Esta es una vista pública que muestra solo la primera mitad de la transcripción.
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—Tenemos quórum, alcalde.
—Ya. Vamos a esperar que nuestro colega nos indique entonces… Sí. Buenos días, vecinos y vecinas. Nuevamente estamos en sesión de Concejo. De parte de nuestro equipo de concejales, muy buenos días también. Saludar a nuestros directores y directoras, a los funcionarios que nos acompañan, a los vecinos presentes y a los medios de comunicación. Tenemos tres puntos para resolver con el equipo de concejales. El primer punto, solicitado por nuestro equipo de SECPLAC, dice relación con la propuesta pública de mejoramiento de una sede social de la ciudad. Adelante, colega.
—Buenos días, señor alcalde, señoras y señores concejales, directores, colegas y la comunidad que nos sigue en redes sociales. Hoy venimos a exponer una adjudicación de equipamiento comunitario: la sede social ubicada en la población René Schneider, sector René Schneider Democrática, una sede que está muy deteriorada y requiere intervención. Esto responde a un acuerdo de Concejo adoptado aproximadamente en marzo. Los detalles técnicos los entregará la colega Camila Aceituno.
—Muy buenos días, señor alcalde, estimados concejales, colegas y público presente. Daremos cuenta del informe de adjudicación de la licitación pública 2384-28-LP25, “Reposición Sede Social Junta de Vecinos René Schneider Democrática”.
Principalmente, se contempla la demolición total de la sede existente, que, como se aprecia en la presentación, se encuentra en pésimas condiciones en techumbres, pisos, muros y baños. En su lugar, se ejecutará una sede completamente nueva; también se muestran imágenes referenciales del proyecto.
El presupuesto disponible para la licitación es de 197 millones de pesos. En el acto de apertura se recibieron cuatro ofertas, todas admisibles, dos con observaciones.
Por tratarse de una obra civil, la evaluación considera dos etapas. En la primera, se analiza:
- Experiencia de la empresa: la mayoría obtuvo alrededor de 35% del puntaje ponderado; una alcanzó 25%, dependiendo de las obras acreditadas y la documentación presentada.
- Capacidad económica: dos empresas presentan índice negativo y obtienen puntaje cero en este criterio; no obstante, continúan en evaluación.
- Análisis financiero: todas cumplen, con índices de liquidez sobre el 2%.
- Informe comercial: una empresa obtiene puntaje cero por presentar un documento vencido en 2024, por lo que no suma en ese criterio.
- Deuda tributaria: dos empresas no registran deuda y obtienen el 15% correspondiente; las otras dos presentan deuda.
Con ello, tres empresas superan los 60 puntos y pasan a la segunda etapa.
En la segunda etapa se revisan las ofertas económicas: la más baja corresponde a Servicios Gumban, por $191.165.851, obteniendo 80 puntos. Luego se ponderan los factores de inclusión y género —en particular la contratación de mano de obra femenina— y las condiciones de empleo y remuneraciones, que en general los oferentes cumplen.
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...Respecto del programa de integridad, requisito que todas las empresas deben acreditar. Luego, en los requisitos formales de la oferta, tenemos que una no los cumple por presentar observaciones y las demás sí los cumplieron. Finalmente, el oferente que obtiene el mayor puntaje es Servicios Guzmán, con 99,50 puntos. Solicitamos al señor alcalde y a los señores concejales adjudicar a Servicios Guzmán, RUT 76.818.855-11, representada legalmente por Alexander Guzmán Camacho, RUT 24.313.318-1, con un plazo ofertado de 135 días corridos, por un monto de $191.165.851 IVA incluido, puntaje obtenido 99,50. Para su conocimiento y decisión. Muchas gracias.
Hola, buen día a todo el equipo y a las personas que nos están viendo por la señal. Quiero felicitar el proyecto. Sé que esta Junta de Vecinos, no quiero decir que ha estado abandonada, pero en su momento perdió su sede por albergar a algunas familias, y desde ahí se trabajó mucho para que se la pudieran nuevamente entregar. Creo que el proyecto es muy bonito y, lo mejor, es que se ha trabajado de la mano con ellos. La presidenta ha sido muy constante; a la SECPLAC, felicitar por su perseverancia. Obviamente, aprobar el proyecto, y qué bueno que se esté presentando el día de hoy. Gracias, señor alcalde.
Buenos días a todos los que nos siguen por la señal vía streaming. Mi consulta es para nuestro director: si nos puede hacer un breve relato de la trayectoria de la empresa y cómo ha cumplido en este tiempo.
Gracias, concejal. El contratista Servicios Guzmán participa con nosotros hace aproximadamente dos años. Se ha adjudicado obras de carácter medio, principalmente en espacios públicos y equipamientos. Hace un par de semanas obtuvo la recepción de la sede Ginés de Suárez, que ejecutó sin contratiempos ni observaciones durante la ejecución. Hoy se encuentra ejecutando un espacio público en la población Manuel Rodríguez y esta sería otra de las obras adjudicadas. No ha presentado inconvenientes mayores, salvo los propios de cualquier obra.
Muchas gracias, alcalde. Buenos días a los vecinos presentes, a los colegas y a quienes nos ven por las redes sociales. Esta es una instancia que hace un par de años veníamos exigiendo por la sede. Yo soy vecino del sector, a un costado, y también se ha pavimentado, alcalde; eso hay que reconocerlo. Se ha pavimentado en algunos sectores; todavía falta, pero corresponde reconocer y felicitar al equipo SECPLAC por lo que estamos haciendo hoy. Esta sede, con el esfuerzo y cariño de los vecinos, se ha mantenido y se han hecho actividades; ahora se va a demoler y entregaremos un edificio nuevo, lo que hay que destacar. Como mencioné en un consejo pasado, nos falta abordar la cancha; sería bueno comenzar con ese tema, entre otros pendientes. Muchas gracias, alcalde.
Bueno, señores concejales, a la propuesta del equipo SECPLAC se solicita que se pueda aprobar dicha propuesta. Aquellos que estén de acuerdo, por favor levantar la mano en señal de aprobación, de acuerdo a lo expuesto por el equipo. Se aprueba por unanimidad, con la ausencia de don Alberto Muñoz. Muchas gracias.
Gracias, colegas. Muy buenos días. Pasamos al punto 2.
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Solicitado por nuestro equipo de Asesoría Jurídica, pasamos a los puntos dos y tres de la tabla.
Muy buenos días, señor alcalde; buenos días, señoras y señores concejales; saludos a todos los presentes y a quienes nos siguen por las distintas plataformas de comunicación.
Efectivamente, alcalde, traemos dos puntos, ambos orientados a solicitar facultades para explorar la posibilidad de transigir en causas laborales. En primer término, nos referiremos a la causa laboral RIT-OS 151-2025, radicada en el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, caratulada González con Ilustre Municipalidad de Calama.
Con respecto a esta causa, señor alcalde, señoras y señores concejales, corresponde señalar que la ex funcionaria interpuso demanda indicando que prestó servicios desde el 4 de febrero de 2010 hasta el 12 de marzo del presente año. Es decir, se trata de un período ligeramente superior a 15 años de servicios a honorarios. Como ya es de conocimiento en estos concejos, los tribunales han reconocido la existencia de relación laboral cuando concurren elementos tales como horario, dependencia y sujeción a instrucciones.
La demandante solicita:
- El pago equivalente a cotizaciones previsionales, a razón de $801.280, desde febrero de 2010 a marzo de 2025.
- $801.820 por indemnización sustitutiva del aviso previo.
- $8.814.080 por concepto de 11 años de servicio.
- $4.407.040 por recargo del 50% sobre años de servicio, conforme al inciso primero del artículo 171 del Código del Trabajo.
- $7.211.520 por lucro cesante.
- Que las sumas demandadas se enteren a la actora con los incrementos que ordena el artículo 173 del Código del Trabajo, más las costas.
El total demandado asciende a $21.233.920.
Informamos que contestamos en tiempo y forma, interponiendo las excepciones pertinentes. La causa se llevó a audiencia preparatoria el 5 de agosto, ocasión en la cual el tribunal propuso el pago de la indemnización por años de servicio, con la base de cálculo planteada por la parte demandante, por la suma de $8.814.080. Esto implicaría reconocer únicamente el tope de 11 años de servicio, sin que quede establecida relación laboral alguna.
Desde Asesoría Jurídica sugerimos acceder a un acuerdo en esos términos, por cuanto sería la única suma a pagar: $8.814.080, sin reconocimiento de relación contractual laboral.
—A ver, según entiendo, la demanda es por $21 millones; transigiríamos por $8 millones y se extinguiría la deuda previsional.
—No la pagaríamos.
—Gracias, alcalde. Gracias, director. Entiendo que la recomendación jurídica sería cerrar el caso en este quantum, $8 millones, porque se arriesga a pagar $21 millones si se llega a juicio, incluida la cotización. Mi consulta es si la jurisprudencia considera que podríamos perder el juicio, ¿cierto?
—Sí, en este caso sí, porque la señora prestó servicios por 15 años a honorarios de manera continua.
—Eso era, señor alcalde.
—Gracias.
—Señor concejal, entonces, a propuesta de…
—Disculpe, concejal.
—Sí, adelante, adelante.
—Buenos días, alcalde. Saludar a todos a esta hora de la jornada.
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Esta funcionaria era a honorarios y trabajó en la BIDECO. Prestó servicios durante 15 años, desde febrero de 2010 hasta marzo de 2025. Ella presentó una acción de autodespido, señalando incumplimiento de las obligaciones por parte del empleador, y en base a ello demandó. No se trata de una tutela, sino de una causa ordinaria por despido indirecto y cobro de prestaciones.
Señor concejal, conforme a la propuesta del equipo jurídico, se solicita tomar el acuerdo para transigir en los términos señalados. Quienes estén de acuerdo, sírvanse levantar la mano. Aprobado unánimemente. ¿Alguna indicación, concejal? No. Gracias, alcalde. Gracias, concejales. La audiencia se encuentra fijada para el día miércoles, por lo que era apremiante adoptar este acuerdo.
Aprovechando, señor alcalde, señores concejales, traemos también a su conocimiento una causa que, si bien está fijada para diciembre, por razones de tiempo estimamos pertinente presentarla. Conforme a la instrucción del señor alcalde y el criterio de este Concejo, no individualizaremos a los funcionarios y funcionarias. Se trata igualmente de una causa ordinaria por despido indirecto y cobro de prestaciones, relativa a un ex vigilante que prestó servicios para el Municipio.
Hay una situación particular: tal como lo señaló en su momento el concejal Maldonado, no es una causa de tutela, sino un juicio ordinario por despido indirecto. El trabajador prestó servicios desde 2019 hasta 2025 en calidad de vigilante privado. Estuvo con licencia médica durante 2022, 2023, 2024 y 2025, es decir, cuatro años. En su oportunidad, al no presentarse a sus funciones, se instruyó lo dispuesto por la ley: un sumario breve, en el cual se constató que no tenía justificación respecto de su ausencia. En atención a ello, la fiscal sumariante sugirió la destitución, aplicando, obviamente, el Código del Trabajo.
Sin perjuicio de lo anterior, el trabajador igualmente demandó. La Municipalidad contestó en tiempo y forma, negando los hechos expuestos, por no guardar relación con la realidad a juicio de esta Asesoría Jurídica. El tribunal laboral acogió la demanda a tramitación y se llevó a cabo la audiencia preparatoria, en la cual nos encontramos con el problema de que los abogados del actor no comparecieron. Entendemos que hubo un conflicto entre el patrocinante y sus abogados. En consecuencia, el tribunal confirió traslado y los apremió por dejar sin defensa al demandante. Pese a ello, la audiencia se realizó, y el actor quedó sin prueba; por su parte, la Municipalidad incorporó todos sus medios probatorios para la audiencia de juicio.
Aun así, se celebró audiencia el 9 de julio, y S.S. citó a las partes a conciliación, señalando lo siguiente: “Atendido a que la parte demandante no se...”
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Asesor jurídico: Se realizó la audiencia preparatoria, en la cual la parte demandante quedó sin medios probatorios. En esa instancia, el tribunal propuso como base de conciliación el pago del 50% de la indemnización por años de servicio. Por ello lo ponemos en conocimiento de ustedes. La sugerencia de esta asesoría jurídica es no llegar a acuerdo, porque estimamos que hay altas posibilidades de que el tribunal acoja nuestra defensa. Con el debido respeto al demandante, no vemos forma de arribar a un acuerdo considerando que contamos con pruebas suficientes para un resultado favorable a la Municipalidad. Más aún, existe un sumario en que el trabajador fue sancionado y, además, estuvo con licencia por más de tres años. Hay otras situaciones particulares, pero no corresponde detallarlas en esta instancia por estar en juicio y para mantener nuestra teoría del caso. Eso es, alcalde; señoras y señores concejales. Quedo atento a consultas o sugerencias. Nosotros solo podemos proponer.
Concejal: Asesor, disculpe. ¿Podría surgir otra instancia de conciliación? Entendiendo que va a tener otra representación, tiene que cambiar de abogado y ahora se iniciaría el juicio.
Asesor jurídico: Concejal Ricardo Campusano, la conciliación puede alcanzarse incluso hasta antes de dictarse sentencia; siempre existe esa posibilidad. El tribunal fijó audiencia de juicio para el día 7 de enero de 2026, a las 10:00 horas. En esa audiencia incorporaremos nuestros medios de prueba y, posteriormente, se dictará sentencia. Conforme a la teoría del caso que hemos esgrimido, estimamos que el resultado sería favorable al municipio. Reitero: se puede llegar a conciliación hasta el mismo día en que se dicte la sentencia.
Concejal: Asesor, esas bases de acuerdo que plantean un 50%, ¿a cuánto equivalen en dinero?
Asesor jurídico: Le indico de inmediato, concejal. Por concepto de indemnización por años de servicio, el actor pide 5.376.035; el 50% de ello sería aproximadamente 2.700.000. En total, las pretensiones son: 1.057.000 por concepto de indemnización; 5.376.035 por indemnización por años de servicio; 1.874.000 por bono de riesgo y responsabilidad; 4.300.828 por recargo legal del 80% sobre años de servicio; 233.932 por descuento realizado en enero de 2025 (mes en que no se presentó a trabajar); 501.788 por 13 días trabajados en febrero de 2025; 64.870 por feriado proporcional; además de los montos mayores o menores que se determinen, reajustes, intereses y costas de la causa. Esto arroja un total de 13.427.360, más reajustes e intereses. Dentro de esa cifra, la propuesta del tribunal se circunscribe al 50% de los años de servicio, es decir, aproximadamente 2.700.000.
Concejal: Gracias, alcalde. La primera pregunta ya la realizó el colega Martín. Solo para contextualizar a las y los colegas nuevos: el tema de los señores vigilantes de la Ilustre Municipalidad de Calama, si bien arrastraba asuntos pendientes desde hace años, desde 2021 en adelante se judicializaron varios casos (tutelas, autodespidos), y el propio tribunal obligó a esta Municipalidad a regularizar condiciones laborales, horarios, turnos y hasta aspectos tan básicos como el uniforme que deben utilizar los vigilantes. De forma paralela, también ha habido situaciones que sigo indagando, en mi calidad de concejal, respecto de la normativa aplicable.
25:00
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