Senado Hacienda

Senado - Hacienda - 5 de agosto de 2025

5 de agosto de 2025
14:30
Duración: 4h 27m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 16552-12 Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad ambiental y mejorar su eficiencia.

Vista pública limitada

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Nota de la Unión Nacional de Artesanos de Chile, en representación de 26 organizaciones firmantes, en que solicitan agilizar la tramitación del proyecto de ley de sobrepeso. Les contesté que el próximo miércoles 13 lo vamos a ver. Ojo, porque me han llamado muchas organizaciones por el tema de las ferias libres y el famoso tema de… ¿cómo se llama?… el soporte para el cobro. Están súper indignados y molestos con el tema. Solo lo digo porque los obligan a usar la maquinita: ¿qué pasa con las transferencias, qué sé yo, el efectivo está…? Y yo lo que he dicho es que le reclamen al gobierno, porque no es una iniciativa mía, así que que se haga cargo el gobierno. Hagamos pasar a general. Solo digo que está la pelota en las ferias libres con ese tema. Bueno, queridos colegas, ministra, nosotros vamos a pedir hoy día plazo de indicaciones para el próximo lunes para este proyecto, pensando que hoy y mañana lo vamos a ver; pueden surgir temas, conversaciones con los equipos. Nosotros trabajamos mucho en nuestros equipos, con los equipos del Ejecutivo, para poder ir concordando las modificaciones o adecuaciones que haya que hacer. Y la idea en esa línea sería que podamos votar el lunes 18 este proyecto, si todo se da. Si no, obviamente tendríamos que reagendar. Así que le vamos a dar la palabra para que usted pueda hacer la presentación. No nos vamos a acordar de la presentación pasada; se nos olvidó completamente. Pasó suficiente tiempo. Muy buenos días, Presidenta, por su intermedio. Saludos a todos los senadores presentes. Y agradezco la sesión para venir a presentarles. Es una presentación bastante extensa. Si me permite, voy a comenzar yo y después le voy a dar la palabra a mi asesora, Sebastián Elwin, para que haga… Yo voy a dar un poco el contexto y después para que vaya ya en materia con los temas que aborda el proyecto de ley, cómo está quedando y terminar también con el informe financiero, incluyendo. Entiendo que tienen la presentación en papel y, adicionalmente, en la mañana debe haber llegado el informe financiero actualizado al 2025; es parte de la presentación también. ¿Quién está presentando? Ya, perfecto. Se mandaron dictar, ¿no? Entonces, el temario es algunas consideraciones previas, que es lo que voy a presentar yo, y después le daría la palabra a Sebastián para que aborde un capítulo más o menos grueso, que es el sistema de evaluación de impacto ambiental. Recordemos que esto es una modificación a la ley de base del medio ambiente, que es la 19.300. Tiene algunas cosas adicionales, pero el grueso de la modificación es al sistema de evaluación de impacto ambiental, al CEIA. Hay un breve capítulo también a la relación con el proyecto de permisos sectoriales que esta comisión vio hace poco tiempo. Muy brevemente, evaluación ambiental estratégica: eso es parte de la ley, no está directamente relacionado con el sistema. Y finalmente terminamos con el formato financiero. A modo de introducción, el origen de esta reforma está en el programa de gobierno y no solamente…
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estuvo en el programa del actual gobierno, sino también en los dos anteriores. Y por lo tanto, ambas intentos anteriores, tanto de la presidenta Bachelet en su segundo gobierno, como del presidente Piñera en su gobierno, todos esos proyectos fueron considerados en el trabajo prelegislativo. Pero lo que aquí hay que quizás resaltar es que entonces existe un diagnóstico hace tiempo de que nuestro sistema de evaluación de impacto ambiental tiene que reformarse, pero en ninguno de los gobiernos anteriores habíamos llegado a esta etapa que ya estamos casi finalizando el primer trámite. Pero sin embargo, de esos proyectos anteriores igual hubo consideraciones para el proyecto que actualmente está presentado y en discusión en este Parlamento. Entonces entendemos que para el nivel de desarrollo y para nuestro modelo de desarrollo es importante contar con un sistema de evaluación de impacto ambiental y sin embargo tenemos claro que existen algunos problemas en su diseño institucional porque la temporalidad de la tramitación de proyectos es bastante extenso. Y también el diseño incluye que hay una cantidad importante de servicios que participan en el sistema, lo cual complejiza la tramitación al haber una diversidad de pronunciamientos sectoriales. Ahora, esto es más o menos normal porque la institucionalidad ambiental ya tiene 30 años, pero existen muchos aspectos ambientales que están en... son repartidas en varios organismos y por lo tanto corresponde que ellos participen en esta evaluación. Con este diagnóstico, entonces, el propósito del proyecto de ley es fortalecer los procesos de gestión del sistema entregando certezas y mejorando su eficiencia. Y esos dos conceptos yo creo que son importantes y en esos dos conceptos de... certeza y eficiencia es donde están centradas las propuestas de mejora del sistema. Porque en la sesión anterior, que ya pasó hace un buen tiempo, hubo una solicitud de no usar tantos acrónimos, acá viene un glosario, que vale la pena guardarlo. Yo tengo algunos glosarios, sí, memorizarlos, guardarlos. Dejarlo como torpeo, porque efectivamente, como en todas nuestras áreas bien técnicas, hay una sobreproducción de términos y de acrónimos que vale la pena tener este recordatorio. Ok, entonces vámonos a las medidas propuestas. Estas yo las voy a anunciar solamente en el sentido de que este es un sistema que es complejo y por lo tanto tenemos algunas medidas que son previas al ingreso de los proyectos, después hay un conjunto de medidas durante la evaluación y después vienen algunas medidas para después de la evaluación, me refiero a que una vez que ya el proyecto recibió su resolución de calificación ambiental, su RCA, viene toda una etapa que también alarga la tramitación total de una manera muy significativa y por lo tanto están enfocadas en la parte de las reclamaciones y la judicialización de los proyectos. Entonces, en gris van a estar las medidas previas, en verde las medidas que apuntan a mejorar el sistema durante la evaluación y después en amarillo las posterior a la RCA. Yo lo veo gris, pero... ¿Qué cosa es gris? No, medio violeta. Celeste. Bueno. Medio violeta, celeste. Sí, porque eso para mí es azul. O mi chaqueta es azul. Está bien, ok. Bueno, hay... No es del tónico en todo caso. Yo no sé si esto pasa a la prueba de los del tónico, creo que no. Sí, gris... Pero bueno. Sí, claro. Lo que sí es importante es que hay una lógica, antes, durante y después. Y esto tiene una cierta lógica que vamos a ver al tiro siguiente.
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Esta es una tabla que muestra, ustedes saben que existen dos tipos de proyectos que ingresan a evaluación: las que tienen que demostrar que no tienen impacto ambiental y por lo tanto entran por una declaración de impacto ambiental, y las que efectivamente tienen impacto ambiental y esas las llamamos DIA, un acrónimo, y otras que son los estudios de impacto ambiental, que son los proyectos más grandes, que son la minoría en todo caso. La gran mayoría son DIAs. Y entonces vemos en las barritas… Una es la declaración y la otra es el estudio de impacto ambiental. Sí, exacto. Declaración y estudio de impacto ambiental. DIA y EIA. Y ustedes ven ahí que a partir de… Aquí hay una tabla entonces del 2018 al 2024 cómo ha evolucionado el tiempo de tramitación de los DIA y de los EIA. Gracias. Las DIAs tienen hoy en día un promedio de, no sé, 370, 380 días, y los estudios de alrededor de mil días. Así que evidentemente son más grandes, son los proyectos más complejos. Y especialmente yo diría que en las declaraciones uno ve que hay una evolución a lo largo de los años, que se están demorando más las tramitaciones. A la derecha aparece la misma información, pero aquí hay una subdivisión entre… en gris o ya no sé qué decir. Ya, azul, celeste, celeste, celeste, celeste. Ya, abajo. Para los de la católica, celeste. Días inhábiles; después, en amarillo, los días de suspensión; y en verde, los días de evaluación. Ustedes ven que las barras amarillas son las más grandes. Es decir, en el tiempo total de tramitación, lo que más ha estado aumentando y donde los proyectos pasan la mayor cantidad de tiempo son en los días de suspensión. En cambio, los días verdes, que son los de evaluación, se han mantenido fijos. Ustedes se fijan que para las DIAs es 74, 75, 77 días, y para los EIA 163, 165, 166. ¿Esto por qué ocurre? Porque el SEA, el Servicio de Evaluación Ambiental, tiene varios mecanismos de gestión interna en que los plazos se cumplen; los plazos legales, hay plazos, los vamos a ver al tiro, y estos se cumplen y hay varios mecanismos internos para que eso ocurra. Entonces, el porqué los proyectos se demoran tanto en su evaluación está asociado a las suspensiones. Ahora, ¿por qué ocurren tantas suspensiones? Uno podría decir, pensar en dos grandes razones. Una, uno podría decir, bueno, los proyectos no son muy buenos y por lo tanto tienen que suspender para mejorarlos. Y por lo tanto hay una serie de medidas en nuestro proyecto de ley que apunta a ese aspecto de asegurar que entre un buen proyecto a evaluación. Y el segundo set de razones por la cual hay muchas suspensiones es porque llegan demasiadas observaciones y que, por lo tanto, el titular tiene que hacerse cargo de esas observaciones y también por ahí entonces se extiende el plazo total de la tramitación. Y por lo tanto también hay un set de medidas asociadas para atacar ese problema. Le quisiera dar, Presidenta, ahora la palabra a Sebastián para que les dé un ejemplo de un proyecto tipo de cómo es su tramitación. Antes de darle la palabra a Sebastián, aquí están los plazos que se demora un DIA o un EIA, pero ¿tienen ustedes algún reporte de cuánto se demora una empresa en la etapa previa? ¿Se ha medido eso? ¿Cuánto se puede demorar una empresa en poder presentar la preparación? No tenemos… ¿Sí? Por favor. Muchas gracias, Presidenta, y por su intermedio saludar a los señores senadores. Va a depender, bueno, muy significativamente si es una declaración o un estudio de impacto ambiental, porque en el caso de que sea un estudio de impacto ambiental, lo más probable, uno diría que casi el 100% de los casos requieren un levantamiento de línea base de las especies que están en el territorio en el que se va a emplazar el proyecto, y para que un levantamiento de especies sea válido tiene que tener una muestra al menos de…
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una vez en cada estación. Por lo tanto, el mínimo, que siempre diría que se supera, pero el mínimo es un año de preparación de terreno. Y eso es cuando el proyecto ya está en una etapa de perfectibilidad, o sea, hay una serie de decisiones previas de diseño del proyecto, pero solo lo que se refiere a la elaboración del estudio de impacto ambiental, la verdad es que es un año y medio al menos. La declaración de impacto ambiental va a depender mucho si es una zona urbana, altamente intervenida o es una zona ya más greenfield, pero ahí demora menos de un año. Pero no lo han medido, no saben. Lo que tenemos son reportes de las empresas más bien, de lo que los gremios nos han aportado como información, y básicamente esos son grandes alineamientos: al menos un año de preparación de estudio en terreno para los estudios de impacto ambiental. Gracias, Presidenta. No sé si puede, si te vas a hincar el diente al tema de la suspensión, pero mi pregunta era en mis investigaciones particulares sobre el tema. En las suspensiones yo he podido observar dos vertientes de suspensiones, fundamentalmente en días más que en EIAS. Y que obedecen al comportamiento, creo yo, algo errático del servicio de evaluación. Entonces, muchos consultores me dicen, ¿sabes qué? O hay dos tipos de consultores. Los que dicen, como sé que me van a bombardear con 500.000 observaciones, prefiero entrar con una cosa extremadamente simple y sencilla. Para que me digan al tiro. Díganme al tiro las 500 observaciones. Porque nuestra experiencia es que cuando presentamos estudios hipercompletos, nos llegan 500 observaciones igual. Entonces, preferimos decir, ¿sabe qué? Voy a poner una planta de secado de lodos, de no sé qué, y tres o cuatro cosas, bombardéenme al tiro. Bombardeé mal tiro, me suspenden, no me van a preguntar nada más, ¿no es cierto? No, no me van a preguntar nada más. Lo que finalmente es algo, no es la idea, finalmente. Pero cuando el comportamiento del servicio efectivamente es que, aunque el consultor presentó algo hipercompleto, igual le llegan las 500 observaciones. Incluso, me dicen los consultores, si esto es tan que... De repente, por razones, porque el Tribunal Ambiental dijo, retrocedemos al Ixara número 2, en que se supone que ya está resuelto el tema por casi todos los servicios, y aunque parezca increíble, retrocedemos al Ixara, y los mismos servicios que aprobaron ese mismo proyecto vuelven a hacerme 500 observaciones. Entonces, no sé, toda esta introducción se va a tener, no sé si después lo vas a adentrar en materia o cómo se piensa solucionar esto. esta problemática que evidentemente ha generado un comportamiento anómalo, tanto de los que presentan como del propio servicio de evaluación. Entonces, quería saber cómo pretenden resolver eso. Si lo va a ver en otro momento, lo dejamos para después la respuesta. Tiene la palabra. A ver, muy brevemente, efectivamente, esta es como información algo anecdótica que uno entiende que puede ocurrir. Está abordado en alguna de las medidas y podemos ir mostrando, cuando nombremos la medida en particular, decir, bueno, acá es donde pensamos estar abordando justamente ese problema. Ahora, recordemos igual de que, esto lo va a mostrar Sebastián en la siguiente, existe en una parte del proceso el término anticipado, o sea, si un proyecto entrega demasiado poca información, de tal manera que el servicio dice, mira, aquí hay tantos... poca información que yo no puedo evaluar si se hace cargo de los impactos, entonces lo que corresponde es un término anticipado, así que tampoco es que se pueda realizar casi nada. Pero saber calibrar, claro, exactamente. Es un problema, eso igual yo diría, efectivamente, porque hace perder... harto tiempo en un proceso que podría ser más eficiente si es que todos colaboraran. Pero lo que dice Sebastián es que como mínimo la línea base requiere de un año porque tiene que cumplir, entender cómo funcionan.
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la flora y la fauna en un año completo, con todas las estaciones del año. O sea, si uno no entrega una línea de base completa, tendría que esperar un año completo de nuevo, porque si faltó información, no sé, de otoño y está en verano, tiene que esperar un año completo para hacer la campaña. Sería bien infructuoso hacerlo de esa manera. Pero aquí hay una línea de tiempo de un proyecto tipo, de hecho este es un proyecto de infraestructura de transporte. que fue calificado, es un proyecto real en que están los días reales de suspensión, etc. Quisiera que Sebastián explique los detalles. Le damos la palabra a Sebastián. Muchas gracias, Presidenta. Primero, señalar que lo que señala el senador por su intermedio, Presidenta, es efectivo. Efectivamente, tenemos un problema que podríamos denominar un problema de incentivos, para decirlo, incentivos que no están orientados a presentar proyectos sólidos o irrobustos desde una primera instancia y incentivos también que no están para los servicios públicos para hacer efectivamente una evaluación acotada a lo estrictamente necesario para efectos de que el proyecto cumpla con la normativa y como vamos a ver también más adelante, eso en gran medida está fundado por la desintegración del sistema de evaluación de impacto ambiental. Son muchos servicios los que participan de la evaluación y además cada uno de esos servicios los hace a través de sus unidades regionales. Entonces tenemos más de 20 servicios que participan de la evaluación que a su vez lo hacen a través de sus diferentes 16 unidades regionales. Entonces tenemos una cantidad de personas y de elementos que a veces son discrecionales, que no están suficientemente estandarizados y por tanto fallan en proveer certeza a quien tiene que pasar por el sistema. Como bien decía la ministra, lo que están viendo es el caso de cómo funciona un proyecto, un estudio de impacto ambiental. Lo que dice la ley es que los servicios públicos, los organismos del Estado pueden tomarse un máximo de 180 días para evaluar un proyecto. Lo que hace el reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental es que divide ese plazo de 180 días en diferentes etapas que en esta línea de tiempo se ven con los plazos que están en blanco, que son los plazos que tienen los servicios públicos para realizar las observaciones al estudio de impacto ambiental y luego a las diferentes adendas. Entonces, cada vez que se formula un conciliado de observaciones, que es lo que aparece como Ixara en la línea de tiempo, entonces Ixara 1, Ixara 2 y Ixara 3 para los estudios de impacto ambiental; las declaraciones solamente tienen Ixara 1 y 2; y cada vez que se formula este conciliado de observaciones llamado Ixara, el titular tiene derecho a pedir una suspensión del procedimiento de acuerdo al tiempo que estime que necesita para responder estas observaciones. Y ahí es cuando vemos que es donde está realmente la mayor cantidad de tiempo que se demora en terminar la evaluación de impacto ambiental; es por los adultados de estas observaciones y el tiempo que necesita el titular para formular las respuestas. Este es un ejemplo basado en un proyecto real que es bastante representativo de cuánto está demorando un estudio de impacto ambiental. Este es un caso de la región metropolitana. Entonces, lo que queremos mostrar con esta línea de tiempo es lo importante que es atacar, de alguna manera, el proceso de formulación de observaciones y del consolidado de observaciones para efectos de que los titulares tengan que tomarse el tiempo adecuado para responder aquellas consultas que realmente sean necesarias para efectos de asegurar que el proyecto cumpla con la normativa ambiental. Luego, la siguiente diapositiva, lo que se puede ver es lo que ocurre, ahora son promedios. Luego que un proyecto ya obtuvo su resolución de calificación ambiental y viene la fase de impugnación, de reclamaciones tanto administrativas como jurisdiccionales. El sistema, la institucionalidad ambiental, el CIA, tiene un sistema particularmente complejo de impugnación.
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que es complejo desde su concepción en la ley y además se ha complejizado de manera adicional por determinadas interpretaciones de carácter jurisprudencial que han abierto incluso más vías de impugnación. Entonces lo que se puede ver en esta diapositiva es primero lo que se conoce como la fase administrativa de reclamación, conocida comúnmente por la intervención del comité de ministros, en el que hay un comité de ministros que resuelve las impugnaciones, que son impugnaciones amplias sobre la totalidad del proceso de evaluación, que está demorando aproximadamente desde que ingresa la reclamación hasta que sale la resolución del Servicio de Evaluación Ambiental que materializa la decisión del comité de ministros, 579 días promedio. Luego existe la oportunidad de una fase de impugnación ante los tribunales ambientales, que está demorando aproximadamente 381 días promedio. Y por último, en el caso de que existiera, hay una posibilidad de un recurso de casación respecto de la sentencia del tribunal ambiental que actualmente está demorando, en promedio, 438 días. Entonces, en esta diapositiva está la suma de todas estas partes. Entonces, vemos la complejidad a la que está sujeto un proyecto, un estudio de impacto ambiental, que demora más de 900 días corridos de evaluación. Luego todos los procesos de reclamación y, por tanto, si un proyecto pasara por todas estas etapas, en la práctica, en términos de días promedio, hoy día está demorando más de seis años en obtener ya una situación firme respecto de su resolución de calificación ambiental que no podría ser impugnada. Y eso efectivamente es un tiempo extenso, largo. En ese sentido, estamos fallando en proveer y solucionar rápidamente. Esta lámina busca mostrar someramente otro aspecto de la evaluación de impacto ambiental. Este, más bien yo diría, es uno positivo. Nosotros vemos mucho las dificultades de la eficiencia en el sistema, pero si uno lo ve en términos de efectividad, uno podría decir que el sistema es un sistema efectivo en lograr que los proyectos cumplan con la normativa ambiental. ¿Por qué? Porque más del 94%, casi el 95%, de los proyectos que somete el sistema son aprobados. Y eso se mantiene constante en el tiempo. En la barra, bueno, plomo, vemos la cantidad de proyectos calificados por año y podemos ver esta línea verde que representa los proyectos aprobados por año y esta línea amarilla que representa los proyectos rechazados. Entonces, efectivamente es un sistema que es efectivo en poder llevar a los proyectos a un estado de cumplimiento ambiental, siendo la tasa de rechazo bastante baja. Entonces eso nos indica que tenemos que intentar mantener estas cifras siendo más eficientes en los tiempos de evaluación. Pasando ahora directamente a las medidas que contempla el proyecto de ley para atacar este diagnóstico. Primero, como mencionaba la ministra, hay un conjunto de medidas que denominamos previas al ingreso del proyecto que buscan mejorar los proyectos que ingresan o dar certeza respecto de qué es lo que tiene que hacer un titular. La primera de ellas es la creación de un registro de consultores. Sabemos que los consultores son los que realizan las declaraciones y estudios de impacto ambiental, que entregue información objetiva sobre los consultores que participan o han participado de la evaluación de impacto ambiental. Lo que busca esto es entregar información a los tomadores de decisiones, particularmente los que hacen quizás proyectos más chicos, que tienen menos información respecto del mercado de consultores. Este registro va a funcionar como un registro del cual, por cada declaración o estudio de impacto ambiental que se presenta al CEIA, el titular tiene que entregar la información de él o los consultores que participaron y el sistema va a registrar si esos proyectos o consultorías en las que participaron concluyeron con aprobaciones, el tiempo que se demoró, el área productiva en el que se trabajó, etc., información que va a permitir tomar una buena decisión a la hora de decidir qué consultor y esperamos que eso también facilite a que se presenten mejores proyectos. Una segunda medida que también es previa al ingreso tiene que ver con generar sinergias con aquellos proyectos que pueden ser desarrollados.
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¿Por un privado? Un minuto, un minuto. Solo para, probablemente la ley lo dice, pero para el registro de consultores. ¿Es simplemente indicativo o van a ponerse a poner exigencias de geólogo con 18 años de experiencia? ¿O es quiénes son, quiénes son sus profesionales? O sea, que se sepa quiénes son, punto. ¿Y cuánto ha tramitado, cuánto no ha tramitado? En fin, cosa que esté disponible para todo el mundo que quiera iniciar una DIA o un EIA. Ese es solo el objetivo, ¿no? Claro, pero el MOOC tiene distintas categorías dependiendo de un historial. Acá no es la idea, es simplemente estar. Pero, perdón, es que es re importante la pregunta porque para un titular de un proyecto no da lo mismo elegir al consultor. Y por lo tanto, solo estar. No sé qué aporta. Efectivamente, este fue un tema ampliamente tratado en la Comisión de Medio Ambiente. Se trabajaron diferentes modelos. Se tuvo, por ejemplo, el registro del MOP, que es, yo diría, muchísimo más exigente. Se tuvieron también propuestas de un registro habilitante, es decir, que tú tienes que estar registrado para efectos de ejercer consultorías. Y se trabajó finalmente esta versión que es la que quedó en definitiva, que es que provea información. O sea, no es requisito estar en este registro para poder operar como consultor, y lo que busca más bien es entregar la información al que tiene que tomar la decisión de qué consultor contratar, que es el titular del proyecto, y que puede tener múltiples variables para efectos de decidir qué consultor va a tener. El costo económico asociado a los consultores, obviamente, es muy importante. Y lo que se conversó en la Comisión de Medio Ambiente, para intentar resumir los argumentos para llegar a esta propuesta, es como el sistema de evaluación de impacto ambiental regula principalmente actividades de privados, que son muy disímiles, muy distintas. Lo mejor era tener un registro que fuese informativo y no que fuese habilitante por los problemas que podría tener en términos de restricción del mercado de consultores y los efectos que eso podría tener también en el mercado de consultores. Y por eso se llegó a esta propuesta de tener un registro que entregue información objetiva de cuál ha sido la actividad de los consultores en el sistema de evaluación de impacto ambiental. Bien, como mencionaba, una segunda medida tiene que ver con generar sinergias respecto de aquellos proyectos que son planificados por el Estado. Hay muchos proyectos que son ejecutados por privados, pero que representan un proceso de planificación en el cual interviene el Estado. Pensemos, por ejemplo, en el sector energético. Las líneas de transmisión, incluso cada vez más proyectos de generación eléctrica, pasan por un proceso previo de planificación del Estado en el cual el Estado señala dónde debiesen ubicarse estos proyectos, levante información, hace procesos de participación ciudadana. Actualmente esos procesos de planificación no tienen impacto en el sistema de evaluación de impacto ambiental, es decir, no hay ninguna diferencia respecto de un proyecto que haya sido planificado con información y con tareas que cumplió el Estado respecto de uno que no. Entonces, lo que hace el proyecto de ley es que aquellos proyectos que hayan sido planificados por el Estado mediante un instrumento que haya realizado con evaluación ambiental estratégica, es decir, que el proceso de planificación tuvo la consideración ambiental dentro de ese proceso. Y ahí en la lámina hay algunos ejemplos de estos sistemas de planificación que hoy en día están operando, como son los polos de desarrollo de generación eléctrica, los estudios de franja de transmisión eléctrica, ambos instrumentos del Ministerio de Energía, o la habilitación normativa de terrenos, que es un instrumento que tiene el MIMBU para llevar adelante el plan de emergencia habitacional. Entonces que la información que haya sido levantada en estos procesos de planificación sea reconocida en el sistema y que todos los tiempos de la evaluación de impacto ambiental se reduzcan en un tercio. Lo que esperamos después, obviamente se tienen que tomar las medidas de gestión concreta para esa reducción de un tercio, pero lo único que nosotros esperamos es que procesos que tengan esta planificación tengan una etapa de suspensión y de adenda menos. Eso es básicamente lo lógico, es decir, aquí hay formación y hay un trabajo ya hecho. Y por tanto lo lógico es que debiese haber una etapa de observaciones menos.
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La última de las medidas previas al ingreso tiene que ver con generar certeza a los titulares respecto de qué proyectos deben ingresar o no al sistema de evaluación de impacto ambiental. Nosotros tenemos un sistema de tipologías de ingresos que señala los tipos de proyectos y después en el reglamento, específicamente, los umbrales, las dimensiones de todos esos tipos de proyectos que requieren ingresar, pero eso siempre también genera a veces dudas. Lo único que existe actualmente para aclarar esa duda es una reglamentación a nivel reglamentario que permite consultarle al Servicio de Evaluación Ambiental para efectos de que este, con la información que se le entregue, determine si un proyecto debe ingresar o no. Lamentablemente, como ese es un procedimiento que está a nivel reglamentario, no ha sido reconocido como un instrumento vinculante. Lo que hacemos con el proyecto de ley es darle un reconocimiento legal y decir que aquel pronunciamiento del Servicio de Evaluación Ambiental respecto de si un proyecto requiere o no requiere ingresar es vinculante para efectos de fiscalización, seguimiento y sanción ambiental. Entonces estamos dando la certeza respecto de cuál es el procedimiento a seguir en el caso de dudas de si un proyecto requiere ingresar o no al sistema de evaluación de impacto ambiental, lo cual es sin perjuicio de la facultad de fiscalización de la superintendencia del medio ambiente en el caso de que se ejecute, por ejemplo, un proyecto distinto del que se informó, y eso, por supuesto, requiere la fiscalización posterior. Bien, luego entonces está el conjunto de medidas que aplican durante la evaluación ambiental. Y acá, el principal, yo diría, batería de medidas están dentro de lo que hemos denominado la rectoría técnica, establecer la rectoría técnica del Servicio de Evaluación Ambiental. Actualmente la ley dice que el Servicio de Evaluación Ambiental administra el sistema y por tanto tendría un poco esta función de distribuir el proyecto a los más de 20 organismos con competencia ambiental y luego recibir sus observaciones. Y eso es lo que genera, como denominábamos antes, un desincentivo a hacer una evaluación rigurosa porque finalmente el órgano sectorial que evalúa no es el realmente responsable del procedimiento y se genera este conjunto abultado de observaciones que después deriva en procesos de suspensión extendido. Entonces, estamos dando diferentes atribuciones al Servicio de Evaluación Ambiental para que ahora este servicio tenga realmente la rectoría sobre el proceso de evaluación. Vamos a ver diferentes medidas. Acá la que está en el cuadro derecho es entregarle al Servicio de Evaluación Ambiental la facultad de revisar las observaciones que le llegan de los organismos con competencia ambiental, revisar que estas observaciones sean en el ámbito de las competencias del respectivo servicio, que no se excedan en ellas, sean pertinentes al proyecto, o sea, hayan hecho un trabajo riguroso de revisar realmente el contenido del proyecto y hacer observaciones realmente pertinentes a él, y que se encuentren debidamente fundados. Y se le entrega entonces al servicio la facultad de revisar y de poder realizar los ajustes también a las observaciones si se identifica que una observación excede alguna competencia o es ambigua y requiere ser complementada para efectos de señalarle al titular qué es lo que realmente debe entregar, la información que debe entregar para efectos de cumplir con la normativa ambiental. Bien, otra regla en la misma dirección, en este caso, de proveer certeza respecto de qué es lo que un titular... Perdón. Solo pregunta de cultura general. ¿Ha pasado alguna vez que haya, a propósito de la rectoría técnica en que se supone que en la nueva institucionalidad el CEA va a poder dictar instrucciones generales —usted esto sí, esto no; usted llega hasta aquí, usted llega hasta acá; no me opine de aguas si usted en realidad es experto en árboles— y así suma y sigue? ¿Ha pasado alguna vez que haya un enfrentamiento, no sé, que llegue a tribunales, entre OAEKAS, para ocupar la palabra, y el Servicio de Evaluación Ambiental hasta el momento, o no, o simplemente dado que es como administrador nomás, bueno, todo lo que mandó, y esto se resolverá en...
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