Con el objeto de recibir los antecedentes por parte del Ejecutivo, respecto del proyecto de ley, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, que modifica la ley Nº21.040 y otros cuerpos legales, fortaleciendo la gestión educativa y mejorando las normas sobre administración e instalación del Sistema de Educación Pública, Boletín N°16705-04, con urgencia calificada de Suma.
Ministro de Educación, señor Nicolás Cataldo Astorga.Ministro de Hacienda, señor Nicolás Grau Veloso.
Lugar: Sala N° 410
cuarto nivel (Sesión presencial)
Vista pública limitada
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En nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
Señora María Eugenia, dé lectura a la cuenta.
Voy a dar lectura a los reemplazos para la sesión del día de hoy. El diputado Jaime Sáez reemplaza a la diputada Camila Rojas. El diputado Fernando Bórquez reemplaza al diputado don Gastón von Mühlenbrock. Igualmente, hay una excusa del señor Ministro de Hacienda, don Nicolás Grau, por compromisos impostergables ya agendados, y en su reemplazo se confirma la asistencia del jefe del Departamento de Estudios de la Dirección de Presupuestos, don Pablo Jorquera, aquí presente.
¿Algo sobre la cuenta? No. ¿Varios? No.
Le damos paso entonces a la tabla, que tiene por objeto recibir los antecedentes por parte del Ejecutivo respecto del proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, que modifica la ley N° 21.040 y otros cuerpos legales, fortaleciendo la gestión educativa y mejorando las normas sobre administración e instalación del Sistema de Educación Pública, Boletín N° 16.705-04, con urgencia calificada de suma. Están invitados el Ministro de Educación, señor Nicolás Cataldo Astorga; el Director de Educación Pública, don Rodrigo Egaña Barahona; el Coordinador Jurídico Legislativo, don Leonardo Vilches; el abogado asesor, don Juan Aillano; y el jefe del Subdepartamento de Estudios de la Dirección de Presupuestos, don Pablo Jorquera.
Tiene usted la palabra, señor Ministro.
Muchas gracias, Presidente. Primero que todo, saludarlo y saludar, a través suyo, a las diputadas y los diputados presentes, a la Secretaría y a los asesores.
Este es un proyecto de ley muy relevante, porque es de público conocimiento que hemos atravesado por una situación compleja en un par de territorios donde se han instalado los servicios locales. Se trata de una reforma que, además, hace pocos días cumplió ocho años y que ha tenido un proceso de implementación con expresiones diversas respecto de la forma, los plazos, los tiempos y los procedimientos. Es importante dar cuenta de que, en estos ocho años de implementación, ha habido evaluación y aprendizajes, y, para nosotros, este proyecto de ley se orienta a asegurar un correcto traspaso, en el marco de diagnósticos que se han identificado de manera múltiple a lo largo de este período.
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Entonces, pasemos a la siguiente lámina, por favor.
Para dar un debate en torno a la reforma y los servicios locales, en base a la evidencia, es ineludible profundizar sobre cuáles fueron los motivos que impulsaron la puesta en marcha de un nuevo sistema. También evaluar, Presidente, si la reforma tal como está logra cumplir con los propósitos propuestos y los aprendizajes obtenidos a partir de una gran cantidad de documentación, estudios y la experiencia de los actores que forman parte del sistema a nivel de servicio local. De este modo, la presentación se va a estructurar en tres partes: primero, la revisión de los antecedentes y del contexto en el que emerge la reforma (ley N° 21.040) y los ajustes propuestos; luego, la revisión de qué nos dice la evidencia respecto de la implementación de los servicios locales a la fecha; y, finalmente, el análisis propiamente tal de los contenidos del proyecto de ley.
En 2017 se aprueba, con una amplia mayoría social y política, el Sistema de Educación Pública, que fue una de las reformas estructurales de mayor magnitud y alcance de las últimas décadas. Ello, con el propósito de instalar una institucionalidad moderna, más efectiva, con la que el Estado volviera a ejercer correctamente el rol de garante del derecho a la educación; y también para avanzar hacia una educación de calidad y con equidad territorial, sin que este derecho dependa de los ingresos y capacidades que poseen los municipios.
La reforma se aprobó con unanimidad en el Senado y con una amplia mayoría en la Cámara de Diputados, a partir de un robusto consenso sobre el diagnóstico de un modelo de educación municipal en crisis. Esta crisis se manifestaba a nivel de gestión administrativa y financiera y también en materia de resultados de aprendizaje, sostenida principalmente por un modelo desigual en que la gestión educativa dependía de recursos y capacidades distribuidos inequitativamente entre los municipios. Entre los principales problemas identificados se encontraban un alto nivel de segregación estudiantil, una baja sostenida de matrícula en la educación pública, una débil rendición de cuentas de los recursos invertidos en la gestión educativa por parte de los municipios, y el hecho de que la administración de la educación en un municipio no siempre era prioridad, dependiendo de la voluntad política de la autoridad de turno.
Aunque el diseño original de la ley N° 21.040 proyectó mecanismos para asegurar el traspaso gradual, lo cierto es que la situación de los establecimientos que continúan bajo régimen municipal sigue empeorando, especialmente en materia financiera. En parte, esto se explica porque los municipios son entidades con múltiples responsabilidades públicas y, por tanto, no están especializados en la tarea educacional; y también, por qué no decirlo, porque ha habido malas gestiones o gestiones negligentes. Esto no solo explica el estado actual de la educación municipal, que de por sí es preocupante, sino que presiona y compromete también las capacidades administrativas y financieras de los servicios locales. En efecto, la evidencia muestra que la herencia que reciben los servicios locales tiene un efecto significativo en el proceso de implementación. Hay municipios con problemas más acentuados que otros, naturalmente, pero en general el panorama es complejo y la crisis ha aumentado, lo que explica el sentido de urgencia de este proyecto, que incluye medidas para evitar que siga empeorando la situación financiera y administrativa previa al traspaso.
En la siguiente lámina podemos observar que, para la elaboración de este proyecto, se desarrolló un exhaustivo proceso de participación de actores y revisión documental. Entre ellos están los informes de evaluación del Consejo Evaluador del Sistema de Educación Pública, realizados sucesivamente desde 2018 a 2024; el Informe N° 98 de la Contraloría General de la República, correspondiente al año 2023; los informes de las comisiones investigadoras realizadas en la Cámara de Diputadas y Diputados en 2021 y 2024; el informe del Ministerio de Educación, en el que participaron más de 200 actores vinculados al sistema de educación pública; la evaluación externa realizada en 2024 por el CIAE de la Universidad de Chile; y documentos de centros de investigación y universidades, organismos internacionales y de la sociedad civil. Solo señalar que hoy está en fase final el informe mandatado por el Parlamento de evaluación externa internacional, llevada a cabo por el PNUD. Los preinformes muestran diagnósticos consistentes con el panorama que se ha ido construyendo.
Ahora sí, en la siguiente lámina. ¿Qué sabemos a ocho años de implementación de la reforma? Lo primero es que el país cuenta con al menos un servicio local traspasado por región, avanzando en la implementación de manera responsable. De hecho, cuando llegamos al año 2022 atenuamos la curva de creación de servicios locales. Recordemos que la transición original de la ley contemplaba que el 2025, es decir, el 1 de enero de este año, debía estar implementado el 100% del sistema.
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Nosotros, en 2022, atenuamos la curva de creación de Servicios Locales de Educación Pública, puesto que en 2023-2024 habríamos tenido que generar del orden de 23 servicios anuales, algo claramente insostenible desde los puntos de vista administrativo, político y financiero. Junto con cambiar el calendario, aplanamos también la curva de traspasos. Desde la creación administrativa del servicio local al traspaso había solo algunos meses; al llegar, extendimos ese proceso a dos años, de manera tal que los servicios locales contaran con un período de maduración mayor en términos administrativos, salvo en casos en que nos hemos visto forzados a adelantar, como el Servicio Local Chiloé, por su intermedio, señor Presidente, tal como lo hemos conversado con el diputado Borque y otros actores del territorio, y también con el diputado Sáez, a propósito de la situación crítica del municipio de Ancud, que está afectando a las demás comunas del archipiélago. Ese es un ejemplo —entre varios— de ajustes que hemos debido adelantar y equilibrar para imprimir mayor racionalidad a la transición.
Otro ejemplo es la decisión que tomamos el año pasado de postergar hasta el final del proceso el Servicio Local Manquehue, donde están las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura, puesto que allí no existe un riesgo inminente; ello nos permitió adelantar otros que sí presentan problemas, como Chacabuco, donde está la comuna de Tiltil, que ya lleva un segundo año de administrador provisional, con una deuda previsional superior a 30.000 millones, solo en Tiltil. En fin, son ejemplos de cómo hemos cambiado el sentido de la implementación para hacerla más racional.
En los años de implementación de la reforma se han observado numerosas experiencias positivas: la puesta en marcha de redes pedagógicas; procesos de modernización de infraestructura educativa; introducción de innovación tecnológica para el análisis de datos y la toma de decisiones; mejoras para hacer más eficiente y transparente la gestión financiera; y el desarrollo de capacidades y la formación permanente de directores y directoras, así como de profesores y profesoras. Son buenas prácticas que observamos a lo largo del país; por supuesto, no se presentan simultáneamente en todos los servicios, pero algunos han desarrollado con mayor robustez varias de estas dimensiones.
Quiero destacar, por ejemplo, el modelo de gestión del Servicio Local Andalién Sur en materia de infraestructura, que solo este año logró una inversión superior a 14.000 millones de pesos en proyectos con conservaciones robustas que prácticamente dejan nuevas las escuelas. Quisiéramos ver ese modelo totalmente replicado en casos como Valparaíso o Atacama, que tienen un serio déficit en infraestructura. También hay servicios que destacan simultáneamente en varios ámbitos; podemos mencionar Llanquihue, Huasco y el propio Andalién Sur, donde, además de tener ya muy aceitado el funcionamiento administrativo, están obteniendo resultados educativos a pasos acelerados respecto del resto del sistema. Y cuando digo el resto del sistema, ni siquiera me refiero solo a los servicios locales, sino al sistema educativo en general, avanzando incluso más rápido en lo que medimos todos los años a través del SIMCE.
Entre los resultados previos están, por ejemplo, los del SIMCE 2023-2024, que confirman que los servicios locales están siendo efectivos en mejorar el aprendizaje de los estudiantes en los niveles y asignaturas que mide el SIMCE. En 2024, particularmente, los establecimientos dependientes de servicios locales presentan resultados positivos y logran aumentos significativos en el logro de estándares de aprendizaje, tanto en cuarto básico como en segundo medio.
Estas buenas noticias también se observan en materia de resguardo de trayectorias educativas, pues los servicios locales muestran resultados positivos en la permanencia de estudiantes en el sistema escolar, particularmente entre los más vulnerables, reduciendo la tasa de desvinculación y aumentando la asistencia. Todo esto es reafirmado por el Consejo Evaluador, que permanentemente ha valorado de manera transversal la gestión pedagógica que se impulsa desde los servicios locales y su modelo de desarrollo de capacidades para el acompañamiento técnico-pedagógico, basado en elementos actuales de política educativa, como la inclusión y el aprendizaje en red.
Sin perjuicio de estas buenas experiencias, la implementación de los primeros 26 servicios locales nos muestra que hay ajustes urgentes que realizar, relacionados con procesos críticos como los traspasos y con los mecanismos de monitoreo necesarios para asegurar un adecuado servicio educativo. Este proyecto de ley, señor Presidente, se hace cargo de esos problemas identificados. En la siguiente lámina...
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Vamos a ver los contenidos del proyecto de ley. Tenemos cuatro ejes de contenido. El primero es asegurar un adecuado traspaso del servicio educativo, reforzando la experiencia que nos ha señalado que el periodo de funcionamiento previo al traspaso es extremadamente crítico para garantizar una buena experiencia una vez que el Servicio Local esté a cargo del servicio educativo. La dimensión de la información que debe ser traspasada, el saneamiento del servicio, la preparación de los equipos, la dotación y el establecimiento de procesos de alta demanda, como por ejemplo sistemas de remuneraciones y compras críticas, deben estar debidamente consolidados.
Nos correspondió realizar el primer traspaso el 1 de enero de 2024 durante este gobierno, el primer traspaso del servicio educativo. Durante los primeros años no hicimos traspasos. El ejercicio que hicimos fue identificar procesos críticos, que hemos ido complementando y actualizando a través de la Dirección de Educación Pública, para determinar cuándo un Servicio Local ha logrado cumplir con estándares mínimos, como por ejemplo si ya tiene formulados los procesos de compra de materiales educativos, las licitaciones de transporte, y si cuenta con ejercicios de simulación de procesos de remuneraciones, entre otros que ocurren en este lapso de dos años. Por eso es importante la temporalidad.
Por otro lado, está la administración y el apoyo técnico-pedagógico en los Servicios Locales. Aquí proponemos ajustes orientados a mejorar el funcionamiento del propio Servicio Local y a garantizar un mejor cumplimiento de su principal función, que es la gestión educativa, algo mucho más complejo que la mera administración de establecimientos.
Asimismo, buscamos fomentar la vinculación de los Servicios Locales con las comunidades educativas. La participación y el involucramiento de las comunidades es el corazón de este nuevo modelo de gestión que se introduce con los Servicios Locales, reflejando un cambio cultural de largo aliento; por ello es necesario realizar ajustes que faciliten el involucramiento de los actores del territorio.
Por último, está la coordinación y el monitoreo de los Servicios Locales, materia de preocupación de muchos parlamentarios y parlamentarias, sobre todo en territorios que han estado sujetos a conflictos y a problemas de distinta dificultad y gravedad. Hemos visto que es urgente reforzar los mecanismos con que cuenta el Estado para monitorear mejor los servicios y reaccionar oportunamente cuando no se esté funcionando correctamente. El objetivo, presidente, es evitar errores cometidos con el modelo municipal, donde el Estado no contaba con herramientas para intervenir ante una mala gestión de los establecimientos educacionales públicos.
Pasando a la siguiente lámina, la idea es avanzar en asegurar un adecuado traspaso del servicio educativo. Lo primero que planteamos es la modificación de los planes de transición. Por un lado, establecemos la obligatoriedad del plan para todos los municipios o corporaciones municipales que presten servicio educacional previo al traspaso, incorporando nuevos deberes. Asimismo, precisamos las obligaciones de elaboración, seguimiento y fiscalización de cada plan de transición. Por último, se determina con claridad la responsabilidad del alcalde o alcaldesa en la ejecución de las medidas del plan, además de incorporar una nueva estructura de sanciones para hacer valer dicha responsabilidad.
Cabe señalar, presidente, que nos hemos encontrado en el proceso de transición con muchas decisiones previas al traspaso, a lo menos cuestionables, por parte de administraciones municipales. Aparte del arrastre de deudas y situaciones de crisis, hemos visto alcaldes y alcaldesas que realizan negociaciones con trabajadores para incrementos remuneracionales con cargo al momento del traspaso, aumentando con ello los déficits. También hay casos de alcaldes o alcaldesas que deciden traspasar personal municipal a las escuelas para hacerlos pasar como personal traspasable según los artículos transitorios de la ley, que operan por el solo ministerio de la ley. En fin, situaciones de ese tipo, o autoridades que, teniendo un nivel de endeudamiento, habiendo firmado planes de transición y recibido recursos, terminan traspasando un sistema mucho más endeudado que cuando se hicieron esos procesos. Todo eso se aborda con el monitoreo y las modificaciones que estamos planteando al plan de transición.
Por otro lado, presidente, queremos consolidar legalmente la decisión que hemos tomado de ampliar de uno a dos años el plazo establecido para el traspaso de los Servicios Locales, considerando el consenso técnico de que no basta con un año, o con meses desde su creación, para que el Servicio Local se encuentre en condiciones óptimas para el traspaso del servicio educativo. Hasta ahora, este aplazamiento suele hacerse vía Ley de Presupuestos y, con esta modificación, se busca consolidarlo en la ley.
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Quedaría como norma permanente, evidentemente.
Por otro lado, se aclaran las condiciones bajo las cuales se realizaría el traspaso de establecimientos regidos por el Decreto Ley N° 3.166, que son los de administración delegada. Se agregan criterios para verificar si corresponde la renovación del convenio con la entidad administradora y se establece un procedimiento para definir si, en caso de que no corresponda renovar el convenio, se mantenga la administración delegada sobre el establecimiento en cuestión o se traspase al servicio local. Es decir, se define un procedimiento claro.
En otro ámbito, se modifica el artículo que permite la postergación del traspaso educacional en casos excepcionales, ampliando la posibilidad de solicitar la postergación hasta el año 2035. Además, se mejoran los criterios para postular: el criterio que medía la evolución de la matrícula pasa a ser regional en lugar de nacional, y se permite a los sostenedores municipales que tienen más de un 50% de establecimientos sin categorización de aprendizaje —principalmente establecimientos rurales, que no se categorizan según los estándares de desempeño que emanan del SIMCE— postular a la postergación del traspaso si acreditan el cumplimiento de ciertas condiciones de calidad en otros establecimientos.
Hasta ahora, la aplicación de esos criterios, dada la escala considerada —nacional versus regional— y la exigencia de mantener un porcentaje alto de establecimientos en estándares de desempeño elevados, cuando muchos establecimientos de esas comunas no se categorizan por su propia naturaleza, hacía impracticable en muchos lugares la posibilidad de postergar. Evidentemente, por ejemplo, en el caso de la matrícula, hoy las comunas del norte están creciendo en matrícula producto de los procesos migratorios, mientras que las comunas del sur están estancadas o disminuyendo su matrícula, aproximadamente desde O’Higgins hacia el sur. Es muy difícil que alguna comuna cumpla con los requisitos de matrícula si la escala es nacional. Por eso hemos reducido la escala a nivel regional, de modo que sea comparable con su propia región y no con lo que sucede en el resto del país. Esto ha sido consensuado con la asociación de municipios y está bien alineado.
Luego, se establece un bono compensatorio para los asistentes de la educación cuando se informe con menos de seis meses de anticipación la postergación del traspaso. Esto ya se ha legislado en ocasiones anteriores en el Parlamento y obedece a que los asistentes de la educación cuentan con un estatuto que reemplaza la Ley N° 19.464, pero dicho estatuto rige a partir del traspaso. Por lo tanto, durante los primeros años, cuando se fueron postergando los traspasos a servicios locales, se estimó necesario compensar la expectativa de incrementos remuneracionales asociados al estatuto; ahora este bono compensatorio queda regulado de manera definitiva por ley.
Se mejoran también los deberes de municipios, corporaciones y servicios locales relativos a facilitar la postulación de los trabajadores a los concursos cerrados para desempeñarse en el servicio local, así como aquellos vinculados a la capacitación para el cumplimiento de funciones en el servicio una vez traspasados.
Se adecuan, además, los plazos de dictación de la resolución de traspaso y del decreto alcaldicio, con el objeto de agilizar procesos críticos del traspaso. Y, por último, el proyecto de ley crea equipos regionales de la Dirección de Educación Pública en cada Secretaría Regional Ministerial (SEREMI), con el propósito de apoyar y asesorar a las municipalidades y corporaciones en el proceso de traspaso del servicio educativo. Esto implica la incorporación de 22 profesionales grado 10 en las distintas regiones del país y también se considera un profesional grado 11 para gestionar, desde el nivel central de la Dirección de Educación Pública, la labor territorial del personal mencionado. Si bien este personal es transitorio —se extingue una vez concluido el proceso de traspaso—, el informe financiero considera que, finalizado el traspaso, podría ser destinado al servicio local u otro servicio dependiente del Ministerio, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y la pertinencia de sus funciones. Se deja abierta esa posibilidad, aunque el diseño prevé que ese equipo de apoyo se extinga al concluir el proceso.
Respecto de la administración y la vinculación con las comunidades, este proyecto propone ajustes orientados a mejorar el funcionamiento del propio servicio local. Para ello, se han identificado medidas y ámbitos clave, entre ellos la mejora del proceso de selección de directores ejecutivos, a fin de evitar la duplicación de etapas y la dilación de los tiempos involucrados en el proceso.
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También se propone que, para la selección del cargo de director ejecutivo, se pueda remitir al Presidente no solo una terna, sino eventualmente una cuaterna, cuando hubiere cuatro o más candidatos que cumplan con niveles de desempeño elevados en el proceso concursal. Además, si no se escoge un director entre la terna o cuaterna oficial entregada, podrá elegirse entre los siguientes candidatos que figuren en la nómina, sin necesidad de reiniciar el proceso desde el comienzo.
Esto atiende a que muchas veces se declaran desiertos los concursos, por diversas razones: no solo porque los postulantes no cumplen con los estándares de desempeño esperados, sino también porque, en general, cuando una persona no alcanza notas superiores a seis, el Servicio Civil no recomienda su nombre; y, por ejemplo, cuando se pretende ampliar nóminas, tampoco propone nóminas ampliadas si las calificaciones están por debajo de lo exigido. Además, cuando hay procesos simultáneos de concurso en varios servicios locales, suelen ser las mismas personas las que quedan en distintos concursos. Nos ocurrió hace un par de años que, habiendo cuatro o cinco Servicios Locales por nombrar director ejecutivo, eran exactamente las mismas candidaturas; y ya al llegar al cuarto Servicio Local no había postulantes disponibles. En algunos casos se pudo ampliar la nómina porque había candidatos con buenos puntajes, pero en otros no, debiendo declararse desierto por falta de candidatos. Por ello, se propone esta mejora.
Asimismo, se modifica la norma de responsabilidad de los directores ejecutivos de los Servicios Locales, a fin de permitir la aplicación, además de la remoción contemplada en la normativa vigente, de otras sanciones administrativas de menor entidad. Con esta norma se podrán sancionar conductas antes de llegar a la infracción grave, evitando esa sensación de cierta invulnerabilidad hasta el inicio de un procedimiento de remoción. Se busca graduar de mejor manera la estructura sancionatoria: hoy, o hay sumario de destitución o no hay nada. No existe una alternativa intermedia para faltas administrativas que no necesariamente deben terminar en una destitución. Se permite así aplicar sanciones menores y acumular procesos sancionatorios de menor cuantía que eventualmente puedan conducir a una destitución, asimilando la situación del director ejecutivo al Estatuto Administrativo que regula a la mayor parte de los funcionarios públicos. Este ajuste es especialmente necesario considerando casos como los de Valparaíso, Atacama y Colchagua, donde los sumarios de destitución, por su complejidad y extensión, se han prolongado tanto que los directores llevan años suspendidos de sus funciones, a la espera de la resolución del sumario, pero recibiendo remuneraciones. Hoy, buena parte de esos sumarios está en la Contraloría General de la República para el trámite de toma de razón, proceso que tampoco es expedito y que también toma meses.
El proyecto, además, define las oficinas locales y asegura su creación cuando se cumplan ciertos criterios objetivos relacionados con conectividad, distancia y tiempo de traslado. Los parámetros bajo los cuales su creación se vuelve obligatoria se determinarán en un reglamento, pudiendo de todos modos crearse por razones de buen servicio cuando se estime adecuado. Se busca objetivar un debate relevante, sobre todo en territorios de difícil conectividad: bajo ciertos parámetros de distancia, conectividad u otros, deberá crearse una oficina local. Ello no obsta a que, por decisión administrativa y por razones de política y buen servicio, un Servicio Local pueda crear oficinas locales en otras circunstancias, pero al menos se regulan condiciones mínimas para su existencia y para acompañar la gestión del Servicio Local.
Finalmente, se precisa la competencia de la Unidad de Apoyo Técnico Pedagógico (UATP) y de la Dirección Provincial de Educación (DEPROV) en materia de apoyo técnico-pedagógico. La UATP de cada SLEP será la encargada de llegar a los establecimientos educacionales, mientras que la DEPROV gestionará directamente con los Servicios Locales los asuntos de índole técnico-pedagógica que provengan del Ministerio de Educación. Con ello se ordenan funciones que han sido objeto de controversia histórica en la educación pública.
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Yo vi en el informe de recomendaciones que emitió un consejo asesor de la Dirección de Presupuestos la recomendación de suprimir las Direcciones Provinciales, dado que habría una duplicidad de funciones con las unidades técnico-pedagógicas de los Servicios Locales. Lo digo con mucho respeto, pero eso es no comprender cómo funciona el sistema educativo, porque las Direcciones Provinciales tienen competencias que van mucho más allá del acompañamiento del sector público; también tienen labores respecto del mundo particular subvencionado, que incluso desde el punto de vista de la dimensión numérica del sistema es más grande que el sector público. Entonces, dejaríamos sin orientación y acompañamiento técnico-pedagógico a la mayor parte del sistema si suprimimos las Direcciones Provinciales.
Por otro lado, el Ministerio de Educación es el órgano rector del Sistema de Aseguramiento de la Calidad y se desconcentra a nivel provincial para el acompañamiento directo de las escuelas a través de las Direcciones Provinciales. A diferencia del SLEP, que es el sostenedor: no es el órgano rector del sistema, sino el sostenedor de las escuelas, y tiene una labor de acompañamiento técnico-pedagógico porque es un órgano especializado; eso es parte de las decisiones de política pública que se tomaron hace ocho años para crear los Servicios Locales. Por tanto, requieren recibir apoyo técnico-pedagógico del órgano rector del sistema, que en este caso es el Ministerio, tal como lo recibe un establecimiento particular subvencionado de cualquier tipo: puede ser de la SIP, de Belén Educa o un sostenedor individual. Todos reciben acompañamiento, por ejemplo, para formular, alinear e implementar los Planes de Mejoramiento Educativo de la Ley SEP. Eso es esencial en la labor de una Dirección Provincial, y se realiza a través de lo que antes se conocía como supervisión, hoy más conocido como apoyo a la mejora. Es determinante comprender que no hay tal duplicidad, sino un empalme entre la labor rectora del Ministerio de Educación y la labor de provisión del servicio educativo que le corresponde al Servicio Local.
Luego, entre las normas que irrogan mayor gasto fiscal, Presidente, se encuentra la que modifica el artículo 25 de la Ley N° 21.040 para efectos de crear por ley la unidad de infraestructura, mantención y equipamiento en todos los Servicios Locales. Me quiero detener, porque es de conocimiento público que parte importante de las dificultades que hemos tenido en el sistema es la inversión en infraestructura, con desarrollos desiguales, inequitativos. Por ejemplo, el Servicio Local Andalién Sur ha logrado una inversión, solo en el último año, de más de 14.000 millones de pesos; una gestión de infraestructura impecable. Puedo nombrar otros también, y tenemos otros en los que ha costado mucho echar a andar esa máquina, como Valparaíso o Atacama.
Lo que hemos observado es que los nuevos Servicios Locales se están creando con la Subdirección de Infraestructura, y los antiguos —los primeros once Servicios Locales— nacieron con la unidad de infraestructura al alero de la Subdirección de Planificación. Por lo tanto, la jefatura no tiene prioridad en la conducción técnica de los procesos de infraestructura educacional. Lo que proponemos ahora es la creación de la Subdirección de Infraestructura, sin que esto signifique mayor dotación: se traspasa la dotación que ya existe en infraestructura en la unidad de planificación, pero sí se crea el cargo de la jefatura. Y ese es uno de los elementos que irroga mayor gasto fiscal: los once cargos de jefatura en los once Servicios Locales iniciales que no cuentan con esta unidad. En el caso de los nuevos Servicios Locales no se requiere, porque ya existe, y además esto nos permitiría homologar la realidad de todos los Servicios Locales y dotar de una unidad especializada y dedicada exclusivamente a una tarea tan crítica en estos primeros once Servicios Locales que hoy no cuentan con esa característica.
En respuesta al diagnóstico se concluyó entonces lo que les mencionaba recién. Por lo tanto, el objetivo de esta norma consiste en asegurar la existencia futura de la unidad de infraestructura, mantención y equipamiento en todos los Servicios Locales.
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Estructurar todos los servicios locales en régimen y, a su vez, aumentar la dotación para incorporar, como decía recién, en los servicios locales creados entre 2018 y 2021, 11 directivos grado 6, correspondientes a servicios que hoy no cuentan con un grado acorde a la dirección de una unidad de esas características.
En la siguiente lámina, Presidente, estamos observando la mejora en los mecanismos de coordinación y evaluación del sistema. Al asumir la gestión en 2023, uno de los primeros problemas que tuvimos que abordar fue el caso del Servicio Local de Educación Pública de Atacama, que arrastraba una importante trayectoria de dificultades en la gestión, con afectación directa a las comunidades y establecimientos educacionales. El problema mayor fue que, como Ministerio, no contábamos con herramientas suficientes para intervenir y revertir esos problemas.
Si bien la experiencia de los servicios locales ha vislumbrado buenas prácticas, también ha evidenciado en algunos territorios la necesidad de responder oportunamente ante problemas de gestión. Por eso hemos debido revisar los mecanismos con los que cuenta el Estado para hacer un mejor monitoreo de los servicios locales, atendiendo a las recomendaciones de expertos y de la Contraloría General de la República, sin perder de vista ni afectar la naturaleza del modelo. Entre estas herramientas, se propone fortalecer las medidas de prevención para que la DEP, en su rol de coordinación estratégica, pueda anticipar situaciones de crisis.
Se modifica la norma que crea el Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, determinando que ejercerá funciones permanentes de evaluación del sistema en régimen y ya no solo en la etapa de implementación. Además, se modifica la forma en que se escogen sus integrantes, pasando a ser propuestos por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por dos tercios de sus miembros en ejercicio.
Quiero señalar, Presidente, que si bien es cierto el Consejo se elige por el Presidente de la República, me da la impresión de que no he realizado cambios como ministro en su integración. El Consejo que tenemos es, en lo sustantivo, el mismo, con reemplazos por fuerza mayor. Es un cuerpo muy variopinto no solo desde el punto de vista político, sino también intelectual y técnico. Hoy encontramos, por ejemplo, a Gonzalo Muñoz, consejero del CNED; a Daniel Rodríguez, exdirector de la Agencia de Calidad; y a Fernando Peña, exseremi de Educación en Biobío. El último es del Partido Republicano; el penúltimo, de Chile Vamos; y el primero, del Frente Amplio. Pese a esa diversidad, han tenido la capacidad de proyectar recomendaciones de manera muy unitaria; los informes han recogido miradas transversales de estos expertos. Tuvimos, si no me equivoco, en la Comisión de Educación, presentaciones de Daniel Rodríguez y Fernando Peña, y en ambos casos la recomendación fue avanzar en la aprobación de este proyecto, porque se hace cargo de los nudos críticos identificados en el sistema. Aun así, proponemos una modificación que independiza aún más a este Consejo de las pulsiones del gobierno de turno y que le permite ejercer rendición de cuentas y frenos y contrapesos efectivos respecto del rol del Ministerio de Educación.
También se modifica y operativiza la Mesa Ejecutiva de Coordinación Regional, que ya existe por ley. La rediseñamos para que sea efectivamente más práctica y, además, para actualizarla tras el proceso de reforma de descentralización. De hecho, todavía habla del intendente como parte del consejo, por lo que claramente hay que readecuarla. Se propone una mesa ejecutiva dirigida por el delegado presidencial regional, que contará con la asistencia técnica de la Dirección de Educación Pública y la SEREMI respectiva. La nueva propuesta obliga a esta instancia a definir una planificación anual para su acción coordinada y a rendir cuenta, a fin de año, del trabajo realizado.
Esto es muy importante, porque es el espacio donde se van a encontrar servicios determinantes para que el traspaso se haga de manera adecuada. Pienso, por ejemplo, en el papel de Bienes Nacionales respecto de la determinación de linderos y la regularización de propiedades antes del traspaso, materias que han generado dificultades en algunos lugares donde se han traspasado iglesias, plazas o estadios, porque no hay división de los terrenos.
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