Senado Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento

Senado - Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento - 10 de septiembre de 2025

10 de septiembre de 2025
13:30
Duración: 2h 42m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 17823-07 Modifica la Carta Fundamental, en materia de derecho de sufragio de personas extranjeras. 2.- Bol.N° 17007-07 Continuará con el estudio en particular del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de crear el Departamento de Seguridad Especial en Gendarmería de Chile y regular dicho régimen penitenciario. Para el análisis de esta iniciativa ha sido especialmente invitado el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo.

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Damos inicio a la sesión. Muy buenos días a todas y todos. Quiero partir saludando a las senadoras y senadores que están presentes, a la Ministra Secretaria General de la Presidencia Macarena Lobo, también a nuestra Secretaría, a los asesores, asesoras, a todas las personas que nos acompañan. Estamos citados para poder continuar el proyecto de ley que modifica la Carta Fundamental en materia de derecho de sufragio de personas extranjeras, el boletín 17.823-07. Y a propósito de la discusión que se dio ayer en gobierno, y evidentemente a propósito del acuerdo que espero... en esta instancia y en el Senado seamos capaces de sacar adelante. Quiero... Voy a suspender la sesión por unos minutos para pedirle a las personas que nos acompañan a todos, sin excepción, salvo evidentemente los senadores y senadoras, el Ejecutivo y la Secretaría, que puedan abandonar la sala. Vamos a tener una conversación previa antes de continuar con la sesión. Voy a suspender entonces unos minutos. Gracias.
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Quiero darle la palabra a la Ministra Secretaria General de la Presidencia y luego de ello a la Secretaría para ir ordenando la discusión y la votación. Ministra. Muchas gracias, Senadora, por su intermedio saludar a los senadores y senadoras presentes, a los miembros de la Secretaría, a los asesores y asesoras que nos acompañan. Tal como lo planteamos el día de ayer, esta reforma constitucional tiene por objeto elevar los requisitos para que los extranjeros puedan ejercer el derecho de sufragio para la lógica de poder acercarnos a lo que es la legislación internacional, en orden a que la nuestra hoy día es la más permisiva respecto a la posibilidad de que los extranjeros puedan sufragar en todo tipo de elecciones y por tanto la propuesta es modificar el artículo 14 de la Constitución para pasar a un requisito de 10 años de avecindamiento, 10 años ininterrumpidos de avecindamiento, contados este desde la entrega de la residencia.
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definitiva, estableciendo además que si en un plazo de cada año que se computa para el tema del hacendamiento, si la persona sale por más de 90 días, ese año no se computa para lograr los 10 años exigidos por la Constitución. Adicionalmente, y de acuerdo a las conversaciones que se han dado y lo que se ha planteado ayer en la comisión de gobierno, donde se estableció la multa para los ciudadanos que no concurran a sufragar y la posibilidad de que hubiera alguna garantía de la concordancia entre el texto constitucional y la modificación con el nuevo artículo 39 de visa, la ley 18.700, se ha trabajado una propuesta que modifique adicionalmente del artículo 14 al artículo 15, suprimiendo la palabra electores, que establece las dos veces que aparece el inciso segundo. Esa referencia para efectos, ¿no es cierto?, siendo consistente, dejar consistente el artículo 13, 14 y 15 y que sea la ley orgánica constitucional, por tanto, la que establezca, como lo hicimos ayer en la ley 18.700, las condiciones para establecer, ¿no es cierto?, las multas, las exclusiones y todo. Adicionalmente se complementaría esto con la indicación formulada por la senadora Luzia Wensberger en orden a establecer con claridad que, como ustedes saben, las modificaciones que se están proponiendo para efectos de... Habría que hacer el ajuste ahí, ¿no es cierto? El 14 y el 15 regirían, ¿no es cierto?, para el próximo proceso electoral, el nuevo ciclo electoral a partir del 26 en adelante, precisar que el tema, la enmienda que propone la senadora, ¿no es cierto?, respecto de que previo a eso se podrán establecer multas para los ciudadanos. Y creo que ahí queda, ¿no es cierto?, concordada tanta la ley que fue despachada, las enmiendas, perdón, el proyecto que fue despachado ayer, de multa con la reforma constitucional que aquí está propuesta. Cualquier duda a disposición de los señores senadores. Muchas gracias. Sí, no, pero resumió perfecto en lo que estamos. Muchas gracias, ministra. Voy a dar la palabra, senadores, senadoras. Entonces le voy a dar la palabra al señor secretario para que podamos ir revisando cada una de las indicaciones. Vamos votando. La votación que tiene ya un grado de acuerdo, Presidenta. Solo hacer ver un aspecto pragmático, que en términos gruesos lo ha hecho presente el Presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local. Lo dijo ayer de manera pública en un comunicado, y que tiene que ver con la aplicabilidad o la cobrabilidad de la multa en la experiencia práctica que ha ocurrido en los años que tenemos voto obligatorio en estos últimos dos años. Y lo que ha señalado, yo lo hago presente, solamente un considerando para efectos generales y después en la sala, hoy día es incobrable la multa. No porque los jueces no quieran, los jueces notifican a las personas, estoy hablando de las elecciones locales del año pasado, gobernadores, alcaldes, etcétera, etcétera, y las anteriores de plebiscito, puesto que notificada ese porcentaje que fluctúa entre un 15 y un 20% de personas que no van a votar en voto obligatorio, en la práctica, notificadas las personas no votan, perdón, no pagan, no pagan la multa. Luego viene una orden de reclusión que tiene, entiendo yo, un día de cárcel por cada 0-1 UTM que tampoco se cobra porque eso es un procedimiento policial, donde tiene que ver carabinero. No, no, solamente hago un considerando respecto a que todo lo que estamos conversando, que está correcto. Sin embargo, tiene un problema que hay que abordar en su momento, que es lo incobrable que es el monto que sea de multa, como ha venido ocurriendo en los últimos dos años. En los hechos, es un voto voluntario, desgraciadamente, por falta de aplicabilidad de la sanción. Gracias, senador. Bueno, no es así, yo no lo comparto. Le doy la palabra a la senadora Sperger y luego a la ministra, y vamos a continuar con la votación. Comparto lo que usted acaba de decir, decirle al senador Castro por su intermedia, Presidenta, que esa discusión se vio ayer en el proyecto de ley en la Comisión de Gobierno. Es la discusión donde se debe dar, ¿no es cierto?, cuando se fija la multa. Hay también un principio de acuerdo, yo diría, entre al menos los senadores de la Comisión de Gobierno, que hay que establecer un nuevo procedimiento. Esto se conversó hace mucho tiempo con anteriores presidentes del Tribunal Constitucional, del Tribunal, perdón, del CERVEL, del director del CERVEL. Pero hoy día sí se cobran multas, a lo mejor es más difícil, no todas se pagan, hay que mejorar el sistema, la forma, establecer probablemente un pronto pago, como las multas de tránsito, en fin. Pero es una discusión que hay que dar en los proyectos de ley que modifica la 18.000...
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Siento que hay que cambiar todo el procedimiento de cómo hacer efectivas las multas del día de mañana. Ministra. Muy cortito, porque la senadora Sberger transmitió lo que yo también quería plantear, que este es un tema que se ha venido debatiendo de larga data y que, efectivamente, es una fórmula mucho más eficiente, pero que supone también recursos: es que el propio CERVEL tenga una plataforma y que operemos como opera hoy día con la multa del tránsito, y que en definitiva los tribunales solo operarán como instancia en caso de que hubiera alguna duda y se presentara una apelación respecto de la controversia sobre el cobro que tiene el CERVEL. Ayer acordamos en la Comisión de Gobierno seguir conversando sobre este tema porque creo que es muy importante modernizar y, para el futuro, avanzar en esa dimensión. Muchas gracias, senadores, ministras, señor secretario. Gracias, sus señorías. Gracias, señora presidenta. Sus señorías, hay que dirigirse a nuestro comparado. Por favor, hay que dirigirse a nuestro comparado. Allí, en la página 1 de nuestro comparado figura la indicación número 1 que es del Ejecutivo, su excelencia el Presidente de la República. Propone reemplazar el artículo único de este proyecto de reforma constitucional por el siguiente. Artículo único. Reemplazas el inciso primero del artículo 14 del Decreto Supremo número 100 de 2005 del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia que aplica el texto refundido, coordinado y sistematizado a la Constitución Política de la República por el siguiente. Artículo 14. Los extranjeros avecindados en Chile por más de 10 años ininterrumpidos y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13 podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley. Para estos efectos, los extranjeros solo se considerarán avecindados a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva. Con todo, durante el período de avecindamiento, no deberán registrar salidas del país por más de 90 días en cualquier período de 12 meses. En votación. ¿Alguien había sugerido que por razones académicas sí se pudiera ausentar una indicación que estaba más adelante ley? Pero no incide en este artículo, sino en otro. Por eso quiero aclarar si para votar vamos a... Señor secretario, la senadora Sánchez quería plantear lo mismo. Así que, señor secretario... Pero vamos a ir votando por separado. Gracias. En consecuencia, esa oración final quedaría así. Con todo, durante el período de desindamiento, no deberán registrar salidas del país por más de 90 días en cualquier período de 12 meses, salvo que acrediten que las salidas fueran por motivos de carácter académico. Senadora, para que fundamente su indicación. Sí, Presidenta, yo creo que es lógica, pero no tengo el ánimo de alargar el debate. A mí me parece que uno no puede dejar a los extranjeros con estos nuevos requisitos casi con una orden de arraigo en el país. Uno piensa en los profesionales o la gente joven que puede salir a hacer investigación o puede salir a hacer un magíster o puede salir a dar clases. Pero no tengo problemas en retirar esa indicación, para no producir sin más ruido, y presentar un proyecto a futuro para no enredar esto. Así que la retiro. Ok. Entonces retirada, y por lo tanto procedemos a votar la indicación número uno del Ejecutivo. Sus señorías, la señora Presidenta somete a votación la indicación número uno del Ejecutivo. Senadora, señora Benzberger. A favor. Senador Soraya. Gracias, señor secretario y presidenta. Como yo señalé fuera del micrófono, yo no soy parte de ningún acuerdo con el gobierno. La ministra conversó recién hace un par de minutos conmigo, así que no empecé este acuerdo, así como tampoco el de la multa. Dicho eso, voy a hacer una consideración general en la atención a que después vamos a ir tratando las indicaciones. Yo creo que es un tremendo error que no regulemos para esta elección el voto de los extranjeros. Y, asimismo, no nos hagamos cargo, y en eso la senadora Pascual tiene razón, de definir en qué elecciones votan los extranjeros. O sea, no puede ser que Chile sea probablemente el país más permisivo respecto a qué es lo que hacen o dejan de ser los extranjeros. O sea, en países que nosotros tenemos convenio de reciprocidad, España, Estados Unidos, Argentina, no permiten el voto de los chilenos que están en el extranjero para votar en las elecciones presidenciales. Y nosotros lo estamos permitiendo. Creo que esto es un error y, por esa razón, voy a apoyar esto porque permite subir los requisitos para que los extranjeros voten. Pero tenemos que hacernos cargo de algo y espero que se apoye la indicación de la senadora Pascual de señalar que los extranjeros solo pueden votar en las elecciones presidenciales.
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de carácter local. Permitirle a los nacionales, y estamos cometiendo un error, aquí no se trata de ser xenófonos sino de tener claridad respecto de quién es el padrón electoral y quiénes toman las decisiones en Chile. Entonces, en ese sentido, yo voy a hacer un llamado a que se apruebe la indicación de la senadora Pascual y Sánchez en esta discusión, y no en una posterior, en qué elecciones participan los extranjeros. El tema del avecindamiento me parece correcto porque eso presupone que primero tiene que haber una suerte de residencia temporal de dos años, después la definitiva, y vamos al periodo de ese año. Y ahí, bueno, lo que planteaba la senadora Sperger es motivo de discusión porque ahí vamos a chocar contra las normas que hay en la ley 21.325 de migración respecto de cómo se obtiene la residencia, las salidas que hay o no dentro del país. Entonces probablemente es un tema de concordancia en esa ley más que con la otra. Dicho eso, voto a favor esta parte del proyecto. Gracias, senador. Senador Cruzcoque. A favor, señor secretario. Gracias, senador. Senador Soturresti. Voy a fundamentar el voto. Me parece bien el texto que se ha incorporado, el proyecto original cambiaba la estructura del artículo 14 que nosotros ya teníamos, yo hice ver ayer esa situación y es bueno que este texto avance en que repite el mismo concepto de los extranjeros avecindados en Chile en este caso por 10 años; antiguamente era por más de 5 años; me parece bien la técnica legislativa. Voy a votarlo a favor, pero también creo que es importante hacer la reflexión. Estamos cerca de un periodo electoral, se ha generado un debate, suscribo la indicación a propósito de la indicación que ha señalado la senadora Pascual, que aquí hay que hacer un debate sobre quiénes toman decisiones respecto de elecciones tan relevantes como el presidente de Chile, como los parlamentarios, principalmente senadores y diputados, y obviamente en una escala inferior las elecciones locales o municipales. Creo que ese es el debate de fondo. Y no obstante que vamos a respaldar absolutamente la iniciativa de resolver lo que tenemos ahora, creo que no tenemos que eludir o no podemos terminar sujetos a una discusión de cálculo, de conveniencia, de sentido de oportunidad que no es lo adecuado para el país. Yo voto a favor, pero quiero hacer esas prevenciones y felicitar que la redacción sea coherente, mantenga la estructura que ya tenía el artículo 14. A favor. Gracias, senador. Sra. Presidenta. A favor. Señora Presidenta, resultado de la votación, cinco votos por la afirmativa. Señora Presidenta, enseguida en la página 2 de nuestro comparado figura la indicación número 2, también es del Ejecutivo, propone reemplazar el encabezamiento del artículo único por el siguiente, incorpóranse las siguientes modificaciones en el Decreto Supremo número 100 de 2005 del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado a la Constitución Política de la República. Señora Presidenta, yo quisiera ser presente en lo siguiente, sin ánimo desde luego de corregir a nuestro presidente, Ministro, Secretaria General de la Presidencia. El asunto es que nosotros entendemos aquí como Secretarías de Comisiones, sobre todo la Comisión de Constitución, que dado el carácter mayestático de la Constitución Política, hay que aludir en primer término a la Constitución Política de la República y luego al decreto que fija su texto refundido. Entonces, habría que decir, si es que se aprobara y esa fuera la intención de sus señorías, esta enmienda. Artículo único, incorpóranse las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante el Decreto Supremo Nº 100 de 2005 del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia. Si les parece lo recién leído por el secretario, gracias secretario, en votación. La señora Presidenta somete a votación esta indicación Nº 2 con la enmienda que se ha planteado. Pero entiendo que esta debiera ser parte de la indicación 1, porque vamos a ir aprobando el encabezado cada vez. Es que tenemos que… Ministra, ok, a favor, usted lo arregla. Sí, nos lo arreglamos. Sí, ¿querías decir algo? No, precisar que solo una indicación formal, había cuenta como va a haber más de una enmienda, el encabezado original, como modificada sobre el artículo 14, planteaba solo esa enmienda y esto es para ordenarlo y concuerdo plenamente con lo que ha planteado el secretario. Muchas gracias. Muchas gracias. Senador Sorataia. Senador Soturresti. A favor. Senador Soturresti. A favor. Señora Presidenta. A favor. Señora Presidenta, resultado de la votación, cinco votos por la afirmativa con la enmienda que se ha señalado.
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Señora Presidenta, luego figura la indicación número 3, que es del Ejecutivo, también es formal, y atendida que está planteando el Ejecutivo, implicaría incorporar un numeral nuevo, que diría, número 1, reemplazase el inciso primero del artículo 14 por el siguiente. En votación. La señora Presidenta someta a votación la indicación número 3. Sí, ok. Prima votación, muchas gracias. 5 por 6 de la señora Presidenta. Señora Presidenta, luego hay que ir a la página 3 de nuestro comparado. Allí figura la indicación número 4 y versa sobre el artículo 14 que se propone, el artículo 14 sustitutivo que se propone. Es de la senadora señora Pascual y propone sustituir la oración. ¿Podrán ejercer el derecho de sufragio los extranjeros avecindados en Chile por más de 10 años ininterrumpidos y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13? Por la siguiente, los extranjeros avecindados en Chile por más de 10 años ininterrumpidos y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, ¿podrán ejercer el derecho de sufragio las elecciones de autoridades regionales y municipales? Senadora. Signo muy breve para la historia de la ley. Bueno, esta indicación obviamente lo que refleja es precisamente poder conjugar las tres variables que tiene hoy día nuestro sistema. Cuando tenemos inscripción automática, voto obligatorio y desde esa perspectiva el voto de las personas extranjeras que residen en nuestro país no solo tienen que tener requisitos en materia de adhesindamiento sino que también poder sumarnos a la gran mayoría de países en el mundo que lo tienen y lo permiten pero en elecciones locales. Desde ese punto de vista es un requisito más. Chile sería el único país que efectivamente lo tendría con voto obligatorio. Los otros países que lo permiten en todas las elecciones son cuatro, Uruguay, Ecuador, Nueva Zelanda y Malawi, pero con voto voluntario y desde ese punto de vista es que mi indicación trató de rescatar. No solo la tendencia de los estudios comparados, sino que por sobre todo, algo que también existía y que lo pregunté el día de ayer en la comisión, en la constitución del 25, chilena, y al mismo tiempo también resguardar la soberanía de la decisión de los representantes parlamentarios y de la presidencia de la república, en tanto inciden absolutamente en el destino absoluto de lo que le pasa a los chilenos y las chilenas. Tiene una diferencia con las elecciones locales, aquí se hacen las leyes. Se designan las autoridades de los poderes autónomos, inclusive en algunos casos, cuando son composiciones de cuerpos colegiados, etc. Y desde ese punto de vista lo quise resguardar de esa manera. Gracias. Los senadores, por cierto, son los que están en la potestad del voto. Sí, yo entiendo la indicación de la senadora Pascual. Hay una animación ascendera respecto de los extranjeros ilegales en Chile. Sin embargo, naturalmente, por como está la indicación que recientemente aprobamos, como está hecha, señala que quienes cumplan más de 10 años ininterrumpidos los requisitos señalados del artículo 13, que son los requisitos finalmente para obtener la posibilidad de votar, eso implica al menos entre 3 y 5 años. Estamos hablando de... para obtener la nacionalidad, o sea, el derecho a sufragio. Entonces estamos hablando de personas que habrían estado al menos entre 13 y 15 años en Chile. Entonces no me parece que sea una locura pensar que puedan votar en todas las elecciones. No veo por qué una persona que lleva 15 años en el país tenga que votar exclusivamente en elecciones de carácter local. Yo entiendo si es que se hubiese mantenido eventualmente, como estaba anteriormente, con cinco años, pero aquí ya estamos hablando de personas que son parte prácticamente del país. No estoy de acuerdo con la indicación. Sí, gracias Presidenta. Presidenta, me hace mucho sentido lo que plantea la Senadora Pascual, pero yo creo que esto no estaría atingente para esta votación. Porque a mí me encantaría como senador también evaluar qué pasa con los votos de los chilenos que viven en el extranjero y que nunca vuelven a Chile. Entonces yo haría una discusión un poquito más profunda. Por eso esto yo lo dejaría totalmente hoy día afuera de la discusión. Eso, Presidenta.
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Gracias, senador. En votación, la indicación, señor secretario. La señora presidenta somete a votación la indicación número 4. Senadora Sabrales-Pereguer. Presidenta, yo voy a votar en contra de la indicación. Creo que es un tema que se puede dar una discusión, pero en forma más profunda y no con la celeridad que estamos viendo hoy día. También aquellos países en que se les permite votar, al quiero solo en temas regionales, tienen... son países generalmente federados en que las decisiones importantes de los países se toman en las regiones o en las comunas o en las provincias o la denominación que se le tenga. Acá en Chile la mayoría de las decisiones se toman, seguimos siendo un país absolutamente centralista y las decisiones son a nivel nacional. Vuelvo a decir, yo creo que no es una discusión que debemos dar ahora, sin perjuicio tampoco me abro a que la demos más adelante, es algo que hay que discutir. Yo en eso no me equivoco, pero en este proyecto, en esta reforma, lo voto en contra. Gracias, senadora. Senador Solara. Gracias, secretario. Voy a fundamentar el voto. Yo creo que esta discusión hay que darle ahora porque después no va a existir esta posibilidad de discutirlo. Creo que tiene mucha razón lo que plantea la senadora Pascual. Yo lo dije en mi intervención anterior, que hay principios de reciprocidad. La gran mayoría de los países, pensar solamente por ejemplo en Argentina, donde está probablemente la mayor comunidad de chilenos en el extranjero, no le dan voto a los chilenos en las elecciones nacionales. Dos, si hay un extranjero que efectivamente quiere votar en Chile, puede hacerlo en la medida en que es un proceso de nacionalización, porque eso implica un vínculo más permanente con el país y la toma de decisiones. Y dicho eso, para no alargar el debate que podemos terminar hoy día, voto a favor de esta indicación y a los colegas, sobre todo de la oposición, a reflexionar sobre este punto, porque claro, probablemente hoy día lo están viendo, que hay una migración... venezolana que los va a favorecer, pero el día de mañana esto puede cambiar y no podemos estar al arbitrio de quiénes son los extranjeros que votan para determinar este tipo de situaciones. Gracias, presidente. Senador, ¿el señor Kusko, qué? Sí, no, por las razones expresadas y por el tiempo natural que conllevan finalmente las indicaciones de la cantidad de tiempo que tendría una persona que estar en Chile para poder votar, en este caso más de 10, 12 o 15 años, me parece que la indicación no tiene mucho sentido. Voto en contra. Gracias, senador. Gracias, presidente. Voy a fundamentar mi voto, y lo he hecho en el marco de la discusión el día de ayer, hoy en la mañana. Nosotros no podemos estar legislando en algo tan importante y una realidad tan evidente en Chile sobre cómo impacta el padrón electoral extranjero. Es una realidad la migración, creo que es un tema que tenemos que abordarlo, no con el prejuicio ideológico y no con las características xenófobas de determinados sectores, pero tampoco con el buenismo de otros sectores. Yo creo que es una situación que hoy día es una realidad en nuestro país y tenemos que abordarla seriamente, no desde nuestros prejuicios o de nuestros íntimos deseos o convicciones. Tiene que ser como una política de Estado. Vamos a estar sujetos a mayores migraciones por distintos efectos de inestabilidad en distintas partes del mundo. También se anticipan migraciones climáticas desde el punto de vista de lo que va a afectar al planeta en muchos lugares o inestabilidades o situaciones. Hoy día la migración ya dejó de ser Chile un país alejado donde no llegaban cantidad de población migrante, sino que es una realidad. Y por lo mismo yo creo que la estructura de la Constitución en los distintos pasajes y las distintas enmiendas no lo hemos abordado sistemáticamente. Yo valoro que se llegue a un acuerdo, que tengamos la capacidad de regular esta situación, pero creo que no hay que eludir la discusión y la indicación es clara y precisa, acotada. Elecciones municipales, elecciones regionales, eso además es concordante en reciprocidad con otros países y creo que es un buen momento para abordarlo. Uno quisiera tener más discusión, más elementos de juicio, pero creo que la realidad es más fuerte de lo que estamos viendo y por eso la voto a favor, porque creo que no hay que eludir esa discusión y ahí también creo que es importante el Ejecutivo saliendo de este tema, de estas elecciones. Se elegirá hasta el último día de gobierno y espero que también pueda, si es que no se logran los votos suficientes, patrocinar también una indicación de esta naturaleza para dar un debate.
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