Cámara de Diputados Mujeres y Equidad de Género

Cámara de Diputados - Mujeres y Equidad de Género - 3 de diciembre de 2025

3 de diciembre de 2025
18:00

Contexto de la sesión

1) Continuar la discusión general del proyecto de ley, iniciado en moción de las diputadas Placencia; Bello; Bravo, doña Ana María; Castillo; González, doña Marta; Mix y Serrano; y de los diputados Barrera; Barría y Cuello, que "Modifica la ley N° 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión, para encomendar a este organismo la dictación de normas generales sobre la incorporación de advertencias previas y difusión de canales de denuncia durante la transmisión televisiva de contenidos relacionados con situaciones de violencia de género", boletín N° 17855-34, en primer trámite constitucional y reglamentario. 2) Analizar la denuncia de un grupo de mujeres en relación con situaciones de alta vulnerabilidad, dinámicas de abuso y violencia de género experimentadas dentro de la institución de Carabineros de Chile. Esta parte de la sesión tendrá el carácter de secreta, atendido que la publicidad de los antecedentes proporcionados por las invitadas afecta los derechos de las personas, de conformidad con el artículo 5ºA de la ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en relación con los artículos 250 y 299 del Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados. Para tales efectos, se encuentran invitadas la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, doña Antonia Orellana Guarello, y las representantes de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres y de la Corporación Humanas. Lugar: Sala de Conferencias Inés Enríquez segundo nivel (Sesión presencial)

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15:00
Thank you. Thank you. Thank you. Thank you. En nombre de Dios y de la patria, se abre la sesión. Thank you El acta de la sesión 102, 122, perdón. Queda reglamentariamente aprobada el acta de la sesión 123. Se pone a disposición de las diputadas integrantes de la comisión. La señora secretaria dará la palabra. Buenas tardes, se han recibido los siguientes documentos. Un oficio de la Dirección del Trabajo, mediante el cual remite el informe de la Glosa Nº 7, correspondiente al tercer trimestre del 2025. de la Ley de Presupuestos del Sector Público. Adjunto informe correspondiente a la Ley 21.643 sobre prevención y protección contra el acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo del período entre 오늘 julio y el 30 de septiembre de este año. Un oficio del Fiscal Nacional del Ministerio Público, mediante el cual da respuesta un oficio a esta comisión, la desaparición de la señora Julia. Chuñil Caticura informa que la investigación se encuentra en curso, habiéndose efectuado hasta la fecha más de 150 diligencias. contando con el apoyo permanente de equipos especializados de carabineros. Policía e Investigaciones. Servicio Médico Legal y Fuerza Aérea. cumpliendo con los estándares de diligencia que imponen las reglas del derecho internacional de los derechos humanos. un oficio de la Subsedetería del Trabajo, mediante el cual de respuesta a un oficio de esta comisión. En relación con la situación laboral de las mujeres. del rubro de la avenida Mercantil. Entre 2023 y 2024, el Ministerio del Trabajo impulsó mesas tripartitas con trabajadoras. Empleadores, el Estado de México para mejorar las condiciones laborales en el sector del buceo profesional. estas instancias identificaron altos riesgos laborales y brechas de género, impulsando el proyecto de ley. que crea el contrato de buceo y actividades conexas. que fortalece la seguridad, la salud y condiciones contractuales del rubro. La SUCESO realizó un estudio que evidenció riesgos para la salud de los buzos, estableciendo nuevas normas de reporte y fiscalización. El gobierno continúa promoviendo equidad de género, protección social y diálogo social en línea con los convenios 111 y 190 de la OIT. Thank you. Oficio del Ministerio de la Mujer, mediante el cual remite el informe de la ejecución. Del tercer trimestre del 2025, el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, GLOSA 06 del programa Mujer y Trabajo. Iglesia 05, el programa prevención y atención de violencia contra las mujeres. Oficio del Poder Judicial. por el que informa gastos destinados a financiar la implementación de la Ley 21.484 sobre responsabilidad parental. y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos. y de la Ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Asimismo, incluye información complementaria relativa a la Ley 21.484 de los dispuestos de la Ley de Presupuestos para el Sector Público del año 2025, Glosa 06. Un correo electrónico a la Biblioteca del Congreso Nacional, mediante el cual remite el Boletín Legislativo Mujeres y Género. donde se ha abordado el tema de los presupuestos sensibles al género, medida que se utiliza en el ciclo presupuestario de algunas legislaciones. y que se define como un enfoque en la política fiscal y la gestión de las finanzas públicas para promover la igualdad de género y el desarrollo de mujeres y niñas. Oficio del Ministerio de Justicia justicia mediante el cual de respuesta un oficio de esta comisión en relación con la persecución penal relacionada con el delito de aborto. listo e informa que se han remitido los antecedentes de la mujer y equidad de género. ya que la materia consultada se encuentra dentro del ámbito de competencias de esa Secretaría de Estado. Thank you Un correo electrónico de la Asociación Nacional de Funcionarias y Funcionarios del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, ANFUSEM, Sennamec. mediante el cual expresa su preocupación por la rebaja de 117 millones de pesos aplicada al programa Mujeres Jefas de Hogar. En la partida 27, el Ministerio de la Mujer dentro del presupuesto 2026. Solicita gestiones para revertir la decisión, dado que el programa es emblemático y la disminución presupuestaria afectará tanto a los equipos ejecutores. como las mujeres más vulnerables que participan en él. por lo que resulta urgente revisar los fundamentos. que justifican esa reducción. un oficio de la Asociación de Funcionarios y Funcionarias de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso. mediante el cual solicita que la ley de reajuste del sector público 2026. Thank you. Por la ley de presupuesto, bueno, se asegura la continuidad y fortalecimiento del teletrabajo y trabajo híbrido en el Estado, incluyendo a las corporaciones de...
20:00
Cuenta - Un oficio relativo a asistencia judicial, que solicita establecer una regulación permanente o prorrogar el artículo 66 de la Ley de Presupuestos, ante la falta de avances en la Mesa del Sector Público y la necesidad de consolidar una política moderna y equitativa. - Un correo electrónico del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género mediante el cual se excusa la inasistencia de la ministra a la sesión de hoy, por deber asistir a la sesión de Sala del Senado; en su reemplazo asistirá la asesora legislativa, doña Tatiana Torres. - Un correo electrónico de la Biblioteca del Congreso Nacional mediante el cual remite el Boletín Legislativo Mujeres y Género sobre la conmemoración del 25 de noviembre como Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. - Un correo electrónico de la Fundación Fuera Acosadores, mediante el cual invita a las integrantes de la Comisión al estreno del documental dirigido por Nicole Kramm, en la conmemoración del primer aniversario de la fundación, mañana 4 de diciembre, a las 19:30 horas, en Santiago. - Un oficio del Subsecretario de Derechos Humanos mediante el cual da respuesta a un oficio de la Comisión en relación con la activación e implementación del Protocolo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos, el cual aún no estaba vigente cuando desapareció doña Julia Chihuil Catipura. Informa que el Estado activó desde noviembre del año 2024 una coordinación interinstitucional que funcionó como aplicación anticipada del mismo, organizando búsqueda, seguridad y apoyo a la familia. La Subsecretaría mantiene seguimiento del caso, pero no puede informar sobre los avances investigativos por la autonomía del Ministerio Público y del Poder Judicial. - Una comunicación del Comité Comunista, mediante la cual informa que en esta sesión el diputado Tomás Hirsch reemplazará a la diputada Ana María Gazmuri. - Un correo electrónico de la Biblioteca del Congreso Nacional mediante el cual remite dos informes, en respuesta a una solicitud de la Comisión: el primero, sobre condiciones laborales de las mujeres buzos, y el segundo, sobre mujeres en la marina mercante, derechos laborales y enfoque de género, con estándares internacionales y legislación extranjera, ofreciendo también la posibilidad de exponerlos si es necesario. - Una comunicación del Comité Republicano, mediante la cual la diputada Ingrid Jürgensen reemplazará en esta sesión a la diputada Chiara Barchiesi. Eso es todo, presidenta. — Muchas gracias, secretaria. ¿Palabras sobre la Cuenta? No hay palabras sobre la Cuenta. Pedirle a la Secretaría si nos puede enviar los oficios al chat para que podamos revisarlos. Muchas gracias. Orden del Día Corresponde continuar la discusión general del proyecto de ley, iniciado en moción de las diputadas Placencia; Bello; Bravo, doña Ana María; Castillo; González, doña Marta; Mix y Serrano; y de los diputados Barrera; Barría y Cuello, que modifica la ley N° 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión, para encomendar a este organismo la dictación de normas generales sobre la incorporación de advertencias previas y difusión de canales de denuncia durante la transmisión televisiva de contenidos relacionados con situaciones de violencia de género, boletín N° 17.855-34, en primer trámite constitucional y reglamentario. Para tales efectos, se encuentran invitadas la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, doña Antonia Orellana Guarello, quien se excusó y cuyas excusas se leyeron en la Cuenta. En su representación asiste la asesora legislativa, doña Tatiana Torres. Asimismo, se encuentran invitadas las representantes de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, doña Priscila González, doña Catalina Carrizo y doña Yoselin Fernández; y, por la Corporación Humanas, doña Paula Salvo, acompañada de doña Jennifer Alfaro, coordinadora de estudios de la institución. — Quisiera pedir a las diputadas presentes, porque con esto ya hemos realizado sesiones que han dado cuenta de un debate general, la unanimidad para que podamos, una vez terminadas las audiencias, votarlo en general. ¿Les parece? Acordado. Muchas gracias, diputadas. Solicitamos entonces a las representantes que, por favor, se puedan ubicar. Muchas gracias por asistir. Son las 15:15 horas. Vamos a ver si llegan las representantes de la Red Chilena. Se otorgarán quince minutos a cada agrupación —al Ministerio y a la Corporación— y luego entraremos en diálogo.
25:00
Preguntas, consultas o precisiones que las diputadas puedan tener. ¿Les parece? Le damos la palabra, primero, al Ministerio. Muchas gracias, presidente. Por su intermedio, saludo a todas y todos los miembros de la Comisión. Vengo en representación, como se indicó en el oficio, de la ministra Antonia Orellana. Queremos entregar una breve opinión respecto del proyecto de ley cuyo objetivo ya ha sido expuesto. En primer término, entendemos que el Consejo Nacional de Televisión es un órgano autónomo de rango constitucional, que vela por el correcto funcionamiento de los servicios de televisión. Este concepto es relevante para efectos del proyecto, pues se vincula con la fiscalización del correcto funcionamiento. El artículo primero de su ley orgánica establece diversos principios que conforman ese correcto funcionamiento, como la democracia, la paz y el pluralismo. Nos parece especialmente pertinente que allí se consigne la igualdad de derechos y de trato entre hombres y mujeres, así como el respeto de todos los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes. Si hablamos de un proyecto orientado a la prevención de la violencia de género, dentro de esos tratados están la Convención CEDAW, de eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, y la Convención de Belém do Pará, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Asimismo, la Ley 21.485, conocida como Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres, incorporó dentro del concepto de correcto funcionamiento la especial protección contra la divulgación de imágenes y situaciones que presenten a mujeres o niñas de forma estereotipada, o que de cualquier manera reproduzcan situaciones de violencia de género. Es relevante que ello ya esté reconocido como parte del correcto funcionamiento, porque dentro de sus facultades el Consejo Nacional de Televisión puede dictar normas e instrucciones para el cumplimiento de sus fines, incluidas normas generales respecto de contenidos con violencia excesiva y en materias relacionadas con niños y niñas cuando se vulneren sus derechos. Esa misma ley establece, además, una obligación específica para el Consejo Nacional de Televisión: velar porque los servicios de radiodifusión televisiva y los servicios limitados de televisión adopten medidas para dar cumplimiento a los objetivos de la ley, esto es, al correcto funcionamiento establecido en su artículo primero. Quisiera agregar que prácticas en esta línea se habían desarrollado previamente como buenas prácticas y no como obligaciones legales. Consta, al menos, que mediante Resolución Exenta N° 970, de 6 de mayo de 2016, del entonces Servicio Nacional de la Mujer, el Consejo Nacional de Televisión, la Asociación Nacional de Televisión y la Asociación Regional de Canales de Señal Abierta se comprometieron a que, cuando los canales de televisión abierta informaran a las audiencias sobre un femicidio consumado o frustrado, en la misma nota difundieran el número destinado a entregar información acerca de la violencia contra las mujeres. Ello se aplicaba tanto a programas de ficción como de no ficción.
30:00
Este convenio tenía vigencia de un año y no nos consta que haya sido renovado, pero constituye una buena práctica y un antecedente claro. Nosotros realizamos también un pequeño análisis de los datos acompañados en el mensaje del proyecto de ley, principalmente de la undécima Encuesta Nacional de Televisión, para relevar el alcance que tienen los medios de comunicación en las personas, cómo pueden contribuir a disminuir los estereotipos de género y cómo ello previene la violencia de género. Según dicha encuesta, el 70% de las personas recurre a las redes sociales para informarse; el 68% a los noticieros de televisión abierta; y, en cuarto lugar, los matinales de televisión abierta alcanzan un 31%. Son porcentajes altos si consideramos que la muestra es de cerca de 6.500 encuestados. También es relevante el segmento etario de la audiencia: un 13% entre 16 y 24 años, y un 31% entre 25 y 39 años. Existe, además, un estudio del año 2016, específicamente sobre violencia contra la mujer, en el que se preguntó por los noticieros centrales de las 21 horas cuál era el elemento al que más se prestaba atención o al que más se estaba expuesto. Un 35% señaló el miedo y la angustia de las víctimas, a través de sus testimonios y entrevistas. Asimismo, un 56% declara ver con mayor frecuencia escenas de violencia contra la mujer en programas de orientación, como juicios simulados, y un 38% en reality shows. Por otra parte, el estudio “Culturas infantiles convergentes: niñas y niños situados en mundos mediados”, también del Consejo Nacional de Televisión, del año 2025, concluye que persisten construcciones sociales, estereotipos y normas de género tradicionales que se reproducen desde la infancia, incidiendo de forma distinta en el despliegue de roles y en la aproximación a la conciencia de igualdad de género. Este estudio se funda en la necesidad de profundizar en el conocimiento de los códigos e intereses actuales de niños y niñas, con el propósito de actualizar y ajustar el enfoque de la producción audiovisual. El Consejo Nacional de Televisión está encargado de velar por el correcto funcionamiento de los servicios. No solo es relevante el principio de igualdad, sino también el de igual trato entre hombres y mujeres y, como ya se dijo, el cumplimiento de los tratados internacionales. La ley N° 21.675 viene a complementar lo ya establecido en esta normativa. Nos preocupa que, según la encuesta ya mencionada, entre quienes ven televisión abierta, el 79% opina que la mayor parte del tiempo se dedica a mostrar violencia y delincuencia; el 54% declara haber visto violencia delictual; y un 49% ha observado aprovechamiento del dolor de las víctimas de tragedias. Por lo tanto, estimamos que este proyecto de ley se alinea con el objetivo de prevenir, que también persigue la ley N° 21.675. Hace explícito el rol que le corresponde al Consejo Nacional de Televisión y, en especial, a los medios de comunicación televisivos, en la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer por razón de género. Los estudios dan cuenta de la influencia de los medios en la población en general, especialmente entre la población joven y adulta joven. Esta cobertura informativa no siempre cumple con los estándares establecidos por la ley, representando episodios de violencia con mayor frecuencia que otros contenidos. Es necesario añadir que la violencia contra la mujer se manifiesta no solo en su naturalización, sino también en la perpetuación de estereotipos de la mujer en la sociedad, lo que genera un espacio propicio para expresiones de superioridad de un sexo frente a otro y otras manifestaciones de violencia de género. El proyecto entrega al Consejo Nacional de Televisión la facultad de dictar normas generales, dúctiles y adaptables a los nuevos requerimientos, para la incorporación de advertencias previas y la difusión de canales de denuncia durante la transmisión de contenidos relacionados con situaciones de violencia de género, alertando a los televidentes sobre el contenido al que serán expuestos y resguardando sus derechos.
35:00
constitutivos de violencia de género, el rol que le corresponde al resto de los órganos del Estado. Respecto a fomentar la modificación de estereotipos, prejuicios y prácticas sociales y culturales. Thank you basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos. Igualmente, resulta útil en materia de prevención el acceso a información clara, visible y accesible sobre los canales oficiales. de denuncia disponible. Estos mecanismos permiten una atención eficaz y oportuna. Información que no siempre se encuentra disponible. En la medida que las campañas de difusión... Así se estima. Este... I don't know. Yo ya termino casi. Lo que resulta útil de esta... de esta propuesta en el proyecto de ley es que correspondería a una obligación legal. Y no solo una buena práctica. Lo que ciertamente tendría un efecto general llegando a un público mayor y por tanto una mayor influencia. Entonces... Para terminar, nosotros lo que hemos visto son dos alternativas. y que nos parece que la línea, la segunda interpretación o la segunda línea que es la del proyecto de ley sería la más acertada. La primera línea es ir por la vía interpretativa de los artículos que ya existen. Es decir, ¿Correcto funcionamiento de los servicios de televisión? Facultad y Generales de Normas. Generales del Consejo Nacional de Televisión, las facultades que entrega la 21.675. Y por lo tanto, mediante esa interpretación armónica de las normas, Porque... normas generales que propendan a la prevención de la violencia de género. y aviso que se dan, por ejemplo, los servicios de streaming hoy día. que previenen sobre los hechos de violencia que contiene la serie o el... el programa en particular. Y además, al final de cada serie que... Thank Por lo menos en Netflix. una página en internet. en caso de haber sido víctima de violencia sexual. Esa es una vía y nosotros vemos que... la vía que está establecida por este proyecto de ley. Gracias. La protege estableciéndola como una norma general y aplicable a todos. estaría libre de cualquier criterio interpretativo. Y, eh... favorece en el objetivo de prevenir. la violencia de género que es el mandato, uno de los mandatos principales de la ley 21.675. Eso, muchas gracias. Muchas gracias. Eh... Thank you. Si tiene esa minuta y la puede enviar a la comisión para que podamos distribuirla entre las diputadas, tanto las presentes como las que no están, sería muy útil porque... después vamos a tener que hacer nuestro debate en partido. Van a ser bienvenidos. Antes de darle la palabra a Corporación Humanas, vamos a saludar a quienes se pudieran incorporar. Tuvieron algunas dificultades en el acceso y por eso se excusa la incorporación reciente de la red chilena contra la violencia hacia las mujeres. Estamos dando 15 minutos. Eh... por en este caso organización Ya el ministerio acaba de exponer. Ahora viene Humanas y después les tocaría a ustedes. ¿Ya? Corporación Humana, sus 15 minutos. Buenas tardes, Presidenta, diputadas y equipo de la Comisión. Agradezco la incorporación humana. you para aportar antecedentes técnico sobre el boletín 17.855-34. Una iniciativa que consideramos necesaria. pertinentes. и y alineada con los estados de estándares internacionales de derechos humanos de las mujeres. Para mi presentación quiero sentarme en tres ideas fuerza. ¿Por qué este proyecto es relevante? Bye. qué es jurídicamente obligatorio y por qué es preventivamente eficaz. En primer lugar... Este proyecto aborda una dimensión histórica y sistemáticamente desatendida en nuestro país, la prevención estructural. natural de la violencia de género. En Chile. Una de cada tres mujeres ha vivido violencia en su vida y sin embargo menos del 20% denuncia el último episodio. Las razones son conocidas. Miedo, vergüenza. normalización de la violencia y sobre todo desconocimiento de los mecanismos de apoyo disponibles. La violencia contra las mujeres del año 2024 es... Clara. Cerca del 9% de las mujeres no denuncia. porque simplemente no sabe dónde hacerlo o no identifican que el acto del que fueron víctimas es violencia. Ese es un vacío que el Estado tiene la obligación de atender. El proyecto... Esto lo hace a través de medidas simples pero altamente efectivas. Gracias. Advertencias. previas y difusión obligatoria de canales de denuncia. Estas advertencias de la organización secundaria permiten activar sensaciones de resguardo y sobre todo entregan información vital. para la toma de decisiones
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En segundo lugar, el proyecto cumple plenamente con las obligaciones internacionales que Chile ha ratificado. La CEDAW, en su artículo 5, obliga a los Estados a modificar los patrones socioculturales que sostienen estereotipos y normalizan la violencia. La Convención de Belém do Pará exige explícitamente trabajar con los medios de comunicación en la erradicación de la violencia y promover directrices que respeten la dignidad de las mujeres. Y la Recomendación General Nº 35 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer lo señala con total claridad: los Estados deben asegurar información accesible, visible y temprana para que las mujeres conozcan sus derechos y las rutas de denuncia. Este proyecto es, por tanto, una medida concreta para cumplir obligaciones jurídicas vigentes, no una opción política. En tercer lugar, quiero subrayar que este proyecto reconoce la relevancia social de los medios de comunicación. Los medios no solo representan la realidad, la interpretan. Pueden reforzar estereotipos o desmantelarlos; pueden normalizar la violencia o contribuir a su erradicación. En Chile hay problemas de subrepresentación de mujeres como expertas, narrativas sensacionalistas sobre violencia y representaciones que refuerzan relaciones de poder desiguales o, directamente, situaciones de subordinación. La emisión de contenidos sensibles sin advertencia ni información contextual puede constituir violencia simbólica, tal como reconoce expresamente la Ley Integral Nº 21.675. Por eso es tan relevante que el Consejo Nacional de Televisión cuente con herramientas para regular y prevenir. Este proyecto entrega un mensaje claro a los medios: la violencia de género no es un recurso narrativo neutral; es un problema de derechos humanos y también comunicacional. Advertir y orientar no es censurar ni intervenir en los contenidos: es proteger. Es permitir que la audiencia, especialmente las mujeres que viven violencia, pueda identificar patrones, dimensiones y riesgos, y además conocer sus derechos. Quiero destacar también que la prevención solo funciona cuando existe información accesible. Lo muestran todos los estudios internacionales: las campañas que incluyen rutas claras de denuncia aumentan significativamente la cantidad de personas que buscan ayuda. Por eso, medidas como la difusión obligatoria de canales de denuncia no solo informan: pueden literalmente salvar vidas. Desde Corporación Humanas valoramos la iniciativa y creemos que puede fortalecerse aún más. Recomendamos tres elementos: primero, avanzar progresivamente hacia la incorporación de plataformas digitales que hoy concentran gran parte del consumo audiovisual, particularmente en adolescentes y jóvenes; segundo, definir criterios transparentes y participativos para la implementación, incorporando organizaciones de mujeres y expertas en comunicación —las organizaciones de la sociedad civil tenemos una larga trayectoria en campañas contra la violencia—; y, tercero, asegurar accesibilidad universal, incluyendo lengua de señas, subtítulos y formatos adecuados para mujeres con discapacidad o barreras lingüísticas. En definitiva, este proyecto es más que una adecuación normativa: es una señal de Estado. Reconoce que la violencia de género no se combate solo con sanción, sino con prevención temprana, información accesible y transformaciones culturales profundas. Los medios de comunicación tienen un rol ineludible en ese cambio y por eso necesitamos estándares claros, participación de organizaciones de mujeres y un enfoque de derechos que oriente la implementación. Desde Corporación Humanas insistimos en algo fundamental: la prevención ha sido históricamente el eslabón más débil de la política pública en Chile, y son precisamente las mujeres quienes pagamos el costo de esta omisión. Advertir, contextualizar y orientar es un deber ético y jurídico en un país donde la violencia sigue marcando la vida de miles de mujeres. Por eso llamamos a que esta iniciativa avance con celeridad, porque cada advertencia previa y cada canal de denuncia visible puede significar que una mujer reconozca lo que está viviendo, deje de sentirse sola y encuentre una vía real de protección. Para cerrar, reitero que la violencia contra las mujeres no es solo un problema privado ni un fenómeno inevitable; es una vulneración de derechos humanos que el Estado tiene el deber de prevenir. Este proyecto va en esa dirección: instala responsabilidad, entrega información vital y aporta a transformar patrones socioculturales que hoy sostienen desigualdades históricas. Este proyecto abre una puerta; aprovecharla es un asunto de voluntad política, de responsabilidad institucional y, sobre todo, de compromiso con la vida y la dignidad de las mujeres en Chile. Muchas gracias.
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