Sí, nos ponemos de pie, por favor.
En nombre de Dios y de la patria damos iniciada la sesión de hoy, martes 2 de septiembre, sesión ordinaria. Le damos la bienvenida a todos y todas. Partimos.
Señor Secretario, por favor, dé lectura a la cuenta.
Presidente, se ha recibido una solicitud de audiencia de la Subdirectora de Incidencia Social y Política de Corporación Miles, señora Luz Reidel, para exponer los principales hallazgos del séptimo informe sobre derechos sexuales y reproductivos de Chile 2025, sobre criminalización del aborto consentido, acceso y calidad de anticoncepción y sobre medicalización del nacimiento.
Muy bien. Como dijimos ayer, en cuanto terminemos el despacho de este proyecto, vamos a dar el espacio del día lunes para poder recibir a una larga lista que se nos ha venido acumulando de solicitudes de audiencia, de distintas naturalezas y por distintas razones. Pero vamos a hacerlo a partir de la semana próxima o la subsiguiente, según sea el caso.
Ofrezco la palabra sobre la cuenta. Es el único punto.
¿Puntos varios? Qué raro. Senadora Orner, senador Gaona, los dos campeones de los puntos varios.
No, por favor, no sea tan creativo. No sea tan creativo. No, lo que pasa, senador, es que con su intervención respecto de que íbamos a tener la posibilidad de atender las audiencias, que tenemos una lista larga, eso me deja más tranquilo, así que me reservo el espacio para poder escuchar a los expositores.
Sí, ustedes han visto, tenemos cuatro proyectos en simultáneo, ninguno son fáciles y hemos ocupado tres veces espacio que excede el reglamentario para poder ir despachando, pero a partir de la próxima semana o la subsiguiente retomamos los días lunes exclusivamente para poder recibir.
Muy bien. Vamos a partir con el orden del día. Y continuaremos entonces con el estudio del proyecto de ley en segundo trámite constitucional que establece el derecho a optar voluntariamente para recibir asistencia médica con el objeto de acelerar la muerte en caso de enfermedad terminal e incurable. Los boletines ya fueron leídos ayer y mantiene la urgencia suma.
Hoy día tenemos como invitados al Cardenal Arzobispo de Santiago, Monseñor Fernando Chomalí, y participa acompañado de Monseñor Juan Ignacio González, Obispo de San Bernardo, y de la Directora de Comunicaciones del Arzobispado de Santiago, Doña Edith Venegas. ¿Están todos? Sí. También está el profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, el señor Juan Pablo Mañalich. El primer invitado, Monseñor Chomalí, ha sido invitado por el senador Chaguán, también estaba en la lista del senador Flores. El profesor Mañalich ha sido convidado por la senadora Órdenes. Y también está don Juan Carlos Bertoglio, de vasta trayectoria en investigación y docencia, participa por vía Zoom, está conectado, invitado por el senador Flores.
Muy bien, sin más, en el orden de la tabla, le ofrezco la palabra al Cardenal Arzobispo de Santiago, Monseñor Fernando Chomalí, entendiendo que todos los expositores tienen diez minutos para hacer la exposición, más los minutos de preguntas y respuestas. Todos pueden quedarse hasta el final de la sesión, si lo estiman, para escuchar a los demás invitados expositores. ¿Monseñor? Invitación. El micrófono para que quede registrado la exposición.
Agradezco la invitación para tratar un tema muy sensible que trata de personas dolientes, sufrientes y, por lo tanto, hay que tratarlo con mucho, mucho respeto, sobre todo que cada uno de nosotros hemos tenido en nuestra vida familiares, amigos, que han estado en situaciones de desmedro físico, llegando a situaciones dramáticas. Eso es lo primero, así que esto lo hablo con mucho, mucho, mucho respeto.
En segundo lugar, la pregunta por qué me invitan. Estamos en un país laico, hay una separación iglesia-estado y resulta interesante que a pesar de eso hayan tenido la deferencia de invitarme y la razón es muy sencilla. En primer lugar, pues nosotros tenemos muchos hogares de ancianos, de adultos mayores, de personas postradas, muchos, no uno, dos, tres, sino que muchos, y tenemos miles de personas que están en una situación desmedrada, son los más pobres, son los más abandonados de Chile.
En segundo lugar, porque tenemos facultades de medicina muy respetadas y porque también hay un grupo muy importante de médicos que profesan la fe católica y que por lo tanto se sienten muy complicados con este proyecto de ley.
Le consulté al gerente general y al capellán de la Fundación La Rosa si dentro de la gran cantidad de personas que tienen, muchas postradas, alguno ha pedido la eutanasia, alguno ha querido morir, y la respuesta ha sido la siguiente, jamás, jamás. ¿Por qué? Porque una persona que es querida, que es cuidada, que es amada, que es respetada, lo último que va a querer es terminar con su vida porque es un principio de sobrevivencia básico, inherente a cada persona humana.
En segundo lugar, es muy complejo este proyecto de ley porque habla de asistencia médica, ni más ni menos que causar la muerte. Evidentemente que la medicina tiene otros fines específicos. Tiene curar, prevenir, acompañar. No tiene vocación...
…de terminar con una vida humana, prolongar una vida humana, abandonar una vida humana. La vocación es curar en la medida de lo posible, acompañar siempre y consolar. Y por lo tanto acá hay otro tema muy complejo. ¿Qué va a pasar con las escuelas de medicina? ¿Va a haber un cambio en la enseñanza? ¿Va a haber ramos donde se va a enseñar cómo causar la muerte? Y no solamente a los médicos, sino que también dice por parte de un profesional de la salud, indicada por orden médica y supervisada por un médico cirujano.
La eutanasia y esto… ¿Cómo está, Ministra? Me permito saludarla. ¿Cómo está usted? Muy bien. Qué bueno. Me permito saludarla.
Su Presidente, considerando que llegó la Ministra, ¿puedo comenzar nuevamente? ¿Me autoriza? Lo autorizo, la primera parte que es general, puede resumirla yo creo.
No, no, por favor, es que yo creo que es la más importante. No, lo que decía el ministro era que agradecía que a pesar de que estamos en un Estado laico, que hay separación de iglesia y Estado, hayan tenido la gentileza de invitarme, algo que valoro mucho, y la razón por la cual nos invitan es porque tenemos muchos hogares donde hay personas postradas en situaciones muy complicadas, normalmente los más pobres, y porque además tenemos facultades de medicina ampliamente valoradas.
Entonces, lo que planteaba, en definitiva, que hay partes de este proyecto que hay que pensarlos muy bien, repensarlos, porque la medicina tiene fines específicos. La medicina tiene como fin curar, prevenir, acompañar, pero no tiene vocación de terminar con una vida humana. Prolongar una vida humana tampoco es una vocación médica, ni abandonar una vida humana. Y por lo tanto, esto va a implicar cambios en la enseñanza de la medicina, y no solamente la medicina, sino que también todos los profesionales de la salud.
Por lo tanto, hay que ser muy claro acá, la eutanasia no es un acto médico. Eliminación deliberada de un ser humano gravemente enfermo para terminar con el sufrimiento. Con la eutanasia no se alivia nada, se termina con una vida.
Pero también hay que decir que con esa misma vehemencia tenemos que tener mucho cuidado con el ensañamiento terapéutico, que es una práctica indebida de la medicina. Después, no existe, la muerte no tiene apellido porque es un hecho natural.
Lo que sí es importante es que las personas vivan con dignidad, cosa que lamentablemente no acontece. Muchas personas que están sometidas a la pobreza, que no tienen tratamientos médicos, que están años haciendo fila para tener acceso a la medicina, mueran con dignidad y tengan medios adecuados. Y los medios adecuados son los ordinarios y los proporcionales.
Tenemos que tener mucho cuidado con un tecnicismo que parece ser abusivo. Yo puedo dar cientos de casos de personas donde se hicieron tratamientos que no eran necesarios, eran futiles, lo único que hicieron fue generar más dolor, más sufrimiento a él, a la familia y que no prosperaron como medida terapéutica.
Por lo tanto, afinar más lo que significa el ensañamiento terapéutico puede ser una muy buena cosa para muchas familias.
Morir con dignidad significa tener apoyo psicológico, apoyo psiquiátrico, apoyo familiar, apoyo espiritual.
Yo me pregunto lo siguiente, si nos ponemos en la situación de una persona gravemente enferma en lugares apartados de Santiago, donde no hay tantos especialistas, ¿qué va a pasar con ellos? Estando gravemente enfermos los van a derivar a Santiago y todos sabemos lo que significa, es decir, también esta ley es inaplicable.
Respecto de los cuidados paliativos, vuelvo a insistir, se podría decir más.
Después, una enfermedad seria, incurable, sufrimientos persistentes, intolerables, que no se pueden ser aliviados. Eso entramos en un plano absolutamente subjetivo, y ahí tenemos que tener mucho cuidado, porque sobre todo en estado de enfermedad es sumamente ambiguo.
Yo he conocido muchas personas que están físicamente sanas y que, por ejemplo, no le encuentran sentido a la vida, no le han encontrado sentido a la vida, y no se le encuentran, y después plantean…
la idea de suicidarse. ¿Podría caer ahí? ¿Habría alguien dispuesto? Yo pienso que acá hay un tema gris muy complejo. Después, creo que hay que volver a insistir en los cuidados paliativos, aliviar el dolor. Hay que enseñar más a los alumnos de medicina a aliviar el dolor, pero no a terminar. a causar la muerte, como dice el proyecto, de una enfermedad, porque eso sería una aberración médica, pedagógica y también cultural.
Mucho mejor enseñar a cuidar y a sanar, porque partiendo con lo que dije al principio, hay situaciones muy difíciles. Y lo digo quien va a los hospitales, quien está visitando periódicamente las cárceles. Hay situaciones muy complejas, dramas humanos horrorosos, pero nos guste o no nos guste, es un acto de violencia porque termina con una vida que está viva.
Después, la objeción de conciencia es un derecho sin lugar a duda, porque permite ser fiel al principio básico de la medicina de no dañar, pero debiese ser para todo el personal de salud. que tiene algún vínculo con esa acción, porque, vuelvo a insistir, no es un tratamiento, no cura nada. Por lo tanto, aquí hay que ser muy cuidadosos.
Después, quiero decir lo siguiente. Estos temas son temas de Occidente, porque en países como África, donde se cuidan a los ancianos, se cuidan a los enfermos. donde los hijos son una gran bendición porque es la única riqueza que tienen las personas, ni se plantean esto.
Pero acá hay un tema cultural, que todos sabemos que han disminuido los hijos, todos sabemos que la expectativa de vida ha aumentado significativamente, y todos sabemos que hay muchas personas que están solas y abandonadas. Y es muy complejo, y yo los invito a que pensemos sobre eso, que los espacios de vida más dependientes son aquellos que son los más cuestionados. Aquellos que están en el interior del útero materno y aquellos que están en el hecho de enfermo cuando deberían ser los más cuidados.
El talante de una sociedad se mide en la capacidad que tiene de preocuparse de los más pobres. Este fruto de una sociedad... utilitarista, donde la gente que produce es valorada, la gente que no produce es cuestionada en su vida. Mucha gente clama soledad. Hoy día de lo que todos nos quejamos es de la soledad y al final otros deciden por él.
Yo recuerdo para la pandemia le ofrecimos al gobierno una casa de ejercicio, una casa de retiro espirituales. para que hicieran lo que quisieran para colaborar en ese drama terrible que fue la pandemia y la usaron para aquellas personas que estaban abandonadas en los hospitales del sur. Llegaron muchos. No llegó uno, dos, tres. Llegaron muchos. Hay muchas personas que están abandonadas, que no van a tener ningún referente para poder decir yo quiero vivir a pesar que estoy enfermo.
El tema al final es el siguiente. ¿Se va a valorar la vida siempre y bajo todas las circunstancias o no? ¿Cómo vamos a medir el talante de una sociedad? ¿En la capacidad de cuidar al pobre o no? ¿Vamos a empezar a decir que... ¿Vamos a empezar a enseñar que lo que causa la muerte es la acción de un médico y su equipo y no la enfermedad? Y creo que ahí hay que hacer una distinción muy grande y muy compleja.
Se habla mucho de compasión. La verdad que no, no es así. Es una compasión hacia nosotros, que estamos tan preocupados con nuestras propias cosas que no tenemos tiempo ni ánimo de cuidar a las personas más desvalidas. Sobre todo, todos sabemos los serios problemas... históricos, por favor, ministra, que se entienda bien, históricos, de la falta de atención médica en muchas...
parte y eso va a seguir por mucho tiempo más a medida que van aumentando las expectativas de vida y creo que ahí hay una urgencia mucho más grande. Por lo tanto, lo que yo pido derechamente en esta reunión es que se postergue este proyecto de ley, lo digo como ciudadano y tengo el derecho a hacerlo y que se realice un verdadero tratado de cuidados paliativos a nivel universitario, a nivel de los hospitales, estamos muy muy al debe en eso, y también un análisis muy detallado de la cantidad de problemas que se podrían evitar a los enfermos y a la familia con un ensañamiento terapéutico que es un tecnicismo abusivo que no soluciona nada, sino que genera más daño. Pero la aplicación de una acción humana con la finalidad y con la intención de terminar con una vida humana, aunque esté gravemente enferma y aunque lo solicite, bajo ningún punto de vista. Muchas gracias, Presidente.
Gracias, señor Cardenal Arzobispo. Después, al final, le ofreceremos la palabra a los colegas para que puedan hacer las preguntas, a no ser que, por unanimidad, opinen lo contrario, yo estoy abierto a esa posibilidad. Escuchamos las exposiciones y hacemos las preguntas. Bien, así lo hacemos.
Ofrezco la palabra, en siguiente término, al profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, don Juan Pablo Mañalich. Don Juan Pablo, por favor, le ofrezco la palabra.
Muchas gracias, Presidente, por su intermedio a la Comisión de Salud del Senado. Dado el tenor de la invitación que recibí para participar en esta sesión, lo que tengo previsto es ocuparme de manera comparativa de algunos aspectos del proyecto resultante del primer trámite constitucional en la línea de lo que usted mismo indicaba hace algunos momentos, contrastando la manera en que las indicaciones preparadas por el Ejecutivo se hacen cargo en lo que corresponde a esos mismos asuntos. Y espero entonces que esa consideración comparativa pueda ser de provecho para la deliberación que al respecto pueda desarrollar la Comisión.
Y entonces lo que quisiera proponer se descompone en dos pasos. En primer lugar, quisiera ofrecer una valoración global de las indicaciones sobre el trasfondo del texto que refleja el resultado del primer trámite constitucional de esta refundición de los proyectos, para después centrarme en tres o cuatro puntos inmediatamente referidos al tenor de algunas de las indicaciones emanadas del Ejecutivo, con alguna sugerencia muy modestamente de mejora de reacción para disipar algunos riesgos que el articulado propuesto pudiera, a mi juicio, abrir.
Ahora, no quisiera, sin embargo, desaprovechar la oportunidad de ofrecer una nota preliminar, buscando no entrar en diálogo con el planteamiento que acaba de hacer el arzobispo Chomalí, porque yo creo que en la medida que se está discutiendo todavía en general sobre el proyecto, puede ser ilustrativo situar lo que está siendo discutido en un marco de reflexión bioética elemental, que a mi juicio, y anticipo entonces mi punto de vista al respecto, debería llevarnos a concluir que lo que se está proponiendo, más allá de estas divergencias de texto en tal o cual punto, yo diría, se adecua a los lineamientos que en el marco de un Estado democrático de derecho el Poder Legislativo podría estar razonablemente considerando a la hora de legislar en esta muy sensible materia. Eso es indiscutible. Y entonces hay un aspecto que creo puede...
Puede contribuir a, ojalá, iluminar la conversación que Monseñor Chomalí planteaba en su alusión inicial a la situación en la que se encuentran muchos adultos mayores en un país que tiene carencias sociales indiscutibles como las tiene Chile, y él entonces transmitía el resultado de esta, no sé si llamarla encuesta informal al menos, esta consulta de opinión en términos de qué personas que se encontraran en esa condición en algún momento se manifestarían inclinadas a solicitar una asistencia para morir y él aducía que al parecer la respuesta sería unánimemente negativa. Yo creo que eso es virtuoso porque muestra que quizás el foco de la conversación no debería estar puesto en ese ámbito, al menos exclusivamente.
Yo sí creo que hay resguardos que es crucial adoptar en caso de que en definitiva una legislación de este tipo se adopte para velar porque el compromiso normativo fundamental que, a mi juicio, subyace a un proyecto de estas características se vea irrestrictamente implementado, que es el compromiso con el reconocimiento de la autonomía de quien ocupa el lugar de paciente.
Y creo que no es casualidad entonces que quizás los casos que han tendido a ser más discutidos en términos de cómo se llega a introducir y eventualmente consolidar una agenda legislativa como esta sean casos en que no necesariamente está involucrada una persona que se encuentra en un estado de avanzada, sino más bien casos de personas que pueden encontrarse en un rango etario menos avanzado y que, en algún momento, en virtud de un cuadro de salud que, por lo demás, el proyecto de manera, o sea, en contraste con las indicaciones específicas en términos que voy a comentar más adelante, en una situación límite pueda llegar a la convicción de que, en resguardo de su propia idea de quién esa persona es, eso pueda fundar un requerimiento de recibir asistencia para morir.
Y entonces creo que es crucial enfatizar que lo que acá se está regulando en términos de las categorías bioéticas pertinentes se encuentra circunscrito a lo que deberíamos entender por eutanasia voluntaria.
Este no es un proyecto que se ocupe ni de lo que la literatura bioética conoce como eutanasia involuntaria y tampoco de lo que la literatura bioética conoce como eutanasia no voluntaria. A este último respecto, la clave está en la función que el proyecto y las indicaciones, en su caso, otorgan a los llamados documentos de voluntad anticipada, y eso es algo en lo que esperaría poder entrar mínimamente en algunos minutos más.
Pero entonces, para concluir, quiero añadir una consideración adicional, y es que yo tiendo a coincidir con Monseñor Chomalí, a pesar de que las consecuencias probablemente no coincidamos, pero sí en la premisa de que aquí lo que está en juego como valor fundamental no es la compasión, porque la compasión acá es una noción que, por decirlo así, nos lleva a mirar a quien aparece como el agente de la intervención. O sea, ¿cuál es el motivo que lleva a que el médico tratante eventualmente pueda dar lugar a la prestación consistente en administrar o en posibilitar que sea autoadministrada una sustancia que lleve a hacer cesar esa condición de dolor por la vía de producir la muerte del paciente? Eso hay que decirlo sin eufemismo. Yo creo que la cuestión fundamental acá está en la autonomía del paciente. La compasión no es lo prioritario. Si estamos pensando en clave de compasión, estamos pensando en la situación en la que se encuentra el médico tratante como agente. Pero en realidad aquí la preocupación fundamental tiene que estar puesta en el paciente, y es la autonomía del paciente lo que, a mi juicio, desde un punto de vista bioéticamente secular, tendría que fungir como el criterio orientador de las decisiones que se vayan adoptando. Por supuesto, esto está lejos de no ser controvertido ni en los detalles ni en las ideas matrices, pero creo que tener esas consideraciones a la vista puede al menos orientar la manera en que civilizadamente esta conversación se debería desarrollar. Insisto, tomando nota y en eso coincido con...
con lo que acá planteamos, señor Chumalide, que estas son cuestiones extraordinariamente complejas por cómo impactan en como visiones que en una sociedad abierta tienen perfecta legitimidad de ser planteadas.
Entonces, ahora entrando en lo que anticipaba como una sinopsis, digamos, de valoración global de las indicaciones, si podemos avanzar con eso, perfecto. Voy a simplemente ir haciendo algunas observaciones y si en el debate hay interés de que entre ¡Gracias! con mayor detenimiento en algunos de estos puntos, por supuesto estoy a disposición de la Comisión para hacerlo.
Yo diría en primer lugar que uno puede destacar la acertada reformulación, la proscripción de la obstinación terapéutica, el proyecto emanado de la Cámara de Diputados habla en cambio de ensañamiento terapéutica, definida en el contexto de las indicaciones como prolongación artificial de la vida, en oposición a lo que hace el proyecto emanado del primer trámite constitucional que usa la expresión prolongación artificial de la vida más allá de la muerte natural. Eso es lógicamente un absurdo. La vida no puede ser artificialmente prolongada más allá de la muerte natural y eso creo que las indicaciones del ejecutivo lo corrigen aceptadamente.
Por otro lado, y esta es una cuestión que tiene mucho impacto técnico, pero en último término normativo, en términos de la propuesta que está sobre la mesa, yo diría que es acertada la identificación que en el texto de las indicaciones se hace de “la condición o enfermedad incurable o terminal” como el presupuesto de aplicación de las normas que consagran y delimitan el derecho a recibir asistencia médica para morir, y también de las normas que regulan el otorgamiento de los denominados documentos de voluntad anticipada para la asistencia médica para morir. Y eso contrasta con la expresión que en cambio a ese respecto emplea el proyecto emanado de la Cámara, que a mi juicio es mucho más vaga: problemas de salud grave e irremediable. El mismo proyecto, por supuesto, después ofrece un catálogo de, uno diría, indicadores de qué cabe entender por esto, pero a mi juicio las indicaciones del Ejecutivo representan un avance en términos de conferir precisión a esa expresión que resulta crucial desde el punto de vista del diseño regulativo.
En tercer lugar, si podemos avanzar, gracias. Yo diría que también cabe celebrar la mayor precisión que en el texto de las indicaciones aparece en la alusión a la inconsciencia o deterioro cognitivo severo, frente a lo que en términos del proyecto emanado de la Cámara se tematizan como inconsciencia o privación de facultades mentales. Creo que la expresión inconsciencia o deterioro cognitivo severo es más precisa, es más agotada y por lo tanto representa una salvaguardia en parte para algunas de las preocupaciones que Monseñor Tomalí planteaba hace unos minutos.
En cuarto lugar, destacaría también el incremento de precisión que en el marco de las indicaciones exhibe esta definición disyuntiva de la asistencia médica para morir en términos que resultan ser correlativos a—esta es una terminología que yo propondría simplemente para que lo entendamos rápidamente—entre la heteroadministración del fármaco letal y la autoadministración. Esto tiene importancia, lo digo como profesor de Derecho Penal, porque definir de esa manera, quiero decir disyuntivamente, el concepto de asistencia médica para morir vuelve mucho más claro la correlatividad que esto tiene con el problema de subsunción penal de si, en caso de no verse satisfechos estos requisitos, lo que estaría en juego sería eventualmente un homicidio en el que pudiera estar incurriendo el médico tratante, o en cambio un auxilio al suicidio. Entonces creo que las indicaciones también están bien aspectadas desde ese punto de vista.
En quinto lugar, yo diría que es acertada la supresión del régimen de consejo, yo llamaría cuasi forzoso entre médico tratante y paciente que está previsto por el proyecto emanado de la Cámara de Diputados; las indicaciones suprimen ese régimen y, a mi juicio, esta es mi impresión como lector desprejuiciado simplemente del texto de las indicaciones: eso descansa crucialmente en la compensación que representa la creación de este comité de garantía y evaluación. O sea, yo creo que, digámoslo así, para que la comisión pueda aquilatar qué es lo que está en juego a este respecto, a mí me parece que el proyecto emanado de la Cámara de Diputados tiende a confundir...
un grado mucho más de, digamos así, última palabra acerca de si la prestación resulta indicada o no al médico tratante individual. A mí me parece que la propuesta de indicaciones emanada del Ejecutivo pretende más hacer descansar esa última palabra en un organismo más complejo. Y esto yo creo que es bien crucial. Uno podría verlo... Yo no suscribiría ese juicio como una falta de deferencia hacia la autoridad profesional del médico. Yo más bien pensaría que esto hay que verlo también como un mecanismo de protección de la posición del médico. De manera tal que el médico tenga que constatar en una primera instancia que se satisfacen los presupuestos legales en atención a la solicitud reiterada, manifestada por el paciente, pero que eso en definitiva sea reconducido este comité de garantía y evaluación para que sea esta entidad la que, digamos, otorgue el visto bueno que deje, a mi juicio de manera deseable, al médico tratante en condiciones de certeza. Pero creo que es una cuestión sobre la que hay que poner la mirada porque se juega mucho en términos de cuál sea la fisonomía de la regulación en definitiva aprobada si es que se sigue el camino, llamémoslo así, más individualista, que a mi juicio está siendo favorecido por el proyecto mandado a la Cámara, y el camino más, llamémoslo así, institucionalista, que es el que está favoreciendo al Ejecutivo a través de sus indicaciones. Y por último, me imagino que va a ser objeto de un debate. Yo como jurista no tengo nada que me otorgue una voz privilegiada en esa conversación, como ciudadano podría explayarme, pero obviamente no me han invitado en esa calidad. Pero creo que es crucial poner la vista en lo que está en juego en que se mantenga o se suprima este reconocimiento de una objeción de conciencia institucional.
Este es un debate que en el contexto de la legislación penal chilena en cuestiones bióticamente sensibles, por supuesto que ya tiene una primera versión en la manera en la que el proyecto de ley de interrupción del embarazo en tres causales, a raíz de la decisión que adoptó en su momento el Tribunal Constitucional, terminó contemplando un régimen de objeción de conciencia institucional. Yo creo que hay que hacerse la pregunta de si tiene sentido pensar que el catálogo de derechos fundamentales que reconocen, entre otras libertades de conciencia, a ese respecto también cubre la posición de personas jurídicas. Y creo que ahí hay un equilibrio muy sensible en términos de si el resguardo es el punto de vista de la institución o el resguardo es el punto de vista del médico o del profesional individual que se desempeña al interior de una institución. O sea, yo creo que ese tendría que ser el eje que ordene el debate, más allá de cuál termine siendo el resultado.
Y para avanzar muy rápidamente... Estas son, digamos así, algunas observaciones críticas de carácter más técnico. Las voy a simplemente anunciar muy rápido. A mi juicio, en atención al texto de las indicaciones, hay un riesgo que se abre en la redacción del inciso sexto del artículo, si se ha propuesto según las indicaciones. El proyecto emanado de la Cámara de Diputados a este respecto propone introducir en el articulado del código penal la declaración de que lo establecido en el artículo 391 homicidio o 393 asumido homicidio no será aplicable, etc. Las indicaciones proponen llevar esa regla al texto de la ley sobre derechos y bienes de los pacientes. Yo creo que eso se puede hacer perfectamente, pero el fraseo responsabilidad penal por los delitos como algo respecto a lo cual operaría esta exención a mí me genera, pensando en, digamos así, conferir seguridad jurídica a los profesionales de la salud, me parece riesgoso porque se da a entender que los delitos se configuran y que estaríamos, lo voy a poner en terminología técnica un poco desagradable, estaríamos quizás estableciendo una excusa legal absolutoria. Eso tiene una serie de consecuencias leguleyas a las que no voy a entrar, pero simplemente para sugerir una posible solución, yo diría, manteniendo la regla formulada en el texto de la ley especial y no el código penal, uno podría quedarse con una reacción como esta. Lo dispuesto en el artículo 291 o en el artículo 193 del código penal según corresponda, no será aplicable a quien intervenga en un procedimiento de asistencia médica para morir.
Si hay preguntas me hago cargo de ellas. Aquí hay una cuestión y el presidente me está haciendo...
Hay un problema estrictamente lógico en la manera en que en el texto de las indicaciones aparece una remisión en el artículo 16 a los requisitos que de acuerdo con el artículo 16a y 16b tienen que cumplirse para que la intervención sea procedente. Hay un problema de circularidad porque es el artículo 16c que entre otras cosas se refiere a los requisitos establecidos en el mismo artículo 16c, eso va a lugar a una dificultad mayúscula, pero además está el hecho de que el artículo 16c se ocupa de la forma que han de mostrar estas solicitudes reiteradas y el problema es que el mismo artículo 16c se pone en la situación de que el paciente no esté actualmente en condiciones de emitir esas solicitudes. Yo creo que la solución pasa por lo siguiente, creo que para simplificar la regulación a ese respecto el artículo 16c tendría que en su inciso final decir algo como esto, las circunstancias de que después de haber realizado la solicitud a las que se refiere este artículo la persona caiga en un estado de inconsciencia o deterioro cognitivo severo, uno u otro de carácter irreversible, no estará que le sea practicada la prestación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los artículos 16a y 16b y creo que hay que sacar de acá el problema enteramente distinto de que no haya alcanzado el paciente a efectuar estas solicitudes reiteradas porque eso es algo que hay que dejar a mi juicio entregado al régimen de los documentos de voluntades anticipadas. Hay una última cuestión quizás, creo que hay un riesgo que se abre en la manera en que se frasea la exigencia, el proyecto manada de la Cámara contempla simplemente la posibilidad de que el otorgante del documento de voluntades anticipadas designe a uno o más personas para que comillas manifiesten al médico su voluntad del paciente, lo que hace el Ejecutivo a través de sus indicaciones es transformar esa posibilidad en una exigencia, yo creo que eso es favorable, pero creo que hay en la expresión para que manifiesten al médico la voluntad del paciente un riesgo de que el documento de voluntades anticipadas se convierta en letra muerta, o sea porque aparece la pregunta, bueno, la voluntad manifestada del paciente por parte de esta persona designada al efecto necesita coincidir con la voluntad declarada en el documento de voluntades anticipadas, yo creo que esa es la cuestión fundamental acá y yo sugeriría para despejar, o sea, si es que la comisión quiere avanzar por supuesto en esa dirección, un fraseo alternativo que diga algo así como para que hagan constar al médico la voluntad declarada por el paciente en el documento de voluntades anticipadas, o sea, si el compromiso acá es con la autonomía del paciente, yo creo que esta salvaguardia resulta indispensable y simplemente hago ver que a mi juicio hay un problema de incoherencia en la referencia que el artículo primero transitorio hace al reglamento indicado y la resolución señalada en el artículo 16a, en el artículo 16a en el articulado que resultaría de la aprobación de las indicaciones, solo hay una mención a un decreto del Ministerio de Salud, eso se podrá corregir fácilmente, pero lo hago ver para no dejarlo en carpeta. Muchas gracias y perdón por el tiempo excedido, señor Presidente. Muy bien, se lo restamos de la respuesta después. Lo importante es cerrar las ideas. Para las colegas que se incorporan, las preguntas van a quedar para el final de la tercera exposición. Están inscritos el senador Chaguán, el senador Castro, el senador Gaona, el senador Ordenes, el diputado Miros de Vich que se ha incorporado, en ese orden. Ofrezco en último lugar la palabra al doctor Juan Carlos Bertoglio que está conectado desde la región de Los Ríos por vía Zoom. Te ofrezco la parola, doctor Bertoglio. Gracias, señor Presidente, de la colonia italiana de Valparaíso. Solo para distender un poquito lo complejo de este tema, nada más. Y a ver si logro hacer la síntesis después de este razonamiento tan hegeliano que parte desde los principios tan claramente planteados por Monseñor Chomalí y terminan en lo específico, concreto y práctico de lo que debe ser una redacción jurídica que trate de especificar y precisar la infinidad de situaciones que se enfrentan particulares de cada paciente, porque cada paciente en sí es un mundo. Yo voy a tratar en los diez minutos y ceñirme al tiempo de expresarles algo. Hablar de esto es como lo más parecido a hablar del amor.
autobiográfico. Cumplo 50 años ahora, estos días, de profesión médica, donde he pasado desde ser el médico general de campo rural al médico de UCI intensivista, al director de hospital complejo con oncología y trasplante, al residente de cuidados intensivos, al enseñante de medicina, no quiero ser pretencioso, de profesor, y a la investigación básica y clínica aplicada, fundando el primer comité de ética acreditado de la investigación científica, ministerial, por cierto, mi jefa hasta hace pocos días está presente aquí, la señora ministra, para cuidar la seguridad y eficacia y tolerancia de nuevos tratamientos de salud. Multidisciplinario, por cierto, y esto desde una facultad de ciencias de la salud, donde hay al menos 10 profesiones de la salud incorporadas. Del punto de vista de la filosofía sanitaria, que creo que aquí es lo central, y obviamente de la historia y de la tradición de la medicina, nos enfrentamos a un dilema esencial, si los profesionales de la salud y particularmente el médico deben o no participar o ser parte de una nueva situación que hoy día la sociedad nos plantea, que es asistir a acelerar la muerte de una persona. Yo creo, basado en esta, digamos, autobiografía, en esta trayectoria, habiendo enfrentado desde todas las posiciones de juego en el campo la problemática, que uno debe plantearse a quién pertenece la vida. Y la vida no la da el Estado, por lo tanto, si no la da, no la puede quitar. La vida la da la naturaleza y la termina la naturaleza. Y creo que nuestro rol profesional y funcionario, sobre todo en lo público y o lo privado, y académico más aún, debe ser acompañar la naturaleza en su mejor expresión. Y hoy día, gracias a Dios, el progreso permite tener las herramientas y nuestra economía los medios como para respetar la voluntad de la naturaleza sin llevar las cosas a una distorsión como es la distanasia, palabra que he hecho de menos en todo este análisis. ¿Qué es la distanasia? Justamente es la obstinación terapéutica, es el ensañamiento terapéutico. Situación que llega a un límite peligroso con los intereses. Y cuando ahí ya no entramos a hablar de convicciones, sino que hablamos o de ideologías por una punta o de intereses por la otra. Y cuando me refiero a intereses, tenemos que pensar en el complejo médico industrial que está detrás de los intereses que empujan la mano médica institucional, social, comunicacional, los medios de comunicación, por llevar las terapias a extremos, a tratamientos experimentales y que casualmente son de altísimo costo. Y por lo tanto ahí hay un incentivo perverso a esto. Debemos cuidar ambos extremos. Ahora, en cuanto al principio elemental, basta que una persona que haya expresado su voluntad de no continuar recibiendo tratamientos que prolonguen su sufrimiento y que no tengan ningún propósito, que remedios que no mejoren y que sean de alto costo personal, no me refiero solo a lo material, también en lo material, pero sobre todo de dolor, de sufrimiento físico y espiritual, debe ser respetado. Y para eso la medicina hoy día tiene todos los medios para que en breve tiempo quien no desee seguir viviendo por voluntad propia pueda ser asistido sin dolor, sin angustia emocional, sin desesperación.