Senado Familia, Infancia y Adolescencia

Senado - Familia, Infancia y Adolescencia - 2 de diciembre de 2025

2 de diciembre de 2025
14:15

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 16379-04 Iniciar el estudio de proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula las prestaciones de servicio de cuidado infantil, con urgencia calificada de "suma" A este punto han sido invitadas la autora de la moción la Diputada, señora Alejandra Placencia y la Subsecretaria de la Niñez, señora Verónica Silva. 2.- Recibir en audiencia al Defensor de la Niñez, señor Anuar Quesille, con el objetivo de conocer el Informe Anual 2025.

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Sí, por favor, Presidenta. Tenemos tres documentos en la Cuenta. El primero es del Subsecretario del Medio Ambiente, señor Ariel Espinoza, mediante el cual remite antecedentes acerca de la forma en que se ha materializado la entrega de información pública cuando esta ha sido solicitada por parte de niños, niñas y adolescentes, conforme al artículo 10 de la Ley N° 20.285. Al respecto, señala que no existe un registro específico que identifique dichas solicitudes. Por otra parte, indica que el portal de Transparencia, que es el mecanismo de ingreso, no exige la declaración de edad o identificación del solicitante. No obstante, se han detectado requerimientos cuya redacción permite colegir que provienen de un niño, niña o adolescente, y se envía un enlace con las respuestas entregadas en esos casos, en lenguaje claro y de fácil comprensión. En segundo lugar, una comunicación del Jefe de la Unidad de Vinculación Ciudadana, señor Rodrigo Suazo, por la cual remite el informe de participación ciudadana correspondiente al proyecto de ley que modifica la Ley N° 20.285 sobre acceso a la información pública, para facilitar el ejercicio de este derecho a niños, niñas y adolescentes, correspondiente al Boletín 16.461-36. Se informa que un 65,8% de quienes participaron del debate virtual se manifestaron a favor de la mencionada iniciativa. Finalmente, una comunicación del Director General del Consejo para la Transparencia, señor David Ibaceta, mediante la cual remite un informe de fiscalización extraordinaria a las transferencias a instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. Todos estos documentos han sido enviados a los correos de las y los integrantes de la Comisión y de sus asesores. Presidenta, en el primer punto de la tabla, se cita a la Comisión para iniciar el estudio del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula las prestaciones de servicio de cuidado infantil, con urgencia calificada de “suma”. Corresponde al Boletín 16.379-04. Están presentes del Ministerio de Desarrollo Social, la Subsecretaria de la Niñez, señora Verónica Silva, y la asesora legislativa, señora Carla Toro. Asimismo, se encuentra presente la autora de la moción, la diputada señora Alejandra Placencia. Tiene la palabra la diputada Placencia. Muchas gracias, Presidenta. Agradezco la posibilidad de que podamos continuar la tramitación de un proyecto de estas características que, además, debo señalar, ha contado con un apoyo transversal en la Cámara de Diputados y Diputadas. Desde la presentación de la moción, ha tenido una elaboración muy importante, con apoyos desde la Biblioteca del Congreso Nacional y también desde la Subsecretaría de la Niñez, cuyos estudios y evidencias, que han dado cuenta de una realidad en nuestro país, han permitido abordar la temática de los cuidados, en sintonía con lo que ustedes, como Comisión y como Senado de la República, han discutido en torno al Sistema Nacional de Cuidados. Este proyecto de ley aborda una realidad vinculada a los cuidados en nuestro país y una falencia del sistema y de las redes, que no siempre permiten que, principalmente las mujeres, pero en general las familias de todos los lugares de Chile, puedan contar con el resguardo, la protección y la tranquilidad de que, posterior a la jornada escolar, los niños y niñas estén en lugares que tengan un estándar adecuado, que cumplan con normativas de seguridad y que, además, cuenten con la debida supervisión de la institucionalidad del Estado.
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En nombre de Dios y la Patria, se abre la sesión. Entonces, hoy día, frente a la desregulación, este proyecto lo que hace es regular, poner estándares y establecer una normativa aplicable. Quisiera valorar que podamos llegar hasta este momento. Creo que se ha hecho un trabajo serio, que da cuenta de una necesidad respecto de los servicios de cuidado infantil y que, además, está en concordancia con lo que nuestro país ha venido asumiendo como una realidad en torno a los cuidados. Sin más, Presidenta, agradecer y comentarle que, dado que este proyecto ha cambiado bastante, no voy a entrar en esos detalles; creo que aquí el trabajo que hay que reconocer de la Subsecretaría de la Niñez lo veremos en la exposición que hará la subsecretaria. Le dejaría el paso a ella, si usted lo permite, Presidenta. Para allá vamos, diputada. Adelante, subsecretaria, por favor. Buenos días, muchas gracias por la convocatoria a esta reunión. Como decía la diputada Placencia, este ha sido un proyecto que surge de una moción parlamentaria que ella coordinó, y hubo un trabajo muy importante que quiero señalar para poder llegar a la propuesta de proyecto de ley que se está presentando en esta comisión. La moción, y también el espíritu del proyecto, surge del reconocimiento de las necesidades que las familias tienen respecto del cuidado infantil de sus hijos, particularmente en aquellos espacios de tiempo en que los niños no se encuentran en el sistema escolar, en distintas edades. No solamente estamos hablando de los más pequeños; como verán en el proyecto, esto cubre a los menores de 14 años, no solo a los niños chiquitos. Es un reconocimiento muy relevante a que las familias requieren de un apoyo que, de alguna manera, se ha estado buscando de forma natural a través de la creación de lo que se ha conocido como guarderías, por una parte, pero también mediante una multiplicación importante de lo que se conoce como “after school” o modalidades privadas en general. No en la forma de programas sociales, sino modalidades privadas que ofrecen, en la práctica, servicios muy diversos y variados, donde los niños pueden estar una o más horas desarrollando actividades lúdicas, recreativas, culturales, deportivas, etcétera, en un horario complementario al escolar. Por lo tanto, la forma en que estas modalidades se han creado y asumido abarca todo un campo de modalidades informales —es decir, que no tienen una formalización como actividad—, pero, por otro lado, existe una gran cantidad de modalidades o servicios que son reconocidos de alguna forma por las municipalidades a través del otorgamiento de patentes municipales, tanto comerciales como de microempresas familiares, que en el fondo autorizan el funcionamiento de estas distintas modalidades de “after school”. Por lo tanto, existe el mecanismo en las municipalidades para otorgar una formalización a la actividad de cuidado infantil en horario complementario al escolar. En consecuencia, lo que se busca con este proyecto es reconocer que tanto las situaciones formales como informales ocurren y que no existe aún la regulación necesaria, ni siquiera las orientaciones técnicas suficientes, para poder asegurar que esos servicios se presten con estándares básicos que permitan la seguridad de los niños.
10:00
La flexibilidad en los horarios en los que atienden y también la calidad de las personas adultas que se hacen cargo de ese cuidado, que es un cuidado temporal, son aspectos centrales. De hecho, hicimos estudios cualitativos para analizar las necesidades de cuidado y cuáles son los tipos de servicios que las personas y las familias solicitan y utilizan. Al mismo tiempo, se realizó un trabajo con el Servicio de Impuestos Internos para identificar cuáles son los códigos de actividad económica que podrían relacionarse con el cuidado infantil, considerando estas modalidades. Nos encontramos con una falta de regulación: existen más de quince códigos de actividad que podrían directa o indirectamente vincularse con materias de cuidado infantil, muchos de ellos bajo el paraguas de un código matriz, el de enseñanza, lo que genera confusiones, porque la materia principal del cuidado infantil no es la generación de contenidos ni de prácticas educativas. Una discusión de larga data, presente en varias iniciativas, dice relación con las definiciones y eventuales elementos comunes entre las modalidades de cuidado infantil y las educativas, en particular la educación inicial. El proyecto define claramente el alcance y el ámbito en que se enmarcan estas modalidades o sistemas de cuidado infantil, estableciéndolos como complementarios. Las definiciones buscan delinear de manera nítida la diferencia entre las modalidades educativas, centradas en el aprendizaje y el desarrollo, y los servicios de cuidado infantil, orientados al entorno, al apoyo a la familia y a actividades propicias al bienestar integral de los niños, más que al aprendizaje básico que provee el sistema educativo. Para regular y asegurar que estas modalidades cuenten con las características esenciales en términos de protección integral de los niños, el proyecto considera, entre otros, los siguientes aspectos: la edad de los niños que serían atendidos; la complementariedad entre las modalidades educativas y las de cuidado infantil, de modo que no exista competencia entre asistir al jardín o a servicios after school; y la flexibilidad, que fue altamente demandada en los estudios cualitativos realizados en seis comunas del país, de distintas regiones. La coincidencia entre los potenciales usuarios, es decir, las familias, se centró en la importancia de contar con modalidades flexibles: atención por hora, algunos días de la semana, y, en general, esquemas más abiertos que las modalidades educativas propiamente tales, que operan con horarios, currículum y sistemas de matrícula definidos. En segundo lugar, respecto de las dimensiones y estándares de calidad, el proyecto define criterios que abarcan la infraestructura; el personal que ejerce estas funciones, aunque sea por tiempos acotados; y la seguridad de los niños, entendida no solo desde el punto de vista del local y las condiciones de seguridad física, sino también desde la seguridad psicológica y la contención que requieren. Por lo tanto, el concepto de seguridad en el proyecto es amplio. En materia de institucionalidad, se considera la legislación vigente, incorporándole elementos de regulación y requisitos específicos, y se plantea este esfuerzo con un foco puesto en la adecuada provisión, supervisión y resguardo de la calidad de los servicios de cuidado infantil.
15:00
...municipales y las autorizaciones que debe efectuar la municipalidad para efectos del funcionamiento, la mantención y la fiscalización de la patente municipal en una actividad económica que hoy día prácticamente no está regulada de forma diferenciada, tratándose igual que una patente, por ejemplo, de venta de algún producto. La idea es establecer requisitos para que se entienda que el servicio de cuidado infantil no puede tener la misma regulación que un local comercial que vende chocolates, etcétera. Esa es la idea de fondo. En el trabajo prelegislativo —porque esto partió como una moción— y a partir del interés que nos despertó como Subsecretaría para hacernos cargo de estas necesidades de las familias, se realizó un trabajo prelegislativo, a nuestro juicio, muy relevante y que, como decía la diputada Alejandra Placencia, orientó la conversación y las modificaciones a los elementos planteados en la moción original. La pregunta de fondo es qué se necesita regular aquí: hoy no existe una regulación ni mucha información al respecto. Los niños y niñas que deben ser atendidos por estos servicios requieren una protección especial dada su edad, y además existen necesidades de cuidado por cubrir. Por esa vía se estableció la conexión con el proyecto de ley de Apoyos y Cuidados que ustedes han estado discutiendo. Como recordarán, ese proyecto contempla, entre los servicios que considera, una línea denominada Servicios Sociales de Cuidado Infantil, y este proyecto vendría a profundizar y a operacionalizar, de la manera más clara posible, esa línea contenida en el proyecto de Apoyos y Cuidados. Para ello realizamos un estudio sobre la situación nacional de los centros de cuidado en el país, con una muestra; revisamos, junto con el Servicio de Impuestos Internos, las actividades económicas relacionadas al cuidado infantil, donde identificamos 15 códigos muy diversos respecto de cómo se entregan esos servicios. Analizamos las conexiones y la concordancia que esto debe tener con el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, que aún está en discusión, y se revisaron diversas modalidades de cuidado. La Biblioteca del Congreso Nacional efectuó un trabajo muy interesante de análisis de experiencias comparadas en distintos países respecto de estas modalidades, que complementó muy bien el análisis que nosotros habíamos realizado, de modo que contamos con un análisis comparado más amplio gracias a ese trabajo. Se recibieron once audiencias; hubo una diversidad de instituciones consultadas respecto del proyecto y de los análisis requeridos para discutir un tema que no es sencillo. Podemos coincidir en la necesidad de proveer cuidado infantil, pero no siempre es fácil acordar la forma en que se hace ni cómo se estructura en un universo que trasciende el propio cuidado, básicamente el ámbito de la educación. Estuvimos con la Asociación Chilena de Municipalidades; asistió el alcalde de Estación Central para exponer los desafíos que enfrenta esa comuna, principalmente por la situación habitacional; han ocurrido accidentes, por ejemplo, en guarderías ubicadas en pisos 17 de edificios. Se estimó, y así lo señaló la Asociación de Municipalidades, que el caso de Estación Central valía la pena mirarlo con especial cuidado. El alcalde, además, expuso los déficits en términos de criterios para fiscalizar y otorgar patentes de una forma menos mecánica y automática. Asimismo, se contó con el análisis de la Biblioteca del Congreso; participaron UNICEF; la Fundación Colunga, con algunas iniciativas que ellos apoyan; realizamos visitas a terreno a distintas experiencias, entre ellas la Casa del Encuentro; concurrió la Asociación Gremial de Salas Cunas y Jardines Infantiles Particulares; la Defensoría de la Niñez; la Fundación Ronda, que tiene también jardines comunitarios; la OIT; y la Subsecretaría de Educación Parvularia. Con ello, la Comisión procuró contar con la máxima diversidad de actores.
20:00
En cuanto a esta materia, el objetivo principal se definió como establecer lineamientos sobre cuidados de niños para municipalidades y para quienes desarrollen estos cuidados. Esa es la idea central del proyecto. En su estructura, se trata de un proyecto breve. Se realizaron cambios manteniendo la idea matriz y el espíritu de la moción parlamentaria; se reestructuró y se le agregaron algunos contenidos. Consta de ocho artículos y un artículo transitorio. En primer lugar, se incorpora una definición expresa de las prestaciones de servicios sociales de cuidado infantil, para delimitar claramente el ámbito del proyecto y diferenciarlo de las modalidades de educación inicial y, en general, del sistema educativo y su relación con el cuidado infantil. Desde nuestro punto de vista, es un avance significativo dejar por escrito qué hace una y otra área. Luego, en la legislación aplicable y los principios, se detalla la importancia de la complementariedad: los servicios de cuidado deben ser siempre complementarios y nunca sustitutivos de las modalidades de educación. Asimismo, se establece un criterio de flexibilidad, entendiendo que se trata de modalidades que deben adaptarse y que no equivalen a una modalidad educativa en términos de matrícula, jornada completa, etcétera, respondiendo a las necesidades de las familias, sobre lo cual podemos profundizar más adelante, especialmente respecto de por qué valoran tanto la flexibilidad. Por otro lado, se retoma desde la Ley de Garantías el deber que tiene la Subsecretaría de la Niñez de entregar orientaciones técnicas en materia de bienestar y protección integral de los niños. En el proyecto se asigna a la Subsecretaría la obligación de generar dichas orientaciones y ponerlas a disposición de quienes otorgan las patentes municipales y los permisos correspondientes. Se definen las dimensiones que esas orientaciones técnicas deben abarcar, en tres áreas: infraestructura, seguridad e idoneidad del personal. Se define una gobernanza orientada a fortalecer a las municipalidades en la entrega de patentes municipales, tanto comerciales como para microempresas familiares, modalidad que, con buenos criterios, podría aumentar la formalización de estas prestaciones. Se establecen prohibiciones e inhabilidades para quienes presten los servicios de cuidado infantil, homologándolas con las existentes en otros cuerpos legales relativos a la relación directa con niños, niñas y adolescentes. Además, se reconoce el rol que corresponde a las municipalidades y, a propósito de indicaciones, se incorpora el deber del Estado de promover estos servicios, tanto mediante programas sociales como a través de programas o modalidades privadas. El artículo transitorio se refiere únicamente a un plazo. La idea es que estos servicios de cuidado infantil, basados en el interés superior del niño —y por eso la orientación desde la Ley de Garantías—, permitan asegurar condiciones de funcionamiento vinculadas a la infraestructura, la seguridad y el personal a cargo de administrar y proveer directamente los servicios a los niños. En términos de las orientaciones técnicas, se señala que, a través de un estudio realizado con el Banco Mundial, se identificaron distintas modalidades de cuidado infantil, considerando también la experiencia internacional validada y con evidencia de buen funcionamiento. Se establece una distinción que nos parece muy relevante y que existe prácticamente en todas partes: modalidades que ocurren en el hogar de la cuidadora o del cuidador, distintas de aquellas que se desarrollan en un centro de cuidado, ya sea comunitario, municipal o privado. En ese sentido, los estándares para el otorgamiento de patentes —en materia de infraestructura, seguridad y personal idóneo— deben contemplar diferenciaciones y diversidad.
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