1.- Bol.N° 15666-12 Continuar con la votación en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las arenas de playa, terrenos de playa y dunas costeras de todo el territorio nacional.
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De pie, por favor. Muy buenas tardes. En nombre de Dios y la patria se abre la sesión. Muy buenas tardes a la Comisión de Medio Ambiente. Estoy simplemente reemplazando un momento al senador Durresti, que preside la comisión mientras se incorpora. Saludamos a la ministra de Medio Ambiente, asesora, bueno, toda la comisión, el equipo.
Y antes de la tabla, cuenta, secretaria, por favor.
Gracias, presidente. Se ha recibido en la Secretaría un oficio de la señora ministra de Salud, con el que contesta un oficio que envió la comisión, relacionado con los eventos que motivaron la dictación de la alerta sanitaria en el mes de junio de este año en las comunas de Concón, Quintero y Puchuncabí. Las medidas que se adoptaron y el resultado de la investigación se les va a enviar a sus correos.
Sí, presidente.
Muy bien, gracias. Senador Chaguas.
Sí, como uno de los recurrentes del primer recurso de protección y que derivó justamente en el plan de descontaminación ambiental que propuso la Corte Suprema, me gustaría que hiciéramos una sesión especial, presidente, además en nuestra región. Y segundo, me gustaría más que lo pudieran entregar impreso, más allá de los correos electrónicos, si es posible hoy día mismo.
No hay ningún problema. Lo imprimimos. No hay ningún problema.
Por otro lado, el senador señor Prohens reemplazará en la sesión de hoy al senador señor Gaona, según consta del reemplazo que enviaron oportunamente. Eso es todo, presidente.
Muy bien, muchas gracias, secretaria.
Como único punto en tabla, el día de hoy es continuar con la votación en particular del proyecto de ley en segundo trámite que prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las arenas de playa, terrenos de playa y dunas costeras del territorio nacional. Boletín 15.666-12.
Bueno, ya habíamos saludado a la ministra de Medio Ambiente en su rol de colegisladora, Maísa Rojas, y a su asesora legislativa, Rocío Fondón.
¿Dónde quedamos, secretaria?
Presidente, la última indicación que se votó fue la indicación número 7. Entonces, corresponde antes de ver la indicación 8 y 9, ver la indicación 10 del presidente de la República, que contiene las diversas definiciones, que está en la página 5. Y contiene definiciones de duna costera y humedal costero. Eso es. Y después la 8 y la 9.
Voy a leer el artículo. Por favor.
La indicación 10 de su excelencia el presidente de la República es para agregar a continuación el siguiente artículo nuevo. Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por: 1. Duna costera, depósitos sedimentarios constituidos por montículos de arena, tengan o no vegetación, que se alimentan de la arena transportada por la acción del mar, del viento marino o por otras causas, y que se encuentren adyacentes a la playa o terreno de playa. Y enseguida, humedal costero, extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren adyacentes a la playa o terreno de playa. Esa es la indicación 10, presidente.
Es que la 9, que es la suya, es para suprimir la definición…
No, esta es la 10. La suya se va a ver después de la indicación del Ejecutivo.
Perfecto, continuamos.
Ministra, ¿cómo está?
Buenos días o buenas tardes.
Aquí estamos.
Señora secretaria.
Presidente.
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Se va a ver la indicación número 10 que recién la leí y al parecer la ministra va a explicarla, la indicación 10. Ministra, somos todos oídos. Sí, a ver, esta indicación incluye dos definiciones, duna costera y humedad al costado. En el caso de humedad al costero viene de la convención de Ramsar y en ambos casos pusimos explícitamente que se tienen que encontrar adyacente a la playa o terreno de playa, que son dos definiciones ya existentes en nuestro sistema jurídico, en nuestro ordenamiento jurídico.
Muchas gracias, ministra. ¿Se ofrece la palabra? Sí, solo estaba viendo que en el inciso cuarto la indicación de la senadora Proboste hace también definiciones, pero que la del Ejecutivo incorpora en el fondo. No habría grandes contradicciones, la comprende. No sé si ahí no le entendía a la secretaria si la número 9 no la hemos votado, ¿cierto? No la vimos. Ni la 8 ni la 9. Estamos esperando la del Ejecutivo. Rafael, por favor.
Gracias, señor presidente. En la unidad de los costeros no tendría inconveniente, pero sí en lo que es duna costera. Yo creo que hay realidades y realidades, yo se lo he explicado hace poco rato a la ministra, en que en nuestra región la particularidad del proyecto en general, presidente, no solamente en este artículo, parte de lo que se hace en la región como turismo, como la distancia entre el camino y las dunas y el mar, por decirlo así, son muy grandes. Generalmente los vehículos entran a un lugar, se estacionan, se bajan y están toda la tarde o todo el día. No es que anden yipeando o haciendo actividades en las dunas, sino que es un acceso. Y quizás eso, que es solamente un periodo de verano o algunas estaciones muy particulares, hace una gran diferencia contra el proyecto en sí que yo lo he dicho desde siempre, no solamente ahora. Si esto lo acotamos a como está dicho el proyecto, nosotros vamos a tener problemas en la comuna Caldera, en la cual el turismo contempla esta actividad de poder acercarse al agua en vehículos. Y esto nos va a traer repercusiones no solamente en cuanto baja de turismo, una región que está deprimida, casi más de dos dígitos en cesantía, esto nos va a repercutir bastante.
Y es por eso que yo hago la diferencia entre lo que es humedad, que no tengo ningún inconveniente, y también le decía a la ministra, pero la fiscalización hay que hacerla, porque es que ya lo tengo entendido que lo van a presentar en la indicación que viene, o sea, en una que todavía no hemos votado. O poder enmendarla. O enmendarla, ok. Pero dejar entender eso. No es que sea a Coquimbo, le pasa exactamente lo mismo. O sea, la zona de Guanajuero y todo eso es exactamente igual.
Senador, el propósito es avanzar y agradecer la disposición para no votar por separado porque van a aprobar uno y rechazar el otro o alguna situación así. ¿Habría alguna propuesta en la línea que señala el senador Proenz, ministra, de poder recoger esa precisión o no tener inconveniente y votamos el texto con las modificaciones?
Senador, muchas gracias. Perdón por su intermedio. Los saludo primero que nada. Estamos lunes. Disculpen. A ver, si efectivamente estábamos conversando con el senador Provence. Lo que yo entiendo es que…
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El problema con este proyecto de ley es que existe un uso, como uso y costumbre, de una buena parte de la región y probablemente esto es la realidad en una buena parte del norte de Chile, en que las personas, como parte de sus actividades recreativas, utilizan el auto para ir a la playa. Y esa actividad ya está prohibida: entrar a la playa con un auto. Entonces no me queda del todo claro, porque lo que estamos en este momento viendo es la definición de duna costera, no de playa, sino de duna. Yo tenía entendido que el problema era que existían dunas que no fueran costeras también, y que eso sí que ya se extralimitaba del espíritu que tenemos con este proyecto de ley. Entiendo que la definición al incluir al final que se encuentren adyacentes a la playa o al terreno de playa limita que estamos hablando de dunas realmente pegadas a la playa, al mar, no las del interior. Pero el problema que menciona el senador sobre un uso, una costumbre de ingresar a la playa no veo cómo lo podríamos solucionar con un cambio en esta definición, y además me da la impresión de que esa costumbre iría en contra del espíritu de la ley. Entonces, sin prejuicio, estoy con total disposición a encontrar una solución, y le agradezco al senador que nos alerte sobre esta situación particular; no me queda claro cómo hacerlo. Disposición total, pero…
Ministro, tal vez Rafael, si se puede colaborar, tal vez con el equipo legislativo; puede que no venga la indicación a la definición, probablemente tal, porque la duna es duna o no es duna. La observación que tú haces más bien pudiera estar en otro articulado o en… Te ofrezco la palabra.
Lo que pasa, presidente, es que en el artículo 1, en el punto 1, al final dice “del viento varino o por otras causas que se encuentren adyacentes a la playa o terreno de playa”. Esa definición yo no sé interpretarla, porque para mí el terreno de playa es solo 80 metros. ¿Se fijan? Pero cuando dice adyacente, puede ser indefinido, no está acotado. O sea, si la playa es plana, puede ser mil metros. Yo le decía al senador Gaona, en Totorralillo hoy día está el mar, la carretera y la playa sigue; los arenales siguen hacia el otro lado de la carretera. Entonces, ¿dónde ponemos? ¿A dónde definimos el tema? ¿Qué son los 80 metros? ¿Son 20 metros más fuera de los 80 metros? Hay lugares donde la arena llega casi 50 metros hacia el interior en la región. Entonces, la palabra adyacente, que no define nada, sino que lo deja ahí como cerca, tampoco limita. Gracias, presidente.
Por su intermedio quisiera complementar un poco con cómo se ha dado la discusión de este proyecto de ley. Efectivamente, la palabra adyacente, y para explicar cuál fue la idea de incluirla en la definición, era precisamente poder hacernos cargo de la situación que usted da cuenta, que es la existencia de dunas muy al interior, especialmente en su región. Entonces, claro, fue una primera forma que se nos ocurrió para poder acotar un poco el texto que ya venía de la Cámara, que era como genérico, era simplemente la definición sin apellido, por decirlo, tanto para las dunas costeras como para humedales costeros. Esa fue la primera fórmula. Respecto a playa y terreno de playa, efectivamente playa ya se encuentra definida en el Código Civil y terreno de playa también se encuentra definido en nuestro ordenamiento. Entonces, fue la primera fórmula. Respecto a la definición, uno pudiera decir ya, bueno, encontremos otra definición, pero hay dificultades técnicas también para definir un ecosistema que cambia debido al viento, a las condiciones climáticas y al avance…
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del mar. Entonces, quizás si nosotros pudiéramos aquí ponernos de acuerdo en cuáles son más o menos los lineamientos para la definición, por supuesto disponible desde acá del equipo legislativo, a encontrar una definición que genere consenso en esta comisión.
Última cosa, y muchas gracias. A ver, yo, no solamente en esta materia, sino que en varias... Entonces he planteado lo siguiente. Nosotros estamos definiendo una situación con respecto al uso de los terrenos de arena, por decirlo. Pero no tenemos ningún informe, ningún estudio que determine en qué playa existen o no existen los anidales, los anidales de aves u otras cosas. Puede que muchas no existan o no estén.
Entonces la estamos metiendo todo bajo un mismo paquete, sin tener... Un estudio referencial que diga que en la playa A no se puede porque existe, en el Estado otro no existe. Y eso nos pasa en muchas otras materias, presidente. Yo lo vengo diciendo hace bastante tiempo. Se pide en estudios que en el propio Estado conoce la situación y se pone como exigencia cumplir a un privado. Entonces yo lo que planteo es que no me niego a nada. Yo no soy No soy una persona que va a decir vamos para adelante. No, si existe, sí, pero definamos dónde. Aquí estamos haciendo de todo Chile, en el borde costero, una ley sin saber si lo que se pretende proteger existe o no existe en cada una de las áreas. Todo es un toro, presidente. Gracias.
Yo había planteado en la sesión inicial que hiciéramos una referencia al Código Civil, que se relaciona fundamentalmente con la definición de playa, que puede ser una alternativa, porque eso por último permite ir generando una interpretación un poquito más agotada, más allá de las zonas adyacentes, porque una zona adyacente puede ser cualquier cosa. Entonces, yo lo quería plantear como una alternativa, si es que fuese posible, para poder destrabar el problema.
A ver, por un lado nosotros sabemos la distribución de las especies del país y también conocemos el periodo de anidación de las especies. Ahora, que las especies tengan una cierta distribución y la distribución es más o menos gruesa, o sea, no sé, el gaviotón chico anida entre… el sur del Perú hasta la cuarta región, por decir algo, y lo hace en los meses de octubre, noviembre, ese es el momento en que uno tiene que ser más cuidadoso, ¿verdad?
Pero dado que uno no sabe en cuál de las playas, pero sí tiene una distribución, parece más efectivo tener una... Una prohibición general, una prohibición que además ya existe, ¿verdad? Ya existe la prohibición del ingreso de vehículos a playa. Eso por un lado. Así que, sin prejuicio y que uno quisiera tener mucho más detalle, efectivamente, podríamos estar de acuerdo con eso.
Y puedo mencionar, por ejemplo, que el Ministerio de Medio Ambiente en los últimos tres años ha financiado un programa que esperamos que pueda continuar, que se llama Líneas Bases Públicas, en las cuales justamente aumentamos a un mayor nivel de detalle la distribución de cierta flora y fauna. Esto lo comenzamos haciendo en Magallanes y después pasamos a Antofagasta y ahora también estamos en la región metropolitana, para que esa información nos ayude con el desarrollo de la industria del hidrógeno verde. Para dar un ejemplo, de los esfuerzos que está haciendo el Ministerio del Medio Ambiente.
Ahora, por otro lado, en el artículo que todavía no sabemos cómo se llamará, pero en el primer artículo que ya fue aprobado, el objeto de la ley es proteger la biodiversidad, es decir, este espacio donde anidan aves especialmente, pero también la morfología del borde costero. Está incluida esta definición de...
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Una costera. Es un pimpón atrás de suyo, pero en base a lo que se va diciendo.
Si la ministra tiene definida, o como nos dijo, que sabe cuál es el periodo en que emiríanían las aves, bueno, definamos ese periodo, no todo el año. Y si eso está en todas las especies... Que pongan arriba de la mesa esa información y vemos y cautelamos que en esos meses no pase nada y que aniden tranquilos y después emigren donde tengan que hacer.
Presidente, por su intermedio, a ver, sí, a ver, nosotros sabemos la distribución de especies y más o menos sabemos cuál es el periodo de anidación. Pero eso va a depender de las especies. Entonces, el ejemplo que yo di lo acabo de inventar. Yo diría que la ley tiene que ser lo suficientemente general para resguardar el objeto que tiene, sin prejuicio de que uno como ciudadano consciente debiera ser más cuidadoso en ciertos periodos y quizás... Porque recordemos que lo que queremos evitar en este proyecto de ley es acentuar una prohibición que ya existe para fines que realmente no son necesarios. Es decir, limitar el riesgo de esta interferencia negativa entre la biodiversidad y ciertas actividades que no son necesarias, porque también discutimos largamente de que los alqueros van a... poder seguir utilizando la playa, etcétera, entendiendo que ojalá ellos en ciertos periodos del año tengan más cuidado para minimizar el posible impacto sobre algo que también queremos cuidar. Yo creo que sería impracticable una ley en la cual dijéramos el nivel de detalle que para tal especie, tal playa... se prohíbe el ingreso en tales meses, porque son muchas las aves, son muchos los periodos de anidación. Ese nivel de detalle me parece un poco impracticable, sin prejuicio, que como Ministerio del Medio Ambiente estamos avanzando a tener esa información para obviamente resguardar de mejor manera estos bienes públicos, estos objetos de conservación.
Mire, presidente, yo entiendo que uno tiene que cumplir con el medio ambiente, ¿cierto? Y en eso estamos llanas, nadie discute. Pero si la definición de playa no está definida, y si está definida ya en la ley, como lo dijo el senador Chaguán, definamos cuál es la playa. Yo creo que el problema está ahí. ¿Hacia ciento de la playa? Sí, pero solo 80 metros, son 120 metros. ¿Cuál es la zona? Si eso es lo único que estamos pidiendo, que nos definan un área y no sea al criterio de los que van a fiscalizar el día de mañana. ¿Se fijan? Entonces, en ese sentido, los 80 metros está claro que ahí no puede entrar nadie, por eso tiene instrucción hoy día la Armada, y controlan todo, que es la zona donde andan los algueros. Y los algueros, por lo general, son informales, en general, solamente son los que pasan con vehículos, y ahí uno cuando al menos camina en la playa, donde hay más insectos, bichos, caminando justamente en esa zona. ¿Te fijas? Yo no me voy a poner a esa restricción, pero sí definamos cuál es la zona.
Quiero plantear una alternativa. La indicación número 10 del presidente de la República tiene dos definiciones. No habría inconveniente con el número 2. Votemos la número 2, dejemos pendiente la 1 para efectos de poder precisar. Yo creo que hay una legítima duda respecto de más que lo que se dice, encuentran adyacente a la playa o terrenos de playa. Yo creo que adyacente a la playa podemos buscar una precisión y si no es ahí, en otro articulado. Entonces, si le parece, votemos el número 2, despachamos eso, dejamos pendiente el número 1 para efectos de poder redactarlo y seguimos con otro articulado, ¿les parece? Perfecto. Entonces, señora secretaria, vamos a poner en votación la indicación número 10, la definición del número 2 de humedal costero.
25:00
Senador Chaguán. A favor. Senador Prohens. A favor. Senador La Torre. A favor. Señor Presidente. A favor. Aprobado el numeral 2, 4 por 0. Aprobado. Y vamos a dejar pendiente la definición del número 1, particularmente transmitirle, Ministra, poder precisar lo que es adyacente a la playa, poder precisar de mejor manera esa definición. Continuamos. Entonces también, bueno, con respecto a la indicación número 8 del Senador Prohens, que es para suprimir la expresión... Falta la letra C del artículo anterior, que sería igual a la 1. Correcto. Y la indicación número 9 de la Senadora Proboste. También quedaría pendiente. También quedaría pendiente. Quedaría pendiente. Buscando la definición. Quedaría pendiente la 8 y la 9 también. Perfecto. Enseguida vamos a la página siguiente, que es la página 6, que es la indicación 11 del Presidente de la República para suprimir el artículo segundo, puesto que este habla de las prohibiciones y ya se aprobó la indicación del Ejecutivo, la número 3. O sea que habría que aprobarla. La indicación 11. Sí, si le parece. Hay que aprobar la supresión porque ya está en esa parte. Sí. ¿Cómo? Ya, entonces voy a tomar la votación con respecto a la indicación 11. A favor. Senador Prohens. En contra. Senador La Torre. A favor. Señor Presidente. A favor. Aprobada 3 por 1 en contra. Aprobada. Enseguida la indicación número 12 del Senador Señor Prohens para reemplazar el inciso primero del artículo segundo que señala sobre las actividades autorizadas. Artículo segundo, actividades autorizadas. En los lugares a que se refiere el inciso primero del artículo primero podrán realizarse las actividades autorizadas por las autoridades respectivas, tales como las que prestan apoyo a la pesca, acuicultura, sus actividades conexas y concesiones otorgadas por la autoridad, procurando el menor impacto, deterioro, detrimento o menoscabo en sitios de nidificación, descanso o alimentación de especies existentes. Se ofrece la palabra. Rafael. No, solamente voy a votar a favor de la indicación. Por haber votado en contra de la anterior. Señora Ministra. Lo que pasa es que es incompatible con la anteriormente aprobada. Que el Senador Púnez había presentado una, sino había respaldado al Senador Púnez, siempre lo respaldo. Efectivamente es incompatible porque el inciso segundo de la indicación 3 están las actividades autorizadas. A quien le parece muy bien, ¿eh? Me parece muy bien la indicación porque dice añadir que como concesiones otorgadas por la autoridad, procurando el menor impacto, deterioro, detrimento o menoscabo en sitios de nidificación, descanso o alimentación de especies existentes. Sí, Ministra. Sí, igual, bueno, si es que no es así, la Secretaría que me corrija, pero entiendo que cuando votamos la indicación número 3, la aprobamos con una corrección, que era añadir que a modo de
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