Senado Gobierno, Descentralización y Regionalización

Senado - Gobierno, Descentralización y Regionalización - 6 de enero de 2026

6 de enero de 2026
15:00
Duración: 2h 55m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 14594-06 Continuar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica distintos cuerpos legales en materia de transparencia, fiscalización y probidad de las corporaciones municipales y organizaciones funcionales. A este punto ha sido invitada la Ministra Secretaria General de la Presidencia, señora Macarena Lobos. 2.- Bol.N° 16132-06 Iniciar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley en segundo trámite constitucional, que consagra funciones en materia de prevención social, situacional y comunitaria del delito, y de apoyo y asistencia a víctimas, a los gobiernos regionales. A este punto ha sido invitada la Subsecretaria de Prevención del Delito, señora Carolina Leitao.

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En nombre de Dios y de la Patria se abre la sesión, primera sesión del año, así que feliz año a todos y todas. La cuenta, secretario. Se ha recibido tres comunicaciones. La primera es de la honorable señora Campillay, quien plantea estudiar la posibilidad de solicitar que se refundan los boletines 17211-06, 17007-06 y 18020-06, radicados en esta comisión, indicando que todos ellos tienen por objeto mejorar las condiciones laborales en la manipulación de alimentos. En segundo lugar, se ha recibido una comunicación de la jefa del Departamento de Planificación y Control de Gestión de la Subdirección Nacional de Servicios Nacional de Migraciones, quien informa, de acuerdo a la glosa presupuestaria número seis, sobre la cantidad de ingresos irregulares por cada región del país, los obstáculos en la aplicación de medidas de expulsión de control migratorio, así como la cantidad de personas extranjeras que se sometieron al proceso de empadronamiento biométrico y las que efectivamente fueron expulsadas. Por último, el director general del Consejo para la Transparencia remite un informe de fiscalización extraordinaria realizado en diciembre de 2025, relativo a gastos municipales en bienes inmuebles durante el año 2024. Vamos a iniciar el estudio del proyecto que está en primer lugar de la citación. Secretario, este proyecto ha sido analizado en dos sesiones, en abril de 2024. La comisión se ha pronunciado respecto de la indicación B, que es un artículo primero nuevo que modifica el Código Civil, la cual fue declarada inadmisible. Las demás indicaciones han quedado pendientes, con excepción de la recaída y la indicación E del Presidente de la República, que en su momento fue aprobada con modificaciones por unanimidad, la cual se encuentra en la página diecinueve del comparado. Las demás indicaciones no se han pronunciado en la comisión. Gracias, presidenta.
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El artículo primero, números 1, 3, 4, 5, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26, así como el artículo segundo, numerales 1, 2, 3 y 4, el artículo tercero, numeral 3, y el cuarto, numerales 2 y 4, no fueron objeto de indicaciones en los dos plazos que fijó la sala. Sin perjuicio de lo anterior, hay propuestas de modificaciones a esos numerales, lo que requeriría abrir un nuevo plazo de indicaciones. Gracias, señor secretario. Saludo a todos los senadores y senadoras, y agradezco que hayamos podido sesionar en un horario distinto, dado que tenemos proyectos importantes que avanzar. Saludo a la ministra, a la subsecretaria de Prevención del Delito y a sus equipos. Respecto de este primer proyecto que modifica cuerpos legales en materia de transparencia, fiscalización y probidad de las corporaciones municipales y otras organizaciones funcionales, es un proyecto de gran relevancia en la agenda de transparencia y probidad. Este proyecto ha ido avanzando en distintos tiempos y ha sido objeto de un trabajo técnico significativo. A continuación, le doy la palabra a la ministra Macarena Lobos para que nos informe al respecto. Gracias, ministra. Muchas gracias, presidenta. Por su intermedio, saludo a los senadores y senadoras, a los miembros de la Secretaría y a los equipos que nos acompañan. Este es un proyecto muy importante dentro de la agenda de prioridad y transparencia. Según los análisis y encuestas, el tema de los municipios, que es la puerta de entrada del relacionamiento de la ciudadanía con el Estado, presenta percepciones y casos de corrupción significativos. Este proyecto responde a mociones refundidas y el Ejecutivo ha tomado el liderazgo para patrocinarlo. Hemos realizado un trabajo técnico que permitió que en enero de 2024 este proyecto fuera aprobado en general en la sala. Desde entonces, hemos continuado con la tramitación en la Comisión de Gobierno, incorporando las modificaciones que han sido planteadas y que han sido aprobadas o rechazadas, como mencionó el secretario. En este último periodo, hemos retomado el trabajo técnico con la Comisión de Asesores, a quienes agradezco por su colaboración. Me gustaría hacer una síntesis de lo que hemos avanzado hasta el momento. En primer lugar, hemos acordado retirar toda la normativa vinculada a juntas de vecinos y a la Unidad de Análisis Financiero, dado que ambas materias están reguladas en otros cuerpos legales que están en tramitación. En el caso de la Unidad de Análisis Financiero, está recogida en el proyecto de subsistema de inteligencia económica, que ustedes aprobaron hace un tiempo y que se encuentra en segundo trámite constitucional en la Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados. En cuanto a las corporaciones de la Junta de Vecinos, hemos presentado un proyecto que está en primer trámite constitucional en la Comisión de Hacienda del Senado, que regula las corporaciones y fundaciones, así como todo lo relativo a las transferencias. Esto fue parte de un compromiso adquirido en el marco de la tramitación de la Ley de Presupuestos del año pasado. Dentro de los acuerdos alcanzados con los asesores, tenemos casi dos tercios del proyecto, excluyendo las dos materias mencionadas. Esto incluye la composición del plan de integridad, la regulación del encargado del plan de integridad, la regulación de la unidad de control y las normas relativas a las responsabilidades del alcalde. Cabe recordar que también se ha planteado un tema por la Contraloría General de la República, que se abordará en un proyecto que se verá esta tarde en la Comisión de Gobierno de la Cámara. Este proyecto busca fortalecer las facultades de la Contraloría para actuar sin la mediación de los concejales o del consejo regional, en su caso los gobernadores, cuando haya constatación de notable abandono de deberes. Hemos realizado una homologación en la propuesta de las normas para asegurar que haya consistencia sistémica, dado que la propuesta original de la Contraloría era incluirlo en su ley orgánica. Creemos que para que esto esté debidamente articulado, debe ir en los estatutos propios, por lo que se están realizando modificaciones tanto a la ley orgánica de municipios como a la ley orgánica de gobiernos regionales. Adicionalmente, tenemos dos temas pendientes dentro de este paquete de materias que hemos concordado, incluyendo el artículo 47, que aborda las inhabilidades para...
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Funcionarios de confianza, nosotros planteábamos una norma que fue ampliada por una indicación del senador Castro, y no hemos llegado a acuerdo en ese tema porque nos parece que la propuesta del senador Castro amplía en demasía estas inhabilidades, lo cual puede ser una complejidad, sobre todo en los municipios más pequeños. El otro tema es el de las auditorías externas, donde se relevó la dificultad de que hubiera duplicidades. Nosotros hicimos una contrapropuesta de redacción para dejar claramente establecido eso, pero dado los tiempos no hemos logrado sancionarla con los equipos. Esos son los temas acordados y tenemos el refundido, un comparado con los temas que hemos convenido en esas materias. Quedan pendientes, por su intermedio, Presidenta, lo relativo a las fundaciones y corporaciones municipales, así como toda la regulación y todo lo relativo al estatuto de los concejales vinculados a los temas de probidad y transparencia, derecho a abstención y capacitación, lo mismo del estatuto municipal, que es una parte acotada del proyecto y que en las semanas siguientes esperamos poder convenir. Es importante hacer presente que dentro de las normas que ya fueron declaradas inadmisibles había una indicación original de modificaciones al Código Civil, relativo a todo el tema de las fundaciones y corporaciones del senador Sanhueza, y no recuerdo en este minuto de qué otro senador, que se declaró inadmisible. En su momento, hemos presentado un proyecto, el mensaje 17.817, que está en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados, que presentamos en septiembre del año pasado y que tiene por objetivo establecer nuevos estándares de probidad y transparencia para las corporaciones y fundaciones. Por tanto, entendemos que eso está subsumido y debidamente recogido en ese proyecto. Eso como resumen, Presidenta, de lo que hemos avanzado. Estoy a su disposición para aclarar dudas, tanto suyas como de los otros senadores y senadoras. Muchas gracias. ¿Algún senador, senadora? Vamos a poner en votación el proyecto, si les parece. La esperamos un momento, ministra. En primer término, en la página uno del comparado de la Secretaría, está la letra A, que propone cambiar el nombre de la ley, y la Comisión en su momento acordó dejarlo pendiente según el resultado de la tramitación del proyecto. En segundo lugar, la letra B, de la senadora Isabel Allende, que proponía incorporar un artículo primero, fue declarada inadmisible en la sesión anterior. Por tanto, corresponde iniciar el estudio en la página diez del comparado de la Secretaría, que es el artículo primero. El artículo primero, el número uno, no sujeta a indicaciones. En el número dos existen las indicaciones. La indicación del honorable senador Velázquez, que recae en el número seis de este artículo 7 bis propuesto, establece un procedimiento de rendición de cuentas accesible a la ciudadanía que informe sobre el presupuesto municipal y el uso de los recursos públicos, así como el resultado de la auditoría operativa que señala el literal A del artículo 29 de la presente ley. ¿Cómo vamos a ir conjugando esto con los acuerdos de la mesa? Ahí volvió la ministra. Está Valeria pidiendo la palabra para explicar. Ministra, lo que pasa es que la mesa técnica propone reemplazar el numeral uno del inciso primero por el siguiente: un manual de prevención de delitos que considere al menos los delitos de cohecho, enriquecimiento ilícito, exacciones ilegales, fraude al fisco, infidelidad en la custodia de documentos, malversación de caudales públicos, negociación incompatible, tráfico de influencias, violación de secreto y delitos vinculados.
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Como el aborto sin tráfico de estupefacientes, psicotrópicos, entre otros. Eso está en la página 1 del comparador ejecutivo. Pero una cosa, ¿cómo vamos a ir votando? Eso es lo primero. El problema, senadora, es que aquí vamos a requerir unos plazos de indicaciones. Estas son propuestas nuevas que debe presentar el Ejecutivo; en algunos casos son de iniciativa, en otros no. Hay que abrir un plazo de indicaciones. Requeriremos que las presente en su momento. Si hay indicaciones en esos artículos, se pueden tomar para aprobarlas con esta redacción. ¿Por qué necesariamente un nuevo plazo de indicación? Lo que pasa es que esto va posteriormente al Tribunal Constitucional, que revisará el resultado del proyecto de ley, no la tramitación. La justificación que plantean aquí es que se propone la siguiente modificación que recoge el espíritu de la indicación de Sanabela, que eso dice expresamente la norma. En realidad, la indicación no tiene relación alguna, pero se puede plantear igual. Ministro, usted tiene que explicar la indicación. Ministra, por su intermedio, presidenta, nosotros estamos disponibles para que sea la forma más expedita para poder avanzar. Entendíamos que, habiendo una indicación ancla, se podía aprobar con modificaciones, lo que tenga bien la comisión. Si no, la otra modalidad es que, dado que hay un acuerdo respecto a aquello, se aprobaran al referéndum y nosotros después sistematizáramos todo en una nueva indicación que recogiera todos los temas para que fuera más fácil. Lo que sea más fácil para usted, presidenta, y los miembros de la comisión, nosotros estamos disponibles para cualquiera de los dos formatos. Termino de leer la propuesta entonces, porque se puede aprobar. En segundo lugar, la matriz de riesgo que en el texto decía "matriz de riesgo de ocurrencia de los delitos establecidos en los párrafos 5, 6, 7, 8 y 9 del título quinto del libro segundo del Código Penal". Aquí se refiere a una matriz de riesgo que ocurre en los delitos singularizados en el numeral anterior. Una política de integridad pública y anticorrupción se le agrega que cuente con una estrategia de acción e indicadores para medir su eficacia. Se mantiene el código de ética, se mantiene el canal de consulta y denuncias con reserva de identidad, y se elimina un procedimiento de rendición de cuentas accesible a la ciudadanía que informa sobre el presupuesto municipal y el uso de los recursos públicos. Se agrega que el plan de integridad municipal tendrá una vigencia de seis años, mientras que la norma propone cuatro años. Finalmente, se establece que la evaluación y ejecución del plan de integridad municipal, tanto el alcalde como el consejo, deberán tener en cuenta la participación ciudadana y la necesaria coordinación con los servicios públicos que ejercen competencias en el ámbito de la prevención y la persecución de la corrupción, eliminando todo el parafraseo que está marcado en rojo. Muchas gracias, ministra, muchas gracias, presidenta. Lo que se acordó con la mesa técnica es expresar el nomen juris, el nombre de los delitos a los que hará referencia el manual de prevención de delitos. Se especifica que estos instrumentos cuenten con indicadores, lo cual fue planteado como relevante en la mesa técnica. Se elimina la referencia a un procedimiento de rendición de cuentas, en el entendido de que ya existen mecanismos de rendición de cuentas, y además se recoge el espíritu de la indicación del senador Velásquez en la medida en que se incorpora para la elaboración de este plan las observaciones. A ver, lo que entiendo yo es que el trabajo en la mesa técnica definió acuerdos. En algunos casos hay normas que tienen indicación y en otros no. En aquellas que no hay indicaciones y hay acuerdos, tendríamos que aprobar al referéndum aquellas normas y proseguir la tramitación, porque si no, se va a enredar mucho. Entonces, tratemos de avanzar un poco para ir votando este proyecto, que es importante, y que también le demos unos minutos antes de terminar la sesión al segundo proyecto de la tabla, si les parece. Senadora, en términos generales, estoy de acuerdo con la indicación. Tengo una duda.
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En el inciso primero, tercero, será después de todos los numerales, el inciso siguiente a todos los numerales, cuando dice que el plan de integridad municipal tendrá una vigencia de seis años. Su ejecución deberá someterse a evaluación periódica para los ajustes y modificaciones que correspondan. ¿Qué debemos entender por evaluación periódica? Porque para un municipio puede ser cada dos años, para otro puede que lo haga cada seis, o cada vez que tenga que revisarlo necesariamente. Entonces, no sé si hay razón para dejar la evaluación periódica abierta o si debiera tener una periodicidad determinada. Esa es mi duda. No tengo opinión al respecto, por eso pregunto. Presidenta, por su intermedio, es muy atendible la duda planteada por la senadora Sberg, porque efectivamente fue tema de debate. Habida cuenta de la heterogeneidad de la realidad de los municipios, la idea es que efectivamente sea flexible, que cada municipio, de acuerdo a su realidad, su matriz de riesgo y los recursos disponibles, pueda determinar un período de evaluación. No va a ser estandarizado, sino que cada municipio, de acuerdo a su situación, deberá realizar al menos una evaluación durante el período de seis años. Podría ser una, o podrán ser dos, en función de los riesgos y disponibilidades presupuestarias del municipio. ¿Podríamos expresar eso? O sea, que al menos sea una evaluación durante la vigencia de los seis años. Algunos municipios lo harán cada dos, a lo mejor cada tres, o simplemente una. Entonces, exijamos que al menos durante la vigencia de los seis años debe haber una evaluación. Por su intermedio, presidenta, nos parece muy atendible que quede explicitado, porque ese es el espíritu de la norma. En el número cinco se establece que el plan de integridad municipal tendrá una vigencia máxima de seis años. Entonces, deberíamos especificar que debe haber al menos una evaluación periódica durante su vigencia, para que no sea solo en el año sexto. En votación, este es el artículo. Lo que pasa es que en el inciso final, el secretario dijo que se eliminaba todo lo que estaba en letras rojas, pero no todo, solo lo que está rayado en letras rojas. Para que entendamos todos lo mismo. Entonces, la propuesta de modificación es al artículo 7 bis. Senador Velásquez, ¿cómo vota usted? A favor. Propor unanimidad, entonces. Artículo 7 ter. Enseguida, los asesores proponen modificaciones al artículo 7 ter, que es el número 3 del proyecto, del artículo primero. Este artículo no fue objeto de indicaciones durante dos plazos que salieron por la sala. Esto requiere plazo. Presidenta, la implementación de esta ley requiere recursos. Quisiera que la ministra nos pudiera señalar en el informe.
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Financiero, si es que lo tiene, y recordando el artículo quinto de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que señala que cada vez que se le otorguen nuevas obligaciones o facultades a los municipios, de la misma manera se debe señalar la fuente de donde van a provenir los recursos para ello. Ministra, por su intermedio, Presidenta, el proyecto no tiene un informe financiero. A nosotros nos parece que, en definitiva, aquí se presentan herramientas para que los municipios puedan velar por el buen uso de sus recursos. Hemos estado trabajando para garantizar su adecuada implementación. De hecho, desde la Comisión Nacional de Integridad y Transparencia, que depende de nuestro ministerio, en conjunto con la Contraloría General de la República, el Servicio Civil y la Subdere, hemos trabajado con 38 municipios en las guías de los planes de integridad, sistemas y códigos de ética e integridad. Adicionalmente, hemos lanzado una guía de planes de integridad para facilitar esta implementación. Entendemos que esto, más que recursos, requiere herramientas que garanticen el buen uso de los recursos públicos. Son regulaciones en esa dirección y, por tanto, se debe asegurar el buen uso, valga la redundancia, de los presupuestos municipales, teniendo mayores reglas de control interno, probidad, transparencia y rendición de cuentas de parte de las autoridades. Senadora, gracias, Presidenta. Lo que señala la Ministra, en términos generales, puede tener razón para las municipalidades grandes, que pueden utilizar a los mismos funcionarios designándoles esta nueva función. Sin embargo, para los municipios rurales, que no cuentan con la misma planta, recursos ni funcionarios, hay algunos que solo tienen un par de profesionales y el secretario municipal, que es lo mínimo que exige la ley. Se les exige en esta ley lo mismo que a la Municipalidad de Vitacura, Las Condes, Providencia, Santiago, que son municipios con muchos recursos. Por ello, creo que los municipios rurales no van a tener cómo cumplir con esta obligación, como no han podido cumplir otras que se les han creado. Un ejemplo claro es el proyecto de adecuaciones de las plantas, donde los municipios más grandes pudieron cumplir, mientras que la mayoría de los municipios rurales requirieron sucesivos plazos para poder hacerlo, debido a la falta de profesionales. Ministra, por su intermedio, haciéndonos cargo de esta realidad de heterogeneidad de los municipios, en los artículos transitorios se contempla la facultad de un reglamento del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia para establecer los modelos y componentes básicos de los planes de integridad, justamente para que los municipios tengan a disposición estos planes, que es lo que hemos venido trabajando con estas guías. Esto debe ser sin que el propio municipio tenga que asumir el costo de elaborar estos planes, y también debe ser estandarizado. Adicionalmente, y esto es parte de lo que se está conversando con la mesa de trabajo, hay un proceso de gradualidad en función de la realidad de los municipios para presentar esta matriz de riesgo una vez que tengamos los códigos. Por eso, tenemos a disposición tanto códigos de ética como el plan de integridad, para que efectivamente los municipios más pequeños, que no tengan las capacidades propias para desarrollarlo, cuenten con los instrumentos necesarios y puedan adaptarlos a su realidad. Gracias, Ministra. Este proyecto también debe entenderse en el contexto de que la propia Contralora General de la República ha señalado la importancia de avanzar en él, ya que las situaciones detectadas por el control de este organismo en corporaciones municipales y otras organizaciones se relacionan con la falta de una reglamentación más precisa. Comparto lo que señala la senadora: no todos los municipios están en condiciones de cumplir, y esto se observa en distintas materias, no solo en esta. A veces, en temas como educación, los municipios deben lidiar con la superintendencia de educación, y no cuentan con todo el personal ni las condiciones necesarias, pero ese ya es un problema.
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...del que creo que excede el marco de este proyecto. Dicho eso, me parece importante también, y por eso nombro a la Contralora, porque la Contraloría también realiza una labor de capacitación preventiva a la que pueden acceder los municipios. De manera tal que, si existe esta regulación, probablemente permitirá un trabajo mucho más coordinado por parte del Estado en orden a coadyuvar a que existan estos controles. Creo que la gran mayoría, o quiero creer, de los alcaldes desean tener este control, no quieren tener problemas en la administración de las finanzas, y que el buen uso de los recursos públicos sea la norma general. Para eso, debemos avanzar en este proyecto, a mi modo de ver. Ministra, muchas gracias, Presidenta. Comparto plenamente sus palabras. Efectivamente, el tema de la prioridad municipal es relevante, como lo ha planteado la Contralora. Lo que estamos haciendo es coadyuvar en el ecosistema de control, porque el control que ejerce la Contraloría General de la República es un control ex post, y según las palabras de la Contralora, lo que se puede detectar con ese control es un porcentaje menor, el 3%, como ha planteado en distintas presentaciones. Por tanto, es muy importante fortalecer los mecanismos de control interno, y en eso apunta este proyecto en el sector municipal, donde tenemos brechas muy relevantes. Ustedes mencionaron en algunos casos el tema de los datos que ha informado el Consejo para la Transparencia respecto a las brechas que existen en materia de municipios. Todo lo que coadyuve y colabore en esa dirección es muy importante. Creemos que es fundamental que en el proyecto de fortalecimiento de la facultad de la Contraloría se eleve a rango legal el centro de formación y capacitación que tienen, en colaboración con el rol de la Comisión Nacional de Integridad y Transparencia, donde también realizamos capacitaciones importantes en estas materias. Además, el Servicio Civil trabaja en coordinación para evitar duplicidades y maximizar el aprovechamiento de estas instancias. Es clave que podamos mejorar no solo el funcionamiento de los municipios, sino también la percepción que los ciudadanos y ciudadanas tienen respecto a su funcionamiento. Senadora, gracias, Presidenta. Creo que nadie puede estar en desacuerdo con que hay que modernizar, prevenir y exigir más a los municipios en el buen uso de los recursos y en la prevención de delitos. Sin embargo, el solo dictar una ley que puede ser muy buena, si no tiene los recursos, se convertirá en letra muerta. Por eso es importante no solo aprobar la ley, sino también resguardar que todos los municipios puedan cumplir con la nueva normativa y que no dejen de hacerlo por falta de recursos. Sería interesante que todos estos formatos o guías de ayuda estuvieran listos antes de que entre en vigencia la ley, para que se puedan cumplir con los plazos de vacancia y que cada municipio no solo deba firmar o decretar la propuesta que hace el Ejecutivo, la Subdere o la Contraloría, sino que también pueda fijar su propio reglamento de acuerdo a su situación particular. Claramente, lo que ocurre en un municipio urbano, con recursos muy distintos, no es lo mismo que en municipios rurales. También quiero recordar que sí hay informes financieros, aunque estos digan que no arrojan mayor gasto; yo creo que sí esto va a generar algún costo. Presidenta, solo quiero reiterar que estoy absolutamente de acuerdo en avanzar en esto, pero lo que queremos es que no sea una letra muerta y que todos los municipios, independientemente de su condición económica, puedan cumplirlo. Además, sería interesante que en el proyecto de ley, que habla de la modificación a las facultades de la Contraloría, se establezcan ciertos plazos fatales que tengan consecuencias. Por ejemplo, la Contraloría, hace algunos años, estableció convenios de colaboración que muchos municipios rurales suscribieron, y es fundamental que se respeten esos compromisos.
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Antes de adjudicar cualquier licitación, se enviaban los antecedentes a la Contraloría, pero esta se demoraba dos, tres y hasta cuatro meses en responder. Por lo tanto, la oferta, como bien sabemos, es la primera puerta de entrada de la gente y requiere respuestas urgentes. De nada sirve esa colaboración si se va a tener que esperar tanto tiempo por una respuesta, en la que ya ni siquiera las ofertas de esas licitaciones estarán vigentes. Sería interesante conversar con la Contralora, ministra, por su intermedio, presidenta, sobre cómo se puede hacer más exigente el cumplimiento de los plazos por parte de la Contraloría General. Muchas gracias, presidenta, por su intermedio. Respecto al primer planteamiento formulado por la senadora Wensberger, efectivamente hay un plazo de seis meses para dictar el reglamento y, posteriormente, un año para que los municipios puedan cumplir con los requisitos necesarios, asegurando que tengan los instrumentos a su disposición. Recojo la inquietud planteada al respecto. Ustedes saben que los plazos de la administración, en términos generales, no son fatales. Hemos avanzado en esa dirección. Existe una regla excepcional en la Ley 19.880 en caso de emergencia y también hemos progresado en el proyecto de permisos sectoriales, donde se establece el silencio positivo en algunos casos. Transmitiré a la autoridad de la Contraloría para que evalúe esta situación, ya que es importante, como señala la senadora, que si va a haber un elemento de colaboración para el cumplimiento de esos fines, este proceso sea lo más expedito posible. Vamos a avanzar en esto. Posteriormente, el Ejecutivo deberá ingresar las indicaciones. El alcalde, con acuerdo del concejo, deberá designar a un funcionario responsable de la adecuada implementación y funcionamiento del Plan de Integridad Municipal. En el cumplimiento de sus funciones, el funcionario responsable del Plan de Integridad Municipal deberá realizar o promover capacitaciones y asesorías permanentes al personal municipal sobre el Plan de Integridad y en materia de probidad; colaborar en la gestión y difundir los procedimientos y políticas internas del Plan de Integridad Municipal; y dar cuenta, de forma semestral, de la implementación y funcionamiento del Plan de Integridad Municipal al Concejo Municipal, o cuando este lo requiera, por escrito o en comisión especialmente constituida para tal efecto. Para la rendición de cuentas semestral, el funcionario deberá elaborar un informe sobre el funcionamiento del Plan de Integridad Municipal, las gestiones realizadas y sus propuestas de mejoras al plan, el cual deberá ser expuesto en sesión del Concejo Municipal. Dicho informe deberá estar a disposición de la ciudadanía y ser publicado en el sitio electrónico del municipio, según lo estipulado en el artículo séptimo de la Ley 20.285 sobre acceso a la información pública. Además, deberá ejecutar las demás tareas relativas a la promoción, implementación y fortalecimiento del Plan de Integridad que sean instruidas por el alcalde, con acuerdo del concejo municipal. Senadora, este artículo es una clara muestra de que se requieren más recursos, ya que no todas las municipalidades tendrán funcionarios disponibles y algunas probablemente necesitarán contratar a alguien para que se dedique a esto, lo que implica un costo adicional. En segundo lugar, tengo una duda. El número tres menciona que se debe dar cuenta de forma semestral de la implementación y funcionamiento del Plan de Integridad al Concejo Municipal o cuando este lo requiera, por escrito a la comisión especializada constituida para tal efecto. ¿Cómo se relaciona esto con lo que habíamos establecido anteriormente sobre la evaluación periódica? Porque aquí se está estableciendo una periodicidad a la evaluación, indicando que debe ser semestral, mientras que habíamos acordado una vez cada seis años. Para mí, ambas normas son contradictorias.
40:00
Sí, muchas gracias, Presidenta. Esta norma apunta a rendir cuenta de cómo va progresando. No es una evaluación, ni se trata de poner sobre la balanza cómo ha ido, por así decirlo, para proponer una mejora o un ajuste al plan. Esta rendición de cuentas va a dar cuenta de las capacitaciones realizadas, qué funcionarios han participado, los porcentajes de participación. Es decir, se trata de mostrar el avance en la implementación, más que de realizar una evaluación que permita ajustes, que es lo que creo que la senadora está pensando por su intermedio, Presidenta. Si entiendo bien, esto se refiere al grado de avance del plan, y lo otro sería una evaluación más sistémica que podría apuntar a hacer cambios, modificaciones o incluso solicitar más recursos. Por ejemplo, después de la evaluación, se podría decir que necesitamos no un funcionario, sino un área, aunque estoy inventando, pero esas serían las diferencias. Efectivamente, uno es la progresión de cómo vamos avanzando y la corrección, y lo otro es una evaluación mucho más integral que supondría la acumulación o recopilación de todos estos avances. Uno esperaría que en esta progresión periódica se pudieran identificar ajustes que lleven a una mejor evaluación final, o a cuestiones que, tras la evaluación, se puedan corregir. Sin embargo, en la práctica, esto es más bien una información sobre el estado de avance o la progresión, y no una evaluación integral que permita medidas de mejora a posteriori, como está concebida en el artículo anterior. Gracias, ministra. Senadora, mire, puede ser, pero si uno lee íntegramente el número, en el artículo anterior se establece que el Plan de Integridad Municipal tendrá una vigencia de seis años y su ejecución deberá someterse a evaluación periódica. ¿Para qué? Para los ajustes y modificaciones que correspondan. El número tres dice que se debe dar cuenta en forma semestral de la implementación y funcionamiento del Plan Integral, no solo de cómo se ha ido implementando, sino también del funcionamiento al Concejo Municipal o cuando esto lo requiera por escrito. Para efectos de la rendición de cuentas semestral, el funcionario deberá elaborar un informe sobre el funcionamiento del Plan de Integridad Municipal, las gestiones realizadas y sus propuestas de mejoras al plan, el cual deberá exponer en la sesión del concejo. De verdad, creo que hay que racionalizar. Seis meses parece ser un periodo muy corto; a lo mejor debería ser una vez al año y decir que este informe servirá de base para la evaluación del artículo correspondiente. Sin embargo, no logro ver la diferencia entre ambas cosas. Ministra, por su intermedio, Presidenta, no hay ningún problema. Efectivamente, se puede establecer una periodicidad anual para que sea más consistente y que esto sirva de base para la otra evaluación. En el fondo, esto sería una inversión respecto a la evaluación final que deben hacer al menos una vez al año, y por tanto, se puede coincidir en ello. Ministra, tengo una consulta respecto a la redacción del punto tres, que dice: "Dar cuenta de forma semestral de la implementación y funcionamiento del Plan de Integridad Municipal al Concejo Municipal". No dice cómo, suponemos que es en una sesión del consejo, pero después menciona que esto se puede requerir por escrito o en comisiones especialmente constituidas para tal efecto. Es decir, tenemos una vía normal que es la rendición semestral, otra que el consejo lo pueda requerir por escrito, o que se constituya una comisión donde tengan que dar cuenta. ¿Son estas las tres alternativas? Por su intermedio, Presidenta, todas estas son formas en que el consejo puede pedir la rendición. Puede ser en una sesión normal, que esa es la regla general, o alternativamente que el consejo lo pida por escrito o en comisión especialmente constituida al efecto. La comisión constituida al efecto se refiere al consejo, que en comisión lo solicite. Son tres modalidades: la regla general y dos alternativas respecto a la solicitud del tema. A veces el consejo se divide por comisiones, y por tanto, en definitiva, puede haber una...
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