Senado Defensa Nacional

Senado - Defensa Nacional - 12 de agosto de 2025

12 de agosto de 2025
16:30
Duración: 2h 13m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 16143-02 Continuar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley, en primer trámite constitucional, para la protección de la infraestructura crítica del país. A esta sesión han sido invitados el Ministro del Interior y el Ministro de Seguridad Pública.

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Vamos a comenzar la sesión. En nombre de Dios y la patria se abre la sesión. Tengo que tener una cuenta. ¿Cómo estamos, Francisco? Señor presidente de mi comisión, para hoy día hemos recibido la excusa del ministro del interior, quien no podrá asistir a la sesión de hoy por compromiso agendado con anterioridad, y señala que asisten del gabinete la señora Alejandra Álvarez y la coordinadora legislativa Laura Mancilla, y del ministro de Seguridad Pública, quien tampoco puede concurrir por compromisos impostergables agendados con anterioridad. Y asiste en representación el subsecretario de Seguridad Pública, don Rafael Collado. Asimismo se ha comunicado con la Secretaría de la Comisión un coronel Cancino de la Fuerza Aérea de Chile, quien ha señalado que el día seis de octubre, en la mañana, en el Salón de Honor en Santiago, correspondería celebrar el seminario que se hace anualmente, dedicado a la soberanía tecnológica e infraestructura espacial nacional. Señaló que en esta oportunidad es especialmente relevante, puesto que ya se inaugurará próximamente el centro espacial que visitó la comisión y también se ha aprobado la política nacional espacial. Se propone el día seis de octubre para esto y lo que ellos solicitan es que la comisión oficie a la ministra de Defensa para que autorice a esta rama de las Fuerzas Armadas a participar en la organización y también para solicitar el uso del Salón de Honor. Entiendo, lo conversábamos antes de la sesión, que esto se ha hecho en los dos últimos años anteriores y es parte de un evento que parece que tiene cada vez más asistencia y prestigio. Así que si le parece a la comisión solicitar en esos términos... Muchas gracias, presidente. Efectivamente, este es un evento que ha ido tomando cada vez más protagonismo, especialmente ahora que tenemos ya la política espacial promulgada y próximo a inaugurarse el Centro Espacial Nacional. Esto es una capacidad extraordinaria del país que se hace integrando el ámbito de la defensa con el ámbito académico y el ámbito industrial. O sea, la integración público-privada completa. Básicamente lo que el Senado apoya es la reserva del Salón de Honor, que habría que solicitarlo a la mesa, y la transmisión por televisión del Senado por la calidad del contenido y de los expositores. Y a través de, y esa es la necesidad, de la ministra de Defensa.
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para que ella pueda apoyar esta iniciativa y la podamos concretar para que así se haga la tercera versión. Impecable. Oficial Mora Sostenible, la comisión ha acordado. Gracias, señor presidente. Y finalmente hay un oficio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que da cumplimiento a una glosa de presupuestos y también es necesario dar cuenta de que la ley de presupuestos de este año se aprobaron tres glosas, que no se aprobaron en la comisión, que se aprobaron durante la tramitación de la ley de presupuestos y que estas glosas señalan que el comandante en jefe del ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada, en sesión conjunta de las comisiones de Defensa Nacional del Senado y de la Cámara de Diputados, deberán analizar de manera detallada el uso y destino de los recursos de bienes y servicios asociados al subtítulo 22 de manera trimestral. ¿Eso lo hicimos el año pasado? No, sí. ¿Esto es nuevo? ¿Esto es de la ley de presupuestos actual? La verdad es que ninguna comisión es una meta de gestión de nosotros dar cuenta de esto. Y bueno, es trimestral y una sesión conjunta. O sea, ya no lo hicimos el primer trimestre. Claro. Y tampoco el segundo trimestre. Tampoco el segundo trimestre. Si así la comisión lo estima, lo podría celebrar durante este trimestre. Ya, pero está como glosa la ley de presupuesto. Perfecto. La revisamos y en función de eso tomamos una decisión. Yo voy a revisar la posibilidad. Nada más. Esa es la cuenta, señor presidente. Perfecto. Sobre la cuenta, punto faro. A ver, entiendo que lo... Perfecto. Entramos a la orden del día, entonces, que seguimos con el proyecto de infraestructura crítica. La comisión asesora entendemos que hizo también importante avance, tiene importantes acuerdos, algunas pequeñas discrepancias, así que la idea es que lo podamos revisar y avanzar lo más posible en la sesión del día de hoy. Yo solamente le voy a pedir al senador Piur que me reemplace a partir de las 1.05, unos minutos, porque tengo que bajar una reunión con la ministra de Obras Públicas, pero partimos con lo que tenemos hasta el momento. Le he rechazado, si la comisión me lo permite, le agradezco al senador Piur. Al Ejecutivo, entonces, le ofrezco la palabra sobre lo que tenemos para el día de hoy y lo procedemos a votar a la brevedad posible. Gracias, presidente. El día de hoy, luego de algunas reuniones de los asesores de la comisión, particularmente de la reunión que se celebró con fecha 7 de agosto, la mesa técnica ha propuesto algunas redacciones, en particular en relación a capacitación y lo que dice relación también con los ejercicios y simulacros prácticos que deben ser realizados, la incorporación de modelos de prevención, lo que dice relación también con novedades que están incorporadas en esta sesión o para la discusión de esta sesión. En materia de fiscalización e infracciones, también efectivamente existe una propuesta en relación a algunas adecuaciones más bien menores de lo que dice relación con las infracciones y luego vienen algunas adecuaciones también de redacción. En particular, también tenemos algunas reglas nuevas en lo que dice relación con las infracciones gravísimas, algo que ya habíamos comentado en la comisión anterior, que es con el encargado, que existe un encargado. También ahora la sanciona que no exista o que no se haya designado ese encargado. También, efectivamente, algunas reglas adicionales respecto del deber de subsanación y, por lo tanto, la infracción a la no subsanación de eso. Algunas reglas, efectivamente, también en lo que dice relación con las infracciones leves. O sea, en general, en relación a lo que dice en relación con las infracciones. Y yo creo que probablemente lleguemos hasta ahí. Sí hay una norma que se está proponiendo desde la mesa técnica.
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En relación a un texto que acoge algunas indicaciones del Ejecutivo y de algunos senadores y se acordó establecer para esta regla, que es de multa, para los operarios públicos una gradualidad según el tipo de infracción y los términos similares o parecidos a los que se postulan para los operadores privados. Eso también está dentro de lo que la Comisión o la Mesa Técnica ha aprobado. Diría que eso es básicamente, presidente... Hay una regla sobre el procedimiento administrativo, finalmente, en relación a las notificaciones y cómo tienen que hacerse por correo electrónico. Y, finalmente, una indicación final respecto del procedimiento administrativo que tiene una propuesta del senador Osandón, que podemos discutir que al final de la sesión probablemente podamos incorporarla en relación con ese punto. Y, finalmente, para terminar... una regla sobre la apelación del procedimiento administrativo. Básicamente, entonces, tenemos modelos o planes, infracciones y procedimiento para hoy. Perfecto. Sí, vamos a avanzar. Gracias, presidente. Y correspondería en esta sesión, como ha dicho el subsecretario, discutir el artículo 18, la indicación del Ejecutivo, que sería 19, en virtud de otra disposición que se incorporó durante la tramitación. Y señala que en reunión 7 de agosto, la Mesa Técnica propone la siguiente redacción, recogiendo las indicaciones del Ejecutivo y de los senadores Figuera, Vena, Eduard, Macaya y Osandón. Artículo 19. Los operadores de infraestructura crítica deberán contar con capacitaciones sobre los planes que regula la presente ley para los trabajadores relacionados directamente con la seguridad de la infraestructura crítica. Sin perjuicio de lo anterior, deberán fomentar el conocimiento de las medidas entre sus trabajadores cuando ello sea pertinente para su adecuada protección. Al menos una vez al año. Los operadores de infraestructura crítica deberán realizar ejercicios y simulacros que permitan evaluar y actualizar sus respectivos planes de protección. En el mes de noviembre de cada año, deberán remitir a la autoridad competente los resultados de dichas evaluaciones, la que podrá exigir su repetición cuando lo estime necesario. Los ejercicios podrán ser auditados y certificados por terceros autorizados por la Agencia Nacional de Inteligencia. Únicamente las entidades inscritas en el registro de certificadores autorizados por dicha agencia estarán facultadas para emitir las certificaciones. Para incorporarse a este registro, bastará acreditar el cumplimiento de los requisitos que establezca el reglamento dictado por el Ministerio del Interior. Muchas gracias. ¿La opinión del Ejecutivo al respecto? En relación a este articulado 19, primigeniamente 15, después 18 y ahora 19, efectivamente el Ejecutivo, recogiendo un poco lo conversado en la mesa técnica, está de acuerdo con que los operadores deban realizar ejercicios simulacros prácticos que permitan evaluar y actualizar los respectivos planes de protección. En ese sentido, entendemos que parte del deber de capacitación en un sistema de infraestructura crítica supone testear un poco los planes en la realidad y en ese sentido estamos de acuerdo. Y también nos parece que es adecuado que las personas que realicen estas certificaciones y auditoría sean aquellas que están inscritas en el registro de certificador utilizado por la Agencia Nacional de Inteligencia. En ese sentido, el Ejecutivo entiende la propuesta de la mesa técnica como una propuesta de consenso y apoya la redacción que acaba de leer la secretaria. Muchas gracias. Se ofrece la palabra a los senadores. Senador Huancho Villa. Una pregunta solamente al señor subsecretario. Fuera de la vara de esto no sería más bien materia de reglamento es materia de ley se van a capacitar
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¿Cómo tienen que protegerse? Es una pregunta. Yo estoy a favor de esto, pero no lo digo para... Muy bien. ¿El Ejecutivo tiene la palabra? Gracias, presidente. Efectivamente, hay una derivación al reglamento en el inciso final que dice, para incorporarse a este registro, bastará acreditar el cumplimiento de los requisitos que establezca el reglamento dictado por el Ministerio del Interior. Ahí hay una derivación al reglamento, reconociendo efectivamente que en los temas de capacitación y de capacitación en general, ya sea capacitación a las personas o simulacro de la planificación, es plausible derivar al reglamento alguna de las secciones, particularmente en este caso la incorporación al registro o la creación de este registro de entidades. En relación a por qué lo dejamos como regla, el deber de capacitación, es porque… Así como en medio ambiente, en materia, por ejemplo, de energía nuclear, etc. Es tan grande el riesgo que se corre de que ocurra el evento, que en general pasar de un criterio cuantitativo, de cuántas veces queremos prevenir o no cualitativo, de evitar todo lo que se pueda, correr el riesgo, ha hecho crecer el deber de capacitación para efectos de que nunca ocurra. Es decir, pasar de riesgos que se pueden cuantificar, ha pasado una, dos, tres veces en el año, ¡gracias! Nunca ha pasado y vamos a generar todas las capacitaciones y prevenciones necesarias para que nunca ocurra. Cuando uno está hablando de infraestructura crítica, efectivamente pasar a ese criterio cualitativo es importante. Y por eso es que es también importante dejar expreso cómo es que uno hace eso y de eso lo hace previniendo. Y se previene capacitando, generando planes, generando estos deberes legales establecidos de prevención. Por eso nosotros también recogemos una indicación, la indicación 58 de los senadores Araya, Huanchumí y Saavedra, que buscan incluso ir más allá y que la empresa o las entidades operadoras de infraestructura crítica que así lo requieran puedan, acá el verbo ya es otro, puedan adoptar voluntariamente modelos de prevención. Es decir, ir más allá de la norma y decir nosotros queremos ir más allá. Y en ese caso también se mandata al Ministerio del Interior, suscrita además por los ministerios competentes, que se establezcan protocolos, estándares técnicos e instrucciones. Ahí sí hay además una derivación completa a lo que se denomina autorregulación regulada, que ya es común en nuestra legislación, ya tenemos normas que obligan a autorregularse. Es una autorregulación regulada. Y esta es una nueva sección de nuestro derecho en donde eso ocurre de manera voluntaria, como en el resto del derecho también es así en general. El mandato de la autorregulación siempre es, usted voluntariamente puede hacerlo, tiene el deber de capacitarse legal, pero puede hacerlo como usted establezca, por ejemplo, en un modelo de prevención, si es que ese modelo cumple con los estándares establecidos por el Ministerio del Interior. Esa sería más o menos la explicación de por qué es tan importante reforzar legalmente el deber de capacitación en la protección de infraestructura crítica. Muy bien, senador Huencho Villa. No, está bien, yo creo que, por supuesto, que el deber de capacitación es una cosa que estamos de acuerdo. Si lo mío era al nivel de la norma, porque la norma tampoco tiene una norma que dice qué pasa si no se capacita. ¿Cuál es el efecto del incumplimiento de la norma, digamos? El Ejecutivo tiene la palabra. Muchas gracias, presidente. Eso viene más adelante, las infracciones. Ahí lo vamos a ver, senador, y viene con infracciones. Perfecto. Esta norma, tal como ha quedado el artículo 19, efectivamente profundiza el texto original de… Solamente la capacitación señala los deberes específicos de los operadores de infraestructura crítica que se homologan a los operadores de importancia vital en la ley marco ciberseguridad. Para entenderlo, estos son los más delicados de los cuales el país depende en forma expresa y por eso se les declara infraestructura crítica o operadores esenciales, operadores de importancia vital. La agencia va a tener el rol de dictar la norma y aquí viene quizá lo más importante que esto se puede delegar a un tercero, es decir, es como las plantas de revisión técnica, pero de un listado que tiene que revisar la agencia, o sea, la agencia la que valida que la persona sea la competente por los niveles de seguridad y también las materias de secreto que van a estar relacionadas. Si no hay más observaciones, lo pondríamos en votación. Estamos de acuerdo que este es el senador Buenchumilla, tiene la palabra. Estamos aquí hablando de materias muy sensibles. Lo que estamos haciendo aquí es externalizando, ¿no es cierto?, lo que usted se refería, ¿no es cierto?, con estas entidades inscritas.
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Y para eso también hay un cierto resguardo, ¿no? Porque ¿qué entidades privadas van a poder acceder a eso y van a tener acceso a una información a lo mejor sensible? Efectivamente, en el inciso tercero nuevo, o sea, el tercero propuesto… Se establece que los ejercicios podrán ser auditados y certificados por ser autorizados por la Agencia Nacional de Inteligencia. Únicamente las entidades inscritas en el registro de certificados y autorizados por dicha agencia estarán facultados para emitir dichas certificaciones. Efectivamente, hay un resguardo de que quien tiene que hacerlo tiene que estar en el registro. También es importante señalar que se ha dictado un reglamento en donde tiene que estar el NDA, el Non-Disclosure Agreement, las personas, el deber del secreto, y eso es lo que permitiría que… esto tenga el nivel de seguridad exigencia que se requiere. Eh señora secretaria, tomemos la votación. Gracias señor presidente. Señor presidente, en primer lugar, pone en votación la propuesta de la mesa técnica, como ha sido leída recientemente, para el artículo que pasaría a ser eh diecinueve. Senador Osandón, senador Huanchumilla, señor presidente. A favor, señora secretaria. Queda aprobada por tres votos a favor. Muy bien. Aprobada. Respecto a esta misma norma, está la indicación del Ejecutivo que la Secretaría entiende que debiera ser aprobada con la misma votación con enmiendas. ¿Habría acuerdo? Estamos de acuerdo. Y la indicación de los senadores Piu Aravena, Eduardo Macaya y Osondor, la Secretaría entiende que es inadmisible. Pero está recogido su espíritu, su letra en el... Sí. Rechazada tres... O sea, inadmisible, perdón. Inadmisible, sí. Y finalmente está la indicación 52, que... propone de los senadores Araya, Huanchumilla y Saavedra, que propone suprimir este artículo, que obviamente, en relación a cómo se ha aprobado la norma anterior, habría que rechazarla también. Por tres votos en contra. Sí, vamos al artículo veinte nueve. La minuta de la mesa técnica señala lo siguiente. Recogiendo la indicación número 58 de los senadores Araya, Huanchumilla, Saavedra y Saavedra, se propone el siguiente artículo 20 nuevo. Artículo 20 nuevo. Los operadores de infraestructura crítica podrán adoptar voluntariamente modelos de prevención de riesgos, de incidentes y de resiliencia, así como programas de cumplimiento, conforme a directrices y estándares que proponga la autoridad competente. Mediante resolución del Ministerio del Interior, suscrita además por los ministerios competentes, se establecerán protocolos, estándares técnicos e instrucciones de carácter general para el diseño, implementación y supervisión interna de los modelos de prevención. El Ejecutivo, si bien ya adelantó, puede complementar la información. Gracias, presidente. La indicación nueva, el artículo 20 nuevo, lo que busca efectivamente es dar la posibilidad de la autorregulación regulada, es decir, que previo enmarcamiento de estándares y protocolos mínimos o establecidos, no son mínimos ni máximos, son los protocolos, ¿no? E instrucciones de carácter general para el diseño, implementación y supervisión interna de un modelo, los operadores de infraestructura crítica. puedan someterse a una autorregulación cumpliendo con estos estándares a través de lo que se denomina aquí en la norma propuesta como modelo de prevención de riesgos, de incidentes y de resiliencia. Y después la norma dice así como programa de cumplimiento. Ahí habría que ver en el fondo la distinción que podría existir ahí, pero lo que busca al menos la norma claramente es... en troncar la protección de la infraestructura crítica a los modelos de gestión de riesgos normativos que ya existen en nuestro país. La ley 20.393 que estableció la responsabilidad penal de las personas...
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jurídicas, contiene una norma como la que estamos mostrando acá que también mandata, en este caso, a generar una normativa que busque una regulación adicional y legalmente establece algunos estándares, incluso esa norma, para que las empresas que lo deseen tengan un modelo de prevención del delito. Hay una norma, una certificación técnica del CERNAC que hace lo mismo respecto de los modelos de prevención de infracciones a la ley del consumidor. Y tenemos otras normativas que efectivamente han buscado, de manera legal, abrir la cancha para la posibilidad de la autorregulación. Por ejemplo, algo que el senador Piuc conoce son los modelos de prevención de infracciones a la normativa de datos, que también efectivamente sigue un modelo similar, en donde se abre la posibilidad de autorregularse conforme a los criterios que están establecidos en una determinada norma, por parte del operador de infraestructura crítica en este caso para organizar su gestión de manera de tomar todas las medidas necesarias de prevención del riesgo, sobre todo de la gestión de los incidentes y, por supuesto, de la recuperación operativa que tenga que tener esa infraestructura en caso de que ese incidente se cometa, o sea, ocurra. En ese sentido es riesgo, prevengamos, tengamos todas las medidas de prevención de riesgo, el procedimiento en caso de que ese incidente ocurra, y todos los mecanismos de recuperación operativa dentro de un modelo. Y en ese sentido, más allá de la norma, de los planes de protección, que son el deber obligatorio que van a tener estos operarios de infraestructura crítica, se da esta posibilidad de generar una gobernanza interna robusta y probablemente adecuada a los riesgos y a la realidad de cada operador. Tiendo a decir empresas, pero no son empresas, son operadores públicos, privados, son operadores de infraestructura crítica, y además ni siquiera son empresas, porque a veces son partes de determinadas operaciones de una entidad. Y en ese sentido son esas operadoras de infraestructura crítica los que van a tener que autogestionar sus riesgos, es decir, van a tener que autoevaluarse. Vuelvo a algunos ejemplos bien práctico, evidente, no sé, una represa, siempre se ponen como ejemplo, o no sé, o los tribunales, tienen riesgo distinto, tienen riesgo distinto de incidente, tienen riesgo distinto de ausencia de operación, y por lo tanto son distintos los mecanismos. Entonces, la norma, la norma legal, no puede captar las distintas realidades operativas de la empresa, y por eso es que de las entidades, de los operadores de infraestructura crítica. Y por lo mismo, es importante que exista en esta pero para que se autorregulen, se autogestionen, se miren cuáles son sus riesgos y los pongan efectivamente en un modelo. Esa es básicamente la propuesta que se plantea por la mesa de asesores, recogiendo además una indicación de los senadores Araya, Huanchumilla y Saavedra en un sentido similar. Muchas gracias. Sí, yo en realidad miro con muy buena voluntad lo que el señor Susi Pedro ha dicho. Pero que solamente cuando nosotros introducimos el concepto de autorregulación, entonces yo digo, no sé si estamos introduciendo, digamos, yo entiendo que estamos hablando de normas de derechos públicos, que no es así. El concepto de autorregulación se va introduciendo como un concepto, pero por ejemplo, si tuviéramos en presencia una empresa medioambiental en algún aspecto respecto al medio ambiente, por ejemplo. Si seguimos utilizando eso, digamos, ¿hasta dónde llega la autorregulación? Por ejemplo, respecto a las externalidades negativas. Entonces, estamos en presencia de ir introduciendo lentamente este concepto que puede ser muy casual dependiendo de la naturaleza, ¿no es cierto?, de la empresa o de la institución. Porque además yo me hago la pregunta, si no estuviera esta norma, ¿acaso...? ¿No lo podría hacer igualmente? Porque aquí le estamos dando una facultad, ¿no es cierto? Pero yo digo que si no existiera, igualmente podría hacerlo. Entonces, ¿cuál sería el sentido de eso, de introducir eso, señor subsecretario? En relación a la consulta del senador Huanchumiño por su intermedio, presidente, los deberes legales de protección de infraestructura y crítica están en la ley. Y la empresa tiene el deber de cumplir con ese resultado, de la protección de infraestructura crítica como deber de resultado de la protección. Y además incluso de tener un plan. En el caso de infraestructura crítica no tomamos, en el fondo no lo dejamos ni siquiera tanto a la libertad.
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Sino que además le exigimos un plan. Pero es importante que el cómo, no el resultado, sino que el cómo un determinado operador de infraestructura crítica busque dar cumplimiento a ese deber legal. No deja de ser, eso no es autorregulación, eso es heterorregulación, regulación de derecho público, con infracciones, de hecho, que vamos a ver después, a la infracción de esos deberes legales. Lo que busca este tipo de normativa es incentivar, incentivar, por eso es... podrá también a que el cómo se dé cumplimiento a este deber de protección de efectos de crítica sea una definición ajustada a la realidad de cada operador. Y por lo mismo, siguiendo lineamientos públicos, en este caso, lo que se propone aquí, siguiendo incluso la indicación 58, es mediante un reglamento que dé... un lineamiento claro de lo que tiene que contener este modelo como requisitos mínimos de funcionamiento, las operadoras de infraestructura crítica se auto-organicen para dar cumplimiento a la ley. Ellos van a tener que siempre cumplir con la ley. Siempre. Y en general, estas normas no buscan dejar en el privado el cumplimiento de la ley, sino que es una invitación a que el privado se organice para cumplir la ley. Y son por lo mismo... normas que lo que están haciendo es comprometer al privado con un objetivo público. El objetivo público que está en la Ley de Infraestructura y Crítica es proteger la infraestructura y crítica del país. Para eso nosotros vamos a generar normas legales cuya infracción va a terminar en una sanción. Y adicionalmente este nuevo artículo lo que hace es decirle, ¿sabe qué? Incluso yo voy a ir más allá, le voy a incentivar a que usted se auto-organice para dar cumplimiento preventivo a la norma, cosa que nunca tengamos una afectación, y si la llegamos a tener, tenga usted un plan adecuado a su realidad para el incidente, y tenga un plan adecuado a su realidad para su residencia. Yo no le quiero decir cómo hacerlo, si lo voy a sancionar si no lo hace. Es más o menos la forma en que funciona la invitación a la autorregulación, por eso es autorregulación regulada, no es autorregulación total. ¿Se ofrece la palabra a los senadores? Me parece, le comprendo perfectamente. O sea, el Estado tiene el máximo interés en la colaboración, ¿no es cierto? De los operadores y la infraestructura crítica a bote de las medidas para colaborar en la protección y en la subsistencia y en la operatividad, ¿no es cierto? De esas infraestructuras que el Estado quiere proteger mediante la intervención, en este caso, de nuestras Fuerzas Armadas y que esto funcione bien. Entonces es como una cierta planificación indicativa, por así decirlo. Acabamos de votar el artículo anterior, el 19, donde se votó tercero. No sé si usted quiere, una vez que lo lea, incorporar su voto. No, mi voto... Perfecto. Porque entiendo que sí tiene que ser. ¿O lo incorporan? A la 19. Sí, a la anterior con todas las... Bueno, le damos a dejar la intención de voto registrada. Solo para terminar en el artículo 20, señalar que además está la participación que tienen los otros ministerios competentes, que básicamente tienen al ser mercados regulados, organismos reguladores, y eso permite que la especificidad en cada sector sea distinta. Entonces, los modelos de gestión de riesgo con el modelo de prevención de riesgo, incidente y resiliencia tiene ese sello. Para el Ejecutivo es muy importante relevar lo que acaba de señalar el presidente en el sentido de que suscrita más por los ministerios competentes y en ese sentido también es tomar en cuenta la regulación sectorial que ya existe para algunos operadores de infraestructura crítica, de manera que no sobre o infra ni sobre regulemos una determinada materia, sino que más bien coordinemos las regulaciones que ya existen en materia de prevención de, por ejemplo, afectaciones al medio ambiente, al sistema eléctrico, al sistema de agua potable, que son regulaciones sectoriales que ya tienen efectivamente una lógica de protección de infraestructura crítica. En ese sentido es importante que exista esa coordinación y por eso para el Ejecutivo es importante que se destaque la forma que está descrita esta norma va a permitir aquello. Muchas gracias. Sí, lo que quería decir es justamente en función de lo que está en el párrafo segundo de este artículo, que establece...
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