Senado Trabajo y Previsión Social

Senado - Trabajo y Previsión Social - 10 de septiembre de 2025

10 de septiembre de 2025
15:30
Duración: 2h 11m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 17628-13 Dar inicio al estudio de las indicaciones formuladas al proyecto de ley que modifica el decreto ley N° 3.500, de 1980, en materia de seguro de invalidez y sobrevivencia.

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Presidente, en la comisión se recibió un oficio de respuesta de la subsecretaria de Hacienda respecto a las dietas de los integrantes del comité directivo del FAP, pero dicen que como es un organismo público de carácter técnico y autónomo, ellos van a derivar la consulta al consejo directivo del FAP. A su vez, hay un oficio del Ministro del Trabajo y Previsión Social en que acompaña el informe sobre el estado de cumplimiento de la cuota de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez. Es un documento que se les va a hacer llegar, si es que ya no se les envió presidente. En su resumen ejecutivo, sí, solo una mención, señalan que se evidencia una leve mejora en el cumplimiento global de la ley, aunque aún distante de la meta legal que exige acreditar un cumplimiento superior al 80% de las entidades obligadas para la entrada en vigencia de la cuota del 2% establecida en la ley 21.006. Nada más, Presidenta. Sí, así es. Sí, Presidenta. Gracias, Presidenta. Saludar a nuestro subsecretario. Saludar también a los colegas, a los representantes del Ministerio del Trabajo, de la Superintendencia de Pensiones también. Lo había obviado, discúlpeme. Pero hacer el punto, Presidenta, a esta hora de la mañana hay una protesta fuera de la gobernación de Ñuble a propósito de los programas Pro Empleo y su retardo en el pago. Nosotros sabemos que hay una complejidad mayúscula, sobre todo en la región que yo represento, que es Ñuble. En donde ha habido, obviamente, hace mucho rato una necesidad de tener una respuesta en materia laboral, lo he planteado aquí en registrado de ocasiones, me he reunido con el ministro del Trabajo, a propósito de cómo enfrentamos los dos dígitos que hace bastantes meses ya han estado presentes en la región de Ñuble con las tasas de desempleo. Yo valoro, efectivamente, que haya un esfuerzo, pero no hay resultado. Yo creo que es importante hoy día poner sobre esta mesa Lo que está ocurriendo en Ñuble, que lo vivimos también el año pasado, es decir, hay recursos destinados que además se comprometen los gobiernos regionales para poder dar curso y poder dar pago, y resulta que eso no ha ocurrido. El retardo de los pagos llega que hoy día hogares van o están hace mucho tiempo sin un sueldo con el cual poder enfrentar las necesidades que hoy día tenemos. Yo creo que a mí me gustaría que se pudiera oficiar y tener alguna respuesta desde el Ministerio del Trabajo. Yo no sé si el Ministro va a venir o no, pero esta situación es crítica para la región de Ñuble y yo quiero poner de nuevo el punto. Si no tenemos una solución, entonces yo creo que hay que al menos trabajar una alternativa. Acabamos de cumplir siete años en la región de Ñuble y tenemos cifras malas que exhibir, alta vulnerabilidad, alta pobreza y hoy día una alta tasa de desempleo. Y yo puedo comprender que es dificultoso, pero además si esto se suma al anuncio de la IPRES, donde va a haber una disminución del presupuesto de los gobiernos regionales, cerca de 5.000 millones en el caso de Ñuble, entonces no logro comprender qué es lo que se está mirando y en dónde estamos poniendo las prioridades cuando hay hoy día necesidades visibles, objetivas que hemos planteado y que obviamente no han sido resueltas. Entonces, a nombre de los trabajadores y por supuesto de este programa, que además se anunció con bombo y platillo. que se iba a disminuir tanto en Bío Bío y Ñuble a propósito de generar trabajos o fuentes laborales más permanentes, porque quisiéramos que no existieran los programas pro-empleo. Lamentablemente hoy día, esto fue en mayo de 25 y estamos en septiembre, junio, julio, agosto, casi tres meses después tenemos esta misma situación. Entonces, Presidente, solicitar un oficio y respuesta, ojalá de la manera más urgente a la que estime el Ministerio, pero al menos tener una salida o una respuesta a la gente de Ñuble. Entonces, esto es al Ministerio del Trabajo. Ahí son programas que tienen más de 20 años, en el caso de la región del Bío Bío. Era eventual, permanente, como 20.000 personas que están involucradas en esto. Y a mí me gustaría que se agregara y se esclareciera por qué se produce el atraso en el pago. Tengo la impresión...
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que tiene que ver con la toma de razón de la Contraloría. Y si es así, la señora Doris, así como ha sido tan precisa y tan certera en esclarecer algunos hechos que al país han conmovido, créame que las familias también se conmueven cuando su sueldo no llega a tiempo y el organismo Contralor retiene o se demora en todo lo que son los informes necesarios para dar cumplimiento al pago de estos ingresos que son mínimos. Entonces, yo agregaría ese punto, saber por qué la Contraloría demora mucho tiempo en la toma de razón de esto. Gracias, presidente. Solo para precisar, en el caso de Ñuble, la vez pasada no fue esta la causa, hubo un retardo en los pagos y la transferencia de recursos que estaban comprometidos vía gobierno regional, vía convenios, así fue. Entonces, también que para ser precisa, nosotros vemos a los gobernadores regionales con mucho ímpetu, pidiendo apoyo para que se aumente la competencia, nos minien presupuestos, pero una fórmula muy distinta tiene que ver cómo impacta también las decisiones que toman cuando habiendo recursos no cumplen la palabra de pagar y transferir los recursos para que no tengamos esta situación que fue la que tuvimos ya el año pasado y que hoy día volvemos a tener en la región de Ñuble. Yo ojalá si el subsecretario o sus asesores que los veo que andan por acá pudieran recopilar la información que tenían antes del término de la sesión, sería fantástico, pero hoy día la situación agobia y sobre todo en la región de Ñuble, que insisto, es la número uno en tasa de desempleo que tenemos en la región, en el país. Gracias, Presidenta. Sería más preciso que el gobierno regional informe porque el retraso en la transferencia de recursos vía convenio para el pago de esto. Eso es, para no estarle hiperbólicamente diciendo cosas al gobernador. Gracias, presidente. Hace algunas semanas atrás en la Araucanía tuvimos situaciones bien similares con un programa que se denomina PIC, que es Proyectos de Inversión en la Comunidad, que entiendo que son programas de empleo, para decirlo claramente. Intervino el ministro Bocardo y logramos... Se estaban debiendo como tres meses, es la mitad de un salario mínimo, entonces el enojo que había contra los alcaldes era muy fuerte. En realidad los alcaldes no tenían mayor responsabilidad porque eran ellos quienes no les habían llegado los recursos. Lo que quiero decir es que vamos a tener que poner mucha atención, presidente, en la discusión del presupuesto, porque esto tiene directa relación con las normas que establecimos a raíz de todas las situaciones de convenios de los gobiernos regionales. Como nos pusimos más estrictos, no nos dimos cuenta que en muchos casos se iban a crear situaciones como esta. Yo tengo entendido que aquí hay un triple control de la Contraloría. O sea, cuando el gobierno central le entrega los recursos al gobierno regional, va a la Contraloría. Cuando el gobierno regional le entrega los recursos a las empresas, porque en muchos casos son empresas las que están, son privados. Va nuevamente a la Contraloría. Si va a los municipios, porque en algunos casos son los municipios los que están ejecutando el proyecto, también va a la Contraloría. Y claro, en cada etapa es tiempo. Entonces vamos a tener que ver si este tipo de programas pueden tener alguna tramitación que sea más fácil, más rápida, porque si no, se nos va a seguir el próximo año originando problemas muy, muy parecidos. Eso, presidente. Gracias. Bueno, yo respaldando al senador Carvajal, dado que además ojalá el ministerio pudiera responder qué es lo que está pasando, porque si hay una huelga, hay una complicación ciudadana importante y lógica además, ojalá pudiéramos tener la respuesta de parte de ustedes el por qué y cuándo se va a destrabar la situación. Y también compartir con el senador García. Yo creo que... Entendiendo todo lo que ocurrió con fundaciones, con muchas cosas, necesitamos a lo mejor racionalizar y buscar la fórmula de acelerar. Sobre todo instituciones estatales deberíamos tratar de hacerlo un poco más rápido, entendiendo que además va a haber una fiscalización permanente. Entonces creo que ahí deberíamos tratar de flexibilizar un poco. Yo quería hacer uso de la palabra... ¿Terminemos el tema o no? Terminamos, ¿no? Sí, ya. ¿Su punto de idea y no me da el mal la palabra? Para terminar el punto, porque el mío es otro punto. El mío es otro. Otro punto, otra cosa. Sí, solo solicitar a lo mejor...
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¿Puede venir la Contralora en relación a los programas de prueba de empleo? Más adelante, en la sesión que usted disponga, para que nos explique, a ver si podemos proponer algún fast track, alguna fórmula más, si se pudiera, de expedita sobre todo este tema que es tan sensible como usted dice, que hay también mucha cantidad, miles de personas que están. Gracias, Presidente. Mire, me reuní el día de ayer con trabajadores del FOSI. Una institución no tan importante que trabaja además con las personas más vulnerables, más pobres del país, que necesitan ayuda precisamente del Estado. Entonces ellos están en este minuto, la verdad, con harta precariedad laboral y con hartas complicaciones desde el punto de vista que le afecta al servicio, las funciones, los viáticos, etc. Entonces, si fuera posible, ellos tienen además una propuesta de planta que está en este minuto en la DIPRES y ya está consensuada con el Ministerio de Desarrollo Social. Entonces, si fuera posible, enviar el respaldo para poder revisar lo antes posible esta propuesta a la DIPRES, al Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Desarrollo Social. Porque solo decir que el primer año de funcionamiento, que sería el próximo año 2026, plantea esta propuesta, son 87 millones de pesos de aumento en la institución. O sea, absolutamente nada. Y en régimen, en tres años después, son 1.181. Entonces, si fuera posible, presidente, enviar esto con respaldo para una mejora en los trabajadores del FOSI y trabajadoras. Muchas gracias. Bueno, sobre el proyecto que no... Hemos convocado y antes de eso está presente y agradecemos al subsecretario de Previsión, el superintendente y parte del equipo del Ministerio del Trabajo. El ministro del Trabajo entregó sus excusas, lo mismo que el ministro de Hacienda. Sobre el proyecto que modifica el decreto ley 3500 en materia de seguro de invalidez y sobrevivencia. Este es el tiempo en donde ya se cerró los espacios para hacer indicaciones. Llegaron 14 indicaciones, 6 del Ejecutivo y 8 de Parlamentarios. Todos sabemos que el artículo 65, si no me equivoco, de la Constitución, numeral 6, es claro y es taxativo respecto de las facultades que tenemos todos. Yo para... Mejor proceder, preferiría que hoy día comenzáramos a ver las del Ejecutivo, que están tanto solo para la discusión y están dentro de los marcos de la Constitución. El próximo lunes a las 10 y media tendríamos sesión acá, porque a las 3 de la tarde está convocada la sala, por lunes y martes. Y ahí... Y la pregunta al Ejecutivo, habría la respuesta cierta respecto de las indicaciones que en definitiva podrían continuar con el aval del gobierno y otras que en definitiva son fuera del marco de la constitución de 1980 y sus posteriores modificaciones. Se arraiga el pancico, pero sí es la historia, no tenemos por qué desconocerla. Y por lo tanto, ese Estado de Derecho hay que respetarlo. Y digo yo que entonces el lunes tendríamos las respuestas de cuáles son ellas indefinidamente las ambisibles, las que contarían con el respaldo del Ejecutivo y las que no, en definitiva las declaramos inambisibles y continuamos con el análisis y posterior votación de las indicaciones que darían la consistencia del proyecto para después llevarlo a la sala. No, pero... Nosotros terminamos, Hacienda tiene que ver si hay gastos, no, no más. Esta es la comisión técnica que revisa lo que le compete. Si no, ¿para qué tenemos comisión de trabajo y tengamos una sola en el Senado? No, la gracia no es esa. Bueno, dicho eso, entonces empecemos con la del Ejecutivo. Pero antes de eso, Ejecutivo, ¿estamos de acuerdo con...? Ok. ¿Hay algo más? Que las vayan explicando cuando... A ver, la propuesta de método sería, la vamos leyendo, el Ejecutivo explica y ahí debatimos y votamos. Ya. Entonces, en el comparado...
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Tienen ahí en sus puestos, página 6, ahí está la primera indicación, que es del Ejecutivo, referida al artículo 29 del Decreto Ley 3500, que se refiere a las comisiones, las comisiones que serán establecidas por la Administradora, etc. El Ejecutivo, en la columna tercera de las indicaciones propone reemplazar el literal B que se había aprobado en general, que está en la segunda columna. Voy a leer lo que propone en ello. Dice, reemplázase, aquí colocan la oración completa, reemplázase esta oración, la comisión en base a un porcentaje de las remuneraciones y rentas imponibles corresponderá a la cotización adicional señalada en el inciso segundo del artículo 17. Esta comisión deberá ser diferenciada para los afiliados que no tengan derecho a la cobertura del seguro de invalidez y sobrevivencia, a que se refiere el artículo 59, y para quienes por cotizar como independientes y los afiliados voluntarios no estén afectos a la letra B del artículo 54. Todo eso que leí yo, el Ejecutivo propone reemplazarlo por: “el cobro de la comisión de que trata este inciso se sujetará a lo dispuesto en el artículo 19”. Por lo tanto, el inciso tercero quedaría así: la comisión por el depósito de las cotizaciones periódicas solo podrá establecerse sobre la base de un porcentaje de las remuneraciones y rentas imponibles que dieron origen a dichas cotizaciones. El cobro de la comisión de que trata este inciso se sujetará a lo dispuesto en el artículo 19. ¿Cierto? Sí, eso es. Sí, presidente, vamos a intercambiar opiniones con el superintendente. El superintendente se referirá a esta indicación en específico. Buenas tardes, con su permiso señor presidente, saludo a los parlamentarios presentes y a todos quienes están en esta sala o quienes nos escuchan o ven. Lo que había hasta antes de la reforma es que toda la comisión de la Administradora de Fondos de Pensiones se recaudaba en conjunto con la Prima de Seguro Invalidez y Obrigencia. De eso hasta el 2008 la comisión de la FP se llamaba cotización adicional y la cotización adicional incluía la retribución de la mecha hora y el pago del seguro. En el 2008 eso se separó y la cotización adicional considera la comisión de la FP por separado del seguro. La reforma previsional que este Congreso aprobó dio un paso adicional a ese e incorporó al seguro de invalidez y sobrevivencia como una prestación del Seguro Social. Por lo tanto, ahora este proyecto lo que hace es eliminar el concepto de cotización adicional y deja completamente separados los conceptos de comisión de la Administradora, que es su retribución, de la prima del Seguro. Eso lo hacen todos los componentes del proyecto, de tal manera que no existe esta confusión entre qué va a la Administradora y qué va al FAP. Y en este caso, en el artículo 29, había quedado una omisión. Porque además de este Congreso, en la reforma que se aprobó, se estableció un sistema único de cobranza de cotizaciones. Ese sistema único de cobranza de cotizaciones, que va a entrar en vigencia en junio del próximo año, va a unificar la cobranza de las deudas previsionales impagas, tanto del Seguro Social como de las cuentas individuales, y van a participar de las Administradoras de Pensiones y el IPS, en representación del FAP. Al separar las comisiones de las AFP, de las primas de los seguros y del Seguro Social, hay un concepto que quedó fuera, que son las comisiones de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Cuando se redactó el sistema único de cobranza, no estaba hecha esta separación que se hace acá, en este proyecto en forma completa. Entonces, el sistema único de cobranza, como está hoy día, si se interpreta literalmente, solo puede efectuar la cobranza de las cotizaciones que van a las cuentas individuales de las personas y las cotizaciones que van al Seguro Social, pero no puede cobrar las primas del Seguro. Lo que no puede cobrar son las comisiones de las AFP. Entonces, esa omisión es la que se salva acá y se deja claro que es un sistema único de cobranza. Puede cobrar las cotizaciones de los trabajadores, las que le hace el empleador, y las primas del Seguro, y también puede cobrar las comisiones de las AFP. Esa es la única salvedad que se corrige acá. Gracias.
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También, sí. Sí, exacto. Muchas gracias, presidente. Yo tiendo a compartir la indicación del Ejecutivo, porque además simplifica bastante el texto. Sin embargo, yo tengo una duda respecto del inciso segundo del artículo 29. Ese inciso segundo nos está modificando, ¿no? Yo entiendo que nos está modificando, se me entiende. La redacción, para mi gusto, es rara, pero no voy a hacer cuestión porque ya... digamos, porque nos está modificando. Es que es raro cuando se dice que... respecto de la cuenta de capitalización individual, solo podrá estar sujeto al cobro de comisiones del depósito de las cotizaciones periódicas. O sea, claro, obviamente que se cobra comisión solo sobre las comisiones, perdón, se cobra comisiones sobre el depósito de las cotizaciones periódicas, pero como que da la impresión que se pudiera cobrar sobre la cuenta de capitalización individual. Pero como no está en discusión, digamos. Yo comparto el tenor de la indicación presentada por el Ejecutivo. El presidente pone en votación esta primera indicación del Ejecutivo. Senador García, a favor. Senadora Carvajal. A favor. A favor. Senadora Sepúlveda. A favor. A favor. Presidente, a favor. Aprobado por la unanimidad de las y los integrantes presentes. Luego hay que ir a la página... ¿Solo las del Ejecutivo Movera? No, por eso sí. Porque estemos tranquilos. Página 12. Página 12. Página 12. En la página 12 está la indicación número 7 del Presidente de la República, que propone lo siguiente. A ver, esto está referido al artículo 59 bis. Dice el seguro que se refiere al artículo anterior, que es el seguro para cubrir las pensiones, cierto, de invalidez y otras, será adjudicado mediante una licitación pública. El Ejecutivo propone reemplazar el numeral doble I, que está en la segunda columna, por el siguiente. Ahí están comparados, así que se entiende. Dice, agrégase a continuación del punto aparte, que pasa a ser una coma. Aquí en el inciso primero, lo siguiente. Y no le serán aplicables lo dispuesto en la ley número 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio. Las bases de licitación deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo del Administrador del Fondo. Esto para que se entienda... Y se regirá por la... El seguro que se refiere al artículo anterior será adjudicado mediante una licitación pública. El proceso de licitación será efectuado, esto ya fue aprobado, por el administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional y se regirá por las normas establecidas en la presente ley y en las respectivas bases de licitación, las que se sujetarán a lo dispuesto en la norma de carácter general que dicten la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero para tales efectos y se agrega, y no le serán aplicables, lo dispuesto en la ley... de base sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. Y las bases de licitación deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo del Administrador del Fondo. Eso es. Presidente, por su intermedio, esta indicación tiene por objeto incorporar expresamente que la licitación que realiza este Fondo Autónomo de Protección Provisional sobre el seguro en validez y sobrevivencia se excluye de la ley de compras públicas. En la actualidad, la licitación del seguro... está realizado por la AFP, que se rige por el decreto ley 3500, y la norma conjunta que dictan la Superintendencia de Pensiones y la Comisión de Mercado Financiero. Debido a que ahora esta licitación la va a organizar el Fondo Autónomo, que es un organismo público, técnico y autónomo, se prefiere calificar que se está expresamente excluido del régimen de ley de compras públicas, al igual que la licitación de cartera de inversiones que va a realizar posteriormente que está regulado por el artículo 29 de la ley de reforma de pensiones, la ley 21.735.
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