Recording in progress. Bien, me invito a ponerse de pie. En nombre de Dios y la patria, damos inicio a la comisión de educación.
Se ha ido el cojín y no ha habido nada. ¿No le ha habido nada? No, no le ha habido nada. Señor secretario. Señor secretario. Presidente, senadores, en cuenta la urgencia suma solamente para el proyecto de ley sobre convivencia y contrato de bienestar de los equipos educativos. El único tema que está en la cuenta.
Bueno, la sesión de hoy día ha sido convocada para continuar la discusión en particular del proyecto de la imprimida en el Parlamento Constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de facilitar la creación de nuevos establecimientos educacionales.
Para este efecto, Presidente, Senadores, se ha elaborado un nuevo texto comparado por la Secretaría. Cinco columnas, que es el texto que va a servir de base para, o que la Secretaría entiende que es la base para la discusión.
Ustedes tienen dos comparados. Uno es el que estoy haciendo mención, en el cual están consideradas las propuestas de los asesores. El licenciado identifica como comparado complementario. Ahí están todas las propuestas de la mesa de los asesores en la tercera columna, que en definitiva sería la que tendríamos que irse dando lectura e irse discutiendo y votando.
Sigue subsistente obviamente el anterior comparado, en el cual estaban las indicaciones o constan las indicaciones presentadas por los senadores y senadoras y el... el ejecutivo, y ello por cuanto, según la información que ha sido proporcionada la Secretaría, algunas de ellas no habrían sido posibles de incluir como propuesta en la mesa de asesores, no hay acuerdo en esa materia, y subsistirían en consecuencia la intención de los senadores autores de esas indicaciones de discutirlas.
En consecuencia, Presidente, como método de trabajo, si le parece a la Comisión, deberíamos iniciar la discusión en la página 3 del texto que dice insisto, comparado complementario comparado complementario ese texto, ahí no están las indicaciones presentadas.
sino que está la propuesta de la mesa de asesores, en la cual considera las indicaciones que se han presentado por el Ejecutivo y los senadores, y hacen la propuesta para que la comisión la discuta y la vota. Si le parece, presidente, doy lectura por parte de esa indicación.
Sí. Gracias, presidente. Saludar al ministro, a su equipo y a los colegas. Yo considero como propuesta, no sé si podemos empaquetar la discusión, cosa que en el fondo tenga, porque entiendo que hay bastante consenso en esta parte. Lo que creo que ayudaría mucho es que lo describiéramos en su grueso, ojalá, no sé si realmente algún asesor, antes de ir uno por uno, si pudiera hacer como capítulo, si se trataron tres temas, o si quieren partir por el capítulo número uno, y ahí tal vez el secretario continúa con la relación de la votación, pero para que también conversemos la parte de la indicación con una descripción más teórica para avanzar más rápido, que no se haya acuerdo, diríamos, en esta materia. Mientras estemos entendiendo todo lo mismo, diríamos a nuestra propia.
¿Le parece? ¿Sí? Nayara, ¿quiere resumir el número al uno?
Sí. Perfecto. Muchas gracias, presidente, por su intermedio también para dirigirme a la comisión. Efectivamente, la primera indicación que hace la mesa es la que modifica el artículo 6 y específicamente la letra A4. Y en ese artículo lo que hacemos es establecer la posibilidad de tener arriendos permanentes en el sistema. Eso considerando que hoy día el arriendo, como se ha discutido en otras sesiones, es permanente solamente para los sostenedores que ya están en el sistema, pero los nuevos sostenedores no podían arrendar. Entonces, con esta normativa se permite el arrendamiento permanente a todos.
Ahora bien, sobre las modificaciones específicas de los artículos, la primera es la modificación, bueno, el primer numeral es el que refiere a la inscripción en el conservador de bienes raíces, que finalmente el consenso fue que fuera respetado por quien adquiere el inmueble y, por lo tanto, que solamente pueda haber arrendamiento si es que ya existe tanto un contrato de arrendamiento y que este esté inscrito en el conservador de bienes raíces. En segundo lugar, se establece la renovación automática de los contratos. Y tiene que durar al menos ocho años y se puede renovar automáticamente, o más bien se renueva automáticamente si las partes nada dicen, sin perjuicio de que cuando el arrendador no quiera renovar el contrato tiene que avisar con cuatro años de anticipación. Y en el caso de que el sostenedor sea quien desea no renovar, tiene que informar la no renovación con un año de anticipación. Luego, en el numeral tres, está la prohibición de contratar arriendos entre personas relacionadas, que quedaría solamente en el artículo transitorio, y en esta versión, es decir, en el articulado permanente, no se podría hacer arriendos entre personas relacionadas. Adelantándome brevemente para que se entienda el acuerdo, el arriendo entre personas relacionadas se extendería cinco años más de lo que hoy día ya se establece en la normativa vigente y como ha sido interpretado por los órganos administrativos competentes. Eso quiere decir que en el artículo transitorio se establece que el arriendo entre personas relacionadas se extendería hasta, desde 2027, cinco años, y desde 2031, cinco años más; es decir, hasta 2032 y hasta 2036, en el segundo caso.
Continuando con el artículo 6, se establece luego de ello la individualización del retazo. Esta es una norma pequeña que en el fondo tiene que ver con que el establecimiento educacional puede funcionar solo en una parte del inmueble y no necesariamente en todo el inmueble. Luego está el límite del canon de arrendamiento, que es del 11%, como ya lo habíamos conversado en otras sesiones. Luego aparecen las mejoras útiles y necesarias, que también queda la versión que había sido consensuada en la sesión anterior, que es que las mejoras útiles son efectivamente de cargo del sostenedor y se agrega que, de todos modos, son de cargo del dueño, pero que el sostenedor puede realizarlas y que se descuentan del canon de arriendo.
Y luego una norma relativa a la hipoteca que establece que el comodatario o arrendatario puede hipotecar el inmueble para contraer un crédito hipotecario con la finalidad de adquirir la propiedad. Finalmente, está la autorización excepcional de arrendar con personas relacionadas, que es la autorización para arrendar con personas relacionadas en casos fortuitos de fuerza mayor, y que es por dos años desde que ocurra el caso fortuito o fuerza mayor y, según lo conversado por la mesa de asesores, sería posible prorrogar esto por otros dos años.
Eso sería, presidente. Gracias, Nayara.
Solo consultarle a Nayara.
Consultarle a qué se refiere con lo último que planteó casos de fuerza mayor, fortuitos o de fuerza mayor. Sí, por ejemplo, a casos en los que haya situaciones, por ejemplo, como los incendios, en los que ocurre una situación que deja un establecimiento sin posibilidad de... o un establecimiento que cumplía con toda la normativa y que no era entre relacionados de funcionar y que la única alternativa para el traslado rápido es efectivamente.
¿Sería fuerza mayor, por ejemplo, que en una comuna no exista otra oferta que no esté relacionada? ¿Nayana?
Sí. Si es que hay falta de oferta, la normativa ya contempla un caso y nosotros lo estamos regulando, de hecho, en el articulado. Y en ese caso se autoriza la utilización de establecimientos que ya funcionan de formas excepcionales. Por ejemplo, más estudiantes por sala temporalmente o cambiar los horarios del establecimiento para que puedan asistir con doble jornada. Hay normas específicas para abordar la falta de oferta.
Bien, eh, senador Kass. Gracias, presidente. Sí, yo en principio estoy de acuerdo con lo que los asesores y el Ministerio de Educación han acordado. Lo único que me hubiera gustado distinto, lo quiero dejar para historia de la ley nomás, es una solución más definitiva al tema de los… cinco años, seguido prorrogando, prorrogando, prorrogando, del famoso oriéndulo, que al final no han podido comprar muchas de las, porque no les prestan plata, porque al final es como el huevo a la gallina, no les prestan plata porque en el fondo los bancos no prestan, no pueden comprar, entonces hemos tenido que ir flexibilizando estos cinco años adicionales, que probablemente en cuatro años más vamos a tener que seguir flexibilizándolo. El típico caso de leyes que ocurra así, pero bueno, me habría encantado que tal vez en esta oportunidad hubiésemos llegado a un acuerdo más definitivo en esta materia reciente, pero… Dado que es lo que hay y lo que ayuda, lo voy a aprobar. Yo sé, por eso digo, lo valoro, pero quiero dejar constancia que tal vez una solución definitiva hubiera sido positiva. Así es.
Ofrezco la palabra, senador Castro. Gracias, presidente. Presidente, si… Igual es interesante que sean cinco años, porque en el fondo los cinco años de arriendo yo creo que es un tema que se agradece y que no sean tres. Pero también hay que ver la historia, porque nosotros tuvimos reunión en la región con la gente de los sostenedores y tienen un problema grande que yo no entendí cómo funciona. Y tiene que ver un poco también con los bancos, porque los bancos cuando son colegios no los financia, cuando son sociedades inmobiliarias si lo financia porque ningún banco va a rematar un colegio, porque es muy feo que un banco remate un colegio. Entonces ellos se hacen cargo de la infraestructura, si es de que financian y no se responde a eso, y cualquier otro colegio puede funcionar en ese lugar, o su sostenedor se puede hacer cargo de eso. Entonces es un tema que deberíamos conversar, por eso habíamos colocado una indicación, pero parece que no da lugar esa indicación dentro de este proyecto. Pero es un tema que, lo digo, ministro, porque yo creo que es un tema que hay que… que revisarlo, porque de acuerdo a los números que me entregaron a mí, obviamente que ustedes deben tener mejor información, del orden de 5.000 o más de 5.000, llamémoslo, establecimientos educacionales, solamente han podido hacer el trámite del orden de 300. Y el resto no han podido hacer el trámite porque no tienen financiamiento. Y ese es un tema que habría que buscar. O esa solución, o buscar también que ellos tengan la posibilidad de seguir con los arriendos que estaríamos viendo en este proyecto. Eso, presidente. Gracias, senador Castro.
Presidente, mire, en la misma línea de lo que ha planteado el senador Felipe Kast, en el sentido de que quede registro para la historia fidedigna de la ley, pero tal vez en un sentido distinto a lo que aquí se ha planteado, porque efectivamente lo que… se había definido es que el inmueble es un área sensible para que funcione un establecimiento educacional. No podemos de una mañana a otra, cuando quien pone en arriendo ese inmueble decide colocar otra actividad, ponga en riesgo la continuidad del servicio educativo. Entonces, el propósito en la ley permanente de subvenciones es que… cumpla este rol de sostenedor, deba ser propietario del inmueble, porque lo que está en juego es muy importante. Entonces no es aquí que usted se cambie de negocio. No es como, ah, mire, tengo un local para una perfumería, me subieron el costo del arriendo, o el dueño…
No, esto estamos hablando de educación. Entonces, por eso que era tan importante que los sostenedores, para obtener el reconocimiento oficial, fueran dueños del inmueble. Y esto no porque a uno se le ocurra, presidente, sino porque ya nos ha pasado en donde las historias de nuestro país han llegado a comunidades escolares; en el caso de los colegios Bretonia, llegaban un día común de clase como el de hoy y estaba cerrado con llave y decía “se vende”. Entonces, a partir de eso se puso la disposición en que debían ser propietarios y se dio un plazo para que ellos pudieran adquirir ese inmueble. Efectivamente, la fórmula que se utilizó en donde la Corfo iba a prestar esos recursos es una fórmula que no funcionó. Pero no por eso, al menos yo personalmente, presidente, abandoné la idea de que sean propietarios del inmueble porque eso les da seguridad.
Mire, nosotros recibimos aquí el año pasado a la comunidad de un colegio particular subvencionado en Arica, en donde, producto de las disputas por herencia, dijeron: “no, nosotros vamos a hacer de este espacio, vamos a construir un edificio”. Y era un colegio de más de 800 alumnos. Entonces, por eso hemos planteado que es importante que aquí se avance a tener la propiedad del lugar en donde funciona el establecimiento educacional. Yo entiendo que esto no ha sido posible. Y entiendo también, presidente, que han llegado a un acuerdo en el sentido de decir: “mire, vamos a permitir que los sostenedores puedan arrendar el inmueble en el que funcionan los establecimientos, con las condiciones que están establecidas, pero que esto no pueda ser entre partes relacionadas”. Eso. Solo para consignarlo en la historia. Gracias, senadora Proboste.
Sí, aclarar que hoy día lo que estamos haciendo con estas indicaciones es dejar lo que estaba de manera transitoria con la expectativa de que efectivamente las propiedades de los establecimientos educacionales se traspasaran, queda de manera transparente. La restricción a los cinco años queda solamente en aquellos casos en que las partes son relacionadas. La regla general para el resto de los establecimientos es que se permite este arriendo que está fijado en el 11 % del avalúo fiscal.
Bueno, voy a aprovechar de saludar al senador Castro, al senador Kass, a la senadora Proboste, a la senadora Espinosa y también nos acompaña la senadora Pascual. Y ofrezco la palabra, si no, para tomar la votación.
Referente a lo que decía la senadora Proboste, yo creo que no son tantos los casos que hay a nivel nacional que se han dado. Yo creo que son muy pocos los casos que se han dado. Y yo creo que hoy día, si es cierto, a todos nos gustaría que los establecimientos fuesen de los sostenedores de verdad. Pero si no tenemos una nueva legislación donde se permita que ellos tengan el financiamiento para poder adquirir ese colegio, difícilmente lo vamos a lograr. Por eso yo creo que la mejor fórmula acá es mantener los arriendos, y si son inmobiliarias, que son en cierta medida relacionadas, con un tope, como se está estableciendo el día de hoy, con un tope de valor de arriendo, eso no afecta en nada. Y las inmobiliarias sí tienen financiamiento bancario, que es el tema que les complica. Por eso, presidente, yo creo que este es un tema que tenemos que seguir dando la vuelta. Yo creo que los colegios que están hoy día funcionando, que no han podido ser adquiridos por los sostenedores, bueno, sin duda que tienen que tener la posibilidad de seguir ampliándose este arriendo y establecerlo de una vez por todas dentro de una forma que no les permita que cada cierto tiempo tengan que estar dándose más tiempo para que ellos puedan adquirir, porque es un tema muy complejo. No es fácil de que venga un sistema financiero y les preste una cantidad importante de recursos, porque también no es llegar y pagar. Y aquí es un tema que ese tipo de créditos no es tan fácil pagar porque los valores son bastante altos. Entonces, es un tema que tenemos que darle una vuelta y trabajarlo seguramente con más calma. Gracias, senador.
Secretario, si puede tomar la votación. Antes de tomar la votación, presidente, hacer presente dos cuestiones. Una, para efectos de que los señores senadores y senadoras entiendan el sentido de lo que se está definiendo. Se está votando en cuanto a la propuesta de la mesa de asesores desde la página 3 hasta la 10, que incluye como texto hasta la página 12, porque ahí está la mantención de lo vigente.
en lo que se refiere a la letra A4 del artículo 6. Es una cuestión. Y la segunda cuestión que está en conocimiento del Ejecutivo es que dentro de los acuerdos que llegó a la Mesa de Asesores hay dos temas, uno que está en la página 8 y otro que está en la página 10.
En ambos casos, si ustedes ven los textos ahí al final, aparece con asterisco y dice IE, que se refiere a temas de iniciativa exclusiva y que, por tanto, el Ejecutivo tiene que presentar una indicación formalmente hablando, porque estos son acuerdos que surgen a partir de dos indicaciones de senadores que, por tener problemas de admisibilidad, se tienen que declarar inadmisibles, que son las indicaciones 2A y 3A. Sin prejuicio de que se recogieron los puntos que plantean esas indicaciones, que son las del senador Castro y Sangüesa y la indicación del senador Espinosa, insisto, que se recogieron en la propuesta.
La propuesta de la mesa está siendo puesta en votación y definida por esta comisión en este momento. Debe hacerse el trámite formal que el Ejecutivo ha señalado que, a vuelta de la semana regional, presentará los textos correspondientes para el efecto de que la comisión, en un… un breve lapso, dé su aprobación a lo que se está haciendo, sin perjuicio de tomar la votación al referéndum en esta instancia, si así le parece a la presidencia.
Tendría que ser ratificada porque, como le digo, se requiere una indicación del Ejecutivo que se haga cargo de estos temas. Me estoy refiriendo al tema de la hipoteca, página 8, y si bien es cierto existe la posibilidad de hipotecar, acá se está agregando que dice que para continuar impetrando la subvención deberá acreditar su alzamiento dentro de los próximos 25 años, con todas las notificaciones, etc. Y luego, en la parte final de la página 10, cuando se establece la posibilidad de requerir a la Secretaría Regional Ministerial y la posibilidad de extender por dos años más el contrato de arrendamiento en cuestión.
Entonces, en esos términos, se podría poner en votación al referéndum toda la indicación que se hace para la letra A4 del artículo 6. ¿Toma la votación? Va a tomar la… No, pues no. Debiéramos aprobar lo que no está… lo que no necesita el patrocinio del Ejecutivo y aprobar al referéndum lo que va a entrar. Va a entrar una sola indicación al Ejecutivo. Ya.
Entonces la aprobamos al referéndum como está y esperamos que llegue igual como está. Claro, que si no, habría que… como las indicaciones que dan origen son parlamentarias y, desde el punto de vista técnico, son indicaciones que deberían ser inadmisibles, entonces no se puede votar algo que es inadmisible. No sé si me entiende el presidente. Entonces es mejor votarlo al referéndum, como ha propuesto el senador Kast, que son los contenidos que la comisión acordó, y luego, con la presentación de la indicación formalmente hablando, ratificar lo que hoy día se está defendiendo y no se hace discusión, obviamente, nuevamente, porque la discusión se está agotando hoy día.
Senador Espinosa. Senadora Proboste. Senador Kast. Senador Castro. Presidente. A favor. Entonces queda aprobada en la fórmula que se ha señalado la propuesta para la letra A4 del artículo sexto por la unanimidad de los miembros de la comisión.
Solo para la historia de la ley, señalar también que no ha sido mencionado, lo que es obvio porque no está dentro de las cosas que se modifican, pero en el artículo aprobado también están los componentes que tienen relación con las propiedades de las aulas cárceles y las aulas hospitalarias. Es decir, también se resuelve eso que hoy es un problema donde se le hace exigible la propiedad al sostenedor en contextos de encierro, en contextos de hospital. Entonces, evidentemente, esa solución, que yo la quiero mencionar porque no es trivial, este es un tema que permanentemente aparece en la conversación con las comunidades educativas que pertenecen a esas dos realidades. Entonces acá queda resuelto eso ya de manera permanente. Se establece que no se le exige la propiedad. Gracias, Ministro. ¿Secretario? Presidente. Sí, Presidente. A continuación...
En la página 15 de este texto comparado complementario está la propuesta de la mesa de asesores para el artículo octavo de la normativa vigente. La primera enmienda que se plantea ahí es un tema de orden formal: reemplazar la expresión prebásica por parvularia. Estaba al comienzo del artículo octavo, porque es la denominación que corresponde. Luego, en la página… Eso sería, perdón, la única modificación al artículo octavo.
¿Habría unanimidad también, presidente? El cambio en la metadura de toda esta prueba es por unanimidad de la comisión.
Siente como… …hipopularia.
Sí, en esta yo tengo una indicación, sí, que no está, que lo que conversamos con el Ejecutivo es que la idea sería o presentarla en la sala o en nuestra instancia, porque afecta a otra ley en el fondo, para no mezclar.
Donde nosotros cambiamos el… Le agregamos un inciso final. En el artículo octavo. Usted lo había retirado. La sexta. ¿Dónde está, secretario?
Está en la página 21 del otro texto comparado. En la 21. En la 21 están las indicaciones.
Sí, la 21, a lo que se está refiriendo el señor Sanhuesa, es otro texto comparado, no está en las indicaciones, no en el complementario, sino en la página 20. Si la puede leer, secretario, porque ahí hay dos indicaciones en la página 21. Uno, la indicación 6, que era solamente planteada por el senador Cangüesa, que fue retirada. Esa está retirada.
Sorre que interrumpa, secretario. Muy breve. Solamente un tema metodológico para ordenar en mi… Yo pensé que íbamos a partir con este comparado, que era complementario donde había acuerdo, que íbamos a despachar este comparado, porque yo también tengo otras indicaciones que no están en este comparado de acuerdo, que pensé que le íbamos a ver después.
Entonces, no digo cuál sea mejor o peor, lo que nos pongamos de acuerdo en un mecanismo… Porque yo pensé que, como en esta tenía un acuerdo, iba a ser de fácil despacho, que la asesora del ministro iba a poder decir, miren, esto trata de esto. Y después, si es que hay un nuevo anexo, un nuevo inciso suyo en esa indicación, que ya está aprobada, probablemente la votamos después. Pero en el fondo, no, no, si es que la aprobamos acá. Eso es lo que voy a decir.
Entonces, lo importante es que no sean contradictorias las indicaciones así con lo que se aprueba acá. Eso es lo único que me preocuparía.
Pero en el fondo, para que no ordenemos octavo plantear otra cosa. Y acá hay dos posibilidades, presidente, para efectos de método de trabajo. Uno, hacer lo que seguir el camino sugerido por el senador Kass, en el sentido de que sin prejuicio de que estamos viendo el artículo octavo vice, pero no fue objeto de acuerdo a la mesa, esto verlo con posterioridad y entender de que la comisión acuerda al mismo tiempo reabrir el debate respecto de estos temas para no estar sometiendo a la repertura del debate en su caso.
Entonces, se entiende que el octavo vice se aprueba en lo que está en la mesa de asesores, sin perjuicio de que está pendiente de lo que usted está planteando, y lo veremos una vez que culminemos con el estudio de la mesa de propuestas. ¿Le parece? Bien. Perfecto.
Entonces, presidente, sigo. Estábamos en la página del comparado complementario. Acá está la propuesta de la mesa de asesores a partir de la página 18 y 19, que son…
Esto que es el cambio de nomenclatura.
De pre-básica por parvularia.
Pero está lo del senador Sangüesa, que quiere plantear un tema que no fue objeto de acuerdo en la mesa de asesores. Por eso se sigue adelante.
Una vez que combinemos esto, este texto, junto con también las propuestas que ha hecho el senador Kass, que también él quiere hacer la discusión respecto a esos papeles.
Entonces, en la página 19 aparecen acá el artículo octavo bis nuevo, o más bien dicho, el octavo bis propuesto por la mesa de asesores, y el octavo ter y cuater, que va desde la página 19 hasta la página 28. Tres artículos, octavo bis, octavo ter y octavo cuater, que son las indicaciones del Ejecutivo, número 8 y 8A, perdón, del Ejecutivo 8 y de los senadores Castro y Sangüesa, 8A; la indicación 8 también del Ejecutivo, página 22; más la indicación 8C de los senadores Castro y Sangüesa; y para el 8 cuater, finalmente, página 26, la indicación 8 del Ejecutivo.
O sea, desde la página 19 hasta la 28, básicamente estaríamos votando eso.
Tal vez sería bueno que el Ejecutivo nos explicara.
Exactamente, eso es. Octavo bis, octavo ter y octavo cuater.
Claro, lo que pasa es que en la 18 está la formulación. Parte de la 18 al final de la colación. Ahí está la formulación de que se introduce el número 3. Ministro, Nayara. Muchas gracias, presidente. Bien, procedo.
Son tres indicaciones, o tres artículos más bien, como hacíamos 8 bis, 8 ter y 8 cuater.
En primer lugar, la del artículo 8 bis lo que hace es crear un procedimiento para que los sostenedores presenten propuestas para la creación permanente de nuevos cursos, y la intención de la norma es en particular dejar establecido que el Ministerio de Educación va a tener el deber de publicar cada año los territorios en que se proyecta que existe una demanda insatisfecha y además de ello abrir convocatorias públicas para poder satisfacer dicha proyección, estableciendo un procedimiento que se regularía específicamente para estos efectos. Además de ello, se establece la posibilidad de reconsiderar zonas donde inicialmente no se proyectó la demanda insatisfecha. Esto quiere decir que no se abrió una convocatoria por parte del Ministerio porque se entendió que no se cumplían los requisitos formales para la demanda insatisfecha. Y ahí hay dos supuestos que se establecen en la norma. Primero, que se pueda hacer referencia por parte de los sostenedores o bien acompañar antecedentes que acrediten la existencia de factores que influyan en la demanda y que no fueron considerados por el Ministerio, y con esto específicamente, voy a llegar a la normativa, se refiere la norma a instrumentos públicos, registrales, censales u otros similares que acrediten la existencia de factores influyentes en la estimación de la demanda. Y en segundo lugar, refiere a la presentación de antecedentes relativos a la demarcación territorial con los que se determinó la demanda insatisfecha. Entonces, en base a todos estos antecedentes, el Ministerio podría reconsiderar la proyección según la solicitud que se haga por parte del sostenedor y determinar que sí existía demanda insatisfecha y que, por lo tanto, se puede proceder a impetrar la subvención en esos territorios.
Luego de ello, en el artículo 8 ter, se establece un mecanismo que ya no guarda relación específicamente con la demanda insatisfecha, sino más bien con la posibilidad de, aun cuando no exista una proyección de demanda insatisfecha en un territorio, que el sostenedor pueda, cuando no haya demanda insatisfecha necesariamente, pero que además no existan dentro del territorio establecimientos que cuenten con niveles que tengan desempeño alto, que haya un sostenedor que se administre y que tenga una trayectoria de administración de establecimientos en categoría de desempeño alto o medio, pueda solicitar al Ministerio de Educación, de todos modos, la apertura de un nivel, no existiendo demanda insatisfecha, y lo que se busca con esta indicación es poder mejorar la oferta, o más bien tener oferta de calidad en todos los territorios, y que cuando no exista en un territorio haya un sostenedor que haya demostrado un buen desempeño a lo largo de su trayectoria, que pueda asegurar la creación de un establecimiento que se espera cumpla con estas características. Para ello, el sostenedor tiene que acompañar a su solicitud un acta levantada ante el ministro de FE, que tiene que individualizar a los estudiantes y a los estudiantes.
apoderados que representen al menos el 70% de la matrícula proyectada para el nivel respecto del cual se solicita la subvención. En este caso se va a considerar que la capacidad máxima del establecimiento no puede ser inferior al promedio de cupos ofrecido por los establecimientos de una comuna o territorio y que además se tiene 25 alumnos por curso. Sobre esta norma, la intención, sobre todo al establecer todos estos requisitos, por un lado, como señalábamos, asegurar que el sostenedor tenga una destacada trayectoria y, en segundo lugar, evitar que se produzcan problemas de financiamiento y que, por lo tanto, con una nómina baja de apoderados, que además pueden no tener necesariamente la voluntad de escribir al establecimiento, entonces en este caso se asegura que un 70% van a poder solicitar que se abra el respectivo nivel y con eso se asegura entonces que efectivamente habría una convocatoria alta para la apertura de ese establecimiento. Además, la norma considera en ese supuesto la participación y el interés ciudadano de ampliar la oferta; era otro de los puntos que intentamos recoger con la norma de acuerdo. Y por último, contiene una exigencia rebajada para instalar establecimientos en casos de baja densidad poblacional, en cuyo caso el listado, en vez de exigir un 70%, se exige que contenga solo el 30% de la licitación de los futuros estudiantes.
En el 8.4, la indicación genera lo que habíamos señalado previamente en la discusión del artículo anterior, que es dotar al Ministerio de Educación de herramientas para que en contextos de falta de oferta educativa se pueda asegurar la continuidad y provisión inmediata del servicio educativo. En este caso, lo que se hace es autorizar el funcionamiento de una instalación provisoria, flexibilizar exigencias mínimas de horas de clases, de horas de permanencia de los estudiantes en los establecimientos, de horas no lectivas, así como el funcionamiento de la doble jornada. Sí, por último, esta autorización, claro, es transitoria y, una vez pierde vigencia el establecimiento educacional, por supuesto, tiene que regularizar la situación y atenerse a las reglas generales.
Aplico la palabra. Senador Kass, hoy su palabra aprobada.
Yo voy a votar obviamente a favor, es parte del acuerdo programado. Quiero destacar un elemento que me parece súper relevante de lo que estamos aprobando, que es cuando en un lugar no hay proyección de demanda insatisfecha, pero en el fondo no hay una oferta de calidad que se permita ampliar a aquellos que tienen una demostrada trayectoria de calidad que puedan ampliarse. Creo que eso va al corazón de lo que la comisión asesora que escuchamos al inicio de la conversación del SAE, me acuerdo, planteaba. En el fondo, en ese final, el gran desafío es cómo hacemos que aquellos proyectos educativos que son de calidad, que además vamos a generar una institucionalidad que los evalúa. Porque tenemos una institucionalidad que se dedica a eso. Podemos siempre pensar que se puede mejorar el desempeño de esa institucionalidad, pero hoy día es lo que tenemos, y tenemos una evaluación de alto desempeño medio. Y que esos establecimientos puedan eventualmente abrir un nuevo nivel o abrir un nuevo establecimiento, creo que ayuda mucho a lo que un buen diseño de institucionalidad educacional quisiéramos, y debió haber sido el diseño original del sistema. O sea, poner muchos requisitos para que alguien ofrezca hacer colegio. O sea, en el fondo no es chacota esto de llegar y abrir un colegio. Entonces creo que es muy bueno que potenciemos aquellos proyectos educativos que han demostrado una vocación profunda, excelencia, calidad, en fin. Y a eso darle más facultades de crecer. Ese es un buen mecanismo de crecimiento. Entonces creo que esta indicación que está aprobando el presidente no es menor. Obviamente voy a votar a favor. Gracias, senador.
Gente, mire, yo entiendo que han habido conversaciones y toda la disposición que ha tenido el ministerio de acoger las distintas preocupaciones que han planteado en esta comisión, pero yo quisiera que me quedara si se pudieran explayar un poco más. Porque entiendo que la concentración de la explicación ha estado en la apertura de nuevos establecimientos educacionales, pero yo quisiera que nos pudiéramos concentrar en la apertura de nuevos niveles en el mismo establecimiento educacional. Si es que eso lo pudiesen explicar, porque creo que la disposición que se hace para el caso de nuevos establecimientos a partir de la baja densidad poblacional, creo que es un dato bien interesante a pesar de que no se dice… Y vamos a considerar por baja densidad poblacional. Y después, cuando eso lo dejamos remitido a un reglamento, nos encontramos también con algunas diferencias de lo que nosotros nos estamos imaginando en esta comisión a lo que efectivamente está. Entonces, si es que pudiésemos tener el foco de la explicación respecto de la apertura de niveles.
Gracias. ¿Alguna otra consulta? Nayara. Sí, presidente. Por su intermedio, efectivamente la norma de nuevos niveles no fue modificada. Eso quiere decir que esto es un tema que primero se regula en el reglamento y que decidimos no incluir, considerando que, pese a que originalmente existían muchas incertidumbres respecto a cómo aplica, constatamos que no existe un problema porque la norma, si bien exige la demanda insatisfecha también para la apertura de nuevos niveles, exige la demanda insatisfecha en otros términos a cómo se calcula para cuando se crea un establecimiento o se crea un nivel en un establecimiento nuevo. Dicho eso, si puedo, me remito al decreto 148 del Ministerio de Educación, específicamente a su artículo 15, que señala explícitamente que se entiende acreditada la demanda insatisfecha para efectos de la creación de nuevos niveles o una nueva especialidad cuando se acompañe por parte del solicitante de la petición la aceptación del proyecto educativo y de la matrícula de los alumnos en el primer curso del nuevo nivel o modalidad, y que ese número de estudiantes en el fondo corresponda al menos un 70% de los padres o apoderados del curso inmediatamente inferior. Esta norma, como se puede entender, por lo tanto, no resulta problemática en general porque los estudiantes, por ejemplo, de octavo básico, acompañan la nómina de todos los apoderados o fácilmente del 70% de apoderados que desean perseguir los cursos siguientes en el establecimiento. Así es. Bueno, aquí también se hizo una innovación interesante: no es necesario acreditar toda la comentación, sino que se puede hacer referencia a los instrumentos del Estado que efectivamente pueden acreditar una demanda insatisfecha. Y lo otro, la problemática principal que había en la creación de nuevos niveles tenía que ver principalmente con el arriendo, no con la cantidad de alumnos, y eso es algo que en el proyecto se supera.
Mire, presidente, yo entiendo que el ministerio diga que no es un problema, pero ¿sabe qué? La práctica sí es un problema. Y es un problema porque nosotros en el caso, y quiero en esto ser súper práctica, presidente, porque esto no es sobre la construcción en la teoría, es la construcción práctica. Cuando la familia en Carrizalillo, que está instalada en la comuna de Freirina, para llegar a la comuna de Freirina, que es una localidad que depende de la comuna de Freirina, tiene que tomar una micro. Desde Carrizalillo a Domeico hay más de 80 kilómetros. Desde allí a Vallenar tiene 60 kilómetros más. Y de allí a Freirina, cada tramo es aparte. Y cuando nosotros le planteamos que en esa escuela tengan niveles porque llegan hasta sexto básico y que puedan llegar hasta octavo básico, las familias dicen, ¿sabe qué? Con todos los problemas de convivencia no queremos que nuestros niños vayan y se queden en casas de familia. Entonces no estamos entregando ninguna solución. Yo creo que aquí todo el foco se ha puesto en resolver el problema de que se abran nuevos colegios, pero hay algo mucho más práctico: estos colegios que son eminentemente rurales, o lo mismo con el tema de San Pedro, en la comuna de Copiapó, donde, producto de la pandemia, las familias han decidido instalarse en las zonas rurales. Un colegio al que uno va, entra y dice: “aquí tenemos capacidad instalada y capacidad ociosa”, pero ¿dónde está el problema para que, con toda la disposición, no lo podamos echar a andar? Entonces, pareciera que no es algo que no tenga problemas; tiene problemas. Y si aquí se ha manifestado toda la disposición para que aquellos que están impulsando que se abran nuevos colegios lo tengan bastante más sencillo, mire: la escuela pública que está instalada ahí, que pueda abrir más niveles. Y no lo tenemos claro. Eso.
Gracias, presidente. Saludar a toda la comisión, a los invitados. Disculpe. Ministro, solo para que pudiera también incorporar en su intervención dos preguntas en rigor. Uno, la distinción entre la apertura de nuevos establecimientos y apertura de nuevos niveles dentro de una escuela que ya existe, un colegio que ya existe. Segundo, si no entiendo mal de lo que estoy leyendo, y me corrige si me equivoco, pero hay…
También una distinción entre colegios en localidades urbanas o localidades más altamente densas que las no densas. Y por lo tanto, a uno se le exige el 100% de acreditación y al otro el 30%. Si eso contempla o no contempla también la mantención de otras realidades, que no sé si es lo mismo que está planteando la senadora Proboste, pero que sí me interesa resguardar porque nos han planteado mucho a lo largo de estos debates lo que son las escuelas unidocentes, lo que son las escuelas rurales con mucha menor cantidad de población, etcétera, etcétera, que pueda también seguir fortaleciéndose porque, de verdad, que por dos o tres niños se les haga recorrer más de 150 kilómetros o 120 kilómetros no tiene mucho sentido. Y la escuela unidocente rural sí da esa facilidad. Solo eso quiero preguntar, ministro, para que el ministro propone. Gracias, presidente.
Sí, a ver, lo primero que me gustaría señalar es que, sobre apertura de nuevos niveles, el Ministerio tiene toda la flexibilidad del mundo en poder abordar esto, ya sea en lo administrativo o en lo legislativo. Es cierto que muchas veces se provocan colisiones que hacen que el proceso sea más lento. La senadora puso un par de ejemplos, de hecho particularmente nos ha estado tocando ver estos últimos días el caso de la Escuela San Pedro, que parece que se va resolviendo bien por lo que me han informado. Pero sí quiero precisar que en este proyecto estamos hablando sobre falta de oferta. Y la apertura de nuevos niveles o cursos no ocurre solo cuando hay falta de oferta, ocurre siempre. De hecho, nosotros hemos promovido la trayectoria educativa, o sea, la garantía de la trayectoria educativa. Piénselo de esta forma. Es de todo interés que un niño pueda entrar al colegio y ojalá salir del mismo colegio al final de su trayectoria escolar. Cuando no hay trayectoria educativa eso se interrumpe y hay que entrar a buscar dónde me voy, si colisiona o no con mis intereses, si hay cupo o no hay cupo. O sea, entramos en todo este debate complejo que ya dimos en el marco del proyecto del SAC. Entonces, es de nuestro interés que eso sea más fácil, si es que es necesario, aunque nosotros vemos que las condiciones están dadas. Es más, incluso nosotros hicimos modificaciones ya a reglamentos que, como por ejemplo, el 115, ¿no? No, el 315 que establece las condiciones para impetrar la subvención. Y efectivamente la modificación que hicimos fue permitir que lo hagan en cualquier momento del año, antes de solamente en un determinado momento del año. Entonces ahora se puede hacer en cualquier momento del año y si lo hacen y se amplía el nivel, hay pago de subvención cuando hay falta de oferta. Entonces se ha ido generando flexibilidad.
Ahora, me parece que tenemos que mirarlo más en detalle, como tenemos plazo para ratificar ciertas indicaciones que tenemos que aprobar al referéndum, me parece que hay tiempo para explorar alguna solución en el marco de la ley para poder abordar esto que plantea la senadora Proboste, porque creo que es del interés colectivo que eso quede bien despejado. Nosotros vemos que no hay dificultades, no tenemos ningún problema en sentarnos a mirar cómo podemos resguardar que eso quede expresado en la ley si es necesario.
Sobre lo que nos plantea la senadora Pascual, efectivamente hacemos diferencia, yo creo que las dos preguntas están vinculadas por su intermedio, Presidenta.
Presidente, lo primero es que efectivamente hay una diferencia que nosotros vemos cuando hay contextos de alta densidad demográfica a cuando no. Obviamente no podemos pedirle 70% cuando hay 10 niños en una escuela, digamos, prácticamente toda la escuela. Y por eso es que hacemos esa distinción por tamaño, digamos. Y también porque en la zona urbana lo que queremos evitar también es que haya una tendencia a una competencia que no está vinculada necesariamente a la calidad de los proyectos educativos, sino que sea ir matándose entre sostenedores, digamos. Y eso es algo que podría ocurrir si es que no le ponemos determinadas limitaciones a proyectos que buscan capturar finalmente una matrícula prometiendo cosas que luego no se van a cumplir necesariamente. En ese sentido, entonces, evidentemente el proyecto trata de priorizar y resguardar esos proyectos educativos que están en condiciones especiales de baja densidad, y particularmente esos son los proyectos rurales. Efectivamente, nosotros estamos trabajando precisamente en el fortalecimiento de la educación rural, por ejemplo, también con la ampliación de trayectoria educativa, es decir, que las escuelas rurales que habitualmente terminan en sexto básico terminen hasta octavo a lo menos, en algunos contextos donde hay más densidad, aún siendo rurales, pero hay más personas o niños viviendo en esos contextos. También continuar con media, estamos viendo proyectos de inversión, de hecho hace poquitos días me tocó inaugurar una escuela nueva, rural, que vino a resolver un problema de capacidad y trayectoria, de hecho se amplió de sexto básico a octavo básico.