Contexto de la sesión
373ª LEGISLATURA
Sesión 88ª, ordinaria, en lunes 17 de noviembre de 2025
15:00 a 22:00 horas
ORDEN DEL DÍA
Proyecto de ley, iniciado en mensaje, de Presupuestos del Sector Público correspondiente
al año 2026. Informe de la Comisión de Especial Mixta de Presupuestos.
Boletín No
17870-05.
El plazo final para el despacho de este proyecto de ley por el Congreso Nacional vence el
29.11.2025.
En relación con la tramitación del proyecto, los Comités Parlamentarios adoptaron los
siguientes acuerdos:
1. Para la discusión en general del proyecto de ley se destinarán 3 horas distribuidas
proporcionalmente entre las distintas bancadas parlamentarias, correspondiendo a cada
una el siguiente tiempo:
Bancada Frente Amplio 26:43 minutos
Comité Unión Demócrata Independiente 24:23 minutos
Comité Renovación Nacional 23:14 minutos
Comité Comunista, Federación Regionalista Verde Social,
Acción Humanista e Independientes
17:25 minutos
Comité Republicanos 15:06 minutos
Comité Socialista 13:56 minutos
Comité Mixto Social Cristiano, Nacional Libertarios e
Independientes
12:46 minutos
Comité DC e Independientes 11:37 minutos
Comité Mixto Radical - Liberal 11:37 minutos
Comité Demócratas, Evopoli, Amarillos e Independientes 10:27 minutos
Comité Partido por la Democracia 9:17 minutos
2. La presentación de indicaciones o la solicitud de división de la votación de
algún artículo o partida sólo se admitirá hasta las 18:00 horas del miércoles 12
de noviembre. Con todo, el plazo para presentar indicaciones en caso alguno será
inferior a 48 horas, contado desde que se publica en el sitio web de la Cámara el
informe de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y de las respectivas Partidas.
Retirada una indicación o solicitud de votación separada, no podrá reingresarse ni
presentarse nuevamente fuera de ese plazo.
Con el fin de que los diputados y las bancadas puedan preparar las indicaciones,
se autoriza que el informe de la Comisión Especial de Presupuestos y las Partidas
aprobadas por la referida Comisión se publiquen en el sitio web de la Cámara antes
de que se dé cuenta de ellos en la sesión del lunes 17 de noviembre.
3. Para la presentación de indicaciones o solicitud de división de la votación
deberá utilizarse el formulario disponible en plataforma OFICINA VIRTUAL. Deberá
presentarse cada indicación o solicitud por separado. Las indicaciones que no
cumplan estos requisitos no serán admitidas a tramitación.
4. Todos los artículos y Partidas que no hayan sido objeto de indicaciones ni
solicitudes de votación separada se tendrán por aprobados también en particular,
salvo que requieran quórum especial de aprobación.
5. Una vez terminada la discusión en general del proyecto, se iniciará su discusión
en particular.
5.1. En la discusión en particular el uso de la palabra se otorgará a quienes se hayan
inscrito anticipadamente al inicio de la discusión de la Partida a través del sistema
electrónico y hasta los 5 minutos de abierto el debate de la Partida respectiva. No
procederá la solicitud de cierre del debate.
5.2. La intervención de cada diputado y diputada será de hasta un minuto y no
procederán las interrupciones ni la cesión de tiempos.
5.3. Respecto de la declaración de inadmisibilidad de indicaciones:
a) Dentro de los primeros cinco minutos de discusión de cada Partida deberá
plantearse por escrito su impugnación.
b) Antes de votarse se otorgará hasta 40 segundos a un diputado para que impugne
tal declaración e igual tiempo a quien la respalde. Luego se procederá a su inmediata
votación.
c) Las indicaciones declaradas improcedentes no podrán ser reclamadas.
5.4. Las indicaciones consistentes en glosas de mera información se declararán
aprobadas en conjunto dentro de cada Partida (respecto de las Partidas que
resulten finalmente aprobadas), con la salvedad de aquellas que puedan tener alguna
significación que genere discrepancia en orden a si cabe o no en esa categoría.
Respecto de estas últimas, se faculta a la Secretaría para excluirlas del grupo de
indicaciones que deben darse por aprobadas, con el objeto de someterlas a votación
en la Sala.
5.5. Conforme al inciso tercero del artículo 177 del Reglamento de la Corporación
las peticiones de votaciones separadas se efectuarán en el siguiente orden: Partida,
Capítulo, Programa, Subtítulo, Ítem y Glosa. Si se rechaza el rubro superior se
entenderán rechazadas las demás que lo integren.
5.6. Una vez terminada la discusión del artículo o Partida que fue objeto de indicación
o respecto de los cuales se pidió votación separada, se procederá a su votación
inmediata, y se continuará con la discusión del artículo o Partida siguiente, según
corresponda.
*** De conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 178 del reglamento
de la Corporación, en las sesiones en que se debata este proyecto se suspenderán el
tiempo de las solicitudes de acuerdo al Presidente de la República y de las solicitudes
de resolución y el tiempo de Incidentes, y el funcionamiento de la Comisión Especial
de Solicitudes de Información y de Antecedentes Específicos a los Organismos de la
Administración del Estado.
*** De acuerdo a lo señalado en la norma anteriormente citada, no se autoriza a las
Comisiones a sesionar durante todos los días en que la Sala ha sido citada para la
discusión general y particular de este proyecto, ni antes ni después de la sesión de
Sala, ni aun en el caso de tener en tabla proyectos con urgencia calificada de “suma”
o de “discusión inmediata, cualquiera sea su fecha de vencimiento, con la única
excepción del eventual funcionamiento de alguna comisión encargada de conocer
una acusación constitucional.