino también de contaminación por polvo en suspensión y vibraciones, que son elementos que impiden la observación.
Algo que no sabíamos inicialmente, pero que se nos hizo ver en las distintas exposiciones, son las turbulencias. Nosotros, como ecologistas, estamos a favor de las energías renovables, de las centrales eólicas, pero no en cualquier lugar, ya que suelen ubicarse en los lugares más inapropiados. Se nos hizo ver que la central eólica, que es parte del proyecto INA, generaría turbulencias que afectarían la observación astronómica.
Por lo tanto, el espíritu del proyecto es que aquellas actividades que puedan perturbar al menos estos cuatro factores que afectan la observación, estarían prohibidas en un radio de setenta kilómetros. Es difícil que alguna actividad fuera de este radio pudiera perjudicarlas, y por ello, el radio mismo es un indicador que proporciona certeza a la inversión. Esto se aplica únicamente a estos observatorios en este lugar, ya que existen observatorios incluso en mi ciudad, en Concepción y en Penco.
No son los mejores cielos del mundo, como el caso de Atacama. Entonces, hay una indicación del diputado Melo que, expresamente, y en atención a que la actividad minera es esencial en la región de Antofagasta, busca excluir de estas normas puntuales, digamos, de esta ley especial a la pequeña y mediana minería. Yo, presidente, estoy a favor de esa indicación. Creo que las normas generales son suficientes para que, si alguno de estos proyectos de pequeña y mediana minería excediera lo normal, pudieran operar bajo esas regulaciones. Por lo tanto, si esta indicación del diputado Melo se aprobara, definitivamente le daría tranquilidad a la pequeña y mediana minería de que esta ley no les afecta.
Asimismo, el alcalde de Taltal expuso en su momento en los observatorios que existe gente que vive allí. La idea no es generar una zona donde no pase nada, sino donde no puedan haber proyectos que perturben la observación. El proyecto INA ha sido desistido; como ecologista y habiendo pasado por muchos conflictos ambientales, he visto que muchas veces los proyectos desisten y luego se arrepienten del desistimiento y vuelven a la carga. Por lo tanto, este proyecto es del todo pertinente y es oportuno que se legisle para poder prevenir y dar señales claras a quienes quieran invertir en Chile sobre cuáles son las normas a seguir, permitiendo que elijan otros lugares y no los inadecuados que eligió el proyecto.
Eso, presidente, porque creo que la preocupación de quienes han expuesto es legítima, y así también lo ha entendido el diputado Melo, y yo me sumo. Muchas gracias, diputado Félix González.
Diputado Daniel Melo. Gracias, presidente. Quiero saludar a nuestros invitados. La verdad es que no quiero repetir la argumentación y fundamentación que hizo recientemente mi colega Félix González, porque la comparto. Solo quisiera agregar que la elaboración de esta indicación, a la que él hace alusión en el artículo número tres del proyecto de ley, para agregar un inciso segundo, es precisamente porque la comisión, en el marco de las audiencias públicas y la conversación que tenemos hoy, busca mejorar las propuestas iniciales. Aquí nadie está enamorado de su propuesta y quiere avanzar de manera ciega, sino que se busca equilibrar las distintas posiciones.
Entendiendo que la legislación, como primer fin y objetivo, es proteger el patrimonio natural y ambiental, que es único en el mundo y que debe estar a resguardo de la legislación de nuestro país, como son los cielos más prístinos o más oscuros. Es algo irreemplazable. Quiero que podamos entender la significación de ello. De la misma manera, la indicación busca equilibrar esa protección con el desarrollo económico local y con las actividades que ocurren en ese territorio, cumpliendo siempre con la legislación.
El problema es que el proyecto INA, así como otros, muchas veces no se entienden porque no son razonables, son irracionales y buscan avanzar per se. Por lo tanto, la ley lo que busca es proteger y resguardar los distintos intereses que pueden estar en juego. Por eso, en conversación con otros parlamentarios y a propósito de las cartas que nos hizo llegar el alcalde y otras organizaciones, buscamos la elaboración de esta indicación. La indicación la voy a leer, creo que es importante, se ha hecho alusión a ella.
Se entenderá que no constituyen industrias o actividades que afecten la calidad astronómica de los cielos nocturnos aquellas correspondientes a la pequeña y mediana minería, siempre que cumplan con las normas ambientales y sectoriales vigentes y no generen emisiones luminosas, vibraciones, polvo u otros factores que excedan los límites regulados para dichas categorías productivas.
Se hace alusión, además, a lo planteado por el diputado González en relación a los factores que inciden de manera significativa en el funcionamiento de este territorio, que es especial para el desarrollo científico y el trabajo astronómico. Es un valor invaluable, ya que representa la puerta de entrada al conocimiento científico del universo y a aspectos que son incluso sospechados para la conciencia y el conocimiento humano actual. Por lo tanto, es lo que queremos proteger.
Quiero también celebrar la decisión de esta industria de retirarse de la zona y espero que esto se mantenga en el tiempo. Sin embargo, como se ha planteado aquí, ha ocurrido en innumerables ocasiones que proyectos de este tipo vuelven a la carga. Creo que es mejor contar con una ley que escuche a todos los sectores, que equilibre las decisiones y que permita que Chile siga siendo potencia mundial en estas materias y en los convenios internacionales, además de dar a nuestros científicos y científicas la posibilidad de ser parte de ese proceso de desarrollo.
Lo comentaba cuando votamos este proyecto en general: a veces no nos damos cuenta de las cosas hermosas que ocurren en este país. Un joven físico de la comuna de San Ramón, que está en quinto año, me agradeció por defender los cielos de Chile, en el norte, y este centro astronómico, porque es allí donde vamos a realizar nuestros estudios. Además, tenemos un 10% de posibilidad de participar en esas observaciones o acceder a esos datos. Como este joven de San Ramón, existen otros testimonios que respaldan esta causa. Por lo tanto, creo que es en buena hora avanzar en esta legislación y espero que podamos votar hoy, presidente.
Diputado Cristóbal Martínez tiene la palabra.
Presidente, no tenía presupuestado hablar, pero en el tenor de la comisión, no podemos desestimar este proyecto. Estamos hablando de hidrógeno verde. Escucho algunos discursos y parece que se estuviera instalando un vertedero. Estamos hablando del futuro, de energías limpias, de tecnología, de empleo, de una inversión importante. Si se recoge esto sin saber de qué se trata, solo se menciona el nombre del proyecto, pero detrás hay recursos, inversión e innovación. Por supuesto, cuando nos tocó presentar este proyecto, fui el primero en defender el norte y el tema de los cielos, pero tampoco satanicemos el proyecto de INA. Ojalá se reevalúe su permanencia en el país, quizás en otra área que no afecte el tema de la observación. Eso quería agregar, presidente. Muchas gracias.
Si me permite, quisiera hacer algunas precisiones. En consideración a que están los otros expositores y otros puntos, vamos a votar solamente el primer artículo del proyecto y citaremos inmediatamente para el miércoles 3 de marzo. Vamos a dedicar la sesión completa para abordar el proyecto en su totalidad. Además, me parece pertinente la indicación del diputado Melo, y estoy pensando seriamente en perfeccionarla, fijando la obligación de que quede exento.
Sean todos los que paguen patente, no solo patente minera, sino también patentes comerciales en la municipalidad de Taltal. Creo que sería un beneficio que pueda quedar anclado a la municipalidad en esta coyuntura.
El diputado don Félix aludió a las intervenciones de los premios Nobel en esta comisión extraordinaria. Nosotros las revisamos todas. Pero no olvidemos lo que exhortó finalmente el alemán, que era Premio Nobel de Física. Él decía que estos asuntos se resolvían con mucho criterio y aplicando muchos factores y variables, que además cambiaban en el tiempo. No se mostró partidario de una rigidización, sino más bien de una flexibilización constante y permanente. Eso, creo que ambos lo entendimos igual.
En cuanto a la indicación del diputado Melo, considero que es bastante buena porque refleja una comprensión del fenómeno y de los efectos. No confundiría la capacidad de contaminar con el tamaño de la empresa. No es lo mismo fijar un estándar sobre la base del tamaño de las empresas. Usted menciona pequeña y mediana, y está bien, creo que la inspiración es válida, pero no se corresponde la capacidad de contaminación con el tamaño de la empresa. Habría que buscar un ajuste en ese sentido.
Es importante recordar que la minería es una actividad muy regulada en el código de minería vigente. Para realizar una exploración en una zona declarada como científica, se requiere un permiso especial, lo cual está estipulado en el artículo 17, número 6, que exige que el presidente de la República permita ejecutar labores mineras en lugares que hayan sido declarados de interés científico. La lista que publica el Ministerio de Minería de los lugares con interés científico es extensa; en el territorio hay 41 lugares, entre los cuales están todos los observatorios que operan en nuestro país, como Tololo, La Silla, Los Paranales, Aguirre, Yuyayaco, Tres Cruces, entre otros.
Por último, el combate al calentamiento global se basa en los productos que nuestra minería extrae. Esto tampoco hay que olvidarlo. Hay que preservar la calidad de nuestros cielos, lo ha reiterado además la nueva administración que se avecina. Más allá del beneficio que nos reporta a las comunidades y a los mineros en particular, hay un deber de producir los materiales necesarios para electrificar el planeta.
Muchas gracias. Vamos a partir entonces con el artículo número uno del proyecto.
Artículo 1. El texto del proyecto es: "Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer restricciones y prohibiciones para la protección de los cielos de las áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica." Se presentó una indicación de los diputados Cornejo y Martínez para reemplazar este artículo por el siguiente: "Artículo 1° Objeto. La presente ley tiene por objeto fortalecer la protección de los cielos de las áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica, en coordinación con la institucionalidad ambiental vigente y sin perjuicio de las competencias del Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia de Medio Ambiente y demás órganos con atribuciones en la materia."
Ofrezco la palabra. En votación, primero la indicación. Tres votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones. Entonces, la indicación está rechazada. Ahora, en votación el artículo original del proyecto.
El proyecto ha sido aprobado con seis votos a favor, dos en contra y cero abstenciones. A continuación, se procederá a recibir al señor alcalde de la Municipalidad de Putaendo, don Mauricio Antonio Quiroz Chamorro, quien expondrá sobre la solicitud presentada al Ministerio de Medio Ambiente para declarar el Cajón del Río Rocín como área de conservación de múltiples usos, así como la falta de respuesta por parte de dicha cartera y el impacto socioambiental del proyecto minero Vizcachitas en la comuna de Putaendo y su comunidad. Participan en esta presentación la señora Lady Olivares Lorca y los concejales Angélica Leiva y Francisco Casas Muñoz.
Bienvenido, señor alcalde, le ofrecemos la palabra.
Muy buenas tardes, señor presidente. Muy buenas tardes, señores diputados y señoras diputadas de la República. Quiero, en nombre del pueblo de Putaendo, el primer pueblo libre de Chile y capital patrimonial de Aconcagua, agradecer que se nos permita dirigir algunas palabras en el marco de esta comisión de Medio Ambiente.
Como bien se ha señalado, me acompañan dos concejales: el concejal presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Francisco Casas, y la concejala Angélica Leiva, además de la directora de Medio Ambiente de nuestra comuna.
Quiero centrar esta exposición en los esfuerzos permanentes, sistemáticos y ascendentes que ha realizado el pueblo de Putaendo y la administración que presido en torno a la puesta en valor del patrimonio ambiental cordillerano, fundamentalmente de aquellos ecosistemas de montaña que consideramos debemos conservar, proteger y heredar a las futuras generaciones.
Este proceso combina el accionar de los movimientos socioambientales y la decisión política y administrativa del alcalde y los dos últimos concejos municipales, que han aprobado, por ejemplo, que nuestro municipio realice inversiones públicas en investigación de línea base para avanzar en algún tipo y categoría de protección. Putaendo es una comuna pequeña, fundamentalmente agrícola, comercial, patrimonial y turística, que cuenta con pequeña minería en la zona media-baja de la cuenca del río Putaendo y del río Rocín.
Hemos tomado la decisión de mantener este eje de desarrollo y proyectarlo en los instrumentos de planificación, como son el Pladetur y el Pladeco, además de ser zona de interés turístico. El elemento principal que consideramos en esta etapa es la consolidación de una área de conservación de múltiples usos del Cajón del Río Rocín.
El río Rocín es la columna vertebral que garantiza un elemento fundamental para la vida, que es el agua. Está compuesto por un número significativo de afluentes, entre ellos el río Tambillo, el río Hidalgo y otros esteros como el estero Chalaco y el estero Chirón. Hemos hecho un esfuerzo para sistematizar información, levantando datos que han sido financiados por el municipio, así como por la colaboración de la academia y científicos que, de manera gratuita, nos han ayudado a contribuir a este expediente.
Este expediente se inició en el proceso anterior de categorías de conservación y el año pasado se homologó a lo que consideramos más oportuno. Esta es un área cordillerana colindante con la República Argentina, con la región de Coquimbo y con nuestras comunas vecinas de San Esteban y Santa María, conformando un mismo paisaje y un reservorio de bienes ambientales relevantes.
Tomamos la decisión, estimados diputados y diputadas, de avanzar en lo que consideramos posible dentro del marco legislativo en el cual nos desenvolvemos. Este expediente está centrado fundamentalmente en proteger la red hídrica, que son bienes nacionales de uso público, sin tocar ni un metro cuadrado de propiedad privada.