Senado Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura

Senado - Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura - 13 de agosto de 2025

13 de agosto de 2025
15:00
Duración: 1h 15m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 14055-21 Proyecto de ley que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura para establecer como causal de caducidad de autorizaciones, permisos y licencias transables de pesca el uso inadecuado del sistema de posicionamiento satelital en las embarcaciones pesqueras. A esta sesión se invitará al Subsecretario de Pesca y Acuicultura, señor Julio Salas, y al Presidente de la Sociedad Nacional de Pesca F.G. (SONAPESCA), señor Felipe Sandoval.

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En nombre de Dios y de la patria, abrimos la sesión de esta comisión del día de hoy, 13 de agosto. Secretaria. Gracias, presidente. Se han recibido en la secretaría los siguientes documentos. Un oficio del presidente del Consejo de Defensa del Estado, señor Raúl Letelier, con el que contesta un oficio enviado por la comisión en el que se le solicitó informar sobre las causas asociadas a la ocupación ilegal del borde costero. Enseguida, el oficio 1052 del subsecretario de Pesca y Agricultura, señor Julio Salas, con el que responde un oficio enviado por esta comisión, en el que se le solicitó información sobre medidas del Estado en relación a las interacciones entre lobos marinos y pescadores. Comunicación del presidente de Ferepa Biodío, señor Cristian Arancibia, con la que remite copia del oficio enviado al Consejo Nacional de Pesca, con el que solicitó gestiones para regular la pesca de cerco en primera milla. Y finalmente, una solicitud de audiencia del personal embarcado industrial del Biodío, de los señores Hugo Roa, Erick Riffo y Juan Carlos González, con el objeto de dar su opinión respecto a la ley de pesca que aún no ha llegado a esta comisión. Eso es todo en cuanto a la cuenta, señor presidente. Perfecto. Senadores, ¿alguna consulta? ¿Algún punto vario antes de tratar este tema? Le damos la bienvenida a todos los que están presentes en la sala, al Ejecutivo acá, a quienes nos están siguiendo por línea, que es Zona Pesca, precisamente. Bueno, el motivo que tenemos hoy día es precisamente analizar este proyecto respecto del impacto que tiene el tema de la pesca ilegal o las situaciones que se generan.
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en torno a este proceso. Entiendo que el Ejecutivo ha sido partícipe de la discusión en el trabajo previo respecto de este particular y se han planteado algunas inquietudes que nos parecen válidas en relación a que este proyecto en particular procura realizar también de una manera sustantiva el efecto en relación al ámbito de la informalidad en temas de la pesca y que no se transforme el tema en un problema que en definitiva pueda afectar la eficiencia de esta idea que evidentemente valoramos. Así que en función de eso, le vamos a dar la palabra a la Sociedad Nacional de Pesca para que nos exponga sus puntos de vista. La idea nuestra el día de hoy es votar en generar el proyecto, abrir el brazo de indicaciones y avanzar en esa discusión ya en detalle del proyecto. Así que le damos la palabra ejecutivo antes para que nos dé alguna visión general y enseguida le damos a zona pesca. Muy buenos días a todas y todos. Presidente, muchas gracias. Bien, el boletín 14.055 hace alusión al sistema de posicionamiento automático de naves pesqueras, la cual está regulado en la Ley General de Pesca y Agricultura entre los artículos 64A y 64D, donde se explican el ámbito de aplicación y obligación de la instalación de este dispositivo, la administración del sistema definido ahí para la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, y también el Servicio Nacional de Pesca, la publicidad de la información y consecuencias jurídicas que se establecen ahí hasta en el artículo 64D. En el caso del proyecto del boletín que incorpora una nueva letra al artículo 143 de la ley general de pesca, nosotros, presidente, creemos que es necesario generar algunas modificaciones que permitan especificar el sujeto a quien se aplica esta caucidad, particularmente porque en el artículo ya 64D existe una sanción penal para quien manipula el instrumento del posicionamiento automático de las naves. Y la incorporación de esta nueva letra en el 143 tiene una sanción bastante dura respecto a las autorizaciones, permisos y licencias transables de pesca. Entonces nos gustaría que en el marco de la discusión pudiésemos detallar bien el sujeto específico a quien va destinado esto. Eso es todo, presidente. Ok, muchas gracias. le damos la palabra entonces entiendo que el que va a exponer ahora es don Felipe Sandoval que es el presidente de la Sociedad Nacional de Pesca. tiene la palabra Muchas gracias presidente agradecer la invitación porque la pedimos bien encima así que estamos muy agradecidos de la atención que nos han dado la exposición la Gracias. La va a hacer Héctor Basicalupo, que es el gerente de Zona Pesca y que está aquí conmigo. Es breve, así que no les vamos a quitar mucho tiempo. Buenos días, presidente y todos los senadores presentes, autoridades. Bueno, lo primero, presentarnos como Zona Pesca. Para quienes no nos conocen, somos el gremio de la pesca industrial, que representamos el 90% de la flota industrial, tenemos todos los gremios industriales desde Arica a Punta Arena, y buena parte de las exportaciones de la pesca y del empleo directo están dentro de nuestra federación. Respecto al proyecto de ley, nosotros compartimos todos los considerando que lo motivan, que hay una mayor exigencia en materia de condiciones de navegabilidad. Facilidad del control y fiscalización a través de tecnología, eso siempre nos gusta mucho, son fidedignos y de bajo costo. Y por supuesto que estamos de acuerdo con las sanciones por mal uso de los GPS. Sin embargo, el artículo 1 plantea agregar a las causales de caducidad, a continuación del párrafo inicial, pero el párrafo inicial habla de que son causales de la autorización de pesca, de los permisos de las licencias transables de pesca. Todas ellas aplican exclusivamente a la pesca industrial, porque la pesca artesanal no tiene autorización.
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ni permisos ni licencias, sino que tiene inscripción en el registro pesquero artesanal. Entonces ahí sentimos que hay una parte importante de la actividad pesquera que se realiza con GPS que estaría quedando fuera del proyecto. Un pequeño contexto antes de ir a lo principal, y la presentación es muy breve, pero el artículo 64E establece la obligación del uso del procesador al 100% de la flota industrial y a una buena parte de la flota artesanal, como son las naves de mayores de 15 metros o 12 metros en el caso de las pesquerías de cerco. También establece la obligación para las naves transportadoras y exceptúa solamente a las naves bentónicas. El dispositivo deberá estar siempre en funcionamiento a bordo, esto también lo establece el artículo, desde el SARPE hasta la regalada en puerto habilitado. Y esto va a ser súper importante al final con la información que nosotros hemos logrado recabar en estos días. En caso de falla, esto lo establece el artículo 64D, el capitán, el armador, tiene la obligación de informar de inmediato a la autoridad marítima. Si el capitán no se da cuenta, la autoridad marítima tiene que informar al capitán sobre este hecho, porque lo detecta en su estación, monitora. Mientras la falla no sea reparada, la nave tiene que informar cada dos horas su posición, junto con las capturas que tenía al momento de la falla, y eso cada dos horas, de tal forma que no siga operando mientras declara que está con falla. Pero lo más importante viene a continuación. De no producirse la regularización del sistema en seis horas, la nave debe suspender su faena y retornar al puerto habilitado. Esto para la pesca industrial es de la mayor gravedad. Suspender una faena de pesca y volver al puerto es de altísimo costo. Por lo tanto, la pesca industrial en general, no tenemos el 100% de verificaciones, pero en general las naves hoy día usan dos GPS acreditados, de tal forma que si se echa a perder uno, se activa el segundo y así evitamos esta situación que para nosotros es demasiado gravosa. Y no nos podemos permitir dejar las zonas de pesca y retornar a puerto. Y por lo tanto, con eso hemos logrado evitar esta situación. Y aquí queríamos destacar otro factor por el cual la pesca industrial está en cumplimiento del 100% de esto, porque para nosotros también es muy grave que en el artículo 26B establece que las LTP no se van a renovar si existen cuatro infracciones, bueno, el artículo es más amplio, pero si existen cuatro infracciones por ingresar a las cinco millas en un periodo de diez años. Cuatro infracciones en diez años es bastante exigente o bastante baja la vara. Por lo tanto, de nuevo, este es un incentivo por el cual la pesca industrial se tomó esto en serio y no ha incurrido en esta falta cumpliendo cabalmente la ley, manteniendo los posicionadores encendidos y teniendo un segundo posicionador de respaldo. Y como los datos son importantes, nos conseguimos esta información con Cerna Pesca, lamentablemente por la premura de la situación no tenemos actualizado, pero ustedes pueden ver ahí que cuando partió el sistema, la pesca industrial, que es la línea naranja, fue notificada en un número importante por falta de capacitación, por falta de desconocimiento, por no tomar en serio el sistema. Pero una vez que se produjo esta capacitación, tanto los armadores como los capitanes y los tripulantes se dieron cuenta que el sistema funcionaba; esto cayó prácticamente a cero. A partir del año 2006 es prácticamente cero. Hay algunas notificaciones porque algunas naves operan al límite de las cinco millas, que es la sanción por la que se fiscaliza en la pesca industrial en este caso, y hay veces donde la medición que se hace el barco con la central de monitoreo tiene distintas visiones, pero es prácticamente cero. La línea azul se ve los artesanales, ellos parten más tarde, a partir de la ley del 2013 establece la obligación, en el 2016 empiezan a emitir señales. Pero extraoficialmente hemos sabido que tuvieron un comportamiento parecido, ahí se ve el inicio del sistema con altas notificaciones, pero esto también habría decaído prácticamente a cero hoy día en el caso de la pesca artesanal. Entonces, a nuestro juicio las flotas formales...
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