Senado Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento

Senado - Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento - 16 de septiembre de 2025

16 de septiembre de 2025
13:30
Duración: 1h 48m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 16569-25 y 16.984-07, refundidos). Iniciar la discusión en particular del proyecto de ley que amplía la penalización dispuesta en el artículo 304 bis del Código Penal, para fortalecer la seguridad perimetral de los recintos penales. Para el análisis de estas iniciativas ha sido especialmente invitado el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo. Amplía la penalización dispuesta en el artículo 304 bis del Código Penal, para fortalecer la seguridad perimetral de los recintos penales

Vista pública limitada

Esta es una vista pública que muestra solo la primera mitad de la transcripción. Para acceder al contenido completo, regístrate en nuestra plataforma.

0:00
En nombre de Dios y la patria se inicia la sesión. Muy buenos días a la señora, al senador Ernest Berger, al senador Durresti, al subsecretario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al señor Ernesto Muñoz, a su jefe de gabinete, a los abogados de la división, profesionales de la Oficina de Planificación y Presupuestos, también que están presentes, a nuestra secretaría, a nuestros asesores y asesoras, y a todos quienes nos pueden estar siguiendo en esta comisión, en esta sesión. No sé, señor secretario, ¿tenemos cuenta? No. No.
5:00
Presidenta, no hay cuenta hoy día. Perfecto, muchas gracias. Entonces, como lo decíamos ayer, vamos a continuar con la discusión en particular del proyecto de ley en segundo trámite constitucional que amplía la penalización dispuesta en el artículo 304 bis del Código Penal para fortalecer la seguridad perimetral de los recintos penales. Son boletines que están refundidos, 16.569-25, 16.984-07. Sobre este proyecto, hemos dado un nuevo plazo de indicación, pero le doy la palabra al señor secretario para que nos indique si hay o no y, por lo tanto, cómo procede. Gracias, señora Presidenta, señoras y señores senadores, señoras autoridades del gobierno que nos acompañan hoy día. Esta iniciativa comenzó a ser estudiada por la comisión, se escuchó al Ejecutivo sobre su contenido y el día 18 de agosto de 2025 se aprobó en general por la comisión. Se estableció un plazo interno para que las señoras y señores senadores pudieran presentar indicaciones hasta el viernes 12 de septiembre. Llegado ese término, se constató que no se recibieron indicaciones, señora Presidenta. De conformidad con el artículo 120 del reglamento, dice que aprobado en general un proyecto acerca del cual no se hayan formulado ninguna indicación, o si las presentadas fueran declaradas inadmisibles, se entenderá aprobado también en particular y el presidente, en este caso el presidente de la comisión, lo debe hacer, Presidenta. Una vez que usted haga esa declaración, habiendo el quórum correspondiente, corresponde remitir el informe a la sala e indicar que la corporación tiene que discutir en general y en particular esta iniciativa de conformidad al artículo 127 del reglamento, toda vez que es un proyecto de artículo único y todas las materias que están relacionadas entre sí corresponden a una misma temática. Muchísimas gracias, señor secretario. ¿La palabra? Yo tengo una sola duda, y quiero aprovechar que esté el subsecretario acá, porque, a propósito, quiero saber a propósito de los abogados… A ver, ¿dónde estoy?… Un segundo… Nos llamó la atención porque queda afuera, no sé si fue el secreto… No sé si el señor subsecretario sabe de lo que le estoy hablando. Acá está, 304-3. Está exento de responsabilidad penal el abogado defensor de quien tuviera en su poder los elementos a que se refiere el artículo anterior y que omitiera denunciar este hecho. Ayer revisándolo con mi asesora, la verdad es que fue lo único que nos produjo duda. Quiero darle la palabra al Ejecutivo. Y algo dije, ¿cierto?, a propósito de que no sabemos si es a propósito del secreto o a propósito de que, evidentemente, es quien resguarda en definitiva la defensa de la persona, pero preferiría, dado que aquí estamos además estableciendo una presunción, que el Ejecutivo nos pudiera ilustrar con su opinión. Señor subsecretario. Perfecto. Si a usted le parece, Presidenta, podríamos dar la palabra al asesor Francisco Maldonado, que está conectado justamente con este propósito. Francisco tiene la palabra. Sí. Primero, el inciso final del artículo 304-3 al que usted se refiere no está siendo modificado por la moción; más bien, forma parte del contenido de las disposiciones que son reformadas, pero no es objeto de tratamiento por parte del proyecto de ley. Y, precisamente, el fundamento en general de la exención tiene que ver con la potencialidad de que pueda afectar el derecho a defensa. Es decir, se declara de alguna manera la responsabilidad del interno que tenga en su poder alguno de estos objetos, pero si son sorprendidos a propósito de un contacto con su defensor, que es quien lo detenta, de alguna manera la obligación o la responsabilidad del propio defensor pone en tela de juicio el derecho a defensa. Ese fue el sentido con el que se modificó hace un par de años y se agregó este inciso final. Ahora, eso tendría que ser objeto de una propuesta de modificación distinta porque, como señalo, no está siendo objeto de modificación en este proyecto en particular, pero precisamente es fundamental lo que usted señala, Presidenta. Ok, muchas gracias. Entonces, como decía el señor secretario, no habiendo ingresado indicaciones en el tiempo que habíamos acordado, voy a declararlo de esa manera, remitir el informe para que la sala lo pueda conocer y votar en general y en particular. Y si les parece, los señores senadores, ¿estamos de acuerdo? ¿Senador Durresti? Perfecto. Sí.
10:00
En caso alguno se podrá fundar una condena en esta sola presunción. Claro, porque una presunción... Sí, pero no me gusta la técnica... ¿En caso alguno? En caso alguno. Sí, ahí me está pidiendo la palabra Francisco nuevamente. Francisco. Sí, puede modificarse tal vez algún contenido de la redacción, aprovecho por su intermedio saludar al senador, pero el sentido de fondo efectivamente es salvar la eventualidad de que esto tenga un problema de constitucionalidad, por cuanto está razonablemente restringida la posibilidad de presumir de derecho o responsabilidad penal. Y en tanto, el ilícito se basa precisamente en la técnica de una presunción para evitar los riesgos de peligro abstracto, como explicaba en la sesión anterior. Es indispensable limitar la posibilidad de que la punición se base solamente en la existencia de la presunción. Pero tal vez en caso alguno podría modificarse por, no sé, en ningún caso, o no podrá condenarse en base a esta sola presunción, o alguna redacción de ese tipo, pero es indispensable que se mantenga de acuerdo a la técnica empleada. Es la mitad del proyecto, por decirlo de alguna manera, la presunción. Pero parece que va surgiendo algo... Senadores, no podrá... Sí. ¿Estos riesgosos, los términos recién señalados en la conducta, se realizan y se van a realizar mediante lanzamientos desde el exterior? ¿En caso alguno se podrá fundar una condena en esta sola presunción? No se podrá fundar una condena en esta sola presunción. No, no por lo solo presumido podrá ser condenado. Sí, solo sugiero, me queda claro con la intervención del asesor, pero creo que puede ser redactado de mejor manera. Señor Secretario, podríamos dar una lectura completa a ese párrafo al menos, ¿no? A ese inciso. Se volvería a agregar, a leer la incorporación de un inciso segundo al artículo 304 bis. Dice: la misma pena se aplicará a quien, sin estar legal o reglamentariamente autorizado al efecto, ingrese, intente o permita ingresar a un establecimiento penitenciario por cualquier medio objetos cuya tenencia o uso pongan en riesgo la seguridad del recinto o la vida, salud o integridad de quienes se encuentren en su interior, a menos que el hecho sea constitutivo de un delito distinto de mayor gravedad. Se presumirá que el objeto es riesgoso en los términos recién señalados si la conducta se realiza o intenta realizar mediante el lanzamiento desde el exterior. En caso alguno se podrá fundar una condena en esta sola presunción. Se podría buscar quizá otra redacción como decir: no se podrá condenar fundado en esta sola presunción, o: la condena no se podrá fundar en esta sola presunción. ¿La condena no se podrá fundar en esta sola presunción? Ahí el experto, el profesor Maldonado, así que… Francisco, no sé si nos escuchaste. Sí, Presidenta. Sí, lo que plantea el secretario me parece bien. En el fondo, si en caso alguno llama la atención, claro, podría ser: no podrá fundarse la condena en esta sola presunción, como algo declarativo más tajante. Y la verdad que el sentido es el mismo. Lo importante es que quede claro que el texto normativo no permite que la presunción se constituya como presunción de derecho porque eso lo hace inconstitucional. Cualquiera sea la fórmula de la redacción y, como la que propone el secretario me parece bien, cumple el objetivo. La condena no se podrá fundar en esta sola presunción. ¿Les parece? ¿Con esa corrección? ¿O con esa enmienda? Perfecto. Probaría entonces con una enmienda unánime para sustituir la frase ya indicada en los términos en que se han señalado por la Secretaría y la Presidenta de esta instancia. Senadora Evans-Perger, senador Durresti y Presidenta. 3 por 0. Ya. Bien, Presidenta, ¿entiende la Secretaría que no hay otro punto a discutir? No. Ya. Despachado, entonces, se propondría la discusión en general y en particular de esta iniciativa. Bien, Presidenta, corresponde pasar al segundo…
15:00
…la segunda iniciativa para la cual está convocada la comisión. Se van a repartir las carpetas correspondientes, nos dan un minuto. Ok, señor secretario, entonces, para retomar la discusión en particular de este proyecto, solo para el contexto, estamos ahora en el segundo proyecto de la tabla de la sesión de hoy, que es la discusión en particular del proyecto de ley en segundo trámite constitucional. que exime de trámites y reduce plazos para la ampliación y construcción de nuevos establecimientos penitenciarios. Boletín número 17.312-07. Y aquí sí, estamos con indicaciones. Así que le doy la palabra al señor secretario. Sí, senadora. Sí, nosotros presentamos indicaciones que no están en el comparado. Quisiera saber si las presenté fuera de plazo, si se perdieron en el camino. ¿Qué habrá pasado? Pero sí… Presidenta, nosotros tenemos un texto comparado que elaboró la Secretaría del Senado, que tiene seis indicaciones. Indicaciones que transcribimos en el texto comparado. No tengo en el boletín que realiza la Secretaría, no nosotros, estas indicaciones. Voy a ver qué está pasando, si me da un minuto, Presidenta. Sí. Eh… Presidenta, me informan, voy a hacer las averiguaciones correspondientes. Efectivamente no está en el boletín de indicaciones que elabora la Secretaría, pero hemos hecho un chequeo rápido y habrían sido presentadas en forma y oportunamente. Entonces, habría aparecido algún duende que hace que este proceso no sea. Pero lo hemos mandado a fotocopiar, entonces en el momento oportuno lo vamos a poner en discusión. Sí, sí. Sí, así que en su oportunidad. No, no, si están ingresadas, están ingresadas. Correctamente, eso lo acaba de señalar la Secretaría. Y ahí el Senador con buena lista diciendo que podríamos hablar en plazo, pero está dentro de plazo. Así que bueno, se van a incorporar en el comparado si continuamos con esta discusión. Y obviamente se va a ir dando lectura cada vez que lleguemos a los artículos que tienen estas indicaciones. Así que, señor secretario, partamos con la discusión y revisión del texto. Presidenta, una prevención general. Este proyecto se aprobó en general en la sala del Senado el 20 de agosto del presente año. Se fijó paso para presentar indicaciones hasta el 4 de septiembre, 12 horas. Se han presentado seis indicaciones, seis indicaciones que recaen en distintos artículos. Algunas de la senadora Pascual y otras del senador señor Durresti, más la que nos ha advertido la senadora señora Vesperger. Les pido que de acuerdo con el reglamento vayamos viendo las indicaciones una a una según el texto comparado que ustedes tienen a su disposición. El primer artículo es el artículo primero, primera página del texto comparado, dice lo siguiente, el texto aprobado en general. La presente ley es aplicable a aquellos proyectos de alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos penitenciarios que el presidente de la República determinará mediante un decreto. El decreto supremo debidamente fundado. Este precepto tiene una indicación de la senadora Pascual que mantiene el texto aprobado en general, pero agrega dos oraciones que dice lo siguiente. Después de fundado, agrega lo siguiente, estime imprescindibles para el resguardo de la seguridad nacional, de la seguridad pública interior y especialmente para el efecto... efectiva protección de la sociedad contra el delito, la reducción de la reincidencia y la protección de los derechos fundamentales de las personas. En otras palabras, está acotando, de alguna manera, los motivos que podrían justificar...
20:00
la aplicación de los proyectos de alteración, ampliación, reparación o construcción de nuevos establecimientos, los propósitos que estos tendrían. Indicación número uno de la honorable senadora señora Pascual. Doy la palabra al Ejecutivo, subsecretario. Sí, señora Presidenta. Bueno, la opinión del Ejecutivo es que tratándose de un proyecto que justamente apunta a eximir de trámite y reducir plazos para la ampliación y construcción de establecimientos penitenciarios, la construcción de establecimientos penitenciarios siempre está relacionada con los fundamentos que forman parte de la indicación de la senadora Pascual, incluso si no están explícitamente señalados en la norma. Porque ciertamente, y esto no solamente tiene que ver con la crisis de espacios que tenemos en el sistema penitenciario, sino que en general el sistema penitenciario y estos establecimientos tienen que ver con la seguridad nacional, con la seguridad pública interior, y por cierto son un elemento fundamental para la protección de la sociedad frente al delito. Desde ese punto de vista creemos que es una explicitación de algo que por su propia naturaleza corresponde a los establecimientos penitenciarios. Senadora. Presidenta, yo no estoy de acuerdo con la indicación porque efectivamente podría entenderse que sube el escándalo. Yo creo que, y eso podría el día de mañana, ¿no es cierto?, traer algún problema a estos proyectos de reducción de plazos para la construcción de recintos penitenciarios. Pero me parece que el que sea debidamente fundado, que se le exija al Presidente que sea debidamente fundado, es suficiente. Lo que sería bueno también, si estamos, Presidenta, en reducción de plazos, dejar claro acá si ese decreto supremo debidamente fundado del Presidente va a ir a tomar la razón o no, porque yo dejaría exento de tomar razón o no si estamos hablando de reducción de plazos. Gracias, Presidenta. Gracias, Senadora. Para darle la palabra, o antes darle la palabra al subsecretario, también quiero pronunciarme respecto a la indicación. También encuentro que no aporta ni aclara; al revés, cuando uno al final va limitando o va estableciendo, en este caso además cuando se estime imprescindible, o sea, alguien podría llegar a decir en una región que la cárcel no es imprescindible para su región o lo que sea, o las modificaciones a la infraestructura, etc., y alegar aquello, ¿no? Y en esto la senadora va en la línea de lo que en definitiva tienen incluso como antecedentes y fundamentos el mensaje que lo estaba revisando, que evidentemente es la seguridad nacional, la seguridad pública interior, y obviamente la efectiva protección de la sociedad contra el delito a propósito de los hacinamientos que hoy tenemos en los recintos. Entonces, creo que es una indicación que no limitaría, restringiría ni facilitaría, que es lo que estamos buscando en este proyecto a propósito de incluso eximir de trámite o reducir plazos para poder hacernos cargo de la ampliación y construcción de nuevos establecimientos. Así que el senador Durresti y luego el subsecretario con también la consulta que había hecho la senadora Sbergen. Senador. Presidenta, un tema de forma: siendo que la senadora Pascual ha sido integrante de esta comisión y es activa participante, no siendo titular ahora, consultar si viene en camino o no para defender sus indicaciones. Siempre lo digo por un tema de fair play de quienes participamos en la comisión. Y yendo al fondo de la propuesta, uno podría considerar que es redundante, pero yo al menos hago algunas observaciones luego en el trámite de rebajar los estándares ambientales. Yo creo que… a ver… estoy absolutamente de acuerdo que haya prioridad en construcción. Hay temas de hacinamiento, temas de seguridad, temas de decisión del Ejecutivo que sin lugar a dudas. Yo creo que este tipo de situaciones obedecen a criterios objetivos. Y el subsecretario me seguirá porque lo hemos conversado en distintas administraciones y esto, además, va a pasar a la otra administración y va a pasar seguramente a la otra administración. Hay un conjunto de situaciones que sobrepasan la normal planificación de construcción carcelaria. Yo no me voy a negar a eso y voy a apoyar en la iniciativa. Pero no me gusta que la excepción termine siendo la regla y…
25:00
encubra la ineficacia y la burocracia para llevar adelante algo. Si no, modifiquemos normalmente que la excepcionalidad no sea la regla general. No sé si me explico. Yo voy a apoyar la iniciativa, creo que eso es lo que tenemos, pero no quiero que la excepcionalidad sea la regla general. Si nosotros vamos a hacer un sistema especial para las cárceles, discutámoslo en su conjunto, que este tipo de construcciones... Como alguien me lo señalaba en algún momento, las desaladoras, por ejemplo, perdón, valga la comparación, que también vamos a tener emergencias hídricas, vamos a tener emergencias urbanas de carencia de agua. Tú dices, bueno, hagamos esta situación y anticipémonos, pero quiero hacer la reflexión de que no sea una norma excepcional para el problema que tenemos ahora, pero termine siendo una norma excepcional permanente. Si no, démonos a la tarea de... Tiene una norma de excepción completa de las cárceles por un conjunto de antecedentes que podemos tener de acuerdo. No sé si me sigue el Ejecutivo en esa reflexión. Gracias, senador. Me pidió la palabra el señor secretario antes para... De hecho, nomás para posicionar consulta, la senadora Pascual está en la Comisión de Seguridad Pública en este instante, se le mandó mensaje. Gracias, señor secretario. Señor subsecretario. Sí, respecto de la consulta de la senadora Evansberger por su intermedio, señora Presidenta, efectivamente tenemos en el artículo, en la actualidad, las normas que Contraloría tiene vigentes para el trámite de toma de razón no integran este tipo de decretos. Sin perjuicio de lo cual, este proyecto de ley, en el artículo cuarto, establece un plazo perentorio también para esos trámites, reduciendo el plazo administrativo para la eventualidad de que entren al trámite de toma de razón a cinco días. Entonces, exactamente. Claro, y nosotros entendemos que podemos darle una interpretación amplia a esa norma. Respecto de, además, solamente por un tema de contexto, para situar la indicación de la senadora Pascual en la ley 21.636, que establece las reglas especiales para la construcción, alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios, el artículo primero establece una fórmula similar a la de la indicación, en el sentido de que indica en los casos en que se estime imprescindible para el resguardo de la seguridad nacional, de la seguridad pública interior y especialmente para la efectiva protección de la sociedad contra el delito, la reducción de la reincidencia y la protección de los derechos fundamentales de las personas, el Ministerio de Justicia propondrá fundadamente al Ministerio de Vivienda las modificaciones de los planes reguladores intercomunales, que era sobre modificación de planes reguladores, en ese caso. De ahí proviene también la fórmula. Respecto de lo que indica el senador por su intermedio, señora Presidenta, por cierto, el proyecto de ley originalmente presentado se refería a una lista de proyectos establecidos. Era mucho más restringido que la versión que tenemos actualmente. El trámite legislativo claramente lo ha ampliado, sin perjuicio de lo cual el Ejecutivo, así mismo como considera el senador, estima que este proyecto de ley es muy importante para poder atacar de lleno la crisis que actualmente estamos viviendo respecto de las plazas penitenciarias, frente al aumento significativo que tenemos de los internos privados de libertad. Entonces, yo recojo, por su intermedio, señora Presidenta, lo que indica el senador, porque nosotros teníamos efectivamente un foco un poquito más específico, sin perjuicio de lo cual, por cierto, también apoyamos que esta norma sea aprobada lo más rápido posible. Eso, Presidenta. Gracias, subsecretario. Le doy la bienvenida al senador Durresti. La palabra a la senadora y después al senador. Ah, Cruz Coque, perfecto. Senador Cruz Coque. Gracias, presidenta. Yo insisto en que se debiera rechazar la indicación de la senadora Pascual. Yo creo que le corresponde al Estado. Esto es una decisión de Estado. Y es el presidente el que debe priorizar proyectos carcelarios que claramente siempre van a estar fundados en las mismas circunstancias que señala la senadora. Pero a mí me parece que puede resultar peligroso, ¿no es cierto?
30:00
Ponerle una suma de requisitos o adjetivos a esa fundamentación que podrían hacer el día de mañana tanto a la Contraloría o a los tribunales empezar a cuestionar una decisión que debe ser del Estado, del Presidente. O sea, no sé, los tribunales el día de mañana pueden decir esto no es necesario porque, no sé, tenemos 61.000 presos y hay 62.000 vacantes. Pero eso corresponde a... ni a los tribunales ni a la Contraloría. Por eso, Presidenta, es una decisión del Estado que ya la ley lo que debe hacer es lo que dice como viene el proyecto, que debe ser fundada en las razones que el Presidente estime y no en las que le diga el Legislativo. Sí, le doy la palabra entonces al Senador Cruzcoque. Sí, junto con Saludarla, Presidenta, al Ministro Subrogante, al Subsecretario. Ah, ya, está, No, me deja sin argumento la senadora de la Espera y tiene toda la razón. Dice decreto debidamente fundado. Yo no veo por qué en materia de cárcel, sobre todo que este proyecto ya lo llevamos discutiendo un buen tiempo, sabemos además que estamos con sobrepoblación penal de más o menos 20, 25 mil personas, calculo. que hacer cárceles en Chile es de una dificultad tremenda, tanto que no hay candidatura presidencial que yo haya visto en los últimos tiempos, que no haya propuesto, incluso las que quedaron en el camino a través de primaria, que no hayan propuesto efectivamente que se pueda ver facilidades para precisamente iniciar proyectos de construcción de penales o ampliarlo, y esta ley lo que permite es que ya... al menos en aquellos recintos que existen, es que haya las facilidades para reducir precisamente las dificultades para poder hacer, porque no hay reinserción posible, no hay combate contra el crimen organizado posible, esto también va en la misma línea de lo que nosotros aprobamos de las facultades especiales para gendarmería. Incluso del aislamiento intrapenitenciario de cabecillas de grupos de narcotraficantes para la cual se creó hoy día en la mañana. De hecho, creo que se estaba promulgando la ley de Fiscalía Súpera Territorial que nosotros también aprobamos en esta comisión y que vimos en detalle. Entonces, la verdad que si se le está pidiendo al Presidente, naturalmente un decreto supremo fundado, que debe cumplir con ciertos requisitos los decretos fundados, empezar a... agregarle una serie de condiciones que eventualmente para la efectiva protección de la sociedad contra el delito la reducción de la reincidencia y que el día de mañana pueden ser puestas en cuestión, como decía bien la senadora Desperil, la verdad que no me parece que tenga mucho sentido yo efectivamente no modificaría lo que trae el texto del proyecto de ley fundado, punto, final gracias. Gracias senador estuve también conversando con la senadora Pascual, sabe que estamos discutiendo sus indicaciones Gracias. Y como ya también está votando la Comisión de Seguridad, indica que avancemos, que lo entiende perfecto y que lógicamente tenemos que tratar de sacar adelante este proyecto. Así que, si les parece, señor Secretario, pongamos en votación la primera indicación. La Presidenta pone en votación la primera indicación de la Senadora Pascual. Senador Cruzcoque, en contra. Senadora Despergue, en contra. Senador Durresti, en contra. Presidenta. En contra. Resultado de la votación, cuatro votos por la negativa, ninguna afirmativa, rechazada la indicación número uno. Vamos al artículo segundo. El artículo segundo se divide en dos números. En su encabezado dice lo siguiente, los proyectos a que se refiere el artículo primero... se llevarán a cabo con sujeción a las reglas que a continuación se indican. El número uno, dice el Ministerio de Obras Públicas, priorizará el cumplimiento de los trámites cuya ejecución le corresponde en virtud de lo dispuesto en el Decreto Supremo 900 del año 1996 del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley número 164 de 1991, Ministerio de Obras Públicas, Ley de Concesiones de Obras Públicas. La adjudicación del contrato de concesión se realizará mediante decreto supremo fundado en... de dicha cartera dictado bajo la fórmula por orden del Presidente de la República, el que deberá llevar además la firma del Ministro de Hacienda. Ahora bien, el número 2, estoy en la página 2 del comparado, dice el Ministerio de Obras Públicas en el marco de los programas que desarrolle o ejecute y conforme a la disponibilidad presupuestaria, determinará las medidas de mitigación y compensación aplicables en la zona de establecimiento penitenciario, fuera del sistema de evaluación de impacto. ambiental, sin perjuicio a los derechos humanos.
35:00
programas dependientes de otros ministerios que puedan ser pertinentes. La indicación número 2 de la Honorable Senadora César Pascual recae en este número 2 para agregar a continuación de la frase y conforme a la disponibilidad presupuestaria determinará la siguiente frase, mediante resolución fundada, en este caso del Ministerio de Obras Públicas. Eso, Presidenta. La palabra al Subsecretario, al Ejecutivo. Si queramos que en este caso las normas de la ley 1880 son suficientes para... Así es, todo tiene que ser fundado, además de lo cual recordar que esta norma lo que permite y abre es algo muy requerido también por las comunidades, que es mayor celeridad para que se puedan destinar recursos justamente a estas medidas de mitigación y compensación. Es decir, no solamente estamos acelerando la construcción de las cárceles, sino también estamos... haciendo mucho más expedito la inversión estatal justamente para aportar a las propias comunidades donde se están llevando estos establecimientos penitenciarios. Entonces, consideramos que debería fluir lo más rápido posible. Gracias, su secretario. Son ahora. Presidenta, en el mismo sentido, yo considero que es redundante porque la ley de procedimientos administrativos establece que todo acto administrativo debe ser debidamente fundado. Sí, aquí. Es donde debemos señalar, sí, que yo dejaría exenta esta resolución. O no sé si el Ministerio establece que con las normas que vienen después, eso sea por esto. Porque si no lo dejas exento, eso significa sumarle tres, cuatro meses, o a menos que más adelante se le ponga un límite de plazo a la Contraloría. Ahora, la Contraloría tiene en distintas normas límites de plazo y no los cumple. No los cumple, hace cumplir al resto de la Administración Pública los plazos, pero ellos se toman su tiempo. Entonces, no sé si se ha evaluado la posibilidad de que sean exentas y no sujetas a toma de razón. Gracias, Presidenta. Sobre ese punto que va en la línea de error recién planteado, Subsecretario, a propósito de la Contraloría, o que quede exenta directamente, ¿le damos la palabra? Buenos días. Por su intermedio, Presidenta, hay dos cosas que recalcar aquí. Las bases de licitación de los nuevos proyectos contemplan recursos dentro de las bases para medidas de mitigación. Esa es una forma rápida de abordar los requerimientos de las comunidades una vez que los cárceles inician su construcción. Pero para las medidas de compensación, el Ministerio de Obras Públicas tiene varios programas presupuestarios que se discuten año a año. El punto número dos. Lo que se espera es que el Ministerio de Justicia, en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas, pueda en la formulación presupuestaria todos los años ir proponiendo los proyectos que se deban ir instalando. Eso tiene un ejemplo hoy día muy concreto, que es el programa Buen Vivir, que tiene el Ministerio de Obras Públicas y que incluye recursos anualmente para ir instalando esas compensaciones. Y eso implica que los recursos quedan autorizados en la ley de presupuestos y, por lo tanto, nos da garantía de que se van ejecutando año a año. Ah, bueno, y respecto a la toma de razón, todos los actos administrativos que tengan que ver con estos proyectos quedan sujetos a un plazo pretorio para la Contraloría que es de cinco días. Lo que nos permite eso, lo ideal es que lo tramiten los cinco días, pero lo más probable y lo más importante es que la Contraloría priorice ese decreto respecto de otros que tiene. Y eso nos permite reducir los plazos de manera muy importante. Sí, gracias. El senador que señalamos, él es Miguel Ángel Cornejo, el profesional de la Oficina de Planificación y Presupuestos. Senadora. ¿Y por qué no se evaluó dejarlo exento? Porque la Contraloría podría devolver. Cuando está topada de pega, empieza a devolver. O le dice, retírelo. Todos sabemos cómo se funciona. Acá lo que estamos buscando es que esta construcción, alteración, modificación, renovación, no sé qué... de los recintos penitenciarios sean rápidas y cumplan con el objetivo, porque si no, ¿para qué le quitaramos? Entonces, un plazo perentorio no lo va a cumplir, no lo va a cumplir y lo más probable es que devuelva con un par de observaciones, ¿no es cierto?, al Ministerio de Obras Públicas o quien haga las bases para ganar nuevos cinco días y así sucesivamente. Gracias, senadora. Subsecretario. Sí, como Ejecutivo no tenemos una propuesta en ese sentido de eximirla, porque originalmente, como decíamos, este proyecto, y nos parece bien, se ha aportado en el trámite legislativo.
40:00
Contenido restringido

Contenido premium

Este fragmento pertenece a la segunda mitad de la transcripción. Para acceder al contenido completo, regístrate en la plataforma.

Registrarse para ver contenido completo
45:00
Contenido restringido

Contenido premium

Este fragmento pertenece a la segunda mitad de la transcripción. Para acceder al contenido completo, regístrate en la plataforma.

Registrarse para ver contenido completo
Fragmentos 1-10 de 16 (8 disponibles públicamente)

¿Listo para empezar?

Únete a Parlamento.ai y transforma la manera en que monitorejas la actividad parlamentaria