1.- Bol.N° 14670-13 Dar inicio al estudio del proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo para extender el permiso laboral a trabajadores, en caso de muerte de una mascota o animal de compañía.
2.- Bol.N° 17641-13 Dar inicio al estudio del proyecto de ley que crea un nuevo sistema de subsidio unificado al empleo.
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En nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Ya que no hay Cuenta, tengo dos puntos varios que son breves pero importantes para las personas.
Primero, la situación de una exfuncionaria del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que invocó un autodespido en 2017 por incumplimientos contractuales por parte del SAG. En 2021, los tribunales fallaron a favor de la funcionaria y establecieron que debía pagarse una deuda por cotizaciones impagas. A la fecha, el SAG no ha efectuado dicho pago. Por ello, solicito oficiar al Ministerio del Trabajo y Previsión Social para que adopte las medidas necesarias respecto de este servicio público que adeuda los derechos de la trabajadora, y que se oficie asimismo a la Superintendencia correspondiente para requerir un informe sobre lo ocurrido con esta deuda. Entrego las referencias del caso a la Secretaría.
Segundo, respecto de un ex trabajador de Codelco, División El Teniente, quien laboró por muchos años en faena minera al interior de la mina. Este trabajador sostiene que la empresa habría ocultado la pérdida auditiva progresiva que presenta y que, ya desvinculado, no se le reconoce el origen laboral de su enfermedad. Señala que quienes están evaluando actualmente su pérdida auditiva son los mismos que realizaban las evaluaciones preventivas en la empresa. Solicito, por tanto, que la Superintendencia de Seguridad Social revise la situación y determine el origen de la pérdida auditiva, considerando que se trata de una dolencia habitual en las faenas donde desempeñaba sus labores. Remitiré todos los antecedentes, incluidas las audiometrías, a través de la Secretaría, con el apoyo de mi asesor Hermes Gutiérrez. Muchas gracias, señor Presidente. Eso sería.
Voy a tomar un par de minutos. Hace pocos días, el Tribunal Constitucional, en causa rol N° 16.072-2024, acogió el requerimiento presentado por 21 personas mayores de 65 años, beneficiarias de pensiones de reparación por violaciones de los derechos humanos, ya sea la Ley Valech (Ley N° 19.992) o la Ley N° 19.234, que establece beneficios previsionales para personas exoneradas por motivos políticos. En la presentación se solicita acceder a la Pensión Garantizada Universal mediante la declaración de inaplicabilidad de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 36 de la Ley N° 20.255 de 2008. Dicha norma establece que, para quienes perciben pensiones de reparación, el monto de la PGU se calcula restando el valor de la pensión de reparación. Dado que esas pensiones oscilan aproximadamente entre 242 mil y 277 mil pesos, se supera el valor base de la PGU (214 mil pesos) al momento de la presentación.
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El cálculo matemático resulta en cero pesos a pagar a estas personas; en la práctica, se les niega el acceso al beneficio social de la Pensión Garantizada Universal (PGU). Con la reforma previsional, la ley 21.735 derogó dicho artículo; sin embargo, como su implementación es gradual —hasta 30 meses para las personas menores de 75 años—, la afectación a los requirentes se mantiene vigente.
El Tribunal Constitucional estableció que las pensiones de reparación —Ley Valech, en específico— no tienen carácter previsional contributivo, sino que constituyen una deuda moral e indemnizatoria del Estado por violaciones de derechos humanos, por lo que no es razonable equipararlas con las pensiones de vejez para restar beneficios. Esto genera una diferencia de trato injustificada: mientras cualquier otro adulto mayor vulnerable suma la PGU a sus ingresos, a las víctimas de violaciones de derechos humanos se les castiga descontándoles la reparación por razones no previsionales, lo que constituye una revictimización e impide el acceso a una prestación social básica y uniforme para personas que cumplen todos los requisitos legales, contraviniendo los principios de universalidad y suficiencia propios de un sistema de seguridad social.
Atendiendo que la sentencia identifica que la problemática persiste debido a la gradualidad establecida en la reforma previsional, solicito que oficiemos, como Comisión, para que el Ejecutivo estudie una modificación legal que solucione este problema, presentando una ley corta de homologación para las pensiones de las leyes de reparación, modificando los artículos transitorios de la ley 21.735 y eliminando, en este caso, la gradualidad señalada. Considerando que los beneficiarios de estas leyes reparatorias fueron marginados durante años del beneficio de la PGU y que, en general, cumplen los requisitos sociales para acceder a esta pensión, con esta modificación se evitaría que cientos de beneficiarios deban presentar recursos de inaplicabilidad individuales ante el Tribunal Constitucional para obtener el mismo resultado ya logrado en la referida sentencia.
Presidente.— Muchas gracias. Creo que es muy importante que el Ejecutivo nos entregue su visión sobre este dictamen, porque aquí no solo está en juego la gradualidad, sino también el concepto que tendrían estas leyes reparatorias en términos de la posibilidad o no de recibir la Pensión Garantizada Universal. Ya hemos señalado que no pueden ser tratadas de la misma forma que aquellas pensiones que sí son previsionales, por ejemplo las de las Fuerzas Armadas, de viudez, CAPREDENA o DIPRECA. Por eso, agradeceremos que revisen bien el fallo y nos den su opinión. Además, sería deseable evaluar eliminar la gradualidad, pues hoy existe un cálculo que deja a estas personas fuera de la PGU.
No habiendo más intervenciones, pasamos a la tabla.
Presidente.— En el primer lugar de la tabla de hoy está dar inicio al estudio del proyecto de ley, Boletín N° 14.670-13, que modifica el Código del Trabajo para extender el permiso laboral a trabajadores en caso de muerte de una mascota o animal de compañía.
Tiene la palabra.
Interviniente.— Muy breve: este proyecto modifica...
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Se dio inicio al estudio del proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo para extender el permiso laboral a trabajadoras y trabajadores en caso de muerte de una mascota o animal de compañía. La iniciativa fue iniciada en la Cámara de Diputadas y Diputados mediante seis mociones refundidas, suscritas por 38 diputadas y diputados.
En lo específico, se propone modificar el artículo 66 del Código del Trabajo, ubicado en el Capítulo VII, referido al feriado anual y los permisos. Cabe recordar que dicho artículo regula el permiso pagado en caso de muerte de un hijo o hija; del cónyuge o conviviente civil; de un hijo o hija en período de gestación; y en los casos de muerte de un hermano, del padre o de la madre.
La Cámara de Diputadas y Diputados propone intercalar tres incisos nuevos en el artículo 66 para otorgar al trabajador o trabajadora un permiso de un día hábil en caso de fallecimiento de su mascota o animal de compañía, siempre que ésta se encuentre debidamente inscrita en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía. El permiso deberá ser utilizado dentro de los cinco días hábiles siguientes al deceso. El día del permiso será remunerado y el trabajador o trabajadora deberá restituir dicha jornada, en acuerdo con el empleador, dentro de los siguientes noventa días.
Se recuerda que la Ley N° 21.020, conocida como “Ley Cholito”, en su artículo segundo, define a las mascotas o animales de compañía como aquellos animales domésticos, cualquiera sea su especie, que son mantenidos por las personas para fines de compañía o seguridad.
En el marco del debate, se recogió la siguiente reflexión del diputado Guillermo Ramírez: “Este es un beneficio para los trabajadores. Me alegro de que, a propósito del tema de las mascotas, un tema sensible, haya una parte del Congreso que haya descubierto que la flexibilidad laboral beneficia al trabajador y no, como muchas veces se dice, a los grandes empresarios”.
Por su intermedio, presidente, el Ejecutivo saluda a las señoras y señores senadores de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social, así como a sus equipos. Si bien esta no es una iniciativa del Ejecutivo, sino una moción parlamentaria, ha contado con un apoyo transversal en la Cámara y con un interés ciudadano significativo. En ese contexto, el Ejecutivo estima pertinente aportar una opinión que otorgue orientación razonable a un proyecto de este interés. Se valora la fórmula aprobada, en cuanto el permiso se recupera posteriormente mediante acuerdo con el empleador, lo que permite conciliar la sensibilidad asociada a la muerte de una mascota con la organización del trabajo y los ajustes necesarios para otorgar el permiso y recuperarlo. En ese sentido, como Ejecutivo, se valora el trabajo realizado en la Cámara.
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Que sean mascotas que estén inscritas en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía, ya que ello acota de manera importante los alcances del proyecto y permite darle buen uso al permiso que se propone.
Dicho eso, como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, nos gustaría poner a disposición de esta Comisión algunas observaciones. Primero, el Ministerio reconoce la voluntad transversal que ha buscado una respuesta legislativa al vínculo afectivo entre las personas y sus mascotas o animales de compañía. Esto se materializa en un cambio respecto de la propuesta original, incorporando una fórmula de recuperación del día de permiso, circunstancia que facilitó su aprobación en la Cámara de Diputados.
No obstante, estimamos necesario perfeccionar la normativa para asegurar su correcto funcionamiento, particularmente en lo relativo a las condiciones para ejercer el derecho. De lo contrario, podría establecerse un permiso que no sea sencillo de ejecutar. En ese sentido, el proyecto exige la presentación de documentación que acredite el fallecimiento de la mascota, pero no especifica qué documento ni quién debe emitirlo, aspecto relevante para la implementación de la norma y para evitar un mal uso del permiso. Por ello, se sugiere explorar alternativas que garanticen la debida implementación, otorguen certeza jurídica a los intervinientes y faciliten el ejercicio del derecho y su fiscalización. Para abordar estas observaciones, es importante considerar la opinión de expertos en la materia, de modo de entregar lineamientos en la ley sobre la forma en que debe acreditarse el deceso exigido por la normativa. Con todo, el acuerdo de la Cámara, específicamente en lo referido a la debida recuperación del día de permiso, a juicio del Ejecutivo, evita y diluye incentivos asociados al mal uso del permiso, lo que permitiría considerar una fórmula que incorpore constancias o certificaciones de alguna institución pertinente. Eso es, al menos, lo que podemos evaluar de parte del Ministerio y, por supuesto, quedamos disponibles para la discusión en esta Comisión.
Como veterinario, deseo señalar que este proyecto se vincula con los cambios culturales que vivimos. Hoy las mascotas no son vistas como un accesorio, sino como miembros de la familia. Los jóvenes han transformado una relación que antes era distinta. Lo vemos en el vínculo con la familia, con los niños, con los adultos mayores —muchos de los cuales requieren compañía—, y con perros que son guías y acompañan permanentemente en el hogar. A partir de la pandemia, este vínculo se profundizó. Para algunos podría parecer una cuestión superficial, pero cuando uno observa lo que está ocurriendo, la relación de las personas con sus mascotas en el contexto familiar es claramente distinta.
Apoyo la iniciativa y creo que cumple varios requisitos: la exigencia de inscripción en el Registro incentiva además la regularización; y se contempla que el permiso se acuerde con el empleador y se recupere la jornada, por ejemplo, mediante horas extraordinarias, sin una repercusión negativa desde el punto de vista laboral. Muchas personas están esperando esta ley, porque cuando muere una mascota con este tipo de vínculo familiar se vive un duelo complejo. Atención especial con los niños y con quienes mantienen una relación muy estrecha con su animal de compañía.
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Entonces, yo estaba revisando la votación en la Cámara. Lamento que el Partido Republicano, una vez más, haya votado en contra o se haya abstenido, sin entender lo que está pasando al interior de la familia y cómo hoy día las mascotas constituyen parte de la familia. Eso, Presidente, muchas gracias.
¿Quién lleva el Registro Nacional de Mascotas? —Las municipalidades, Presidente. El proyecto establece que el animal esté inscrito en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía, creado por la Ley N° 21.020, conocida como Ley Cholito. ¿Y ese registro lo llevan las municipalidades? —Sí, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, la Subdere. Ese es el vínculo con el Ejecutivo y con todo lo que implementan los municipios en materia de tenencia responsable. Ha habido una inversión importante en prácticamente todas las comunas: clínicas móviles, esterilizaciones, contratación de veterinarios; y, en la Ley de Presupuestos, cuando se implementó la Ley Cholito, se debatió la incorporación de recursos. Son pocos, por lo mismo muchos municipios han celebrado convenios con facultades de Medicina Veterinaria para optimizar esos recursos. Eso, Presidente.
¿No será conveniente escuchar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional para saber cómo está funcionando el registro? A lo mejor no todos los municipios lo tienen plenamente operativo, y naturalmente esta iniciativa va a hacer que muchas personas quieran inscribir a sus mascotas en el respectivo registro, lo que también opera como un aliciente para formalizar esa inscripción.
Sí, Presidente, me parece interesante contar con un mapa del registro por comuna. Por ejemplo, los sectores rurales generalmente no registran. Sería útil ver cómo, a partir de esta ley, pudiera considerarse también la situación de, por ejemplo, un equino, que es parte muy importante de la vida de un agricultor o de un trabajador agrícola; son animales relevantes para el desarrollo de sus actividades.
Sugiero lo siguiente: invitemos para la próxima sesión a la Subdere y, con esa mayor información, procedamos a votar. —De acuerdo. Gracias. Pasemos al segundo proyecto.
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Respecto de la Asociación de Municipalidades, invitemos a los tres, por favor, secretaria, para que no haya sentimientos de discriminación o exclusión. Gracias.
Presidente: En el segundo punto de la tabla está el proyecto de ley que crea un nuevo sistema de subsidio unificado al empleo. Solo diré unas palabras porque el Ministro viene con una presentación. Recordar que este proyecto de ley se inició por un mensaje del Presidente de la República en la Cámara de Diputadas y Diputados. Consta de 27 artículos permanentes y 5 artículos transitorios. Su objetivo principal es la creación de un sistema de subsidio unificado al empleo, de cargo fiscal y administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, que beneficiará a trabajadoras, trabajadores y empresas del sector privado. Nada más, Presidente, porque el Ejecutivo trae su presentación, que en este momento se le está entregando. Para continuar con el estudio del proyecto, cedo la palabra al Ministro para que haga la presentación.
Ministro: Tengo la oportunidad de presentar un proyecto de ley muy emblemático para el Gobierno del Presidente Boric, al que se le ha puesto prioridad legislativa en esta última etapa. Este proyecto busca recoger una preocupación ciudadana que también se ha plasmado de manera permanente en este Congreso a propósito de la situación del empleo en el país. Quiero relevar que en la Cámara se hizo un trabajo muy positivo y productivo, tanto con parlamentarios del oficialismo como de la oposición, lo que permitió que el proyecto que hoy se somete a discusión en esta comisión haya sido aprobado por unanimidad. Ello refleja la preocupación ciudadana en materia de empleo y el compromiso transversal que hubo para sacarlo adelante.
En ese marco, en esta presentación —que no será tan breve— explicaré en detalle cómo funciona hoy el sistema de subsidios al empleo y la justificación de este proyecto, que busca hacerse cargo de tres grandes preocupaciones: primero, construir una herramienta flexible que permita incentivar la creación de puestos de trabajo, cuestión que deseo subrayar porque será parte central de la argumentación; segundo, partir de un diagnóstico del mercado laboral, poniendo el foco —a partir de la evidencia técnica disponible— en las dificultades más estructurales que presenta el mercado laboral chileno; y, tercero, proponer una herramienta flexible dentro de un escenario fiscal conocido, asumiendo el desafío como Ministerio y como Gobierno de construir un instrumento más eficaz, con mayor capacidad de mover la aguja en materia de empleo, utilizando los mismos recursos que hoy el Estado destina a subsidios al empleo.
Dicho eso, muy brevemente, señalar que a la fecha se han creado alrededor de 660.000 puestos de trabajo si uno considera las series desestacionalizadas, y 580.000 si se consideran las cifras no desestacionalizadas, lo que da cuenta de que durante estos tres años y fracción de gobierno ha habido un aumento importante de la ocupación. Cerca del 90% de esos puestos de trabajo han sido formales.
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…y cerca del 66% corresponde a empleo femenino. Recordar que, durante la pandemia, el retroceso del mercado laboral femenino fue significativo. Sin embargo, al mismo tiempo que hemos observado tasas de informalidad históricamente bajas respecto de lo habitual en los últimos años, hemos venido enfrentando una desocupación importante, sobre todo femenina, que ha sido una preocupación permanente, a propósito, por ejemplo, del debate que vimos en el proyecto de Sala Cuna para Chile, que discutimos en varias sesiones en esta comisión.
¿Qué es lo que hemos señalado? Se han diagnosticado problemas específicos en grupos prioritarios que impiden su inserción en el mercado laboral. Históricamente, el país había dado respuesta a dos grupos en particular: mujeres —respecto de las cuales sabemos que persisten brechas transversales a la edad y a diversas características sociodemográficas— y jóvenes. A ello se suman las personas mayores, grupo que hasta ahora no había sido objeto de política pública en materia de empleo. Estamos hablando de personas de 55 años o más que han empezado a registrar un fenómeno de desocupación de más larga duración; es decir, pasan más tiempo desocupadas que el promedio nacional, lo que dificulta su reinserción laboral. Y personas con discapacidad, respecto de las cuales, pese a contar con una ley que ha sido modificada en varias oportunidades —que obliga a las empresas con más de 100 trabajadores a contratar al menos el 1% de personas con discapacidad—, sabemos que por distintas razones esas metas no se han logrado cumplir.
A partir de estos cuatro grupos, que son el foco de este proyecto de ley, cabe señalar algunas cuestiones. En primer lugar, en materia de participación de mujeres, la brecha de género en participación y ocupación ha caído consistentemente desde 2010; no obstante, sigue siendo elevada. Esta caída ha generado un aumento en la brecha de tasa de desocupación: más mujeres se han volcado al mercado laboral, pero no están encontrando necesariamente un puesto de trabajo. La brecha de ocupación informal se mantiene estable en torno a tres puntos, reflejando empleos de menor calidad para las mujeres. Además, distintos indicadores que hemos presentado de manera consistente en esta comisión muestran que las labores de cuidado son una barrera estructural para su participación en igualdad de condiciones.
En segundo lugar, respecto del mercado laboral de los jóvenes —personas de 24 años o menos—, la población joven presenta menores tasas de ocupación y mayores tasas de desocupación que los trabajadores de mayor edad y que el promedio nacional. Sabemos que muchos de estos jóvenes, por distintas razones, se encuentran estudiando; pero, de todas maneras, los datos muestran que requieren algún tipo de incentivo, sobre todo en el marco del debate sobre la contratación de jóvenes sin experiencia laboral y cómo esa falta de experiencia se transforma en una barrera. Su tasa de ocupación es solo de 23% frente al 56% nacional, y su tasa de desocupación es un poco más del doble que la media nacional. Entonces, ahí tenemos un segundo foco, también conocido. ¿Por qué señalo estos dos? Porque el país cuenta con tres herramientas de política pública: el Subsidio al Empleo Joven, el subsidio que bonifica las cotizaciones previsionales a los trabajadores jóvenes y, además, el Bono al Trabajo de la Mujer, que son las tres herramientas con que hoy día cuenta el país para abordar a estos dos grupos en particular. De hecho, llama la atención que, para jóvenes, tengamos dos instrumentos de política pública con criterios, focos y requisitos distintos. Me referiré a eso un poco más adelante.
Ahora, ¿qué es lo que hemos señalado nosotros? Hemos seguido realizando un monitoreo permanente del mercado laboral y, a propósito también de proyectos de ley que se han tramitado en este Congreso, ha empezado a ser recurrente el llamado desempleo de larga duración —más de 12 meses buscando trabajo sin encontrarlo— en la población de 55 años o más. Esto debería preocuparnos en un doble sentido: primero, porque se trata de una fuerza laboral con experiencia y calificación que, en principio, debiera ser buscada por el mercado, y está enfrentando este fenómeno; y, segundo, porque como país estamos atravesando una transición demográfica de envejecimiento, por lo tanto, tendremos cada vez más personas de este grupo etario. En consecuencia, es un problema que la política pública debiera poder abordar. Y, si se fijan en la tabla 4 que se presenta a continuación, cuando uno ve…
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Por ejemplo, entre los jóvenes, el desempleo de larga duración ha tendido a mantenerse en torno a los 10,8 puntos, con cierta tendencia a la baja. Entre los 25 y 54 años el desempleo de larga duración también ha mostrado un descenso; sin embargo, en las personas de 55 años o más la tendencia es al alza. Sabemos que, cuando una persona lleva seis meses o más buscando empleo, la probabilidad de encontrarlo disminuye a medida que transcurre el tiempo, a diferencia del desempleo de transición, que suele ser del orden de tres meses: los tiempos normales entre que una persona es despedida o renuncia, recurre al Seguro de Cesantía, asiste a entrevistas y luego se reinserta. Este fenómeno, en particular, debiéramos abordarlo y ponerle atención a propósito de la propuesta que vamos a presentar.
En materia de personas con discapacidad, la población con algún grado de discapacidad equivale al orden del 17,6% de la población adulta. Sus principales indicadores en el mercado laboral muestran, sobre todo, una baja tasa de ocupación, en torno al 40%, y una baja tasa de desocupación, probablemente porque muchas personas están desalentadas de salir a buscar trabajo. Por lo tanto, el principal problema es la baja participación en el mercado laboral.
Finalmente, otro elemento que este proyecto busca abordar es la informalidad. Hemos señalado de manera reiterada que la informalidad laboral se encuentra en mínimos históricos y ha presentado estabilidad durante el 2025 en torno a los 26 puntos. Si se compara con países de América Latina, Chile tiene hoy la tasa de informalidad más baja; sin embargo, frente a países de la OCDE esa tasa es relativamente alta. De acuerdo con nuestro nivel de desarrollo, es una cifra acorde, pero no debiera mantenernos conformes. Como Ministerio del Trabajo hemos puesto el foco en un grupo específico dentro de los trabajadores informales. Cuando hablamos de informalidad nos referimos a alrededor de 2,4 millones de personas; sin embargo, nuestro foco está en los trabajadores dependientes informales. Existen también trabajadores informales por cuenta propia, que han sido abordados por otras políticas públicas, a propósito del Servicio de Impuestos Internos u otras medidas del Ministerio de Economía para formalizar los emprendimientos, pero el grupo que nos interesa especialmente son los 744.000 trabajadores dependientes informales que laboran en empresas formales y que, por alguna razón, no tienen contrato o no tienen sus cotizaciones al día, encontrándose en situación de informalidad dentro de una empresa formal. Entendemos que parte de los objetivos de este proyecto es ayudar a formalizar a esos trabajadores.
Si se desagrega esa cifra de 744.000 personas, hablamos de 316.000 mujeres, 113.000 jóvenes y 87.000 personas mayores. Además, se concentran fundamentalmente en micro y pequeñas empresas; de todas maneras, un 11% se desempeña en empresas de gran tamaño. Aquí hay un fenómeno que es importante abordar, porque muchas veces, al hablar de informalidad, se piensa en el pequeño comercio informal, en los toldos azules o en las trabajadoras de casa particular —grupos que históricamente han presentado altas tasas de informalidad—, pero casi un tercio de la informalidad laboral ocurre en empresas formales. Por un lado, hay un tema de cumplimiento y de fiscalización de la Dirección del Trabajo que debemos abordar; por otro, pareciera que existen empresas de menor tamaño que, por distintas razones, mantienen un contingente de trabajadores informales. Es un problema que debemos enfrentar en materia previsional, de cotizaciones y de seguridad social, entre otros, y que es importante poner sobre la mesa a propósito de este proyecto de ley.
¿Qué es lo que tenemos hoy día? El país cuenta con varios subsidios, al menos tres de los más relevantes en términos presupuestarios: el Subsidio al Empleo Joven, que implica alrededor de 74.000 millones de pesos anuales; el Bono al Trabajo de la Mujer, de 107.000 millones de pesos; y el subsidio previsional para trabajadores jóvenes, del orden de 8.700 millones de pesos. Es decir, el país gasta aproximadamente estas cifras en conjunto en estos instrumentos.
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