1.- Bol.N° 16553-12 Recibir a la Ministra de Medio Ambiente, señora Maisa Rojas, quien expondrá el contenido de las indicaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fortalece y mejora la eficacia de la fiscalización y el cumplimiento de la regulación ambiental a cargo de la Superintendencia del Medio Ambiente y regla otras materias que indica.
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Buenas tardes. Todavía no podemos iniciar formalmente la sesión porque falta un senador para alcanzar el quórum mínimo. Por tanto, no vamos a abrir la sesión formal, pero sí comenzaremos a funcionar en comité. Saludamos a la Ministra, a la Superintendenta, a sus equipos, al Senador Gaona y a todas y todos quienes integran la Comisión de Medio Ambiente.
Hoy día tenemos en tabla recibir a la Ministra, quien expondrá el contenido de las indicaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto de ley, en segundo trámite, que fortalece y mejora la eficacia de la fiscalización y el cumplimiento de la regulación ambiental a cargo de la Superintendencia del Medio Ambiente, y regula otras materias, Boletín N° 16.553-12.
Antes de comenzar, por falta de quórum no podemos adoptar acuerdos. No hay Cuenta. Podemos, eso sí, tratar asuntos en Varios. Le ofrezco la palabra al Senador Gaona.
Gracias, Presidente. Yo tengo dos inquietudes: una para la Ministra del Medio Ambiente y otra para la Superintendenta del Medio Ambiente. Ministra, ha provocado bastante polémica esta definición de “sitios prioritarios”, respecto de la cual incluso la Asociación Nacional de Minería ha expresado sus reparos. Entiendo que se está llevando adelante la consulta pública y otros mecanismos. Quisiera consultar si, en esta definición, se consideraron las opiniones de otros ministerios, como el Ministerio de Minería, el Ministerio de Energía, el Ministerio de Obras Públicas, así como de las entidades vinculadas al turismo, de tal manera que esta definición de sitios prioritarios no sea tan focal, mirada solo desde la perspectiva ambiental, sino desde una perspectiva más amplia que considere verdaderamente la sostenibilidad; es decir, todos los elementos clave para ello: no solo la protección ambiental, sino también el desarrollo social y el desarrollo económico. Entonces, quisiera saber…
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Senador Gaona: ¿Cómo se hizo ese mecanismo? ¿Hubo un mecanismo de consulta con los distintos ministros? Además, se ha señalado un trato injusto por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente, supuestamente discriminatorio respecto de una salmonera canadiense; incluso se invoca el Tratado de Libre Comercio con Canadá. Me gustaría conocer la visión de la Superintendencia en ese caso específico, porque uno se queda con lo que aparece en la prensa y es un tema que genera mucho ruido. Por eso, más que oficios, quisiera entender en detalle por qué se estaría produciendo esta percepción de trato injusto a una inversión extranjera en Chile por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Presidente: Muy bien. Ahora sí contamos con quórum; en nombre de la patria, se abre la sesión. Tenemos también el reemplazo del senador Chahuán, así que hoy contamos con quórum suficiente. Hoy no se vota, mañana sí. Ofrezco la palabra a la Ministra para responder a las consultas del senador Gaona y, luego, a la Superintendenta.
Ministra: Muchas gracias, Presidente. Por su intermedio, saludo a las señoras y señores senadores. Respecto de los sitios prioritarios, que han estado presentes en la discusión y en la consulta del senador Gaona, la coordinación de los actos del Ministerio del Medio Ambiente con otros ministerios se realiza a través del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y Cambio Climático. Ese es el espacio formal de coordinación.
Una vez concluida la consulta pública del anteproyecto y del listado preliminar que hemos puesto a disposición, se recogen las observaciones junto con los otros 13 ministerios que integran ese Consejo. Recordemos que este proceso está mandatado por la ley que ustedes aprobaron, que estableció un plazo de dos años para traspasar los sitios prioritarios existentes: actualmente son 350 y, con criterio científico y técnico, se priorizaron 99, que es lo que hoy está en consulta pública.
Quisiera precisar dos puntos. Primero, los sitios prioritarios no son áreas protegidas; su estándar de elaboración y declaración es distinto. Son instrumentos para la planificación territorial. Una analogía útil son las Zonas de Interés Turístico (ZOIT), figura que ayuda a planificar un territorio y permite focalizar ciertos incentivos económicos. Por ejemplo, en la Región de Atacama hay dos ZOIT; una de ellas es Laguna Verde, fuertemente asociada al patrimonio natural.
Segundo, el objetivo de los sitios prioritarios es orientar la planificación y focalizar instrumentos que aún no existen, pero que vendrán con la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, tales como retribución por servicios ecosistémicos, sistemas de compensación y certificaciones por prácticas de biodiversidad.
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Nahuelbuta es un lugar de alto valor ecológico: constituye el límite norte del bosque valdiviano, alberga araucarias y es también el sitio donde existe y nace la frutilla nativa. De hecho, esta es la época en que aparece. Y justamente el emprendimiento de la frutilla chilena o frutilla nativa es lo que uno quiere preservar ahí. Es una actividad económica que, una vez declarado el área como sitio prioritario, va a poder focalizar esas ayudas. Esa es la lógica de los sitios prioritarios. Quería aprovechar de explicar esto para, creo, bajar un poco la tensión.
Déjeme mencionar un último ejemplo que puede ser más relevante para su región, senador. Hoy en la mañana nos reunimos con una cantidad de pequeños mineros de la Región de Atacama, preocupados por un sitio prioritario que se llama Desierto Florido. Ese es un sitio prioritario nacional y, por lo tanto, ya tiene efectos sobre el SEIA. Las actividades que hoy existen allí no ingresan a evaluación de impacto ambiental vía un Estudio, que es la preocupación que ellos tienen; cuentan con sus permisos sectoriales, y esas actividades podrán seguir realizándose sin ingresar a evaluación ambiental si no tienen impactos significativos, con sus permisos sectoriales.
Presidente, entonces, para poder entender bien: a uno le parece que lo más razonable es que la consulta interministerial se haga previa a esta publicación que genera discusión pública. Por eso era mi consulta. Entiendo que, reglamentariamente, lo que corresponde es hacerlo en el Consejo de Ministros, pero uno esperaría que esto fuera ex ante, porque así se pueden advertir y compatibilizar las actividades con anticipación. Básicamente, esa era mi inquietud respecto de la declaración de sitios prioritarios, especialmente porque los mapas de concesiones mineras existen, están a disposición y son públicos. Entonces, lo que uno esperaría es que, si va a causar impacto con las medidas que tomen los ministerios, se pueda amortiguar antes el tema, porque si no se empieza a generar una especie de demonización de la declaración de sitios prioritarios. Eso es lo que está ocurriendo. Por eso es mi preocupación, señora Ministra.
Lo importante es que no va a generar esos impactos. Bien. A continuación le quiero ofrecer… Sí, primero para responder al senador Gaona, después para ver la indicación. Perfecto.
Por su intermedio, saludo a los senadores presentes. No sé a cuál publicación en particular se hace referencia. Se difundió profusamente, efectivamente, pero el caso no es reciente. Este es un caso iniciado por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente el año 2021, con una formulación de cargos respecto de una actividad asociada a esta empresa, por una modificación de proyecto que debía ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y no ingresó, estando en un parque nacional; en este caso, el Parque Nacional Laguna San Rafael. Por lo tanto, es un proceso sancionatorio, con formulación de cargos, que tiene varios años y que la Superintendencia resolvió a través de una resolución de término hace poco tiempo. Hoy día está bajo un recurso de reposición; por lo tanto, todavía está en sede administrativa. Esperamos resolverlo prontamente y probablemente va a ir a los Tribunales Ambientales. Ahora, en particular respecto a la noticia, esto obedece…
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Básicamente, durante el procedimiento sancionatorio —que fue largo y ampliamente judicializado en distintas sedes, no solo ante los Tribunales Ambientales, sino también ante Cortes de Apelaciones mediante recursos de protección, si mal no recuerdo— y frente a peticiones del titular para reiniciar actividades, la Superintendencia solicitó la dictación de medidas, principalmente la detención de las actividades, atendido que, a su juicio, existía una elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en un Parque Nacional. Estas solicitudes se presentaron en distintos momentos a lo largo de los años; el proceso partió en 2022 con las primeras solicitudes de medidas al tribunal.
Todas las medidas solicitadas fueron confirmadas por el tribunal, dado que, por su entidad —como la detención de actividades—, requieren autorización judicial. Esos pronunciamientos y autorizaciones fueron otorgados por el tribunal; algunas de estas medidas fueron reclamadas y, al menos en cuatro oportunidades, hubo pronunciamientos favorables desde la perspectiva de la decisión de la Superintendencia.
Por lo tanto, este último pronunciamiento tiene un tenor distinto al que el Tribunal Ambiental había sostenido previamente sobre la misma materia. Me imagino que, al tratarse de una decisión favorable a la posición del titular, se difundió en la prensa en los términos conocidos. Pero el proceso es mucho más complejo que lo que suele aparecer en las publicaciones y resúmenes de los distintos diarios. El procedimiento sancionatorio fue muy lato; se resguardaron todas las garantías procesales. Si usted, señor senador, revisa la historia de ese procedimiento, verá que hubo múltiples actuaciones judicializadas, más allá incluso del Tribunal Ambiental. Este fue un procedimiento que implicó un trabajo muy intenso para la Superintendencia, con equipos dedicando una parte importante de su tiempo, dada la exigencia del caso.
Lo relevante es que la Superintendencia concluyó el procedimiento con una resolución de término, la cual hoy se encuentra bajo recurso de reposición. Quisiera enfatizar, señor senador, que la Superintendencia no resuelve por capricho ni de manera arbitraria: sus decisiones son motivadas y racionales, y existen mecanismos de reclamación que han sido ejercidos, en distintas sedes, respecto de actuaciones intermedias. En este momento, lo importante es la resolución de término dictada por la Superintendencia, que está en reposición y que procuraremos resolver a la brevedad. Es probable que el caso vuelva a judicializarse ante el Tribunal Ambiental.
Muchas gracias, señora Superintendenta. En un punto vario, quisiera pedir el acuerdo de la Comisión para oficiar formalmente y solicitar una respuesta por escrito sobre lo ocurrido en las últimas semanas en Quintero-Puchuncabí, en términos de las acciones concretas que se han adoptado tanto desde el Ministerio del Medio Ambiente como desde la Superintendencia: fiscalización, medidas, plan de descontaminación, y todo lo concerniente a sus atribuciones. ¿Habría acuerdo para que se nos remita por escrito esa información? ¿Habría acuerdo? Gracias.
Muchas gracias. Bien, ministra, le damos la palabra para presentar las indicaciones del Ejecutivo. Ya se han presentado también indicaciones de varios senadores, senador Gaona, senador Chahuán; tenemos el listado completo de las presentadas, pero hoy la idea es profundizar en las indicaciones del Ejecutivo. Ministra.
Muchas gracias, presidente. Voy a hacer una breve...
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Con su venia, presidente. Para introducir, quisiera recordar que, durante los meses en que tuvimos audiencias —que finalizaron en julio de este año—, los principales temas discutidos fueron, en primer lugar, las medidas urgentes y transitorias, conocidas en la jerga de la Superintendencia como MUT, aplicadas sin instrumento de gestión ambiental, respecto de las cuales hubo una preocupación importante por su amplitud. En segundo término, las propuestas del proyecto de ley para modificar el programa de cumplimiento —uno de los tres instrumentos relevantes con que cuenta la Superintendencia—, incluyendo impedimentos y criterios para tramitar los PdC. En tercer lugar, surgieron varias inquietudes sobre la relación con los delitos ambientales. Y, por último, el contrapeso necesario en las denuncias con reserva de identidad, para evitar que devengan en denuncias temerarias.
Nuestras indicaciones del Ejecutivo se ordenan en cinco grandes temas: riesgos ambientales —donde se aborda el uso de medidas urgentes y transitorias sin instrumento de gestión ambiental—; el régimen de denuncias, para asegurar que no existan denuncias temerarias; los instrumentos de incentivo al cumplimiento —no solo el programa de cumplimiento, sino también el plan de reparación y la autodenuncia—; aspectos del procedimiento sancionatorio relativos a la gravedad y a las sanciones; y, finalmente, mejoras en materia de ruido.
Si le parece, presidente, daría la palabra a nuestro jefe jurídico para detallar estas indicaciones. Ariel, por favor.
Muchas gracias, presidente. Por su intermedio, saludo a las señoras y señores senadores, a la secretaria y a las demás personas presentes. Tal como señaló la ministra, la medida urgente y transitoria que incorpora el proyecto de ley busca hacerse cargo de situaciones de riesgo ambiental que carecen de un instrumento de gestión ambiental definido; por ejemplo, instalaciones previas al establecimiento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Las mejoras que proponemos mediante las indicaciones consisten, en primer término, en reemplazar el concepto de “actividades industriales” por categorías más específicas, vinculándolas con las definiciones de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y asociando las actividades productivas y de infraestructura, a fin de precisar de mejor manera el alcance sobre el cual pueden recaer estas medidas.
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