Cámara de Diputados Cultura y Artes

Cámara de Diputados - Cultura y Artes - 14 de enero de 2026

14 de enero de 2026
11:30

Contexto de la sesión

Sesión ordinaria citada con objeto de: Iniciar la discusión general del proyecto de ley, iniciado en Mensaje, sobre fomento a las artes de la visualidad, correspondiente al boletín N° 18031-24. Invitados: • Ministra de la Culturas, las Artes y el Patrimonio, señora Carolina Arredondo Marzán.•Secretario Ejecutivo de Artes de la Visualidad del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes de la Subsecretaria de las Culturas, las Artes, señor Alfonso Arenas Astorga. Lugar: Sala Pedro Pablo Álvarez-Salamanca tercer nivel (Sesión presencial)

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El acta de la sesión número 148 se da por aprobada por no haber sido objeto de observaciones. El acta de la sesión 149 queda a disposición de las señoras y señores parlamentarios. La secretaria abogada dará lectura a la cuenta. Gracias, presidenta. Tenemos los siguientes documentos para la cuenta: un oficio de su excelencia el Presidente de la República, mediante el cual se presenta urgencia de discusión inmediata para el despacho del proyecto de ley sobre fomento a las artes de la visualidad, correspondiente al boletín N° 18031-24. Asimismo, un oficio del Ministerio de Salud informa que esa cartera no ha efectuado transferencias de recursos fiscales a organizaciones comunitarias, por lo que no existen antecedentes que reportar en los términos solicitados. También se presenta un oficio de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en el cual se refiere a la solicitud de iniciar un proceso de coordinación regional con el Servicio de Impuestos Internos para reunirse con los artesanos de cada región, a fin de aclarar lo que ocurrirá con la aplicación de la Ley 21.622, que establece requisitos para asimilar las entidades que prestan servicios culturales a las sociedades de profesionales. Este oficio también aborda la tramitación del proyecto de ley que dicta normas sobre protección y fomento de la artesanía, correspondiente al boletín N° 16.371-24. Al respecto, se comunica que, a través del área de artesanía y en coordinación con la unidad de regiones, se han avanzado en la planificación de un ciclo de capacitaciones dirigido a artesanos y artesanas de todo el país, con el objeto de clarificar el tratamiento tributario aplicable al sector, considerando las normativas vigentes y las distintas interpretaciones que se han presentado en su aplicación. Para ello, se ha establecido una coordinación con el Servicio de Impuestos Internos, particularmente con su subdirección de asistencia al contribuyente, así como con equipos regionales de ambas instituciones. Finalmente, hay un oficio de la misma Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que informa sobre la ejecución de los recursos del programa de apoyo a organizaciones culturales colaboradoras, así como el nombre de las entidades beneficiarias de dicha política pública. Se comunica que, para la ejecución de los recursos del referido programa durante el año 2025, se desarrollaron diversas convocatorias y modalidades de financiamiento orientadas a apoyar planes de gestión de organizaciones culturales en función de su trayectoria, desempeño y características institucionales. En total, 209 organizaciones culturales recibieron financiamiento de este programa en sus distintas modalidades durante el año pasado. Se adjunta el listado de todas las entidades beneficiarias, clasificadas según su convocatoria o modalidad de ingreso. Esa es toda la cuenta, presidenta. Gracias, secretaria. ¿Alguna observación sobre la cuenta? No. Se ofrece la palabra en varios. Diputado Bernales. Sí, presidenta, muchas gracias. Dar la bienvenida a la ministra.
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Presenta la comisión y a su equipo. Quisiera hacer un breve comentario que se me olvidó realizar la semana pasada, y que considero pertinente en el contexto de esta discusión. Se trata del proyecto de ley que lamentablemente no se va a votar como se comprometió en esta Cámara. Quiero abordar varios puntos relacionados, especialmente con la agenda legislativa. Permítanme entrometerme en el tema del Senado, ya que me parece que esta vez corresponde, dado que he observado que su agenda ha tenido un trato muy distinto al nuestro en términos de algunos proyectos. Me explico: a nosotros se nos prohibió seguir hablando de los días D, y cada vez que aquí hay un día D, aparecemos en prensa y se genera una polémica. Sin embargo, desde el Ejecutivo se nos pidió que no habláramos más de los días D, que esto lo manejara exclusivamente el Ejecutivo. En contraste, el Senado ha discutido días D, convocando sesiones para abordar temas que están en boga, como un libro específico. Ayer, por ejemplo, apareció en las noticias otro proyecto de ley relacionado con un monumento. No quiero entrar en detalles sobre esos proyectos, pero la importancia de tener un proyecto de ley de patrimonio es fundamental y necesaria en nuestro país. Sin embargo, parece que hay espacio para otras temáticas, lo que me parece contraproducente. Además, esos proyectos llegan aquí y se nos piden tratos preferenciales, los cuales otorgamos de manera exprés, mientras que ellos no muestran la misma disposición hacia nosotros. Por ejemplo, cuando solicitamos que las sesiones del Consejo de Monumentos sean transmitidas en vivo, esa ley fue aprobada rápidamente. Pero los proyectos que hemos enviado al Senado, como el de silencio administrativo en el Consejo de Monumentos, no les interesan. Quería manifestar esto en la comisión, ya que me parece que es contraproducente que se nos impida hablar de los días D. Usted tiene un día que presentó, que considero muy relevante, que es el Día de la Educación Patrimonial. Este parece ser un cambio fundamental que se pudo aprobar, pero no fue tomado en cuenta, y ese proyecto fue desestimado por parte del Ejecutivo. En el Senado, las reglas son distintas. Tomando las palabras del diputado, es cierto que tenemos el Día de la Educación Patrimonial. Estuvimos aquí con el ministro Cataldo, quien consideró un buen proyecto modificar la malla curricular para que los niños reciban educación patrimonial por región y comuna. Esto también potencia las ordenanzas en cada comuna para la defensa del patrimonio, lo cual es un proyecto importante. Lamentablemente, no vamos a tener el tiempo necesario para sacar la ley de patrimonio, ya que no salió del Senado. Al menos deberíamos dejar algo para nuestros niños. Cuando en Valparaíso se critica que todo está pintado y con rayas, me pregunto: ¿quién enseña en los colegios a esos niños qué es patrimonio y qué deben cuidar? Eso no sucede ni aquí, ni en regiones, ni en Santiago. Es algo fundamental. Lamentablemente, se estableció un día D, pero si no hubiésemos llevado ese día D, podríamos haberlo reconocido como antes. Además, ministra, tuvimos una reunión al respecto en la que se mencionó que se iba a hacer un decreto, ya que no podíamos sacarlo desde aquí. Sin embargo, cuando vemos que el Senado sí establece el día de una escritora, nos cuestionamos: ¿y nuestros proyectos que salen de la Cámara de Diputados? ¿No vamos a dar celeridad a algo tan importante como modificar la malla curricular para dejar al menos una huella cultural en nuestros niños? Me gustaría que me respondiera, ministra. ¿Cómo hacemos un cambio real con la cultura que quede impregnada en nuestros niños desde la primera infancia si no podemos avanzar con el proyecto de ley? Dentro de nuestro marco institucional, muy buenos días a todos y a todas, presidenta de la Comisión, a los diputados y diputadas presentes. Consideramos fundamental destacar el desarrollo de la política de educación artística y la primera política de educación patrimonial, elaborada y presentada en 2024 por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en conjunto con el Ministerio de Educación. Este es un instrumento valioso que debemos considerar.
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Para poder abordar lo que usted, Presidenta, señala en relación a la importancia de la educación patrimonial, es fundamental contar con instrumentos que orienten el ámbito de acción en la educación formal, no formal e informal. Por supuesto, les haremos llegar el documento para que los diputados y diputadas que quizás no hayan accedido a él puedan tenerlo a la vista. Tenemos el documento impreso y también está disponible para la ciudadanía en formato digital. Parte de las preocupaciones que aborda el desarrollo de estas políticas tiene que ver con hacernos cargo no solo de un día del patrimonio, que es esta maravillosa fiesta ciudadana que hemos visto cómo año a año ha tomado más fuerza, sino también de cómo, durante el año, podemos hacer que el patrimonio ingrese de distintas formas y en sus diversos conceptos a la ciudadanía en etapas formativas. En esta sesión, se tiene por objeto iniciar la discusión general del proyecto de ley, iniciado en mensaje, sobre fomento a las artes de la visualidad, correspondiente al boletín N° 18.031-24, con urgencia calificada de discusión inmediata. Asisten la ministra de Cultura, las Artes y el Patrimonio, señora Carolina Redondo Marzán, y el secretario ejecutivo de Artes de la Visualidad del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes de la Subsecretaría de las Culturas, señor Alfonso Arenas Astorga. Tiene la palabra la ministra. Muchas gracias, Presidenta. Saludo nuevamente a las y los parlamentarios presentes en esta comisión. Antes de comenzar con la presentación, me gustaría leer algunos extractos brevemente del mensaje de este proyecto de ley, que nos proporciona un marco adecuado para entender la necesidad de legislar en torno a esta materia. El presente proyecto de ley sobre fomento a las artes de la visualidad en Chile constituye una iniciativa prioritaria que se enmarca en los compromisos establecidos en el plan de gobierno del año 2022 al 2026. Responde a la necesidad de dotar a este campo de un marco normativo propio y específico que reconozca, fortalezca y promueva a las artes de la visualidad como un campo disciplinario integrante del acervo cultural del país, permitiendo su fortalecimiento y desarrollo sostenido. El desarrollo institucional de las artes de la visualidad en Chile ha experimentado, durante las últimas décadas, un proceso sostenido de consolidación, impulsado por la necesidad de reconocer y promover su fortalecimiento integral. Este recorrido se inició en 2003 con la Ley N° 19.891, que crea el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, así como el Consejo Nacional de las Culturas y las Artes, que sentó las bases para la institucionalidad cultural chilena, contemplando líneas de financiamiento y recursos destinados a proyectos de creación, producción y difusión artística de las artes de la visualidad. Trece años más tarde, en 2016, el campo de las artes de la visualidad comienza a fortalecerse con la creación de la macro área dentro de nuestra institución, como parte del Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes, integrada por las disciplinas de artes visuales, fotografía y artes mediales. Esta instancia surgió con el propósito de diseñar acciones conjuntas, abordar problemáticas transversales y articular un plan común para el desarrollo del campo, y actualmente es el Programa de Fomento y Desarrollo de Artes de la Visualidad. Tras la dictación de la Ley N° 21.045, que creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, se refuerza la relevancia de promover el desarrollo de las artes de la visualidad, fijándose como funciones y atribuciones...
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Del Ministerio, promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión de las artes visuales. En este nuevo marco institucional, durante el año 2019, la Dirección de Presupuestos aprobó la creación del Programa de Fomento y Desarrollo de las Artes de la Visualidad (en adelante, el Programa), integrado por la Galería Gabriela Mistral y el Centro Nacional de Arte Contemporáneo de Cerrillos. Este programa permitió consolidar institucionalmente el trabajo iniciado por la macroárea, dotándolo de una estructura que fortaleciera la creación, exhibición, circulación, mediación y desarrollo profesional del campo de las artes de la visualidad. Paralelamente, en nuestra institución se crearon un conjunto de consejos sectoriales de fomento de distintas áreas artísticas, tales como el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, creado en 1993 mediante la Ley 19.227; el Consejo de Arte y la Industria Audiovisual, creado en 2004 por la Ley 19.981; y el Consejo de Fomento de la Música Nacional, creado ese mismo año mediante la Ley 19.928. A ello se sumó, ya bajo la orgánica del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo Nacional de Artes Escénicas, creado en 2019 por la Ley 21.175, junto a la más reciente, que es el Consejo Nacional de Artesanía, creado mediante la Ley 21.788 en el año 2025. Es en este escenario que se evidencia la ausencia de una ley sectorial específica para las artes de la visualidad, con su correspondiente consejo, lo que hace imperioso avanzar hacia un marco regulatorio capaz de reconocer su importancia cultural y garantizar su desarrollo equitativo y sostenible, al igual que otras disciplinas de las culturas y las artes. Consciente de este desafío, nuestra institución asumió durante el año 2024 el compromiso de iniciar un proceso de elaboración participativa de la Ley de Fomento a las Artes de la Visualidad, convocando a las y los actores, comunidades y agentes del campo de las artes de la visualidad en todas las regiones del país. Esto, como un primer contexto de aquello que impulsa y un marco institucional respecto de la necesidad de contar con una ley sectorial para el campo de las artes de la visualidad. Tal como mencionamos anteriormente, estas disciplinas actualmente carecen de una ley sectorial específica, a diferencia de otras disciplinas como las artes escénicas, el audiovisual, el libro, la música y la artesanía. Ya tenemos una línea de tiempo institucional que ha permitido, dentro del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, fortalecer este campo, lo que nos lleva a presentar este proyecto de ley. El diagnóstico que se desarrolló en el año 2024 a través de nuestra institución se construyó desde un enfoque participativo, mediante diálogos realizados a nivel nacional, incluyendo doce diálogos presenciales y virtuales con participantes de distintas regiones del país. Parte de este diagnóstico nos permite identificar un sector activo y comprometido que demanda una política moderna, descentralizada y que establezca un financiamiento estable para el desarrollo de estas disciplinas. Dentro de las principales brechas encontradas en estas instancias de diálogo, se evidenció un acceso limitado al financiamiento institucional para el desarrollo y fortalecimiento de las distintas disciplinas que componen las artes de la visualidad, además de una baja valoración social y débil articulación sectorial. Es importante destacar que más del 66% de los participantes cuentan con más de 11 años de trayectoria en el campo, el 53% posee educación superior completa, lo que indica que este es un sector profesionalizado. Asimismo, el 19% de los participantes se declara perteneciente a pueblos indígenas o pueblos originarios, el 58,8% participa activamente en organizaciones del sector y el 52,65% obtiene ingresos por artes de la visualidad, aunque debe complementarlos para poder vivir de su profesión.
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Dentro de los fundamentos para presentar este proyecto, encontramos la necesidad de reconocer legalmente a las artes de la visualidad como un campo disciplinario artístico y cultural fundamental para el acervo cultural del país. Las artes de la visualidad, en sus múltiples expresiones, constituyen una dimensión esencial del quehacer cultural, social y artístico de nuestra nación, así como la necesidad de avanzar hacia un marco normativo específico, participativo y coherente con las necesidades de este sector. En el contenido del proyecto, el desarrollo y fomento de las artes de la visualidad, se encuentran en los títulos 1 y 2 los artículos que nos permiten reconocer y definir concretamente qué son las artes de la visualidad. Se consignan los objetivos y definiciones que precisan el alcance legal del reconocimiento del sector. En el título 2, se establece la política nacional de artes de la visualidad, el consejo nacional de las artes de la visualidad, que será este órgano asesor, y la creación del fondo nacional del fomento y desarrollo de las artes de la visualidad. En el título 3, que se compone de cuatro artículos, se consigna la creación del premio "Artes de la Visualidad Presidente de la República". Este premio, que también se otorga en disciplinas como la música y las artes escénicas, se entrega anualmente a tres disciplinas con criterios de alternancia y equidad. Es el consejo sectorial el que define la entrega de este reconocimiento, que consiste en un diploma y 270 UTM por galardón. El título cuarto aborda modificaciones a otros cuerpos normativos y las disposiciones transitorias. En el título 1, se establece la necesidad y el rol del Estado en reconocer, apoyar, fomentar y promover a artistas, agentes y espacios de las artes de la visualidad, así como la preservación y difusión del patrimonio artístico nacional y la internacionalización de las artes de la visualidad chilena. Esto incluye la promoción y facilitación del acceso a las manifestaciones de las artes de la visualidad, es decir, la participación cultural, y la colaboración con el desarrollo armónico de estas artes en cada una de las regiones del país. En los objetivos y definiciones se establece la necesidad de reconocer el campo de las artes de la visualidad, promover su puesta en valor, y fomentar la creación, producción, difusión, exhibición, circulación, internacionalización, comercialización, formación, profesionalización e investigación en este ámbito. Asimismo, se busca preservar y difundir el acervo y patrimonio de las artes de la visualidad, promover y facilitar el acceso y participación de las personas a las creaciones de este campo, y contribuir a su desarrollo armónico, equitativo y descentralizado. Dentro de las artes de la visualidad se establecen diversas disciplinas que componen este campo, incluyendo el dibujo, la pintura, el muralismo, la escultura, la instalación artística, la performance, el videoarte, la fotografía, el grabado, el arte textil, las artes gráficas, las artes mediales, el arte sonoro y las prácticas interdisciplinarias. También se reconocen actividades de producción, gestión, crítica especializada, curaduría de arte, investigación histórica y teórica, coleccionismo, tasación, conservación, mediación y museografía, entre otros ámbitos que serán parte integrante del mundo de las artes de la visualidad. Dentro del desarrollo institucional y de la política pública, se contemplan distintos instrumentos estratégicos que orientarán el quehacer de este nuevo marco normativo.
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Por una parte, la Política Nacional de las Artes de la Visualidad tendrá una vigencia de cinco años y contempla un diagnóstico, objetivos, lineamientos y prioridades que contribuirán al desarrollo de esta área. Esto busca ser una medida y una mirada a mediano plazo, alineada con la Estrategia Quinquenal Nacional y Regional. Por otra parte, el Plan Nacional de las Artes de la Visualidad operativiza las acciones y las metas concretas definidas dentro de la política. Actualmente, contamos con políticas sectoriales vigentes, incluida la de las artes de la visualidad, y lo que se busca es consagrarlas dentro de este nuevo marco normativo. Una parte muy importante de este proyecto de ley es la creación de una nueva institucionalidad, establecida en el artículo 5, que es el Consejo Nacional de las Artes de la Visualidad. Este es un órgano asesor del Ministerio, integrado por 13 miembros, cada uno con una duración de dos años en el cargo. Su integración será plural, paritaria y representativa territorialmente, incluyendo artistas, agentes sectoriales, representantes del mundo académico y de otras reparticiones del Estado. Sus funciones son asesorar, entregar un diagnóstico sectorial y promover la colaboración. Este consejo contará con una Secretaría Ejecutiva de las Artes de la Visualidad, que ya funciona en nuestra institución desde la aprobación del programa de las artes de la visualidad por la Dirección de Presupuestos en 2019. Cada uno de los miembros que componen este nuevo órgano estará presidido por el subsecretario o subsecretaria de las Culturas y las Artes, y también incluirá al director o directora del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, o un representante designado por este, quien deberá cumplir funciones en materias vinculadas a las artes de la visualidad. Además, habrá un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, un representante del Ministerio de Educación, dos agentes de las artes de la visualidad de reconocida trayectoria, y una persona reconocida con el Premio Nacional de Artes Plásticas o el Premio Presidente de la República de las Artes de la Visualidad. También se incluirá un representante de espacios de las artes de la visualidad que cuenten con trayectoria en la generación de proyectos de exhibición, circulación, documentación y/o preservación de obras de las artes de la visualidad. Asimismo, se designará un representante de galerías con reconocida trayectoria en la comercialización e internacionalización de las artes de la visualidad chilena, a propuesta de organizaciones y asociaciones del campo de las artes de la visualidad que posean personalidad jurídica vigente. Finalmente, se incluirá a una persona representante de una entidad de gestión colectiva especializada en derechos de propiedad intelectual vinculados a las artes de la visualidad, o una persona académica con reconocida experticia en dicha materia, y una persona académica vinculada a la formación de las artes de la visualidad, designada por instituciones de educación superior reconocidas por el Estado y acreditadas por un periodo de al menos cuatro años, conforme a lo que establezca el reglamento. Una parte importante de este proyecto es la creación del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes de la Visualidad. El artículo 15 establece este fondo como un instrumento exclusivo para destinarse a las artes de la visualidad, que será administrado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Su financiamiento provendrá de la ley de presupuesto, de la cooperación internacional, de donaciones, herencias y legados, así como de los distintos fondos de fomento que existen y se administran en nuestra institución. La entrega de estos recursos se realizará mediante concursos públicos que deberán contar con una evaluación técnica objetiva. Además, el 40% de estos recursos que compongan el fondo deberán ser destinados a regiones distintas de la Metropolitana, con un enfoque de diversidad y equidad territorial.
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Y de transparencia. Las líneas de financiamiento están orientadas principalmente a la creación y producción artística, a la promoción, exhibición y circulación, a la internacionalización, a la formación, becas y residencias, a la investigación, identificación, recuperación, resguardo, puesta en valor, conservación, protección y difusión del patrimonio artístico. También se busca el desarrollo de instancias fundamentales, como festivales, ferias, mercados, bienales y redes, así como la mediación, la formación de públicos y el fortalecimiento de espacios, además de la innovación y el desarrollo de la interdisciplina. El Título III de la presente ley establece un sistema de reconocimientos anuales en el ámbito de las artes de la visualidad, dirigido a artistas visuales, agentes de las artes de la visualidad y espacios de las artes de la visualidad. Este instrumento se crea bajo la modalidad del Premio de las Artes de la Visualidad, Presidente de la República. Los criterios para la entrega de este reconocimiento estarán orientados a quienes destaquen por su excelencia, trayectoria, creatividad, innovación y aporte relevante al campo de las artes de la visualidad a nivel nacional. Este premio considera diversas disciplinas, que están detalladas en la ley, permitiendo así que, año a año, se pueda entregar el reconocimiento a al menos tres de estas disciplinas, definidas por el Consejo de las Artes de la Visualidad. Se establecerá un criterio de alternancia y equidad en el tiempo, evitando repetir al año siguiente la misma disciplina galardonada. Este reconocimiento se traduce en un diploma suscrito por el Presidente de la República y la autoridad ministerial correspondiente, junto con una asignación única, equivalente a 270 UTM. El Título IV contempla modificaciones a otros cuerpos normativos, buscando asegurar la coherencia normativa del ordenamiento jurídico vigente con la creación de este nuevo marco legal para el desarrollo y fomento de las artes de la visualidad. Se pretende actualizar las referencias institucionales y la terminología, armonizando los cuerpos normativos para permitir una implementación ordenada y jurídicamente consistente. Este proyecto busca cerrar una brecha histórica en la institucionalidad cultural de nuestro país, equiparando a las artes de la visualidad con otros sectores artísticos que ya cuentan con un marco legal propio. Se construye así un marco normativo claro, moderno y coherente, que reconoce el rol social y territorial de las artes de la visualidad, estableciendo normas para su reconocimiento social, fomento y financiamiento, fortaleciendo la descentralización, la equidad y la sostenibilidad. Además, responde a diversas necesidades expresadas por artistas y agentes de las artes de la visualidad, proponiendo un marco normativo que impulse un desarrollo armónico y asegure un financiamiento más justo, así como una mayor representatividad en nuestras políticas públicas. Eso, Presidenta. Ofrezco la palabra a los diputados. Diputada Bernal. Muchas gracias, Presidenta. Saludar nuevamente a la Ministra. Justamente estaba leyendo el proyecto de ley y sería conveniente que nos hicieran llegar el razonamiento, que es bastante didáctico.
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