Continuar la votación en particular del proyecto de ley, originado en mensaje de S. E., el Presidente de la República que “crea el Subsistema de Inteligencia Económica y establece otras medidas para la prevención y alerta de actividades que digan relación con el crimen organizado”, Boletín N°15.975-25. Con urgencia calificada de “discusión inmediata”. En segundo trámite constitucional.
Continuar el estudio en general del proyecto de ley, originado en mensaje de S. E., el Presidente de la República que, “modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de crear una nueva modalidad de ingreso a la Policía de Investigaciones de Chile, y modifica su Estatuto del Personal”, Boletín N°17.371-25. Con urgencia calificad de “suma”. En segundo tramite constitucional y primero reglamentario.
Continuar el estudio en general del proyecto de ley, originado en moción, de las diputadas y diputados señores Juan Carlos Beltrán, José Miguel Castro, Eduardo Durán, Camila Flores, Miguel Mellado, Carla Morales, Marcia Raphael, Leónidas Romero, Frank Sauerbaum y Diego Schalper (A) que, “modifica el Código Penal para crear el tipo especial de robo cometido por tumulto o multitud”, boletín N°17.235-07. En primer trámite constitucional y reglamentario.
Continuar el estudio en general del proyecto de ley originado en moción, de los diputados señores Jorge Alessandri, Jaime Araya, José Miguel Castro, Andrés Celis, Paula Labra, Raúl Leiva, Andrés Longton (A), Marcia Raphael y Diego Schalper que, “modifica el Código Penal en materia de quebrantamiento de condena y forma de computar el plazo de prescripción de la pena”, boletín N°15.308-07. En primer trámite constitucional y reglamentario
Invitados: El ministro de Hacienda, señor Nicolas Grau Veloso.El ministro de Seguridad Pública, señor Luis Cordero Vega.La subsecretaria de Hacienda, señora Heidi Berner Herrera.El subsecretario de Seguridad, señor Rafael Collado González.El director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), señor Carlos Pavez Tolosa.
El ministro de Seguridad Pública, señor Luis Cordero Vega.El Subsecretario de Seguridad Pública, señor Rafael Collado González.El director General de la Policía de Investigaciones de Chile, señor Eduardo Cerna Lozano.
El ministro de Seguridad Pública, señor Luis Cordero Vega.El Subsecretario de Seguridad Pública, señor Rafael Collado González.La subsecretaria de Prevención del Delito, señora Carolina Leitao Álvarez-Salamanca.El fiscal nacional del Ministerio Público, señor Ángel Valencia Vásquez.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo Falcón.El fiscal nacional del Ministerio Público, señor Ángel Valencia Vásquez.La defensora Nacional de la Defensoría Penal Pública, señora Verónica Encina Vera.
Lugar: Sala de Conferencias Inés Enríquez
segundo nivel (Sesión presencial)
Vista pública limitada
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En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. El acta de la sesión 237 se da por aprobada por no haber sido objeto de observaciones. El acta de la sesión 238 se encuentra a disposición de los diputados. El señor secretario hará lectura de la cuenta. Por favor, adelante, subsecretario.
Gracias, señor presidente. Se ha recibido oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual se retira y se presenta la urgencia de discusión inmediata para el despacho del proyecto que crea el Subsistema de Inteligencia Económica y establece otras medidas para la prevención y alerta de actividades relacionadas con el crimen organizado. En los mismos términos, Su Excelencia el Presidente de la República presenta urgencia suma para el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de crear una nueva modalidad de ingreso a la Policía de Investigaciones de Chile.
El oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual se retira y formula indicaciones al proyecto de ley que crea el Subsistema de Inteligencia Económica, viene acompañado del correspondiente informe financiero. Asimismo, se ha recibido un oficio reservado de la Policía de Investigaciones de Chile, mediante el cual se remiten detalles de la dotación a noviembre de 2025 y la proyección para 2026, incluyendo la cantidad de funcionarios por escalafón o categoría de contrato y la proyección del gasto anual asociado, de conformidad con lo dispuesto en la Glosa II de la Ley de Presupuestos 2026.
Se ha recibido también un oficio de la Directora Nacional Subrogante de Gendarmería de Chile, mediante el cual se remite informe mensual del cumplimiento de la glosa presupuestaria 25, correspondiente a la Ley de Presupuestos del Sector Público 2025, detallando la situación de las personas privadas de libertad que estuvieron en huelga de hambre durante diciembre de 2025, así como las sanciones aplicadas por faltas graves según el reglamento penitenciario, desagregado por región y establecimiento.
Un correo electrónico del encargado de comunicaciones de la Unidad de Análisis Financiero confirma la asistencia del director, señor Carlos Pavez, y el jefe de la división jurídica. Asimismo, la Defensoría Penal Pública ha confirmado la asistencia de la Defensora Nacional, señora Verónica Encina, junto al asesor legislativo, señor Leonardo Moreno, y la señora Andrea González, jefa de comunicaciones de la Defensoría.
El Gabinete del Fiscal Nacional ha excusado su asistencia a la sesión de hoy por tope de agenda. En representación del Ministerio Público asistirá la abogada asesora de la Unidad de Asesoría Jurídica, señora Alejandra Vera, y en forma telemática el abogado asesor de la Unidad Especializada de Crimen Organizado, señor Samuel Malamud.
Se excusa al Ministro de Seguridad Pública, quien por compromisos agendados con anterioridad no podrá asistir a la sesión de hoy, y ha sido invitado también el señor subsecretario en forma autónoma. El director general de la Policía de Investigaciones de Chile ha confirmado su asistencia el día de hoy, acompañado del jefe nacional de gestión estratégica, inspector Javier Valenzuela, y el jefe jurídico, señor Daniel Solís. También se excusa al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien por compromiso adquirido con anterioridad no podrá asistir a la sesión de hoy.
Finalmente, se informan dos reemplazos para la sesión: el diputado don Juan Carlos Beltrán nos acompañará en reemplazo del diputado don Diego Chalper, y el diputado señor Labé en reemplazo de la diputada señora Naveyán. Esa es toda la cuenta. Gracias, señor secretario.
Se ofrece la palabra sobre la cuenta. Cerrada la cuenta. Esta sesión tiene por objeto continuar con la votación en particular del proyecto de ley originado en mensaje que crea el Subsistema de Inteligencia Económica. Para tal efecto, ha sido invitada la subsecretaria de Hacienda, señora Heidi Berner, y el subsecretario de Seguridad, señor Rafael Collao, junto al director de la UAF, señor Carlos Pavez Tolosa, acompañado de la jefa de la división jurídica, señor Marcelo Contreras.
Se suspenderá la sesión. ¿A las tres? Para el quórum, tres para las tres, pero aprovechemos cada minuto en este proyecto que es fundamental. Así que vamos a esperar a que llegue la subsecretaria.
Le pido a la comisión el acuerdo para que la asesora Consuelo Fernández Carter pueda incorporarse al acordado. Antes de empezar la lectura del comparado, ¿les parece que volvamos después de iniciar la sesión y terminar la cuenta? Apenas termine la cuenta, nos venimos directo. Bien.
5:00
Suspenden la sesión hasta que regresemos.
15:00
Damos la bienvenida a la subsecretaria Heidi Berner, a quien le ofrezco la palabra. Por supuesto que sí, estamos deseosos de votar.
Presidente, por su intermedio, como lo habíamos conversado en la sesión anterior, las normas que quedan en discusión en particular son el artículo 11, donde hay modificaciones pendientes a la ley de la UAF, que es la ley 19.913. Entre ellas se encuentra la prohibición del consumo de drogas y controles obligatorios al personal de la UAF. Debido a un cambio en cómo estaba formulado el proyecto de ley, es necesario adecuarlo a cómo quedó en el resto de los integrantes del sistema.
Además, se proponen elevar las multas a las infracciones de la UAF, ya que las actuales no son disuasivas y no cumplen con los estándares internacionales. Esto lo podemos discutir más en detalle más adelante, pero efectivamente, cuando fuimos evaluados por GAFILAT, el organismo que supervisa los temas de lavado de activos en Latinoamérica, se constató que las multas, por ejemplo, cuando no se envía un reporte de operación sospechosa, no son suficientemente disuasivas.
También hay otras indicaciones en relación a delitos base, donde se incorpora el delito de propiedad intelectual, que será debatido en la comisión. Por último, está la norma del secreto bancario, que se restringe solo a la UAF; recordemos que hay tres causales propuestas para que sea de manera administrativa y no por orden judicial. En el artículo transitorio, había quedado pendiente la votación del incremento de la dotación de la UAF en relación al sistema de inteligencia económica. Hay un informe financiero que se ha presentado desde los inicios de esta tramitación.
Eso es lo que tenemos para hoy, o al menos lo que queda pendiente para el despacho de este proyecto de ley. Perfecto, gracias, subsecretaria. Entiendo que en la cuenta venían unas indicaciones. Así es, están repartidas y cada uno de ustedes las tiene. ¿Son nuevas, distintas a las de la sesión pasada? Sí, son de fecha de hoy. Se retiraron las indicaciones del pasado lunes, y están estas indicaciones del 12 de enero.
Si usted me permite, señor presidente, la propuesta de la secretaría es iniciar esta votación por la indicación 2 del grupo de indicaciones presentadas hoy. En la página 45 del comparado original, podrán encontrar que la propuesta del proyecto de ley, cuyo texto fue aprobado por el Senado, es derogar o eliminar el artículo 15 de la ley 19.913. La indicación del día de hoy indica lo siguiente: eliminar su numeral 7, adecuándose el orden correlativo de los numerales siguientes. Ese es el tenor de la indicación, señor presidente.
Bien, se ofrece la palabra.
20:00
Se le ofrece la palabra. ¿Quién está de acuerdo en meternos transversal? Someten la palabra en votación. Gracias. Es en la página 45. Usted podrá encontrar en la primera columna el artículo 15 de la ley 19.913, que el texto aprobado por el Senado propone derogar. La indicación ingresada por el Ejecutivo, con fecha 12 de enero, en su página 5, en su numeral 2, señala: "Para eliminar su numeral 7, readecuándose el orden correlativo de los numerales siguientes". Eso es, señor presidente. Don Jorge Alessandri, por su intermedio, señor presidente. Don Jorge Alessandri. ¿De la derogación o de la indicación? Gracias. Don Jaime Araya. Gracias. Doña Lorena Fríes. Perdón. Don Andrés Joanet. Gracias, don Andrés. Don Henry Leal. Don Raúl Leiva. Don Andrés Lonton. Muy amable, don Andrés. Sí, le voy a preguntar. Gracias, muy gentil, señora Alejandra. A favor. Don Hugo Rey. Gracias, señor Chalper. ¿Señor Ladé? Muy amable. ¿Señora Lorena Frías? A favor. Presidente, el diputado Leiva que se incorpora. ¿Algún otro señor o alguna otra señora diputada? Señor presidente, la indicación 2, que elimina el numeral 7 del proyecto, ha sido aprobada con, si no me equivoco, 11 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Aprobada. Luego, los invito a la página 47 del comparado, que se refiere a las indicaciones 3 y 4 presentadas el día de hoy. Estamos en la página 47 del comparado, indicaciones del Ejecutivo que acogen el espíritu de la indicación 40, que es de los señores Chalper y Lonton, que dice: "Incorpórese al numeral 9 una nueva letra A, pasando la actual a ser B, y así sucesivamente". A) Sustitúyase en el inciso primero la expresión "y reiteración de los hechos materia de la infracción cometida por la conducta previa del infractor y su capacidad económica". Esa indicación ha sido recogida en las siguientes indicaciones. 3, en la página 5 de las indicaciones de 12 de enero. Página 5 de la indicación 12 de enero y que es 48 el comparado. 47, 46, 47. Dice: "Para sustituir su numeral 8, que ha pasado a ser 7, por el siguiente: 7.- Modifícase en el inciso primero del artículo 19, de la siguiente forma: a) Intercálase en su encabezado entre la palabra 'realizada' y la coma que le sigue, la expresión 'y la conducta previa del infractor'; y b) Reemplázase en su literal c) el guarismo '41' por '40'". ¿Se puede leer la nota completa?
25:00
El numeral ocho del proyecto aprobado por el Senado señala: "Sustitúyase en el literal c) del inciso primero del artículo 19 el guarismo 41 por 40". La indicación de la señora diputada Johanna Umaña, que entiendo está retirada, se refiere únicamente al numeral ocho. El Ejecutivo propone incorporar un literal A nuevo, intercalando en su encabezado, entre la palabra "realizada" y la coma que le sigue, la expresión "y la conducta previa del infractor", recogiendo la indicación 49.
Es necesario votar esta indicación por separado, mientras que la segunda no se votará. Lo que establece el artículo 19 es que las personas naturales o jurídicas que no cumplan con las obligaciones contenidas en esta ley serán sancionadas por el director de la unidad, tomando en especial y estricta consideración la capacidad económica del infractor, así como la gravedad y consecuencia del hecho u omisión realizada, de acuerdo a las normas siguientes. Las otras áreas que cubría la indicación de los diputados Charpen, Rey y Longton ya estaban presentes en el texto original, y lo que se debe agregar es lo que se incorpora en esta indicación, especialmente en lo que respecta a la gravedad y las consecuencias del hecho u omisión realizada y la conducta previa del infractor.
Diputado Alessandri, tiene la palabra.
Gracias, presidente. Subsecretario, estamos hablando de multas hacia las entidades obligadas, ¿cierto? ¿Funcionarios que incumplen? No, son los obligados. Lo que se busca con esta indicación es cómo se gradúan las normas según la capacidad económica o la gravedad del hecho, y si no es lo mismo una persona que haya sido previamente un infractor. Esto se refiere a los reportes de operaciones sospechosas que deben enviar tanto personas naturales como jurídicas.
Aprovechando la presencia de la dirección de la UAF, uno de los problemas que se plantea es que las entidades obligadas no informarían adecuadamente al fondo de operaciones sospechosas. ¿Cuenta la UAF con alguna herramienta para chequear, revisar o supervigilar si hubo o no reportes oportunamente? ¿Qué forma de control puede tener la UAF a posteriori para revisar si las entidades están cumpliendo o no? Esto es relevante al considerar las sanciones.
La UAF controla regularmente este tipo de situaciones. Una de las preocupaciones que ha surgido en la discusión es que entidades obligadas, incluyendo bancos, no reportan cuando alguien recibe sumas significativas en efectivo, como cinco, diez o más millones de pesos. ¿Cómo se está llevando a cabo esa supervigilancia?
Gracias, presidente. Saludo a todos los integrantes de la comisión. Respondiendo directamente a la pregunta, nosotros tenemos dos mecanismos que no están exentos de complejidades. La determinación de si una operación reviste el carácter de sospechoso está delegada por el legislador a los sujetos obligados, a diferencia de los reportes de operaciones de efectivo, que son una obligación objetiva de reporte para operaciones superiores a mil dólares, las cuales se realizan periódicamente, ya sea mensual, trimestral o semestralmente, dependiendo del tipo de sujeto obligado.
Primero, lo hacemos a través de una modificación administrativa que emitimos el año pasado, actualizando el conjunto de circulares que contienen las obligaciones. Actualmente, la circular 62 está vigente para todos los sujetos obligados, y hemos creado un nuevo registro de operaciones sospechosas. Desde el punto de vista de la actividad de fiscalización y la facultad de supervisión que tiene la UAF, hoy en día podemos determinar si, en virtud de los procedimientos y mecanismos que han definido los mismos sujetos obligados, se están cumpliendo las normativas establecidas.
30:00
Informaron oportunamente algo que a todas luces debería haber sido comunicado. Insisto en la complejidad de la discusión en términos de qué se puede entender como sospechoso o no. Entiendo, presidente, que su pregunta surge a raíz de casos de connotación pública. Muchas veces se nos interroga, y lamentablemente, siempre debemos mantener la misma respuesta en virtud de nuestro deber de reserva. En estos casos de impacto mediático, es fundamental determinar si los sujetos obligados, como los bancos y otros, informaron situaciones que a los ojos de la ciudadanía parecen evidentes. De hecho, contamos con antecedentes de sanciones emitidas contra estos sujetos por no informar oportunamente o por no presentar los reportes de operaciones sospechosas.
Realizamos acciones tanto ex ante como ex post en función de casos de relevancia pública, verificando si, una vez conocidos los casos, los sujetos obligados habían entregado la información a la Unidad de Análisis Financiero (UAF). En relación a esto, presidente, me gustaría referirme al director de la UAF. En ocasiones, se nos señala que la información proporcionada por las entidades obligadas, como los bancos, varía de una institución a otra. Algunos informes son de difícil verificación o análisis, mientras que otros son más simples para la UAF o el Ministerio Público. Esta falta de uniformidad en la información complica las diligencias investigativas y retrasa cualquier actuación, ya sea de la UAF o del Ministerio Público.
Por lo tanto, quisiera saber, presidente, si existen protocolos dentro de la UAF sobre cómo los sujetos obligados deben entregar la información para que sea fácil de procesar y no varíe de una institución a otra, lo que permitiría tener investigaciones más eficientes.
Gracias, diputado Longton. Presidente, en relación a la consulta planteada, contamos con mecanismos de coordinación para entregar información y retroalimentación a los sujetos obligados, especialmente a los bancos. Estamos realizando un trabajo permanente con la Comisión para el Mercado Financiero. Aunque tenemos facultades de supervisión, coordinamos con los supervisores sectoriales en los casos pertinentes. La supervisión del cumplimiento de las obligaciones establecidas en nuestras circulares y en el compendio normativo de la Comisión para el Mercado Financiero es realizada por dicha Comisión.
Periódicamente, al menos una vez al año, emitimos informes de calidad sobre los reportes de operaciones sospechosas, disponibles en nuestro sitio web. Nuestro objetivo es proporcionar criterios y lineamientos a todos los sujetos obligados, en particular a los bancos, que son los principales reportantes, sobre el contenido que deben incluir en esos reportes, de manera que la información sea valiosa para el trabajo de análisis de inteligencia financiera que realiza la UAF. Esto se lleva a cabo a través de la coordinación con el regulador sectorial, mediante capacitación y la emisión de informes sobre la calidad de los reportes recibidos.
En cuanto a la forma de reporte, ¿existe una plataforma para el envío de reportes de operaciones sospechosas? ¿Cada sujeto obligado puede enviar un oficio en papel? ¿Hay un formato único para combinar y trabajar en archivos planos?
Así es, presidente. Dentro de la circular que mencioné anteriormente, y las que fueron modificadas por la circular 62, se define una plataforma de envío, un sitio seguro para el procesamiento de los reportes de operaciones sospechosas. Estos reportes tienen un contenido mínimo y se transfieren a formatos de tratamiento de información que son conocidos por los sujetos obligados. Además, hemos discutido en la revisión de este proyecto de ley la información complementaria que la UAF está facultada para solicitar para desarrollar el contenido de esos reportes.
Se ofrece la palabra. Gracias, señor presidente. ¿Me permite dar lectura al número cuatro, que es el contexto que ha señalado tanto el señor Pávez como la señora subsecretaria?
35:00
El numeral cuatro de las indicaciones presentadas hoy por el Ejecutivo señala, y dice relación también con la indicación presentada por el diputado Schalper, para intercalar en el numeral 9, que se refiere al artículo 20, el siguiente literal A, nuevo, readecuando el orden correlativo de los literales siguientes. Se reemplaza el inciso primero, que se refiere al artículo 20, la expresión "de acuerdo a la gravedad y reiteración de los hechos materia de la infracción cometida", por la expresión "las que deberán aplicarse siguiendo el principio de proporcionalidad y de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 19, al que estábamos haciendo referencia hace unos minutos". La propuesta es votar ambos en conjunto, ya que esta secretaría entiende que se refieren a lo mismo.
¿Le parece, presidente, votar el 3 y el 4? La secretaría propone votar el 3 y el 4. Ah, ya, ok, yo no había entendido eso. Vamos por partes. Hemos logrado consensos. En el caso de la indicación número 3, ¿salió por unanimidad la vez anterior? Hay una diferencia, sí, dice... Lo que pasa es que el primero dice "sustitúyase" y aquí dice "reemplácese". Modifíquese, cámbiese.
La asesora Fernández tiene la palabra. Presidente, por su intermedio, solo precisar que la indicación número 3 sustituye el numeral octavo del proyecto de ley. Por eso incorpora en su literal B la instrucción para reemplazar el guarismo 41 por 40. Efectivamente, elimina ese literal octavo que está en la segunda columna y lo sustituye por un numeral nuevo que contiene dos modificaciones al artículo 19: una para incluir la conducta previa del infractor y otra para incorporar lo que ya se había votado en la discusión en general, que era un ajuste de referencia. ¿Les parece con la misma votación? ¿Les parece repetir la votación? Gracias.
Aprobado. Luego, el numeral 4, señor presidente. Se ofrece la palabra. Sí, señora subsecretaria. No lo sé. ¿Qué pasa en la sala? Para tranquilidad, hablamos con el secretario general y nos indicó que no habría multa para los que firmaron, pero sí solicitó que, cuando se suspendiera, volvieran a dar. Entonces, cerramos la sesión que vamos a volver a la sala. La sesión de la sala no opta al funcionamiento de la comisión. Pongamos en votación el número 4.
Presidente, por su intermedio, el artículo 19 establece los criterios a través de los cuales se aplican las multas. En esos criterios quedaron parte de los temas que ya discutimos, entre ellos la conducta previa del infractor. Lo que hace el artículo 20 es...
40:00
La Comisión de las Infracciones, descrita en el artículo anterior, estará sujeta a sanciones que se señalan a continuación, las que se aplicarán siguiendo el principio de proporcionalidad y de acuerdo a los criterios que acabamos de aplicar. Se establece lo siguiente: para los distintos tipos de infracciones leves, se contemplan multas; para las sanciones menos graves, se actualizarán las multas; y para las sanciones graves, se ajustará el monto de la multa, considerando la proporcionalidad de la falta que se señala. Adicionalmente, tratándose de infracciones reiteradas, cualquiera sea su naturaleza, podrá aplicarse una multa hasta tres veces el monto señalado, ya que entendemos que cuando hay infracción reiterada no es lo mismo que una única vez. Por ello, se agregó la posibilidad de aplicar hasta tres veces el monto señalado, lo que proviene de indicaciones anteriores. Lo que ahora se incorpora como indicación es explicitar el principio de proporcionalidad, que es lo que se está indicando hoy.
Gracias, presidente. La verdad es que no comprendo por qué incorporar un principio dentro de una norma objetiva y estricta que tiene que ver con criterios y requisitos para aplicar una multa. ¿Por qué lo digo? Porque un principio es un principio inspirador que se encuentra en otra posición dentro de los proyectos de ley y las leyes. En general, estos principios se encuentran al inicio, siendo aquellos que inspiran cada una de las normas. Entonces, pareciera ser que si esto no se incluye aquí, la proporcionalidad no se aplicará, cuando siempre el criterio de cualquier funcionario público debe ser aplicar las normas proporcionalmente, no desproporcionadamente. Si no se incorpora este principio de proporcionalidad, se podría interpretar que en otras infracciones se puede ser desproporcional o que puede aplicarse la desproporción en la aplicación de una multa. La proporcionalidad es un principio inspirador de todo el ordenamiento jurídico que no necesita ser incorporado en cada norma para recordarnos que se aplican proporcionalmente. Por lo tanto, considero que los principios no deberían estar en estas posiciones de los proyectos de ley, ya que pueden confundir y ser interpretados de manera diversa a lo que finalmente se busca, que me imagino es algo que todos deseamos en esta comisión.
Gracias, presidente. Quisiera saludar, a través de su intermedio, a los subsecretarios que nos acompañan. En el mismo sentido, el diputado Longton señala que cuando el legislador incorpora algo expresamente, uno debe suponer que lo hace con alguna intencionalidad. Por lo tanto, si lo incorpora en un pasaje del texto, implica que tiene una motivación específica para hacerlo, y por algo no se hace en otros pasajes. Curiosamente, si no se menciona, se interpreta que es un principio general del ordenamiento jurídico y, por ende, se aplica de manera uniforme en todo el texto. Pero si se incluye en ciertos pasajes y en otros no, se genera confusión.
Perdón, tenemos que suspender para ir a votar y volvemos. Suspendemos diez minutos y regresamos.
1:05:00
Faltan en total doce, de los cuales solo hay cuatro presentes. Bien, en votación. Don Jorge Alessandri, don Jaime Araya. Gracias. Doña Lorena Fríes, estamos votando el número cuatro, la explicación del Ejecutivo. A favor. Don Raúl Leiva, a favor. Gracias. Doña Alejandra Plasencia, tengo especial consideración con la diputada Ana Ian. En contra. La votación ha sido aprobada con cuatro votos a favor, tres en contra y ninguna abstención.
Corresponde conocer la indicación uno. Tengo que dar lectura al inicio. En la página 48, presidente, si me permite, don Raúl. En la página 48 corresponde al artículo 22. En la columna del medio, está el numeral 10 que señala: "Sustitúyase en los numerales 2 y 3 del artículo 22 por los siguientes: 2. La notificación de la resolución que da inicio al procedimiento administrativo descrito en este artículo se efectuará por cualquier medio permitido en la ley 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de administración del Estado. Y 3. Las notificaciones realizadas por correo electrónico se entenderán practicadas a contar del día hábil siguiente al de su envío a la casilla de correo electrónico".
Este numeral 10 no tiene indicaciones ni parlamentarias ni del Ejecutivo. Se ofrece la palabra. ¿Usted me dice, presidente? No hay palabra. Diputado, lo he visto. ¿Quién da la palabra, el presidente o el secretario? Tiene la palabra.
Quiero saber si es necesario incorporar esta norma cuando la regla general por defecto es la ley 19.880. Es decir, todos los órganos de administración del Estado deben subordinarse a la ley 19.880, a no ser que tengan una regla especial. Si no hay regla especial, aplica la 19.880. Entonces, es lo mismo que el principio de proporcionalidad, que discutimos con el diputado Leiva, que es parte del derecho administrativo sancionador, un principio inspirador y de protección constitucional. ¿Para qué incorporamos que se notifique por la ley 19.880, presidente, a no ser que tenga una regla especial?
1:10:00
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