Comisión de Juventud e Infancia - Comisión de Juventud e Infancia - Sala: Cánovas
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Señorías, vamos a dar comienzo a la sesión.
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Buenas tardes, diputadas y diputados. Abrimos la sesión; les pido disculpas por el retraso de tres minutos. Vayan tomando asiento, por favor. Señorías del Grupo Popular, gracias.
Decía: abrimos la sesión porque algunas señorías tienen cierta prisa por acudir a otra comisión. Procederemos, si les parece, a tramitar en primer lugar el punto relativo a la solicitud de prórroga, formulada a instancia de varios grupos, para prorrogar los trabajos de la Subcomisión para el estudio de un Pacto de Estado para la erradicación de la pobreza infantil hasta la finalización del próximo periodo de sesiones (esto es, febrero-junio de 2026), de conformidad con lo dispuesto en la norma tercera de la Resolución de la Presidencia del Congreso, de 26 de junio de 1996.
¿Quieren ustedes aprobarlo por asentimiento o votamos? Votamos. Bien, entonces, votos a favor, por favor.
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17, 19, 21, 23. —¿Yo voto después, no? —Cuando quiera. —¿Será a favor o en contra? —A favor. —Vale. Pero normalmente voto después la Mesa; lo que pasa es que no tengo Mesa.
Votos en contra. Dos. ¿Abstenciones o votos en blanco? Ninguna. Muy bien, queda aprobada por 24 votos a favor y 2 en contra la solicitud de prórroga de los trabajos de la subcomisión. Lo elevaremos al Pleno de la Cámara, como ustedes ya saben que debemos hacer, y lo trataremos en el Pleno en el que se pueda incorporar.
Pasamos a la sustanciación de la comparecencia prevista. ¿Los voy a buscar? —Creo que ya se están levantando. Federación Española de Municipios y Provincias, FEMP. Recuerden, por favor: 15 minutos para la intervención inicial del compareciente, 5 minutos por cada grupo parlamentario en orden de menor a mayor y, finalmente, el compareciente dispondrá de 10 minutos para responder a lo que considere necesario. Muchas gracias. Tiene usted la palabra. Bienvenido.
Presidenta, muchísimas gracias. Un saludo a todos los integrantes de esta subcomisión. En primer lugar, quiero agradecer que hayan querido conocer el parecer de la Federación Española de Municipios y Provincias a la hora de elaborar este informe sobre el Pacto de Estado para la Erradicación de la Pobreza Infantil.
Quiero, en primer lugar, hacer referencia a un estudio muy reciente, denominado “La pobreza infantil en España: evolución reciente y políticas”, del año 2025, editado por Funcas. En ese informe, del mes de octubre de este año, se señala que España tiene la tasa de pobreza infantil más elevada de la Unión Europea, con un 29,2% frente al 19,3% de media en la Unión. También se indica que la diferencia respecto a la Unión Europea ha aumentado en los dos últimos años, hasta los 9,5 puntos porcentuales en 2023 y los 9,9 en 2024. Sin duda, el problema del acceso a la vivienda, tanto en adquisición como en alquiler, y el elevado esfuerzo que requiere para las familias está directamente relacionado con las situaciones de pobreza y con la cronificación de estas situaciones. Creo que estos datos avalan la urgencia de afrontar el fenómeno de la pobreza infantil.
Antes de continuar, permítanme una breve referencia al marco normativo en el que se mueven las entidades locales frente a la pobreza infantil. La Ley de Bases de Régimen Local, en su artículo 25.2, letra e), reconoce el papel de las entidades locales en materia de servicios sociales. En concreto, establece que tendrán competencia en la evaluación e información de situaciones de necesidad social y en la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión. El artículo 26 determina que esta competencia será obligatoria para las entidades de más de 20.000 habitantes.
Por su parte, dentro de ese artículo 25.2 se hace también referencia a la educación. En la letra n) se dispone que las entidades locales participarán en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria, así como en la conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, primaria o educación especial.
Ahora bien, el artículo 25 no impide que las leyes sectoriales atribuyan como competencias propias a los ayuntamientos materias distintas de las establecidas en dicho apartado segundo.
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Los municipios tienen competencias propias en aquellas materias en las que una norma de rango legal de las comunidades autónomas les atribuya dicha competencia. Prácticamente la totalidad de las leyes autonómicas de servicios sociales atribuyen a los municipios competencia en materia de atención social primaria. Asimismo, el artículo 27.3 de la Ley de Bases de Régimen Local permite que los municipios puedan ejercer competencias que les hayan sido delegadas, con la correspondiente financiación por la comunidad autónoma, y establece un listado en el que figuran cuestiones tales como la prestación de servicios sociales, la gestión de escuelas infantiles de primer ciclo o la realización de actividades complementarias. Por último, los ayuntamientos también pueden actuar en el ámbito de los servicios sociales al amparo de lo establecido en el artículo 7.4 de la Ley de Bases de Régimen Local, que dispone que pueden ejercer competencias distintas de las propias o delegadas siempre que no suponga un riesgo para su sostenibilidad financiera y que no se trate de un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra administración pública.
En todo caso, las leyes autonómicas sobre infancia otorgan un papel esencial a las entidades locales en las siguientes materias. En primer lugar, en la atención de las situaciones de vulnerabilidad a través de la actuación de los servicios sociales. En particular, resultan de especial interés las ayudas de emergencia ofrecidas por las entidades locales, que con frecuencia son la primera respuesta pública a las situaciones de pobreza. También en la atención de la infancia y las familias mediante la labor de los servicios sociales y de los servicios para la infancia y las familias; en la prevención e intervención frente al absentismo escolar y en la mejora de la convivencia escolar; y, asimismo, en la prevención de las situaciones de violencia, en un trabajo coordinado con el conjunto de las administraciones.
Lo cierto es que, en la actualidad, los ayuntamientos desempeñan un papel fundamental como nivel de gobierno más cercano a la ciudadanía, gestionando no solo sus competencias propias, sino asumiendo responsabilidades adicionales para garantizar la calidad de vida de sus vecinos, muchas veces sin el respaldo de un marco competencial claro ni de los recursos adecuados. Esta situación, hemos de decir, se ha acentuado después de la pandemia de la COVID-19, que ha obligado a muchos ayuntamientos a destinar más recursos a atender necesidades urgentes derivadas de la crisis, como el apoyo económico a las familias, las subvenciones a instituciones sin fines de lucro y entidades sociales, o el refuerzo de los servicios esenciales mediante la contratación adicional de personal. Estas actuaciones suponen un gasto no obligatorio de las entidades locales que ha experimentado, en el periodo 2018-2022, un incremento en torno al 25%, siendo mayor ese incremento en los municipios de menos de 5.000 habitantes. Una de las áreas en las que se concentra este gasto no obligatorio es, precisamente, la de la protección y promoción social.
Ahora, a la hora de ver cuál puede ser el papel de los ayuntamientos en un futuro Pacto de Estado para la erradicación de la pobreza, y más allá del ámbito normativo, quiero resaltar que, evidentemente, el fenómeno de la pobreza infantil tiene lugar en un ecosistema social concreto; es decir, estamos hablando de familias en situaciones de vulnerabilidad que habitan en pueblos y en ciudades. Por lo tanto, esta lucha contra la pobreza infantil debe abordarse con un enfoque territorial que ponga en primer término el papel de las entidades locales. Y, evidentemente, las entidades locales cuentan con experiencia y capacidad para desarrollar acciones de la máxima importancia para la erradicación de la pobreza infantil. Ahora bien, estas capacidades se ven con frecuencia limitadas por la falta de financiación suficiente. Además, hay que tener en cuenta la diversidad de las entidades locales en cuanto a su tamaño y sus características, lo que supone una dificultad añadida para hacer frente a las situaciones de pobreza de las familias que habitan en nuestros pequeños municipios. Doy solamente un dato: el 80% de las entidades locales españolas cuentan con menos de 5.000 habitantes. A este respecto, conviene tener en cuenta, por tanto, el papel que pueden desarrollar las comunidades autónomas y las diputaciones como agentes clave para coordinar esfuerzos destinados a los municipios de menor tamaño.
Quiero referirme, siquiera brevemente, a la Garantía Infantil Europea, desarrollada en el marco del Fondo Social Europeo Plus, que constituye una oportunidad.
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…para contar con recursos adicionales y optimizarlos. La colaboración entre las comunidades autónomas y las entidades locales es condición indispensable para el éxito de este programa, que en el ámbito local puede desplegarse, al menos, en cinco áreas: educación, sanidad, nutrición, vivienda y gobernanza.
Como ejemplos de actuaciones desarrolladas por las entidades locales en materia de Garantía Infantil Europea, me referiré al estudio editado por UNICEF, en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y con el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en 2021, denominado “Recomendaciones para la Implementación de la Garantía Infantil Europea en España desde el Ámbito Local”. En él se citaban como buenas prácticas, entre otras, los programas socioeducativos comunitarios; las ayudas económicas para gastos educativos; las actividades extraescolares gratuitas o con tarificación social; los programas de reducción de la segregación escolar; o la garantía alimentaria en los centros de educación infantil. Por razones de economía procesal, no entraré en una relación exhaustiva.
En todo caso, desde la Federación Española de Municipios y Provincias llevamos a cabo, en el ámbito que nos ocupa, actuaciones relevantes. Citaré exclusivamente cuatro. En primer lugar, promovemos la incorporación de la lucha contra la pobreza como elemento transversal de las políticas públicas; una mirada transversal que consideramos indispensable para afrontar este desafío. En segundo lugar, participamos en mecanismos de cooperación y seguimiento que trabajan para la erradicación de la pobreza infantil, como la Red de Inclusión Social —instrumento institucional dependiente del Ministerio de Derechos Sociales— y los foros relacionados con la implementación de la Garantía Infantil Europea. En tercer lugar, quiero destacar el proyecto Ciudades Amigas de la Infancia, liderado por UNICEF, en el que participa también el Ministerio de Derechos Sociales y la propia FEMP. Constituye una referencia de calidad y un impulso para consolidar las actuaciones municipales orientadas a la defensa y promoción de los derechos de niños y niñas. Actualmente, 321 ciudades españolas forman parte de este programa, y la mitad de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país vive en una Ciudad Amiga de la Infancia. En cuarto lugar, me referiré al proyecto Familias en Positivo, que desarrollamos igualmente con el Ministerio de Derechos Sociales y que está ofreciendo instrumentos de gran utilidad para fomentar el enfoque de la parentalidad positiva.
Desde la FEMP consideramos que, en la lucha contra la pobreza infantil, es muy importante la cooperación entre las administraciones y las entidades del tercer sector. En el ámbito del Observatorio de la Infancia encontramos un marco idóneo de colaboración con el tejido asociativo. El tercer sector es clave en tres ámbitos fundamentales: en la mejora del conocimiento sobre las situaciones de pobreza infantil —y aludo aquí al Informe FOESSA 2025 de Cáritas y de la Fundación FOESSA, que pone el acento en la cronificación de la pobreza y señala que en España se ha vuelto más multidimensional, golpeando con fuerza a la infancia y alcanzando a sectores de las clases medias trabajadoras—; en todo lo relativo al fomento de la participación infantil —destaco la labor de UNICEF y de las organizaciones representadas en la Plataforma de Organizaciones de Infancia, cuya contribución es clave para la puesta en marcha de consejos de participación infantil y para que la voz de niños y niñas sea tenida en cuenta en la vida municipal—; y, por último, en el impulso de programas pioneros —subrayo la incidencia del trabajo desarrollado por la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en España—.
Creemos, además, que las administraciones públicas han de contar, junto con la colaboración del tercer sector, con la de las entidades privadas. Por lo tanto, debemos adoptar un enfoque amplio a la hora de valorar el papel de las entidades locales en este Pacto de Estado para la Erradicación de la Pobreza Infantil. Y consideramos esencial disponer de una información mejor sobre la inversión pública en infancia.
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El conocimiento detallado de lo invertido por cada administración debe ser un punto de partida para articular una propuesta mejor estructurada. Y, desde luego, la mejora de la financiación destinada a la infancia y a las familias no debe desligarse de la mejora del sistema de financiación local. Ya en las resoluciones aprobadas en el último Pleno de la Federación Española de Municipios y Provincias, celebrado en septiembre de 2023, se destacaba que, para el cumplimiento efectivo del principio de suficiencia financiera, se deberán mejorar el sistema de financiación local y el sistema tributario local.
En este sentido, les informo de que la Junta de Gobierno de la Federación Española de Municipios y Provincias ha acordado de forma unánime, por las cinco fuerzas políticas que la integran, mediante una declaración institucional aprobada en octubre de 2024, reclamar del Gobierno de la Nación la modificación del sistema de financiación local. Sistema de financiación local que data del año 2002 y que, por lo tanto, no es un instrumento adecuado para dar respuesta a las crecientes demandas justificadas de los ciudadanos en el año 2025. Esperemos que la futura convocatoria de la Comisión Nacional de Administración Local permita ir avanzando en la imprescindible y urgente negociación del nuevo sistema de financiación local.
Como conclusión, diría que desde la Federación Española de Municipios y Provincias consideramos que el Pacto de Estado constituye una fórmula idónea para abordar un problema de gran calado como es la erradicación de la pobreza infantil, dado que requiere la intervención de todas las administraciones públicas. La Federación Española de Municipios y Provincias se pone a disposición de esta subcomisión para estudiar de qué modo las entidades locales pueden aparecer en un posible Pacto de Estado para la erradicación de la pobreza infantil. Pero, para ello, consideramos imprescindibles dos cuestiones. En primer lugar, la clarificación del marco competencial de las entidades locales. Las entidades locales están operando con la Ley de Bases de Régimen Local, que data del año 1985. Hemos cumplido recientemente los cuarenta años de vigencia de dicha ley. Es un instrumento jurídico que, en estos momentos, no permite una gestión adecuada de las entidades locales; es más, ha experimentado sucesivas modificaciones que hacen que el modelo actual no sea un modelo coherente, podríamos decir. Y, en segundo lugar, y como condición indispensable —ya he hecho referencia a ello—, la consecución de un nuevo sistema de financiación local que permita que las entidades locales puedan tener un papel activo en la resolución del problema de la pobreza infantil. Consideramos que nuestros pueblos y ciudades son actores esenciales para promover un desarrollo sostenible e inclusivo en el que la erradicación de la pobreza infantil ha de ser un objetivo común. Muchísimas gracias por su atención.
Muchas gracias. Bien, ahora es el turno de los grupos parlamentarios. En primer lugar, tiene la palabra la diputada Rentería, por el Grupo Parlamentario Vasco.
Gracias, señora presidenta. Señor secretario general, quiero comenzar agradeciéndole su presencia en esta subcomisión. Está usted hoy aquí para comparecer e informar sobre el objeto de un futuro Pacto de Estado para la erradicación de la pobreza infantil, aportando el diagnóstico y la visión del municipalismo sobre qué medidas, qué coordinación institucional y qué recursos deberían incorporarse al informe que esta Cámara elaborará. Su comparecencia es relevante porque los ayuntamientos son, en la práctica, la primera administración que detecta la vulnerabilidad de los niños, niñas y familias: desde la precariedad habitacional o energética hasta el absentismo escolar, las dificultades de acceso al comedor o los efectos emocionales que acompañan la pobreza persistente. Y lo hacen, además, en contacto directo con escuelas, centros de salud, asociaciones vecinales y redes comunitarias que muchas veces sostienen la intervención diaria.
Por eso quiero estructurar mi intervención dentro de un marco realista, respetuoso con las comunidades autónomas y centrado en que este pacto sea operativo y verificable. Porque la pobreza infantil no es solo falta de ingresos: es desigualdad educativa, limitaciones en salud y salud mental, vivienda inadecuada, alimentación peor o irregular, menor acceso a ocio y a cultura y, finalmente, menos oportunidades futuras. Por eso, cualquier pacto serio debe reconocer algo evidente: las políticas que determinan el bienestar de los menores dependen en gran medida de las comunidades autónomas —servicios sociales, educación—.
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