Senado Salud

Senado - Salud - 9 de diciembre de 2024

9 de diciembre de 2024
17:30
Duración: 577h 34m

Contexto de la sesión

1.- Conocer las asesorías que el Consejo Consultivo ha realizado a la Superintendencia de Salud en el proceso de presentación, evaluación y aprobación de los planes de pago y ajustes de las Isapres, por restitución de cobros realizados en exceso en los planes de salud. A esta sesión se invitará a la Ministra de Salud; al Superintendente de Salud y al Consejo Consultivo.

Vista pública limitada

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El nombre de Dios y de la patria, se abre la sesión. ¿Tienen dos secretarios que no tenemos cuenta? No hay cuenta, señor presidente. No hay cuenta, perfecto. Esta sesión ha sido convocada para conocer el trabajo, las asesorías que el Consejo Consultivo ha realizado a la Superintendencia de Salud en el proceso de evaluación de los planes de pago y ajustes de las Isapres. Se encuentran invitados para estos efectos, además de la Ministra de Salud, doctora Jimena Aguilera, y el Superintendente de Salud, doctor Víctor Torres. Paula Benavides, que es la presidenta del Consejo Consultivo, don César Cárcamo, que es el vicepresidente. No sé si está Cristóbal Cuadrado. Entiendo que se excusó Claudio Zappelli. Y Patricio Fernández, también entiendo que está presente en la sesión del día de hoy. Para que hagamos lo más ejecutivo posible, considerando que tenemos entendido que la ministra tiene que concurrir al Congreso en Valparaíso, vamos a ofrecerle inmediatamente la palabra. Yo, antes de la presentación de ustedes, quiero hacer un punto que para mí es relevante. Yo hago una diferencia muy, muy sideral. Para mí hace toda la diferencia en lo que ha ocurrido en la última semana respecto a las vocerías de Gobierno, y particularmente en la vocería de la ministra vocera de Gobierno respecto a las imputaciones que se han hecho del trabajo de este Congreso, tanto de la Cámara de Diputados como del Senado. Yo hago una diferencia respecto a cómo ha sido abordado este tema, tanto por la ministra como por el superintendente, asumiendo las consecuencias, no solamente las populares, sino que también las impopulares, de cuando uno llega a un acuerdo en una legislación tan compleja como la que se llegó en la ley corta Isapres. Así que yo quiero hacer la diferencia. Yo entiendo que uno se tiene que hacer responsable de las cosas que votan, no solamente cuando causan los efectos deseados de popularidad, sino que también cuando se trata de cuestiones impopulares. Yo sí quiero manifestarle a la ministra y también al superintendente de que, de aquí por lo menos de voz de ellos, a pesar de que representan al mismo Gobierno, yo no he visto las imputaciones al límite de las injuriosas que sí he visto en la ministra vocera de Gobierno y es la razón por la cual esta Comisión de Salud, en mi ausencia, el martes pasado, presidida por el senador Sergio Gaona, envió una nota de protesta que estamos a la espera de ver cómo se va a responder. Pero yo comparto plenamente el contenido de esa nota, que fue enviada hacia la ministra vocera de Gobierno, no hacia las autoridades de salud. Hay que hacer esa distinción porque yo creo que nobleza obliga, creo que cuando se trata de una discusión técnica, de suyo compleja, como fue la tramitación de la ley corta, que lo que buscaba es algo que entendemos se habría conseguido, que es la viabilidad financiera de un sistema que si caía y colapsaba tenía consecuencias muy negativas en todo el sistema de salud. Así que quiero hacer esa prevención y ofrecerle, no sé si los señores parlamentarios, antes de ofrecerle la palabra a nuestros invitados, quieran hacer alguna precisión. Senador Juan Luis Castro. Sí, saludar a la ministra de Salud, Jimena Aguilera, al superintendente, a don Víctor Torres, a los miembros del Consejo Consultivo que están acá que nos acompañan hoy día, a la secretaria ejecutiva, Natalia. Simplemente, presidente, decirle que mi deseo, mi expectativa, y creo que mucha gente también, es que ojalá a partir de lo que el Consejo Consultivo nos entregue hoy día se puedan desarrollar los caminos de solución. Pasemos del diagnóstico al tratamiento, como se diría en la medicina clásica, para que se pueda resolver este mes el problema que aquí deja tantos miles de personas. Pero para eso, obviamente, tenemos que escuchar los datos, la forma en que esto se abordó en su minuto, y sobre todo el camino de solución expedito, que es lo que nos importa a todos. Y entendemos que el superintendente también se tiene que retirar antes, justamente porque sigue en esas reuniones y en el curso de los planes de acción para esto. No sé cuál es el orden que tienen asignado. Parte, entonces, Paula Benavides. Le ofrecemos a la presidenta del Consejo, entonces, la palabra. Muchas gracias. Muchas gracias, presidente. Muy buenas tardes por su intermedio. Saludar a la senadora, a los senadores presentes, a la ministra de Salud, al superintendente, a los equipos que están presentes y a todos quienes participan de la sesión. Hemos preparado una presentación breve para dar cuenta de cómo se realizó el trabajo en el Consejo Consultivo para la revisión de los planes de pago y ajustes, y posteriormente tenemos algunas sugerencias que quisiéramos compartir con ustedes. Hemos organizado esta presentación compartiéndoles un poco nuestras funciones, cómo nos organizamos, cuáles fueron las recomendaciones generales que realizamos a la superintendencia, una síntesis de las principales recomendaciones que realizamos a los diferentes planes de pago y ajustes, mencionarles algunas de las recomendaciones específicas y que fueron acogidas, qué impacto tuvieron estas recomendaciones, qué resolvió en definitiva la superintendencia, poder entrar un poco más en profundidad en la materia que ha sido preocupación para ustedes en los últimos días y semanas, que es cómo se está haciendo la devolución y pago de la deuda, qué opciones hay ahí y cerrar con unas consideraciones finales. Respecto de nuestras funciones y cómo nos organizamos, bueno, como ustedes saben, el Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales de Salud fue establecido en la ley corta de ISAPRE y somos un organismo técnico que tiene la función de asesorar a la superintendencia de salud en el proceso de presentación, evaluación y aprobación de los planes de pago y ajustes, por restitución de cobros en exceso por haber aplicado tablas distintas de la tabla única de factores. Nuestras opiniones, pronunciamientos, estudios y propuestas no son vinculantes y deben ser remitidos a la superintendencia de salud. Nos conformamos como consejo el 11 de julio del 2024 con cinco miembros, además de mi persona, el doctor César Cárcamo, que está acá presente, Patricio Fernández, que también está acá presente, Cristóbal Cuadrado y Claudio Zappelli. El consejero Claudio Zappelli se ha excusado por compromisos impostergables y en el caso del consejero Cristóbal Cuadrado, con fecha 26 de septiembre, en virtud de nuevos compromisos laborales que eran incompatibles con la función, debió presentar su renuncia al Consejo Consultivo. Según lo establecido en el artículo 3º de la ley 21.674, las ISAPRES tenían que presentar a la superintendencia estos planes de pago y ajustes, tenían el plazo de un mes, contados desde que se dictara la circular respectiva, y ese era un plazo que era prorrogable por una vez. Entonces, se recibieron estos planes de pago y ajustes en la superintendencia entre el 4 de julio y el 7 de agosto, porque hubo algunas prórrogas que fueron solicitadas. Nosotros teníamos 30 días para emitir nuestras recomendaciones fundadas sobre estos planes de pago y ajustes, y luego la superintendencia tenía 10 días para pronunciarse. En el caso de instruirse cambios, que fue la generalidad, salvo una ISAPRE que se aprobó su plan de pago y ajustes, estas tenían 30 días para presentar un nuevo plan, y nosotros como Consejo teníamos 10 días para emitir una recomendación, y luego correspondía nuevamente que fuera la superintendencia quien se pronunciara. Nosotros somos un organismo de dedicación parcial y temporal. Mientras dure este proceso, se contemplaban sesiones ordinarias una vez cada dos meses, extraordinarias en caso de requerirse, y un máximo de cuatro sesiones al mes, pero para efectos de poder cumplir en estos tiempos tan cortos, con los plazos que estaban prescritos y también en forma, y en virtud del artículo tercero transitorio, nos autoconvocamos y realizamos en total hasta la fecha 25 sesiones de en promedio tres horas cada una. Contamos con una Secretaría Ejecutiva y apoyo administrativo a cargo de la superintendencia, a quienes aprovecho de agradecer, y dado que no teníamos equipos técnicos propios, solicitamos también apoyo de equipos especializados de la superintendencia, en particular de la Intendencia de Fondo, del Área Fiscalización, Departamento de Estudios, a quien también quisiera manifestarles nuestra gratitud, ya que el apoyo técnico fue fundamental para la revisión de los planes de pago y ajustes. Como Consejo acordamos una metodología de trabajo, dado que eran nueve planes en total, que considerara todo el marco regulatorio, tanto la ley 21.674 como el conjunto de circulares que sistematizamos y definimos, por lo tanto, un conjunto de elementos que tenían que ser revisados de manera uniforme a través de los distintos planes. ¿Cuáles fueron nuestras recomendaciones generales que emitimos a la superintendencia? Aquí quisiera destacar tres. Primero, que se normara la forma en que puede implementarse la opción de pago acelerado en el futuro, que se ha conocido como el pronto pago, ¿verdad?, y que debiera incluir criterios de elegibilidad y procedimientos específicos para que los afiliados puedan solicitar esta modalidad en el futuro. Segundo, que la superintendencia autorizara la posibilidad de establecer un monto mínimo de pago mensual de la deuda a los afiliados para generar un proceso que fuera eficiente y que beneficiara a las personas. Y tercero, que se normara uniformemente los requisitos de información y transparencia para todas las ISAPRES. Nos parecía que esto era importante hacerlo desde el inicio, garantizando un estándar mínimo e incluyendo detalles específicos sobre la información que se comunicaría a los afiliados, entendiendo que es un proceso que tiene muchas complejidades. Como síntesis de lo que fue la recomendación a la primera revisión de planes de pago y ajuste en esta tabla, ustedes pueden ver que en el caso de siete planes de pago y ajuste nuestra recomendación fue que fueran corregidos. Y en el caso de uno en particular, además que se ajustara de forma clara la normativa legal y regulatoria emitida para estos efectos. En el caso de una ISAPRE, recomendamos que se aprobara ese plan según lo propuesto. [append chunk id: 12729]
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Estaba propuesto porque cumplía con la normativa vigente, y en el caso de otra Isapre recomendamos no aprobar el PPA, dado que la Superintendencia de Salud no había podido validar datos críticos necesarios para su evaluación, y sugerimos instruir una fiscalización de los archivos maestros y requerir que esa Isapre actualizara su plan de pago y ajuste, tomando en cuenta las correcciones que surgieran de la fiscalización. Ese fue el resultado del primer proceso de revisión en términos de las recomendaciones. Ahora, ¿qué recomendaciones específicas realizamos a estos planes? Que, si recordamos, tienen tres grandes áreas: la determinación de la deuda y sus mecanismos de devolución, el segundo elemento tiene que ver con los mecanismos de contención de costos y el tercer elemento con la prima extraordinaria. Entonces, primero, respecto de los contratos beneficiados, y esto gracias al trabajo colaborativo que tuvimos con los equipos de la Superintendencia de Salud, nosotros recomendamos que los PPAs fueran corregidos en base a los contratos verificados. Se hizo un trabajo de revisión de los archivos que fueron enviados por las Isapres y se recomendó que se realizaran estas correcciones por existir diferencias. Como ya mencioné, en el caso de una Isapre recomendamos instruir una fiscalización de estos archivos para subsanar inconsistencias y errores que habían sido detectados. En el caso de otra Isapre, esto no venía contenido en el plan, entonces recomendamos que se informara el número de contratos afectos a devolución y que, además, ese número fuese verificado. Eso respecto de los contratos. Después, respecto de la determinación de la deuda, habían diferencias también entre los procesos de verificación que se realizaron por la Superintendencia de Salud, ¿verdad?, con lo informado en las Isapres. En un caso, estas diferencias eran mayores y se recomendó que fueran corregidos en virtud de los criterios que estaban en la normativa y fuesen verificados. También observamos en un caso que no estaban especificados en el plan de pago debidamente cómo iban a ser los mecanismos de devolución y, por lo tanto, se recomendó que se incluyeran y se detallaran. Y otro elemento que ocurrió en dos casos y que nosotros recomendamos que se ajustara para cumplir con la ley y con lo normado en la circular era asegurar que cualquier compensación de deudas de los afiliados con la Isapre se realizara con acuerdo expreso de los afiliados y preferentemente dentro del régimen de excedentes, porque había dos Isapres que planteaban determinar el monto de la deuda y netear las deudas que tenían los afiliados inmediatamente, y esto nos parecía que estaba en contrario al espíritu que tenía la ley y la normativa. Y respecto de la alternativa de pago acelerado, aunque la mayoría de las Isapres dijeron que no la tenían contemplada inicialmente, se recomendó que igualmente especificaran criterios financieros u otros en el PPA para quedar facultadas eventualmente para usar este mecanismo en el futuro. Después, respecto del segundo elemento, que es la contención de costos, aquí en general, en la mayoría de los casos, sugerimos que se corrigieran los planes de pago presentando una cuantificación global de la contención de costos. Esto nos parecía muy importante, dado que esto se discutió a lo largo de la ley corta de Isapres, la importancia de que ellas hicieran un esfuerzo de contención de costos para que toda la carga no recayera en los afiliados. Y esto, por lo tanto, tenía que verse cuantificado y luego reflejado en una menor prima lo que se recomendó que ocurriera en aquellos casos en que no estaba incluido. También, que se proveyera más información de cómo estaban estas algunas cuantificaciones y cómo se llegaba a las cifras. Adicionalmente, en línea con lo normado, sugerimos que se corrigieran los PPAs para clarificar cuáles iban a ser las medidas de control interno para desarrollar estas propuestas de contención de costos y que también quedaran identificados quiénes eran los responsables, de manera concreta, posteriormente de implementar este conjunto de medidas de contención de costos. Y respecto de las políticas de transparencia, que es otra materia normada en la ley corta, sugerimos que se corrigiera el PPA para que estas políticas quedaran incorporadas en el Plan de Pago y Ajuste, conforme a la ley, en algunos casos no estaban contenidas y también, en otro caso, que se diseñaran para la totalidad de los afiliados, no solo para aquellos que tienen una devolución del monto de la deuda. Y paso ahora, y con esto cierro esta parte de las recomendaciones, a las que hicimos respecto de cómo estaban siendo determinadas las primas extraordinarias. Aquí hicimos distintas observaciones que varían entre Isapres, resumo el tipo de recomendaciones realizadas. Primero, que se presentara la estimación de los montos de ajuste por tabla única de factores, ¿verdad?, por aplicar la tabla única, distinguiendo, además, de la aplicación del piso del 7% para poder identificar y revisar estos cálculos. También se recomendó que se incluyera en el cálculo de la prima extraordinaria la deducción de costos del plan de contención de costos, como ya me referí a aquello, que se excluyera de los ingresos excepcionales que algunas Isapres estaban, digamos, descontando correspondientes a pago de cotizaciones mal enteradas en FONASA. También que se excluyera el ajuste a la prima producto de impago permanente en recaudación. Todos estos efectos conducían a menores ingresos y, por lo tanto, mayor prima en definitiva cobrada a las personas y no se encontraban, en nuestra opinión, de conformidad con la normativa. También que no se incorporaran las trayectorias de desafiliación futura en esta estimación de ingresos, solo pudiendo incorporarse eventualmente una estimación de afiliación efectiva a septiembre. Que se excluyera también del cálculo de la prima extraordinaria el impacto del IVA sobre los ingresos por prima extraordinaria. Que tampoco se considerara un factor de incremento de costos asociado a nuevos beneficios o planes alternativos para la determinación de la prima. Todas estas fueron correcciones que sugerimos incorporar y revisar y que significaban, por lo tanto, que tuviera que revisarse de manera íntegra el cálculo de la prima extraordinaria y requerir más información en otros casos. Entonces, ¿cuál fue el impacto de estas recomendaciones? Que estos planes fueron corregidos y fueron complementados con toda la información que se sugirió y que se tuvieron que cuantificar las medidas de contención de costos y rehacer los cálculos de prima extraordinaria. En esta tabla presento la prima extraordinaria original que venía contenida en los planes presentados. La prima revisada. Finalmente, en el caso de las últimas dos, ellas propusieron, ¿verdad?, no aplicar la prima. Y el efecto de las revisiones que se realizaron. Que podemos ver para aquellas que van a cobrar prima, que significó una variación desde un 55% en el caso de Nueva Más Vida. Es decir, se terminó con una prima revisada que es menos de la mitad de la originalmente propuesta y reducciones de 47, 32, 24 y 28%. Entonces, hubo una revisión considerable de lo que fue presentado por las Isapres. Pero esto es como una medida concreta. Pero aparte de eso, se tuvieron que complementar y rehacer muchos elementos de los planes de pago y ajustes. ¿Qué resolvió la Superintendencia de Salud a partir de nuestras recomendaciones? Que, como decía antes, son no vinculantes. Sobre las recomendaciones generales, la Superintendencia consideró que se tendrían en consideración para futuras regulaciones y o fiscalizaciones a que diera lugar el proceso. Y sobre las recomendaciones específicas, estas en general fueron todas acogidas. Aquí pongo los ejemplos, pero son las que ya he mencionado antes. Excluir incobrabilidades, afiliaciones, cuantificar contención de costos, etcétera. Quiero compartirles también que, como consejo, posteriormente a la aprobación de estos planes, hemos realizado algunas otras recomendaciones. Manifestamos, de hecho, nuestra preocupación por la demora de Isapre Fundación en la entrega de su plan de pago y ajustes corregido. Acordamos por lo mismo invitar a dicha Isapre a una siguiente sesión del consejo, que fue realizada el viernes pasado. Y probablemente la Isapre, de acuerdo con lo que ha informado, va a estar ingresando su plan corregido en estos días. También consultamos a la Superintendencia de Salud la forma práctica en que se… Es Fundación. Sí. También consultamos a la Superintendencia de Salud cómo se está aplicando en la práctica, por ejemplo, el tope de 10% de aumento al alza de los contratos respecto de la cotización descontada en julio del 2010. En particular, planteamos la situación de personas que han tenido variaciones en las cargas y, por lo tanto, ha habido cambios en los contratos y sugerimos que este tipo de elementos se incluyan en los módulos de fiscalización que se implementen. Son elementos que han surgido después, digamos, de la aprobación de los planes de pago y ajustes. Ahora voy a profundizar en la devolución y pago de la deuda, que sé que es la materia a la que ustedes están abocados. Aquí poder comentarles que en el análisis específico que realizamos en el plan de pago y ajustes de Consalud planteamos… La Isapre había planteado aquí un monto mínimo de pago de 0,053 UF por afiliado y lo que nosotros señalamos es que esta propuesta permitía asegurar que los montos tuvieran algún nivel de significancia y reducir tiempos de pago. Y, al ser un componente en beneficio de los afiliados, estimamos que debía ser aceptado en el marco de ese plan de pago y ajustes. Pero, adicionalmente, replicamos esta recomendación en todos los otros informes de la Isapre, salvo el de esencial, porque ese sugerimos que fuese aprobado y que comprometió el pago en una sola cuota, ¿no? Entonces, aquí recomendamos a la Superintendencia de Salud autorizar la posibilidad de establecer un monto mínimo de pago mensual de la deuda a los afiliados para generar un proceso eficiente y que los beneficiaría. Respecto a esta sugerencia… [append chunk id: 12731]
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La respuesta de la Superintendencia de Salud indicó que sería considerada como posibilidad de regulación futura, sin perjuicio de que se tenía que tener presente que la ley autorizó a las Isapres a pagar en un plazo máximo de 13 años, priorizando algunos afiliados respecto de otros en relación con su edad. ¿Qué hemos estado analizando en el Consejo respecto de elementos que podrían abordarse o realizarse? Creemos que hay un marco que permite adoptar algunas medidas adicionales, en el marco de que la Superintendencia de Salud, en el ejercicio de sus funciones regulatorias, tiene la facultad de emitir circulares orientadas a precisar o complementar la aplicación de la normativa vigente conforme a principios de eficiencia y a la finalidad última de garantizar justicia y equidad en las relaciones entre Isapres y afiliados. Y, aunque no se explica en la ley la obligación de fijar montos mínimos, corresponde a la autoridad regulatoria interpretar administrativamente estas materias, leyes y reglamentos e impartir instrucciones de aplicación general para su cumplimiento. Esto en el marco de facultades que existen en el DFL-1. Y, en particular, ese marco que creemos que permite y que podría someterse a vuestra consideración y, por supuesto, del Ejecutivo, que pudiera convocarse una mesa de trabajo integrada por la Superintendencia de Salud, con las Isapres y actores relevantes que deban definirse con un plazo muy breve y acotado para su funcionamiento y para resolver también. Que en ese análisis se contemplen consideraciones técnicas y financieras en beneficio de los afiliados, en particular establecer mínimos razonables, pero que no comprometan la estabilidad del sistema. O sea, hay que tener en consideración el propósito original de la ley corta de Isapres de resguardar la continuidad de tratamientos y el funcionamiento del sistema y, por lo tanto, en un marco de trabajo poder evaluar mínimos razonables, evaluando el impacto financiero de estos montos, como decía antes, y también priorizando, eventualmente, a beneficiarios según criterios a definir. ¿Cuál sería el objetivo de esta propuesta? Que pudiera emitirse una circular basada en el consenso técnico de este trabajo y que instruyera a las Isapres a establecer montos mínimos de devolución que estén alineados con principios de equidad y, como decía antes, también de sostenibilidad del sistema. Y que, además, en esta circular pudieran establecerse criterios para una adecuada fiscalización del proceso de implementación de la ley, que todavía va a continuar por un largo tiempo y de mejora continua de las condiciones de cumplimiento, entendiendo que tenemos un marco de no retiro de utilidades mientras exista deuda. Y que dicha circular también sugerimos pudiera recoger las demás recomendaciones regulatorias que formulamos previamente, referidas a normar la comunicación y entrega de información a los afiliados, que es otro elemento que es importante, sobre todo ante la preocupación y malestar que tiene la ciudadanía, cómo se va comunicando esto. Y normar la forma en que pueda implementarse la opción de pago acelerado desde ya, para dejar habilitada esta alternativa con criterios muy claros de elegibilidad y con procedimientos específicos para que no haya discriminación y sea, en la medida en que esto se puede ofrecer, de fácil acceso para todos los afiliados. Y cierro con algunas consideraciones finales. Como consejo, quisiéramos resaltar la importancia de que aquí se realice un proceso continuo y oportuno de revisión regulatoria y fiscalización de la implementación de la ley corta. Creemos que este es un proceso que está lleno de casuística, que es muy difícil de prever en su totalidad desde el inicio, como mencionaba antes, por ejemplo, cómo se está aplicando en la práctica este techo de 10% de alza y que, por lo tanto, es esencial tener una fiscalización bastante intensiva y adecuar la normativa oportunamente, para evitar que se generen, verdad, algunos perjuicios para los afiliados. También destacar que nos parece importante considerar que la ley corta de Isapres fue un marco para viabilizar el cumplimiento de los fallos de la excelentísima Corte Suprema, resguardando la estabilidad financiera del sistema de salud en su conjunto, pero que no se abordaron los problemas estructurales de funcionamiento. Y, en este sentido, podemos ver que, mientras más tardan las soluciones, menos espacios tenemos para buenas políticas públicas. Y, en el caso de la ley corta, destacar que hubo mucho sentido de responsabilidad de todas las partes, tanto el Legislativo como el Ejecutivo, de resolver esta coyuntura que se presentaba en la medida de aquello que fue factible, pero, naturalmente, en ese mismo contexto, no está exento de dificultades a la hora de su implementación. Y cierro, si me permite, con una muy breve reflexión respecto de que persiste la necesidad de abordar con urgencia las reformas estructurales que requiere nuestro sistema de salud. Esta es una materia en la cual esta comisión especialmente ha tenido una iniciativa muy destacada, también el Ejecutivo, que ya ha ido ingresando proyectos de ley en esa dirección y, por lo tanto, que junto con poder implementar algunas medidas concretas para mejorar la implementación de la ley corta, como hemos conversado recién, me parece también que es un momento que nos invita a hacer una reflexión sobre el sistema de salud que queremos, ¿verdad?, para nuestro país. Y, quizás, otro aprendizaje que surge de este proceso es que los problemas que tenemos en salud son complejos y que, por lo tanto, no existe una verdad absoluta. Y, por lo mismo, hoy día, más que nunca en este contexto, se necesita de la voluntad de todos para poder avanzar y resolver las reformas estructurales que necesita nuestro sistema de salud. Gracias, presidente. Quedo disponible para cualquier consulta y, si lo tiene bien, poder contestarlas en conjunto con los consejeros presentes. Muchas gracias, Pablo. Le agradezco mucho su clarísima presentación. No sé si tienen algún otro consejero o superintendente, ministra. ¿Don Víctor? ¿No? ¿Complementar? Perfecto. Por favor. Doctor, tiene la palabra. Perdón, venía usted en el orden de hoy. Pensaba que… Tiene la palabra, así que total libertad para comentar. Gracias, presidente. Solo para complementar, en virtud de que lo que se está visualizando tiene que ver, esencialmente, con la forma de los planes de pago de la Isapre y en algunas de las iniciativas que han surgido y que hemos conversado, incluso hoy día en la mañana. Solo como complemento, hay una necesidad de priorización, porque lo que las personas, las expectativas de las personas en general, en el ámbito de las devoluciones, son de dos tipos. Uno, las expectativas del monto a devolver, y se abordará de alguna manera modificando los montos mínimos. Y otra, que independiente del monto, hay personas que tienen necesidades y, por lo tanto, va a tener que tener algún criterio de priorización. Y, desde el punto de vista de mi ámbito, quizás salud pudiera ser uno de esos criterios. A modo de ejemplo, se me ocurre ahora, por ejemplo, está la ley vigente sobre los pacientes que tienen enfermedades terminales, y que tienen derecho a retirar sus fondos de AFP y la devolución en un año, que es la ley 21.309, me parece. Y si algunos de los 700.000 personas que están, digamos, en el plan de devolución, hoy día son afectadas a la ley, se podría hacer una suerte de compatibilizar esas dos solicitudes, podría ser. Y los otros son los pacientes que tienen, por ejemplo, están postrados, o tienen secuelas de invalidez, y que, por lo tanto, tienen necesidades de disponer de recursos. Ahí hay, en salud, hay numerosos criterios que se pueden adoptar si se contempla alguno de esos mecanismos. Eso es todo, Presidente. Puedo ofrecer la palabra a los señores senadores. Senador Juan Luis Castro. Gracias, Presidente. Saludar a Paula Navíes y a todos los integrantes de Salcar, Camo y Patricio Fernández, que están hoy día acá. Me alegro de que se haya podido entregar una versión directa de boca de ellos de lo ocurrido en esas 25 sesiones de tres horas de duración cada una promedio, donde lo señaló Paula, usted dijo que eran tres los propósitos originales, normar formas de pago acelerado, autorizar montos mínimos y establecer requisitos de transparencia y información a los afiliados. Esas fueron las primeras recomendaciones que usted, entiendo yo, señalaron como camino a seguir para efectos de la superintendencia. Entonces, la primera duda que a mí me asalta es porque si esto así fue recomendado en su origen, ¿por qué no ocurrió, Presidente? Porque ocurre que ninguno de los tres puntos señalados por la Presidenta del Consejo sucedió. O sea, no terminó habiendo un monto mínimo, no fue una forma del pago acelerado reconocida por las ISAPRES y tampoco un proceso directo de transparencia, directa e información a los afiliados. Al revés, esto sucedió con mucha premura, abruptamente, en condiciones no conocidas. Eso es lo primero que quisiera, después de la superintendente, comprender. Porque veo que prematuramente ustedes señalaron estos tres criterios. Luego, quisiera yo comprender cuáles... [append chunk id: 12730]
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