Senado Salud

Senado - Salud - 5 de agosto de 2025

5 de agosto de 2025
13:30
Duración: 3h 39m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 17003-11 Continuar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley que establece la ley integral de salud mental y modifica los cuerpos legales que indica.

Vista pública limitada

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¿Ponemos de pie, por favor? Muy buenos días a todas y todos. Damos inicio a la sesión de la Comisión de Salud de hoy, martes cinco de agosto. Partimos. Le voy a pedir al asesor de subsecretaría, al asesor legislativo de subsecretaría, que se incorpore a la sala, por favor. Vamos a tratar con él. Es un proyecto de la subsecretaría, lo vemos directamente con la subsecretaría. Muy bien. ¿La cuenta, señor secretario? Señor presidente, se han recibido los siguientes documentos. Una propuesta de indicaciones, de redacción de indicaciones al proyecto de ley sobre salud mental, que fueron socializadas, enviadas por el Ministerio de Salud. Segundo, oficios del señor fiscal nacional subrogante con la que ha puesto a uno enviado por esta comisión, relativa información estadística asociada al número de denuncias remitidas a diferentes instituciones en relación a la emisión de licencias médicas fraudulentas.
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Un oficio de la subsecretaria de Hacienda, en el que informa acerca de la incorporación del sensor de glucosa dentro de la canasta GES a propósito de la diabetes tipo 1. El señor alcalde subrogante de la comuna de Paillaco remite proyecto de apoyo a la gestión local de Paillaco, enviado al Servicio de Salud de los Ríos para la implementación de un laboratorio municipal para la atención primaria de la comuna. Por último, una solicitud de la presidenta de la Corporación Nacional Coordinadora Familiares Usuarios y Amigos de Personas con Afecciones de Salud Mental, en la que solicita el envío y el avance de la tramitación de las indicaciones presentadas al proyecto de ley en estudio. Confieso la palabra sobre la cuenta. Senador Chaguán. Si es posible, recordar la solicitud de la Universidad de Chile. Gracias. Quería exponer que me he insistido varias veces en la rectora. Si es posible, asignarle una fecha. Gracias. Muy bien, respondo de inmediato. Ayer temprano, al inicio de la sesión, mencionamos que vamos a tener que dejar un espacio. Sé que estamos legislando, y también lo voy a transparentar: fue parte de mi molestia ayer, porque uno trata de ser ordenado, puede que yo sea demasiado cuadrado, pero uno trata de ser ordenado para ir avanzando y cumpliendo el timing comprometido. Cuando se da vuelta, claro, la planificación siempre es dable de modificar. Es parte de la gracia de la planificación que puede ser modificada, ajustada, pero tenemos un timing que está dicho, conocido y que tratamos de hacerlo cumplir. Por ese timing hemos dejado allá alrededor de seis o siete solicitudes que han hecho la señora senadora y los señores senadores para poder ser escuchados, porque son materias de interés de esta comisión, pero también interés del sector. No lo hemos podido hacer porque estamos tratando de cumplir ese timing, de sesionar legislativamente los lunes, los martes y los miércoles. He estado leyendo su WhatsApp, colega Chaguán, dos veces a la semana, donde me recuerda la solicitud de la rectora de la Universidad de Chile y también lo de otros colegas que me recuerdan lo mismo. Vamos a dejar un lunes, tal como lo dijimos, o dos lunes, para poder dar cumplimiento también a esa parte de la tarea. Muy bien. No hay más palabras sobre la cuenta. Yo solamente quiero decir que en el caso del punto tres de la cuenta es más bien una cuestión interna, no es de la comisión, es una gestión que se hizo directamente en una conversación con la ministra de Salud respecto del laboratorio de la comuna de Paillaco. Así que lo mantendremos en ese ámbito. Muy bien. Han estado llegando a mi correo y a mi WhatsApp solicitudes de audiencia para el proyecto de licencias médicas. Yo he pedido que lo envíen a la comisión para que, una vez tengamos el listado total de todas las organizaciones que han pedido espacio para exponer su postura, particularmente son gremios, lo debatiremos, lo acotaremos al número que corresponda escuchar y, en ese contexto, entonces vamos a darle salida a esas solicitudes. En ese contexto también yo me imagino que se le avisó ayer en la tarde, no teníamos como antes saber que hoy día no íbamos a iniciar el trámite de informar sobre el proyecto de licencias médicas. Se informó, porque venía la ANEF nacional ayer y entiendo que están bien. Muy bien. Bien, si no hay más puntos varios. No hay puntos varios. Muy bien. Bueno, vamos a... ¿Tenemos la tabla de hoy? Que no la tengo a mano. ¿La tienes por ahí? Gracias. Bien, vamos a dar inicio entonces a la tabla, que tiene como único punto continuar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley en primer trámite constitucional que establece la ley integral de salud mental y modifica los cuerpos legales que indica. Mantenemos la urgencia simple. La ministra de Salud se excusó, lo supimos ayer que se excusaba, y está en representación del ministerio la señora Andrea Albagli, subsecretaria. Estaba también el subsecretario Martorell, pero la verdad es que lo que podemos hacer es que, cuando correspondan proyectos a una u otra subsecretaría, esté el subsecretario pertinente, a no ser que el subsecretario que le corresponda no pueda y el otro lo represente, no estando en este caso la ministra. Muy bien, vamos a...
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A partir de… Ah, me estoy robando la tarea al señor secretario, por favor. Señor presidente, muchas gracias. Habíamos quedado en la página 30 del comparado de la secretaría. Debo recordar, si la indicación se acuerda, que esta indicación se acordó debatir por letras. Entonces, nos toca la letra B, página 31 del comparado. Letra B, intercálase en la letra D entre las frases “se efectuará en” y “servicios” la frase “todos los”. La indicación es de los senadores Castro González y Macaya. Página 31 del comparado de la comisión. Lo que pasa es que hay dos comparados. Hay un comparado antiguo que es el que yo tengo y el comparado formal oficial y el que tiene secretaría que tiene otra numeración. Pero en todo caso es… es la indicación 60. Página 30. ¿Estamos? Muy bien. Y habíamos votado, de hecho, la letra A. ¿Ya? Estaba aprobada. Y ahora vamos a la letra B. Como se ha incorporado el senador Gaona, ¿podríamos repetir, por favor? Sí, la letra B dice: intercálase en la letra D entre las frases “se efectuará en” y “servicios” la frase “todos los”. Acá dice: en la letra D anterior dice “la atención de urgencia de salud mental se efectuará en servicios de urgencia”. La única corrección que hay es “la atención de urgencia de salud mental se efectuará en todos los servicios de urgencia”. ¿Está de acuerdo el Ejecutivo? Buenos días, presidente. Un gusto saludarlo por su intermedio a los honorables senadores y senadoras. Nuestra interpretación es que esta indicación lo que hace es explicitar que toda persona que acuda a una urgencia por una crisis de salud mental tenga que ser correctamente atendida, porque la atención de urgencia no se vincula necesariamente a algún especialista en particular. Y por ende, nuestra interpretación es que efectivamente esto no irrogaría en gastos adicionales. Así que estamos a favor de esta indicación, presidente. Muy bien. Hice la pregunta, por simple que parezca, porque hubo en un momento una duda si era admisible o no. Al colocar “todos” obligaba a un sistema que en su conjunto respondiese y eso pudiese tener o no una implicancia presupuestaria. Por eso, con el anuncio del Ejecutivo y en esa línea, estamos claros y listos para votar. ¿Vamos a votar esto separado o lo sumamos a la que sigue? La que sigue, a juicio de la Secretaría, es inadmisible, pero la Secretaría preguntaba si es inadmisible o no la letra B. Tendría que pronunciarse el señor presidente. Gracias. Muy bien, entonces aprovechemos para no votar solamente la anterior. Veamos con la letra E. La letra C sustituye el inciso primero de la letra E por el siguiente: E. La hospitalización por causa psiquiátrica deberá ser provista en hospitales generales de baja, mediana y alta complejidad, incluso en aquellos territorios donde exista un hospital psiquiátrico, conforme a la cartera de servicios aprobada para el establecimiento y según los requisitos y condiciones de la ley 21.331 del reconocimiento y protección de los derechos de las personas y la atención en salud mental. A juicio de la Secretaría es inadmisible. Si cambiamos el “deberá” por “podrá”, eso permitiría efectivamente habilitarla y yo diría que cumple con el objetivo del texto de la indicación. Justamente es el punto, porque el proyecto señala “la hospitalización psiquiátrica podrá ser provista” y la indicación dice “la hospitalización por causa psiquiátrica deberá ser provista”. Es al revés. La indicación establece la condición de obligatoriedad. El proyecto original dice “podrá”. Entonces, aquí el Ejecutivo tiene que definirse porque de otra manera ya la Secretaría la declaró inadmisible. Entonces depende del Ejecutivo. Concordamos, presidente, con que esta letra de la indicación sería inadmisible porque estaría incorporando una obligación.
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¿A qué se refiere, presidente? Me refiero a que ustedes, si quisieran ir más allá, podrían presentarlo como indicación, pero no está dentro. No, no está dentro de nuestros planes por gasto adicional. Javiera. Muy brevemente, la ministra cuando estuvo en una de las sesiones hizo alusión al cambio de la regulación de todos los tipos de hospitales, justamente aludiendo a este punto de que existen hospitales de baja complejidad que pueden hacer hospitalización y que eso va a ser en función de las necesidades de un territorio. Por ejemplo, Angaroa, que es un hospital de baja, pero es un hospital que al día de hoy hace hospitalización psiquiátrica porque es una necesidad de esta comunidad. En Porvenir hay un hospital de baja que hace hospitalización psiquiátrica porque a veces no se puede cruzar el estrecho. Y entonces ellos contienen pacientes hasta que haya condiciones para viajar hasta Punta Arena. Yo me dediqué harto tiempo a hospitalización involuntaria y gestioné muchos casos, entonces les podría decir ahí 10 o 15 hospitales de baja que hoy día en Chile tienen esto como una práctica regular. El cambio de la regulación de los hospitales, el cambio de la norma técnica de complejidad de los hospitales ya lo incorpora. Entonces, es una práctica que queda igual de todas maneras protegida. Bien, entendemos, no suscriben entonces la obligatoriedad, no obstante vamos a tener que hacer una modificación y no sé si eso está considerado en dedicación. Ya lo habíamos tratado al inicio de la votación: es que la nomenclatura de hospitales de baja, mediana y alta, entiéndase, para todos los efectos del resto del proyecto debería ser modificada. Así habíamos quedado, ¿no, Julio? Sí, así es. Perdón, eso no se había acordado. Se había acordado solamente el cambio de la laboral. Sí, pero... El otro se comentó, pero no se tomó el acuerdo. Claro, se comentó, se... A ver, colega, el Ministerio de Salud modificó la nomenclatura. Ya no se habla de baja, media y alta complejidad. Hay otra nomenclatura que lo simplifica. Entonces, si ya eso, yo no sé cuál es el estatus de eso, su secretaria, si eso está oficializado como postura ministerial, que ya no existe esa nomenclatura, porque entonces tendríamos que modificar, si no la ley queda desencajada. Me gustaría eso porque eso debería ser modificado en todo el contenido, en todo el texto del proyecto. Le ofrezco la palabra. Así es, presidente. Esa nomenclatura cambió y por ende podemos ofrecer una redacción para todo el proyecto que se asegure que eso esté correctamente reflejado. Muy bien. ¿Cuál es la clasificación que hoy día tiene la red? Primero, segundo y tercer nivel. Primero, segundo y tercer nivel. Ok. ¿Les parece, colegas, que facultemos a la Secretaría para que no tengamos que estar discutiendo cada vez que aparece la misma nomenclatura que la Secretaría normalice? Sí. Muy bien. Acordado. Lo hacemos. Don Julio tiene la tarea. O doña Evelyn, de hecho, voy a su tarea. Muy bien. Ya estaríamos para agotar. ¿El 60? Sí. ¿La admisibilidad, señor presidente, primero? Muy bien. En todo caso, perdón, señor presidente, en relación a lo que hizo el senador Chaguán, si se declara inadmisible, igual quedaría, digamos, como fue la última propuesta del senador, que es la original, que es el podrado. Sí, claro. Da lo mismo sacar la admisibilidad. Sí, claro. Bueno, como esto es una indicación parlamentaria y el gobierno no ha suscrito la obligatoriedad, tendríamos que ver la admisibilidad. Yo recojo lo que ha dicho la Secretaría, lo que ha ratificado la Subsecretaría de Salud, que es inadmisible. Si alguno de ustedes opina lo contrario, podríamos reconsiderar, pero aparentemente estamos todos de acuerdo que es inadmisible. Senador Chaguán. De indicación 61, a eso se refiere, ¿no? 60. A la 60. Estamos en la 60. E y C, son dos letras. Muy bien. Se declara inadmisible entonces y volveríamos al texto del proyecto. Tenemos que votar entonces la letra anterior. Tenemos que votar el literal B. Literal B, la...
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Lo juntamos con el C para modificar la E. Tenemos que votar el P en la frase de todos los. ¿Le está bien? Sí. ¿Quiere intervenir? No, lo que pasa es que estábamos ordenando la votación, nada más. Como usted declara inadmisible la letra C, que modifica el E del deber A, nos queda el B, que lo tratamos al principio de la sesión, que es muy simple. Se agregaban todos los. Por lo tanto, es lo que deberíamos votar. ¿Sí? Votamos. En votación, entonces, la letra B. Indicación 60. Senador Chaguán. A favor. Senadora, órdenes. Señor presidente. A favor. Aprobado 4 por 0 la indicación 60, letra B. Muy bien. Sin modificaciones. A continuación, la indicación 61 del senador Chaguán para incorporar un literal F nuevo del siguiente tenor. F. Desarrollar protocolos específicos y asignar recursos suficientes a la atención primaria para mejorar su capacidad de respuesta frente a trastornos mentales, con un enfoque en la detección temprana y el tratamiento inicial. Señor Presidente, a juicio de la Secretaría, estoy rogagasto por cuanto menciona que deben asignarse recursos. Senador Chaguán, antes de declararlo totalmente inadmisible, ¿puede defender su indicación? Tenemos claro que es inadmisible, pero yo quisiera pedirle a la subsidiaria, por su intermedio, al Ministerio de Salud, porque eso es parte del déficit que tenemos. Mi temor es que esta ley se transforme en una ley completamente declarativa. Y mi preocupación, básicamente, es en relación con que si vamos a abrir que la atención primaria tenga una capacidad de respuesta a trastornos mentales, debe contar con los recursos necesarios y suficientes, y creemos, sin lugar a dudas, que la detección temprana es clave. Entonces, yo le quiero pedir a la subsecretaria, le quiero pedir que nos la votemos, presidente, y quiero pedir que el Ejecutivo pueda revaluar, si es que en algún minuto nos puede dar alguna señal de qué recursos se van a disponer, de cómo se van a trabajar. Y por lo menos el desarrollo de protocolos específicos, porque si no tenemos ni siquiera desarrollados protocolos específicos para la atención primaria, tenemos problemas. Entonces, yo le diría, a lo menos eso, porque yo diría que lo que quiero salvar, a lo menos, es el desarrollo de protocolos, que eso es una decisión de voluntad política del Ejecutivo. Entonces, si le pido, al igual que las otras indicaciones mías, espero que no se voten, si me permite, y que el Ejecutivo pueda... A lo menos respecto a los protocolos, poder ver si tienen posibilidades de patrocinarlo. A ver, tenemos dos maneras de zanjarlo. Como es una sola indicación y claramente tiene un componente inadmisible, deberíamos rechazarla. Pero lo que ha hecho el senador Chaguán, yo no es que sea intérprete de su postura, pero lo que ha hecho él es dejar de lado lo que es totalmente inadmisible, como son los presupuestos, y dejar... la postura del desarrollo de protocolo, que eso no requiere recursos, y eso es una respuesta que da el Ejecutivo. Por tanto, ¿se podría modificar esta indicación si es que el Ejecutivo está de acuerdo? Por eso pregunto, porque si no, entonces, a sugerencia del colega, podríamos dejarlo pendiente hasta tener una respuesta. Si la respuesta está ahora, lo resolvemos, modificamos el texto. ¿Subsecretaria? Me voy a referir, de todas maneras, a los recursos en este contexto. Hay dos... cosas que quiero rescatar de las conversaciones que hemos tenido. El objetivo de este proyecto de ley, como otros proyectos de ley, no es cerrar las brechas que existen actualmente en el sector. Para eso está la ley de presupuesto y comenzamos esta discusión legislativa haciendo una presentación de cómo en las distintas leyes de presupuesto de esta gestión hemos priorizado la salud mental y fortalecido los sistemas de salud en sus distintas estrategias justamente con recursos adicionales. Lo segundo es que hay al menos dos contenidos específicos de la ley que sí se refieren a los recursos. El primero es que está en los principios, donde incorpora el principio de paridad, que quiere decir que tienen que distribuirse los recursos dentro del sector salud para la salud física y salud mental en términos equiparables. Eso es una cosa y que podría ser, está al menos alineado con el espíritu de buscar los recursos suficientes, como está en esta indicación. Y segundo, que también incorporar... por la manera específica la obligación para...
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La autoridad sanitaria ha de establecer una metodología objetiva y constante de cómo medir los recursos que se destinan a salud mental dentro del sector para poder monitorear aquello y ver si ese principio se está cumpliendo. De esa manera, este proyecto de ley se hace cargo a plazo de la inversión en salud mental dentro del sector de salud, a la vez que avanzamos con la expansión presupuestaria para reducir brechas en los proyectos de ley anuales. Eso con respecto a los recursos. Con respecto a los protocolos, esto es algo que ya existe. Tenemos distintos instrumentos normativos y orientadores para nuestra red de salud, dentro de ellos para salud mental y dentro de ellos para la atención primaria de salud. Por tanto, nuestra opinión es que no sería necesario declarar en una ley una actividad que ya hace el Ministerio de Salud. Por ende, nuestra opinión sería que esta indicación, en lo componente efectivamente concordamos que es inadmisible, pero lo otro que no sería necesario... dentro de la legislativa. Y con su permiso, presidente, puedo complementar mi respuesta a Javier Aderas. Javier, por favor. Sí, además la ubicación del texto parece que no es armónico, dado que este texto es sobre servicios de salud y la atribución normativa está en la otra subsecretaría. Entonces, parece no ser el lugar ideal. Además, quisiera recordar, la subsecretaría ya ha hablado de esto, tanto de iniciativas como lo que se está haciendo con MHGAP que es iniciativa de formación de todos los profesionales y técnicos de la atención primaria en salud mental. Y me podría extender, quizás lo podemos incluir en la minuta comprometida, todos los protocolos y las acciones de detección temprana que están en curso hoy día. Ok, estamos de acuerdo. Muy bien. Es inadmisible entonces y no se divide. La indicación número 61 ha sido declarada inadmisible. Indicación número 62, página 32 del comparado de la Secretaría al artículo 28, dentro del título de las normas adecuatorias título 5. Indicación 62 de los senadores señores Castro, González y Macaya para modificar el número 1, el numeral 1, en la siguiente forma. A. Reemplazas la frase que deriven de una discapacidad psíquica. psíquica o intelectual porque deriven de un trastorno de salud mental. B. Reemplázase el punto final por una coma y agrégase a continuación la frase cuando corresponda. Yo creo que este es un debate no solamente de especialistas, sino que es el huevo o la gallina. El senador Castro ha presentado la indicación y ha sido bueno que la defienda, no obstante, creo que podemos despejar. Lo que ocurre, dado lo que ha leído el secretario, dice que, a ver, las enfermedades de trastorno de salud mental incluyen el consumo de drogas, dependencia de alcohol y otras drogas, como el trastorno de origen neurológico, que deriven en una discapacidad. Las causas ya señaladas derivan en una discapacidad psíquica o intelectual. La indicación es al revés. La indicación dice que deriven de una discapacidad psíquica o intelectual. Y se cambia porque deriven de un trastorno de salud mental. El trastorno de salud mental es lo que deriva u origina estas otras situaciones. El proyecto de ley señala justo al revés. Entonces, de aquí pregunto a los especialistas, o a las especialistas, ofrezco la palabra. Cambia completamente el origen de las cosas. Cabe recordar que este es un modificatorio, y entramos ya en los modificatorios de otros cuerpos legales, este es un modificatorio de la ley 21.331, y es importante porque de alguna manera este apartado determina quiénes son sujetos de esta ley. En los sistemas de clasificación internacional, enfermedades como los trastornos por uso de sustancia o las demencias ya están consideradas como problemas de salud mental. Esa no es la discusión, sino que lo que tiende a suceder es que en la práctica social, en lo cotidiano, se desconocen ellas como problemas de salud mental. Entonces lo que busca este texto en su origen, digamos como está propuesto originalmente, es insistir en aquello. Porque a veces a las personas no siempre les reconocen que ese tipo de problemas son problemas de salud mental. El problema que vemos con la indicación es que se presta a confusión, digamos, porque hay muchas...
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Casi todos los problemas de salud pueden terminar teniendo consecuencias para la salud mental, son situaciones difíciles. Pero más bien aquí lo que queremos recalcar es el reconocimiento de trastornos neurológicos que deriven en una discapacidad psíquica intelectual, como las demencias, como enfermedades de salud mental. Hay trastornos neurológicos que no lo hacen; por ejemplo, no todos, pero muchos de ellos no van a derivar en una discapacidad psíquica intelectual. Es más bien para determinar quiénes detentan los derechos que están aquí en esta ley resguardados. Pero algunos sí, ¿no? No todas las personas con epilepsia terminan teniendo una discapacidad psíquica intelectual y teniendo que tener voluntades anticipadas y ciertas adecuaciones en sus servicios, pero otros sí. Aquellos que esa enfermedad significa una discapacidad psíquica intelectual. Lo que pasa es que la indicación lo que señala es que una discapacidad psíquica o intelectual que deriven de un trastorno de salud mental. El artículo del proyecto habla de trastornos de origen neurológico que deriven en una discapacidad psíquica o intelectual. ¿Para usted está suficientemente claro que lo que el Ministerio ha planteado cubre las necesidades y no al revés? Muy bien. ¿Ofrezco la palabra? Sí, presidente. Yo creo que con la redacción que plantea el Ejecutivo me parece que es la correcta. Estas indicaciones, tanto en su letra A como en su letra B, creo que son más convenientes que lo que plantea el Ejecutivo. Sí, establece que el consumo de alcohol, de otras drogas, en fin, o trastornos de origen neurológico que deriven en y no al revés. Estoy de acuerdo con eso. Entonces, ¿votamos? Habría que rechazarla, ¿no? Que pase el micrófono sería... A continuación, colocamos en votación la indicación 62. Senador Chaguán. Senador Gaona. Para no discrepar tanto, atención. O sea, perdón, esto es respecto a la indicación, ¿no? Sí, sí. Sí, en contra de Aracet, pero atención para no discrepar tanto con mi colega. ¿También estaba Buenazo? No, siempre, siempre. Nunca hemos discrepado, nunca. Senadora Górdenas. Estoy de acuerdo con lo planteado por el Ejecutivo, entonces me perdí en el sentido de la votación. En contra de estar de acuerdo. En contra, voto en contra. El siguiente rechazo es la tibieza de la derecha como la extensión incide la votación y se repite esta; si no, volvemos a regalar el empate, volvemos a la noche y resolver por si no algarona. Senadora, ¿órdenes? Voto en contra. Señor presidente. En contra. Rechazada tres por uno. Seguimos. La página 34 está en la indicación 63 de los senadores Maca y Gaona para suprimir el literal A del numeral 2. Supresión del literal A del numeral 2. Muy bien. El Ejecutivo. Lo que pasa es que la indicación plantea suprimir el literal A. Literal A: reemplácese en el inciso cuarto la frase “de afecciones futuras y graves en su capacidad mental, que impiden manifestar consentimiento” por “afecciones futuras que limiten el ejercicio de sus derechos, especialmente cuando se refiera a la manifestación de su voluntad y preferencia a salud mental”. Ya veníamos con una línea de trabajo en esta misma materia. Lo que plantean los senadores Macaya y Gaona es suprimirla. ¿Sí? Ofrezco la palabra. O yo tengo que cambiar de lente. Llegar al Ejecutivo, porque hizo con más detalles su propuesta; yo lo veo como un adelantamiento de manifestación de voluntad. Entonces, por eso me gustaría ver si me lo...
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Ahora, antes de dejar esa duda, ¿por qué tenemos que generar condiciones para adelantar manifestaciones de voluntad? Perdón. El uso de declaraciones de voluntad anticipada es una práctica habitual en el estándar internacional, reconociendo que las afecciones de salud mental tienden, sobre todo en sus presentaciones más graves, a tener una presentación que es sobre todo episódica, más que permanente. Incluso aquellos que tienen problemas muy graves de salud mental tienen momentos de estabilidad de su cuadro clínico y momentos de crisis. Entonces, en este ámbito de la salud se ha comprobado que la declaración de voluntades anticipadas para el manejo de situaciones de crisis es una herramienta clínica útil y razonable. También hay que reconocer que esto es parte de la naturaleza de los problemas de salud mental, que exponen a las personas a situaciones de grave vulneración de derechos, dado que en esos momentos críticos se pueden perder ciertas capacidades como de autodefensa. Entonces, las declaraciones de voluntad anticipada son un uso bastante razonable para resguardar ambas cosas, que se respete la voluntad y preferencia de las personas, pero además atendiendo a riesgos que son reales de esas situaciones. Lo que digo es que esto es una manifestación adelantada de consentimiento frente a ciertas terapias o ciertas acciones de los equipos. ¿No podemos expresar que se refiera a consentimiento o declaración de voluntad anticipada respecto de procedimientos terapéuticos y ser mucho más específico? ¿Ejecutivo? Sí, pero si miran el texto original de la 21.331 ya hace ese resguardo. Al menos el espíritu de la indicación era para clarificar justamente su uso a propósito de esta legislación que impacta en las prácticas clínicas, para clarificar de la mejor forma posible las prácticas que tienen que hacer los clínicos. El micrófono, senador. El texto legal vigente habla sobre intervención en casos de crisis psicoemocional y de otras herramientas de resguardo con el objeto de hacer primar la voluntad y preferencia de la persona en el evento de afecciones futuras y graves a su capacidad mental que impida manifestar su consentimiento. ¿Qué agrega lo adicional que plantea el proyecto de ley? Si ya está en la ley, ¿por qué agregar? Eso es lo que me encuentro que está de más. Muy bien. Ejecutivo, y vamos cerrando. Solo es para poner un acento en la necesidad de resguardar derechos en esos contextos. Hay una diferencia importante entre impedir y limitar. Y lo que hacen con la indicación del Ejecutivo, o sea, con el proyecto del Ejecutivo, es bajar el estándar respecto de en qué condiciones se debe considerar la manifestación de voluntad anticipada. Por lo tanto, a mí me parece que evidentemente la gran diferencia está en que, por un lado, el proyecto legal dice claramente impedir o impidan manifestar consentimiento. Y acá hay esas futuras que limiten, o sea, baja el estándar. A mí me parecería que no hay que bajar el estándar para la manifestación de voluntad anticipada. Por lo tanto, yo por lo menos estoy en la idea de suprimir esa letra A del proyecto de ley porque no agrega valor a la materia y además, lo peor aún, baja el estándar respecto de cómo se debe manifestar la voluntad anticipada y cómo se debe llevar adelante esto. ¿Sabe dónde está la diferencia? Estábamos conversando con la Caro. No, esa es la gravedad, porque el proyecto original lo que establece dice afecciones futuras y graves a su capacidad mental que impida manifestar su consentimiento. Lo que hace la propuesta es dice, cuando se refiere a la manifestación de su voluntad y preferencia a salud mental. Eso es el término de gravedad que ha excluido la indicación.
40:00
Está en la ley. ¿Su secretaria? Correcto, presidente. Yo quería sumar justamente ese punto para hacer la aclaración. Esta indicación no incorpora algo nuevo como contenido en la normativa vigente, sino que hace una precisión dentro de cómo está redactada hoy día la normativa vigente. Y eso es porque en los trastornos de salud mental es distinto el diagnóstico y su gravedad del nivel de interferencia que tiene con el ejercicio de la vida diaria de esa persona. Y por ende, alguien puede tener limitada su capacidad de manifestar su voluntad independiente de la naturaleza del diagnóstico que pueda tener. Desde ese punto de vista, una persona efectivamente puede estar en una situación que no tiene la capacidad para manifestar su voluntad y no por eso tener que tener un diagnóstico que se considere de mayor gravedad. Y esta es la aclaración que busca hacer esta indicación sin agregar algo nuevo. Eso es, es exactamente el punto, que no es necesariamente la determinación de gravedad lo que finalmente permite que se pueda manifestar anticipadamente la voluntad. Deme su nombre para que quede registrado. Conozco el de la Javiera, pero el suyo se me olvidó. Sí, no. Por su intermedio, señor presidente, yo soy Yasmina Viera, soy jefa de la División Jurídica del Ministerio de Salud. Y solo complementando lo que dice la subsecretaria, la indicación viene a actualizar el concepto consentimiento desde el punto de vista bioético. Consentimiento da la idea de que uno va a aceptar la prestación. No obstante, se cambia por manifestación de voluntad porque las personas pueden también rechazar el tratamiento y se agregan las preferencias que en el caso de personas con algún tipo de afectación en la salud mental a veces se consideran que no tienen una manifestación de voluntad completa, sino que expresan una preferencia que se completa en el fondo con la persona que está a su cargo. Estamos claros, parece. Yo lo tengo claro. Muy bien. Muy bien. Si no hay más argumentos, estaríamos votando entonces. Creo que tenemos postura. Yo puedo consentir o no, eso no significa que, o sea, si no consiento, claramente es un no. No es que esté limitada mi posibilidad de decir que no o de manifestar mi voluntad. Al decir que no, estoy manifestando mi voluntad per se. Por lo tanto, me parece que es una explicación un poquito rebuscada. Sí, ahora, yo asumo y me parece muy bien que se haya excluido el término gravedad porque es de difícil definición, digamos, y no necesariamente tiene que ver con la expresión de voluntad. Yo creo que ese es el corazón de lo que he estado en esta indicación. Bueno, estamos en condiciones de votar. para el estándar una depresión severa impide la manifestación de voluntad o no? Si la limita, pero la impide. Por lo tanto, yo creo que ese limiten baja el estándar de cuándo puedo manifestar. Tal vez si la diferencia está entre el que impidan o limiten, el impidan es muy taxativo. Sí, claro. Pero el límite le genera un elástico y una amplitud un poquito. Concentrémonos en eso porque ya tenemos claro que el tema de gravedad ya no es, ¿no? Concentrémonos en el límite no impida. ¿Cuál es el alcance jurídico de esto? Justamente lo que le permite esto a los equipos clínicos, que son los operadores de esta ley, de la 21.331, es reconocer que estas son situaciones que no son binarias, sino que se expresan en una gradiente. Como incluso alguien... Y la ley ya lo reconoce a lo largo de su texto completamente, ¿no? Por ejemplo, que alguien que está hospitalizado involuntariamente igual puede decidir algunas cosas sobre el tratamiento que va a recibir en ese contexto, ¿no? Entonces, que esa capacidad de tomar decisiones se puede ver afectada, pero que no es binaria. Ese es el espíritu de la ley y esta modificación busca fortalecer ese reconocimiento, que no son capacidades… Y que es algo que es muy natural para cualquiera de nosotros entender que la capacidad de tomar decisiones en contextos críticos cuando uno está en crisis se puede ver afectada, pero no impedida. Son situaciones complejas. No hay más palabras. Estamos debatiendo como...
45:00
El respeto a la autonomía del paciente. Muy bien, votamos. En votación la indicación 63, senador Chaguán. A favor, a diferencia de que mi compañero no... A favor. Senador Gaona. A favor. Senadora Órdenes. Super bien lo hace en el sentido con el Ejecutivo en este a favor. En contra. ¿Pero qué quiere decir? Claro, la indicación dice suprimir. Ya, en contra de la indicación. Voto en contra de la indicación. Senador Castro. En contra. Señor Presidente. Voto en contra, pero voy a justificar porque, al final, este debate no es menor. Yo creo que la voluntad previa de un paciente que tiene dificultades o que podrá tener dificultades para manifestar la voluntad debe ser manejada con mucho cuidado. Voy a votar en contra. Me parece que la justificación del Ejecutivo es más que razonable. Hable un campo que es bastante más generoso que lo que dice el... No. Mantiene una generosidad respecto de lo que se pretendía modificar. Rechazo. Rechazada 3x2. A continuación corresponde la indicación 64 de los senadores señores Castro González y Macaya para intercalar la letra B del numeral 2 a continuación de las frases de la salud y mental. Sí, presidente, es una mejora, básicamente un complemento para dejar más explícito que el diagnóstico de una enfermedad o trastorno mental con o sin discapacidad no anula por sí solo la capacidad de decidir sobre la propia salud. Ese es el propósito del enmiendo. Y así evitar prácticas discriminatorias o invalidar la voluntad de una persona por su condición de salud mental. Es para garantizar el respeto a las decisiones y la expresión concreta del enfoque de derechos. Con todo respeto. Simple. ¿Es razonable lo que plantea la indicación, Ejecutivo? Estamos de acuerdo. Consideramos que también es una mejora. ¿Estamos de acuerdo? Estamos de acuerdo. Muy bien. Votamos. En votación, senador Chaguán. A favor. Senador Gaona. A favor, presidente. Senador Castro. A favor. Senadora Órdenes. Voto a favor. Señor presidente. A favor. ¿Cómo queda entonces el texto? Aprobada la indicación número 64 por cinco votos a favor, ninguno en contra. ¿Cómo queda el texto, secretario? El solo hecho de presentar una enfermedad o trastorno de salud mental con o sin discapacidad psíquica o intelectual no será razón suficiente para negar la manifestación de su voluntad en el ámbito de salud mental y salud. En su caso, a cuestionar las decisiones que las personas adoptan de conformidad con lo establecido en este artículo y el artículo siguiente. Quedó rara la redacción. Ya sabemos lo que votamos, pero démosle una fluidez al texto. Por eso pedí que leyéramos. Ojo con eso. Queda en el ámbito... A ver... Lo habíamos revisado, por eso pedí que lo leyéramos, porque si no tendríamos que acomodar un poco la indicación, porque es en el ámbito de la salud y salud mental. ¿Cierto? Eso yo creo que es el sentido de la indicación, senador Castro. Que diga de su voluntad en el ámbito de la salud y salud mental. Lo que pasa es que la indicación la dejaba rara, dejaba rara la... por eso pedí que leyéramos. Entonces tendríamos que adecuarnos. ¿Les parece que sea razón suficiente para negar la manifestación de su voluntad en el ámbito de la salud y salud mental?
Fragmentos 1-10 de 20 (10 disponibles públicamente)

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