Senado Hacienda

Senado - Hacienda - 9 de diciembre de 2025

9 de diciembre de 2025
13:30

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 16889-05 Crea una Agencia de Financiamiento e Inversión para el Desarrollo (Afide), y la autoriza a participar en fondos de fondos. 2.- Bol.N° 16335-14 Regula la prevención de incendios forestales y rurales, y otras materias que indica.

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En nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. Presidenta, se recibieron dos documentos. El primero, del señor Patricio Rey, gerente general del Fondo de Infraestructura, Sociedad Anónima. Ellos cumplen con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N° 21.082, que crea la sociedad anónima del Estado denominada Fondo de Infraestructura, e informan que durante el primer semestre del año 2025 no hubo aportes ni transferencias financieras realizadas por parte del Fisco de Chile a dicha sociedad. Eso es lo que informan; cuando hay aportes los detallan, pero en este caso señalan que no hubo. Asimismo, se recibió del Consejo de la Alta Dirección Pública su opinión técnica respecto del proyecto de ley que crea la Agencia de Financiamiento e Inversión para el Desarrollo, AFIDE. Se trata de un documento con comentarios y sugerencias, remitido a los correos electrónicos de los miembros de la Comisión. Eso sería todo. Hagamos pasar a los asesores. ¿Está el Ministro para que podamos partir con el primer punto de la tabla? Estamos entonces. Vamos al primer punto de la tabla. Señora Secretaria. Presidenta, el primer punto de la tabla es el proyecto de ley que crea una Agencia de Financiamiento e Inversión para el Desarrollo, AFIDE, y la autoriza a participar en fondos de fondos. Este proyecto lo hemos revisado en profundidad en la Comisión, así que corresponde el día de hoy, tal como nos comprometimos con el Ejecutivo, proceder a votar. ¿Desea el señor Ministro intervenir? Solo quería enunciar los compromisos que el Gobierno ha adquirido en esta materia; no sé si se hicieron llegar a cada uno de los parlamentarios. Sí, Ministro, los tenemos todos. No es necesario enunciarlos. La señora Presidenta somete a votación en general el proyecto de ley. Tiene la palabra el Senador Macaya. Gracias, señora Secretaria. Yo he dado mi opinión con anterioridad respecto de este proyecto. Considero que, en el estado actual, es mejor actuar con cautela. No estamos frente a una urgencia ineludible ni existe un consenso técnico; hay varias diferencias técnicas que se han planteado durante la tramitación, que a mi juicio hacen inoportuno avanzar, particularmente considerando la situación política que atraviesa el país. Estamos a menos de una semana de una elección presidencial; es muy probable que exista un cambio de signo político. No sabemos —o en realidad sí sabemos, pero quizá no se ha hecho todo lo público que corresponde— la opinión de las personas que pueden asumir responsabilidades en esta materia, y creo que sería relevante tener, como lo señalé en su momento, algún feedback respecto de cómo están mirando esto. Además, en cuanto al informe financiero, me hizo mucho sentido la presentación que hizo Matías Acevedo. El propio informe financiero que entregó el Gobierno, a nuestro juicio, es insuficiente.
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Para tomar una decisión de largo plazo, con responsabilidad fiscal y particularmente en el contexto fiscal que atraviesa el país en este momento, me parece impropio forzar una nueva institucionalidad, una nueva empresa del Estado, sin tener claridad sobre su impacto real ni evaluación del desempeño de lo ya existente. Hemos señalado en su momento que tanto BancoEstado como la propia Corfo podrían cumplir estas funciones si se les exige de manera adecuada. Ese es parte del desafío que viene en estas materias, particularmente en la inversión de fondos de fondos. En lo personal, y ya lo he manifestado anteriormente, tengo reparos respecto de este proyecto, y es la razón por la cual lo voto en contra. ¿Senador Galilea? Vamos a esperar que llegue; le toca al senador Gastón Saavedra. Voy a votar a favor. Lo dije la primera vez que intervine en esto: necesitamos contar con un instrumento que, en el siglo XXI, fomente la generación de emprendimiento y de empleo. Gracias, colega. Senador Galilea. Yo siempre he manifestado una opinión más bien positiva frente a este proyecto, Presidenta. Nace de la evaluación de que los mecanismos que tenemos en la propia Corfo no parecen ser suficientes para desarrollar una industria de inversión de I+D robusta, sólida. Corfo tiene un pequeño programa, a través de la GIF, entiendo que con montos de hasta un millón de dólares; y siempre las empresas o se quedan ahí, porque no logran encontrar más capitalización —la banca no está hecha para este tipo de inversión—, o, las que efectivamente andan mejor, en Chile al menos no encuentran financiamiento y se van del país, a mercados más profundos, más desarrollados, norteamericanos muy fundamentalmente. Por lo tanto, acá hay dos tipos de análisis que se han estado haciendo constantemente: uno que tiene que ver con normas específicas a mejorar, y otro que, me da la impresión, es a donde apunta el raciocinio del senador Macaya, que es lo prudencial respecto de avanzar o no avanzar en una institucionalidad como esta. En lo que es la mejora técnica del proyecto, efectivamente creo que hay consenso y, de acuerdo a todo lo que se ha escuchado y a las minutas que ha mandado el Gobierno, hay disposición para hacer mejoras sustantivas en la gobernanza de esta institucionalidad; para establecer que no puede ser banca de primer piso por ningún motivo; y tengo la impresión de que están abiertos a que haya socios organismos multilaterales, cosa que me parece relevante. En fin, hay una serie de temas que creo que todos pueden ser solucionados. En cuanto al endeudamiento, bueno, la Corfo hoy día también puede endeudarse; también es bajo la línea y tiene una institucionalidad que es mucho más débil que esta. Por lo tanto, suponiendo que todo eso se puede solucionar a través de correcciones particulares al proyecto, volvemos a lo prudencial, que es: ¿se justifica en este momento hacer este esfuerzo en las magnitudes que lo presenta el proyecto, sí o no? Esa, para mí, es la pregunta más fundamental. ¿Vale la pena hacer el esfuerzo o no? ¿Le creemos a la importancia del I+D? ¿Le creemos a la importancia de que sea el Estado el que, de alguna manera, empuje en un país como Chile? Por supuesto que en Estados Unidos probablemente no; hay tal cantidad y tal profundidad de mercado que esta conversación no existe. Pero en Chile, la posibilidad de que una institución especializada cumpla ese rol es relevante.
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¿Vale la pena o no vale la pena intentarlo? Yo creo, Presidenta, que al menos, a nivel de votar en general, me inclino por darle la oportunidad a este tema. Por lo tanto, la votación en general la voy a plantear favorablemente. Gracias. Presidenta, no voy a entrar en el detalle largo de mis dudas y reparos; muchos ya los ha expresado el senador Macaya. Me he reunido con expertos en esta materia, hemos revisado el proyecto y creo que, al término de un gobierno, es muy complejo avanzar en esta línea. Así que voy a votar en contra. Se ha producido un empate, por lo que es necesario repetir la votación. Senador Macaya. —Mantengo mi voto en contra. Senador Saavedra. Senador Galilea. —Presidenta. —En contra. Repetido el empate, y como este proyecto está en este momento sin urgencia, tendrá que ser resuelto en la sesión de mañana. Mañana se vota de nuevo para poder despacharlo. Gracias. Gracias, ministro. Tenemos que pasar al segundo proyecto, que es el tema de incendios. No sé si la ministra Lobos va a acompañarnos en ese tema, porque lo está viendo, y tenemos que seguir con la discusión. Además, me decían —yo no estuve la semana pasada cuando partimos— que el Ejecutivo quería introducir una indicación en materia de multas. Vamos a tener que pedir, y espero que la tengan lista, autorización hoy día a la Sala para que puedan ingresarla y la podamos despachar mañana, si le parece a la Comisión. Sí, el de incendios. No, la indicación la podríamos votar mañana, porque hoy ya no vamos a poder. Lo que podríamos hacer es seguir viendo el proyecto, teniendo claro que vamos a tener que pedir autorización en Sala para ese tema. Gracias, ministro. Entiendo que es la ministra Lobos; no lo sé, porque la semana pasada lo presentó la ministra de Agricultura. No sé si vamos a esperar a alguien del Ejecutivo, si venía alguien o no; no sé si avisaron. Ah, ya, ahí está: le doy la palabra. Hemos trabajado este proyecto con un equipo. Es que no alcanzó a saludar porque yo estaba hablando.
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Presidenta: Ya. Retomemos en donde estábamos. Le quiero preguntar al Ejecutivo, Ministra: yo no pude estar la semana pasada cuando partimos con el proyecto, pero me decía la Secretaria que ustedes querían introducir una indicación en materia de multas. Para eso vamos a tener que pedir un plazo especial en la Sala el día de hoy, que ya lo hemos acordado con la Comisión. ¿Ustedes tienen la indicación lista o todavía no? ¿Sí? Por lo tanto, si pedimos hoy día plazo en la tarde, ¿la pueden ingresar hoy mismo? Ya, perfecto, para tener eso claro. Señora Soledad. Señora Soledad: Presidenta, en la sesión anterior la señora Ministra hizo la presentación del proyecto, y lo que corresponde a la Comisión es pronunciarse respecto de las normas de su competencia, que son veinte. No sé si quiere que partamos viéndolas una a una. Presidenta: Yo partiría, pero antes veamos si los colegas quieren señalar algo antes de iniciar. Tiene la palabra el Senador Macaya. Senador Macaya: Gracias, Presidenta. Quisiera plantear algunos puntos. Lamentablemente tampoco pude estar en la presentación de la semana pasada y quizá me repita respecto de lo que se haya discutido en las comisiones técnicas, más allá de las competencias de esta Comisión. Mis dudas tienen que ver con cómo puede afectarse, de manera directa o indirecta, el derecho de dominio a propósito de los planes. En el mundo rural, por ejemplo, las cosechas y ciertos tipos de plantaciones podrían verse afectadas por decisiones administrativas que limiten el ejercicio del derecho de dominio de productores agrícolas. Desde la perspectiva de una decisión que emana de un órgano administrativo, ¿hay compensaciones respecto de eso? ¿Cómo se evalúa? Si, por ejemplo, se decide que en una determinada área geográfica se debe proteger la zona y dejar de producir, o dejar una cosecha sin recolectar, ¿de qué manera se ha evaluado la potencial afectación del derecho de propiedad? En simple, el proyecto de ley propone prevenir incendios mediante la regulación del territorio con dos instrumentos: las zonas de amortiguación y las zonas de interfaz urbano-rural. Las primeras tienen una vigencia que, entiendo, es bastante acotada y son definidas y administradas directamente por el servicio; las segundas son definitivas, creadas y administradas por las municipalidades, deben estar respaldadas en el plano regulador y reemplazan a las zonas de amortiguación. El problema es que, eventualmente, en esas zonas el servicio puede ordenar una serie de medidas —cortafuegos, manejo de combustible, etc.— que podrían afectar cosechas. ¿Quién asume el costo de esas medidas? ¿Existe algún derecho indemnizatorio? ¿Hay alguna mirada respecto de eso? Asimismo, respecto de los municipios: ¿de qué manera se está pensando que puedan asumir estas nuevas funciones? Uno lo puede entender en municipios grandes, pero en otros más pequeños, particularmente en zonas rurales, ¿contarán con el personal necesario? No sé si en el informe financiero viene esa definición, ni cómo está pensado el financiamiento para ello. Y, por último, cuando una zona va a ser incluida o afectada, ¿qué mecanismos de apelación o revisión existirán? Porque son decisiones más o menos definitivas. ¿De qué manera los privados pueden decirle al Estado: ojo, acá no solo no estoy en una zona de riesgo, sino que además se está vulnerando mi derecho de propiedad? Eso es básicamente, en términos generales, habiendo hecho una revisión muy sucinta del proyecto, solo para efectos de que se puedan aclarar estas dudas. Presidenta: Gracias, Senador Macaya. Ministra.
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Muy buenos días. Preferiría darle la palabra a Catalina Núñez, asesora legislativa que ha llevado este proyecto desde el inicio. Señora Presidenta, por su intermedio, señor Senador, efectivamente hay compensaciones y resguardo sobre los derechos de propiedad en el proyecto; no obstante, para mayor detalle técnico, que sea Catalina quien responda. Muchas gracias, Presidenta. Por su intermedio, saludo a los presentes, a las señoras y señores senadores y a los equipos técnicos que nos acompañan. Desde la CONAF nos acompaña Rolando Pardo, quien podrá complementar la respuesta que entregaré en términos más jurídicos. La pregunta del senador Macaya es muy atingente, y ha sido materia de una discusión que hemos sostenido largamente en la Comisión de Agricultura del Senado. Desde el Ministerio de Agricultura, y también desde la Corporación Nacional Forestal, hemos planteado de manera constante que no vemos una restricción a la propiedad privada; por tanto, tampoco habría una afectación del dominio. Esta es una discusión que, en términos jurídicos, también ha abordado la Contraloría General de la República respecto de los planes de manejo de la CONAF en su momento. Es importante hacer algo de historia sobre cómo ha funcionado la CONAF y las herramientas que se han construido. A propósito de la “tormenta de fuego” de 2017, se evidenció que la Corporación no contaba con herramientas obligatorias para exigir a los propietarios —en particular, a los forestales— la ejecución de medidas de protección contra incendios, salvo lo relativo a parques nacionales. La Contraloría obligó a la CONAF a crear un estándar de cumplimiento y, a través de esa exigencia, se elaboró la Pauta de Prescripciones Técnicas: un instrumento que hoy existe y es obligatorio y vinculante, aunque solo en algunos de sus aspectos. ¿Qué relación tiene esto con el proyecto de ley? Este proyecto toma esas Pautas de Prescripciones Técnicas como base para la ejecución de las medidas de prevención y mitigación y las eleva a rango legal. Al incorporarlas en la ley, se tornan obligatorias, sin perjuicio de que allí se establecen todos los criterios técnicos para su aplicación. En ese sentido, no apreciamos una limitación al derecho de propiedad. Además —y Rolando podrá profundizar— los cortafuegos no son la única medida: desde el manejo de pastizales hasta la reducción y discontinuidad del material vegetal combustible, lo que se busca es gestionar el riesgo de propagación del fuego. Respecto de los planes de manejo, existe un proceso de iteración dentro de la CONAF que ya opera: los propietarios presentan su plan con sus propuestas y este se va ajustando técnicamente con la Corporación. Adicionalmente, el proyecto crea un comité dentro de los COGRID comunales que permite a comunidades, academia y privados formular observaciones sobre las zonas de amortiguación y de interfaz. Asimismo, para la interfaz urbano-rural, se contempla toda la participación ciudadana propia de la modificación o creación de los planes reguladores. Buenos días, Presidenta; por su intermedio, a todos los presentes. Efectivamente, el objetivo del proyecto es que, sin afectar la productividad —que es uno de sus principios—, exista discontinuidad de la vegetación, particularmente para proteger infraestructura o centros poblados. Hemos tenido experiencias catastróficas y, como servicio, hoy no contamos con un instrumento que nos permita regular la vegetación —por donde se transmite el fuego— para que no llegue a estos sitios de alta prioridad de protección. Las Pautas de Prescripción Técnica que mencionaba Catalina son, efectivamente, una de las herramientas relevantes para ese fin.
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Que estén consideradas no solamente en aquellos predios que hoy día son productivos, sino particularmente en aquellos donde no se realiza manejo alguno; en aquellos donde, al colocar, por ejemplo, una plantación, o donde hay bosque nativo sin manejo, un incendio en esa condición difícilmente se puede contener. Son incendios que no tienen capacidad de extinción con los recursos que hoy día existen a nivel mundial. Esas son las condiciones que se necesita regular, gestionar y modificar, de manera que, ante incendios forestales, exista la opción de protección. A mí no me queda tan claro, desde el punto de vista de la protección del derecho de propiedad de las personas que son productores agrícolas, porque, más allá de las pautas técnicas, entiendo que la determinación de las zonas afectadas es una recomendación, ni siquiera obligatoria. Es decir, podría ocurrir que el servicio establezca una zona más grande que la recomendada técnicamente. Y, por otro lado, cuando uno afecta el derecho de dominio, exista o no un antecedente técnico que lo justifique, tenemos un ejemplo gigantesco hace un par de días, a propósito del anuncio de la expropiación de la toma de San Antonio. Toda expropiación puede venir acompañada de antecedentes técnicos, pero, aun así, es una limitación del derecho de propiedad, y la ley establece mecanismos clarísimos y una consideración constitucional respecto de cómo se paga cuando existe esa limitación al dominio de una persona, que está garantizado constitucionalmente. Por eso, mi pregunta es acotada: me imagino que ustedes han hecho la revisión a nivel nacional de cuántas hectáreas se van a ver limitadas por estas zonas. ¿Hay alguna determinación de cuánto va a bajar la producción? Quizás no va a bajar nada; si ustedes dicen que son puros pastizales, uno se quedaría más tranquilo. Hoy se trabaja con más tecnología, con satélites, con drones; es mucho más fácil hacerlo que hace 20 años. ¿Existe la posibilidad de contar con esa información? Y, por último, ¿qué mecanismo —y en esto me interesa ser muy claro— tiene un productor que puede verse potencialmente afectado para recurrir de esta decisión? ¿O son simplemente los mecanismos legales generales? Pienso en reposiciones administrativas, u otros. En términos de este proyecto de ley, ¿de qué manera se puede recurrir una decisión que se considere arbitraria? Me imagino que el recurso de protección podría ser una vía, pero, si lo tienen de alguna manera cuantificado, sería útil. Porque no me queda claro que, cuando a una persona se le afecte su cosecha y se le diga “acá no puede cosechar más”, existiendo daño emergente y lucro cesante, esa persona no pueda recurrir por las vías necesarias al haberse visto afectado su derecho de propiedad. Creo que es bueno reconocerlo y consagrarlo legalmente para efectos del resguardo de los derechos de las personas que puedan verse potencialmente afectadas. Ministra: Sí, se han hecho estimaciones sobre el potencial de predios, porque hay una norma que permite aplicar exención de impuesto territorial a aquellos predios que pudieran disminuir significativamente su valor producto de las acciones. Sobre eso hemos analizado, en el fondo de la pregunta de qué potencial de predios estamos hablando, y el análisis que ha hecho la CONAF indica que aproximadamente el 14% de los bienes raíces agrícolas podrían verse afectos a esta exención, considerando que ya hay muchos predios que están exentos de dicho tributo. Sin embargo, es importante considerar que, de todos los predios en los que deberían aplicarse acciones y medidas de las que propone o faculta esta ley, solo un número muy menor debería tener impacto en términos de reducción de valor. El cálculo que tenemos es que solo el 0,2% de la superficie nacional estaría sujeta a zonas de interfaz urbano-rural y a zonas de amortiguación; y, en zonas rurales, el 1,1% estaría en áreas de alto riesgo o riesgo crítico y, por lo tanto, requeriría ejecutar medidas de carácter más invasivo.
30:00
Senador Macaya.— La elaboración de cortafuegos, que finalmente son las medidas que pueden tener impacto sobre el valor del predio y sobre la producción, efectivamente puede incidir en los predios. De la respuesta de la Ministra se desprende que estamos hablando de predios que disminuyen su valor; hay un reconocimiento de que habrá predios que verán afectado su valor. Incluso se está considerando esta exención de contribuciones. El porcentaje quizá es mínimo, 1,1%, y un 0,2% en las interfaces, pero deben ser hartas hectáreas. O sea, la respuesta está ahí: hay una afectación del derecho de propiedad y del valor de los predios. Esta no es la Comisión Técnica; me imagino que allí se pudo haber dado esta discusión —no he revisado cómo fue, no he visto el informe—, pero para mí es un motivo de preocupación esa potencial afectación, Presidenta; lo dejo planteado entre las cosas que me gustaría poder revisar mejor. Y, constitucionalmente hablando, ¿de qué manera se reclama? Entiendo —lo veo muy rápido— que debiera ser el recurso de protección, porque cuando una persona se ve afectada por una resolución administrativa de autoridad que toma esta definición, con antecedentes técnicos o no, que incluso no son obligatorios, esa persona podría eventualmente recurrir a la justicia respecto de esa decisión cuando sienta que sus derechos han sido vulnerados. Entendiendo, por cierto, que hay un bien jurídico muy importante que es la vida de las personas, como ocurre cuando hay una expropiación por causa de utilidad pública: cuando va a pasar una carretera, o cuando se requiere resguardar la salud de las personas que viven en una toma, por ejemplo, hay una decisión con un bien superior involucrado. Aquí, asumo, el bien superior tiene que ver con el resguardo de que los incendios no lleguen a zonas urbanas y se resguarde la vida de esas personas. Pero cuando hay una persona afectada, nuestra Constitución, nuestro ordenamiento jurídico, sí consagra el resguardo de sus derechos, porque están garantizados por el derecho de propiedad en nuestra Carta Fundamental. Ministra.— Presidenta, dos cosas. Primero, aquí no hay expropiación. La propiedad del predio sigue siendo del privado que lo posee. Lo que ocurre es que hay medidas que, efectivamente, pueden ser invasivas, porque hay lugares donde no es posible que los cortafuegos se emplazen exclusivamente sobre bienes públicos, ya que existen predios privados que generan continuidad del material vegetal, con el impacto que ello tiene. Segundo, y dado que el Senador Macaya preguntó cómo fue la discusión en la Comisión de Agricultura, me gustaría darle la palabra a Catalina para que haga una síntesis. Presidenta.— Tiene la palabra Catalina. Catalina.— Muchas gracias, Presidenta. Como bien señalaba la Ministra, esto es más bien técnico-jurídico. Nuestra Constitución establece en el artículo 19, número 24, el derecho de propiedad, y la discusión se enmarca en determinar si estamos o no frente a una medida expropiatoria. El marco constitucional establece que la expropiación procede cuando hay privación de la propiedad. Para que exista privación, debe haber una limitación del dominio de tal entidad que impida al propietario mantener su giro. En este caso, conforme a los antecedentes jurídicos y al documento fundante de las medidas técnicas —asociadas, además, a la definición de zonas de riesgo—, que circunscriben su aplicación a un universo muy reducido de hectáreas dentro de Chile para zonas de alto riesgo y riesgo crítico, no estamos ante una privación de la propiedad ni del dominio. El propietario puede mantener su giro, sin perjuicio de que deba implementar determinadas medidas dentro del predio. Si lleváramos esta interpretación a una noción extensiva de “privación del dominio”, las empresas forestales que hoy operan no podrían, por ejemplo, hacer cortafuegos —que es la medida más intensiva dentro del listado para prevenir y mitigar incendios forestales—. De hecho, caeríamos en un sinsentido.
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