Sesión de la Junta General del Principado de Asturias
Tipo: Comisión de Investigación del accidente de la mina de Cerredo-
Fecha: 2026-01-21
Vista pública limitada
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Se abre la sesión. Buenos días, señorías. Ruego comuniquen si hay sustituciones en sus grupos. Grupo Parlamentario VOX. Buenos días, no hay sustituciones. Grupo Parlamentario Popular. Buenos días, no hay sustituciones. Grupo Parlamentario Socialista. Buenos días, no hay sustituciones. Muchas gracias.
De acuerdo con el listado de comparecientes aprobado por la Comisión y con el calendario señalado por su Mesa, ha sido citado para las doce horas del día de hoy don David González Fernández, en su condición actual o pasada de director de Sequens. Por favor, que los servicios de la Cámara procedan a llamar al compareciente. Se hace constar que el señor González Fernández está presente. Buenos días, señor González.
A continuación, el letrado dará lectura al compareciente de sus derechos y eventuales responsabilidades. De conformidad con el artículo 75 del Reglamento de la Junta General, el compareciente tendrá derecho a no declarar contra sí mismo, a no confesarse responsable de ilícito penal o administrativo, al secreto profesional y a la cláusula de conciencia en los términos previstos en la legislación vigente.
Si durante la celebración de la comparecencia el compareciente entendiera que se está vulnerando cualquiera de sus derechos constitucionales, solicitará la intervención de la Mesa de la Comisión para su garantía, con expresa indicación del derecho que considere vulnerado y de la causa de la presunta vulneración.
La presente comparecencia se efectúa bajo los apercibimientos ordenados en el artículo 502.1, en relación con el artículo 556, y en el artículo 502.3, todos ellos del Código Penal, así como de los artículos 70.6 y 8, y 71.4 del Reglamento de la Junta General.
Artículo 502.1 del Código Penal: Los que, habiendo sido requeridos en forma legal y bajo apercibimiento, dejaran de comparecer ante una comisión de investigación de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma, serán castigados como reos del delito de desobediencia. Si el reo fuera autoridad o funcionario público, se le impondrá además la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Artículo 556 del Código Penal: Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada debidamente identificado que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Artículo 502.3 del Código Penal: El que, convocado ante una comisión parlamentaria de investigación, faltare a la verdad en su testimonio, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa.
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De doce a veinticuatro meses. Artículo setenta y seis del reglamento de la Junta. Al inicio de la comparecencia, se advertirá al convocado de la sanción que el Código Penal establece para quien falte a la verdad en su testimonio y se hará indicación expresa de los derechos que, con arreglo a lo dispuesto en los apartados anteriores, tiene el compareciente. Artículo setenta y ocho del reglamento de la Junta. De las incomparecencias injustificadas o presuntos falsos testimonios apreciados por la Comisión, la Mesa de la Comisión, a través del Presidente de la Cámara, dará traslado al Ministerio Fiscal para el ejercicio de acciones cuando proceda. Y artículo setenta y uno, apartado cuatro del reglamento de la Junta, el dictamen aprobado por el Pleno y los votos particulares se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta General y serán comunicados por el Presidente de la Cámara al Consejo de Gobierno. Y si el dictamen aprobado así lo indicase, se trasladará al Ministerio Fiscal para el ejercicio de acciones cuando proceda. En todo caso, el dictamen y los votos particulares serán comunicados a quienes aparezcan citados en él o en ellos.
Gracias, letrado. Tal y como se comunicó en tiempo y forma, el compareciente ha sido requerido para que, en su condición actual o pasada de director de Sequence, preste testimonio ante la Comisión de Investigación al objeto de analizar, investigar y depurar las posibles responsabilidades sobre la gestión del Gobierno en los últimos años que ha desembocado en el accidente acaecido el pasado 31 de marzo de 2025 en la mina de Zarreu, en Degaña, aportando sus conocimientos y su experiencia acerca del objeto de la misma. Como también se le comunicó en tiempo y forma al compareciente, tiene la posibilidad, si así lo desea, de efectuar una exposición previa por tiempo no superior a diez minutos. A continuación, los miembros de la Comisión podrán formularle preguntas por tiempo de treinta minutos por grupo parlamentario, en orden de menor a mayor, salvo el Grupo Parlamentario Mixto, cuyos miembros formularán sus preguntas en último lugar. La comparecencia se desarrolla en sesión pública, que se puede seguir en directo a través de la web de la Junta General, se graba y se publicará en el diario de sesiones de la Junta.
¿Desea el compareciente hacer una exposición previa?
Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor González, por su presencia en esta Comisión. Quería comenzar preguntándole, ¿desde cuándo es usted director de la agencia Sequence?
Buenos días, muchas gracias. Soy director ejecutivo de la agencia Sequence desde octubre de 2023.
Bien. ¿Nos podría explicar brevemente qué rol juega la agencia Sequence, antiguamente el IDEPA, en la gestión de las ayudas del Instituto de Transición Justa a proyectos empresariales?
Sí, por supuesto. Siempre tenemos un documento de referencia, que es el convenio que se firmó entre el Instituto de Transición Justa y el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, ahora Sequence, que es un convenio firmado el 20 de mayo de 2022, en el que se regula toda la interacción y las actividades como entidad colaboradora que tenemos que hacer con el Instituto de Transición Justa en todas las formas y las ayudas que tienen ahora mismo desplegadas en la región. Con lo cual, en este caso concreto, el convenio especifica claramente que somos una entidad colaboradora, que tenemos unos deberes y nos comprometemos a unas acciones que, básicamente, es cuando hay una convocatoria del ITJ, no solo la que nos corresponde ahora, que es la generación de empleo, nosotros emitimos unos informes técnicos económicos y unos informes de elegibilidad no vinculantes que ayudan al Comité de Evaluación del Instituto de Transición Justa, que es un órgano colegiado, a tomar mejores decisiones. Entonces, nuestro papel, por resumirlo de alguna manera, es de entidad colaboradora regulada por un convenio suscrito en mayo de 2022.
Muchas gracias. El convenio al que usted hacía referencia precisamente forma parte de la documentación de la que dispone esta Comisión, y entre las funciones que determina ese convenio entre el IDEPA y el Instituto de Transición Justa para la Agencia de Desarrollo Regional, en este caso para la agencia Sequence, se encuentra la emisión de un informe de elegibilidad del proyecto en el plazo de 40 días hábiles desde la solicitud, en caso de que fuera exigible. ¿Elaboraron ustedes algún informe de elegibilidad en relación con los proyectos presentados por las empresas Comba o Blue Solving?
No, en este caso la elegibilidad la hizo directamente el Instituto de Transición Justa, porque, como especifica el convenio, al final es el Instituto de Transición Justa el que activa los requerimientos que necesita desde la agencia, con lo cual la elegibilidad primera se hizo desde el Instituto de Transición Justa.
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Y en ese mismo convenio, también se indica que una de las labores de la Agencia de Desarrollo Regional, en este caso la agencia SEQUENS, es la de emitir un informe de evaluación de viabilidad técnico-económica y/o financiera del proyecto con carácter previo a la resolución de la ayuda. ¿Emitieron ustedes este informe para estas dos empresas? Sí, lo emitimos a petición del Instituto de Transición Justa.
¿Y nos puede indicar qué elementos suelen valorar en este tipo de informes de viabilidad técnico-económica y financiera? Sí, perfectamente. Un documento importante en esta comisión son las bases reguladoras de la convocatoria específica, que siempre va acompañada de una convocatoria posterior. En esas bases reguladoras, que al final son una norma, se especifican claramente cuáles son los criterios de evaluación que debe tomar el técnico para informar sobre la viabilidad técnica y económica.
Esos criterios están perfectamente definidos e incluyen aspectos como el grado de innovación del proyecto, el número de empleos que genera y la actividad económica que se prevé. También se establecen otros criterios económicos, como la obligación de que el 25% de la inversión debe estar sufragada con fondos propios, independientemente de las ayudas públicas. Por lo tanto, desde el punto de vista de SEQUENS, tenemos muy claros los criterios en esa base reguladora y en esa convocatoria, y son los que seguimos.
En el caso de Combustibles Asturiana y Leonesa, que presentó un proyecto al Instituto de Transición Justa para la instalación de una planta de fabricación de briquetas de aditivos para uso industrial, ¿sabían ustedes que el objeto social de esta empresa, según sus escrituras, es la compra y venta de carbones y leñas de todo tipo y composición para cualquier uso admitido por la ley? Nosotros tenemos la información de las escrituras, donde figura toda la información de la empresa.
Lo que hacemos en la evaluación es determinar si ese CNAE y esas actividades son compatibles con las bases reguladoras o con la convocatoria. En el momento en que es elegible y que el CNAE o la actividad económica está dentro de las bases reguladoras, no entramos en más detalle.
¿Conocían ustedes que las empresas tanto Comvial como Blue Solving declararon un capital social de 3.000 euros, que era el mínimo exigible entonces para una sociedad limitada? Sí, por supuesto, porque está en la memoria que se nos facilita. Para poder evaluar la viabilidad económica y la elegibilidad, nos plantean la información de que tienen un capital social; en el caso de Blue Solving son 3.000 euros y en el caso de Comvial son otros 3.000 euros, con una aportación en reservas de aproximadamente 300.000 o 400.000 euros. Somos conscientes de esa circunstancia.
También, según el convenio del que estamos hablando, entre IDEPA y el Instituto de Transición Justa, la Agencia de Desarrollo Regional debía emitir un informe de propuesta de valoración de las solicitudes de concesión de ayudas para proyectos. ¿Ustedes elaboraron ese informe también para estos proyectos? Cuando hacemos el informe técnico-económico, al final también hay una valoración, y emitimos una valoración no vinculante, porque insisto, no estamos en el comité de evaluación del Instituto de Transición Justa. Este informe se envía al ITJ como un informe adicional, que es la valoración que consideramos que tienen los proyectos técnica y económicamente.
¿Y nos puede decir si esa valoración fue positiva para estas dos empresas? En ambos casos, cumplían la elegibilidad regida por las bases reguladoras y la valoración era positiva.
¿Sabían ustedes que la empresa Comvial había sufrido un accidente mortal en el año 2022 y que, a raíz de la investigación posterior, fue sancionada por extracción ilegal de carbón? Nosotros no somos conocedores de esa información, ya que no está dentro de nuestras competencias según el convenio. Nuestro convenio establece que debemos evaluar un informe, una memoria técnica, unos planos y unas cuentas de resultados, que es lo que hacemos y lo que únicamente nos corresponde.
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En el caso del convenio, el Instituto de Transición Justa tiene la posibilidad de facilitar los documentos que puedan incluir resoluciones judiciales y demás, y eso no ha llegado, con lo cual nosotros no somos conscientes, ya que solo nos hemos ceñido a evaluar lo que hemos recibido.
¿Y llegaron ustedes a hacer alguna labor de control y seguimiento a estos proyectos, tal y como determinaba el convenio? No llegamos a hacer certificación porque, con posterioridad, se solicitó que se justificara el 15% de lo realizado durante el proyecto, lo cual activa el plan de certificación y el plan de seguimiento. No se ha llegado a ese momento por la fatalidad que hubo en el 2022, y ha terminado la relación con el Instituto de Transición Justa en el momento en que hicimos el informe técnico y de valoración. En ningún momento hemos entrado en el seguimiento y la valoración.
¿Y tenían ustedes conocimiento de que las empresas Comval y Blue Solving pertenecían al mismo entramado familiar? ¿Sabían ustedes ese dato o lo desconocían? Lo desconocemos, porque a nosotros nos llega la legibilidad de unas escrituras y no entramos en el detalle al ser entidad colaboradora y un intermediario. ¿Y se reunieron ustedes con alguien de la empresa, con el señor Chus Mirantes o con algún director facultativo, alguien de su familia o su entorno? No.
Una última pregunta, si me lo permite. Al margen de su rol como director de secuencias, usted tiene estudios superiores en química, si no me equivoco, ¿verdad? Y es doctor, y he visto que su tesis doctoral es sobre la obtención de materiales grafíticos a partir de antracitas. Como el proyecto de investigación complementario que presenta Blue Solving habla de la conversión de la antracita en grafito, quería preguntarle por su experiencia técnica. ¿Es el proceso de conversión de la antracita en grafito un proceso industrial complejo?
Es un proceso que no es sencillo, ya que la antracita y el carbón tienen una estructura aromática y orgánica que está muy desordenada. Si hablamos de grafito, este tiene tres capas de estructuras orgánicas, tres capas químicas muy bien ordenadas. Los carbones suelen tener esas capas, pero muy desordenadas o en pequeñas cantidades. Cuando se utiliza una antracita, que tiene una estructura química orgánica más ordenada, y se le aplica temperatura y presión, se puede ordenar químicamente, eliminando grupos hidroxilos y juntando esas capas, lo que resulta en un material cuasi grafítico.
¿Es sencillo? No, no es sencillo, porque hay que elevar la temperatura a cerca de 2400 o 2500 grados centígrados, y en algunos casos es necesario aplicar presión. ¿Es posible? Sí, es posible y viable. ¿Es la antracita el mejor material para hacerlo? Depende, tiene una calidad que permite realizar ese proceso, pero también hay otros materiales carbonosos, como la brea de mesofase o el alquitrán, que pueden hacerlo, ya que pasan por un estadio de transición líquido que facilita el proceso. Pero sí, es viable.
Leyendo el abstract de su tesis doctoral, se indica que para convertir la antracita en grafito hay que someterla a temperaturas muy altas y, por tanto, a hornos eléctricos que requieren una potencia eléctrica considerable. En base a su experiencia técnica, ¿cree usted que estas dos empresas, Blue Solving y Comval, tenían la capacidad para desarrollar ese tipo de procesos?
Leyendo la propuesta, realmente Blue Solving se focalizaba en la parte de materiales grafíticos, pero la mayor parte y el núcleo del proyecto era la recuperación de materias primas críticas. Esta recuperación está actualmente en el mercado y en el foco de la Unión Europea como algo estratégico, y es un proceso que se puede realizar perfectamente. Al final, estamos hablando de un mix muy parecido al carbón, además de minerales, ya que en el caso de Blue Solving especifican que son materiales no de procedencia minera. Con una calorimetría adecuada y una separación magnética, ese proceso es posible y se utiliza también en el sistema siderúrgico. En el tema de las briquetas y los aditivos y aglomerantes, el proceso es sencillo; no estamos hablando de tecnología compleja, es innovador lo que se quiere hacer en un entorno como el actual, pero realmente no son tecnologías tan sumamente complicadas como para que no se puedan implementar. Estamos hablando de una tolva y de una mezcla de un aglomerante y un aditivo.
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Digo que la parte química y tecnológica es saber cómo es la mezcla entre el aditivo y el aglomerante. Nuevamente, agradecerle por los conocimientos que nos ha transmitido y no vamos a formular más preguntas. Muchas gracias, señor González Vegas. Es el turno del Grupo Parlamentario VOX. Muchas gracias, señora presidenta. Buenos días, bienvenido, señor González.
En relación a usted y a Sequence, todo está en los papeles, en la documentación. Aprovechando la mañana, le pido que sea lo más didáctico posible. El Instituto de Transición Justa es una especie de organismo autónomo, auxiliar del Ministerio de Transición. Entiendo, usted me corregirá, que la labor principal de este instituto es precisamente el desarrollo de la ley general de subvenciones y otorgar subvenciones. En el caso que nos atañe, el órgano decisorio es el Instituto de Transición Justa, no ustedes.
Entiendo que, por descentralización, el Instituto de Transición Justa utiliza organismos similares al que usted ocupa la jefatura en todas las comunidades autónomas para evitar desplazamientos físicos. Esto está institucionalizado mediante un convenio. La labor de ustedes es simplemente auxiliar, emiten algún dictamen que, en todo caso, no es vinculante. El informe que nos atañe, que no firma usted, sino su sucesora Eva Pando, corrige la puntuación que otorga esta señora, que creo que es de 70 puntos en función de las bases y la documentación aportada. Luego, en materia de transición ecológica, hacen lo que les parece. En términos coloquiales, a la hora de decidir, ustedes ayudan, pero no tienen poder decisorio.
Es correcto. Intento que esto se entienda para las pocas personas que luego vean el vídeo. Ustedes, como es una fase previa al otorgamiento de la concesión, simplemente hacen la labor de amanuenses; les llega una documentación física, digital o en papel, miran si está de acuerdo con las bases y otorgan o no la puntuación en función de esas bases. No realizan ninguna labor de comprobación material de la inversión que supone esa subvención, ni se trasladan a los lugares físicos.
¿Llegaron a hablar con algún órgano directivo de estas empresas en cuestión? No. ¿Algún asesor, algún intermediador? No. Tenemos en la base de datos de Sequence las visitas que se realizan y no aparece ninguna visita a las instalaciones. Además, en este caso, el Instituto de Transición Justa podría haber activado una visita durante la evaluación, pero no fue el caso y nos atenemos a lo que es el convenio.
Por lo tanto, siguiendo con términos llanos, este fue un procedimiento prácticamente sencillo y documental. Les llega la documentación, la evalúan y lo remiten a Madrid, y se acabó. Efectivamente, en muchos casos se tiene en cuenta nuestra valoración, y otras veces no solo se modifica la puntuación, sino que incluso se desaprueba, ya que el comité de evaluación del ITJ es soberano a la hora de decidir.
De lo que se desprende de todo esto, no deja de ser un análisis económico-financiero. Por insistir, ¿se realizó alguna comprobación técnica por parte de los técnicos de Sequence? No hablo del aspecto económico-financiero, sino de alguna investigación técnica sobre lo que pretendía esta gente o simplemente se ajustaron a ver si los requisitos estaban en las bases.
Se trata de evaluar si puede ser más viable o menos viable desde el punto de vista tecnológico. Simplemente, con el conocimiento que tenemos, decimos que, técnicamente, tiene sentido. Ustedes tienen la documentación aportada y las bases de la convocatoria. Efectivamente, se trata de casar una cosa con la otra. ¿Quién realiza esa convocatoria en la que figuran las bases? El Instituto de Transición Justa. La realiza el Instituto, no ustedes.
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