Gracias. Gracias, señor presidente.
Se han recibido los siguientes documentos para la cuenta. En primer término, proyecto iniciado en moción que modifica la ley 18.101 para prohibir a extranjeros en situación migratoria regular celebrar contratos de arrendamiento de periodos urbanos. También tenemos reemplazos para esta sesión. Don Jaime Mulet por la diputada doña Carol Cariola. El diputado don Víctor Pino por el diputado don Miguel Ángel Calisto. El diputado don Cristian Araya por el diputado don Luis Sánchez. También tenemos correo electrónico del Ministerio de Justicia y Derecho Humano.
La asistencia para esta sesión, para el primer punto en tabla, del señor subsecretario de Justicia, don Ernesto Muñoz, acompañada de la asesora, doña Gabriela Peña, de la jefa de la Asociación de Reinclusión Social, doña Macarena Cortés, y de la abogada de la División Jurídica, doña Flora Benazul.
Por su parte, la Biblioteca del Congreso Nacional nos ha comunicado que para el tercer punto en tabla, confirma su asistencia la señora Paola Álvarez, coordinadora del área legal de asesoría parlamentaria, acompañada de la señora Karen Orrego, jefa del área de historia legal, autora del informe antecedente de la discusión de las normas en tema.
También tenemos oficio del señor director de Biblioteca y Conexión Nacional, mediante el cual remite informe solicitado por esta comisión relativo a la suspensión de dieta por el hecho de que el parlamentario haya sido desaforado. También tenemos oficio reservado del señor Diego Mate, director de la biblioteca, por el cual responde oficio a esta comisión referido a explicar la promoción del jefe de área ATP de la BCN, que por ser reservado se entregará a petición de cada diputado, presidente en papel.
Tenemos correo electrónico del señor Raúl Carneval y Rodríguez, profesor titular del Centro de Estudio de Derecho Penal, que fue invitado para el segundo proyecto de tablas de reclutamiento de menores, pero se excusa por no poder asistir por tope de horarios.
Por su parte, confirma su asistencia para reclutamiento de menores el señor Cristóbal Weinbaum, director del Centro de Seguridad Pública de la Universidad Católica, que asistirá en forma telemática, y en la misma forma también ha confirmado su asistencia el señor Ignacio Castillo Vázquez, jefe de la unidad especializada en crimen organizado, tráfico ilícito de drogas, armas y personas.
Finalmente, el señor Jaime Couso, que también fue convocado para el segundo proyecto de la zona de reclutamiento, se excusa de no poder asistir a la sesión de hoy por compromisos adquiridos con anterioridad.
¿Seguro, señor presidente? En el primer punto me pareció que dijo un proyecto para prohibir que extranjeros arrienden precios urbanos.
Sí, exactamente. Es para prohibir a los extranjeros en situación migratoria irregular celebrar contratos de arrendamiento de precios urbanos. Es que en situación migratoria irregular, ahí es más... Se entiende más claro.
Ofrezco la palabra sobre la cuenta, diputada Giles.
Gracias, presidente. Quiero hacerle dos preguntas. La primera en relación a ambas respecto del proyecto sobre la dieta de los expresidentes. La primera es si hubo algún acuerdo o resolución respecto del tiempo de indicaciones, cuándo ocurrió ese acuerdo, si es que lo hubo, y si es que no lo hubo, ¿a qué vamos a dedicar los últimos 20 minutos? Puesto que yo lo que entiendo es que solamente una vez fijado ese tiempo, se pueden presentar indicaciones. Y entonces me gustaría saber ¿a qué vamos a dedicar los últimos 20 minutos? Porque supuestamente si no hemos tomado ese acuerdo no habría indicaciones y no tendríamos cómo hacer una tramitación si todavía está abierto ese periodo o ni siquiera se ha tomado ese acuerdo. Eso es lo primero. ¿Dónde está la pregunta de mi asesorado? Ah, no es el de los expresidentes hoy. Me corrigen, de todas maneras sería bueno saber eso.
Luego, a mí me gustaría preguntarle, presidente, si hay algún resultado de las gestiones que hicimos y que nos recordare cuáles fueron esas gestiones en relación a la situación que se abrió aquí respecto de los fondos entregados a los expresidentes. Les recuerdo que vino acá el presidente del Senado, que se entabló una especie de contienda de competencia respecto de unos documentos del fiscal, ¿cierto? Que usted mismo, presidente, pidió que se trajeran a la vista esos documentos y una vez recibidos se pidieron unas gestiones que no recuerdo exactamente cuáles fueron. Me pareció que entre ellas debía estar que pudiera venir invitado nuevamente el presidente del Senado, que se había presentado antes sin invitación por iniciativa propia, a explicarnos mejor la situación, pero no recuerdo si eso es exactamente así. Me gustaría saber cuáles fueron los acuerdos que tomamos y cuáles...
Serían entonces los informes o las posibilidades que hemos ya recibido, si había algún resultado de eso y cuáles son. Muchas gracias, diputada. Es con la palabra. Señor secretario, recuérdenos si hay algún... ¿Acuérdense sobre esto y cuáles serían para poder proceder a...? Sí, lo vamos a verificar, señor presidente.
En este momento no tenemos presente algo, pero nosotros efectivamente recibimos la documentación solicitada del señor secretario general del... el Senado, como bien recuerda la diputada doña Joaquín Velaquiles, se le solicitó en su oportunidad los documentos relativos al informe del fiscal. El informe del fiscal era, cronológicamente, lo primero que se encontraba. Después, con el transcurso del tiempo, hubo un informe que evacuó la Secretaría General del Senado a la Fiscalía y que, digamos, adoptó una serie de acuerdos en la Comisión de Régimen Interior, y también tenemos copia de los acuerdos de la Comisión de Régimen Interior que son relativos a esta materia. Eso en su oportunidad se distribuyó y vamos a verificar si respecto a eso hubo algún acuerdo pendiente. Vamos a fijar inmediatamente.
Respecto al tema de la biblioteca que estaba relacionado, nosotros pedimos un informe respecto a los despidos por ese informe y aparece como reservado. Yo le pediría si les parece que le impriman a uno cada uno para poder revisarlo en papel. Es extraño que sea reservado primero. Y dado que es reservado, no sé quién le pone esa característica de reservado, por qué, preguntándole a quién, si es el director de la biblioteca per se. Y las personas de la biblioteca usted mencionó a dos, pero yo vi al director de la biblioteca afuera, ¿no viene él?
No, viene de los funcionarios de AETP, de la Secretaría Técnica Parlamentaria.
Perfecto. Está Karen Rigoz, que fue la autora del informe, acompañada de Paola.
Respecto a plazo de indicaciones para el proyecto de dieta de expresidente, ¿les parece fijar un plazo?
No, se votó en general, pero no hay un plazo. Yo preferiría, presidente, y seguramente usted va a concordar en esta oportunidad, que lo hiciéramos como me parece que corresponde reglamentariamente, que es que cuando usted cite para el efecto de ese proyecto, ahí entonces se tome esa resolución.
Bueno, señor Leiva, lo que pasa por un tema de técnica legislativa, porque cuando se ponga en tabla ese proyecto, que depende de usted, señor presidente, nosotros debiéramos comenzar la votación en particular, entendiendo que la discusión en general ya se agotó y se aprobó. Entonces hay que establecer un plazo para si algún diputado o diputada quiere proponer algún tipo de indicación, no solo para efectos de comparado, sino que eventualmente estudiar ese tema. Por eso es bueno colocar un plazo, y eso también lo ve usted, presidente, pero en ese plazo usted, de una u otra manera, establecería la fecha en donde vamos a comenzar la discusión en particular. Lo vamos a discutir con la secretaria y lo vamos a informar.
Claro, secretaria.
Presidente, en relación con la consulta pendiente en cuanto al día en que vimos el proyecto sobre... Nosotros vimos el proyecto sobre la región política electoral y se dedicó parte de la sesión... ¿Está bien?
Sí, presidente.
Lo que pasa es que lo que se produjo ahí, lo que recuerda la diputada doña Pamela Giles, es que hubo una suerte de intercambio de opiniones en relación con convocar al presidente al secretario general del Senado, lo tengo acá anotado, para aclarar la situación de fondo. Se pregunta la prudencia de hacerlo hoy, que estaba por votar que era un proyecto, relativo al tema de la dieta al presidente, compártelo de la vaca, el diputado de la vaca, la avisación, etc. Hay un cambio de opiniones que al final resolvieron simplemente repartir el informe para que cada diputado lo considere, presidente, alguna alternativa posterior. Y eso, absolutamente. Si la discusión era, había un informe firmado por el señor Norero en un sentido y después otro firmado por cinco, pero también por el señor Norero. Justo en el sentido contrario, con cinco o seis días de diferencia, más que con una firma, era con una mosca.
Claro, pero tiene un nombre, no sé, una prefirma o... visto bueno. Visto bueno, visto bueno. Y discutimos sobre esto. Pero la biblioteca está con ese problema, está con el tema del despido de la persona que habría emitido este informe y además señalan los diarios de ayer que en la biblioteca habrían habido de los primeros sumarios por caso de viaje con licencia médica. Y no lo habrían sancionado porque tenía irreprochable conducta anterior. Entonces, a uno le dicen cuando el ruido suena, piedras trae. Lo que sugiero es que podamos nosotros repartir en algún instante, puede ser en este curso de esta sesión, para que el papel, el documento reservado, que está con sujetos, digamos, que tiene como objetivo y para conocimiento a quienes lo solicitaron, que son los integrantes de la comisión, cosas que puedan ver con calma y probablemente hay algunas respuestas que ustedes necesitan que las van a encontrar ahí.
¿Quién lo califica de reservado? Viene calificado así por parte de toda la biblioteca e imagino porque contiene algún tipo de información personal de los trabajadores.
Tengo muy justo ahí el planteo de... ¿Por qué? ¿Por qué funcionario califica algo de reservado?
Sí, presidente. Es bueno que se señale la fuente de la calificación y de la reserva del instrumento, porque si lo solicitó la comisión, es un instrumento público. Yo no veo la razón por la cual se califique de reservado. Y, por consiguiente, al darse cuenta, deberían entregarse copias a cada uno de los miembros de la comisión.
Lo están haciendo ahora. Sí, lo tenemos en un sobrecito.
Pero sí, disculpe, es que esa reserva, ¿quién la califica? Disculpe, la tengo a mi pregunta.
Claro. En el reglamento no aparece que un funcionario de la Cámara pueda calificar algo que una comisión pide como reservado. Sí, ahora puede ser que se considere... ah, perdón.
Sí, presidente, yo con mucho respeto le pediría que por favor tengamos el orden correspondiente. La forma de dar las palabras en la tradición y en lo reglamentario en esta comisión se refiere a que tengamos igualdad de condiciones y no haya algunos miembros titulares que intervengan sin que el presidente les haya dado la palabra. Yo creo que sería útil mantener ese orden.
Por otra parte, presidente, me pregunto, frente a la situación extraña, por decir lo menos de esto que yo he calificado como una lata de gusano que se abrió a raíz de una cuestión supuestamente anexa al proyecto, me pregunto una vez más si no sería necesario, cuando siguen ocurriendo estas situaciones raras, que además están teniendo una derivada en la prensa, que pudiéramos invitar nuevamente al presidente del Senado para que él mismo aclarara frente a los acontecimientos la mirada de él, digamos, que vino por iniciativa propia, se abrió un asunto. Entonces, vuelvo a preguntar si no sería... ¿Les parece invitar a los dos presidentes? Porque al final la biblioteca depende de los dos: Castro y Osandón. Invitar a los dos presidentes de ambas cámaras para que se vengan a referir a este tema.
Acordado. La próxima sesión, que es mañana, para que vengan a hablar de los tres temas mencionados en el tema biblioteca: informe contradictorio, despido, informe reservado y licencia médica con irreprochable conducta anterior sin sanción.
Muchas gracias. Acá igual está todo levantado con inteligencia artificial, si alguien quiere ir a una sesión más atrás. Con especial precisión. Ofrezco la palabra.
Entiendo que estamos tratando temas de la cuenta, básicamente. Mire, mañana, por lo menos por lo que yo visualicé en las citaciones que pidió la secretaría, aparece que estamos citados a votar el proyecto de fortalecimiento del Ministerio Público. Ese proyecto tiene urgencia, y no tan solo tiene urgencia del Ejecutivo, sino urgencia de la ciudadanía: cerca de mil funcionarios adicionales, muchos de ellos fiscales, ayudantes fiscales, o gente...
Dado que tenemos tantos proyectos en fila en esta comisión, quiero permitirle al diputado Longton que nos justifique de por qué es importante seguir con... Eso podría ser una opción, porque... Diputado Longton, tiene la palabra.
Gracias, presidente. Primero, bueno, para responder a su pregunta, la verdad es que la colaboración ha sido nula por parte del gobierno para poder avanzar en este proyecto, y esa es la realidad.
Hoy día claramente que vivimos un fenómeno delincuencial muy distinto hace algunos años con delincuentes menores de edad que delinquen habitualmente. Y le quiero poner un ejemplo, presidente. Hoy día nos despertamos con dos hechos delincuenciales de la máxima gravedad y en todos había menores de edad involucrados. Un portonazo en Peñalolén, un menor de 17 a 15 años, el robo de celulares de alta gama, siete menores de edad, entre ellos dos extranjeros, un venezolano y un haitiano.
Entonces la verdad, presidente, que esto es de suma gravedad desde el punto de vista de cómo está el fenómeno delincuencial en menores de edad en nuestro país.
Y cuando uno escucha a la ministra de Desarrollo Social en la sala de la Cámara de Diputados, hablando de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y no hablando del derecho de las víctimas, y en la sociedad de poder vivir tranquilos, quiere decir que el foco del gobierno no está alineado con las necesidades de este país respecto al fenómeno delincuencial y la protección de las víctimas.
Entonces, la verdad es que, presidente, que a uno le causa mucha decepción que el gobierno no ponga ni el más mínimo esfuerzo para poder colaborar en alguna alternativa o complementar este proyecto.
Y es por eso, presidente, que ha pasado tanto tiempo sin ningún tipo de urgencia y es lamentable porque la realidad del país parecerá ser muy distinta a la que cree que el gobierno cree que están viviendo los chilenos.
Y en ese sentido, presidente, ingresé una indicación para modificar el número 6, dejando solo la parte del criterio Valencia. Recordemos que la primera parte hablaba de que los reincidentes de delito, que nos habría encantado que hubiera estado y hubiera sido aprobado, pero entendiendo que no está la mayoría para eso, dejamos la segunda parte que habla del criterio Valencia, esto es que el menor de edad que no tenga la identificación sea un criterio para que los jueces puedan dejarlo en prisión preventiva, que es una regla similar a la de los adultos y eso implicaría que delincuentes como los menores de edad que fueron apresados el día de ayer tengan posibilidad de quedar en internación provisoria cerrada porque no se tiene su identificación.
Si no, presidente, el riesgo es que queden en libertad y vuelvan a cometer delitos igual o más graves de los que cometieron.
Entonces, esto queda aniliado con el criterio de valencia, presidente, que tiene que ver con la identificación de menores de edad que pueden estar privados de libertad, pero no sabemos, o pueden dejarse en libertad sin saber si han cometido delitos anteriormente de mayor gravedad incluso que los que han cometido recientemente.
Eso, presidente, es la modificación. Entiendo que había al menos parte de acuerdo en poder avanzar en esa línea.
Y la segunda parte, presidente, tiene que ver directamente con que los menores de edad que cometen delitos y son detenidos, cuando se apela respecto de su libertad, puedan quedar en internación provisoria cerrada, para efectos de que cuando la sentencia esté ejecutoriada haya la posibilidad de que ese menor de edad no esté en el intertanto en libertad, a pesar de haber sido detenido por un grave delito.
Eso, presidente. Le faltó en el relato de los hechos de hoy dos jóvenes de 11 y 14 que lanzaron en la Ruta 5 Sur piedras contundentes sobre vehículos.
Secretario, ¿puede leer la nueva redacción que manda el diputado Lompton para votar? 11 y 14.
El diputado Andrés Longton incorpora un numeral 3 nuevo, introduce las siguientes modificaciones en el artículo 32, y el artículo 32 regula las medidas cautelares del procedimiento. Literal A, intercálase en el inciso primero del artículo 32 entre la palabra crímenes y la coma que inmediatamente le sigue, lo siguiente: O en aquellos casos en que se desconozca la identidad del adolescente por carecer este de documentos que den cuenta de manera fidedigna de ella o cuando se niega a entregar dicha documentación o utilice documentos falsos o adulterados. Esto sería entonces un caso, digamos, más en el cual se puede practicar la internación provisoria en un centro cerrado.
Al Ejecutivo le pedimos la opinión sobre esta nueva redacción.
Gracias, presidente. Muy brevemente, repetir las consideraciones que tuvimos como Ejecutivo.
en la sesión de ayer, en el sentido de que independiente del tema de la identidad, que también tiene un régimen distinto, lo que nos parece que va en el sentido incorrecto de esta modificación, está en contemplar con internación provisoria delitos que no solamente son graves y que eventualmente pueden efectivamente contemplar ese mismo mecanismo de privación de libertad, sino también a otros. Y desde ese punto de vista no corresponde y es desproporcionado. Por eso nosotros creemos que desde ese punto de vista ya está bastante bien regulado el asunto de la internación provisoria y que desde ese punto de vista ya hay normas que tienen que implementarse. Esto, a todo esto, presidente, en el contexto también de hacernos cargo de que nosotros, a pesar de que efectivamente, en cuanto a lo estructural de este proyecto, pensamos y repetimos en cada una de las indicaciones que nos parece que es apropiado dejar que la implementación de la ley que el próximo año concluye, que fue aprobada por este mismo Parlamento, debe demostrar en sus efectos, su efectividad y su evaluación, si hemos participado presentando indicaciones que han sido también consensuadas dentro de la mesa del sistema de justicia penal. Entonces, desde ese punto de vista, se han presentado indicaciones para mejorar ciertos aspectos. Lo que pasa es que acá consideramos que esto es un aspecto negativo que no aporta a la mejora. Eso es lo que siento.
Sí, presidente. Producto de la discusión que tuvimos el día de ayer, hubo una modificación planteada incluso por el propio Ejecutivo. O sea, no hay que olvidar que estas modificaciones se dan dentro del contexto de la ley de responsabilidad penal adolescente, con los principios generales del derecho que informan este tipo de estatuto de protección, de efectivamente que la internación provisoria es excepcional, es una medida extrema, pero aplicar normas que son del todo evidentes en personas que cometen ciertos delitos graves, por ejemplo, que tú no conoces la individualización y ahí lo que aplicas es la misma técnica que tiene la ley corta: en tanto no se resuelva ni quede ejecutorial la sentencia, se mantenga bajo la internación provisoria.
Gracias. Mientras desconozca la individualización de este menor de edad que comete un hecho que reviste caracteres de delito, es de toda lógica. Si efectivamente un menor de edad comete un delito, queda sometido al estatuto de la ley de responsabilidad penal adolescente; desconozco su individualización, dónde vive, dónde tiene su acervo, dónde tiene su arraigo, obviamente no sé quién siquiera es. Tengo el derecho, bajo la misma normativa y el estatuto de protección de los menores, a mantener una internación provisoria. Entonces, aquí lo que se cumplen, en mi opinión, son dos criterios que hoy día existen en la legislación normal, a través de la ley corta y a través del criterio de valencia que lo validamos en esta misma comisión en la ley de reincidencia aplicado a menores de edad. Tan simple como: si alguien comete un delito, aunque sea un menor de edad, y no logro individualizarlo, lo lógico es que el Estado pueda accionar, custodiarlo para poder identificarlo y debidamente individualizarlo.
Frente a eso y el esfuerzo que realiza el Estado para poder identificar, en particular cuando son menores de edad, quisiera poder preguntarle al subsecretario, por su intermedio: en los casos de los menores de edad, actualmente no se les está sacando registro de ADN y de huellas porque son menores de edad. Entiendo que, por ejemplo, en el caso del sicario Meix, tenía detenciones previas, pero el cruce no se pudo hacer porque las detenciones habían sido cuando era menor de edad y porque ahí es un ángel, entonces después de los 18 años puede ser un demonio. ¿Es necesaria una modificación legal o basta una voluntad de parte del Ejecutivo para poder levantar este registro de alguien que cometa alguno de estos delitos, que son bastante graves, por ejemplo una violación, por mucho que sea menor de edad? Yo creo que el desde es tomar todo tipo de registro para saber precisamente quién es y que, en caso de que esté involucrado en cualquier otro delito, podamos identificarlo de forma inmediata. ¿Es necesaria una modificación legal o es la buena voluntad del Ejecutivo? Y también entiendo que portar carnet de identidad es obligatorio desde los 18 años en nuestro país, no antes.
¿Diputado Ángeles?
Yo creo que sí.
¿Diputado Ángeles? Eso es actualmente.
Disculpe, presidente. Mi familia existe la costumbre de no hablar. Boquita moviéndose, uno no habla entre medio. Entonces estaba esperando que se callara.
Presidente, a mí me parece que lo que hay que preguntarse en este debate es justamente por qué el legislador deja fuera a una persona llamado niño, niña y adolescente. La verdad es que estamos entre legisladores, la nomenclatura menores de edad está completamente superada por la historia del derecho de la legislación hace prácticamente dos décadas. Entonces quizás sería bueno, ¿por qué el legislador deja fuera, por ejemplo, de lo que hoy día llamamos el criterio de valencia a los niños, niñas y adolescentes? Muy sencillo, por la razón que he esgrimido durante todo este proyecto legislativo, que es que es inconstitucional. Existen tratados internacionales que le dan determinadas garantías a los menores y, más aún, existe un estatuto de garantías de la niñez y la adolescencia aprobado por votación absoluta en esta misma Cámara en el periodo legislativo anterior, que hace que todas estas normas sean inconstitucionales, porque justamente señalan que no es posible a un niño, niña y adolescente tratarlo penalmente como a un adulto, según lo que indica toda la filosofía legislativa del planeta, ya no de Chile. Entonces, esta norma, por las mismas razones que esgrimía además adicionalmente el diputado Leiva por su intermedio, porque ya está contemplado cuando hubiera una excepción en nuestra legislación que está aplicándose por aplicarse y aplicándose en su mayoría lo que ha sido la renovación de esta legislación. Esta es una norma inconstitucional.
Presidente, quiero hacer un par de aclaraciones. Lo que dice el subsecretario de Justicia quizás puede haber sido la indicación previa, pero esta indicación tuvo una modificación, por lo tanto él señala algo que no es correcto desde el punto de vista de la indicación como está planteada ahora, porque ahora solo planteamos el criterio de valencia en la primera parte y la instrucción que da, yo quiero rememorar un poco de lo que fue el criterio de valencia, porque el criterio de valencia no distinguió entre mayores y menores de edad, el criterio de valencia lo hizo general y lo que hicimos, por lo tanto, es una instrucción que es para todos los fiscales sin distinguir la edad. Y lo que hicimos nosotros en la ley de reincidencia fue subirlo a rango legal. Y lo que estamos haciendo ahora es complementar aquello e incorporarlo a la ley de responsabilidad penal adolescente, como lo hicimos para los adultos, ahora lo estamos haciendo para los menores de edad, para que salga solamente de la mera instrucción y sea un criterio generalizado para efectos de que cuando se detiene un menor de edad, uno de los criterios del juez para dejar en prisión preventiva sea la falta de identificación de ese menor, porque probablemente puede ser, como fue con el caso de, ya no sé cómo se llama, Ferrer, Mejía, a esta altura nadie sabe, que era un sicario que había cometido previamente delitos graves y esa identificación no se tenía. Por lo tanto, si queda en prisión preventiva, puede el fiscal y los organismos competentes identificarlo para verificar si está comprometido en otros delitos graves, como dijo por su intermedio el diputado Leiva, incluso si está en una trata de menores de edad, tráfico de migrantes, etcétera, etcétera, incluso puede ser para poder protegerlo de eventuales delitos de los que está siendo víctima. Así que, presidente, quería complementar con eso porque la indicación está modificada en ese ámbito sin perjuicio de que la segunda parte se mantiene y, imagino, que vamos a la discusión también respecto a la segunda parte de la indicación.
Gracias, señor subsecretario.
Sí, la directora de la División de Organización va a hacerse cargo de esta última parte. Gracias, presidente.
Solamente para poder aclarar la argumentación, el tema es que el artículo 32 regula con una norma especial la aplicación de la internación provisoria para el caso adolescente y solamente es aplicable para aquellos casos en que siendo un adulto se trata de crímenes. Entonces, por lo tanto, con la redacción de la norma propuesta lo que nosotros entendemos es que en estos casos que se plantean, donde no hay verificación de identidad en el fondo, se amplía la aplicación de la internación provisoria a cualquier simple delito. Y eso es, en el fondo, lo que nosotros señalamos que hay un problema con la proporcionalidad de la medida cautelar porque se trata de casos...
en que no procedería una pena privativa de libertad. Pero solo mientras lo identifica. Solo mientras lo identifica. Siguiente. ¿Diputado Alonso? Sí. Presidente. Presidente, ¿sabe lo que pasó? ¿Qué pasó, diputado? ¿Y la vaca no...? Sí, pero es que el diputado Alessandro me ha dado la palabra.
No, se me quita terminar la idea porque entiendo que esto en el fondo son como tres consultas, ¿cierto? La procedencia de la intervención provisoria en estos casos, el tema de la verificación de identidad, en todos los casos donde hay una persona extranjera que no tiene identidad se hace el proceso de verificación de identidad. Una discusión distinta es que ello quede ingresado al registro ADN CODI. Y respecto de aquello... Hay varios pronunciamientos de la Corte Suprema desde el año 2019 en adelante, si no me equivoco, donde se rechaza la incorporación de la huella genética de los adolescentes en el registro de ADN COIS. ¿Por qué? Por dos motivos. Uno, porque la ley lo regula como una pena accesoria para el caso adulto en algunos delitos. Y en segundo lugar, porque va en contra de principios fundamentales del sistema de justicia penal adolescente, que en el fondo es que este paso por el sistema penal no quede registrado como un antecedente que en el fondo lo va a perseguir la dientera, porque hay que tomar en consideración que en el caso del registro de ADN COVID es un registro que nunca se elimina, siempre queda permanente. Eso es clave, porque es lo que preguntaba el diputado Baraya antes. También, cuando un joven es privado de libertad por un delito, que su ADN quede ahí, no es un castigo para él, es más bien una ayuda para que el sistema, si se vuelve a encontrar con él en los próximos 50 años, sepa de quién estamos hablando. Yo no veo que tu ADN y tu registro esté en el ADN CODIS, como lo llama usted, y que lo persiga para siempre. No es que lo persiga para siempre, es un dato que el Estado necesita para mejor perseguir. Y si en las cárceles después dividimos entre primerizo o profesionales del crimen, tampoco vamos a saber hacerlo bien. Es un tema más de fondo, más ideológico quizás, pero es importante. Pero más que ideológico, presidente, si usted me permite, hay un tema concreto. El Estatuto de Protección o la legislación de la responsabilidad penal a los adolescentes se aplica a niños, niñas y adolescentes, que son aquellos que tienen menos de 18 años. Si yo no sé o no logro individualizar o identificar a una persona, ¿cómo voy a saber si le aplico este estatuto o la norma general? O sea, incluso va en protección de la persona que tiene menos de 18 años, puedo decir menor de edad, pero en definitiva, ¿cómo voy, por ejemplo, en este caso del señor Mejías o como se llame, que es un hecho concreto, cuando él estuvo internado, ¿quién sabe o quién determinó que efectivamente cuál edad tenía al cometer el primer delito por el cual estuvo detenido? No sabíamos, porque no conocemos su individualización o correcta identificación. Entonces, es importante esta norma, porque además yo no puedo distinguir al chino y al extranjero, pero protege al menor. Y efectivamente le voy a aplicar una norma más benigna si efectivamente logro establecer que es menor de edad. De no ser así, obviamente tengo que aplicar la legislación general. Esa es la problemática. Y por eso cuando plantea la indicación del diputado Lonto de hasta que no esté debidamente ejecutoria, o hasta que no se individualice o identifique, uno podría también interpretarlo que va en directa protección del menor de edad que cometa algún delito.
Diputada Morales, tiene la palabra. Gracias, presidente.
Sí, yo quería hacer una consulta, porque yo creo que acá hay una diferencia entre este registro, que entiendo que es un registro de personas que tengan antecedentes criminales, o antecedentes de haber pasado por el sistema de justicia, con el registro civil, que es el registro de las personas que habitamos en Chile, donde tienen el registro de las huellas biométricas. Entonces, creo que mucho se soluciona si sabemos qué ocurre con el registro civil, con el empadronamiento o enrolamiento que ha realizado, que son cuestiones distintas, yo entiendo, que ha impulsado el gobierno en los últimos tres años. Entonces, ¿qué discusión estamos teniendo sobre las huellas biométricas, el registro civil? Lo cual es probablemente la idea es que estén todos quienes habitamos en Chile para poder tener un RUT, para poder ir al... la escuela para poder acceder a los servicios de salud y otra cosa es el registro del ADN que entiendo que está destinado a revisar los antecedentes con la Interpol, si no me equivoco, y otro tipo de redes más bien internacionales asociadas.
a la criminalización. Entonces, no sé si nos pueden hacer la distinción. Eso, presidente, muchas gracias. Y una persona, vamos acumulando preguntas. Presidente, yo, a ver, primero, clarificar algunas cosas. Esto es principalmente para menores de edad extranjeros, que son los de los que no se tiene la identificación, pero principalmente solo que no se tiene particularmente la identificación porque en el caso de los chilenos es más rápido el proceso de identificación y no tiene nada que ver con la huella genética de ADN que se ingresa al COIS. No tiene nada que ver: esto tiene que ver solamente con la identificación. No estamos incorporando la huella genética; nos encantaría, pero no estamos incorporando la huella genética porque con la huella genética tú no lo puedes identificar; tú lo identificas con la identificación, con las huellas, con el padrón biométrico y con la información que solicita internacionalmente. Gracias. Interpol, etcétera, etcétera.
Ahí tú buscas la identificación y eventualmente a través de esa identificación tú podrías después liberarlo. Porque dicen, mira, ¿sabes qué? Este menor no ha estado involucrado en otros delitos, por lo tanto es desproporcional, entre comillas, la internación provisoria cerrada; por lo tanto hay que dejarlo en libertad mientras se desarrolla el proceso. Es preventido porque eventualmente este menor de edad puede haber cometido delitos graves en nuestro país y no tenemos la identificación. Pasó con el asesino de un carabinero, que creo que fue el cabo Palma, que había cometido delitos con gravedad anteriormente y él dijo que tenía un nombre distinto al que realmente tenía. Ahí empiezan a hacer el criterio de valencia, porque a esa menor lo iban a dejar en libertad. Entonces, para efectos de verificar la identificación de esa persona, mientras se sabe si es que está metido en otros delitos incorporados, queda la internación provisoria cerrada. Una vez que se verifica que sí está o no está involucrado en otros delitos graves de los cuales probablemente se le está buscando, y ha dado otra identificación, se toma la decisión de dejarlo en libertad o dejarlo en internación provisional cerrada. Eso es lo que busca la indicación, que es similar a lo que ocurre en el caso de los mayores de edad. Gracias, presidente.
Recuerdo un partido para agregarle algo un poquito más pedagógico, un partido de la selección de Camerún, donde tuvieron que descalificar a 21 jugadores porque, en realidad, no tenían la edad que decían tener. Entonces, si esto pasa en el fútbol, ¿cómo no va a pasar entre delincuentes? Cuando son inmigrantes ilegales, puede ser un muchacho que afirma tener 15 años, pero tiene 25 y no sabemos quién es. La pregunta es, ¿cómo logramos hacer esa distinción? ¿Solo por la autopercepción, por lo que sostiene? Ese cruce de información, ¿cómo hoy día el sistema judicial lo está haciendo? Porque, de lo contrario, somos el paraíso para cometer delitos para los extranjeros. No sabemos quiénes son, no cruzamos los registros, porque es mentira lo que han dicho algunos, de que uno pone la huella y se cruzan todas las bases de datos y vamos a saber quién es. No es así, solo es una huella contra la otra. La policía investigacional no lo está haciendo, el Servicio Médico Legal no lo está haciendo, el Registro Civil no lo hace. Entonces, no sabemos quién es, salvo que hayan pistas para poder determinarlo. Si es inmigrante legal no tenemos idea de quién es. Incluso hay un letrero bien grande en la Policía de Investigaciones que dice: si usted es menor de edad, venga, rellene el formulario, pero tranquilo que no lo vamos a denunciar, ni va a ser perseguido, ni absolutamente nada. Entonces, no es perseguido, no es denunciado. Si es menor de edad, no le vamos a aplicar ningún tipo de restricción. Y basta que lo diga. Puede ser, con el respeto de los presentes, pelado y barbón, seguir sosteniendo que tiene 15 años, 14, 13 o 12, y no porque sufre de una calvicie juvenil, sino porque, en realidad, el paso de los años y la hormona a los 30 o 35 años lo llevó a la pérdida del pelo, pero se sigue afirmando ante las autoridades policiales de Chile que tiene menos de 18 años. Por tanto, mi pregunta al gobierno es cómo vamos a resolver con estos menores de edad que están ingresando permanentemente a Chile de forma creciente a delinquir, cómo los vamos a identificar y cómo vamos a evitar que mayores de edad se hagan pasar por menores de edad. Gracias diputada Giles y después diputados.
No voy a comentar la referencia que ha hecho el diputado Araya por su intermedio al diputado Longton, que lo puso prácticamente protagonista. Quiero ponerme en otra situación, ya que estamos en esto, y es la siguiente. Una niña, que dice ser niña, y que es observada como niña, que dice tener 11 años, es atrapada después de hurtar un super 8. En su huida, esta niña de supuestos 11 años fue perseguida por el…
dependiente y lamentablemente se tropezó y perdió una pieza dental. Entonces tenemos una situación de hurto con lesiones graves, ¿cierto? Porque ahí la perdió una pieza dental, ¿ya? Esta niña, según la indicación del diputado Longton, lo que yo entiendo es que sería puesta en internación provisoria mientras no sea identificada por los medios que están descritos. Además tiene acento extranjero, entonces particularmente sospechosa la niña de 11 años. Puede arrastrar una criminalidad supuesta que hay que verificar. Y esta niña permanecería en internación provisoria con sus supuestos 11 años, después del hurto del Super 8, hasta que a través de Interpol se logra tomar contacto con los servicios extranjeros y tal vez dar con su identidad en el plazo de, no sé. ¿Dos semanas? ¿Tres? ¿Tres meses? Según la experiencia de los que algo conocemos, cómo se produce en la realidad eso. Entonces a mí me parece, francamente, que esto es entre que quiero reírme para no llorar. O sea, estamos hablando de una niña que eventualmente pudiera efectivamente tener 11 años con cualquier identidad extranjera o no que va a estar privada de sus derechos garantizado por todo tipo de tratados internacionales y por el Estatuto de Garantía de la Niñez, por lo tanto por la constitución chilena, y este proyecto del diputado Longton, a través de una indicación, pretende que nos sentemos en todo eso. A mí me parece francamente absurdo, a la luz de la práctica, o sea, de la racionalidad más básica. Gracias, diputada.
La diputada Gil les pone el ejemplo del Super 8 con la niña de 11 años, yo les pongo el ejemplo del asesinato de la pareja en Lindero que entran seis personas disparando a su casa, uno tenía 14 años y esas dos personas hoy día están muertas.
Mire, yo quisiera que el debate se sentara en lo que corresponde. Mire, presidente, a propósito de su mismo ejemplo, si los menores de edad, en este caso como el que usted plantea, el asalto a esta parcela, en conjunto con mayores de edad, son detenidos, son formalizados, ellos están formalizados por delitos que son crímenes. Y eso es bien fundamental. Es asesinato, el homicidio, el crimen por autonomía. Por lo tanto, se aplica la norma vigente que establece que la internación provisoria en un centro cerrado, es decir, bueno, todos saben lo que significa, solo será procedente tratándose de la imputación de conductas que de ser cometidas por una persona mayor de 18 años constituirían crímenes. Entonces, se identifique o no se identifique, tenga pasaporte, cédula de identidad, carnet de un club deportivo, el menor de 18 años va a ser imputado y va a estar sujeto a un régimen de internación provisoria en un régimen cerrado, porque cometió un crimen o porque está imputado con un crimen. Y eso tiene mucho sentido, eso también pasa en los adultos. Lo llevan detenido por haber cometido un crimen, probablemente va a quedar detenido por todas las causales que hay, porque puede haber peligro de fuga, porque puede ser un peligro para la sociedad. Ese es el sentido común. Ese sentido común se llama proporcionalidad en torno a los delitos.
Y el problema de esta indicación del diputado Longton, que rompe la proporcionalidad porque dice que van a quedar sujetos a régimen cerrado los que se han acusado por crímenes, y agrega, o en aquellos casos en que se desconozca la identidad. Al decir en aquellos casos, se refiere a todos los casos que no son crímenes, todos los delitos que no son crímenes, que son cientos de delitos, muchos de ellos tienen afectación de bienes jurídicos que no son relevantes para la seguridad de las personas. Puede ser violación de propiedad intelectual, venta de discos, venta de vinilo, pirateo, pueden ser desórdenes públicos. Yo espero que distingan los colegas que están acá, varios son abogados, lo que son crímenes con simple delito. Entonces, ¿por qué no dan argumentos de crímenes? Porque eso está encubierto ya por la norma aprobada. Estamos hablando de que quieren ustedes mantener encarcelados, en régimen cerrado, a menores de 18 años cuando son imputados por delitos que muchas veces no afectan la vida ni la integridad física de nadie. Tienen que ver con falsedades, tienen que ver con piratería, tienen que ver con propiedad intelectual. Entonces, no tiene sentido y ustedes lo van a ver porque además se aplica a cualquiera, sean extranjeros o sean chilenos también. Si un menor de 16 años no tiene...