1.- Bol.N° 17007-07 Continuará con el estudio en particular del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de crear el Departamento de Seguridad Especial en Gendarmería de Chile y regular dicho régimen penitenciario.
Para el análisis de esta iniciativa ha sido especialmente invitado el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo.
Vista pública limitada
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Buenos días, en nombre de Dios y la Patria se inicia la sesión. Muy buenos días a la senadora Sbergia, al senador Araya, al senador Durresti, a la secretaría, al subsecretario, a cada uno de nuestros asesores y asesoras. Sí, tome asiento. Por favor, gracias. Le voy a dar la palabra al señor secretario para que dé lectura a la cuenta.
Gracias, Presidenta. Buenos días, senadoras, senadores, señor ministro. Se han recibido las siguientes comunicaciones: dos documentos con observaciones al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de crear el Departamento de Seguridad Especial de Gendarmería de Chile y regular dicho régimen penitenciario. El primero, del presidente nacional de la Asociación de Gendarmes de Chile, señor José Carrasco, y un segundo documento de la presidenta nacional de la Asociación Nacional de Suboficiales y Gendarmes, señora Ailén Amaro. También hay una solicitud de audiencia del Frente de Trabajadores Penitenciarios, que agrupa a tres asociaciones de personal de planta de Gendarmería: ANFUB, AGECH y ANSOJ, para exponer sobre el proyecto de ley ya mencionado, el que está hoy día en la tabla. Se especifica en la comunicación, en su solicitud, que intervendría en su representación de estas organizaciones el señor Fuad Chahín Valenzuela. Eso, Presidenta, respecto de la cuenta.
Muchas gracias, señor Secretario. Sobre la cuenta: bueno, esta no es la primera solicitud, lógicamente, que recibimos para ser oídos. Tomamos un acuerdo hace unas sesiones atrás de que recibiéramos por escrito sus comentarios al proyecto, que lógicamente les íbamos a dar lectura, incluso en la propia comisión, no que quedara restringido solo a la revisión de nosotros, de nuestros equipos.
Entonces, me gustaría que pudiéramos fijar una hora para aquello. Me parece vital que se conozca públicamente qué es lo que opina —ese es el objetivo, obviamente— qué es lo que opina cada uno de los gremios. Y esto es porque evidentemente estamos votando el proyecto. Me imagino que ya revisaron las citaciones, por lo tanto vamos a tener este proyecto hoy y mañana con el ánimo de poder despacharlo. Quiero decir aquello para abocarnos rápidamente a la discusión y votación del proyecto.
Ah, y sin antes recordar que para el martes 6, si no me equivoco, de octubre, hasta ahí teníamos pendiente la fecha de las indicaciones que eventualmente puedan ingresar al proyecto que ya votamos en general la semana pasada del derecho a la ciudad. Sería el lunes 6 de octubre que teníamos pendiente la fecha. Sí, acá directo a la comisión lo digo por ser un proyecto de artículo único. Gracias, señor Secretario.
Entonces, sigamos con la discusión del proyecto. Señores senadores, les pido que vayamos a la página número 8, 8 y 9. Recuerdo, sus señorías, que estábamos en el examen de la indicación 4A de la honorable senadora Núñez, que era para agregar un numeral nuevo que implicaba agregar un inciso décimo y final del siguiente tenor al texto del artículo 27.
Hubo un largo debate sobre esta disposición, se dejó pendiente en la última sesión y el Ejecutivo iba a estudiar este tema e iba a hacer alguna propuesta en esta materia, Presidenta.
Sí, muchas gracias, señor Secretario. Efectivamente, después de haber revisado la indicación, la verdad es que hubo bastante concordancia en que era necesario tener esta información compartida, coordinada, que lógicamente fuera un sistema coherente y por lo tanto hubo algunas alertas, cierto, que levantó, por ejemplo, el senador Araya respecto de la ejecución, o sea, toda la información, también la senadora Pascual, que estuvo presente, lo hacía ver, pero sí con el ánimo de que fuera el Ejecutivo el que trajera una propuesta, dado que obviamente la indicación yo la presenté y eso es lo que entiendo que podría servir para poder tener esto de la interoperatividad de la información en los sistemas de inteligencia.
Así que le quiero dar la palabra al señor ministro subrogante y de lo contrario poder avanzar al menos en la votación de la indicación, porque la verdad es que estamos en eso. Así que, señor ministro.
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Presidenta, con su temeo, muy buenos días a todos los senadores y senadoras. El ministro nos encargó que pudiéramos traer la propuesta, en este caso sería la de recogiendo lo que usted indica, en el sentido que nos parece relevante, que quede claro que la Agencia Nacional de la Inteligencia debe tener esta información, proponemos incorporar en el artículo 27 del ejercicio segundo a la Agencia Nacional de Inteligencia como una de las instituciones públicas que en el ejercicio de sus funciones puede requerir información a Gendarmería de Chile.
Solamente recordar que este artículo dice, en el fondo, con toda la referida información deberá ser entregada siempre a requerimiento de la Cámara de Diputados, Tribunal de Justicia, Contraloría General de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, la Dirección de Presupuestos, y en ese caso entonces propondríamos incorporar también a la Agencia Nacional de Inteligencia.
Solamente también el contexto de este trabajo, señora Presidenta, por su intermedio, es un trabajo bastante expedito, en el sentido de que existe una relación directa, permanente, semanal, de hecho y diaria, en que hay personal de inteligencia de Gendarmería de Chile destacado en la propia Agencia Nacional de Inteligencia para aportar a la elaboración de los informes.
Entonces eso, de acuerdo también con el esquema de la ley de inteligencia, nos deja tranquilos de que la preocupación que usted expresa, señora Presidenta, en su indicación va a estar bien cubierta y aún más va a estar reiterada en el propio texto de la ley con esta agregación, si es que a usted le parece. Esa sería la propuesta del Ejecutivo.
Perdón, le quiero pedir que si nos puede repetir el lugar, porque nosotros estamos en el artículo 27 y la propuesta es, más allá del texto, es llevarlo… Presidenta, para llevarlo al inciso segundo del artículo 27.
El artículo 27, en su inciso segundo, que se refiere a la información, dice en la actualidad, con todo, se hace, por cierto, en el inciso primero, la descripción de toda la información, ¿verdad? Y luego dice, con toda la referida información deberá ser entregada siempre a requerimiento de la Cámara de Diputados, los Tribunales de Justicia, la Contraloría General de la República, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Dirección de Presupuestos en ejercicio de sus funciones. Aquí hay una norma perentoria, deberá, ¿no es verdad?, entregar esa información y creemos que el propósito de su indicación se cumpliría si nosotros agregásemos a este listado de instituciones a la Agencia Nacional de Inteligencia.
Perdón, presidente. Es que me gustaría que el secretario pudiera explicar bien el tema porque el 27 discurre de un tema absolutamente distinto a lo que plantea la indicación suya, que es respecto de que tiene que ver con temas directamente de Gendarmería en cuanto a quiénes son los funcionarios, planos y demás, no respecto a la información que pueden recabar en el caso de una determinada persona que está cumpliendo una medida cautelar o una condena privativa de las visitas que tienen. Son dos temas, están mezclando dos temas que no… Es la impresión que tengo de la indicación.
Y yo para agregar, y así le doy la palabra por dos temas, si se está cumpliendo con el fondo del asunto, si con esta propuesta se daría por resuelto lo que obviamente yo planteo de la indicación, entonces cuál es el problema de ubicarlo donde lo estamos planteando originalmente, dado que efectivamente en el caso del artículo 27, a propósito de la nueva propuesta, y por lo que decía el senador Araya, el encabezado es que se consideran secretos los siguientes documentos cuya publicidad afectara la seguridad del personal de Gendarmería de Chile, y en este caso no es la seguridad del personal de Gendarmería de Chile, estamos hablando de información que busca que tenga la Agencia Nacional de Inteligencia, los órganos de inteligencia y las fuerzas armadas, por decirlo de alguna manera, por la seguridad del país, por poder tener esta información y prevenir, preacaber, anticipar riesgos, etc.
Sí, en la regulación integral que nosotros estamos proponiendo, y eso lo vamos a ver ahora, señora Presidenta, hay un artículo 27 bis en el que estamos ordenando qué información se refiere a todo el régimen de seguridad especial. Y por lo tanto la inclusión de la Agencia Nacional de Inteligencia en el artículo 27 al nosotros integrar en el artículo…
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El artículo 27 bis, todo el régimen lo haría aplicable también a aquellas instituciones que puedan requerir la información. Por lo tanto, nos parece que de esa manera queda bastante cerrado y sí se refiere a toda la información que tiene que ver con el régimen de seguridad especial.
El artículo 27 bis dice, serán secretos cuando su publicidad afectara el debido cumplimiento de las funciones del servicio, los documentos, datos e informaciones que obren en poder de Gendarmería relacionados con sus funciones asociadas al régimen de seguridad especial y todos aquellos antecedentes de los que el personal del Departamento de Seguridad Especial tome conocimiento en el desempeño de estas funciones o con ocasión de aquellas. Y luego establece la restricción respecto de que solo podrán tener acceso a los antecedentes señalados en el inciso primero las personas debidamente autorizadas para ello. Con todo esto será aplicable lo expuesto en el inciso segundo y final del artículo 27 para efectos de la entrega y reserva de la información referida en el inciso primero de este artículo.
Por lo tanto, de esa manera y con esa referencia, señora Presidenta, quedaría cubierto lo que usted consulta, por su intermedio. Señor Secretario, gracias, Ministro.
Sí, atendiendo a la observación que hacía el Honorable Senador señor Araya, la indicación de la senadora, entiende la Secretaría, que es entregar información y bases de datos personales relativas a las personas privadas de libertad. Son personas que están privadas de libertad. Las hipótesis que están en el inciso primero del artículo 27 se refieren a funcionarios de planta, a lo atinente a planos e instalaciones de las unidades y a las concernientes a las características de las armas de fuego, partes y piezas de ellas, municiones y explosiones que se mencionan.
Entonces, por lo menos la primera referencia al artículo 27 en el inciso segundo, cuando se menciona que la referida información se deberá entregar a las entidades que ahí se señalan, se refiere a esa información, la del inciso primero. Pareciera que el sentido de la indicación de la senadora Núñez está más bien referida a información del personal detenido que no aparece en el inciso primero del 27.
Voy a agregar solamente, señor Secretario, gracias por ese punto de que estamos hablando de datos personales, que obviamente como son datos personales tienen que tener un tratamiento distinto a propósito del lugar que se plantea recoger.
Si me permite, lo que dice por su intermedio, señora Presidenta, el Secretario es efectivo respecto de la actual redacción del artículo 27. Es por eso que yo hacía referencia a la norma que vamos a ver a continuación, que es la que completa el régimen de información. Y por tanto, si nosotros lo miramos en el contexto del artículo 27 bis que acabo de leer, es lo suficientemente amplio como para que se requiera cualquier tipo de información que tenga que ver en este caso con las funciones asociadas al régimen de seguridad especial y todos aquellos antecedentes de los que el personal del Departamento de Seguridad Especial tome conocimiento en el desempeño de estas funciones. Lo que evidentemente también incluye a las personas que están en este régimen.
Entonces, al cubrirlo de esa manera, y por su intermedio, señora Presidenta, es correcto lo que dice el Secretario, y por eso estoy haciendo referencia a una norma que no hemos visto todavía. Pero si eso es así y podemos avanzar con la aprobación de esa norma, la propuesta del Ejecutivo para recoger su indicación sería integrar a la Agencia dentro de aquella institución a la que tiene que entregarse esa información, entendiendo que esta información está de manera más general en el artículo 27 bis y cubre lo que usted señala en su indicación.
Por su intermedio, voy a discrepar con el subsecretario porque a mí no me queda tan claro que esté cubierta, porque el 27 y el 27 bis ya están aprobados, y el 27 lo que discurre es simplemente respecto de información de Gendarmería como institución, funcionarios, armas, planos, etcétera, que requieren la Cámara de Diputados en razón de su rol fiscalizador y otro ente.
El 27 bis, si actualmente se le da esa interpretación, igual habría que incluir acá a la Agencia Nacional de Inteligencia, porque todas estas normas que dicen relación con tratamiento de datos personales, datos reservados, no pueden aplicarse en forma genérica, tienen que tener un tratamiento específico.
Entonces, si uno no lo coloca acá, se podría entender que los otros antecedentes que nos dicen relación con Gendarmería y que dicen relación con la población penal, o como se plantea en la indicación, con las visitas que recibe la población penal, no quedarían cubiertos bajo esa hipótesis. Ahora, claro, la alternativa es que este inciso...
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…esa referencia del subsecretario, tendríamos que sacarlo del 27 y llevarlo al 27 bis. Y ahí se podría entender, pero también habría que colocar las limitaciones, que por ejemplo la Cámara de Diputados no tendría por qué acceder a información respecto de las personas que se encuentren privadas de libertad, que esta es una información que solo accede a las policías y el Ministerio Público. Entonces, por eso, yo tendría cuidado de que esto fuera donde está planteando el subsecretario, y si vamos a avanzar en esto, debiera ser en una norma específica en el 27 bis, y especificar qué es lo que puede pedir la Agencia Nacional de Inteligencia en este caso. Yo no creo que esto tenga que tener una regulación genérica, porque ser información de datos personales y reservado secreta, tiene que tener el tratamiento específico en la norma.
Sí, yo creo que, insisto, si el Ejecutivo hubiese venido en esta sesión a indicar, por ejemplo, que no estaba de acuerdo con el fondo, que como se planteó, no recuerdo quién de los senadores, pero la sesión pasada... Y eventualmente, me parece que el Senado cruzcó que había que revisar si esto era ejecutable o no era ejecutable, o si era una nueva atribución a la Gendarmería, en fin.
Pero la verdad es que quiero ordenar la discusión y decir, estamos todos de acuerdo con la interoperabilidad. O sea, estamos todos de acuerdo con compartir, más que compartir, entregar la información. Eso es como más de fondo, ¿no? Entonces, yo, sinceramente, me pregunto por qué cambiarlo de lugar cuando además, voy a estar diciendo súper genérica, pero el cambio de lugar no se condice con el tratamiento de los datos personales, no se condice con el objetivo que hay de que no sea una atribución, sino que obviamente se tenga que entregar cuando estamos hablando de información base de datos de personas que ya están privadas de libertad, en el caso de los fundamentos hemos dicho, obviamente el tema de la prevención, la necesidad de la seguridad nacional, lógicamente de anticipar el riesgo.
Entonces, si la propuesta no va en la línea planteada, me refiero en el lugar, voy a poner en votación la indicación porque creo que el lugar más indicado a propósito del contenido de la indicación es precisamente donde lo planteamos.
Así que le doy la palabra nuevamente al Ministro, a sus asesores que veo que están ahí discutiendo el tema y si no vamos a votar la indicación.
Sí, la verdad es que nosotros como Ejecutivo estamos abiertos, pero queremos también resguardar la integridad de lo que estamos regulando. Entonces, desde ese punto de vista, si es necesario generar algún tipo de inciso o reorganización, el Ejecutivo está disponible, siempre y cuando, y en opinión nuestra, es importante que no generemos normas que vayan a, yo diría, a establecer regímenes especiales respecto a esta información. Y que entiendo que eso también es la intención de la Comisión.
Yo creo que, claro, si Pudieramos tener un espacio para revisarlo quizás? Y mañana estamos citados, traer alguna propuesta?
No, no, estamos de la semana pasada en esto. Y la verdad es que yo tengo un montón de proyectos y he priorizado al de Gendarmería con estas dos alternativas. Entonces al menos podrían haberlo socializado antes. No sé, estoy pensando en... Pero la verdad es que estamos de la semana pasada esperando algún acuerdo. Yo lo podría haber puesto en votación la semana pasada y... y era probable que se aprobara.
Así que, dicho eso, y entendiendo que, insisto, a ver, no nos olvidemos que con esta información a la que se tuvo acceso, por ejemplo, se pudieron detener las personas del Tendaragua en la última votación. Me refiero a lo que ocurrió con el sicario, por ejemplo, y el tener esta información en la agencia, lógicamente que no ayuda solamente a prevenir, sino que ayuda también a poder tener más herramientas y llegar en definitiva a... a lo que ocurrió en ese caso, a personas que terminan incluso una vez que están privadas de libertad fuera.
En este caso estamos hablando, insisto, de información, de base de datos de personas que están privadas de libertad, están sometidas a este régimen especial, porque no nos olvidemos en qué contexto estamos. Estamos creando precisamente dentro de Gendarmería un Departamento de Seguridad Especial y por eso me parece vital que esta información, insisto, esté a la mano, la tengan, cuenten con ella, tanto la Agencia Nacional de Inteligencia como los órganos de inteligencia y las fuerzas de orden y seguridad.
Usted es secretario, vamos a poner la indicación. Solamente una observación más que entiendo que ya se conversó, pero no quiero pecar de omiso de no señalarla. Una de las cosas que a nosotros nos parece que hay que mejorar en cuanto a la redacción se refiere al tema de la interoperabilidad, porque una cosa es compartir la información o tener acceso a ella, otra cosa es un estándar de interoperabilidad que supone en primer lugar recursos para que Gendarmería de Chile pueda generar esos estándares con ciertos requisitos establecidos de seguridad y por supuesto compartirlo de acuerdo a los estándares de la Agencia Nacional de Información. Y por lo tanto, nos parece que eso al menos...
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Esa parte debería quizás dejarse más genérica, en el sentido de que no se ordene una interoperabilidad que quizás pueda dificultar el mismo objetivo de la indicación. Quizás solamente con la mención de que tengan que compartir obligatoriamente la información bastaría. ¿Por qué? Le digo que, como mencionaba al principio, en la actualidad hay un trabajo que se da, por ejemplo, a través de reuniones periódicas donde se entrega información. Eso no necesariamente califica como interoperabilidad, porque interoperabilidad supone una estructura, supone algún tipo de capacidad tecnológica. Entonces, quizás si pudiéramos dejar fuera esa parte de la indicación, quizás pudiéramos estar más en línea con lo que nosotros estamos pensando. Eso, Presidenta.
Es que eso descontextualizaría completamente la indicación. No logro entender, lo digo sinceramente, no logro entender al Ejecutivo cuando el poder contar, no cualquier servicio, la Agencia Nacional de Inteligencia con información a propósito que estamos creando un departamento de seguridad especial dentro de Gendarmería, entendiendo que además, nueve, además entendiendo que esto, insisto, ha permitido saber quiénes son los que operan en Chile, esta información, este compartir información, que estemos discutiendo de este asunto ahora. Lo quiero decir, de verdad no me deja de llamar la atención. Entonces voy a poner la indicación, senador Durresti, en votación. Y le doy la palabra al senador primero. Pero quiero señalarle, ministro, que lo que me acaba de plantear es desarmar la indicación en definitiva. Lo que buscamos es precisamente... Bueno, yo lo veo así. Gracias.
Presidenta, si me permite sugerir una propuesta. Yo creo que usted tiene razón en la indicación, pero también el Ejecutivo está construyendo una respuesta. Si nosotros podemos tal vez dejarla pendiente y la votamos mañana a primer orden en la tabla, podríamos resolverlo. Yo creo que acá estamos en una complicada ecuación de establecer un sistema. Yo también he objetado la necesidad de que toda esta información se comparta, que exista un conjunto de antecedentes y coincidimos todos que Gendarmería, el ecosistema de Gendarmería y de recintos penales son relevantes, su participación para efectos de tener información, anticipar y poder tener un trabajo. Yo creo, no veo tanta diferencia en la propuesta. Entiendo que usted la construyó de una manera, pero si le damos un borde, digamos, a la reforma que puedan plantear, me permito sugerir eso para tener un resultado. Podemos ganar o perder la indicación, pero creo que ese es un sistema. Me permito sugerir eso, Presidenta, en lo que pueda colaborar.
¿Sabe qué pasa, Senador? Ustedes saben, al igual que yo, que tenemos un sinfín de proyectos. Hace unos días me decían, ¿por qué no ha avanzado el nombramiento de jueces? o por qué no ha avanzado. Y la verdad es que porque tenemos pocas horas dentro de cada comisión y estuvimos discutiendo, yo calculo que una media hora la sesión pasada, otra media hora ahora, de un tema donde me voy a permitir leerlo nuevamente, porque esta es la indicación.
Con todo, la información y bases de datos personales relativas a las personas privadas de libertad sometidas a un régimen de seguridad especial, así como las referidas a sus visitas, serán compartidas de manera interoperable, que por favor no es más ni menos, porque a veces, claro, al final del día el término puede enredarlo, pero es compartida entre estas instituciones, organismos, etc., con la Agencia Nacional de Inteligencia y los órganos de inteligencia de la Fuerza de Armas de Seguridad.
Yo creo, sinceramente, y es lo que ha permitido, por ejemplo, saber que el FEDERALOGO operaba en Chile. Es fundamental tener esto de manera coherente, tener información para prevenir, tener información, porque no se la estamos pasando ni al MIMBU ni al MOBO, o sea, no se la estamos pasando a una fundación, se la estamos pasando a quienes tienen que tener esta información. Y, obviamente, en la línea de un proyecto que busca crear un departamento de seguridad especial precisamente para quienes forman parte del crimen organizado.
Entonces, zanjado, al menos de mi parte, en el sentido de que no tengo ninguna duda de que no era el lugar preciso, el artículo preciso, el que trae el Ejecutivo y el tema es de fondo, habrá una discusión y transparentemos la discusión de fondo. Queremos que la Agencia Nacional de Inteligencia, queremos que los organismos de inteligencia y las Fuerzas Armadas cuenten con esta información de aquellos que están privados de libertad en un departamento de seguridad especial de Gendarmería, que, evidentemente, si llegaron ahí es porque forman parte del crimen organizado o no. Porque esa es la discusión que tenemos que empezar a transparentar y no en qué lugar del proyecto va, a modo de dejarlo, a lo mejor, en un lugar que no sea tan obligatorio.
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que a lo mejor tenga que ir a la misma línea de que la información que van a contar con la que van a contar otros organismos, sin perjuicio que además es un error a propósito de que son datos personales, pero yo creo, senador, que en esto, al final del día, hemos estado postergando una discusión que, si queremos transparentar y queremos ir al fondo del asunto, bueno, hagámoslo, pero no tratemos de buscar o dilatarla porque la verdad es que llevamos dos sesiones y por lo tanto más de una semana. Y se sabía que veníamos a esto discutiendo sobre esta indicación y obviamente me refiero a un tema que estamos agregando en un proyecto que a mi juicio si no queda de esta manera, la verdad es que no tiene mucho sentido ir fortaleciendo instituciones si no compartimos la información dentro de estas instituciones, dentro del Estado, dentro de la agencia, etcétera.
Senadora. Gracias, Presidenta. Yo comparto mucho lo que usted señala, solo tengo una duda. La ley de inteligencia se está viendo hoy día en la mixta y en esa ley se considera a Gendarmería como un organismo colaborador de las instituciones de inteligencia. Entonces me gustaría saber qué más dice, qué significa que sea un organismo colaborador. Porque de repente, que también lo conversamos en la sesión pasada, debiera la ley de inteligencia tener una norma espejo, o solo allá, o solo acá. No vaya a haber una contradicción entre lo que estemos poniendo acá. Yo vuelvo a decir, yo comparto esta indicación de la senadora, pero me preocupa que no vaya a haber una contradicción con la ley de inteligencia. ¿Qué significa o cómo lo entiende esa ley el papel de organismo colaborador de Gendarmería para las instituciones de inteligencia? Gracias, senadora.
Sí, al subsecretario o a uno de sus asesores.
Señora Presidenta, muchas gracias. Honorables senadores y senadoras. Justamente la gran diferencia es que, bueno, la discusión durante la tramitación legislativa en dicho proyecto ha involucrado también cuál va a ser el rol de Gendarmería, si va a ser parte del sistema de inteligencia o no. Y en base a las distintas conversaciones y observaciones de actores invitados, el consenso quedó en que iban a ser parte y iban a tener carácter de colaborador. Y eso significa que justamente el sistema de inteligencia, en la búsqueda de información y en la necesidad de contar con fuentes, con distintas fuentes para corroborar o desarrollar distintas líneas de estudio, iba a poder solicitar a Gendarmería de Chile información. Y esta iba a tener que ser entregada bajo ciertos parámetros. De hecho, una de las grandes virtudes que tiene el proyecto de inteligencia es que define lo que son informaciones clasificadas, le entrega categorías, quiénes van a poder acceder y hay información que, de por sí, en virtud de la ley va a tener carácter de secreto, reservado, confidencial, y otra en la cual justamente las autoridades van a poder dar este carácter. Si bien se consideró que Gendarmería no iba a ser parte del sistema, sí va a ser colaborador esencial y en ese rol tiene que entregar información.
Nosotros por eso también dentro de la propuesta, y perdón que si me extiendo, habíamos considerado que justamente ya la normativa vigente permite a la Agencia Nacional de Inteligencia solicitar información a Gendarmería de Chile a través del artículo 8. Lo que estábamos haciendo también, que esa era la idea de crear un espejo en esta ley, es que efectivamente la Agencia de Inteligencia iba a poder obtener información de Gendarmería de Chile en el ejercicio de sus funciones.
¿Y por qué lo habíamos colocado en el 27? Era justamente también para evitar la discusión que había planteado el Senador Araya en el sentido de que no queríamos que, dejando una norma específica y aislada o autónoma en materia de seguridad especial, eso se podría interpretar después como un argumento para rechazar la información en aquellas partes donde no estuviera. Entonces está en el 27, el 27 bis hace remisión al 27, y claro, entendíamos que cuando se hablaba de que en el ejercicio de sus fusiones esta institución lo iba a poder solicitar, era muy distinto a que lo pidiera la Agencia Nacional de Inteligencia, a como lo pidiera el Ministerio Público, a como lo pidiera la Cámara de Diputados.
Ahí, pero para no perder el hilo, solamente decir que lo que acaba de decir a mi juicio...
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Eso argumenta más el poder avanzar en la indicación porque, al final del día, en el caso de un colaborador, ¿cómo se define? ¿Cómo queda establecido? ¿Colaborador especial? ¿Colaborador...? Organismo colaborador. Claro, pero es… colaborador esencial. Colaborador esencial es la agencia la que le pide información y tiene que colaborar, Gendarmería. Pero, ¿cómo la agencia va a poder acceder a la información si es que no sabe que esa información existe? O sea, obviamente que la agencia va a pedir información que necesita y, por lo tanto, de casos o de personas de las que ya tiene conocimiento. Pero el que Gendarmería, a propósito de la creación de este departamento especial y a propósito de esas personas que van a estar privadas de libertad en este departamento especial y, por lo tanto, que forman parte del crimen organizado, lo más probable es que van a ser personas que, evidentemente, exclusivamente forman parte del crimen organizado, el enviar toda la información para que sea la agencia quien la analice ayuda a prevenir, ayuda a anticipar, ayuda a resguardar, ayuda a evitar que, etcétera, etcétera. Porque, de lo contrario, si nos quedamos solos con lo que dice la norma, la ley de inteligencia, es la agencia la que puede pedir y Gendarmería, a modo de colaborador, la que, obviamente, le tendrá que entregar información. Pero no va a tener ni una posibilidad de adelantarse, de prevenir, tendrá que soñarlo, tendrá que imaginarlo, tendrá que creer que ahí está el personaje detenido, tendrá que… y es distinto cuando se tiene esa información y se puede analizar.
Presidenta, solamente una pequeña observación. Lo que nos parece, tal como expresamos al principio de la sesión por su interminación, Presidenta, es que esta información que usted indica es muy importante, pueda tener la Agencia Nacional de Inteligencia, respecto de los datos personales relativos a las personas privadas de libertad. Lo que no queremos es que se interprete como una norma excepcional que puede impedir, por ejemplo, que el Ministerio Público tenga acceso a esa información. Podría, en el fondo, si yo, como la especifico solamente a propósito de la Agencia Nacional de la Inteligencia, entonces quizás podemos buscar una redacción para que quede claro la conversación, porque, por su intimidad, señora Presidenta…
Es que lo voy a interrumpir porque se están confundiendo los temas, y no sé, o yo por lo menos, que estoy impulsando esta indicación. No tengo interés que sea el Ministerio Público el que acceda a este dato. Así lo entiendo. Pero creo que hay dos organismos, por decirlo de alguna manera, que sí deben tener esta información, porque, si no, ¿quién la tiene en Chile? Que es la Agencia Nacional de Inteligencia, y no, por ejemplo, el Ministerio Público, como usted lo está planteando. Entonces, por eso creo que, incluso, si va en la propuesta del inciso segundo, como la que acaban de traer, se terminan confundiendo los temas. Distinto es que tengamos un párrafo o un inciso exclusivamente para esto, para que no haya confusión de que esta información, que, por supuesto, es delicada, estamos hablando de datos personales, por muy privada de libertad que esté la persona, pero la tenga solo aquellos organismos que nos van a ayudar a evitar, a prevenir, etc. Y por eso creo que lo interrumpí, porque no es el ánimo que la pueda tener también el Ministerio Público. El Ministerio Público accederá a la información que corresponde en virtud de una investigación, pero no de cualquier persona, insisto, por muy privada de libertad que esté.
Me pidió la palabra el Senador Araya y después la Senadora Spergel.
Sí, Presidenta, lo que pasa es que con el último comentario que usted hizo tenemos un problema del enfoque de la indicación, que yo algo deslicé en la sesión pasada. Porque aquí hay que entender cuál es el rol de la Agencia Nacional de Inteligencia. La Agencia Nacional de Inteligencia no realiza investigaciones de carácter penal. La Agencia Nacional de Inteligencia lo que busca es levantar inteligencia con el objeto de que las autoridades políticas puedan tomar decisiones con información. Pero, por esa razón, yo lo que dije la semana pasada es que la ANI pudiera eventualmente requerir la información, pero que no que se la entregara. Pues yo creo que eso va mucho más allá de lo que puede hacer la Agencia Nacional de Inteligencia. En el diseño actual que tiene la ANI y en el diseño que se está planteando, no está pensado que la ANI sea alguien que esté buscando o esté haciendo investigaciones penales. Lo que está haciendo es levantar inteligencia para que la autoridad política pueda tomar decisiones. Y lo que se contempla hoy día, que es un mal mecanismo que tiene la actual ley, es de qué manera se traspasa la información que tienen servicios de seguridad, como puede ser, por ejemplo, inteligencia del Ejército, Fuerza Aérea o Armada, al Ministerio Público en el caso que en el levantamiento de inteligencia, que no dice relación con investigación penal, que es el objetivo de la ANI y los servicios de inteligencia, se detecte que puede eventualmente cometerse un delito. Y eso es lo que además regula hoy día el nuevo sistema. El nuevo sistema no está pensado que aquí la ANI va a ser, entre comillas, un colaborador directo del Ministerio Público en la investigación, en empezar a perseguir tal o cuál cosa. Entonces, bajo el enfoque que usted le está dando, Presidenta, esta indicación, yo creo que primero se parta absolutamente lo que es el espíritu de la ANI y de lo que se está buscando con la nueva ley de inteligencia. Aquí lo que se tiene que permitir es que la ANI, en la eventualidad que esté haciendo un levantamiento de inteligencia, producto de ese levantamiento de inteligencia. Por ejemplo, el caso del homicidio de este ciudadano Ojeda. Se descubre que está relacionado al gobierno venezolano y a partir de eso se requiere información para saber por la ANI, por levantamiento de tipo, te comía más político, si es que hay alguien detenido que pueda estar relacionado.
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Ahí yo creo que es donde puede requerir información, no es que aquí Gendarmería le tenga que mandar por si antes sí. Eventualmente, lo único que se lo debiera mandar siempre, yo creo que debiera ser al Ministerio Público y a las policías, pero no a la Agencia Nacional de Inteligencia, porque son dos mundos absolutamente distintos de lo que se está pensando. O sea, aquí no podemos pensar que la ANI a partir de esto va a empezar a ser una suerte de persecutor penal en la sombra que va a tener que entregarle la información al Ministerio Público. Yo creo que esto traspasa absolutamente la línea de lo que está pensado en la actual normativa de la ANI y en lo que se está pensando en el proyecto que está en la mixta en este minuto. Entonces, en eso… Por eso yo lo dije la semana pasada, tenía dos apreciaciones con la indicación. La primera es que aquí se puede entender que respecto de reos comunes no existe esta obligación. Y la segunda es que esto no podía ser un traspaso automático, que tenía que ser a requerimiento de tema específico. Entonces, como está redactado acá, por lo menos yo no voy a apoyar la indicación con la actual redacción.
Yo creo que ahí está el problema. Yo comparto que no debiera ser requerimiento, yo creo que es lo que conversábamos y era la diferencia que teníamos la semana pasada, ¿no es cierto? Porque acá es lo que dice un poco la senadora Núñez, la presidenta. Hay mucha información que a lo mejor la ANI no sabe que existe. Si no sabe que existe, ¿cómo la va a requerir? Y lo que busca esto es que la ANI haga su pega con la información que existe en los distintos organismos, uno de ellos, en este caso colaborador de inteligencia, que es Gendarmería. Y creo que el ejemplo también lo puse la semana pasada, hace un poco tiempo atrás, ¿no es cierto?, el que no existieran informaciones cruzadas o se compartieran las informaciones entre la policía. De repente la PDI encontraba un arma, no era del delito que ella perseguía, pero sí podía ser uno que estaban persiguiendo carabineros, pero nunca se enteró que carabineros tenían esa arma en Gendarmería para periciarla o qué sé yo. Y ahí quedaba. Eso es lo que uno trata de prevenir, de que se tengan todas las herramientas necesarias para que de verdad se haga el trabajo de inteligencia. Y yo creo que la información que puede tener inteligencia el día de mañana derivado de este departamento especial puede ser muy importante para las labores de inteligencia. Y por eso es que es importante compartirla. Gracias.
A ver, yo quiero agregar dos cosas a propósito, sobre todo, de la intervención del senador Araya. Es evidente que la agencia de inteligencia tiene que coordinar la inteligencia del Estado para que, obviamente, la autoridad civil después sea quien tome la decisión. Si no tiene información, ¿qué va a coordinar? O, por ejemplo, la labor que tienen las agencias, me refiero a agencias en otros países de cooperación, también la tiene que tener si es que tiene información. Si no, es imposible. Entonces, una cosa es que pueda hacer el requerimiento, que hasta donde entiendo y por la misma explicación que dio el Ejecutivo, así está la ley de inteligencia. Pero una muy distinta es, dado que estamos en un proyecto de ley que está creando un departamento de seguridad especial para Gendarmería, donde quienes van a estar privados de libertad van a ser personas que forman parte del crimen organizado, que esa información de esos criminales la tenga la Agencia de Inteligencia. Obviamente, para que la autoridad civil tome una decisión o para que sea información que el día de mañana pueda traspasarse a modo de cooperación con otras agencias. Entonces, a mí el que traspase la información o que sea a requerimiento, lógicamente, es muy de fondo de la indicación y está bien que entremos en el fondo de la indicación, más allá de en qué lugar esté, que lógicamente produce efectos también. Pero que entremos en el fondo, porque si queremos que sea solamente a requerimiento, siento sinceramente que estamos dejando con menos atribuciones de las que podría tener, que es poder acceder a información de personas que van a estar privadas de libertad en un departamento de seguridad especial de Gendarmería, donde, insisto, van a haber personas detenidas que forman parte del crimen organizado. Yo creo que, sobre todo en los tiempos que corren, si no tenemos una agencia de inteligencia que nos permita, al final, yo siento que todo lo que ha pasado ha sido precisamente por falta de inteligencia. Claro, es un tema más profundo que esta indicación, evidentemente, y por eso estamos avanzando en una ley de inteligencia. Pero si no la dotamos de información, de forma de cómo obtener esa información o de recibir esa información, para no decir obtener, requerimiento, etcétera, entonces no sé cómo podríamos dotarla de mayor información para el análisis que corresponde.
Sí, quisiera proponer en el sentido de lo que estábamos conversando una redacción que quedaría de la siguiente manera, que sería la continuación de este inciso… Yo creo que es el noveno del 2017. Sí.
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