Senado Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento

Senado - Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento - 5 de agosto de 2025

5 de agosto de 2025
14:30
Duración: 2h 37m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 11073-07 Modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de la prisión preventiva y de suspensión de ejecución de la sentencia, respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años. Se iniciará el estudio en particular del mencionado proyecto de ley. Para el estudio de esta iniciativa ha sido especialmente invitado el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo.

Vista pública limitada

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5:00
Yo y la Patria, vamos a iniciar la sesión. Muy buenos días a todas. Ahí tenemos el audio, parece. ¿Aló, aló? Sí. ¿Podemos bajar el audio? No sé si es del computador. ¿Nos pueden ayudar allá? Sí, porque además a los invitados se les escucha. ¿Aló, aló? ¿Ahí sí o no? Sí, perfecto. Muy buenos días a todas y todos. Vamos a… Bueno, parto saludando. Está el ministro de Justicia y Derechos Humanos, el señor Jaime Gajardo, la subsecretaria de Derechos Humanos, la señora Daniela Quintanilla, el jefe de la División de Protección de la Subsecretaría de Derechos Humanos, el señor Sebastián Cabezas, la abogada de la Secretaría de Derechos Humanos, la señora Valentina Parodi, el abogado de la División Jurídica, el señor Francisco Molina. También… No ha llegado, no la veo, está bien confirmada la ministra. Entonces, saludo al director de la Defensoría de la Niñez, el señor Anaur Quesille, a la jefa de gabinete, la señora Grace Smith, y también del área de comunicaciones nos acompaña el señor Marcelo Sanhues. Y a propósito de nuestro primer proyecto en tabla, quiero darle la bienvenida y saludar, dado que no es titular de esta comisión, pero es autor del proyecto que vamos a ver, al honorable senador Felipe Kass, también a la senadora Nesberger, al senador Durrest, y también de la ONG Nos Buscamos. Quiero partir por la señora María Antonieta Sá, como ex colega, ¿cómo está? Me gustó verla. A la cofundadora y voluntaria, la señora Constanza del Río, a la secretaría y a todos nuestros asesores y asesoras que están presentes. Por lo tanto, a propósito de la tabla de la sesión de hoy, vamos a iniciar el estudio del proyecto de ley en primer trámite constitucional que modifique el Código Penal con el objeto de sancionar el delito de trata de personas con fines de adopción ilegal e incorpora una imprescriptibilidad. Y luego vamos a dar paso al proyecto que ayer nos recordaba la senadora Nesberger, poder ponerlo en tabla, lo habíamos visto.
10:00
En el Ejecutivo también, pero que exime de trámites y reduce los plazos para la ampliación y construcción de establecimientos penitenciarios. Le voy a dar la palabra al señor secretario para dar lectura a la cuenta. Gracias, presidenta. Buenos días, señoras y señores. En la cuenta solo figura un documento, una minuta elaborada por la Biblioteca del Congreso Nacional, en que comunica la comisión que hay una iniciativa que persigue un objeto similar que se está tramitando en la Cámara de Diputados, como un antecedente relativo a este asunto. Presidenta, en relación con el primer proyecto que figura en la tabla del día de hoy, ¿la Secretaría tiene una breve relación? ¿Qué le parece? Sí, perfecto. Gracias, señor secretario. Gracias, Presidenta. Corresponde dar inicio a la discusión del proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objeto de sancionar el delito de trata de personas con fines de adopción ilegal e incorporar su imprescriptibilidad. Boletín 13.665-07. La presente iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional y se originó en moción de los ex senadores señora Goiz, señor Monti, la honorable senadora señora Desperger y el señor Kass. Se dio cuenta de esta iniciativa en la sala del Senado en sesión del 22 de julio de 2020, disponiéndose en su estudio por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. El objetivo de este proyecto es modificar el Código Penal para tipificar el delito de trata con fines de adopción ilegal. Asimismo, busca reforzar las disposiciones legales destinadas a prevenir y sancionar dicho delito en consonancia con la legislación internacional aplicable. Del mismo modo, se propone declarar la imprescriptibilidad de este delito con el fin de que la acción penal y la responsabilidad correspondiente no se extingan por el transcurso del tiempo. En esta línea, el proyecto también pretende establecer salvaguardas que protejan los derechos fundamentales de niñas y niños, aseguren su pertenencia a la familia biológica, garanticen su derecho a la identidad y, en consecuencia, proporcionen herramientas jurídicas que los resguarden ante situaciones de particular vulnerabilidad. Con estos fines, la iniciativa propone, mediante un artículo único dividido en tres numerales, modificar el Código Penal en los siguientes sentidos. Agregar la adopción ilegal en el artículo 94 bis que enumera aquellos crímenes simples delitos cuya acción penal no prescribe, luego busca agregar la adopción ilegal en el artículo 369 quinquies que enumera ciertos delitos que se consideran de acción pública previa instancia particular, los que se regirán por lo dispuesto en el artículo 54 del Código Procesal Penal, desde que el ofendido por el delito haya cumplido 18 años de edad, si no se ha ejercido la acción penal. Y, por último, el proyecto plantea incorporar la adopción ilegal en el artículo 411 cuáter que tipifica el delito de trata de personas. Sus señorías tienen a su disposición un texto comparado en que, en la primera columna, figuran las disposiciones del Código Penal, la legislación vigente, y en la segunda columna están incorporadas de manera destacada las incorporaciones o enmiendas que se van haciendo a los preceptos que ya he mencionado. Sus señorías también tienen en sus carpetas copias de la moción. Y finalmente hemos dejado dentro de los antecedentes algunas de las normas que están consideradas en la ley de adopción que ustedes acaban de aprobar en el último documento de la carpeta, porque la nueva ley de adopción se incorporó a partir del artículo 70 normas referidas a delitos en esta materia, figuras como la revelación de antecedentes en el proceso de adopción y también penas específicas para la obtención ilegal de entrega de niño, niña o adolescente en el artículo 71. Y también en dicho artículo se establecen figuras agravadas cuando se desarrollen alguna de las hipótesis o acciones en este proceso. Presidenta, solo menciono estas normas porque, como son de reciente aprobación y prontamente van a transformarse en ley, habría que ver la concordancia, particularmente, estima la Secretaría, con la enmienda que se hace al artículo 411 cuáter del Código Penal, para que ustedes lo tengan en su antecedente y lo puedan evaluar durante la discusión de este incendio. Es cuanto puedo informar a la gente. Gracias. Muchas gracias, señor secretario. Me ha pedido la palabra el senador Durresti. Le damos la bienvenida a la ministra de Desarrollo Social y Familia, que nos va a acompañar también, la ministra señora Jaira Toro. Gracias, señor presidente.
15:00
Presente, subsecretaria, solo un tema. Tengo una audiencia puntual con el ministro de bienes nacionales y me voy a sentar en breves minutos de la comisión, pero el secretario avanzaba algo en el planteamiento. Creo que es importante tener a la vista cómo nosotros regulamos, cuáles fueron los elementos que se tuvieron presentes en la ley de adopción, en que hicimos varias referencias en adopción ilegal y que establecimos tanto en el 70, 71, figuras agravadas, como dialoga cómo dialoga eso con este proyecto, que claramente es anterior a la promulgación. En segundo lugar, creo que sería bueno que pudiéramos invitar, al menos por la imprescriptibilidad, que es un elemento adicional, a alguien que nos haya acompañado en materia penal en este tipo de situaciones. Yo creo que la figura de la imprescriptibilidad es una figura... bien señera, bien estructurante del código penal, del sistema penal, y ahí pedirle a alguien que nos ayude, también la propia biblioteca, entender cuántos delitos hemos ido estableciendo con imprescriptibilidad. Yo obviamente me sumo a los delitos de lesa humanidad, que lo establecimos más a propósito de tratados internacionales. Claro, pero por eso es importante el tener una... el tener una concordancia una concordancia en esa figura, uno tiende a encontrar una serie de delitos que por su gravedad y magnitud son imprescriptibles o debieran ser imprescriptibles pero también tú tienes que decir, mejor hagamos la imprescriptibilidad como regla general y la excepción que son, que prescriben o sea, creo que tiene que ser armónico, armónico la discusión. Entonces ahí me permitiría invitar a alguien que, ya sea el Ministerio de Justicia o alguien de los concurrentes, nos ayudara a precisar para estudiar particularmente la teoría de la imprescriptibilidad en el amplio sentido, no sólo en este proyecto, porque estamos avanzando en ello y particularmente también el pedir a la biblioteca un informe sobre el derecho comparado. o si alguno de los invitados lo tiene estudiado, pero principalmente que lo pueda sistematizar la biblioteca de cómo operan en legislaciones comparadas este tipo de delitos. Y lo último, aprovechando que está el Ejecutivo, que también nos informen en el estado de avance de la comisión que se ha establecido, hay una comisión de seguimiento, sé que a través de consulados, principalmente en Europa o en lugares donde hubo mayor destino de... se han identificado más adopciones ilegales también, en qué etapa va ese proceso, que es más bien administrativo, internacional, y hay una comisión que también me imagino que va a sugerir medidas, esa comisión tendrá que concluir con un arqueo, con un inventario de todas las personas que han estado en esto, un informe, pero también me imagino que hará propuestas de cambios legislativos o medidas reparatorias o no sé. Eso, Presidenta. Y si me disculpa, cinco minutos. Sí, lo esperamos, lo esperamos. Gracias, gracias, senador. Bueno, tomamos nota de las solicitudes. Voy a tomar un acuerdo también respecto de estas que ha hecho el senador, como por ejemplo el informe de la biblioteca. Y a propósito de lo que decía el señor secretario, ojalá que vayamos poniendo el foco efectivamente en que busque el proyecto, evidentemente, pero también... y ahí sobre todo le pido la información a los ministros o a la subsecretaria de la Defensoría, qué es lo que eventualmente ya quedó en la ley de opción. O si no, ¿verdad? O si en realidad lo que se busca en el proyecto no quedó y por lo tanto, evidentemente, avanzaremos entonces en la moción. Me faltó sumar a la senadora de Ensberg, ella también es autora del proyecto, como los ex senadores Goyt y Montes, pero de los presentes, el senador Kass y la senadora Ensberg. Así que le doy la palabra al senador Felipe Kass, luego se la voy a dar a la ONG porque me parece importante que contextualicen y normalmente no lo hacemos así pero después le quiero dar la palabra al ejecutivo para ver cómo avancemos a propósito de la propuesta. Senador. Muchas gracias Presidenta, saludar a los ministros aquí presentes, saludar también a mi colega Luz Enzoel que además es autora del proyecto junto conmigo, este es un proyecto antiguo, es realmente una lástima que tengamos que esperar tanto tiempo para que Gracias. realmente en la urgencia de distintas materias esto pueda avanzar. Y quiero hacer un reconocimiento especial a Constanza del Río, porque quiero ser muy honesto.
20:00
Constanza del Río, este proyecto simplemente no existiría. Así de simple. Esto nace de una audiencia que me solicita en su minuto Constanza del Río, me cuenta su historia personal, que transformó en una lucha para miles de personas, niños y niñas. Me alegra mucho ver aquí a María Teresa Sáenz, que fue mi ex colega diputada, estuvimos juntos en la Cámara de Diputados un tiempo, hoy día concejala de Providencia, y la verdad que me parece muy bien. Y la verdad que este proyecto, presidente, hace algo de mucho sentido común, y me parecen muy bien las preguntas que hace el senador Durresti, pero creo que hace dos cosas muy simples este proyecto, y muy profundas. Muchas veces los proyectos más contundentes y profundos son los que hacen cosas simples, porque en el fondo se hacen cargo de cosas que son muy necesarias. Lo primero es que trata la adopción ilegal, lo pone en la categoría de trata de personas. Y eso claramente lo pone en un nivel de delito, en el código penal, en el nivel de gravedad del asunto, muy superior a lo que es por cultura, por distintas materias que, desgraciadamente, todavía persisten. No es así todavía. Y por eso el primer paso que da este proyecto de ley, que Constanza del Río con su ONG nos buscamos, viene impulsando, es el primer pilar del proyecto. Y el segundo pilar del proyecto, que es fundamentalmente práctico, pero esencial y fundamental, y por eso ahí yo, tal vez, a la pregunta que hacía el senador Durresti, ¿cuándo algo vale la pena que sea imprescriptible? O sea, ¿cuándo la imprescriptibilidad tiene sentido? La verdad es que las cosas prescriban también tienen sentido. O sea, es de lo más sensato que las cosas prescriban. No podemos vivir toda la vida con miles de temas abiertos. Pero hay cierto tipo de delitos que, por su característica de cómo son cometidos, el despertar de la víctima ocurre mucho después. Esto, por lo mismo, asumimos en su minuto, y el presidente Sebastián Piñera dio un paso que fue en su minuto para muchas personas difícil de dar, ¿cierto?, en el mundo constitucional, pero creo que es un gran paso, en el sentido más básico, que cuando hay un niño o una niña que ha sido abusada, normalmente carga con ese trauma de silencio por décadas. Entonces, si le aplicamos la lógica de prescripción normal de los delitos penales, lo más probable es que eso significa impunidad total. Entonces aquí el que sea imprescriptible no es un antojo, es porque este delito tiene efectivamente las mismas características que se aplicaron como principio fundante para que en el caso de abusos sexuales infantiles esos delitos no prescribieran. Porque esos niños no tienen cómo, en el plazo donde los delitos prescriben, poder levantar la voz y poder defenderse. Entonces, en el fondo, Presidenta, y con esto concluyo, no me quiero extender mucho más. Creo que este es un proyecto muy simple, muy profundo, muy sensible, muy relevante. Es verdad que no es algo masivo, pero no porque no sea masivo vamos a ignorar aquellas víctimas que siendo tal vez no muchas en cantidad, son muchas en intensidad y en dolor. Entonces, eso es básicamente, Presidenta, lo que yo quería manifestar y agradecerle a usted también por poner en tabla este proyecto de ley después de tantos años. Muchas gracias, senador. Le voy a dar la bienvenida al senador Araya y quiero darle la palabra a la ministra de Desarrollo Social. Porque tiene que irse a las 11.15 a la Cámara de Diputados. Le agradezco que haya venido porque estaba con tope de horario. Quiero recalcar, ministra, a propósito de lo que dijo el senador y lo que yo dije también cuando comencé la tramitación del proyecto, que el objetivo es tipificar y por lo tanto establecer como delito la trata de personas con fines de adopción ilegal. Lo menciono porque la ministra fue la que llevó con más fuerza, con más responsabilidad desde el Ejecutivo la tramitación de la ley de adopción, así que conoce al detalle el proyecto para ver dónde eventualmente podría chocar o no la figura. Así que, ministra, le doy la palabra. Muchas gracias, presidenta, y gracias también por permitirme hablar al inicio. Tenemos que ir a la Comisión de Familia aquí en el Senado, donde estamos viendo en particular el proyecto de cuidados. Yo, además, lo que voy a presentar es más bien de antecedente para la discusión que viene después y está el Ministerio de Justicia y el ministro y la subsecretaria. Así que solo para comentar cuál es el contenido, cómo quedó regulada la adopción ilegal en la nueva ley de adopción que ya fue promulgada. Esto que vamos a ver se vio aquí mismo en la comisión. Varios de ustedes también estaban en esta discusión. Y está aquí justamente en la parte de la ley que está en la carpeta, por lo tanto no pueden ahí ver el carácter literal del delito, en particular en el caso del delito del articulado.
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Artículo 71. Mencionar que en la ley de adopción se establecen en términos generales una serie de prohibiciones. Entre las prohibiciones, por supuesto, se encuentra promover o facilitar el ingreso a Chile de... O sea, no, disculpen. En el artículo 68 de la ley de adopción se establecen prohibiciones y se establecen dos prohibiciones que son pertinentes. Por un lado, en la letra C, tramitar solicitudes de adopción internacional de niños, niñas o adolescentes residentes en otro estado en algunas de las siguientes circunstancias, y ahí las detallan, y también de promover o facilitar el ingreso a Chile de un niño, niña o adolescente con fines de adopción en contravención de lo establecido por la ley. Esas son hipótesis que son pertinentes, especialmente en el caso de adopciones internacionales. Y en el artículo 69, que está justo antes del inicio de los delitos, se establece también el efecto de la vulneración de esas prohibiciones, que me parece que es un primer antecedente que también se enmarca en los temas que se buscan abordar con la regulación que se está estudiando también en este momento. Luego, el párrafo siguiente de los delitos establece dos delitos. El primero, que es de revelación de antecedentes, que no es pertinente en este caso, pero sí es, por supuesto, un delito relevante. Y el segundo delito que se regula es el de obtención ilegal de la entrega de un niño, niña o adolescente, y que perfecciona también la regulación que se encuentra en la ley de adopción del año 99, que también regulaba en ciertas hipótesis Este delito, esta grave, por supuesto, vulneración del ordenamiento, pero el delito específicamente regulado en el artículo 71 como obtención ilegal de la entrega de un niño, niña o adolescente, perfecciona ese delito y también en algunas hipótesis aumenta las penas. ¿Cómo queda en el artículo 71 este delito? En primer lugar, el primer inciso, como pueden ver, establece la figura base, que es el que con vulneración de los procedimientos previstos en la ley, obtiene la entrega de un niño, niña o adolescente para sí o para otra persona para facilitar la constitución o modificar su estado civil, alterar su filiación u obtener su cuidado personal. Esa hipótesis son también más amplias que la de la ley vigente y como ven también están dirigidas a todos los que intervienen en este delito. Y esa establece una sanción con presidio menor en su grado medio. Luego el inciso segundo establece una pena más alta, señalando que esta pena será de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, y multas de 10 a 20 unidades tributarias mensuales en alguna de las siguientes circunstancias. Esta regulación permite también graduar la pena en función de la gravedad del delito, a diferencia de la legislación anterior que establece un único rango de penas. Y estas circunstancias que aumentan la pena son si ha mediado abuso de autoridad o de confianza, si se ha entregado o prometido entregar un beneficio económico o de otra naturaleza y si se ha actuado por la entrega o promesa de un beneficio económico o de otra naturaleza. Y de esta manera se regulan figuras agravadas por las circunstancias en que se comete el delito o también por justamente lo que viene inmediatamente después por la calidad o condición del autor, que también es muy relevante. Entonces, el inciso tercero señala que las mismas penas del inciso anterior, es decir, las penas agravadas, se impondrán si el delito es cometido por empleado público, abogado, médico, matrona, enfermera, asistente social u otro profesional o técnico profesional cuando ejecute la conducta con abuso de su oficio, cargo o profesión, o si el delito es cometido por el encargado a cualquier título del cuidado del niño, niña o adolescente. Y de esta manera también se establece como una pena agravada cuando hay abuso de estas condiciones o calidades del autor, que sin duda entregan, o sea, primero son bastante relevantes en términos de si miramos la historia, de en qué circunstancias se han producido estas abstenciones ilegales, pero también...
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son relevantes porque hay una especial condición o calidad que facilita el delito y el abuso, ¿cierto? Y se amplía bastante quienes están en esta situación, por ejemplo, incluso quienes tuvieran cuidado del niño o niña por cualquier circunstancia. Luego, en el inciso cuarto, aumenta aún más las penas, agrava aún más las penas en un grado, o sea, señala que las penas se aumentarán en un grado. Cuando se persiga la salida del país del niño, niña o adolescente, entendiendo además que esa es una circunstancia particularmente grave por la dificultad que implica justamente luego poder perseguir estos delitos. Y el inciso quinto agrega además una hipótesis adicional, una figura del delito que señala que el que ha entregado un beneficio económico o de otra naturaleza o ha recibido un beneficio económico de otra naturaleza para la comisión del delito contemplado en el inciso primero, siempre que no se haya obtenido la entrega del niño, niña o adolescente y los hechos no estén comprendidos en los párrafos 9 y 9 bis del título quinto del libro segundo del Código Penal, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo. Esto es relevante y también es una diferencia respecto de la regulación anterior, porque establece como un delito autónomo lo que podríamos calificar como una figura, como un grado imperfecto de comisión del delito, y la exclusión que hace, los hechos que no estén comprendidos, se refiere al párrafo 9 y 9 bis del título quinto del libro segundo del Código Penal, regulan las distintas figuras de cohecho, por lo tanto ahí evita también, por supuesto, un problema que pudiera haber de concurso. Por último, en el inciso sexto se establece que, si corresponde, se aplicará además la pena de inhabilidad para ejercer el cuidado personal, la patria potestad y la guarda del niño, niña u adolescente. Entonces, como ven, este delito, como fue discutido en esta misma comisión, quedó regulado de una manera que comprenden las distintas circunstancias y las distintas personas que intervienen y que contribuyen a la comisión del delito, que puede ser una organización del delito que involucra a distintas personas que facilitan su comisión y que no necesariamente estaban cubiertas por el delito anterior, además de esta graduación de las penas que las agravaba bajo las circunstancias que señalaba. Entonces así quedó el delito establecido en la ley que ya fue promulgada y quisiera señalar además que no tiene que ver específicamente con lo que se está discutiendo acá, pero que también la nueva ley regula, y esto es algo que también se discutió con especial preocupación de los senadores en esta comisión, en el artículo 46, la posibilidad de solicitar ante los tribunales de familia la nulidad de la adopción. Esto, por supuesto, es relevante y aquí también, y esto es algo que se discutió aquí, también es relevante quién puede ejercer esa acción, porque cuando hablamos del delito estamos hablando, por supuesto, de un delito que es de acción penal pública y esa es una de las materias que me imagino va a abordar el Ministerio de Justicia. Pero cuando hablamos de la nulidad es una acción que es solo del adoptado y eso también es relevante para entender en qué circunstancias puede tener ese efecto la comisión del delito o específicamente lo que se señala en el artículo 46, que es la obtención por medios ilícitos o fraudulentos. Entonces, esa es la regulación de la nueva ley de adopción. Nos parece que es muy pertinente que la tengan en cuenta, entendiendo cuál fue el objetivo de la presentación de este proyecto de ley, pero que también ha pasado bastante tiempo y que por lo tanto eventualmente podría ser perfeccionado considerando este delito específico. Eso es algo que desde el Ministerio de Desarrollo Social también nos parece pertinente, pero aquí la presentación en conjunto sobre el delito que se propone en este proyecto de ley la va a hacer el Ministerio de Justicia, pero esa es una posición que compartimos y nos parece que es coherente con lo que hemos regulado en la ley de adopción. Muchas gracias, Presidenta. Gracias, Ministra. Creo que ha dado hartas luces respecto de lo que planteamos al inicio, qué es lo que hay y lo que no está eventualmente regulado o cómo se reguló, mejor dicho, cierta ley de adopción. Y quiero mantener el orden porque a propósito de lo que ya dijo el Ejecutivo, pero a través del Ministerio de Desarrollo Social, me parece…
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Es importante que la ONG exponga su mirada y después vayamos completando entonces con la mirada ya desde el Ministerio de Justicia lo que eventualmente podemos hacer para avanzar en este proyecto. Entonces, le voy a dar la palabra a, no sé si la va a tomar o ambas, no sé, Constanza del Río, ¿puedes partir tú? Perfecto. Sí, claro, por eso le doy la palabra antes de que le vaya bien en la otra comisión. Gracias, Ministra. Buenos días. Buenos días todavía. Muchas gracias. Le quiero dar el agradecimiento especialmente a los senadores y senadoras y especialmente a la presidenta de la comisión. Soy Constanza del Río, de la ONG Nos Buscamos. Yo fui traficada. Soy una persona que no es adoptada en Chile y fui adoptada. Por lo tanto, es algo que queremos aclarar con Antonieta en el tema del tráfico y la adopción. Para partir, le quiero poner cara a los niños adoptados. Nosotros trabajamos hace más de 11 años con personas adultas, no con niños, que salieron del país en forma ilegal, que no salieron en adopción, aunque son adoptados. Y me gustaría pasar un video, nosotros grabamos un documental, un video un poquito largo, dura 7 minutos, pero expresa a cabalidad el sentir, el dolor, la vulneración de las madres y de los adoptados. Siempre sabía desde un edad muy joven que me adoptarían porque me parecía muy diferente de la resta de mi familia. Fue nacida en Santiago, Chile en 1986. Tuve dos meses de edad cuando fui tomada a los Estados Unidos. He luchado con la depresión y la miedo a la abandonación por años. Tal vez encontrar más sobre mi madre en la infancia me ayudará, pero siempre asumo que se había olvidado de mí. La verdad es que no estaba preparada para lo que descubrí. Encontré un artículo en el New York Times. Milenios de bebés tomados, traficados por todo el mundo. La práctica de adopción coerciente se volvió amplia a través de un network complejo que incluía hospitales, la Iglesia Católica y el gobierno chileno. En la dictadura de Augusto Pinochet, el país experimentó una transformación económica profunda, pero al mismo tiempo, hubo violaciones de derechos humanos masivas. Hay 50.000 niños que han sido traficados a otras partes del mundo. Yo estaba tan sorprendida. ¿Puede que esto también sea yo? ¿Puede que yo haya sido abierta? Mi mamá me llevó al convento. Me dijeron que tenía que darme mi bebé. Nunca me permitieron verla. Solo escuché su lloro. Entonces, me convertí en la madre sin bebé. Fue un dolor muy grande. Solamente en el momento que nació el cuchillo, no supe más de él. Ay, yo me siento buena, pero también sé que estaba muerta. Nunca vi su cuerpo, nunca vi su defunción. Hace 36 años tuve unos gemelos, y esos gemelos me los robaron a mí. Nunca yo quise dejarlos en adopción. Nos robaron a nuestros hijos. ¿Y todo por qué? Por unos miserables pesos que ellos se llevaron a sus bolsillos. Fue una red muy fina. Esto no es solo un caso aislado. Esto va a todo el mundo. Recuerdo pensar que estábamos en el lado de la derecha, algo realmente grande. Estamos hablando de jueces, abogados, policías, friezes, nocturnos, médicos, la madre de la madre, la gente que trabajaba en el morgue. ¿Cómo es posible que haya tantas personas involucradas? Bajo la dictadura militar, la población en Chile vivió en condiciones de extrema pobreza, la hambruna de la familia de los sectores populares, de zonas rurales, se masificó, hubo un control de la población y en ese marco se implementaron un conjunto de políticas sociales. Una de esas políticas fue la política de infancia.
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El trabajador social me dijo que era un bebé blanco. Los bebés blancos son mucho más fáciles de vender a una agencia de adopción. No entiendo cómo podrían haber hecho las cosas que no hicieron. Usar bebés, bebés inocentes como dinero. Nosotros nos tomamos de nuestros padres de nacimiento y nos traficamos. Nuestra madre adopta, el paperwork era legítimo. Soy uno de los miles que hicieron esto. No estaba en el orfanato por dos años porque alguien no me amaba o no podía darme. Porque alguien me tomó. Alguien me mintió a ella. Y me robó. Por 42 años. Solo no entiendo cómo alguien puede ser tan malo. Cuando encuentres a tu madre de nacimiento, ¿qué le quieres decir? Quiero saber por qué. Quiero que también le diga que estoy bien. Quiero que ella sepa que siempre amé a ella, que siempre soy su hija y que siempre será mi madre. Quiero que les diga que nos hemos traído con amor, cariño y apoyo. Grateful for the life that you've given me. Esta historia de adopción para mí empezó por un motivo muy personal. El futuro es ahora ayudar a lo más gente posible. Incluso si hay solo una persona, hace la diferencia. Ahora es mucho más grande que nosotros. Hay mucho trabajo que necesita hacer para que esto nunca ocurra de nuevo. Todo lo que se ha hecho en la oscuridad, todo va a ser visto. Nosotros, como adoptantes, tenemos el derecho a encontrar nuestros raíces y nuestra familia. Los hijos necesitan saber sobre su origen biológico. El desarrollar justicia es algo urgente. Me tocó conocer en la Embajada de Chile en Washington, en Estados Unidos, a dos jóvenes aproximadamente de mi misma edad que habían sido robados de sus madres en Chile, en el hospital, y habían sido traficados en Estados Unidos. Ahí hay una historia que hay que contar, hay una historia que hay que revelar, hay una investigación que hay que hacer. Sin lugar a dudas, el Estado también podemos hacer más. Es en su poder como presidente hacer esto mejor. No puede hacerlo bien, pero puede hacerlo mejor. La advocacia está avanzando en frente de una fuerza inestable en nombre de alguien más. Hoy estuvimos en nombre de 50.000 personas, 50.000 mamás, y todos ustedes lo hicieron. Muchas gracias por venir adelante y compartir nuestras historias. También estamos sanando juntos porque todavía hay mucho amor que creo que se ha descubierto. ¿Se escucha? Muchas gracias por el tiempo que se tomaron en verlo. Este es un documental que está grabando la mujer que aparece ahí, que se llama Adriana Horsby. Fue robada desde San Bernardo.
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Y quería presentarles este trailer porque esto es lo que no queremos que vuelva a suceder. Esto sucedió en dictadura, también lamentablemente sucede en democracia, todavía en menor volumen, pero sigue sucediendo. Porque al no haber una ley que lo prohíba o que lo tipifique, esto va a seguir sucediendo. Algo antes de leer lo último es que la ministra habló de la ley de adopción, que está perfecta. Y estamos perfeccionando nuestras leyes para que nuestros niños estén más protegidos. Pero los niños que caen en el tema de tráfico no van con la ley de adopción, van paralelos, van debajo de la mesa, van por detrás. Cuando un niño es sacado del país en forma ilegal y él quiere volver a Chile o quiere saber qué pasó, no hay documentos porque él no fue dado en adopción, él fue traficado y apropiado. Señor Presidente, honorables senadores y senadoras. Hoy no hablamos solo de un cambio legal, hablamos de vidas rotas, de madres que lloraron hijos y que nunca murieron, de personas que crecieron lejos de su país sin saber por qué y que al mirar su historia no encuentran certezas, solo silencios. Esta ley busca poner nombre a lo innombrable, que en Chile durante décadas hubo niños y niñas que fueron separados de sus madres mediante engaños, amenazas y coacción. Les dijeron que sus hijos habían muerto. Les arrebataron la posibilidad de criar, de abrazar y de cuidar. Y esos niños fueron enviados fuera del país en procesos completamente ilegales, fuera de la ley. Esto no es un error administrativo, esto es trata de personas. ¿Cómo le digo a un adulto de 40 o 50 años que no puede buscar justicia porque en Chile esto no es un delito? Que aunque tengamos pruebas, ADN, testimonios, ya es demasiado tarde. ¿Cómo miramos a los ojos a una madre que fue engañada y le decimos que su caso no existe en la ley? Este proyecto propone dos cosas. Primero, reconocer que quitar un niño por medios ilícitos para entregarlo en adopción es una forma de trata. Y segundo, que este delito sea imprescriptible, porque las víctimas descubren su verdadero pasado cuando ya ha pasado mucho tiempo en su vida. No solo se trata de castigar, se trata de reparar. De decir como Estado, te creo, te reconozco, te protejo. Esta ley habla de los derechos humanos más fundamentales. El derecho a la identidad, a la familia y a no ser tratados como mercancía. Lo humano no puede quedar fuera del derecho. Y el derecho no puede ser indiferente al dolor humano. Este proyecto es un acto de justicia, pero también de dignidad. Porque ningún niño debiera crecer sintiendo que fue robado. Ninguna madre debiera envejecer sin saber qué pasó con su hijo. Y ningún país debería aceptar que estos crímenes queden sin castigo. Les pido el voto con el corazón, pero también con la convicción jurídica que la infancia no prescribe. Esta es una oportunidad, una en un millón, que tenemos en este minuto de ponerle nombre a un delito gravísimo que puede ser tráfico de niños para adopción. Muchas gracias. Muchísimas gracias a ti Constanza por traer este tema acá, por hacer de tu dolor una causa. Así que muchas gracias. Saludos a todos los ministros, secretarios, senadores y senadoras. Es muy importante tratar este tema con la masividad que tiene y con la profundidad que tiene. Y por eso planteamos tipificar como plantea el senador Kass, tipificar como delito la trata con fines de adopción ilegal e incorporar su imprescindibilidad. La ley de trata, que presenté yo cuando era diputada, se basa en el protocolo de Palermo. Tuvimos que Chile no lo había ratificado. Para poder presentar la ley tuvimos que hacer todas las gestiones con el Ministerio de Relaciones Exteriores para ratificar el protocolo de Palermo. El protocolo de Palermo no describe todos los tipos de trata que puede haber, lo deja abierto, deja abierta la posibilidad. Así, esto es una explotación, quitar un niño a través de un fraude, de engaño. O el engaño de que tu hijo está muerto. O, en fin, esto es explotación. El hecho de venderlo. Países como Alemania y Brasil.
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Brasil y a los reconocidos de organismos como la UNICEF, la ONU y el Acto Comisionado por los Derechos Humanos han advertido que la adopción ilegal puede y debe ser considerada como una forma de trata. Además, es incorporar la imprescriptibilidad. Yo creo que está bien lo que plantea el senador Durré, es cierto, siempre que no demore mucho las cosas, porque este proyecto hace más de cinco años. Sabemos cómo es, o sea, tratemos de apurar las cosas, ¿cierto? Eso hay que hacerlo porque son personas maduras ya, ¿cierto? Que recién vienen descubriendo sus orígenes o se preguntan qué ha pasado con ellos. Por eso que tiene que estar esto en la ley, porque si no es una impunidad legalizada. Este proyecto no solo es una... corrección legal, es una declaración moral. Chile no va a mirar hacia el lado. Aquí estamos, nuestra patria, nuestra república, tiene que reconocer esto incluso como un crimen de lesa humanidad. Son muchos los niños, son muchas las madres a las cuales les sustrajeron, les robaron los niños. Entonces tenemos que dar cuenta, han pasado muchos años ya. Yo creo que es importante, nunca hay que dejar esto pendiente, que también se declare, que fuera a estar en la ley de trata, que castiga, ¿es cierto? Porque el castigo en la ley de adopción son de tres a cinco años, que se castigue porque además hay organización de esto, o sea, es un crimen organizado, como es el crimen de trata de personas, como es el crimen de... de droga, de narcotráfico o de armas. Entonces es muy importante que esto se haga y se haga luego, que no pasen más años. Y que estos niños que ahora son adultos, que están entrando ya al Estado en la madurez, que vean que su país los reconoce, que su país castiga. Ya se han muerto muchos de los traficantes de estos niños, muchas de las madres, pero que... Chile le pueda decir a estos niños, a esta gente, aquí estamos, reconocemos lo que te ha pasado y esto está en nuestras leyes. Yo creo que es una cosa de honor, de moralidad de nuestra república. Gracias. Muchas gracias María Tiniati, muchas gracias entonces a la ONG. Nos buscamos. Quiero darle la palabra al defensor, a la subsecretaria, porque entiendo que el ministro es porque nos va a acompañar. Obviamente si quieren intervenir me piden la palabra, pero el segundo proyecto que está en tabla acá. Entonces, si le parece defensor, le doy la palabra a usted primero. Muchas gracias, Presidenta, por su intermedio. Saludar a los parlamentarios y parlamentarias que conforman la Comisión de Constitución. Agradecer la invitación a la Defensoría de la Niñez para comentar este proyecto de ley y además también felicitar a los autores y autoras de este proyecto de ley, porque más allá del contenido que ya ha sido expuesto tanto por los senadores que son autores de este proyecto como por la ONG Nos Buscamos, esto de una u otra forma, desde el punto de vista de la Defensoría de la Niñez, viene a saldar una deuda importante en materia de generar una estrategia integral de abordaje de… Problema de la violencia en general contra niños, niñas y adolescentes y particularmente una de las peores formas de violencia que tiene que ver precisamente con la trata con fines de adopción ilegal. Un aspecto que hasta ahora no tiene ninguna tipificación ni sanción asociada, salvo por circunstancias indirectas o asociadas a otros delitos, pero que en definitiva nunca permiten cerrar la lógica y el daño que se produce en estos casos lamentables. Lo primero que quería decir, tenía una presentación que había enviado, pero veo que está disponible para cada uno de ustedes, es que en definitiva el análisis que hacemos desde la Defensoría de la Niñez parte siempre desde la evaluación de si un determinado proyecto de ley pasa o no el test del derecho internacional de los derechos humanos. Es decir, cómo los estándares que están consagrados en instrumentos internacionales internacionales, perdón, que el Estado ha ratificado, se ven reflejados en una determinada iniciativa de ley. Ya se ha dicho mucho a propósito de lo que se ha conversado en esta sesión y nosotros lo que hemos podido ver es que en primer lugar esta norma obedece y...
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