1.- Bol.N°S 2630-05 Oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, con el que solicita el acuerdo del Senado para designar a la señora Paula Benavides Salazar como consejera del Consejo Fiscal Autónomo, por un período de cinco años, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la ley N° 21.148.
2.- Bol.N° 11073-07 Modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de la prisión preventiva y de suspensión de ejecución de la sentencia, respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años.
3.- Bol.N° 16371-24 Dicta normas sobre protección y fomento de la artesanía.
Lugar: Sala N° 12, segundo piso, Senado en Valparaíso
Vista pública limitada
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Se ha propuesto la senadora Rincón. ¿Habría acuerdo? Muchas gracias, colegas.
Le damos la palabra al secretario. Estamos solo convocados al efecto de resolver las divergencias producidas en el proyecto de ingreso mínimo mensual, que son dos. Está convocada, efectivamente, la comisión para constituirse y abocarse a resolver dichas divergencias.
Entonces le damos la palabra al ejecutivo, secretario. Muchas gracias, Presidenta, por su intermedio, y saludamos a todos los senadores y diputados presentes.
Efectivamente, hemos hecho el ingreso de una indicación que propone una forma y modo de resolver las divergencias surgidas en el seno de la discusión legislativa, específicamente para sustituir el artículo 12 y el artículo primero transitorio, a propósito de las prevenciones realizadas por la Comisión de Hacienda del Honorable Senado con respecto al Observatorio de Costo de Vida de las y los trabajadores. Esto se refiere a la creación de una nueva instancia estatal con necesidad de financiamiento público, lo que no es compartido por los honorables senadores. Nosotros queremos hacer presente que la propuesta se trata de una instancia que no forma parte de la administración pública.
A propósito de esa conceptualización, en la actualidad el Consejo Superior Laboral, en forma tripartita, acordó la creación de una comisión denominada Observatorio de Costo de Vida de las y los trabajadores durante el año 2024. Por esto se realiza esta propuesta para solucionar la divergencia ya existente y se propone establecer, en forma clara y expresa, que se trata de una comisión que depende del Consejo Superior Laboral. Se reconoce de esta forma a la instancia creada por dicha entidad tripartita, y en su funcionamiento siga la lógica y los principios del propio Consejo Superior Laboral. De esta forma se busca acoger las legítimas preocupaciones que manifestó el Senado.
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En conjunto con el interés de la Cámara de Diputadas y Diputados en el reconocimiento de esta instancia, la que además se encuentra actualmente en funcionamiento por decisión de los representantes de trabajadores, empresas y pymes y, por supuesto, el Gobierno. Asimismo, también queremos valorar la prevención que la Honorable Senadora Rincón manifestó respecto a las instancias con datos e información laboral ya existente en el Estado. Queremos hacer presente que en este tipo de espacios deben generarse insumos que fomenten el diálogo social en estas materias. Además de la recomendación que formulará la senadora en la Comisión de Hacienda, se releva el rol de la Subsecretaría del Trabajo respecto a entidades existentes, como el Instituto Nacional de Estadísticas, lo que permitirá obtener y proporcionar información e insumos al observatorio para el respectivo avance de un debate informado, sin sacrificar recursos públicos, buscando un diseño que combine la correcta cobertura de necesidades técnicas y eficiencia en el uso de los recursos.
Con respecto a la asignación preferente del Fondo de Formación Sindical de Relaciones Laborales y Colectivas a organizaciones sindicales, queremos hacer presente que nos forma parte de la indicación que estamos presentando hoy. Sin embargo, nos gustaría dejar expresado para la historia de la ley que el proyecto de ley original, cuyo contenido fue aprobado por la Cámara, incorporaba justamente una modificación al fondo de formación sindical que existe en la Ley 20.940, cuya importancia radica para nosotros en que las organizaciones sindicales puedan acceder al desarrollo de actividades de formación sindical y promoción del diálogo social. Con todo, nosotros concordamos en que la actual regulación de la ley permite que este tipo de discusión se procese de todas formas en el seno del Consejo Superior Laboral, lo que cumple con el objetivo de fortalecer el diálogo tripartito y el rol de las organizaciones sindicales a través de dicho espacio.
Por último, quería también dejar expresado que se presenta el informe financiero complementario, donde se señala el menor gasto fiscal de 4 millones en 2025 y 23 millones en régimen, a propósito de la remoción de los costos asociados al observatorio. Eso, Presidenta.
Gracias. Ofrezco la palabra a los colegas. Por favor, Diputado Frank Sauerbaum.
Gracias, Presidenta. Mire, el Gobierno recoge en gran parte lo que nosotros sostuvimos en la discusión respecto de lo innecesario que resultaba, ¿cierto?, agregar un nuevo grupo de personas paralelo al Consejo Superior Laboral. Por lo tanto, en ese sentido, nosotros estamos satisfechos. Pero tengo un par de dudas respecto de algunos de los integrantes: si nos pudieran detallar, porque se hace alusión respecto de la designación de los nueve integrantes, ¿cómo se designan estas personas? Además, se hace un comentario respecto de la experiencia profesional o académica para pertenecer a este observatorio, pero considerando que hay personas que vienen del mismo Consejo Laboral, la pregunta es si se exige eso previamente a las personas del Consejo Laboral, porque, de lo contrario, no se entendería que le hiciéramos una exigencia a personas que el Consejo Superior Laboral no cumple. Eso, Presidenta, respecto en general de la iniciativa. Nosotros nos parece bien, ya que teníamos aprensiones respecto de los costos extra implicados, los cuales encontrábamos absolutamente innecesarios.
Ejecutivo. Muchas gracias, Presidenta, por su intermedio al diputado Sauerbaum. Nosotros entendemos que la redacción es suficiente a propósito de la especificidad que tiene el observatorio desde el punto de vista de dar una discusión permanente y técnica a propósito de la discusión salarial. Eso implica que estos requisitos sean especialmente determinados en relación a los integrantes de esa comisión que se va a llamar Observatorio Laboral, no siendo lo mismo que la participación de los integrantes del Consejo Superior Laboral, que son de la representación estamental de cada uno de los mandantes sociales, empleadores y trabajadores. Por lo tanto, pensamos que de esa forma se resuelve a propósito de su consulta, Presidenta. Esa sería la respuesta.
Diputado Donoso. Gracias, Presidenta, por su intermedio. No me queda claro cuál es el objetivo de este Consejo.
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Porque dice, para los efectos anteriores, la Comisión elaborará un indicador de ingreso disponible familiar y proporcionará al Consejo Superior Laboral informes trimestrales sobre el mismo. ¿Qué es el ingreso disponible familiar? En definitiva, nos va a dar una referencia, por ejemplo, de lo que debiera ser el sueldo mínimo. ¿Cuál es el producto que nos entregará este Consejo?
El acuerdo con la CUT y el texto referido en la ley que crea el Observatorio le confiere un mandato especial para la creación del estudio de un indicador y para la discusión salarial de manera permanente. Por lo tanto, desde una perspectiva técnica y en relación con la composición tripartita del Observatorio, recordemos que los integrantes serán designados por cada una de las contrapartes: por la CPC, por la CUT, por la MIPYME y por el Ejecutivo. Se espera que estos designados mantengan una discusión razonada y permanente acerca de cuáles son las condiciones de borde para las posibles alzas salariales. Este es un desafío importante en términos de tripartismo, ya que es notoriamente difícil lograr acuerdos entre empleadores y trabajadores, lo que puede derivar en divergencias en la opinión técnica sobre el indicador y las condiciones para aumentar los salarios. En esencia, pensamos que el Observatorio permitirá acercar estas posiciones legítimas dentro de una estructura institucional permanente, aportando insumos técnicos previos a la presentación de proyectos de ley de salario mínimo.
Senador Macalle: Yo, fíjese, voy a decir algo que quizás no sea muy relevante, pero no me perdonaría no expresarlo, pues son estos aspectos que a veces se dejan pasar. No estoy de acuerdo con la utilización del lenguaje no sexista inclusivo en el Observatorio. Creo que se genera un enredo de normas que muchas veces ocasiona problemas al complicar y enredar instituciones. Se puede hablar de las personas trabajadoras o del costo de vida laboral, pero no sé si al referirnos a “costo de vida de las y los trabajadores” se genera un enredo lingüístico complejo, lo cual a mi parecer no es correcto desde la perspectiva de un lenguaje más neutro en la legislación chilena.
Diputado: Gracias, Presidenta, por su intermedio. Nosotros, en ese sentido, si bien es cierto que podríamos abrir una discusión específica a partir de lo mencionado por el Senador, nos hemos remitido a respetar la nomenclatura utilizada por el Consejo Superior Laboral en su acuerdo tripartito. Por lo tanto, en esta materia, aunque se colisiona –o mejor dicho, se coincide– con la definición que acordó dicho Consejo, se mantiene la misma línea.
Diputado Ibáñez: Gracias, Presidenta. No solamente para complementar, cabe resaltar que somos legisladores, nos llamamos diputadas y diputados, y naturalmente el Observatorio Laboral podría incorporar ese antecedente para referirse de forma explícita a las trabajadoras y a los trabajadores.
Diputado Donoso: Dado que este es el texto de la ley, me gustaría que en alguna parte se definiera claramente qué es el indicador de ingreso disponible familiar, porque no lo veo determinado en ningún lugar. Ese es el producto que se espera entregar. ¿Qué es ese producto? Porque, ante una norma difusa, podría interpretarse de múltiples maneras.
Presidente: Subsecretario, perdón, diputado.
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