Cámara de Diputados Trabajo

Cámara de Diputados - Trabajo - 30 de septiembre de 2025

30 de septiembre de 2025
20:30
Duración: 2h 3m

Contexto de la sesión

La sesión tiene por objeto iniciar el estudio del proyecto de ley, originado en moción de los diputados señores Giordano; Cuello; Ibáñez; Santana y Ulloa; y de las diputadas señoras González, doña Marta; y Yeomans, que "Modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de la salud y seguridad de las personas trabajadoras", correspondiente al boletín N° 17837-13. Señor Giorgio Boccardo Bosoni, Ministro del Trabajo y Previsión Socia. Señor Sergio Santibáñez Catalán, Director Nacional (S) de la Dirección del Trabajo. Lugar: Sala Manuel Bustos Huerta tercer nivel (Sesión presencial)

Vista pública limitada

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El acta de la sesión N° 185 se da por aprobada y la sesión N° 186 queda a disposición de las señoras y señores diputados. Ahora, señor Secretario, a la Cuenta. Gracias, señor Presidente. Se han recibido los siguientes documentos. Un oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual hace presente la urgencia calificada de simple para el despacho del proyecto de ley que modifica la Ley N° 16.744, a fin de crear un nuevo sistema de calificación de enfermedades profesionales, y modifica las leyes que indica. Oficio del Subsecretario subrogante del Trabajo, señor Miguel Rodrigo Zúñiga, mediante el cual remite oficio del Director Nacional subrogante de la Dirección del Trabajo, que informa sobre el estado de avance e implementación de la Ley N° 21.327, sobre modernización de la Dirección del Trabajo, en respuesta a las consultas formuladas por la Comisión. Un oficio del Subsecretario del Trabajo, mediante el cual se refiere a los alcances de la publicación realizada por esa Subsecretaría en conjunto con el entonces Director del Trabajo, efectuada al día siguiente de su renuncia. Oficio del Subsecretario del Trabajo subrogante, mediante el cual adjunta información remitida por la Dirección del Trabajo, por Oficio N° 2.510, relativa a los gastos en que incurrió el ex Director Nacional del Trabajo en las visitas realizadas a la Región de Atacama durante los meses de marzo a agosto de 2025. Carta del Presidente del Directorio de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, con nota interna emitida por el Gerente General de la División El Salvador, que responde a las consultas formuladas por la Comisión respecto de eventuales gestiones de intermediación o mediación en la negociación colectiva entre el sindicato de la empresa Anamarc y la contratista. Informe titulado “Normas sobre protección laboral en casos de desastres naturales. Legislación extranjera”, elaborado por la profesional de la Unidad de Asesoría Técnica Parlamentaria de la Biblioteca del Congreso Nacional, señora Paola Álvarez Droguet, en el marco del estudio del proyecto de ley que establece protección laboral para trabajadores y trabajadoras afectadas por catástrofes. Correo del señor Francisco del Río, asesor legislativo de la diputada señora Ximena Ossandón, mediante el cual remite listado de invitados para la discusión del proyecto de ley que modifica normas laborales relativas a la seguridad y salud en el trabajo, Boletín N° 17.837-13. Carta del señor Mauricio Acevedo, presidente del sindicato Salcobrand N° 2, Federación Nacional de Trabajadores de Farmacia, y vocero de la Confederación del Comercio CONATRACOPS y de la Alianza de Trabajadores del Comercio (ATCOMER), a través de la cual solicita audiencia con la Comisión para exponer respecto de incumplimientos laborales ejercidos por empresas que prefieren pagar las multas antes que respetar la ley. Oficio del Secretario General de la Corporación, mediante el cual comunica que el proyecto de ley que modifica cuerpos legales que indica, con el objeto de establecer un permiso laboral especial para la realización de exámenes preventivos del cáncer gástrico, por haber sido objeto de una indicación, remite la totalidad de los antecedentes para que la Comisión emita el segundo informe, de conformidad con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 130 del Reglamento de la Corporación. Correo de la señora Patricia Silva, abogada de Desarrollo y Trabajo Consultores y asesora de la Federación de Trabajadores de Correos de Chile, mediante el cual solicita audiencia a la brevedad con la Comisión debido a un despido masivo. Nota del Comité Comunista, Federación Regionalista Verde Social, Acción Humanista e Independiente, por la cual se comunica que la diputada señora Ana María Gazmuri reemplazará al diputado señor Tomás Hirsch en la sesión del día de hoy. Nota de la bancada del Frente Amplio Independiente, por la cual se comunica que el diputado señor Jaime Sáez reemplazará al diputado señor Diego Ibáñez en la sesión del día de hoy. Y, por último, señor Presidente, una nota del diputado señor Cristián Labbé y de la diputada señora Ana María Gazmuri, mediante la cual comunican que han acordado pareo para la presente sesión. Esa es toda la Cuenta, señor Presidente. Muchas gracias, señor Secretario. ¿Alguna palabra sobre la extensa Cuenta? Diputado Undurraga, por favor. Sí, Presidente. Como ha sido lo usual en otras oportunidades, que nos envíen lo que remitió la Biblioteca a nuestros correos para poder estudiarlo en detalle. Gracias. Perfecto, diputado Undurraga. Solicitamos que se envíe por WhatsApp el estudio, además del derecho comparado en relación con catástrofes y protección laboral. ¿Más palabras sobre la Cuenta? Ninguna. Solo menciono que tomo nota de las solicitudes del sindicato de Correos de Chile y, a su vez, de don Mauricio Acevedo, dirigente de Salcobrand.
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Las solicitudes de audiencia para distintas materias las pondremos en tabla a la brevedad posible. Puntos varios. Tiene la palabra la diputada Cicardini. Gracias, presidente. Quiero plantear una situación tremendamente preocupante: se han realizado desvinculaciones de 600 trabajadores y trabajadoras de Correos de Chile. Esto debiese convocarnos a todos los miembros de esta comisión y, en general, a quienes ejercemos un rol público, porque estamos hablando de una empresa estatal donde corresponde generar todos los resguardos y condiciones para que, si hay una dificultad financiera, se proceda de la mejor manera posible. Aquí ocurrió lo contrario. Quiero denunciarlo con mucha indignación. Primero, las desvinculaciones se hicieron de manera aleatoria; no hubo un plan de egreso ordenado, ni siquiera para funcionarios de mayor edad que habían manifestado su intención de retirarse: no fueron considerados. Además, hay situaciones particularmente llamativas. En Atacama, debo informar la afectación de siete trabajadores: tres carteros de la comuna de Vallenar y cuatro carteros de la comuna de Copiapó. Asimismo, hay operadores postales de sucursales desvinculados y se cerraron dos oficinas, una en San Pedro de Atacama y otra en Salamanca. En esta última, de cuatro funcionarios quedarán dos, que atenderán en un lugar reducido y precario. La precarización laboral es brutal, presidente. Los dirigentes nacionales nos informan que el día viernes tuvieron una reunión con su gerente, en la que se les avisó que habría desvinculaciones en el corto plazo; el día lunes sostuvieron una reunión con el ministro del Trabajo y con la subsecretaria de Hacienda, y hoy se enteran de la desvinculación de 600 trabajadores y trabajadoras. Me parece que no hubo capacidad de reacción por parte del Gobierno ni herramientas suficientes para contener y programar adecuadamente este proceso, evitando un impacto mayor en los índices de desempleo. Además, hubo un evidente descriterio. Corresponde enviar oficios de fiscalización para que se nos informe por qué, en qué condiciones y con qué criterios se tomó esta decisión. Estos oficios debiesen dirigirse al ministro del Trabajo y también a la subsecretaria de Hacienda, para conocer si esto obedece a razones financieras y qué medidas se evaluaron para resguardar la integridad laboral de los trabajadores y trabajadoras afectados. Gracias, diputada Cicardini. Es una situación extremadamente grave. He recibido solicitudes no solo de audiencia, sino también de reunión, cuestión que pensaba gestionar esta semana. Los antecedentes que usted expone son muy graves y me imagino que se replican a lo largo de todo Chile. Tomaremos el acuerdo de enviar los oficios solicitados, en los términos planteados por la diputada Cicardini, y agreguemos también a la Dirección del Trabajo, por si hay antecedentes respecto de denuncias sobre cómo se llevaron a cabo estos despidos. ¿Tengo el acuerdo? ¿Sí? Perfecto. Gracias, diputada Cicardini. Diputado Undurraga, usted había pedido la palabra. ¿Diputado Santana también? Sí. Después, el diputado Santana. Gracias, presidente. En la sesión anterior había solicitado convocar al ministro del Trabajo para que el ministerio nos entregue su versión respecto de cómo se está afectando el empleo por el conjunto de regulaciones que hemos aprobado en este Congreso —las 40 horas, el sueldo mínimo y otras nuevas normas—. Dada la situación que hoy conocemos en una empresa pública como Correos de Chile...
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Con más razón, esta reflexión hay que tenerla, porque aquí hay varias miradas: una, respecto de la forma, de los planes de egreso —tal como señaló la diputada Cicardini—, y, por supuesto, eso tenemos que mirarlo. Pero también pueden existir aspectos más estructurales que es bueno reflexionar en esta Comisión. Lo dijo primero el Banco Central y tocó la primera campana; hoy día hay una segunda campana, que es lo de Correos. No esperemos más campanazos antes de tener la reflexión. Entonces, presidente, la pregunta es si el ministro ya tiene fecha para estar acá, para hablar de esta materia; y, si no, pedirle que usted, como presidente, pueda acordar con él una fecha para que ese sea el objetivo: qué pasa con el empleo y qué medidas se pueden tomar hacia adelante. Eso, presidente, gracias. Diputado Giordano, yo, en efecto, tengo esa solicitud, junto con varias más, en carpeta. No tenemos la posibilidad de citar los días lunes, que sería lo más óptimo para aquello, y también tenemos algunas cuestiones urgentes que tratar. Todavía no he podido hacer esa citación ni le he mencionado al Ministerio del Trabajo nada al respecto. Sin perjuicio de ello, creo importante señalar que han ido apareciendo varios antecedentes sobre el empleo, a propósito de las primeras alertas y señales del Banco Central. Muchas de ellas tienen que ver no solo con lo que ocurre con ese informe, en el que, de alguna u otra manera, también se ha señalado públicamente que los impactos de las regulaciones que hemos discutido —particularmente la reducción de la jornada a 40 horas, cuyo proceso recién va en 44 horas, y el salario mínimo— son impactos menores, sin perjuicio de que existan otros factores macroeconómicos. Lo digo para despejar una tesis que circuló bastante en la prensa y que la propia vicepresidenta del Banco Central salió a señalar, o al menos a matizar. Pero, evidentemente, lo tomo con mucha preocupación, porque otro antecedente que debemos poner sobre la mesa es que los despidos por necesidad de la empresa siguen aumentando, cuestión que hemos venido denunciando durante varias sesiones y que da cuenta de realidades complejas en el trabajo. Yo voy a incluir esta temática en una sesión próxima. Quiero ver cómo se da la sesión en particular, donde hemos comprometido también abordar temáticas de salud y seguridad en el empleo, que son muy graves. Ustedes recordarán que hoy día tenemos una sesión que nace a propósito de un accidente fatal en El Teniente. Por lo tanto, voy a tratar de compatibilizar todos los intereses de la Comisión y me comprometo con usted, personalmente, diputado Giordano, a citar a la brevedad a una conversación con Correos de Chile. Me parece importante poder oír; nos han solicitado audiencia y, eventualmente, podemos incluir al Ministerio en alguna sesión —sea la misma u otra— para conversar esto. Lo haré a la brevedad posible. Diputado Santana, usted había pedido la palabra. Gracias, presidente. Yo quería plantear dos cosas muy puntuales, en línea con lo que han señalado los colegas. Primero, la preocupación por la situación de Correos de Chile, por esta desvinculación de 600 trabajadores, que representan, entiendo, cerca del 15% de los más de 4.000 trabajadores que tiene esta empresa estatal a lo largo de todo el país. Y complementar lo señalado en el sentido de que a los trabajadores, finalmente, se les negó la posibilidad —por ejemplo, en el caso de aquellos que están a pocos años de jubilar— de acceder a un plan de egreso. A mí me parece que esa práctica es compleja para trabajadores que se han desempeñado por décadas, como es el caso de algunos de ellos con quienes me comuniqué. También se comunicaron conmigo trabajadores de la región de Atacama afectados por esta situación, que son pocos en el marco de este gran número a nivel nacional. Pero me parece que, tratándose de una función tan importante como la que cumple Correos de Chile a lo largo del país, enfrentando incluso a instituciones de carácter privado, no corresponde, bajo ningún punto de vista, que el Estado —en este caso, su empleador— actúe de esta manera, negándoles la posibilidad, insisto, de retirarse del organismo a través de un plan de egreso, como ha funcionado en otras instituciones. Eso como primera cosa. Lo segundo, en materia pública también, porque lo planteé en otra comisión, presidente, tiene que ver con el programa Más AMA, que seguramente algunos de ustedes conocen y que va a eliminarse. Es un programa del Ministerio de Desarrollo Social que ejecutan los centros de salud familiar a lo largo de todo el país y que busca mejorar la autovalencia de las personas mayores en Chile, posibilitando que puedan realizar actividades de actividad física y desarrollo cognitivo en distintos centros de salud familiar. Lamentablemente, hay información no menor respecto de su eliminación, a propósito de la discusión que se va a dar ahora en el Parlamento.
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Este programa se eliminaría y nos parece un despropósito tremendo. Lo señalo porque allí trabaja una cantidad importante de profesionales —kinesiólogos, terapeutas ocupacionales— que han desarrollado un programa exitoso y bien evaluado. A decir verdad, en un país que envejece y que necesita promover la actividad de las personas mayores, no se entiende que se tome esta decisión. Por lo tanto, además de las dudas sobre la pertinencia, por la relevancia del programa, quiero plantear formalmente en la Comisión de Trabajo, señor Presidente, la preocupación por lo que generaría para todos estos profesionales que se han desempeñado en esta iniciativa, relacionada con la autovalencia de las personas mayores a lo largo de todo el país. Seguramente los colegas en sus distritos ya conocen esta situación. Me parece que el Estado no puede prescindir de una cantidad importante de profesionales que han ganado experiencia y bagaje en esta materia con el transcurso de los años. Sobre el punto, una consulta al diputado Santana: ¿algún oficio que desee despachar? —Sí. Solicito que la Comisión envíe un oficio al Ministerio de Desarrollo Social para saber, primero, si es real que este programa se va a eliminar y, segundo, cuáles son las razones. Uno entiende que cuando se eliminan programas son aquellos mal evaluados, ante lo cual no habría razón para oponerse. Pero en este caso se trata de un programa exitoso, coherente con las características del país —envejecimiento, número de personas mayores— y con el deber de generar condiciones para que vivan dignamente. —Perfecto, gracias, diputado Santana. Sobre el punto, diputado Sandón. —Gracias. Comparto la información. Más allá de la situación laboral de quienes podrían reubicarse, corresponde preguntar si efectivamente el programa está mal evaluado y, en definitiva, por qué se pretende eliminarlo. Esa es la primera cuestión que debemos aclarar. Perfecto. Tomo el acuerdo para oficiar al Ministerio de Desarrollo Social consultando: primero, la evaluación del programa; segundo, si es efectivo que se estaría cerrando, como aquí se ha señalado; y, eventualmente, el impacto de dicha medida. Esperamos la respuesta del Ministerio. Se toma el acuerdo. ¿Alguna palabra más? ¿Puntos varios? No. Tomo la palabra para tres asuntos muy breves. La semana pasada me reuní con organizaciones de trabajadores del transporte urbano e interurbano y, en virtud de ello, solicito tres oficios desde esta Comisión: Primero, un pronunciamiento de la Dirección del Trabajo sobre la duración de la jornada de los conductores de buses rurales, detallando tiempos de descanso; y otro del Ministerio de Transportes sobre la cantidad de conductores por máquina según el contrato del perímetro de exclusión. La normativa indica 1,2 conductores por máquina, pero ¿conforme a qué jornada? Existe la duda de que los conductores estarían realizando jornadas dobles, lo que constituye un riesgo para todos. Segundo, oficiar nuevamente a la Dirección del Trabajo y al Ministerio de Transportes para que se pronuncien sobre un posible caso de unidad económica entre Subus Chile y la empresa Conecta Mobility, ambas licitantes del sistema RED, considerando que Subus decidió no participar en la licitación de 2024 y despidió a 1.400 personas, mientras Conecta ocupó todos los patios y absorbió el grueso de sus administrativos y a un número importante de los trabajadores despedidos. Consta, además, que algunos de ellos formaron un sindicato en Conecta cuando aún tenían contrato vigente en Subus. Tercero, un oficio a la Dirección del Trabajo para que remita los resultados de la fiscalización realizada en septiembre y los ajustes adoptados este año, así como la planificación de fiscalizaciones para el verano, respecto del cumplimiento del descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas cada 24 y de la cantidad de conductores en viajes largos. Hay denuncias de empresas que estarían realizando trayectos como Santiago–Antofagasta, Iquique o Arica con solo dos conductores, lo que no cuadra con los descansos establecidos ni con los tiempos máximos de conducción —5 horas continuas—. Por lo mismo, es particularmente relevante que la DT informe resultados y planificación, especialmente en los terminales del norte del país. ¿Tenemos acuerdo, colegas? Sí. Aprobado.
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Pasando al orden del día, esta sesión tiene por objeto iniciar el estudio del proyecto de ley original, en moción de los diputados señores Giordano, quien les habla, Cuello, Ibáñez, Santana y Ulloa, y de las diputadas señoras González, doña Marta y Yeomans, que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de la salud y seguridad de las personas trabajadoras, correspondiente al boletín N° 17.837-13. Señor Secretario, voy a presentar brevemente el contenido de este proyecto, aunque tenemos como invitados —y ya se sientan junto a nosotros— al Ministro del Trabajo y Previsión Social, el señor Giorgio Boccardo Bosoni, y al Director Nacional subrogante de la Dirección del Trabajo, el señor Sergio Santibáñez Catalán. Muy bienvenidos. No sé si podemos proyectar, antes que todo, la presentación para dar a conocer formalmente, a pesar de que les envié este proyecto de ley. —Diga, diputado Santibáñez. —¿Este proyecto lo presenta usted, el mocionante? ¿Lo presenta usted o lo presenta el Ejecutivo? —No, lo presento yo. Soy el mocionante y, por eso, quiero introducirlo, a pesar de que se los envié; pero he solicitado la participación del Ejecutivo para que se pronuncie al respecto, ya que en otras circunstancias se ha solicitado fervientemente su pronunciamiento. De manera que contaremos con su participación desde esta primera sesión. Bien, tenemos la presentación entonces. Como el título indica, este proyecto de ley pretende fortalecer la protección de la salud, seguridad y los derechos laborales de las personas trabajadoras, incorporando mejoras, sobre todo en materia de prevención, sanción y otros cambios. Pasemos a la siguiente diapositiva. Lo primero que quiero poner en común… ¿Perdón? No, este no es el color; es el color que siempre he ocupado para mis presentaciones en los proyectos de ley, diputado Undurraga. Vamos a partir con algunos antecedentes. Lo primero es hablar un poco sobre la situación laboral en Chile. ¿Por qué generamos un proyecto de ley que se haga cargo de esto? Ustedes lo saben, porque lo he señalado desde antes de ser presidente de esta comisión y, particularmente, desde agosto de 2022: he estado realizando una serie de denuncias respecto de accidentes fatales en materia laboral. Muchos de ellos —según antecedentes vertidos en la prensa y hechos de público conocimiento en investigaciones— dicen relación con circunstancias que pudieron haber sido prevenidas. Quiero recordar algunos casos. El primero es de fines de agosto de 2022: el de Katherine Pérez Mayorga, buzo subcontratada en Nova Austral, que nos mostró cómo en la salmonicultura se empuja a trabajar con equipos inadecuados y bajo condiciones de alta siniestralidad, pese a ser un sector que mueve grandes cantidades de dinero. En abril de 2024 ya se acumulaban en este sector 80 fallecimientos en una década, con multas que —lo sabemos, y ha sido parte de la discusión— no modifican en nada las prácticas. Otro caso, que vimos junto al diputado Cuello en su momento, fue el de Claudia Uribe Becerra, manipuladora de alimentos de un jardín acá en Valparaíso, el jardín Huacolda, que fue aplastada por un montacargas sin mantención. Cuando se realizó la investigación, los propios sindicatos advirtieron que no solo no era un hecho aislado, sino que, además, la contratista Alicervis —que tenía varias denuncias por lo mismo, incluso sanciones— seguía licitando con el Estado. En ambos casos vimos mandantes que se desentienden y contratistas que prefieren pagar las sanciones. El panorama reciente no es más alentador. En 2024 hubo 154 accidentes fatales. No es el número más alto de la última década; sin embargo, está muy lejos de la meta de cero fatalidades, declarada no solo por el Gobierno, sino también por muchos rubros específicos y sus gremios. La concentración por ramas revela un hilo conductor claro: en transporte tenemos el 8,8% de los accidentes; en minería, el 6,3%; en agricultura, el 5,7%; en construcción, el 5%; y todos son sectores donde la subcontratación es habitual o dominante. La mitad de los accidentes fatales involucran vehículos; la otra mitad tiene que ver con caídas, atrapamientos, amputaciones y golpes. Estamos hablando de accidentes gravísimos. Aquí aparece un primer diagnóstico: falta un detalle público que nos permita entender y observar estos accidentes con claridad según el tipo de contrato, para graficar cómo la subcontratación juega un papel central en las diferentes condiciones laborales no homologadas entre empresas mandantes, contratistas y subcontratistas. Bueno, tenemos una serie de casos en el año 2024.
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En el año 2025, la tónica nos muestra que ya tenemos 50 fallecimientos con la misma tipología de riesgo: electrocuciones, caídas, derrumbes, explosiones y naufragios. Destaca la minería en diversas zonas, como Tierra Amarilla, Cabildo, Copiapó y Collahuasi, con muertes por desprendimientos; y en la salmonicultura, con decesos de buzos subcontratados en Porvenir, Aysén y Bahía León; y en la construcción y el transporte, con caídas desde altura y colapsos de equipos. El hito más grave, y el que motiva la presentación y discusión de este proyecto, es el derrumbe en El Teniente, que cobró la vida de seis trabajadores subcontratados, caso que sintetiza fallas de supervisión en el control de riesgos y la persistencia de contratistas con historial de incumplimiento. A juicio de quien les habla, la continuidad de estos eventos evidencia que la reducción de cifras agregadas no basta cuando los incentivos y responsabilidades en las cadenas de subcontratación permanecen sin cambios efectivos. Entre los problemas y conclusiones preliminares que motivan este proyecto, el primer obstáculo ya mencionado tiene que ver con la información: no existe una serie oficial que desagregue las fatalidades por régimen de contratación, lo que limita el diagnóstico y las políticas focalizadas. En minería, particularmente en Codelco, la subcontratación cuadruplica la dotación propia —es decir, más del 80% del personal es subcontratado—, y se registran faltas repetidas: protecciones ausentes, bloqueo de energía incompleto, elementos de protección personal no garantizados y una supervisión deficiente. Aun así, tenemos contratistas multadas que siguen operando. La Dirección del Trabajo y la evidencia internacional —para lo cual hoy contamos con invitados— coinciden en que los factores organizacionales y de gestión preventiva pesan mucho más que el error individual o la mala suerte. Las contratistas muestran, con mayor frecuencia y gravedad, faltas y resultados peores, reforzando la asociación entre subcontratación y alta fatalidad. De allí se desprenden medidas necesarias: la responsabilidad indelegable del mandante a lo largo de toda la cadena; trazabilidad y transparencia de la siniestralidad por tipo de contrato; un régimen de reincidencia con inhabilidades efectivas; y fiscalización coordinada entre la DT, la SUSESO y los organismos sectoriales. Pasemos al siguiente punto. Los fundamentos del proyecto de ley se sustentan en la urgente necesidad de fortalecer el marco normativo chileno en materia de seguridad y salud en el trabajo, alineándolo con los estándares internacionales. Chile ha adquirido el compromiso de mejorar las condiciones laborales y adoptar medidas efectivas para cumplir estos estándares en materia de trabajo decente, definido por la Organización Internacional del Trabajo como la oportunidad de acceder a un empleo productivo que genere un ingreso justo, seguridad en el lugar de trabajo y protección social para las familias. Asimismo, cabe destacar la reciente ratificación del Convenio N° 155 de la OIT sobre seguridad y salud, acuerdo fundamental para nuestro país, que hoy nos abre la oportunidad de profundizar la legislación vigente. De esta forma, los últimos sucesos, como el ocurrido en El Teniente, nos muestran que la situación requiere profundizar los esfuerzos para que trabajar no constituya una amenaza a la vida y, por eso, este proyecto de ley lleva además el subtítulo “que el trabajo no cueste la vida”. Ahora, respecto del marco normativo en seguridad en el trabajo, ustedes ya conocen que el artículo 184 de este cuerpo legal establece un deber general de protección, exigiendo al empleador una protección eficaz en materia de salud y seguridad. De esta obligación deriva un marco general que se ha complementado con otras leyes y reglamentos, destacando la actualización de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, junto con el Decreto N° 44 de 2024, que aprueba el Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales para un Entorno de Trabajo Seguro y Saludable. Sin embargo, nunca es suficiente, y los hechos recientes así lo demuestran. En este sentido, proponemos profundizar la acción proactiva de las empresas y establecer un marco sancionatorio adecuado, que responda a la gravedad de las infracciones laborales que una y otra vez exponen la vida y la salud de trabajadoras y trabajadores. Entonces, para ir cerrando los fundamentos del proyecto, la realidad de las y los trabajadores en materia de salud nos muestra varias cosas. Lo primero es que, cada cierto tiempo, tenemos incidentes que gatillan...
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…promoción a nivel nacional y que evidencian la necesidad de una fiscalización más estricta y de más herramientas también para los organismos fiscalizadores, a fin de hacer cumplir la normativa vigente, la que además, según nuestro diagnóstico, es insuficiente. En el caso de la investigación, por ejemplo, de El Teniente, las explicaciones que solicitó la Comisión de Minería del Senado subrayan la falta de un régimen preventivo y sancionatorio verdaderamente eficaz, y sobre eso le vamos a preguntar también, por cierto, a la Dirección del Trabajo, a fin de que pueda adecuarse a la realidad de la subcontratación. En este contexto, nos parece que urge dar respuesta directa a tragedias como la ocurrida, buscando evitarlas. Y quiero aprovechar de comentar esto porque hoy día se realizó un punto de prensa en El Pensador junto a familiares de una de las víctimas de Jan Miranda, quienes estuvieron presentes con todo el dolor que conlleva la pérdida de un familiar en el trabajo, pero también con la justificada expectativa de que ninguna otra familia, no solo del mundo de la minería, sino que a nivel nacional, ningún trabajador ni trabajadora tenga que pasar por lo que han tenido que pasar ellos. Por lo tanto, este es un proyecto que he querido poner en tabla con la convicción de que es una discusión que hemos postergado demasiado tiempo. Ahora, en el punto número 3, sobre los contenidos del proyecto de ley. Como sé que tendremos intercambios técnicos sobre la materia, no quiero extenderme excesivamente en la presentación, pero sí mencionar algunos puntos centrales. Primero, el proyecto establece garantías asociadas a la protección de la vida y la salud de las personas trabajadoras. Se fija la obligación de designar un responsable único: un encargado de gestión de salud y seguridad en el trabajo, con rol coordinador y unificador de directrices, especialmente en regímenes de subcontratación. En el caso de la empresa mandante, este encargado tendrá además la obligación de coordinarse con las empresas contratistas y subcontratistas para garantizar condiciones equitativas de seguridad en el espacio laboral compartido. Segundo, se fortalece el artículo 184 bis, que permite a las personas trabajadoras la paralización por riesgo grave o inminente para la salud o la vida, y se autoriza a las organizaciones sindicales a tener un rol en ello. Se trata de un derecho que históricamente se ha ejercido de manera individual; el proyecto permite que cuente con respaldo colectivo frente a la misma circunstancia. Asimismo, impone al empleador el deber de informar a las organizaciones sindicales cuando existan riesgos de esta naturaleza, además del aviso a las personas trabajadoras. Luego, se establece el derecho a denuncia anónima, comparable a lo discutido en la ley Karin. Es decir, el empleador queda obligado a implementar un procedimiento y un protocolo de denuncia anónima en materias de salud y seguridad, para proteger a trabajadoras y trabajadores que teman represalias y favorecer el cumplimiento de la normativa una vez realizadas dichas denuncias. En el punto número 4, se propone que las organizaciones sindicales puedan formular propuestas y consultas en salud y seguridad, por ejemplo, sobre el reglamento interno —instrumento rector en la materia—, dirigidas al encargado único, y que la empresa deba responder de manera pública y mantener una revisión constante con las organizaciones sindicales. En materia de subcontratación, el encargado asume el deber de coordinar, como mencioné, a las contratistas y subcontratistas, y debe resolver las inquietudes de las organizaciones sindicales, no solo de la empresa mandante; también los sindicatos de las empresas contratistas o subcontratistas podrán realizar consultas y requerimientos de información al encargado de la empresa mandante. Además, se busca la uniformidad en la gestión de riesgos según el tipo de contratación, lo que implica que los mismos elementos de protección personal, el acceso a la información sobre medidas de seguridad, y la formación y capacitación en salud y seguridad apliquen a lo largo de toda la cadena productiva. Por otro lado, se generan garantías adicionales para las organizaciones sindicales. Como pueden ver, es un proyecto robusto. Me tomo un breve tiempo más para entrar en algunos de estos detalles. Una de estas garantías es el uso de medios institucionales y la fijación de plazos de respuesta para informar a las y los afiliados y a las y los trabajadores en general. Permite a los sindicatos, entonces, utilizar medios de comunicación de la empresa para alertar…
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Ante situaciones de peligro, se crea un canal permanente con el empleador y se fija un plazo máximo de respuesta en materia de salud y seguridad de 15 días. Además, se establece que el incumplimiento en esta materia será considerado una práctica antisindical. Lo segundo, y esto también fue parte importante de las denuncias en el caso de El Teniente a propósito de la relación de los sindicatos con las empresas mandantes, es que se reconoce el derecho de las dirigencias sindicales a acceder a los lugares de trabajo para labores de vigilancia y seguridad, quedando el empleador obligado a proporcionar el transporte, los elementos de protección personal adecuados y las capacitaciones cuando corresponda. Es decir, que el dirigente sindical pueda ingresar a las faenas y cumplir el rol que le compete, y, evidentemente, adoptar medidas perentorias. La negativa también será considerada una práctica antisindical. El proyecto de ley propone, además, un régimen de sanciones laborales actualizado. Lo primero que hace es terminar con una distorsión histórica respecto de las sanciones por tamaño de empresa según dotación de personal, y las adecua, básicamente, a la facturación anual de cada empresa. Esto responde a que, no solo en materias de salud y seguridad, sino también en diversas audiencias sostenidas en esta comisión, muchas organizaciones sindicales y trabajadores denunciaban que empleadores de gran tamaño preferían pagar multas antes que corregir un sinnúmero de prácticas denunciadas ante la autoridad administrativa o judicial. El caso de Walmart es uno de los más icónicos, pero también las farmacias figuran entre las empresas más multadas por la Dirección del Trabajo y, sin perjuicio de ello, muchas veces continúan con los incumplimientos. Asimismo, se aclara el concepto de reincidencia y se agravan las sanciones cada vez que se reincide o se actúa con contumacia. Es decir, cuando el empleador vuelve a ser multado por la misma conducta previamente sancionada, se genera un sistema en que las sanciones se van duplicando en la medida en que se reiteran durante un plazo de dos años. Esto busca un carácter cada vez más disuasivo, evitando que existan empleadores que prefieran pagar multas antes que corregir las infracciones detectadas. En caso de peligro inminente para la vida o la salud, se establece la obligatoriedad del cierre de las faenas que puedan significar un riesgo inminente para trabajadoras y trabajadores. Finalmente, el proyecto incorpora sanciones penales. Propone modificaciones vinculadas a conductas negligentes del empleador en salud y seguridad y la tipificación de delitos, incluyendo delitos por riesgo asociado a salud y seguridad; agravantes cuando el empleador haya sido sancionado previamente en investigaciones de accidentes del trabajo; y la obligación del empleador de informar en caso de accidentes fatales o de lesiones graves producto de dichos accidentes. Este es el contenido sintético del proyecto. Como pueden apreciar en el comparado a su disposición, contiene un amplio articulado. Mi intención es que tengamos una jornada de preguntas y discusión y, eventualmente, si no existen consultas para mí directamente, abrir la conversación para recoger también la opinión del Ejecutivo. Me interesa mucho contar con la visión del organismo fiscalizador de la regulación laboral y con la opinión del Ministerio del Trabajo. Abro la palabra para pronunciarse respecto de lo expuesto. No sé si alguien tiene consultas de inmediato o esperamos. Como usted diga; quizás el debate nos permita abrir la conversación, pues puede ser una discusión más bien técnica. ¿Usted quería hacer alguna pregunta, diputada? Diputado Sandoval. Gracias, presidente. Mire, viendo el proyecto, la primera pregunta que quiero hacerle es que, en el fondo, uno ve que hay una serie de repeticiones de normas que hoy día uno sabe que existen. Entonces, ¿cuál es el origen de este proyecto? ¿Es porque esas normas no se están cumpliendo, porque hay que mejorarlas, o porque efectivamente tenemos un problema en esta materia? Pero vemos que...
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Diputado Sandón: Existen comités paritarios y la figura del coordinador; hay varias materias del proyecto que se desglosan y que hoy ya existen. En primer término, quisiera preguntar si estas repeticiones introducen mejoras respecto de lo vigente o si responden a un enfoque distinto, y por qué. Por ejemplo, en las empresas hay encargados de seguridad; existe un sistema de salud y seguridad ocupacional que también considera a trabajadores contratistas; existe el coordinador, como señalé. Entonces, ¿por qué se vuelve a reiterar todo esto? ¿Tienen estas figuras una mirada o atribuciones diferentes? En su mayoría, ya existen. En segundo lugar, es muy notorio lo relativo a las facultades de las organizaciones sindicales para paralizar faenas cuando estimen que hay peligro para los trabajadores. ¿Cómo dialoga esto con la facultad del empleador? Porque, en la práctica, hoy quien paraliza una faena por esa razón no es el sindicato, sino otras instancias. ¿Cómo conversa esta nueva atribución sindical con lo que actualmente sucede? Asimismo, el proyecto señala que, cuando el sindicato solicita al empleador una respuesta en materia de seguridad y salud, dicha respuesta debe ser pública. Quisiera saber qué significa exactamente que sea pública y cómo se implementa, considerando que hay faenas que, por su naturaleza, no pueden serlo. ¿A quién está orientado esto? ¿Solo a las grandes empresas, a la minería, o rige desde una pyme en adelante? Por la estructura que se propone —en términos sindicales, del coordinador, etc.—, ¿en qué segmentos se aplicará con mayor rigurosidad? Respecto de los comités paritarios, ¿cómo se coordinan con las nuevas facultades sindicales, que parecen similares a las que hoy tiene el comité? ¿Existe duplicidad o es un complemento? Si el comité paritario y el sindicato proponen medidas o acciones contradictorias, ¿quién prevalece? Sobre la “alerta”, que me llamó particularmente la atención: esta facultad de los sindicatos para emitir una alerta que podría paralizar una faena, ¿cómo se previene para que no sea utilizada de forma instrumental en medio de una negociación colectiva? Ya pregunté a quién está orientado el proyecto y si se mantendrá la responsabilidad que hoy tiene el coordinador en caso de que ocurra algo. Más allá de organizar, ¿también tendrá responsabilidad si se produce un accidente que afecte a un trabajador? En síntesis, podemos coincidir con el Ejecutivo en varios puntos, pero me preocupan estas reiteraciones de figuras que ya existen. ¿Tienen otro enfoque? ¿Son necesarias? Respuesta: Gracias, diputado Sandón. Las preguntas son suficientes y procuraré hacerme cargo de ellas; si omito alguna, le ruego me corrija. En primer lugar, el diagnóstico que debiéramos consensuar es que la normativa actual ha sido insuficiente. De lo contrario, no estaría dando cuenta —y podría hacerlo en detalle— de las muertes ocurridas durante los últimos años y de sus circunstancias. Lo que se observa es que la institucionalidad vigente sencillamente no ha dado abasto. Quiero descartar que exista duplicidad regulatoria. Efectivamente, las empresas que cuentan con prevencionistas de riesgos disponen de un profesional técnico acreditado que asesora en la gestión de riesgos. Las empresas y faenas que cuentan con comités paritarios disponen de un órgano de consulta.
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El comité paritario tiene participación, pero no tiene poder vinculante. En la práctica, su intervención en términos más definitorios de decisión es bastante escasa, diagnóstico que han levantado las organizaciones sindicales de los más diversos rubros. Lo segundo que quisiera desmitificar es la idea de que este proyecto atiende exclusivamente las necesidades del sector minero. Si bien hubo un accidente en la minería que nos conmocionó a todos, este es un proyecto aplicable a todo espacio de trabajo y a las micro, pequeñas y medianas empresas. Lo que sí hace el proyecto es establecer un tratamiento distinto respecto de las sanciones, distinguiendo por tamaño de empresa no desde la perspectiva del número de trabajadoras y trabajadores —que puede ser un dato engañoso—, sino atendiendo a su capacidad económica. Hay empresas con menos de 250 trabajadores que facturan mucho más que una empresa mediana; por lo tanto, corregimos esa distorsión imponiendo multas adecuadas a la capacidad de resistencia económica de los empleadores. Lo deseable es que las multas sean lo suficientemente disuasivas, y por ende dolorosas, para que se corrijan las conductas infraccionales detectadas. En tercer lugar, la figura que crea este proyecto de ley, a diferencia del comité paritario y del prevencionista de riesgos, es una nueva figura jurídica, de carácter obligatorio para las empresas y para las distintas empresas que integran una cadena productiva, sean contratistas o subcontratistas. Tendrá responsabilidad legal; capacidad de representar al empleador ante la autoridad en materias de salud y seguridad y ante los sindicatos; y la obligación de administrar un protocolo de denuncias anónimas, quedando expresamente prohibida la divulgación de la identidad del denunciante. En el caso de empresas dentro de una cadena con subcontratación, estos encargados deberán coordinarse entre sí e, incluso, eventualmente con los sindicatos de esas empresas para homologar condiciones laborales y de salud y seguridad en el trabajo, cuestión que hoy no ocurre y que quedó de manifiesto en el caso de El Teniente. De esta manera, dicha obligación permitirá garantizar uniformidad en la protección y la capacitación de todos los trabajadores que comparten un mismo lugar, independientemente de que tengan distintos empleadores. Por lo tanto, el proyecto innova al crear mecanismos de inhibición, prevención, investigación y sanción, concordantes con el diagnóstico de que nuestra institucionalidad hoy no da abasto. Se establecen canales directos con los sindicatos, cobertura directa de la subcontratación desde este rol y un carácter vinculante con responsabilidad legal, del que carecen otros instrumentos. Respecto del artículo 184 bis, y a propósito de lo planteado, durante su discusión originaria también surgió la duda sobre qué ocurre si existiese mala fe. Parto de la base de que, en un proceso de negociación colectiva, la buena fe está regulada y la mala fe está sancionada. Por lo tanto, si una organización o un trabajador o trabajadora invocara de mala fe este artículo, lo más probable es que enfrentaría una sanción por parte de su empleador que puede terminar en el despido. De hecho, el abandono del lugar de trabajo está sancionado con el despido inmediato, sin mayor expresión de causal. Lo que busca esta propuesta es robustecer la capacidad colectiva de las y los trabajadores para responder ante situaciones de peligro inminente que pongan en riesgo su salud y seguridad en circunstancias de carácter general. No pueden circunscribirse, por ejemplo, a lo ocurrido en el caso de El Teniente o en los casos que describí en la salmonicultura; deben analizarse caso a caso y, en cualquier escenario, su mala aplicación está sancionada. En suma, buscamos fortalecer el rol de los sindicatos, que en muchos casos permite hacer lo que individualmente es más difícil. Un trabajador, de manera individual, puede enfrentar represalias que disminuyen cuando cuenta con la protección sindical frente a una circunstancia de peligro. Desde la perspectiva del derecho del trabajo, la organización colectiva cumple ese rol protector. Eso, como respuesta a las consultas, señor Presidente.
Fragmentos 1-10 de 22 (11 disponibles públicamente)

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