Cámara de Diputados Seguridad Ciudadana

Cámara de Diputados - Seguridad Ciudadana - 15 de septiembre de 2025

15 de septiembre de 2025
17:50
Duración: 2h 33m

Contexto de la sesión

De 14:50 a 15:50 horas: Continuar la votación en particular del proyecto de ley, originado en mensaje de S. E., el presidente de la República que “crea el Subsistema de Inteligencia Económica y establece otras medidas para la prevención y alerta de actividades que digan relación con el crimen organizado”, Boletín N°15.975-25. Con urgencia calificada de “discusión inmediata”. En segundo trámite constitucional. De 15:50 a 16:50 horas: Con el objeto de analizar las indicaciones de la Sala, al proyecto de ley que, “dispone la exigencia de exhibir un documento de identidad y la adopción de otras medidas de seguridad en el transporte terrestre interregional de pasajeros”, originado en moción de los senadores señores Juan Castro, José Miguel Durana, Iván Flores, Paulina Núñez y Manuel José Ossandón, Boletín N°16.703-25, calificado con urgencia “suma”. El ministro de Hacienda, señor Nicolas Grau Veloso. El ministro de Seguridad Pública, señor Luis Cordero Vega. La subsecretaria de Hacienda, señora Heidi Berner Herrera. El subsecretario de Seguridad, señor Rafael Collado González. La subsecretaria de Prevención del Delito, señora Carolina Leitao Álvarez-Salamanca. Lugar: Sala de Conferencias Inés Enríquez segundo nivel (Sesión presencial)

Vista pública limitada

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que el punto que se iba a tratar del Ministerio de Transporte en la sesión anterior lo pudiéramos tratar en primer lugar ahora. Muy cortito, un tema del metro. 15 minutos. Porque está el ministro acá. Aprobado. Muchas gracias. Señor secretario, denos la cuenta, por favor. Gracias, señor presidente. Hemos recibido un oficio de su excelencia, el presidente de la República, mediante el cual se presenta una urgencia calificada de discusión inmediata para el despacho del proyecto que crea el subsistema de inteligencia económica. Oficio de su excelencia, el presidente de la República, mediante el cual retira y formula indicaciones al proyecto de ley que modifica cuerpos legales para fortalecer la seguridad del transporte público subterráneo del metro de Santiago. Oficio del secretario general de la Cámara de Diputados, mediante el cual comunica a la Comisión de Seguridad Ciudadana la asignación del proyecto de ley que modifica el Código Penal a fin de establecer una agravante específica para los delitos de robo, hurto y receptación cometidos en establecimientos educacionales, jardines infantiles y salas cunas. Oficio de la ministra secretaria general de la Presidencia, mediante el cual informa que están trabajando en la elaboración de un proyecto de ley que fortalece la Contraloría General de la República, el que será presentado en las próximas semanas. Nota del subsecretario de Seguridad Pública, mediante el cual remite información de las glosas específicas presupuestarias correspondientes a la partida 32, capítulo 05, programa 01. Oficio reservado número 53 del subsecretario de Seguridad Pública, mediante el cual remite información de las glosas específicas presupuestarias correspondientes a la partida 32, capítulos 3 y 5 del programa 01. Hemos recibido además un oficio del director nacional de Gendarmería, mediante el cual remite informe a las personas privadas de libertad en huelga de hambre y las sanciones disciplinarias aplicadas por la Administración, desagregado por región y recinto penitenciario, correspondiente al mes de agosto, seguro estipular la ley de presupuesto. Otra nota del coordinador del Observatorio del Crimen Organizado y Terrorismo de la Universidad Andrés Bello, señor Pablo Urquizar, mediante el cual remite informe titulado Radioegrafía del Control Territorial de las Cárceles en Chile. Correo electrónico de FENAUS, mediante el cual solicitan la aprobación de la comisión para que su presidente, señor Marcos Carter, pueda presentarse en la sesión ordinaria de hoy como oyente, donde se discutirá nuevamente el boletín. Respecto a esto, al término de la cuenta habría que requerir acuerdo, señor presidente. Y excusas del ministro de Seguridad Pública, señor Luis Cordero Vega, quien por compromiso impostergable agendado con anterioridad no podrá asistir a la sesión ordinaria de hoy. Sin embargo, en su representación asiste el subsecretario de Seguridad Pública, señor Rafael Collado González. Justificativo del diputado Cristian Araya Lerdo de Tejada por encontrarse en misión oficial con aviso de salida del país. Señor Presidente, el punto 9 requiere acuerdo, si le parece, a optar ese antes de otorgar la palabra respecto de la cuenta. Muchas gracias. Respecto al punto 9, un correo electrónico de FENABUS solicita la aprobación de la comisión para que su presidente Marcos Carter pueda presentarse en la sesión ordinaria de hoy como oyente. Nunca nos hemos negado a que nadie participe como oyente. Como oyente en las filas de atrás. Eso nunca ha requerido... ¿Puede invitar a un diputado? Como la pidieron, claro. Pero sí que requiere la invitación de un diputado. Yo lo invito, si está aquí ya, ni un problema. Con la invitación de este presidente en ejercicio. Habíamos tomado el acuerdo antes de que llegaran los diputados para ver un punto del ministerio...
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De transporte, así que señor secretario procedemos con eso y apenas pasemos a inteligencia económica le avisamos al señor Collao para que se una. Sí, presidente, yo quisiera saber si es que por su intermedio el secretario nos pudiese hacer un recuento de las veces que el ministro de seguridad pública se ha excusado de venir a esta comisión. ¿Sabe lo que pasa? Que nosotros siempre valoramos mucho la presencia de los subsecretarios, de hecho en lo personal no tengo recuerdo de haberme opuesto a que alguna vez participe uno, a mí me parece bien. Pero particularmente el tema de la estrategia de seguridad respecto de fiestas patrias a este diputado en particular le preocupa, y le preocupa porque se recordará a nuestros colegas que el año pasado fallecieron 37 personas durante fiestas patrias, mientras las autoridades a cargo de la seguridad estaban en una situación bastante desmejorada, mientras eso sucedía, por decirlo de alguna forma, ¿no? Entonces, en ese cuadro yo creo que lo mínimo que nos podemos exigir, presidente, es que el ministro de Seguridad concurra a la Comisión de Seguridad y nos diga cuál es la estrategia que va a hacer para evitar reiterar una situación como esa. Yo lo he venido planteando hace varias semanas. Usted se acordará que el año pasado nos vinieron aquí a leer en voz alta algo que estaba publicado en una página web. A mí nunca se me olvidaron las casas moradas o una cosa así que incorporaba la estrategia. Por eso me acuerdo que estaba en una página web. Entonces, yo le pido por su intermedio que, ya que él no ha venido y da la impresión que no va a venir, al menos nos envíe por oficio antes de las fiestas patrias cuál es la estrategia de seguridad para el gobierno para que no estemos el 22 haciéndonos la pregunta, porque es una cosa increíble. La pregunta va a ser cuántas personas fallecieron, no si fallecieron o no fallecieron. Y el contraste con la cifra del 2024, lo cual es una cosa lamentable que el gobierno esté más preocupado de estar dedicado a contar cuál es la estadística que a contarnos cuál es la estrategia para impedir esa estadística. He dicho, presidente, y no podía dejar pasar una nueva excusa más del ministro. Muchas gracias, diputado Schalke. Le vamos a reiterar al ministro que siempre es importante que acuda. Hoy día van a estar sus dos subsecretarios, el subsecretario Collado y la subsecretaria de Prevención del Delito, así que también podemos tocar ese tema de la estrategia para las fiestas. Son cuatro días y, por lo tanto, requiere un movimiento importante de carabineros y policía de investigaciones. Señor secretario, empecemos entonces con el proyecto de ley que modifica distintos cuerpos legales para fortalecer la seguridad del transporte público subterráneo del Metro de Santiago. Y le agradecemos al señor ministro, por supuesto, además felicitar al señor ministro porque hoy día se cumplen 50 años del Metro de Santiago, que conecta a muchísimas personas, 150 kilómetros aproximadamente inaugurados en orden alfabético. 147 estaciones, en el caso del distrito que comparto con la diputada Plasencia y Fríes, el metro es una columna vertebral, parte del desarrollo del país, así que debemos agradecerlo. Gracias. Señor secretario, de nuevo señor ministro. En la sesión de 8 de septiembre pasado se votó este proyecto hasta el artículo 2º, abriéndose ese debate respecto al artículo 3º y en ese debate se generó la inquietud de incorporar algunas modificaciones al artículo 3º propuesto por la indicación del Ejecutivo. Hay una nueva indicación de Leo Soto, que la presentó ese día, me acuerdo. Sí, acá está. ¿A qué artículo? Al artículo 12 bis del proyecto. Del proyecto. Ya, pero, presidente, todo este formato lo he dicho pensando en la indicación del Ejecutivo. Perfecto, entonces va a la indicación del Ejecutivo. No, yo sé, pero yo estoy viendo cómo procede. El Ejecutivo puede corregir la de él adaptándose. Si le parece, voy a... La indicación dice lo siguiente para reemplazar el artículo tercero por lo siguiente. Gracias. Agrega en la ley 18.772 que establece normas para reformar la dirección general del metro en sociedad anónima los siguientes artículos 12 bis, 12 ter y 12 quater nuevos. Artículo 12 bis. El personal contratado por metro en sociedad anónima que realice asalariado de seguridad privada en sus instalaciones y trenes podrá denunciar al juzgado policial local competente o a la entidad que corresponda a quienes cometan alguna de las siguientes conductas. A. Ejercer el comercio ambulante sin la autorización respectiva de metro. B. Altera gravemente la normal convivencia y, mediante la utilización de parlantes u otros dispositivos sonoros de amplificación aptos para dicho efecto, sin autorización en las instalaciones y trenes de metro.
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Ceder a los servicios de transporte público remunerado a pasajeros utilizando un PASA escolar, PASA de educación superior o cualquier instrumento o mecanismo que permita el uso de transporte público remunerado de pasajeros con beneficios sin ser su titular o alterándolo con el fin de aparentar la titularidad sobre estos, para el exclusivo uso de quien efectúe tal alteración. D. Usar los servicios de transporte público remunerado a pasajeros sin pagar la tarifa correspondiente. E. Efectuar transporte de carga sin la autorización de metro en sus instalaciones y trenes. Asimismo, el personal que se empeñe en la obra de seguridad privada en las instalaciones y trenes de metro podrá compeler a las personas que realicen una o más de las conductas antes descritas para que abandonen de inmediato las instalaciones de metro y, asimismo, deberán advertir la procedencia de la denuncia respectiva. La realización de cualquiera de las conductas señaladas en el inciso primero se considerará como infracción grave conforme a lo dispuesto en la ley de tránsito, salvo que la misma conducta se encuentre contemplada por otra norma que establezca una sanción mayor, en cuyo caso se aplicará esta. Ante la constatación de cualquiera de dichas infracciones por carabineros de Chile, por inspectores fiscales o por el personal contratado por Metro S.A. que desempeñe labores de seguridad privada en sus instalaciones y trenes, estos deberán remitir los antecedentes al juzgado policial local competente o a la entidad que corresponda, acompañando todos los antecedentes y pruebas que obren en su poder y que permitan individualizar a los responsables del hecho. Asimismo, para efectos de proceder con la denuncia respectiva, al momento de constatar alguna de las conductas señaladas en el inciso primero, podrán requerir la exhibición de documentos que acrediten fehacientemente la identidad de las personas mayores de 18 años, tales como cédula de identidad, licencia de conducir, pasaporte, tarjeta estudiantil o mediante la utilización de cualquier medio tecnológico idóneo para tal efecto, según los términos que dispone el inciso quinto del artículo 88b de la ley de tránsito. En caso de duda respecto de si la persona es mayor o menor de 18 años, se entenderá siempre que es menor de edad. En el ejercicio de la facultad señalada en este artículo, el personal que desempeñe labores de vigilante privado o de guardia de seguridad en las instalaciones y trenes de Metro S.A. deberá exhibir la credencial respectiva conforme con la ley 21.659 sobre seguridad privada. Además, deberá señalar su nombre y respetar siempre la igualdad de trato y la no discriminación arbitraria. Además, tratándose de la conducta prevista en el literal A, el personal que desempeñe la obra de seguridad privada en las instalaciones y trenes de Metro podrá retener previsoriamente la mercadería con el objeto de ponerla a disposición de carabineros de Chile o inspectores fiscales o municipales. Metro deberá informar semestralmente al Ministerio de Seguridad Pública y al Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones la cantidad y causales de las denuncias afectadas por alguna de las conductas señaladas en el inciso primero del presente artículo. Asimismo, deberá informar con la misma periodicidad el ejercicio de las demás facultades señaladas en este inciso. Asimismo, Metro deberá exhibir carteles visibles en sus instalaciones que indiquen expresamente la prohibición de las conductas señaladas en el inciso primero de este artículo. Artículo 12-TER. Vamos de uno, ¿no? Ah, ya. Ok. Y a ese estaría la indicación del diputado Soto, pero está incluida en el protocolo. ¿Qué es lo que está parecido? Perdón, déjeme anunciar antes el reemplazo del diputado Leo Soto en reemplazo del diputado Leiva para esta comisión. ¿Requiere acuerdo unánimo? ¿Habría acuerdo? Acordado. Presidente, por su intermedio saludarle a usted, al señor ministro, a su secretaria y a todos los integrantes de la comisión. Yo diría que estamos entrando en tierra derecha en este proyecto que busca fortalecer la seguridad de todos los ciudadanos que utilizan el metro de Santiago. Son más de dos millones. Estamos entrando en la etapa de definición en particular. Si me permitía la precisión, y hay una indicación del ejecutivo que en general está bastante bien y que creo que no en relación a la última porque agrega la posibilidad de decomisar o retener provisoriamente la mercadería respecto del comercio ilegal. Yo creo que la va a explicar el ejecutivo, la va a explicar con mayor detención, pero en el debate de la última sesión también se revisó que era fundamental que ¡Gracias! los guardias o vigilantes de Metro S.A. tuvieran la posibilidad de solicitar la exhibición de los documentos de identidad de las personas que están infringiendo todas las normas internas, todas las faltas internas que se agregan en el artículo 12bis. Porque si las personas que están cometiendo todas esas infracciones no son identificadas, finalmente va a haber completa impunidad. Y hay una norma que acaba de leer el señor secretario que establece la posibilidad de requerir esa identificación. Pero nada dice cuando la persona se niega ante el guardia a entregar ese...
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información, con lo cual es muy posible que nada de lo que estamos haciendo pueda materializarse en una denuncia porque no existe ninguna facultad coercitiva. Por eso, presidente, con nuestro equipo hemos preparado una indicación que llena ese vacío y establece un procedimiento respecto de las personas que se niegan a exigir su identidad con el objeto de evitar la denuncia correspondiente y la duda es si lo agregamos dentro de un inciso de este artículo 12 bis o lo agregamos por separado. Yo no sé, me someto al procedimiento que usted se refiera. La indicación, si les parece, la leo porque yo creo que lo más, casi todo es conocido, salvo lo del decomiso, que parece que lo explicó el Ejecutivo, y esto que es nuevo. La indicación del diputado Soto dice: si el personal contratado por Metro que desempeña labores de seguridad privada en sus instalaciones y trenes requiere la exhibición de documentos que acrediten fehacientemente la identidad de las personas mayores de 18 años como consecuencia de haber constatado alguna de las conductas descritas en el 12 bis y la persona se niega a exhibirlos, podrá retener a dicha persona y requerir el auxilio de la fuerza pública, comunicando inmediatamente a carabineros de Chile o inspectores municipales para que realicen el control de identidad y demás actuaciones de su competencia que corresponde en el modo y plazo que establece la ley. El conjunto de procedimientos detallados en el presente artículo deberá limitarse al tiempo estrictamente necesario para que los fines antes señalados y, en ningún caso, podrá extenderse más allá de una hora. Ministro, no sé si le parece recoger algo de esto. ¿Cree usted que con su indicación basta? Permite explicarla. Mire, esta indicación resuelve qué ocurre cuando la persona que está infringiendo todas las normativas internas del Metro se niegue a exhibir su identidad. Me refiero a las mafias del comercio ilegal que se han tomado algunas estaciones por rato y que, cuando son requeridas por Metro S.A. respecto de todas sus infracciones, simplemente por negarse a exhibir su identidad pueden evitar cualquier tipo de sanción. Lo cual es absurdo porque nos encontramos en presencia de cerca de dos millones de pasajeros que usan metro todos los días. Es una empresa del Estado que corresponde a la categoría de infraestructura crítica, cuya paralización, cuyo entorpecimiento produce un daño al movimiento completo de la ciudad. Por eso esta norma lo resuelve. ¿Y cómo lo hace? Se dice que si la persona se negara a exhibir esa identidad, podrá retener a dicha persona y requerir el auxilio de la fuerza pública, comunicando inmediatamente a carabineros de Chile o inspectores municipales para que ellos realicen el control de identidad respectivo y demás actuaciones de su competencia que correspondan en el modo y plazo que establece la ley que todos hemos aprobado que ya está vigente. Como hay un vacío que uno podría pensar, ¿qué sucede? ¿Cuánto tiempo debe o puede retener el funcionario de Metro a la persona a la llegada de carabineros? Le agregamos lo siguiente: el conjunto de procedimientos detallados en este artículo deberá limitarse al tiempo estrictamente necesario para los fines antes señalados y en ningún caso podrá extenderse más allá de una hora desde su inicio. Ese es un marco legal temporal que establece que es el plazo máximo que puede durar esta retención para el efecto de colocarlo a disposición de los carabineros de Chile. Hoy día ocurre esto en establecimientos que no son infraestructura crítica, como son los minimarkets, supermercados; ocurre permanentemente. No sé, calabozos no pueden tener, porque los calabozos y las cárceles están fijados en la Constitución y son recintos penitenciarios. Pero la verdad que establecer que no se puede corroborar la identidad de las personas que cometen faltas graves al funcionamiento de la red de metro yo creo que no es una solución aceptable para los ciudadanos. Tenemos que establecer algún medio para poder controlar estas mafias ilegales que a veces impiden el funcionamiento de esta infraestructura crítica. Y esta retención por una hora para poner a disposición de las policías o de autoridades que sí tienen un estatuto especial, yo creo que es una manera que es bastante coherente con lo que ya existe. Decir que no se puede de ninguna manera hacer por los guardias de metro, yo creo que no es solución, presidente. Gracias, diputado Soto. A mí me gusta la indicación del Ejecutivo. Una cosa que encuentro que es complicada es la indicación del diputado Soto que incluye a los inspectores municipales en el control de identidad y hoy día no tienen esa facultad.
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La subsecretaria fue alcaldesa largos años. Entonces, no sé, señor secretario, si habría que votar la indicación del Ejecutivo primero, después la del señor Soto, ¿cuál sería la forma? Necesariamente se debe votar la indicación del Ejecutivo primero, porque la indicación del señor Leonardo depende de la indicación del Ejecutivo. Sin embargo, no cabe indicación sobre indicación. Por lo tanto, debería ser un artículo separado. Puede ser el último. Claro, puede ser un artículo 12-15, pero requiere así señalarse por la secretaría, si la facultan, y si es que se aprobare. Eso, señor presidente. Bueno, le vamos a dar la palabra al Ejecutivo y después a todos los diputados. No sé quién de los dos prefiere. A mí me complica, reitero, el tema de los inspectores y no vayamos en esta ley a estar cambiando las facultades de los inspectores que trabajan abajo, afuera. Puede ser raro. Presidente, gracias. Gracias, diputado. Ministro, la verdad es que, bueno, primero, sí, efectivamente nosotros lo que hicimos fue en la indicación reunir aquellas cosas y preocupaciones que había en la redacción de este artículo y en el fondo incluir aquellas cosas que eran necesarias para efectos de poder hacer, revisar los elementos, digamos, que sean la mercadería y quién lo tiene que hacer y cómo hacerlo. Y el tema de denunciar al juzgado de policía local, obviamente, y ahí vienen enumeradas todas las cosas que, digamos, que están en esa norma. Por lo tanto, lo que hicimos fue más bien la indicación recoger la preocupación que había y el compromiso que asumimos desde el Ejecutivo para recoger en esta indicación. Por lo tanto, obviamente solicitamos aprobar esa indicación de la manera como está redactada y que contiene todos los elementos que se habían planteado y las preocupaciones en esta mesa. Segundo, respecto de la indicación del diputado Soto, creemos que tiene que estar en un artículo, o sea, se entiende mejor si está en un artículo separado, pero no solo desde el punto de vista técnico, digamos, de técnica legislativa, sino que además porque es una norma distinta, digamos, respecto del tema de qué hacer en caso de que la persona en el fondo no quiera exhibir su identidad. Y estoy de acuerdo y comparto la preocupación del diputado Alessandri respecto del tema de los inspectores municipales no tienen facultades para hacer control de identidad, porque el control de identidad es una facultad que tiene carabineros, que significa poder solicitar la identificación para verificar si la persona tiene órdenes vigentes y por lo tanto, si está prófuga, digamos, es una facultad propia de carabineros. Por lo tanto, habría que modificar la redacción en términos de que la solicitud es requerir identidad, que es lo que en el proyecto de seguridad municipal se está incluyendo de esa manera, y creo que este proyecto tiene que estar muy en la línea de lo que se está hoy día aprobando en seguridad municipal para efectos de que queden coherentes y conversen. En el proyecto de seguridad municipal lo que estamos haciendo es facultar a los inspectores municipales para que puedan requerir identidad, que es un término distinto, que no es control de identidad, que es una facultad exclusiva de carabineros, y así se resuelve que lo puedan hacer, como requerir que en el fondo nadie le pueda decir por qué me pides el carnet a una persona que está ejerciendo la autoridad, en este caso fiscalizadora, que nadie pudiese cuestionar por qué le pide la identidad. Y en el fondo, al solicitarlo, que es la facultad que tiene hoy día. Hoy día, además, por ejemplo, los inspectores municipales están facultados para requerirlo para efectos de la ley del tránsito, por ejemplo. O sea, no es algo nuevo tampoco; lo que pasa es que nosotros lo estamos incluyendo porque la única norma que existe está en la ley del tránsito y es la única que faculta a solicitar identidad para efectos de cursar una infracción de tránsito. Pero en este caso, en el fondo, se está ampliando a todo el espectro, digamos, de fiscalización que tienen los funcionarios municipales. Gracias, subsecretaria. Señor ministro. Muchas gracias, presidente. Solo transmitirle que la indicación nuestra es una indicación que nos parece que ordena cuáles son esas conductas que se pueden constatar y denunciar a juzgado de policía local. Creo que el texto que está definido está ordenado y que está en buena concordancia con el resto del cuerpo legislativo vigente. Y también quisiera destacar esto de que hemos agregado, de entregarle competencias a los funcionarios de metro de poder decomisar mercancía. Mi impresión es que es una facultad que va a tener una capacidad disuasiva enorme y que va a permitir que probablemente solo se...
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Hay que comerse mercadería las primeras semanas en que esto tenga ejercicio porque después se va a transformar en un ejercicio muy efectivo para que se instalen personas a vender mercaderías que muchas veces se transforman en un riesgo tanto para la operación de metro cuando estas caen a las vías y generan, por ejemplo, arcos eléctricos que terminan dañando el neumático o cuando generan problemas a la hora de evacuar andenes. Al menos desde la perspectiva de transporte el poder contar con un andén, un espacio, ¿verdad?, en las estaciones de metro libre de comercio ambulante es muy relevante. Gracias, diputada Fríes, tiene la palabra. Gracias, presidente. A mí lo que me... Bueno, por cierto, la acotación que usted hacía respecto de los inspectores municipales me parece válida, pero también me parece complejo que frente a una falta, aunque sea grave, que no constituye un delito, los guardias de metro tengan la posibilidad de retener a una persona por una hora. Yo lo entiendo, en los supermercados, etc., se está cometiendo delitos, pero aquí estamos hablando de una falta, entonces hay una desproporción entre el incumplimiento y lo que se hace después. Y yo me temo que con esto, y no lo esperaba, digamos, se vaya corriendo un cerco que tiene que ver con las atribuciones que son propias de las policías, excepcionalmente de guardias privadas frente a la comisión de delitos, pero ahora respecto de la falta, a mí eso me hace ruido en términos de la coherencia, digamos, del sistema normativo. Gracias, diputada. Gracias, presidente. En la misma línea de lo que señalaba la diputada Fries y, básicamente, es un principio de realidad porque si alguien pretende tener a una persona retenida, esa retención implica la utilización de medios físicos: eso es un tema de hasta dónde está autorizado a compelerlo verbalmente, es a tomarlo de los brazos; ¿en qué lugar va a quedar? Además, la verdad de las cosas es que si se quiere hacer esto, que Carabineros va a llegar en una hora, creo que también es, como poco probable. Tengo la impresión de que la regulación no está quedando bien en esta parte. Habiendo sido partidario de apoyar esta norma, creo que esta parte, que es compleja, no está bien regulada ni, por un principio de cómo va a funcionar en la realidad; y además, lo que dice la diputada Fritz tiene toda la razón: es una completa desproporción, porque esto sería una suerte de flagrancia en la comisión de una falta, si uno lo mira objetivamente. Y creo que esto lo metamos, vía indicación, en un proyecto de ley que modifica transporte público; debería estar un escalón más arriba, tengo yo la impresión de esto. Yo, sumándome a las palabras de mis compañeros, solo quiero agregar que me parece que estar llamando a carabineros cada vez que una persona no pague la tarifa, cada vez que una persona esté vendiendo chocman en el transporte público, cada vez que una persona cometa alguna de estas conductas, me parece que es un uso innecesario de la fuerza policial. Me parece que es sobrecargar a las policías que necesitamos que estén en las calles, en los barrios, con asuntos que no debiesen resolver las policías. En todo caso, la indicación del señor Soto se puede incluir como un artículo aparte. Y le damos la palabra al diputado Chalper y pasamos a votar el artículo 12 bis del Ejecutivo. Sí, gracias, presidente. Yo, la verdad que estoy gratamente sorprendido, a diferencia de lo que pasa con el resto de los colegas, porque es impresionante cómo nuestro país ha cambiado en cinco años; los que formábamos parte de este congreso y que tuvimos la, no sé cómo llamarla, experiencia de que echaran abajo la reja de ahí e intentaran ingresar a la sala, en minutos donde parte del congreso consideraba que aquellos que se saltaban los torniquetes del metro eran casi a quienes había que rendirles culto, porque nos venían a liberar de la opresión que estaban sufriendo miles de estudiantes; y usted veía que aquí aquellos que decíamos, oye, evadir el metro es una conducta delictual, pero ¿cómo se le ocurre a usted una cosa así? Usted no está en los tiempos. Mire cómo ha cambiado la vida. Hoy día estamos discutiendo si es posible hacer que aquellos que evaden el metro puedan eventualmente ser incluso retenidos, presidente, para que cumplan con la ley; algo que debiésemos proponernos siempre, especialmente en el poder que está llamado a dictar las leyes. Yo me hacía la pregunta, presidente, y no tengo recuerdos de haberlo visto explícitamente, pero una de las cosas que a mí me impactaba cuando tuve la suerte de vivir en Alemania es que los que hacen control de pasaje en Alemania, para que usted sepa, son personas que han estado presas.
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y que puestas en libertad por un tiempo, parte de su proceso de reinserción consiste en fiscalizar el que las personas paguen su tarifa. Y si una persona no paga su tarifa, presidente, lo bajan del metro y lo retienen porque él está evadiendo la ley. Por lo tanto, a nadie le cobran para subirse, pero si usted llega a no pagar, se enfrenta a la ley. Y tanto es así, que tuve la oportunidad una vez un tipo que trató de ir por la vía de no reconocer el lenguaje y le mostraron inmediatamente en su idioma cómo estaba infringiendo la ley y lo bajaron del metro. Y no lo bajaron diciéndole buenas tardes, ha sido un gusto verlo. ¿Podría usted bajar, por favor? Entonces, yo más bien, si hay algo que corregir en lo que aquí se ha planteado, esa es la línea de lo que ha planteado el diputado Soto. O sea, cómo dotamos a Metro de la seguridad interna para que efectivamente se haga cumplir la ley. Yo no sé si dimensionamos, presidente, lo grave que es. El que probablemente, una de las cosas que más nos enorgullece de nuestro país, como es el Metro, hoy día, francamente, esté en esta sintonía. Entonces, yo al menos quiero ver cómo hacemos para lo que aquí ha planteado por su intermedio el diputado Soto, esté incorporado y veamos cómo ajustamos la legislación para que quizás haya algunos integrantes de la seguridad privada que tengan que hacer un determinado curso y eventualmente estén en condiciones. Claro, pero ese debiese ser el enfoque. No el enfoque de decir, no, mire, es que esto lo tenemos que tolerar porque no tenemos cómo retener a esta gente, entonces que sigan evadiendo la ley. No, pues. Si Chile en cinco años ha sufrido una evolución muy notable, y es que hoy día los chilenos lo que quieren es que se cumpla la ley, no que se la hagan gárgara a aquellos que no la cumplen. Gracias, presidente. Gracias, diputado. Recuerden ustedes que el Metro es una de las instituciones autorizadas a tener guardias armados, vigilantes privados de Celeste, además de guardias sin armas. Yo les quería pedir votar el artículo 12 bis, que ya es un avance importante, y después, cuando el diputado Soto tenga una nueva redacción, podemos ver cómo... ¿Qué daría? ¿Pongamos en votación el 12 bis, secretario? Por unanimidad, el 12 bis... Debe un segundo, presidente, para tomarlo, porque necesito, para respecto de la publicidad del acto. Perfecto. Don Jaime Araya. Sí, es la indicación del... Gracias. Doña Lorena Fríes. A favor. Gracias. Don Andrés Joanet. Don Henry Leal, Don Leonardo Soto. A favor. Gracias, Don Leonardo. Don Andrés. Gracias. Doña Maite, Señora Maite. Gracias. Señora Alejandra Plasencia. A favor. Gracias. Don Hugo Rey, Don Diego Chalper. A favor. Gracias, Don Diego. Señora Gloria Navillán. Totalmente a favor, secretario. Gracias. Gracias, señora Gloria. Presidente. A favor. Gracias, señor presidente. El artículo 12 bis propuesto en el artículo 3º en la indicación del Ejecutivo ha sido aprobado por 3, 7, 9 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Aprobado. Corresponde 12 ter. El 12 ter que está en la página 14, como nos indica nuestra expresidenta, artículo 12 ter, 12 ter, en la página 14. El desempeño de las facultades dispuestas en el artículo anterior sólo procederá cuando el personal que desempeñe en la obra de seguridad privada en las instalaciones y trenes de Metro se encuentre debidamente capacitado y autorizado conforme a lo dispuesto en la ley 21.659 sobre seguridad privada y su reglamento complementario, lo que deberá ser verificado por Metro previo al inicio de la prestación de servicio, sea que lo contrate directamente o que lo subcontrate por una empresa de seguridad. Lo anterior, sin perjuicio del deber, que en su caso le corresponde como empleador, de conformidad con el artículo 47 de la misma ley. Para lo anterior, el Ministerio de Seguridad Pública, a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito, deberá fijar y aprobar, mediante resolución, capacitaciones especializadas de conformidad con el artículo 61 de la ley 21.659 y su reglamento complementario. Terminada la lectura del 12 ter, señor presidente. Ofrezco la palabra sobre este artículo. ¿Al Ejecutivo algún comentario? ¿La misma votación? ¿Por la misma votación, les parece? Aprobado por unanimidad. Muchas gracias. Señor presidente, en la página 15, artículo 12-4, Metro podrá deducir querella respecto del delito establecido en el artículo 268, octio del Código Penal, sin percibirse de lo dispuesto en el artículo 268.
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Artículo 711 del Código Procesal Penal. Posibilidad de deducir querella. Que el Metro tenga la posibilidad de deducir querella. En la página 15, don Andrés. ¿Quiere comentar algo, don Alonso? ¿El micrófono? ¿No? 12-4. ¿Usted? ¿No? ¿Con la misma votación? ¿Con la misma votación, les parece? ¿Aprobar por la misma votación? Gracias, presidente. Aquí corresponde ya conocer la indicación de don Leonardo. Ahora, la indicación de don Leonardo Soto y don Johan Skye... No, Leonardo Soto solo. Aquí viene corregido. Pensé que... Si el personal contratado por Metro que desempeña labores de seguridad en sus instalaciones y trenes requiere la exhibición de documentos que acrediten fehacientemente la identidad de las personas mayores de 18 años, como consecuencia de haber contratado alguna de las conductas descritas en el artículo 12 bis, y la persona se niega a exhibirlos, podrá retener a dicha persona y requerir el auxilio de la fuerza pública, comunicando inmediatamente a carabineros, ahí le borra lo de los inspectores municipales, para que realicen el control de identidad respectivo y demás actuaciones de su competencia en el modo y plazo que establece la ley. El conjunto de los procedimientos detallados en el presente artículo deberá limitarse al tiempo necesario para los fines señalados y nunca... podrá ser más de una hora. En votación, diputado Soto. Sí, presidente. Yo recalcar que esta norma que estamos introduciendo lo que hace es tratar de hacer operativo lo que ya aprobamos. Porque si usted revisa el artículo 12b, que yo celebro que lo hayan aprobado por unanimidad, señala un conjunto de conductas que uno podría englobar como incivilidad y también falta grave a la convivencia al interior de las estaciones y andenes de metro. Básicamente, mafias ilegales que, de manera violenta, a veces incluso con armas, se intentan tomar estaciones completas. Y nosotros probamos que, por ejemplo, el personal de metro puede compeler a las personas que realicen estas conductas el abandono inmediato de las instalaciones de metro. O sea, los guardias, y eso lo autorizamos, pueden requerir expulsar a las personas de las estaciones y andenes. Lo pueden hacer. Son medidas de fuerza. Puede también hacer las denuncias correspondientes como infracción grave de cada una de las conductas que se aprobaron acá. Y se establece la posibilidad de que denuncien al juzgado de policía local. Pueden decomisar también las mercaderías y pueden requerir la identidad para hacer la denuncia de las personas que sean infractores de ley. Y ahí funcionará el sistema. Pero la pregunta que hay que responder a continuación es ¿qué ocurre? Y este es el punto. Si la persona se niega a exhibir su identidad, ¿qué hace? ¿Se podrá requerir abandono? ¿Se podrá hacer denuncia? No se puede hacer denuncia. Nadie puede presentar denuncia describiendo a las personas. Entonces, para que funcionen todas estas facultades que le hemos dado a Metro, tiene que poder romperse el tema de que la persona no se identifique. Y la manera que lo presentamos acá con esta indicación... es que si se niega a exhibirlo, y aquí la falta no es la falta administrativa, es negarse a exhibir su identidad para evadir la justicia policial local. La falta de la persona es que se niegue a exhibir su licencia de conducir, cualquier elemento que la acredite. Si se niega a exhibir, evidentemente quiere burlar la acción de la justicia, como lo quieren hacer muchas mafias legales. Entonces, ¿le damos o no la atribución de evadir todo esto? ¿O le ponemos una medida para las mafias legales que amenazan a Metro, que pueda autorizarse a retener a la persona que se niega a exhibir su identidad y requerir el auxilio de la fuerza pública comunicando inmediatamente a carabineros para que realicen el control de identidad respectivo y demás actuaciones de su competencia en el modo y plazo que establece la ley? No es más que eso. Si ustedes me dicen que no, que no hay que aprobar esto, evidentemente vamos a defraudar la confianza de lo que estamos haciendo en todo el mundo porque todo lo que aprobamos no se va a poder ejercitar porque va a depender de que la persona colabore o no con su identidad. Y los que no colaboran son precisamente los que queremos perseguir. Aquí está la indicación, presidente. Gracias, diputado. Sí, tiene razón el diputado Soto. En el 12 bis le dimos la fuerza a esto. Ahora esta indicación lo está solamente operativizando. Diputada Navellán, diputado Leiva y después diputada Orsini. Muchas gracias, presidente. Yo quiero agradecer al diputado Soto porque efectivamente esto tiene que poder implementarse. Habitualmente hacemos muchas leyes hemos aprobado en esta comisión un montón de leyes pero desgraciadamente no vemos que se hagan operativas no porque no estén bien hechas las leyes sino que por otros motivos probablemente pero en este caso
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Agradezco que el diputado Soto presente este proyecto, esta indicación, que finalmente apunta a lo que siempre hemos querido, que las leyes que aprobamos acá sean operativas. Muchas gracias, presidente. Gracias, doña Gloria. Diputado Leiva, que está reemplazado, pero va a hablar igual. Sí, presidente. No lo puedo evitar, no lo puedo evitar. Presidente, mire, hay tres temas fundamentales a considerar. En primer lugar, la importancia del rol del metro en el ejercicio de la ciudadanía, de la paz social, del transporte público de pasajeros. En segundo lugar, la naturaleza jurídica de las estaciones de metro, porque si bien son lugares de libre acceso público, tienen ciertas restricciones, a diferencia de lo que ocurre con el transporte público en general, que usa las vías públicas, que son bienes nacionales de uso público, la regulación que tienen las estaciones de metro es distinta a un bien nacional de uso público, podría entenderse un bien fiscal, pero que está sometido a una regulación especial porque tiene limitados sus accesos. Entendiendo esa circunstancia, presidente, y coetáneo con lo que dispone el artículo 4º de la ley 18.290, que Carabineros y también los inspectores fiscales y municipales pueden fiscalizar el incumplimiento de normas de la ley de tránsito, y si eso, presidente, lo relacionamos con el artículo 496, número 3 y 5 del Código Penal, que establece como falta el evitar una fiscalización, obstruir la misma a un inspector municipal o negarse a entregar algún tipo de identificación, yo creo que es importante dejar sentado y avanzar en esta circunstancia para que esta normativa no sea letra muerta. Y por eso, coincidiendo con lo que plantea el diputado Soto, yo sé que eventualmente se conculcan algunas garantías individuales y esto requeriría tal vez de una norma de rango superior porque hay una modificación al Código Constitucional Penal. Yo creo importante que la Subsecretaría de Prevención del Delito tenga a bien, en el proyecto de ley que está en segundo trámite constitucional en el Senado, de seguridad municipal, otorgar una facultad que es fundamental a los guardias municipales, que también podría ser aplicable a los vigilantes en función de la ley de seguridad privada que entra en vigencia ahora el 18 o el 28 de noviembre. No, el que... En la ley 21.638 nosotros ya modificamos esta corporación, el artículo 228-228bis, que son los registros audiovisuales de los eventuales delitos que se cometan. Y por eso facultamos, para que Carabineros sea plena prueba, la videograbación de aquellas personas que permitan la individualización de quienes cometieron algún tipo de delito. Nosotros podríamos aplicarlo también a una falta. O sea, lo que hace la Subsecretaría de Prevención del Delito en el proyecto CITIA, en un registro biométrico de acceso al metro, perfectamente podría habilitar para que un vigilante de metro, frente a un incumplimiento, pudiera generar ese registro biométrico, conforme a la Ley de Protección de Datos Personales, y hacer la denuncia correspondiente ante el juzgado de policía local, entendiendo que es una falta que está tipificada. Pero creo que lo que plantea el diputado Soto es muy valioso, en orden a avanzar, y que las normas que nosotros dictamos no sean de otra muerta, sino que efectivamente cuando tienes registro biométrico y tú tienes las bases, lo puedes identificar y eventualmente se puede multar. Es cierto, porque el no pago de la multa, que es lo que te habilita el juzgado policial local, tiene asociado, por ejemplo, reclusión nocturna. ¿Cómo se llama? Reclusión nocturna. Eso, presidente. Gracias, diputado Leiva. Reemplazado por el diputado Soto. Pero sienta algo, Leo, que es importante. No, presidente, por su intermedio, yo la verdad que me parece de toda lógica, me parece que esto es una indicación que a nadie le debe sorprender, porque lo que busca es precisamente darle eficacia al resto del cuerpo legislativo, así que yo por lo menos me parece muy valioso y estoy por aprobarlo. Gracias, presidente. Yo en el sentido contrario me parece complicada la norma porque, a ver, tiendo a pensar que lo que estamos buscando con esto es que el metro y el transporte, pero particularmente el metro, pueda cumplir con su función, trasladar a los pasajeros a cualquier punto que tengan como destino. Por lo tanto, lo que importa es que en el metro no exista, por ejemplo, el comercio ambulante o no se valgan de tarjetas con beneficios, digamos, para... Eso es lo importante. No creo que lo relevante aquí, y por favor espero a través suyo, presidente, que el diputado Schalper no exacerbe esto, no se trata de pesquisar cuáles son las mafias ilegales. Eso requiere investigación.
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delito, etcétera. Aquí lo que estamos haciendo es que funcione bien el metro. Y en esos términos, a mí me parece que, rescatando lo que dice el diputado Leiva, su intermedio, lo que uno busca es sacarlos del metro y evidentemente que no vuelvan a entrar. Para esos efectos, me parece que un reconocimiento biométrico permite, a lo mejor, no saber la identidad, pero sí que no vuelvan a entrar al metro. El resto es materia de las policías. Eso. Gracias. Diputada Plasencia, y después diputada Novia. Sí, yo creo que en la práctica una de las cosas que estamos debatiendo es cómo se le otorgan algunas facultades a los guardias de metro, pero para que, como decía la diputada Fríes, puedan despejar y que el metro funcione de manera correcta. Y yo creo, presidente, que debido a que las medidas de seguridad tienen que actualizarse permanentemente o tienen que generarse condiciones operativas para que los guardias puedan cumplir de mejor manera su función, el control de accesos, por ejemplo, en el metro, es algo que no necesita, ¿cierto? Una modificación legal, no necesita nuevas atribuciones; es algo que Metro puede hacer, ya tiene atribuciones para eso. Entonces, claro, además hay un estudio de dónde son los lugares más conflictivos o dónde estas cosas se dan más frecuentemente. Incluso, teniendo información coordinada con carabineros o con otras instituciones que acceden a información, puede Metro tomar medidas preventivas. Eso se puede hacer y yo creo que ya está dentro de sus facultades. Agregar una retención es cuando ya, en el fondo, las medidas preventivas no funcionaron. Y yo creo que acá lo que estamos haciendo es justamente ver la posibilidad de ajustar esas facultades. Pero, principalmente, yo quiero decir que hoy día atribuciones para la prevención de este tipo de situaciones Metro ya tiene. Entonces, yo creo que acá se está abriendo una puerta que me parece que es compleja. Sí estaría de acuerdo con lo que se ha propuesto acá por parte del diputado Leiva, que pudiera hacerse alguna incorporación de tecnología que permita la identificación biométrica, y en ese caso creo que exponemos menos a los funcionarios de Metro a sufrir agresiones producto de retenciones que pueden ser complejas. ¿Y ahí qué vamos a decir? Yo creo que si está el señor ministro acá, la subsecretaria, si hay un proyecto de ley, si el Ejecutivo le pone energía, es porque a Metro le faltan herramientas, le faltan brazos para controlar lo que está pasando adentro. Diputada Navellán. Muchísimas gracias, presidente. La verdad es que hoy día los guardias de metro están con los brazos amarrados, porque efectivamente si alguien no quiere mostrar la cédula de identidad cuando los guardias la piden, simplemente se van. Y yo creo que acá lo importante no es solamente, como dice la diputada Fríes y la diputada Plasencia, es poder. Aparentemente están muy de acuerdo el Frente Amplio con el Partido Comunista en esto, en varias cosas, digamos. Acá no es solamente que el metro fluya, no es solamente que los pasajeros puedan seguir su camino. Yo creo que lo importante es que detengamos a los delincuentes. Entonces hay un fin que, si es que esta indicación no se aprobara, sencillamente no se lograría el fin de detener a los delincuentes. No podemos seguir con los delincuentes dando vueltas. O sea, aquí no es la gracia que los delincuentes identificados como tales, porque han hecho un delito dentro del metro, simplemente por un tema de identificación visual o no sé cómo se llama, no puedan volver a entrar al metro. ¿Qué sacamos con eso? ¿Lo vamos a tener en la calle? No es la idea. Entonces, yo creo que acá, Presidenta, a mí personalmente me gustaría mucho escuchar la opinión del ministro. Ministro Muñoz, a quien aprovecho de saludar porque llegué un poco atrasada, y también de la subsecretaria de Estado, porque yo creo que ellos también, como Ejecutivo, están de acuerdo con esta indicación. Me encantaría escuchar la opinión de ellos, Presidente, si fuera posible.
Fragmentos 1-10 de 25 (12 disponibles públicamente)

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