En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. El acta de la sesión 148 queda reglamentariamente aprobada. El acta de la sesión 149 se pone a disposición de los integrantes de la Comisión. Señor Secretario, por favor, dé lectura a la Cuenta.
Presidente, buenas tardes. A la Secretaría han llegado los siguientes documentos: un oficio de la ministra Secretaria General de la Presidencia, por medio del cual da respuesta a un oficio enviado por esta comisión, mediante el cual se le había transmitido la molestia por la reiterada inasistencia del ministro de Seguridad Pública a las sesiones; el Reporte de Defensa Nacional, elaborado por el Área de Asesoría Técnica Parlamentaria de la Biblioteca del Congreso Nacional, correspondiente a la semana del 6 al 13 de octubre de 2025; nota del jefe del Comité Republicano, por medio de la cual informa que el diputado Álvaro Carter será reemplazado por el diputado Juan Irarrázaval; pareo presentado entre los diputados Cristián Moreira y Jorge Brito; antecedentes del movimiento sindical Chile Te Cuida, de exfuncionarios de las Fuerzas Armadas, que han sido acompañados por el diputado Gaspar Rivas, como complemento a una petición formulada días atrás; y, finalmente, una nota de la jefa del Comité Demócratas e Independientes y del jefe del Comité Democracia Cristiana e Independientes, por medio de la cual indican que el diputado Andrés Jouannet será reemplazado por la diputada Karen Medina. Esto da cuenta. Muchas gracias, señor Secretario.
Se ofrece la palabra sobre la Cuenta. Diputado Sánchez, sobre la Cuenta.
Muchas gracias, Presidente. En múltiples ocasiones he escuchado en la Cuenta que llegan estos informes de defensa que relata el señor Secretario. ¿Habrá posibilidad de que, cuando lleguen, nos los puedan entregar impresos? Es medio difícil ir siguiéndolos en los correos electrónicos. Creo que es algo práctico que nos permite estar más al día y es una herramienta que hay que aprovechar. Podría ser una opción. Muchas gracias.
Sí, me parece muy bien. ¿Es posible? Ok. A partir de la próxima sesión, entonces, los vamos a disponer en forma impresa. Muchas gracias, diputado Sánchez. ¿Sobre la Cuenta? ¿Sobre la Cuenta, colegas? Bien.
Entrando en el Orden del Día, esta sesión tiene por objeto continuar la discusión general del proyecto de ley que modifica el Código Penal para disponer la intervención de la Fiscalía Militar en la investigación del delito de espionaje, boletín número 17.690-07, en primer trámite constitucional. Ofrezco la palabra.
Diputado Sánchez.
Muchas gracias, Presidente. Solo señalar que acabo de entregar a la Secretaría una indicación sustitutiva nueva, en la línea de todo lo que conversamos la sesión pasada. Está ahí la numeración de cada una de las partes de las normas que se modifican. Si le puedo pedir al Secretario… No traje otras copias; error mío, mil disculpas. Pero, para explicarlo bien: en todas las modificaciones se decía “cuando los delitos fueran cometidos en instalaciones, bienes o información de carácter militar”. Se había planteado la importancia de que la referencia a “información” quedara claramente establecida, y eso lo incluimos en cada una de las modificaciones al Código de Justicia Militar y al Código Penal. Si no me equivoco, esos son los aspectos principales.
Ah, sí. En el número uno, que era la primera modificación al Código de Justicia Militar, hubo un comentario de la Biblioteca respecto de que esta modificación debía ser un nuevo numeral 4 y no un nuevo numeral 5. Entonces, pusimos: “agréguese un numeral 4 al artículo 5º del Código de Justicia Militar, pasando el actual numeral 4 a ser numeral 5”, del siguiente tenor. Esos son los tres cambios principales. No hay mayor innovación fuera de aquello. Muchas gracias, señor Presidente.
Gracias, diputado Sánchez. A ver, colegas: esta indicación sustitutiva la recibimos hoy, hace poco rato. No hemos tenido tiempo de compartirla con ustedes por WhatsApp. Por lo tanto, quisiera pedir acuerdo para entrar en votación de este proyecto, en general, la próxima sesión, a fin de tener tiempo de analizar la indicación sustitutiva. ¿Sí? ¿Hay acuerdo? ¿Diputado Becker, sí? ¿Diputado Moreira? Sí. Ok. Entonces, hoy día no lo vamos a someter a votación. La haremos llegar a todos los integrantes de la Comisión.
¿Alguna intervención que quieran hacer respecto del proyecto, diputado Becker, diputado Moreira? Quisiera invitar a la biblioteca también a participar de la mesa. ¿Qué tal? Adelante. Diputado Becker.
Muy breve, presidente. A propósito de que no se nos quede en el tintero nuevamente el tema del presidente de la agrupación de agricultores de Malleco, Sebastián Navellán, se iba a programar su asistencia para poder informarlo oportunamente.
Sí, quedó acordado, diputado, y quedó también acordado hacerlo después de las elecciones, para poder escucharlo con mayor atención y fuera del trajín electoral. Quisiera pedir que el representante de la biblioteca nos pueda hacer una intervención, más o menos en el tenor de lo que ya expuso anteriormente. Entiendo que no ha recibido la indicación sustitutiva, ¿no? Ahí está. Bueno, gracias. Tiene la palabra.
Buenas tardes y gracias, presidente. La verdad es que deberíamos habernos comunicado con el diputado hace unos días, pero hemos estado bien ocupados. Estábamos conversando una alternativa con el resto de los profesionales de la biblioteca sobre este tema.
Ordenando un poco la discusión: lo que vemos en el proyecto, tanto en el original como en la indicación, es básicamente la descripción y propuesta de solución de un problema de jurisdicción. No es un problema de tipo penal, ni de penas, ni de prueba; es un problema de jurisdicción y de competencia. Eventualmente, llevando la discusión un poco más allá, podría ser también un problema de oportunidad procesal respecto de la intervención de la jurisdicción militar en el conocimiento de la causa.
Si uno se atiene a eso, tal vez hay una alternativa paralela —no digo que sea la única— que podría acercar la solución a lo que estamos hablando: la jurisdicción llamada a conocer y fallar en estos casos. El artículo 3 del Código de Justicia Militar señala que los tribunales militares de la República tienen jurisdicción sobre chilenos y extranjeros. Podría especificarse que los extranjeros, sean civiles o militares, quedan sometidos a la jurisdicción militar por delitos contemplados en el Código de Justicia Militar. No se tocan tipos penales ni penas; simplemente se atrae a los extranjeros —civiles y militares, sin distinción— a la jurisdicción militar por esos delitos. Los civiles chilenos quedarían fuera.
Complementariamente, podría hacerse una modificación en la ley 20.477, que restringe la competencia de los tribunales militares respecto de civiles. Hoy dice “civiles y menores de edad”, con lo que quedan excluidos todos los civiles, nacionales y extranjeros. Si se especifica “nacionales civiles y menores de edad”, los extranjeros quedarían nuevamente dentro, sean civiles o militares, pero solo respecto de delitos del Código de Justicia Militar. Puede optarse por una u otra modificación, o por ambas.
Muchas gracias.
Muchas gracias. Me queda bastante claro, porque, en realidad, lo que dificulta la determinación de la condición civil o militar es, fundamentalmente, la calidad de ser extranjero, porque no se cuenta con mayor información. Así que me parece bien atingente. ¿Esto está recogido en su indicación sustitutiva, diputado Sánchez?
Muchas gracias, presidente. No está recogido, porque yo creo —y lo hemos conversado con mi equipo; es una convicción mía— que una indicación de esas características se caería en sede constitucional. Es muy fácil que un extranjero reclame que ello afecta la igualdad ante la ley. Entonces, ese es mi temor. Entiendo las dificultades probatorias para establecer si el extranjero es civil o militar.