1.- Bol.N° 17524-25 Iniciar el estudio de las indicaciones formuladas al proyecto de ley que modifica el Código Penal, para incorporar como circunstancia agravante, cometer el delito contra el personal de Gendarmería de Chile, o de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, en el caso que indica.
2.- Bol.N° 17879-25 Continuar el estudio de las indicaciones formuladas al proyecto de ley que crea el Sistema Nacional de Protección Ciudadana y modifica los cuerpos legales que indica.
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En nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión de la Comisión de Seguridad Pública de este martes 20 de enero del 2026. Señor Presidente, hoy no tenemos cuenta, solo indicar que ha llegado una nota del Comité de Renovación Nacional, por la cual se informa que en la sesión de hoy el Honorable Senador Kenneth Pugh será reemplazado por el Honorable Senador Rafael Prohens, quien nos acompaña. Eso es todo, Presidente. Gracias, señor secretario.
Vamos a dar comienzo a la tabla de la Comisión de Seguridad. El primer punto es iniciar el estudio de las indicaciones formuladas al proyecto de ley que modifica el Código Penal para incorporar como circunstancia agravante el cometer delitos contra el personal de Gendarmería de Chile o de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, en el caso que indica, correspondiente al Boletín N° 17.524-25. Para este primer punto ha sido invitado el subsecretario de Justicia subrogante, señor Héctor Valladares, quien viene acompañado de la abogada de la División Jurídica, señora Flora Benazul. Se excusó el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo.
Le vamos a pedir al secretario que nos haga la relación de este proyecto y luego invitaremos al señor subsecretario de Justicia a presentar esta indicación. Muchas gracias.
Tal como se indicó al comienzo del estudio de esta iniciativa, que se originó en moción de la senadora Núñez y los señores Durana y Ossandón, a la que luego adhirió también la senadora Aravena, se señaló que este trámite inició en mayo del año pasado y fue remitido al conocimiento de esta comisión. Actualmente se encuentra sin urgencia, y los autores proponen crear un agravante general que garantice la certeza jurídica al personal de Gendarmería de Chile, de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, incorporando un numeral 25º como agravante dentro del artículo 12 del Código Penal.
Como se mencionó anteriormente, esta iniciativa fue votada y aprobada en general, razón por la cual la comisión abrió un plazo de indicaciones que venció el viernes pasado. A la comisión llegaron dos indicaciones, que se encuentran en el comparado disponible en la carpeta de sus señorías: la primera del Honorable Senador Pugh y la segunda del Honorable Senador Moreira. Ambas indicaciones fueron presentadas dentro del plazo y el día de ayer en la mañana se remitió a todos los señores senadores y a sus asesores el comparado que contiene dichas indicaciones, señor Presidente. Eso es todo. Muchas gracias, señor secretario.
Entonces, se le ofrece la palabra al señor subsecretario de Justicia, don Héctor Valladares. Por su intermedio, saludo a usted y a todos los miembros de la comisión y a quienes nos acompañan. Comparezco por el Ministerio de Justicia, Héctor Valladares, subsecretario subrogante, jefe de la División Judicial Titular, y la abogada Flora Benazul, experta en Derecho Penal del Ministerio de Justicia, particularmente de la División Jurídica.
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Quisiera abrir esta intervención señalando que compartimos en general la necesidad de reforzar la capacidad de nuestras policías y también el estatuto de protección para enfrentar los desafíos que actualmente enfrenta no solo la policía, sino que el Estado de Chile en su conjunto. Esto incluye aspectos orgánicos, de diseño y control de fronteras. Desde esa perspectiva, es importante revisar la actividad que ha tenido el gobierno en materia de reforzamiento de las capacidades materiales, logísticas y de remuneración en estos cuatro años. Esto da cuenta de un compromiso que ha sido respaldado en muchos casos por un acuerdo mayoritario del Congreso, no solo por iniciativas del gobierno, sino también por un marco amplio de apoyos y consensos entre las fuerzas políticas que componen el Parlamento.
En particular, respecto a este proyecto de ley, creemos que su objetivo es positivo y se enmarca dentro de ese esfuerzo. Sin embargo, ya ha sido abordado por otras legislaciones recientes, como la ley Naim Retamal, que ha generado un estatuto de reforzamiento que ha aumentado las penas y ha intervenido en diversas cuestiones, como la posibilidad de establecer penas sustitutivas. Por lo tanto, consideramos que el objetivo que se busca llevar adelante con este proyecto de ley ya está abordado en la regulación vigente.
Es fundamental que el sistema penal y el ordenamiento de las penas mantenga una coherencia general. No se pueden seguir aumentando las penas de manera que se desvirtúe el injusto penal de otras penas que pueden ser más graves. Creemos, y esta fue la opinión del ministro en la comisión, que la necesidad de este reforzamiento ya está satisfecha por parte de esta legislatura. El actual reforzamiento podría generar un efecto indeseado, que es ir demasiado lejos respecto del esquema de penas general que existe hoy en el Código Penal, produciendo un efecto negativo y yendo en contra de lo que queremos lograr: una protección adecuada para los funcionarios que ejercen el monopolio de la fuerza en el marco del Estado de Derecho, a través de órdenes judiciales.
En este sentido, es importante destacar que, mediante las modificaciones introducidas por la ley Naim Retamal en 2023, se ampliaron los tipos penales que sancionan más gravemente los delitos que afectan bienes jurídicos de funcionarios de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile, de Gendarmería y de la Policía de Investigaciones. Los delitos revisados son aquellos en los que estos funcionarios están más expuestos, como los delitos contra la vida y la integridad física. Además, se incorpora dentro de este estatuto de mayor protección los delitos de amenazas, tanto condicionales como no condicionales, que también tienen una pena agravada cuando se realizan en contra de estos funcionarios. Esto refuerza la protección necesaria para quienes desempeñan estas funciones.
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Cumplen, tiene en nuestro ordenamiento ya una respuesta en el sentido de darles mayor protección por tener una respuesta penal más agravada. En ese sentido, respecto de ese grupo de delitos que son de mayor probable ocurrencia, además sería inaplicable la agravante general que se está pretendiendo incluir en el artículo 12, por aplicación del principio ne bis in idem en general y, en particular, por el mandato concreto del artículo 63 del Código Penal.
Muchas gracias. Se ofrece la palabra.
Gracias, Presidente. Saludo al subsecretario subrogante, a la abogada del Ministerio de Justicia, a todos los senadores, senadoras, a la secretaría y a quienes nos acompañan. Solo quiero plantear que tiendo a coincidir con lo que se plantea por parte del Ejecutivo. La semana pasada habíamos solicitado la extensión del plazo de indicaciones para este proyecto de ley, ya que tenía varias dudas sobre cómo mejorarlo. Sin embargo, del análisis que hemos realizado, me cuesta poder mejorarlo precisamente por los informes que nos dejan los estudios de la Biblioteca del Congreso, en relación con los casos de agravante que existen en nuestro país, en particular contra funcionarios de las policías.
Estos casos ya están expuestos en el propio Código de Justicia Militar, en caso de que así amerite, así como en los artículos 65 y 69 del Código Penal. Se han modificado las penas con la ley 21.560, que fortalece y protege el ejercicio de la función policial y de Gendarmería en Chile. Si no estamos al tanto de lo que hemos ido modificando, parece que Gendarmería quedaba más atrás en materia de protección, pero fue incorporada en esta última elección. La ley orgánica de la Policía de Investigaciones también genera agravantes contra el ataque a los funcionarios de la PDI.
Desde ese punto de vista, me parece poco mejorable. No es que no se comparta la protección de los funcionarios; nadie desea que se cometan delitos contra ellos. Sin embargo, la moción está expresada de forma genérica. Al ser genérica, se pueden mezclar todos los tipos de delitos, desde el robo de un celular en el ejercicio de su cargo, porque estaba dirigiendo el tránsito y le robaron el celular, hasta lo que nadie quisiera, que es el homicidio de un funcionario.
Por lo tanto, agregarlo como genérico y regla general en el numeral del Código Penal de todos los agravantes me parece complejo, ya que podría generar problemas de tipicidad. Esto modifica la proporcionalidad de las penas en todos los demás delitos, lo que sí presenta un problema de proporcionalidad. También tengo mis dudas sobre cómo protegemos a los funcionarios y funcionarias de las distintas policías y de Gendarmería sin generar un estatuto de protección limitada que no garantice igualdad ante la ley para otros segmentos de la población.
Desde ese punto de vista, creo que estas críticas que estoy comentando, estos inconvenientes jurídicos, podrían incluso tener rasgos de inconstitucionalidad si prosperara la idea tal como está. Por lo mismo, me parece que esta adecuación tiene complejidades al intentar adecuar las penas con una formulación tan genérica. Eso, Presidente.
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Gracias, señora. Este proyecto, cuando fue presentado en general y aprobado por unanimidad, con la asistencia del señor ministro de Seguridad, pasa esta aprobación con el objetivo de presentar indicaciones. A uno le hubiese gustado que desde un principio alguien dijese que no les gusta el proyecto. Sin embargo, el proyecto ha seguido avanzando y hay indicaciones, porque de una u otra manera, hay algunos senadores que están de acuerdo en que hoy día, como avanza la organización criminal, ya no solo se causa daño al funcionario, sino que también podría afectar a su familia directa. No estamos diciendo que vamos a proteger hasta el primo en cuarto grado, sino que, básicamente, el núcleo principal que tenga este funcionario, desde la perspectiva de sus padres y su familia directa, incluidos sus hijos.
No obstante, tampoco hay una opinión del Ejecutivo, lo que me llama la atención, ya que esto simplemente me obliga a tomar una decisión de voto. Entiendo lo que ha planteado la senadora Pascual; cada uno podrá decidir si hay rasgos de inconstitucionalidad o no. Sin embargo, quiero expresar mi opinión como miembro de esta comisión: me habría gustado contar con algún punto que ustedes hubiesen presentado para generar una discusión.
Señor subsecretario, recogiendo lo que usted planteaba, en primer lugar, creemos que en materia de Gendarmería, el principal foco para mejorar el control y el diseño de este cuerpo armado, que actualmente tiene un sindicato, es trasladarlo al Ministerio de Seguridad y eliminar las asociaciones de funcionarios. Solo como un dato a propósito del esquema más global, esta discusión se enmarca en ese contexto. Esas 500 personas que hoy día tienen fuero y horas sindicales deberían incorporarse a la fuerza, generando un impacto relevante desde el punto de vista de las capacidades y el personal, presidente, para abordar los desafíos que usted señala y que nosotros compartimos.
Reconocemos que hay un Chile distinto al que existía hace 15 años en materia de criminalidad. Desde nuestra perspectiva, los énfasis deben estar en otras alternativas. Esta es una propuesta que siempre está presente, y el Congreso Nacional es el espacio para discutir ese equilibrio de prioridades. Queremos dejar registro de que este es un esfuerzo que, en principio, compartimos, pero que entendemos ya ha sido abordado.
Respecto a la indicación que extiende el estatuto de protección a la familia, vemos que es complejo por distintas razones. Quiero presentar esto en términos que permitan entender los impactos que puede tener. ¿Por qué las familias de estos funcionarios y no las familias de los parlamentarios o de las personas que trabajan en la administración? Además, ¿por qué generar categorías de personas con un estatuto de protección especial y otros que no? Si se extiende, ¿por qué no al resto del ciudadano común? ¿No rompe eso la igualdad? Creo que las indicaciones recogen un fenómeno importante, que imagino surgió tras los casos de amenazas a gendarmes, y que es fundamental abordar. En el caso particular que conocimos el año pasado, el Estado de Chile fue...
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Muy eficiente. Se revisaron las cámaras y se hizo seguimiento hasta las casas de las personas. Las personas que dejaron la corona de flores al gendarme que había sido amenazado están hoy día procesadas. El Estado de Chile fue eficaz. Además, las personas que realizaron esas amenazas están en un proceso. Nosotros, como Ejecutivo, tampoco podemos pronunciar mientras no exista sentencia, pero desde el punto de vista de la captura y la determinación de quienes generaron las amenazas, el Estado fue eficaz. Creemos que ese debe ser el foco de cómo se abordan estos problemas, más que el grado que se le asigna a la pena o el alcance que se le puede dar a esto.
Reconocemos que hay un sentir y una cuestión importante detrás de la indicación, pero también creemos que puede generar y abrir otras complejidades, ya que este grupo de familias, lo digo siendo hijo de un funcionario de la BDI, precisamente retirado, me alcanza de alguna manera. Creemos que podría romper el principio de igualdad, que es la base del Estado de Derecho sobre la cual se sustenta hoy día nuestro régimen institucional. Presidente, no sé si Flora desea agregar algo.
Muchas gracias. En realidad, quisiera hacer comentarios más particulares respecto de la redacción de las indicaciones. Entiendo que la diferencia entre la indicación del senador Pugh y la del senador Moreira pasa más bien por las relaciones de parentesco que se pretenden cubrir con la agravante. No queda claro qué significa que la conducta pueda afectar el desempeño del funcionario en términos estrictos y precisos, a efectos de que cumpla con estándares de tipicidad que son más elevados en el ámbito penal. ¿Cómo puede el juez interpretar este elemento de conexión? La indicación tiene el elemento de ampliar la protección a más sujetos pasivos, aplicable a cualquier delito, que puede ser una estafa o delitos contra la propiedad, y el factor de conexión es subjetivo, fundado en la calidad de parientes o en la finalidad de afectar el desempeño del funcionario.
Me imagino que se pretende incidir en lo que hace o no hace el funcionario, o en alguna suerte de amenaza. Pero si es una amenaza, eso ya es un delito, y de hecho, es de aquel grupo de delitos que tiene asignadas penas más altas respecto de estos funcionarios que cuando se trata de amenazas a cualquier otra persona, porque está dentro de este grupo de delitos que tienen un tratamiento más agravado. No nos queda claro cuál es el rendimiento de esta cláusula de subsidiariedad para aquellos casos que no estén cubiertos por una disposición especial. Me imagino que se refiere a que no sea una amenaza propiamente tal, pero si lo fuera, entonces el tratamiento de la amenaza en sí misma, como delito autónomo, tendrá más rendimiento que una agravante general.
Eso, presidente, muchas gracias. Se ofrece la palabra, senador Moreira. Gracias, presidente. Mire, usted estaba hablando sobre la indicación del senador Pugh. La nuestra, que es la que viene después, dice que, de igual modo, cometer el delito en contra del cónyuge, conviviente civil, ascendientes o dependientes del personal de Gendarmería de Chile, de las Fuerzas de Orden y Seguridad, de las Fuerzas Armadas o de los servicios bajo su dependencia.
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Cuando el hecho se cometa en razón de su cargo o con motivo u ocasión del ejercicio de sus funciones, el agravante no se justifica cuando a la cónyuge, por ejemplo, le asaltan. No, es cuando al gendarme o a estas autoridades se les afecta en función de su cargo. Si son secuestrados o se vengan, ese es el caso que se aplica. No se trata de situaciones que involucren a la señora, al sobrino o algún pariente en la escala que se ha mencionado; es un ámbito más acotado.
Agradezco al senador Moreira. Se ofrece la palabra al senador Pugh. Gracias, presidente. Me referiré a la indicación del senador Pugh. Nadie puede desconocer que hoy día Gendarmería, quizás de todas las instituciones, es la más vulnerable ante la sociedad. Una de las situaciones de vulnerabilidad se evidencia en los propios ingresos a las cárceles. Esto tiene relación con lo que señala la indicación del senador Pugh, ya que si existen portales diseñados para evitar el ingreso de objetos metálicos y otros, y aún así se permite el ingreso, es porque hay algo detrás que provoca una vista gorda.
Cuando he visitado centros penitenciarios, me han quitado el cinturón, el celular y otros objetos, mientras que en esos recintos ingresan productos prohibidos. Esto evidencia una vulnerabilidad del funcionario respecto a su labor de custodiar y estar tranquilo. En las cárceles que se están planificando, se busca aislar a la familia de la sociedad, construyendo viviendas cercanas al lugar de trabajo. ¿Por qué? Porque existe esta amenaza. Los funcionarios están insertos en calles comunes, no en poblaciones de Gendarmería, lo que aumenta la posibilidad de extorsión a través de sus familias, que son sus hijos, esposas o padres.
Esto no es comparable con las fuerzas armadas, que cuentan con su propio sistema de seguridad y lugares de residencia, lo que les otorga una protección mucho más acotada que la que tiene Gendarmería. Aunque son funcionarios públicos, están bajo el régimen del Código del Trabajo, lo que limita su grado de protección en comparación con otros funcionarios públicos que tienen sindicatos.
Me llama la atención que, junto con Gendarmería, está también CONAF, que tenía sindicato. A CONAF se le obligó por ley de Contraloría a modificar su situación, y si se aplicó para uno, debería aplicarse para el otro también. Ha pasado un largo tiempo desde que ese dictamen de Contraloría obligó a CONAF a pasar del Código del Trabajo y terminar con los sindicatos para convertirse en funcionarios públicos, y no se ha hecho lo mismo en Gendarmería, que es otro servicio con la misma condición.
No digo que el gobierno sea el único responsable, pero el Estado ha tenido una responsabilidad en no avanzar en este tema, permitiendo que solo exista una ley específica para Gendarmería. En CONAF, como vimos con el presidente de la Comisión de Agricultura, se abordó este tema y se subsanó, y ya se integrarán como funcionarios públicos. Por lo tanto, no veo que esto sea justo. Entiendo a la senadora Pascual cuando menciona el Tribunal Constitucional, ya que proteger a las familias tiene un costo que hoy no está solventado. Sin embargo, es fundamental analizar y visualizar esta situación, y no creo que sea comparable con las otras fuerzas armadas.
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Tampoco se puede comparar con los guardias de seguridad, ya que estos son responsabilidad de los retail. En cambio, los gendarmes son responsabilidad del Estado, puesto que cumplen una función pública. Por lo tanto, desde ese punto de vista, la protección es diferente en razón de su quehacer en comparación con otras entidades que se han mencionado, presidente.
Gracias, senadora. Saludo a todos ustedes, por su intermedio, y al subsecretario subrogante. Creo que el camino al cielo está plagado de buenas intenciones, y este es un proyecto que puede tener una buena intención, pero su concreción es deficiente, presidente, con respeto.
Este proyecto mezcla distintas situaciones fácticas. Contamos con una regulación profusa de delitos, como las amenazas, tal como lo ha explicado la asesora del ministerio. Existen delitos como atentar contra funcionarios, y hay distintos tipos de delitos en sí. Además, tenemos agravantes, así como la llamada Ley Nain Retamal, que regula otra forma de protección a los funcionarios. En este caso, se amplía en algunos aspectos respecto de Gendarmería.
Es fundamental revisar el estatuto de Gendarmería, ya que son funcionarios públicos y, por ende, tienen la protección general de todos los funcionarios públicos, quienes no pueden ser objeto de ningún tipo de atentado. Sin embargo, el tema de las indicaciones relacionadas con los familiares excede la idea matriz del proyecto. Por lo tanto, se mezclan muchos temas, tanto del proyecto como de las indicaciones, y creo que es necesario desmenuzarlo adecuadamente para evitar una sobrerregulación o dejar a la interpretación de los tribunales cuál norma prima sobre otra.
Me parece que esto es complejo, y aunque puede ser bien intencionado, al leer los fundamentos del proyecto de la moción, se observa que tiene una buena intención. La situación que ha descrito el senador Moreira, como fundamento en su indicación, es una situación de hecho que puede darse, pero que no está contenida en ninguna forma en este proyecto.
Por lo tanto, propongo que se solicite un informe a la biblioteca y que se invite a algunos académicos a que nos expliquen el proyecto. Respecto a las indicaciones, considero que están fuera de la idea matriz, presidente.
Gracias. ¿Se ofrece la palabra? Bien, vamos a votar. Así que son dos indicaciones que están presentadas y cada uno vota en conciencia.
Presidente, lo que sucede es que, efectivamente, el hecho de que el proyecto haya sido votado en general no implica que la discusión en su contexto, en su momento, se haya dado con una opinión favorable por parte del Ejecutivo. Quiero señalar también, a propósito de la historia de la ley, que si finalmente se votó en general fue porque se dijo que se iba a revisar bien y que, para no dejarlo ahí, se le daría la tramitación correspondiente. Esto no obliga necesariamente a que, porque se haya votado en general, se apruebe todo de manera indefectible.
Además, quiero plantear que me parece complejo seguir insistiendo en otro agravante genérico que parte diciendo "cometer el delito". ¿Qué delito? Cualquiera. Existen delitos menos graves, medianamente graves y más graves. En los casos más graves ya contamos con legislación, como mencionaba la senadora Bodanovic, que es bastante profusa y ha tenido modificaciones recientes. Efectivamente, todas esas protecciones están resguardadas.
Sin embargo, insisto en que esto se presenta de manera general, sin considerar la valoración de cada uno de los contextos. Todos sabemos que cuando un tribunal se reúne para dirimir una situación, no se trata solo de sumar cuándo fue el día, la hora, quién es la víctima o quién es el victimario.
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Y punto, sino que además tiene que generar una serie de situaciones de contexto. Lo segundo es que efectivamente las indicaciones a la propia moción que incorporan a los familiares no solo pueden estar fuera de las ideas matrices, como dice la senadora, sino que además rayan en marcar una diferencia de igualdad ante la ley con respecto a otros familiares de otras personas y autoridades, quienes también pueden estar siendo objeto de amenazas o delitos. Algunos porque ni siquiera sabían quiénes eran, y otros porque efectivamente sabían precisamente de quién era el pariente. A mí me parece que ahí no hay igualdad ante la ley, no solo por estar fuera de las ideas matrices, sino que no hay igualdad ante la ley.
Aquí se plantea, por ejemplo, el delito de cometer un delito contra vigilantes privados. Se puso como ejemplo el tema de los guardias privados del retail. Entonces, no porque no sean de contratación del Estado, no hay una responsabilidad con respecto a cómo se manejaron en el Código Penal. Desde ese punto de vista, entiendo que puedan tener la mayoría en la Comisión hoy día, pero no parece que se pueda evaluar adecuadamente.
Insisto, lo hice de manera concienzuda, traté de buscar cómo poder hacer esto efectivamente y no me cuadraba el círculo, porque ya estaban hechas modificaciones que agravan los atentados o delitos contra los funcionarios de Carabineros, de Gendarmería, de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Investigación. Le pido que efectivamente pudiéramos resolver de la mejor manera y no imponiendo una mayoría circunstancial, si es que van a votar todos así.
Respecto de las indicaciones, quisiera saber la opinión del secretario en relación a lo que se ha planteado y, en segundo lugar, llamar a que no votemos hoy día, porque este proyecto a lo mejor hay que mejorarlo. Si lo vamos a votar así, porque van a pasar la máquina tres por dos, creo que es un problema legislar a matacaballos en una materia tan sensible, porque el populismo penal no se puede apoderar de esta Comisión.
Es importante destacar que se han dado los tiempos necesarios para las indicaciones. El Gobierno tuvo la oportunidad de presentar indicaciones sustitutivas o cualquier mecanismo legislativo, pero solo ha venido a dar una explicación. Por lo tanto, vamos a solicitar al señor secretario que responda a su pregunta y luego, por lo menos, es interés de esta presidencia votar este proyecto.
Quiero decirle a la presidenta del Partido Socialista que eso de que tenemos mayoría es lo mismo que hacen ustedes en otras comisiones. Si nosotros hicimos estas indicaciones, no son al azar ni un invento; pueden estar de acuerdo o no. Me parece que si el propio Gobierno no presentó ninguna indicación y no hizo ningún reparo, corresponde que lo votemos. Además, esta no es una decisión final, la decisión final es de la sala y se pueden presentar indicaciones.
Antes de dar mi opinión, quería recordar algo que se debatió en la Comisión, pero que no se concretó. En caso de resolverse hoy el tema de las indicaciones, el proyecto queda en condiciones de ir a la sala de forma inmediata. Se propuso y debatió si era requerible o no pedir en la sala que también lo viera a continuación la Comisión de Constitución, cosa que hasta el momento no se ha hecho. Quise traer a la memoria que se debatió en la Comisión el punto, pero no se llevó a la sala para agregar ese trámite reglamentario. Eso en cuanto al... perdón, lo mío es muy cortito.
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