El proyecto en discusión es de artículo único, con tres numerales, que modifica la Ley N° 21.368, que regula la entrega de plásticos de un solo uso y las botellas plásticas, y modifica los cuerpos legales que indica, con el objeto de entregar una mayor certeza jurídica respecto del tratamiento de aquellos productos de un solo uso elaborados con materiales reciclables o reutilizables, a fin de exceptuarlos de la prohibición establecida en el artículo tercero de ese cuerpo legal, consistente en la no entrega de productos de un solo uso para el consumo dentro de establecimientos comerciales. Este proyecto no contiene normas de quórum especial, no tiene urgencia y se originó en la Cámara de Diputados mediante una moción de la diputada señora Sara Concha y de los diputados señores Eduardo Cornejo, José Carlos Meza y Hugo Rey. Se encuentran conectados vía Zoom, a solicitud de audiencia, representantes de la Cámara de Comercio de Santiago: su Presidenta, señora María Teresa Vial; la abogada legislativa de Asuntos Públicos y Comunicaciones, señora Ivonne Yáñez; y el subgerente de Asuntos Públicos, señor Sebastián Sotelo. Tiene la palabra el senador Galilea y, posteriormente, la Presidenta de la Cámara de Comercio de Santiago.
Tal como ha señalado la secretaria de la comisión, este proyecto proviene de una moción parlamentaria de un grupo transversal de diputadas y diputados, y se hace cargo, en la misma línea, de una iniciativa que habíamos presentado en el Senado, también de manera transversal: la senadora Vodanovic, usted misma, Presidenta, el senador Coloma, yo, entre otros. Se trata de corregir algo que, nos parece, pasó inadvertido en la ley de prohibición de plásticos de un solo uso y botellas plásticas, pues su aplicación terminó extendiéndose, en la práctica, a cualquier producto de un solo uso. Así, por ejemplo, artículos que usamos cotidianamente en el Senado, como los cubiertos de madera —biodegradables, certificados y que se degradan completamente en alrededor de 90 días—, quedaron comprendidos sin que tenga sentido aplicarles esa prohibición. En la Cámara de Diputados se presentó una indicación en el mismo sentido y fue aprobada por una amplísima mayoría. Todos entendemos el esfuerzo país respecto de los plásticos, pero también debe existir la posibilidad de usar ciertos artículos de un solo uso que sean efectivamente biodegradables. Ese es el objetivo del proyecto que viene de la Cámara y que compartimos plenamente; es consistente con lo que en el Senado se había planteado. Por lo tanto, soy partidario de aprobarlo, Presidenta. Muchas gracias.
Gracias, Senador. Tiene la palabra la Presidenta.
Muy buenos días. Seré muy breve para no quitar más tiempo. La modificación en discusión me parece pertinente, pues otorga una solución razonable para elementos de uso temporal —por ejemplo, en ferias y eventos— que, siendo biodegradables, no debieran quedar alcanzados por la prohibición general. Quisiera aportar un ejemplo: una empresa del rubro de alimentos, con alrededor de 800 establecimientos a nivel nacional, nos ha planteado las dificultades operativas que enfrentan con la normativa vigente y los esfuerzos que están realizando para adecuarse, migrando a materiales y formatos biodegradables. Este ajuste normativo facilitará esa transición sin desnaturalizar el objetivo de reducción de plásticos. Muchas gracias.
Gracias, senadora. Hacemos pasar a la subsecretaria y a sus asesores. Estuvo muy bonito ayer; felicitaciones, lo vi en El Mercurio hoy. Entonces, se va a hacer una costumbre premiar a alguna cantante de ahora en adelante. Muy bien. Que esté bien. ¿Cómo está, subsecretaria? ¿Cómo están?
Señora Secretaria, sí, ahí las van a poner. La idea es escuchar hoy y, de ser posible, votar, salvo que ustedes tuvieran muchas dudas y haya que hacer arreglos. Pero la idea es poder votar.
Presidenta, el segundo proyecto en tabla es un proyecto que se encuentra en segundo trámite constitucional y modifica la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
...y a sus cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito. Respecto de este proyecto, a la Comisión de Hacienda le corresponde pronunciarse únicamente sobre las normas de su competencia. Es un proyecto recibido desde la Comisión de Seguridad Pública, que emitió un segundo informe; el primero lo evacuaron las Comisiones unidas de Gobierno y Seguridad Pública. Si les parece, colegas, damos la palabra a la subsecretaria. Disculpen: este proyecto fue calificado ayer con urgencia de discusión inmediata. Sí, así lo conversamos con el Ejecutivo y así lo acordamos para poder verlo en esta sesión, a petición de la subsecretaria y de la ministra SEGPRES. Subsecretaria.
Muchas gracias, Presidenta, y gracias a la Comisión. Primero, agradecer que se haya puesto en discusión rápidamente este proyecto. Excusar al ministro Luis Cordero, quien esta mañana se encuentra en la promulgación de la ley que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de las Víctimas; de lo contrario, me habría acompañado en esta presentación. Traje una presentación bastante completa y extensa, pero haré un resumen y, si es necesario profundizar en algún punto, con gusto ahondaré en él.
Como contexto y antecedentes, la participación de los municipios en materia de seguridad ha crecido de manera sostenida. Desde 2016, con la creación de los Consejos Comunales de Seguridad y otras instancias, los municipios comenzaron a desarrollar diversas iniciativas en seguridad. Sin embargo, ese desarrollo no fue acompañado por un marco legal que respaldara adecuadamente lo que estaban haciendo, generándose situaciones sometidas a interpretación de la Contraloría e incluso a controversias de carácter legal.
En el marco del denominado Fast Track de Seguridad o Agenda Legislativa, donde se priorizaron estas materias, el Gobierno definió que era necesario fortalecer el rol de los municipios. Este proyecto se centra en reforzar su función preventiva en seguridad, poniendo especial énfasis en que no crea policías municipales; más bien reconoce lo que los municipios ya realizan, les otorga facultades y les provee un marco jurídico moderno, coherente y seguro para el desarrollo de esas actividades.
Entre los elementos que justifican la iniciativa están: la dispersión normativa existente en materia de seguridad municipal; el crecimiento de las funciones municipales en esta área; la falta de claridad sobre el alcance de las tareas de los inspectores municipales que realizan labores vinculadas a la seguridad; y la situación del personal contratado a través de asociaciones municipales de seguridad, que hoy ve limitado su actuar y sus facultades. También se advierte la necesidad de modernizar normas que han resultado insuficientes para dotar a los municipios de mayor operatividad y eficacia en la prevención del delito. Asimismo, se establece la autorización, control y fiscalización del patrullaje mixto que hoy realiza Carabineros —los conocidos S-14— junto a la seguridad municipal, el cual actualmente se implementa mediante convenios y que, con este proyecto, se reconoce legalmente, contemplando facultades coadyuvantes con las policías y otras de carácter autónomo para los funcionarios municipales.
En cuanto a los avances desde 2021 en seguridad municipal, de acuerdo con encuestas periódicas de la Subsecretaría a los municipios sobre sus capacidades, se observa un aumento significativo de personal de seguridad y de recursos: incrementos superiores al 100% en dotación, y alzas importantes —del orden de 85% a 200%— en cámaras, inspectores, vehículos y otros equipamientos, lo que se ha traducido en una mayor presencia en las calles y en el trabajo que desarrollan los municipios.
La estrategia nacional de seguridad pública, el plan nacional de seguridad pública, el plan Seguridad para Todos y el Acuerdo Nacional por la Seguridad Pública —el último en el gobierno del Presidente Sebastián Piñera— fueron implementando diversas normativas que, si bien dotaron de mayores capacidades, dejaron rezagadas regulaciones que era importante abordar. En ese sentido, la Subsecretaría convocó una serie de reuniones para dialogar con asociaciones municipales, parlamentarios, expertos y las propias municipalidades, así como con directores de seguridad. Se revisaron, entre otros, la relación con Carabineros, los ministerios asociados, el mundo social y las asociaciones de funcionarios. Parte del Compromiso Transversal por la Seguridad se suscribió entre el Gobierno, la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM), la AMUCH y la AMUR, en octubre de 2022, incorporando este proyecto entre las prioridades del mundo municipal. En 2023 se incluyó en el fast track legislativo.
Se levantó una mesa de trabajo con un desarrollo prolongado, dado que el proyecto aborda múltiples situaciones y capacidades de los municipios en esta materia. Fue aprobado de manera unánime en la Cámara de Diputados; luego llegó al Senado, donde pasó por una comisión conjunta de Seguridad y Gobierno Interior, para posteriormente radicarse en la Comisión de Seguridad a fin de revisar las indicaciones. Lo aprobado por la comisión la semana pasada da cuenta de ese trabajo.
¿Cuáles son los objetivos del proyecto? Reconocer expresamente el rol preventivo de los municipios en materia de seguridad; institucionalizar el cargo de inspector o inspectora de seguridad pública comunal; regular la figura de los inspectores estableciendo requisitos, funciones, atribuciones, prohibiciones, controles y capacitaciones; proteger a los funcionarios que se desempeñan en seguridad frente a riesgos y amenazas operativas; establecer mecanismos formales de colaboración entre los municipios, el Ministerio Público, las Fuerzas de Orden y los gobiernos regionales; normar el uso de tecnologías de prevención —cámaras, drones y sistemas de televigilancia— asegurando el respeto a la privacidad y la protección de datos personales; regular las labores coadyuvantes de las policías con protocolos definidos en ámbitos como patrullaje mixto, apoyo a víctimas y control de medidas de protección en violencia intrafamiliar; y crear registros y sistemas de información comunal para fortalecer la gestión y evaluación de los planes comunales de seguridad pública.
En esta nueva institucionalidad se consideran, entre otros aspectos, la actualización de los planes comunales y la integración de los consejos comunales. Asimismo, se habilitan nuevas formas de contratación: se permite que los municipios contraten personal vía Código del Trabajo, se regula la contratación por asociaciones municipales de seguridad para funciones preventivas y, previa autorización de Carabineros, para labores coadyuvantes. Se crea por ley la figura del inspector de seguridad municipal y se establece un régimen jurídico para sus funciones, con requisitos, inhabilidades y capacitaciones. Se regulan labores preventivas autónomas (sin Carabineros) y coadyuvantes (con Carabineros).
Por ejemplo, en materias de tránsito, se establece que los inspectores de seguridad pueden desarrollar acciones hasta que llegue Carabineros, considerando que, por su cercanía y presencia territorial, los funcionarios municipales de seguridad suelen arribar antes que las policías, lo que a su vez libera a Carabineros para atender procedimientos de mayor gravedad. Entre las funciones preventivas autónomas se incluyen el trabajo con la comunidad, el patrullaje, la detención en flagrancia, labores de inspección y fiscalización, incautación de especies, medidas de seguridad en emergencias, televigilancia, requerimiento de identidad, dirección del tránsito, auxilio a víctimas y colaboración en rescate animal. Las funciones coadyuvantes, que deben realizarse con Carabineros, comprenden patrullajes mixtos y la colaboración en el control de medidas de protección de víctimas de violencia intrafamiliar, entre otras.
Violencia intrafamiliar; colaboración en el control de medidas cautelares personales y medidas accesorias en ese contexto; control de alcohol y drogas en la vía pública; y colaboración en controles de identidad. El funcionario puede efectuar requerimiento de identidad —esto es, solicitar la cédula de identidad—, pero no realizar un control de identidad, facultad exclusiva de Carabineros. En cuanto a las labores de seguridad municipal, se regula la coordinación de las municipalidades con Carabineros, estableciendo requisitos mínimos para los convenios entre ambas instituciones. El Ministerio de Seguridad dictará un reglamento para regular la intervención del personal de seguridad municipal en su labor coadyuvante y la actuación de los inspectores de seguridad. Se regula el ejercicio de la facultad de detener en flagrancia y se habilita el desplazamiento entre comunas, demanda reiterada cuando, por ejemplo, se sigue a un vehículo sospechoso tras un delito flagrante: antes el vehículo municipal solo podía llegar hasta el límite de su comuna; en caso de detención en flagrancia, ahora podrá traspasar los límites comunales. Se regulan capacitaciones coordinadas por la Subsecretaría con Carabineros, las municipalidades y otras instituciones.
Asimismo, se establece la posibilidad de contar con elementos de protección. Esto fue objeto de debate respecto de si los municipios podían adquirir dichos elementos: un dictamen de la Contraloría inicialmente lo negó y luego lo autorizó; por ello hoy se explicita, y el reglamento determinará qué elementos podrán usar los inspectores, las condiciones para su uso, la capacitación, el entrenamiento continuo y los requisitos de calidad, certificación y actualización. A título ejemplar, se mencionan cascos, chalecos antibalas, chalecos anticorte, lentes de protección, esposas o bastones retráctiles. Los únicos elementos regulados en la Ley de Control de Armas que podrían autorizarse por reglamento serán los de efecto lacrimógeno elaborados sobre la base de productos naturales, como el gas pimienta, y elementos de pulsación eléctrica. La Subsecretaría deberá proveer, con cargo a los recursos asignados al programa establecido en el proyecto de ley, financiamiento para elementos defensivos de protección personal para los inspectores que cumplan funciones coadyuvantes, en caso de que las municipalidades no cuenten con recursos para ello.
Para los municipios, la relevancia radica en otorgar certeza jurídica; fortalecer la coordinación entre los municipios y el Estado central para evitar superposición de funciones; crear estándares comunes de formación, propiedad y control del personal de seguridad municipal; facilitar el acceso a recursos regionales y estatales mediante convenios formales y diagnósticos técnicos; y modernizar la gestión local en seguridad incorporando tecnología.
Respecto del informe financiero, el del 24 de mayo de 2023 contempla incurrir en nuevos gastos fiscales para desarrollar, primero, una plataforma interconectada que permita disponer y visualizar datos e información del Banco Unificado de Datos y del Sistema Táctico de Operación Policial, así como del nuevo Registro de Seguridad Comunal de cada municipio, con un costo de 200 millones de pesos. Se considera que las demás disposiciones son de cargo de las municipalidades, atendida su autonomía, con mayores recursos de vía directa —como el Royalty, por ejemplo— e indirecta, como los recursos de la SUBDERE y de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Este informe, relativo al primer paquete de indicaciones, no refleja incidencia sobre el presupuesto fiscal.
El informe financiero número 71, de 26 de marzo de 2024, relativo al segundo paquete de indicaciones, señala que se estiman 5.100 millones de pesos adicionales de gasto fiscal por un periodo de tres años a contar de 2025, destinados a facilitar la compra de elementos de protección y defensa para los inspectores de seguridad municipal y para el personal contratado vía asociaciones municipales. Por lo tanto, la cifra total asciende a 5.300 millones de pesos, sumando los 5.100 millones mencionados y los 200 millones de la plataforma.
Finalmente, y a propósito de las dudas planteadas públicamente y de la preocupación de los señores senadores respecto del financiamiento, cabe señalar que este proyecto se originó antes del compromiso del Gobierno para incorporar en la Ley de Royalty recursos frescos a los municipios —esto es, nuevos, no detraídos del Fondo Común Municipal— para gasto en materia de seguridad. De hecho, muchos municipios ya están invirtiendo; otros esperan la ley para efectuar contrataciones con cargo a estos recursos a fin de incorporar personal de seguridad. Asimismo, en el marco del financiamiento municipal, la Subsecretaría de Prevención del Delito ha aumentado los recursos y se crea el Sistema Nacional de Seguridad Municipal, mediante el cual se entregan recursos a los municipios a través de distintos programas.
Programas como Somos Barrios, Somos Barrio Comercial, Calle Segura y también el Sistema Nacional, junto con las inversiones de la Subsecretaría de Prevención del Delito, han permitido que cada vez que ha habido un programa o plan se entreguen recursos adicionales en esta materia; por ejemplo, el plan Calles sin Violencia y otros, donde se asignaron recursos adicionales a los municipios. En el ámbito del financiamiento municipal, a través del área de innovación —el programa CITIA, por ejemplo, que hemos desarrollado en la Subsecretaría— hemos incorporado, con costo de la propia Subsecretaría, la integración de cámaras de televigilancia al programa CITIA, con cargo a sus fondos. Asimismo, se han impulsado plataformas de inteligencia artificial para seguridad pública, como el patrullaje preventivo inteligente, y un gestor de evidencias digitales. Es decir, la Subsecretaría de Prevención del Delito, con su presupuesto, ha ido financiando programas en beneficio de los municipios —el programa de cámaras, entre otros— para apoyar su trabajo en materia de seguridad municipal. De hecho, en el proyecto de Presupuestos hoy en discusión también vienen recursos para la mantención de cámaras de televigilancia y otros ítems que apoyan a los municipios en esta labor.
En cuanto a los componentes y a la distribución de los fondos de la Red Nacional de Seguridad Pública, están explicados en detalle, pero prefiero, a partir de sus preguntas, ir profundizando. Esto es específicamente respecto del Sistema Nacional de Seguridad Municipal. Este sistema se definió cuando se eliminó la concursabilidad para que los municipios accedieran a recursos de seguridad. ¿Cómo se distribuyen esos recursos? No de manera igualitaria, sino equitativa, porque las realidades municipales son distintas —sus fuentes de financiamiento, población, etcétera—. Se aseguró que los 345 municipios de Chile tuvieran acceso a recursos mediante un fondo con tres componentes:
1) Un componente de continuidad y asistencia técnica, para trabajar y asesorar especialmente a los municipios más pequeños, rurales o con menores capacidades técnicas, de modo que puedan presentar proyectos de seguridad.
2) Un componente de mantención de tramos de inversión. Existen comunas clasificadas como Urgente 1, Urgente 2 y Urgente 3. Todas las comunas urgentes reciben recursos todos los años; la diferencia entre 1, 2 y 3 es el monto que perciben anualmente (las Urgente 1 reciben más; las Urgente 3, menos). Son 40 comunas por cada grupo. Luego están las Rotativas —Rotativa 1 y Rotativa 2—, que reciben recursos año por medio, y la categoría (1 o 2) define el monto asignado.
3) Un componente concursable para financiar una iniciativa innovadora. Acabamos de lanzar esa convocatoria y, si no me equivoco, hoy cierra el concurso de este año. La idea es que los municipios presenten iniciativas innovadoras que financiamos para generar buenas prácticas replicables. Por ejemplo, el año pasado lo ganó la comuna de Renca, que desarrolló un programa de mediación vecinal. Los insumos de esos proyectos se incorporan luego a nuestro banco de proyectos de iniciativas comunales, para que los municipios puedan replicarlos con presupuesto propio o postulando a otros fondos.
Senador.— Una pregunta básica: ¿el IBS, la traducción en castellano?
Respuesta.— El Índice de Vulnerabilidad Sociodelictual, que es el ranking establecido por decreto supremo —tomado razón por la Contraloría— con el cual se define la priorización de municipios, de modo que no dependa de decisiones arbitrarias de la autoridad de turno, sino de un ranking objetivo. Este índice considera varias variables; las principales son: un 50% corresponde a la cifra de delitos y victimización en la comuna, y el resto se relaciona con la población, entre otros factores.
Con componentes más bien de características territoriales de las comunas, etcétera, pero el 50% del índice de vulnerabilidad está sustentado sobre la base de los índices de victimización. Gracias. ¿Alguna otra pregunta, colegas?
A ver, yo sé que la subsecretaria señaló en la presentación lo que este proyecto, de acuerdo con los informes financieros, cuesta al Estado central, con los dos informes financieros que hay, perdón, los tres, pero hay uno que no tiene costo. Y en las reuniones que hemos tenido, subsecretaria, con las asociaciones de municipalidades —nos hemos juntado con las tres, por lo tanto hemos estado con todos—, este ha sido un tema crítico. Ellas sostienen que las obligaciones que les impone esta ley no son financiadas. Entonces, a mí me preocupa, porque este es un tema recurrente. Yo fui intendenta cuando teníamos intendencia y veíamos que se legislaba —Ejecutivo o Parlamento— con nuevas ideas, muy buenas por cierto, pero que no iban con el correlato de los recursos para que ellos pudieran implementar las obligaciones que se les imponían.
Recuerdo que en esa época había una gran discusión con el tema de pavimentación de las calles, que traspasó a los municipios el deber de —y usted lo sabe porque era alcaldesa, o fue después alcaldesa— mantenerlas. No, no siempre ha sido alcaldesa. Ella trabajó en el municipio de Peñalolén y luego fue alcaldesa de Peñalolén. Pero estaba cuando hicimos esa discusión, de hecho, y su antecesor reclamaba con justa razón, igual que todos los alcaldes, por esa obligación.
Entonces, ahora nuevamente estamos legislando; les estamos imponiendo una obligación a los municipios, y ellos señalaban, con cifras, que si el aporte central por municipio era X, la verdad es que ese monto no era ni siquiera cercano a la obligación que se les estaba imponiendo. Nosotros estamos discutiendo el Presupuesto de la Nación en estos días; el 17, de hecho, lo va a votar la Cámara de Diputados después de las elecciones, y luego volver al Senado. Y uno de los grandes temas es que, lamentablemente, no tenemos transparencia desde el punto de vista de las obligaciones nuevas en los compromisos que se adquieren con legislaciones que están en trámite. Este es uno de ellos.
Entonces, claro, efectivamente hay “sobre la línea”, para ocupar los términos que están de moda estos días, una cantidad X de dinero, que está estipulada en los informes financieros; pero “bajo la línea”, y no transparentadas, están las obligaciones de los municipios. ¿Y qué es lo que nos dice el Ejecutivo? “No, pero eso se financia con el royalty”. Es que el problema es que el royalty tiene límites, no les llega a todos y tiene, además, otros usos que quisieran darle los alcaldes, porque —recordemos— el royalty tenía un sentido que era todo el tema de innovación y desarrollo. Bueno, no vamos a hacer la discusión acá de esto.
Entonces, este es un primer punto que para nosotros es súper relevante, porque cada uno de nosotros representa, al final, a territorios, y esos territorios tienen jefes comunales, y esos jefes comunales tienen que poner la cara por los vecinos y vecinas. Entonces me gustaría una primera aproximación respecto de aquello, subsecretaria.
¿Quiere agregar algo más o escuchamos a la subsecretaria?
Es bien complementario respecto de lo que señalaba la presidenta, porque efectivamente esta es una demanda muy sentida. Yo creo que a usted le toca hoy día ponerse al otro lado del mesón en un gremio que ha integrado durante muchos años y que comparte la inquietud de que cada vez son más requeridos los alcaldes respecto de las labores en materia de seguridad. Acá lo que se está haciendo es dar el marco —y, para entenderlo, el marco institucional— para cosas que hoy día incluso han sido cuestionadas por la Contraloría respecto de cómo se contrata a los funcionarios, cómo se estructuran los departamentos de seguridad. Desde esa perspectiva, este es un anhelo importante para que los alcaldes tengan un marco regulatorio jurídico para poder hacer las contrataciones sin tener problemas, porque, de hecho, yo he visto que, desde que se han creado organizaciones intermunicipales —estas famosas corporaciones—, se han generado, a través de distintas ideas o formas, y creativas en algunos casos, mecanismos para contratar, y esto viene a solucionar ese problema.
A mí me encantaría que los alcaldes no tuvieran nada que ver con el tema de la seguridad; lo digo porque significaría que Carabineros, que la seguridad estructural del Estado del país, está atendiendo las necesidades en esta materia. Pero esto es una demanda ciudadana que los alcaldes han tenido.
Sobre la obligación de atender, hago un matiz respecto de lo que señala la Presidenta: esto no es entregar nuevas obligaciones a los alcaldes —salvo que yo lo haya entendido mal—, sino entregarles la posibilidad, nuevas facultades, para que, en el marco de aquellos alcaldes que sean requeridos para hacerlo —yo diría que es un requerimiento mayoritario en el país—, puedan actuar. Pero no es obligación que lo hagan. Aquí no se está obligando a que los alcaldes estructuren sus departamentos de seguridad.
Desde esa perspectiva, cuando uno hace la diferencia, y esto ocurre a propósito de cómo se financian los municipios en Chile y de cómo está estructurado el Fondo Común Municipal, hay municipios que reciben más recursos. Es cosa de mirar cómo los departamentos de seguridad municipal del sector oriente de Santiago, por ejemplo, funcionan de manera impecable porque tienen vehículos, tecnología, recursos, presupuestos; y municipios de sectores que no reciben esos recursos, obviamente, no tienen ninguna posibilidad de competir, entre comillas, en esas ligas. Ahí es donde el Estado tiene que ver de qué manera se compensa con más Carabineros y con mayores aportes en lo que es la labor fundamental del Estado en el resguardo de la seguridad.
Creo que esto es un avance importante desde la lógica de cómo se estructura la cuestión más jurídica, más reglamentaria, para no tener problemas con la Contraloría y para que los alcaldes lo puedan hacer. Me parece interesante el avance que se hizo también en la discusión sobre la protección de los guardias y los implementos que pueden usar; se registraron avances importantes. Pero comparto la preocupación —y esto nos pasa cada vez que se discute financiamiento municipal— de la Presidenta: que acá, sin ser nuevas obligaciones, porque son facultativas para los alcaldes, al final del día, el alcalde que no lo hace es un alcalde que en tres años más probablemente no gana la reelección, porque este es un tema muy relevante para la ciudadanía hoy. La demanda por seguridad es la primera demanda ciudadana en nuestro país, así que es parte importante de lo que los alcaldes van a tener que hacer de todas maneras.
Gracias, senador. Quiero agregar una cosa, subsecretario. Usted ocupó un término —no lo retuve bien—, pero habló de tres categorías de municipios. El Índice de Vulnerabilidad Socio-Delictual categoriza a los municipios en un ranking del 1 al 345, y con eso se hace la definición de urgente 1, urgente 2, urgente 3, rotativa 1, rotativa 2, que es la que determina cómo se distribuyen los recursos y en cuánto tiempo.
Exacto. Y ahí nos está pasando —y esto uno lo recoge en el terreno, no sé si a mis colegas les pasa lo mismo— algo que ocurría antiguamente con el famoso Plan Cuadrante: se establecía, un municipio lograba tener un plan cuadrante, y lo que pasaba era que, claro, mejoraba ese municipio, pero empeoraba el del lado, porque el crimen se desplazaba. Mi temor es que, cuando hacemos esto —que entiendo desde el punto de vista de la urgencia y de cómo abordar el tema de seguridad—, terminamos desplazando el delito, y el municipio que no está categorizado en el nivel prioritario o de urgencia termina afectando al del lado.
Sí, Presidenta. Miren, dos cosas que son bien importantes. La primera es que este proyecto, en ninguna parte —y así lo procuramos—, impone una obligación a los municipios a hacer algo para lo cual no tengan financiamiento. Lo que sí impone son obligaciones de tipo administrativas: por ejemplo, cómo contratar un director de seguridad municipal, qué requisitos tiene que tener. Todas las obligaciones más bien son desde el punto de vista de cómo hacer el trabajo, pero en ningún caso están vinculadas a que el municipio tenga que contar, por ejemplo, con inspectores municipales de seguridad. En toda la ley, si usted la revisa completamente, siempre es facultativo; siempre dice “podrá”, también en los ámbitos de televigilancia. De hecho, hubo algunas ideas de imponer obligaciones, y nosotros nos opusimos justamente a ello, porque entendíamos que hay un compromiso de hace mucho tiempo —y, además, un compromiso transversal de muchos parlamentarios y de una bancada municipal en su minuto— de que no iban a salir proyectos que impusieran obligaciones a los municipios sin financiamiento. Por lo tanto, procuramos en toda la ley establecerlo de esa manera.
Ahora, lo que he señalado es que, independiente de que esta ley no obligue a nada, como decía el senador Macaya, los municipios igualmente lo están haciendo. Hoy están gastando en seguridad, además sin resguardo, sin respaldo legal, que es lo más complejo.
Desde que se presentó esta ley, lo que ha ocurrido es que se ha buscado nivelar el financiamiento. En relación con el Sistema Nacional de Seguridad Municipal, éste busca potenciar las capacidades de seguridad de todos los municipios de Chile para, si bien es imposible evitar completamente ciertas diferencias, al menos mitigar y compensar, generando mayor equidad territorial. La idea es que las capacidades de los municipios para enfrentar los temas de seguridad no dependan exclusivamente de su estructura de financiamiento propia, de sus ingresos, sino que puedan ser compensadas con estos recursos.
El Sistema Nacional de Seguridad Municipal es además un indicador de la capacidad de los municipios para ejecutar los recursos. Y aquí quiero ser bien claro: cuando llegué a la Subsecretaría y empezamos a revisar, la Contraloría nos estableció una obligación que antes era un poco menos estricta: uno transfiere recursos a los municipios a través de convenios y, en ese minuto, para nosotros el gasto se entiende ejecutado. Pero otra cosa es que el municipio licite el proyecto, gaste efectivamente los fondos y rinda. Lo que hemos estado haciendo es incentivar a los municipios para que se gasten los recursos.
También ocurre que no existe una capacidad ilimitada para transferir recursos a los municipios. Si asignáramos mucho más, la capacidad de gasto, desde el punto de vista técnico de las licitaciones, entre otros, igual es acotada. Por eso, lo que debe seguir ocurriendo, en la práctica, es que los municipios vayan adquiriendo mayores capacidades y, por supuesto, ir potenciando estos recursos que, a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito, se van entregando, asegurando además que el gasto se realice.
Primero, garantizamos la pertinencia: que el proyecto que la municipalidad proponga sea coherente con fines de seguridad. El abanico es amplio: prevención social, situacional y comunitaria; proyectos sobre violencia intrafamiliar; intervenciones situacionales. No todo es guardias. En municipios pequeños de regiones, muchas veces las prioridades en seguridad son otras; por ejemplo, la violencia intrafamiliar es un elemento que marca la diferencia. En zonas rurales, un estudio reciente muestra que la violencia intrafamiliar es mucho más incidente que otros delitos más complejos en las ciudades.
Por lo tanto, que el municipio decida en qué usar los recursos —y que efectivamente los ejecute— es clave. Hoy estamos presionando para que rindan los recursos de años anteriores y así poder transferir los nuevos. Aunque pusiéramos muchos más recursos al fondo, la capacidad de gasto municipal es limitada por la dotación de funcionarios, los procesos de licitación y otros factores. Hemos hecho ese esfuerzo, pero no hay una obligación de gasto. Evitar el desplazamiento del delito tiene que ver precisamente con potenciar a todos los municipios de la misma manera, generando la posibilidad de que todos accedan a estos recursos y desarrollen iniciativas de seguridad, independientemente de los recursos propios con que cuenten. Para eso, la Subsecretaría cuenta hoy con personal que apoya técnicamente a los municipios para desarrollar iniciativas pertinentes a sus realidades.
Gracias, subsecretario. Senador Lagos.
Siempre, señor Presidente. A los subsecretarios, a usted también, muchas gracias. Estoy, en paralelo, en un seminario sobre zonas costeras que he organizado. ¿Se puede abrir la votación o todavía no estamos en condiciones de votar este proyecto?
Estamos empezando a conversar sobre el proyecto.
¿La avisamos?
Sí, por favor.
Solo quiero señalar lo siguiente: entiendo que este proyecto no impone obligaciones a los municipios; sin embargo, desde el punto de vista del derecho público, las instituciones públicas no pueden adoptar decisiones si no están expresamente autorizadas por la ley. Lo que se hace aquí es generar un marco jurídico que se hace cargo del rol que pueden jugar los municipios, en lo local, en materia de seguridad, en particular de prevención, otorgándoles un marco normativo que ampare lo que algunos pretenden hacer de manera voluntaria, en la medida en que cuenten con recursos disponibles. Eso es lo que yo entiendo.