1.- Bol.N° 13928-07 Continuar con el estudio de las indicaciones formuladas al proyecto de ley que tipifica y sanciona la violencia digital.
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En nombre de Dios y de la patria se abre la sesión de la Comisión de Mujer y Equidad de Género. Bienvenidos a todos los presentes. Le damos la bienvenida a la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, su jefa de Reformas Legales, señora Paloma Galás, las asesoras Valentina Cataldo y Loreto Godoy, la señora Trinidad Rojas, el señor Pablo González y Matías Mella. No sé si están todos, yo creo que no, pero son todos bienvenidos. De la Subsecretaría de Seguridad Pública, el señor Rafael Collao, la coordinadora legislativa Lucía Álvarez y la asesora Magdalena Gómez, del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia; la asesora Isidora Yañez y los asesores parlamentarios de todas nuestras parlamentarias presentes y los que no han llegado todavía. Le damos la bienvenida a todos, a Paulina, a Gustavo, a la senadora Pascual, y damos inicio a este proceso de votación de este importante proyecto que estamos tramitando de violencia digital.
Ahora la Secretaría, ¿quién va a dar cuenta de las cosas que hay que ver en esta sesión?
Sí, Presidenta. Primero dar cuenta que ingresó a nuestra tabla de proyectos una iniciativa de la Cámara de Diputados que presentó el Ejecutivo para reemplazar el artículo quinto bis del Decreto Ley 3500. En el fondo, la idea es que no pueda ser beneficiario de pensión de sobrevivencia quien, por sentencia ejecutoriada, haya sido condenado en el contexto de violencia intrafamiliar, siempre y cuando la víctima sea causante de la pensión. Ese es el proyecto que ingresó a nuestra tabla.
Muy bien. En ese sentido, vamos a pedir ayuda y colaboración del Ministerio, como siempre. Terminando de votar este proyecto, inmediatamente comenzamos, lo colocamos en tabla y le pedimos a cada uno de los senadores y también, obviamente, al Ejecutivo, nos puedan proponer personas que puedan venir a exponer en su calidad de experto.
Gracias, Presidenta. Bueno, saludar a la Ministra, a su equipo. Junto con el senador Prohens, nosotros teníamos presentado un proyecto que tiene que ver con la autorización para poder salir del país en el caso de aquellos padres o madres que aparezcan en el registro de deudores. Resulta que recientemente el senador Prohens me llamó para manifestármelo. Fue la propia corte, el tribunal, el que autorizó una salida del país con un deudor que debía más de cuatro millones de pesos en pensión y autorizó a salir del país a su hijo sin la necesidad del consentimiento paterno. Creo que esta es una necesidad urgente, Presidenta. Quería también ver la posibilidad, es un proyecto bien sencillo porque es bien acotado. Entonces, si pudiésemos, una vez terminado este proyecto, también ponerlo en tabla, Presidenta.
Sí, me parece bien. Y efectivamente, yo tengo un proyecto presentado antes que el de ustedes, que va en la misma naturaleza, así que lo podemos subsumir. Creo que estamos haciendo justicia en todos los ámbitos con el tema del pago de pensiones, una responsabilidad moral absoluta y creo que Chile en eso tiene que seguir avanzando. Mi compromiso es reunirme con los asesores del Ministerio y ver los dos proyectos para poder tramitarlo, dado que ninguno es de tan complejidad como para no poder avanzar.
El primero, le pediría si puede dar lectura, Pilar, porque la senadora Pascual quedó ahí en duda con el primer proyecto, el que usted mencionó que llegó del Ejecutivo.
Llegó de la Cámara de Diputados, senadora Pascual, es el boletín 17724-34, iniciado en un mensaje del Presidente de la República y reemplaza el artículo quinto bis del Decreto Ley 3500.
Yo hice un resumen más o menos de lo que propone. Y es que no podrá ser beneficiario de pensión de sobrevivencia quien, por sentencia ejecutoriada, haya sido condenado en calidad de autor, cómplice o encubridor de delitos que se cometan en el contexto de violencia intrafamiliar, siempre y cuando...
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La víctima sea causante de la pensión. Esa es la esencia del proyecto. Ese proyecto es el que iniciaríamos la discusión una vez finalizado esto. Ministra, tiene la palabra. Muchas gracias, Presidenta. Aprovecho de saludar a toda la Comisión. Respecto al proyecto que fue ya aprobado en la Cámara de Diputados y Diputadas, efectivamente una forma de hacer operativo lo dispuesto por esta Corporación y la Cámara en la ley 21.675 a propósito de las nuevas normas sobre indignidad, sucesoria y otros, en el cual nos topamos con una traba que era necesaria de ser resuelta por vía legislativa, no era sujeto a potencia administrativa del Ejecutivo y por lo tanto es un artículo único. Y por lo mismo toda la disposición a poder trabajar respecto a lo de las autorizaciones de salida, que creo que es algo que además ya hemos discutido previamente. Vamos a discutir ambos proyectos que son muy relevantes y para ello vamos a coordinarnos con el Ejecutivo para poder ordenar nuestros tiempos y poder sacar ambos proyectos en forma paralela. En ese contexto, solo comentar a quienes están hoy día en la sala y a quienes nos están viendo vía telemática y a los senadores que ya lo saben, pero quiero ratificar que durante esta semana se sostuvo reunión con el Ejecutivo de parte de nuestros abogados en la condición de presidencia de esta comisión. Gracias.
Para poder resolver algunas trabas que teníamos en torno a la redacción de algunos artículos, indicaciones, y poder luego de esa reunión sostener otra reunión técnica con todos los asesores, los que se han reunido en la semana distrital. Y hay hoy día una propuesta que va a dar lectura la Secretaría en torno a buena parte de los artículos que tenemos que votar. Sin embargo, hay tres artículos que quedarían pendientes para poder ser trabajados durante esta semana. En general, agradecer a todos quienes han apoyado esto, a los senadores en primer término, porque lo único que nos anima es hacer una buena ley, al Ministerio Público, al Ministerio de la Mujer y también al Ministerio de Seguridad y también a los asesores que han tenido toda la disposición de abrirse a llegar a acuerdos que están importantes también. Así que le doy la palabra a Pilar y pedirles también a los senadores que en este contexto todas las fundamentaciones, observaciones y consultas que estimen conveniente, porque de eso se trata este espacio, pero orientar nuestro trabajo de hoy a someter a votación cada uno de los artículos, entendiendo que si alguien no está de acuerdo, obviamente puede votar en contra o abstenerse. Muchas gracias y le damos la palabra a Pilar.
Presidenta, en la sesión del 15 de septiembre se discutió latamente la propuesta del Presidente de la República para reemplazar el artículo 161E, más indicación de la Senadora Pascual sobre el mismo tema, más indicación de las Senadoras Aravena y Núñez y del Senador Sangüesa. Quedó para la mesa técnica, o sea, representantes del Ejecutivo y representantes de la Senadora y Senador, elaborar una propuesta. Todos los integrantes presentes la tienen en su carpeta. Para que puedan dar lectura, todos tienen en su carpeta un documento que dice Minuta de Acuerdos, Mesa Técnica, Sesión Comisión, 29 de septiembre.
Presidenta, entonces en la primera página de esta minuta de acuerdos nos encontramos con el artículo 161E que se refiere a la difusión o exhibición de registros creados con tecnología verosímiles pero falsos y la explicación dice se regula la violencia que se ejerce a través de inteligencia artificial u otros medios tecnológicos estableciendo un supuesto base y una figura agravada en casos de violencia sexual en el que se establece una pena más alta. El texto es más o menos, o sea, sigue la idea tanto del Ejecutivo como de los integrantes de la Comisión y dice el que sin autorización de la persona afectada exhibiere o difundiere imágenes, sonidos, videos o registros audiovisuales o cualquier otro contenido digital de esta, verosímiles pero falsos, manipulados o creados mediante inteligencia artificial u otra tecnología con el fin de causar daño a la persona afectada u obtener un beneficio económico o de otra naturaleza será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 10 a 50 unidades tributarias mensuales.
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La carta consista en representar a la persona afectada en una acción sexual o de significación sexual o se utilicen imágenes de sus órganos genitales u otras partes íntimas con fines sexuales. La pena será de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de 50 a 100 unidades tributarias mensuales. Este inciso no será aplicable cuando las imágenes, sonidos, videos o registros audiovisuales representen a niños, niñas o adolescentes, en cuyo caso regirán las disposiciones especiales pertinentes, se entiende, del título séptimo del libro segundo del Código Penal.
Esa es la primera propuesta, Presidenta. Le damos la bienvenida a la Senadora Carvajal. No sé si usted tiene en sus manos o en su carpeta este documento, que es el que se está revisando en función de los acuerdos que se han hecho con el Ejecutivo y también con los asesores.
Ahora sí. Ya. Le damos la palabra a la Ministra, como siempre es la costumbre, y luego a los senadores que quieran dar cuenta, opinar antes de someter a votación. Ministra, tiene la palabra.
Muchas gracias, Presidenta. Bueno, es muy breve en esta propuesta a la que se llegó el día sábado. Se regula la violencia que se ejerce a través de la inteligencia artificial u otros medios tecnológicos estableciendo un supuesto base y una figura grabada en casos de violencia sexual en los que se establece una pena más alta, intentando recoger todas las expresiones y opiniones que se han dado durante estas semanas en la Comisión.
¿Hay algún senador que quiera hacer uso de la palabra antes de someter a votación? Senador Sangües.
Sí, Presidenta, yo tengo algunas dudas con algunas expresiones que tiene... Por ejemplo, yo no sé si verosímil es... Digamos algo comprobable penalmente al final, porque la veredictitud también depende de los contextos en que se dé. A mí lo que me da miedo con la forma en que... que yo reacta a vos que finalmente tengamos un inhibidor también de la libertad de expresión, porque también desde la sátira al humor parte lo que se puede expresar, que podemos expresar, y también a través de las redes sociales; yo no sé si el Ejecutivo le ha dado una vuelta más profunda a cómo está creando el artículo, Presidenta.
Antes de darle la palabra al Ejecutivo, le damos la palabra a la Senadora Núñez, pero vuelvo a reiterar, sin el ánimo de quitarle la autoridad que tienen los senadores aquí presentes de votar como estimen conveniente, que esto se supone, y así me han informado los asesores, que fue conversado con todos los senadores aquí presentes, y los asesores estuvieron, ellos redactaron en conjunto con el Ejecutivo esto. Sin embargo, por supuesto, ante todas las dudas hay que responderlas para poder, obviamente, aprobar o rechazar con certeza. Senadora Núñez, y luego le damos la palabra al Ejecutivo.
Gracias, Presidenta, sí, y por lo mismo quiero partir agradeciendo el trabajo de nuestros asesores con las y los asesores del Ejecutivo. Quiero, a propósito de los elementos del delito, me parece bueno, y a propósito insisto en lo que decía el senador Gustavo Sangüesa, de que la naturaleza del contenido quede bien especificada, esto de que debe ser verosímil, o sea, que tiene que tener apariencia verdadera pero que sea falso, evidentemente, que haya sido manipulado, haya sido creado artificialmente de forma que parezca real. Y evidentemente no lo es, ¿no? O sea, eso a propósito del contenido. Y también, si es que aún existiera alguna duda, la finalidad de quien comete el delito creo que también es importante al momento de observarla, porque, obviamente, la finalidad de quien comete el delito es causar daño a la persona afectada, no que sea parte del humor o de otra cuestión, a propósito de lo que decía el senador, y, a lo mejor por cuestiones que han pasado últimamente, pero derechamente es causar daño, ¿cierto?, a la persona afectada. También obtener un beneficio económico de otra naturaleza, obtener un beneficio a propósito de lo que termina siendo verosímil, lo que termina siendo manipulado, termina siendo creado, cierto, y no lo es. Por lo tanto, yo creo que tanto en el tipo penal, en la conducta sancionada, en la pena que se le está entregando, creo que estoy de acuerdo, va en la línea correcta de lo que fuimos conversando con nuestros asesores, y estaría disponible, obviamente, que lo votáramos. Gracias, Presidenta.
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Le damos la palabra al Ejecutivo y luego sometemos a votación. Muchas gracias, Presidenta. Ante la falta de otros conceptos de código penal que podamos asimilar, porque efectivamente se trata de una dinámica nueva en el entorno digital, creo que podemos acordar que no es la misma verosimilitud de una sátira dibujada que, por ejemplo, la de un deepfake, ¿cierto? Se utilizó esta nomenclatura que ha sido utilizada en otros países como Australia que tiene el realistic but fake y en otras referencias al código procesal penal, y para lo cual, Presidenta, le pediría si le pudiéramos dar la palabra a Tomás de Seguridad Pública para que pudiera referir las veces. Parece que no lo nombré a Tomás, pero bienvenido y, por supuesto, tiene la palabra.
Muchas gracias, Presidenta. Saludar por su intermedio a la Comisión y a los demás asistentes. Efectivamente, como señala la Ministra, dado que no existe una regulación previa de este delito que estamos creando, se tomó como base el delito de deepfake del Código Australiano, que efectivamente usa el concepto de realistic but false, y creemos que el realistic en este caso equivale a verosímil, es decir, que sea un elemento indistinguible de un hecho real, y el concepto de verosímil no es ajeno al Código Penal porque se usa, por ejemplo, para los delitos de amenaza, entonces estamos todavía dentro del lenguaje que utiliza el legislador para casos similares.
Antes de darle la palabra a la senadora Carvajal, justamente volver a reiterar, como lo hemos conversado siempre, nosotros estamos creando ciertas definiciones a partir de un delito que es nuevo, con tecnologías que todavía ni siquiera nos imaginamos cómo serán en el futuro, pero estamos partiendo. Por lo tanto, no hay una base a la cual aferrarse con tanta certeza y por eso es tan importante que países como el que usted nombra, que tienen ya algunas definiciones en su ley, puedan ser de utilidad para nosotros.
Le damos la palabra a la senadora Carvajal y luego de eso sometemos a votación. Gracias, Presidenta.
Agradecer la presencia, por cierto, de la ministra del representante del Ministerio de Seguridad. La verdad es que se ha llegado a una buena reacción. Creo que contempla algo que habíamos hecho harto en FECI, en lo personal sobre todo, incluir, aunque sea... una fórmula nueva a propósito de la tipificación de un nuevo delito, la inteligencia artificial u otro, que es la expresión que señalábamos podía generar la similitud con lo que viene además, en donde obviamente la tecnología no supera día a día.
Pero en ánimo de aquello, y tal vez pedirle por su intermedio, Presidenta, se pudiera explicar por qué se insistió en el fin de causar daño, porque frente a ese requisito habría que probar el causar el daño, digamos. Entonces, ¿se estila también en alguna composición de delito poner, buscando causar daño o causándolo, donde efectivamente pudiera quedar un poquito más abierto en términos probatorios la potestad luego de tener que probar el daño? Porque el ejemplo que dábamos antes era justamente que alguien pudiera aludir, por ejemplo, una imagen desnuda de alguien, en un traje de baño, lo que sea, no siendo real, evidentemente, que pudiera generar un daño en términos por las características propias de la persona, el personaje, más no en términos generales, digamos.
Entonces, no sé si eso se pudiera precisar más y si no, bueno, igualmente creo que estaría súper bien redactado y estaría por aprobarla, pero solo preguntarlo para mayor claridad y la historia de la ley.
Sí, en búsqueda de la precisión de la historia de la ley, le pediría al Ejecutivo poder dar respuesta y con eso podemos entrar a votar. Muchas gracias, Presidenta.
Bueno, efectivamente es necesario distinguir las creaciones con inteligencia artificial que no son lesivas de aquellas que producen consecuencias dañinas. Y en ese sentido, buscando ampliar, solicito por su intermedio, Presidenta, también de los comentarios que se han hecho acá en la discusión de aumentar las hipótesis respecto al beneficio económico o al daño es que se ha puesto de otra naturaleza.
Por poner un ejemplo, yo puedo obtener un beneficio de la viralización de una imagen que sea verosímil pero falsa, porque puedo ser una persona que se dedica a las redes sociales y monetice a partir de aquello, o que gane influencia en redes porque soy una influencer, ¿cierto?, sin haber tenido la intención.
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de aquello. Entonces, por eso hemos incluido el fraseo precisamente para poder ampliar de obtener un beneficio económico o de otra naturaleza, porque hay varios contemplados. De todas formas, quisiera, en particular respecto al daño, poder darle, Presidenta, la palabra a Tomás a propósito del dolo. Don Tomás, tiene la palabra. Gracias, Presidenta.
Sí, el ánimo subjetivo adicional que se agrega es precisamente para delimitar estas conductas de otras que no generan necesariamente un daño al bien jurídico. Por ejemplo, una caricatura, una parodia, y esto se hace así también tomando como modelo legislación comparada, en que se excluyen expresamente del tipo penal las caricaturas, las parodias y otra serie de enumeraciones. Entonces, lo que se hace acá es agregar este ánimo subjetivo, así como hay muchos ánimos subjetivos adicionales en el Código Penal, que hoy día se prueban en virtud del contexto, de las características en que se emite o difunde el mensaje, pero es precisamente para que situaciones que no lesionan o afectan al bien jurídico no queden comprendidas en el tipo penal.
Respondidas todas las consultas y para la historia de la ley y las respuestas, damos inicio a la votación de este artículo. La presidenta pone en votación el texto que se leyó respecto al artículo 161E. Senadora Núñez. A favor. Señor secretario. A favor. Senador Sangüesa. Abstención. El senador Sangüesa se abstiene.
Senadora Pascual. A favor. Creo que se ha mejorado la redacción en el ámbito de consenso, se ha visto además una revisión de la proporcionalidad de las multas. Por lo tanto, voy a votar a favor y solo quiero reiterar mi inquietud con un artículo que ya habíamos votado antes para que pudiéramos revisarlo al final de todo el proyecto para la graduación de las multas, nada más que no nos quedara desproporcionado, por favor.
Senadora Carvajal. Gracias. De la misma manera, como lo he señalado en la intervención anterior, creo que se mejora la redacción, se incorporan las acciones que, a propósito de las tecnologías, llámese inteligencia artificial u otras, pudieran generar imágenes verosímiles, pero falsas, que provocan daño. Creo que es importante que seamos, no quiero decir audaces, sino que nos pongamos a razón de los tiempos lo que al Senado también le corresponde. Anticiparse de hechos que, si bien no tenemos normado de manera precisa, creo que hace falta también tener una revisión de la legislación con lo que está pasando con la inteligencia artificial en todo el espectro de acción, pero particularmente en este articulado creo que se hacía necesario y valoro que se haya recogido aquello. Así que, dicho esto, es que voto a favor de esta propuesta.
Senadora Carvajal vota a favor. Presidenta. A favor. A favor. Resultado de la votación, cuatro votos a favor y una abstención, aprobado el artículo 161-E.
Presidenta, luego, en el mismo documento, está la creación de un nuevo delito, delito de violencia política digital. El texto quedaría así. El que, sin autorización de la persona afectada, exhibiere o difundiere imágenes, sonidos, videos, registros audiovisuales o cualquier otro contenido digital de aquella, verosímiles pero falsos, manipulados o creados mediante inteligencia artificial u otra tecnología con el fin de obstaculizar, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos y de participación de la persona afectada. Será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio.
Bueno, antes de dar la palabra al Ministerio, solo decir que este es un gran logro de esta Comisión. El crear un delito de violencia de la política digital no estaba efectivamente en la idea original. Volver a reiterar a todos los senadores de esta sala que este tema es un tema de urgencia desde el punto de vista penal. Esto no nace de la creatividad de un grupo de senadores o de profesionales, sino que es de la necesidad que el mundo tiene. El Ministerio Público expuso en el inicio respecto a la dificultad para poder castigar situaciones que hoy día están afectando en demasía a personas en Chile y principalmente y lamentablemente hemos tenido aquí expresiones y conversaciones
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Los mismos senadores respecto de la importancia que tiene en épocas de elecciones, quizás más visible que nunca, esto que en mi opinión claramente es un delito y un engaño a la ciudadanía respecto de personas que legítimamente postulan a cargos políticos. Así que eso y le damos la palabra al Ejecutivo respecto de esto, que es una innovación y felicito a todos los parlamentarios que han promocionado la incorporación de este tema en este proyecto.
Muchas gracias, Presidenta. Bueno, no tengo mucho más que agregar a lo que usted ya señala a propósito de que esta redacción busca recoger las propuestas y preocupaciones expresadas tanto en sesiones anteriores de la Comisión como por parte de los senadores y senadoras por su intermedio, así como también por sus asesores y asesoras durante la reunión, en atención especialmente a hechos que ya están ocurriendo y también a darle continuidad a lo ya legislado en la Ley 21.675.
No, una consulta muy formal. Lo de 161X es porque X después le ponemos en qué lugar va? O es que ya vamos en el literal XYZ? Muy aplicada la legisladora. Efectivamente es porque después agregamos lo que haya que agregar. Solamente por... Gracias por la consulta porque quiere la historia de la ley.
Si no hay ninguna consulta más, damos... El senador tiene la palabra.
Yo entiendo el fin que tiene este artículo, pero me hace mucho ruido la instrumentalización que muchas veces tenemos de los sistemas. Hoy día que estamos en plena vorágine electoral, entendiendo lo que se busca y que compartimos, tengo mis aprensiones a que esto también podría finalmente utilizarse al revés y generar finalmente una judicialización de los procesos electorales. Y fue parte de las decisiones que tomaron las las propias candidatas ahora en este proceso de no echar al área judicial precisamente porque al final se desvirtúa y se desvía la atención de lo que efectivamente tiene que concretarse y focalizarse, digamos, en el propio proceso electoral. Entonces, tengo mis aprensiones, no sé si desde el Ejecutivo miraron esa parte de qué pasa si al final terminamos con algo que termina judicializando todos los procesos electorales, sea parlamentario, alcalde, eso por siempre.
Sí, yo quiero defender primero la propuesta de redacción, defender además el que hayamos logrado que sea un artículo, o sea, perdón, un artículo, si bien digo, aparte y no un tercer inciso o un segundo inciso de otro de los artículos que estuviéramos viéndolo, primero por técnica legislativa, pero segundo por el grado de visibilización de la primera primera vez que vamos a normar sobre esta materia.
Creo que desde ese punto de vista se explica bastante bien la duda y la inquietud que tiene el senador Sangüesa, porque si por Avese una persona, hoy día una candidata que tiene nombre y apellido, que le fueron manipulados videos, etcétera, etcétera, no recurrió a la justicia es porque esto no está penalizado. Y por lo tanto no hay la suficiente sensibilidad en materia jurídica y judicial de... que esto hace daño y que va a a a a interferir está interfiriendo hoy y puede interferir el día de mañana en en temática políticas y no solo electorales porque esto no solo va a ocurrir en tiempos de campaña también puede ocurrir en tiempos no de campaña. Y efectivamente la violencia política puede afectar tanto a hombres como mujeres, pero también sabemos que a las mujeres en particular las está afectando de sobremanera, sobre todo a partir de la descalificación, de la agresividad, es mucho más fuerte contra las mujeres.
Yo estoy de acuerdo con esto, insisto, me parece que además es un tema, digamos, que pudiera el día de mañana, sí son
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Ser un freno para el desempeño, para el querer estar en el desarrollo de la política desde la idea que quiera muchas personas y en particular muchas mujeres. Y por lo tanto, desde esa perspectiva me parece que aquí hay un avance; por cierto, siempre es perfectible, pero hay un avance muy relevante. Además, está hablando de algo que es bastante probable, en el sentido de que se puede probar, valga la redundancia, porque puede ser que a alguien le parezca más extraño cuando es con imágenes, pero hoy día la manipulación solo de la voz, por ejemplo, con un mensaje que esté en las antípodas de las ideas políticas que representa una persona, es bastante factible de hacer. O sea, aquí hay candidaturas que en todas las elecciones anteriores contratan llamados telefónicos con un mensaje personal. Bueno, esto también se pudiera hacer con inteligencia artificial generando un mensaje muy distinto al que esa persona quiere entregarle a la ciudadanía. Entonces yo creo que lo veo tanto desde lo beneficioso para los ámbitos electorales como también para la política en general: de poder volver a la inteligencia natural en estas materias para los contenidos de fondo de cada una de las personas que representa la política y que la inteligencia artificial sea una manera de llegar más rápido en la difusión de los mensajes, pero no en la alteración de los contenidos y las ideas matrices que representan a las personas en esos ámbitos.
Eso, Presidenta. Muchas gracias, Senadora Pascual, Senadora Carvajal y después Senadora Núñez.
Sí, yo quiero valorar este artículo, sobre todo en este proyecto, entendiendo que la violencia política tiene alcances diversos y en particular tiene efectos diversos. No nos deja de sorprender, incluso en los tiempos actuales, a quienes hemos convivido desde la participación política en diversos ámbitos hace tantos años, el que hoy día no tengamos, por ejemplo, una ley específica de violencia política. Y claro, se ha hecho y se ha acudido en razón de otras leyes, entre ellas la Vía Libre de Violencia, que también la incorpora de alguna u otra manera, pero lo han hecho en otras latitudes de manera específica justamente porque los efectos que se provocan en las mujeres en ciertos rubros son bien, culturalmente hablando, misógenos respecto a otros rubros. Y la imposibilidad y la incapacidad muchas veces de participación pasa por la capacidad de resistencia cuando se trata de una mujer. Y eso creo que hay que tenerlo súper presente. Y es tal así que hoy día el poder hacerse cargo de esto marca un hito que es relevante. Y esa es la importancia, yo diría, más profunda. Cuando se habla de casos de los cuales hoy día hemos sido testigos, hay una falencia y una vulnerabilidad que probablemente se distingue mucho más en razón de las candidatas mujeres que de hombres. Y eso es así. Culturalmente es así. Entonces creo que esos resabios profundamente machistas, misógenos, que atañen y que atacan especialmente a mujeres y, sobre todo, en el ámbito político, cuando hay que sacar a lo mejor con mayor visibilidad la voz, las ideas, las propuestas, los proyectos, los intereses, las vocaciones, creo que es sumamente relevante tener hoy día la posibilidad de decir pucha, lo incorporamos en ese contexto. Yo creo que es razonable incluso mirar la legislación completa.
Por cierto, en el tema que señalaba la senadora Pascual, la difusión de noticias falsas, en donde uno puede de cierta manera hacer el punto, en el caso de la inteligencia artificial y de imágenes televisivas, por lo menos existe la precaución, sin que haya legislación en materia de telecomunicaciones en esta materia, inteligencia artificial me refiero, que dice imágenes logradas por inteligencia artificial. Creo que habría que buscar lo mismo en las radios también, cuando hay detrás una difusión, una oratoria, un mensaje que ha sido logrado mediante inteligencia artificial, cosa que no hay hoy día. Yo lo digo como agregado porque no es a nosotros que nos corresponde aquello, pero para hacer el punto también debiera ser así.
Y este proyecto se hace cargo aquí de esto, pero yo una sola mención, que yo entiendo está incorporado, por cierto, pero no queda con tal claridad, porque se habla de obtención de registro de todo tipo, o ese video, sonido, etcétera, y no dice el medio por el cual difunde. Debemos entender que puede ser televisión, radio, redes sociales, lo que quieran.
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Creo que es importante también decirlo. A lo mejor, aunque suene un poco redundante, exhibidos por televisión, radio u otros medios. Creo que es mi humilde opinión que pudiera incorporarse, aunque redunde, pero que quede claramente manifiesto que está catalogado el tipo, el modo de difusión y el modo de abstención para el caso. Solo eso, Presidenta, pero en general creo que hubo un súper buen artículo en este contexto y creo que, por supuesto, estaría por aprobarlo.
Eh senadora Paulina Núñez, por favor. Muchas gracias, Presidenta. Yo quiero eh hacer ver o resaltar un poco más lo siguiente, porque que estemos tipificando y agradezco que se haya recogido el que tengamos una figura distinta, un espacio especial, un párrafo distinto, un artículo distinto, pero que estemos tipificando la violencia política digital, no me detendría que el término política dentro de este delito es porque la víctima... es una persona que ejerce un cargo, ¿no? O que es candidata. No, aquí esto se refiere a lo siguiente y quiero leer específicamente esta parte de lo que estamos discutiendo y eventualmente votando. El que sin autorización de la persona afectada, la persona afectada, insisto, más genérico, ¿no? Exhibiera o difundiera imágenes, sonidos, videos, registros audiovisuales o cualquier otro contenido digital de aquella, verosímiles pero falsos, manipulados o creados mediante inteligencia artificial u otra tecnología con el fin de obstaculizar, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos.
Es decir, lo que estamos tratando de hacer es resguardar la democracia, resguardar el evidente libre ejercicio de los derechos políticos y en contra de eso se atenta con violencia hoy día en las redes y por lo tanto recordar también que la pena tiene como característica y fin también, ¿cierto? El desincentivar la comisión de los delitos. O sea, Presidenta, perdón, hoy día hay agencias a las que uno les paga para que violente al compañero... compañero o a la compañera.
Entonces, lo que quiero decir es que hoy día hay tecnología para poder llegar al computador de donde salieron todos estos bots o lo que sea. Sí, hay tecnología. Pero cuando eventualmente se llega a aquello, ¿cuál es la sanción? ¿Cuál es el delito por el cual una persona puede recurrir a la justicia para ejercer sus acciones penales? Y por eso creo que es vital que tengamos una figura específica en este sentido, violencia política digital, donde lo político, insisto, sea precisamente respecto del objetivo, de la finalidad específica que estamos buscando, tipificando estos hechos, y evidentemente estableciendo una multa y, por supuesto, también protegiendo un bien jurídico que, quiero reiterarlo, es la correcta formación de la opinión pública, el ejercicio libre e informado de los derechos políticos y en definitiva resguardando la democracia.
La sanción que se está proponiendo es presidio menor en su grado mínimo medio, abarca desde los 61 días, por lo tanto a los tres años y un día, y a mí me parece que es importante porque por un lado refleja la gravedad, estamos hablando de prisión, pero por otro lado también la homologa a los distintos tipos de violencia digital que hemos ido viendo, entendiendo que en este caso, insisto, el bien jurídico protegido es aún mayor para que podamos avanzar eligiendo de manera informada a quienes mejor se sientan, mejor nos parezcan y no dejando de elegir a alguien porque creemos que o está enfermo o dijo tal cosa y no me parece, o como decía la senadora Pascual, yo no sabía que pensaba eso, es que nunca lo pensó.
Al revés, están tratando de instalar una cuestión distinta para que evidentemente quien eventualmente pueda haberse identificado por un candidato o una candidata después termine no marcando cierta opción porque se operó de esta manera.
Y por último, Presidenta, a propósito del fin que busca la tipificación de estos hechos, de este delito, también a propósito de la persona afectada, o sea, con el fin de obstaculizar, menoscabar y anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos políticos y de participación de la persona afectada.
O sea, podemos llegar a tal nivel que si terminamos violentando, por ejemplo, estoy pensando a una dirigente de una organización de la sociedad civil, juntas de vecinos, clubes de auto mayor, centros deportivos, etcétera, que sabemos que eventualmente está con uno u otro candidato. ¿Qué pasa si empezamos a violentarla digitalmente? ¿No tiene derecho a expresarse? ¿No tiene derecho con las normas que estableció nuestra legislación de poner un cartel arriba, insisto, con el metraje, etcétera, que se permite? ¿No tiene derecho a estar en la plaza, no tengo idea, en alguna feria entregando información? La van a violentar por eso. Yo creo que efectivamente aquí es un buen ejemplo de que...
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