Senado Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento

Senado - Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento - 22 de julio de 2025

22 de julio de 2025
14:30
Duración: 2h 28m

Contexto de la sesión

1.- La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en carácter de comisiones unidas con la Comisión de Seguridad Pública, analizará la grave situación que se ha generado con la liberación, en virtud de una supuesta orden falsa del tribunal respectivo recibida por Gendarmería, del imputado Osmar Ferrer Ramírez, presunto sicario que había sido sometido a prisión preventiva por el asesinato de José Reyes Ossa, ocurrido en la comuna de Ñuñoa. A esta sesión han sido especialmente invitados el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo; el Ministro de Seguridad Pública, señor Luis Cordero; el Presidente de la Excma. Corte Suprema, señor Ricardo Blanco; el señor Fiscal Nacional del Ministerio Público, señor Ángel Valencia; el Director de la Agencia Nacional de Inteligencia, señor Luis Marcó, y el Director General de la PDI, señor Eduardo Cerna.

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Muy buenos días, en nombre de Dios y la patria, damos inicio a la sesión. Muy buenos días a todas y todos. Dar las gracias por haber aceptado la invitación a esta sesión que tiene por objeto analizar la grave situación que se ha generado con la liberación en virtud de una supuesta orden falsa del tribunal respectivo recibida por gendarmería del imputado Omar Ferrer Ramírez, presunto sicario que había sido sometido a prisión preventiva por el asesinato de José Reyes Osa, ocurrido en la comuna de Ñuñoa. Hemos tomado el acuerdo de hacer esta sesión de manera unida junto a la Comisión de la República.
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de Seguridad Pública. Por eso están aquí los senadores Moreira, la senadora Vodanovic, la senadora Claudia Pascual, el senador Kenneth Pugh, el senador Araya y también, como estamos sesionando de manera unida, me toca presidir esta comisión, pero junto al senador Durana, que es el presidente de la Comisión de Seguridad Pública. Quiero saludar al ministro de Seguridad Pública, al señor Luis Cordero, al fiscal nacional del Ministerio Público, el señor Ángel Valencia, que está acompañado por el director de la unidad especializada de Crimen Organizado y Drogas, el señor Ignacio Castillo, las periodistas, el edecán y el fotógrafo del Ministerio Público. También al director general de la PDI, el señor Eduardo Serna, y al director nacional subrogante de Gendarmería, el señor Rubén Pérez. Se excusó de asistir el presidente de la excelentísima Corte Suprema, el señor Ricardo Blanco, y el director de la Agencia Nacional de Inteligencia, el señor Luis Marcó. Quiero saludar también al ministro de Justicia y Derechos Humanos, al señor Jaime Gajardo, y a la senadora Luz Emsberger, que se acaban de incorporar a la sesión, que está, por lo demás, recién comenzando. Quiero darle la palabra al señor secretario, porque creo que si tenemos alguna... Sí, tenemos cuenta, pero además me gustaría saber si tenemos mayor detalle respecto de la excusa del presidente de la excelentísima Corte Suprema, el señor Ricardo Blanco, por la importancia del poder judicial en esta sesión y por lo tanto saber si hay algún motivo expresado por escrito. Gracias, señor secretario. Muchas gracias, señora presidenta. Sus señorías, muy buenos días. Señores autoridades, señoras autoridades, muy buenos días a todos ustedes. Señora presidenta, recibimos en esta secretaría excusas para asistir a la sesión programada para el día de hoy. Y tal como usted señala, señora presidenta, en primer lugar, de la Presidenta Subrogante de la Corte Suprema, la señora Gloria Ana Kedesich, mediante la cual declinó la invitación a esta sesión en atención a la existencia de investigaciones en curso y al mérito de declaración pública que esa Corte del Pleno, la Excelencia y el Tribunal, emitió el día 17 de julio del año en curso. También recibimos una excusa para asistir del director de la Agencia Nacional de Inteligencia, ANI, señor Luis Marcó, por compromisos adquiridos con anterioridad. Y por último, señora presidenta, recibimos del investigador del Millennium Institute, señor Pablo Marshall, mediante el cual remite un informe titulado Recomendaciones para implementar lo dispuesto en el artículo 53, número 7 de la Constitución Política, referido a la atribución exclusiva del Senado para declarar inhabilidad del presidente de la República o el presidente electo cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones. Tenemos eso de cuenta, señora Presidenta. Gracias, señor secretario. Como presidenta de esta instancia, me parece que es una actitud poco colaborativa y poco comprometida con la realidad del país que el presidente de la Corte Suprema no esté hoy día acá. Evidentemente es una invitación, no es una citación; por supuesto que tenemos separación de poder del Estado, pero también es contrapeso y creo que era vital conocer de primera fuente, si no era con el titular, obviamente con quien esté subrogando, pero la opinión de la Corte Suprema y los antecedentes que tienen a la vista a propósito incluso de la decisión, el trabajo que ha realizado la jueza de garantías. Pero bueno, no sé si sobre este punto alguien quiere tomar la palabra o sobre la cuenta. No, para que quede en acto. Es reiterativo esto de que autoridades de la Corte Suprema no participan. Entonces sería bueno, en los términos cordiales que correspondan, hacerle ver la información. Y si no puede venir el presidente, podrá venir un subrogante o uno de los ministros de la Corte Suprema. Pero como señal pública, es pésima de que están todos los actores aquí, del Ejecutivo, de las policías, y no esté presente el presidente o un representante del presidente. Y yo le pediría que pidiera la unanimidad para enviarle una carta en esos términos, obviamente términos diferentes. Gracias. Gracias, presidente. Yo efectivamente lamento que el Poder Judicial se haya arrestado en esta instancia porque si bien es cierto que hoy día nos convoca el caso del sicario que se pudo producto de esta resolución judicial, no conocemos todavía el detalle. Pero también hay que recordar que hay algunos episodios previos que deben analizarse por parte del Poder Judicial. O sea, tenemos un juez de garantía que autorizó comunicaciones con gente del Tren de Aragua mediante medios telemáticos. Y otro juez que autorizó la revelación de testigos protegidos en un juicio contra crimen organizado. Entonces, no es que haya una...
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Situación única, sino que hay una serie de hechos que ya pareciera ser que demandan del Poder Judicial una mirada respecto a lo que está ocurriendo con los tribunales de la reforma. Entonces, independiente de lo que haga la Comisión, la Comisión Unida puede representar esta situación a la Corte, que también se puede hacer a través del Ministro de Justicia, que es el que se tiene que relacionar con el Poder Judicial. Efectivamente, se les puede hacer llegar que es necesario que ellos participen en esto. Yo tengo la impresión de que efectivamente hoy día los controles que probablemente tiene la Corte Suprema, producto de la realidad de los hechos, están superados. Y se necesita hoy día una modificación distinta a la forma en cómo están trabajando los juzgados de garantías, que una vez judiciales lo penal. Y en esto necesitamos el concurso de la Corte de ver quién es lo que están mirando hoy, porque si ya nos dicen que está todo bien, tenemos problemas estructurales. Entonces, además del oficio, también pediría que esto sea a través del Ministerio de Justicia, que es el que lleva las relaciones con el Poder Judicial por este gobierno. Ok, gracias, senador. Muchas gracias, presidenta, por su intermedio saludar a los ministros presentes, al Fiscal Nacional, al Director Nacional. Tenemos no un Estado fallido, tenemos un sistema fallido. Y este es el tema de fondo, el por qué es importante la convocatoria. Por la reforma a la reforma procesal penal. Yo creo que ese es el gran título que tenemos que poner. Si se ha hecho una reforma constitucional para crear una fiscalía supraterritorial, necesitamos tribunales especializados. Y esa es la discusión de fondo que tenemos que dar. ¿Qué justicia especializada podemos tener? Los problemas que se nos están generando son muy grandes y por eso se requiere el concurrir y el poder aportar información que nos ayude a destrabar un sistema que se está trabando solo. Las cosas que ocurren son un fiel reflejo de la situación en la que estamos. No es necesario hacer más análisis, por lo tanto debemos ocuparnos. Y el tema es finalmente la reforma a la reforma procesal penal y establecer mecanismos de control más adecuados. Señora Presidenta, por otro lado, la información, la data, no se tiene que andar pidiendo. Tenemos un proyecto de ley de gobernanza de datos que tiene que partir funcionando. No puede ser que el Estado, teniendo toda la información, no sea capaz de saber instantáneamente quién es extranjero a estar en la cárcel en estos momentos. O sea, hay cosas evidentes que tenemos que avanzar, tenemos que abordarlas y para eso estamos aquí, para solucionar. Yo, Loro de la Reunión, lamento que no estén presentes porque no permiten tener una discusión completa del nivel que se espera. El Senado no cita, convoca para poder sacar política pública de Estado a largo plazo. Eso es lo que no vamos a poder lograr porque uno de los poderes del Estado no quiso estar presente hoy. Gracias, señora Presidenta. Gracias, senador Piu, senador Ensberg. Gracias, Presidenta. Comparto lo que han señalado los senadores que me han antecedido y, por cierto, lo que usted señala, Presidenta. Creo que esta era una instancia, o sigue siendo una instancia muy importante, pero sería bueno que hubieran estado representados también la Corte Suprema, ¿no es cierto? A mí me parece que en los hechos que aquí queremos analizar, primero que nada existen, todos sabemos que hay investigaciones pendientes, pero también sabemos que existen las instancias como que se hubiera pedido que esta sesión fuera secreta para no interferir con esas investigaciones. Pero mire, a mí lo que más me preocupa en esto es que, a raíz de la gravedad de estos hechos, lo que uno ha podido apreciar a través de los medios de prensa es que hay instituciones que, más que preocuparse y ocuparse porque se sepa la verdad, están haciendo defensas corporativas. La Corte Suprema dice que todo el Poder Judicial está bien, el Ministerio de Justicia o Gendarmería dice que en ellos no tuvieron nada que ver. A mí me parece que en hechos tan graves como estos, cualquiera donde haya estado el error o la corrupción o lo que sea, cualquiera de esas alternativas, lo señaló en algún medio de comunicación el ministro de Seguridad, señor Cordero, ¿no es cierto? Es de la mayor gravedad, es de la mayor gravedad. Y ausentarse o no querer asistir a un lugar donde convergen en esta comisión, donde queríamos que convergieran los tres poderes del Estado para abordar esta grave situación, no queda otra sensación más que se sigue con las defensas corporativas que me parece que le hace mal al sistema, que le hace mal al propio Poder Judicial, pero en definitiva le hace mal a nuestro país, Presidenta. Gracias. Gracias, Senadora. Senador Durán, a la Comisión de Seguridad. Gracias, Presidenta. Siempre las crisis son oportunidades en la medida que efectivamente las sepamos, las tomemos y sepamos enfrentarlas. No solamente hoy día estamos hablando de una situación que ocurre...
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y que involucra al poder judicial, sino que además cómo se desplaza libremente hacia el norte, una vez más al norte de Chile. Y claramente hemos, los parlamentarios de esa zona, reiteradamente dicho la vulnerabilidad que tienen nuestras fronteras. Y desde esa mirada, hoy día se dice que habría salido sin ningún problema, ninguna dificultad por el paso fronterizo Chacayuta. Ayer se encuentran detonadores de explosivos en el mismo complejo. Entonces, gracias que esté el señor Ministro de Seguridad porque creo que de verdad esta crisis tiene que ser de manera integral, ver en conjunto cómo solucionamos y cómo damos respuesta a la ciudadanía. Hoy día ya no basta solamente que hablemos de cómo finalmente este sicario salió en libertad, sino que el conjunto de situaciones que involucra una vez más a las zonas más afectadas, como somos las regiones del norte que tenemos la condición de ser fronteriza, y que esta persona al ser autodenunciada dice el nombre que quiera, y después porque al final se hizo la consulta de Interpol, se sabe que además esta persona no se llamaba como decía llamarse. ¿Cuántas más? ¿Cuántas personas más hay acá en el país que están autodenunciadas y que no sabemos quiénes son? Gracias, presidente. Gracias, senador. Entonces, si les parece, por unanimidad de ambas comisiones, enviar el oficio al presidente de la Corte Suprema representando nuestra molestia, nuestro no parecer. Luego vamos a revisar, evidentemente, la reacción, pero por la ausencia en esta... Sí, señora Váñez, en esta instancia. Muy breve sobre el punto. Creo que hay que representarle a la Corte Suprema que dentro de las facultades que tiene ella es la superintendencia disciplinaria y correccional, por lo tanto aquí no solo hay una falta de respeto respecto, no sé si es respeto, pero una falta de cumplimiento de una norma de venir, sino que también hay obligaciones legales que tiene la Corte Suprema respecto de sus funcionarios y de asegurar la corrección de su conducta. Por lo tanto, creo que es más que solo el cumplimiento de una invitación, tiene que ver con el cumplimiento de las propias facultades que constitucionalmente le competen a la Corte Suprema, que yo creo que en este momento no las está cumpliendo a cabalidad al no asistir a poner esos puntos aquí, en frente de la ciudadanía y en frente de otro poder del Estado. Gracias, Presidenta. Sí, vamos a recoger aquello. Obviamente que la reacción va a ir en esa línea. Creo que todos hemos sido muy claros cuál es nuestra opinión a propósito de la ausencia, insisto, del titular, de quien esté subrogando o de alguien que en definitiva represente a la Corte Suprema y a uno de los poderes del Estado. Bueno, dicho eso, se lo pido entonces, señor secretario, usted se preocupe, la vamos a revisar antes de ser despachada, pero dicho eso, recogiendo la unanimidad de cada uno de los senadores y senadoras de estas comisiones, le voy a dar la palabra al ministro de Justicia y Derecho Humano, señor Jaime Gajardo, para que nos pueda entregar los antecedentes que tienen y si también lo quiere decir para todos nuestros invitados en algún momento, alguno estima que se debe declarar secreta esta comisión, también por supuesto así lo vamos a hacer. Señor ministro, tiene la palabra. Yo primero que todo, cuando se hacen secretas las reuniones o las comisiones, siempre lo sabe todo el día de la tercera u otro como primera cosa. Como segunda cosa, yo creo que se espera una señal muy potente de parte de la gente si están reunidos los actores más importantes, porque quiere respuestas la gente, no que nos encerremos, salvo, salvo, de que hubiese algo muy puntual, o sea, muy puntual para declarar los secretos. Eso es lo que yo pido, que sea algo muy puntual, pero que no tengamos una sesión permanentemente pidiendo secretos, porque aquí la gente está esperando que le digamos algo. Entonces no nos podemos encerrar en reuniones secretas. Las reuniones secretas las tienen que hacer ustedes, los invitados, con su gente y buscarles soluciones. Aquí queremos resolver los problemas y la ciudadanía también. Gracias, senador Moreira. Ministro, tiene la palabra. Muchas gracias, Presidenta. Bueno, por su intermedio, saludar a todos los senadores y senadoras que se encuentran presentes. Lo primero que nosotros como gobierno y desde el Ministerio de Justicia nos gustaría señalar es que efectivamente este es un hecho gravísimo. Es un hecho que no debió haber ocurrido.
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una persona que debió estar en prisión preventiva y fue puesta en libertad por distintas circunstancias que se están investigando, que se están investigando tanto penalmente como administrativamente. Y por lo mismo, lo primero es que efectivamente se debe determinar qué fue lo que ocurrió, si hubo una negligencia o hubo alguna comisión de delito. Y en ese sentido hay una investigación penal abierta y al menos dos investigaciones administrativas también abiertas. Una en Gendarmería de Chile y otra dispuesta por el Pleno a la Corte de Apelaciones de Santiago de carácter disciplinario en razón de lo que ocurrió en el octavo juzgado de garantía de Santiago. Lo segundo es que efectivamente nosotros creemos que, y al menos ha sido la disposición del Ministerio de Justicia y Derecho Humano, de que como es un hecho grave, es un hecho que no debe haber ocurrido, es un hecho que genera mucha indignación pública de los distintos actores, nosotros hemos estado disponibles desde el primer día para entregar toda la información que tenemos como Ministerio de Justicia. Así, el mismo día martes, cuando podríamos decir que fue el día posterior al que se conoció de la liberación, nosotros concurrimos inmediatamente a la Comisión de Constitución de la Cámara y entregamos lo antecedente que teníamos disponible y así lo hemos hecho en todas las instancias de manera permanente, porque nos parece que hay que entregarle certeza a la ciudadanía de aquellos antecedentes de los que obra el Estado y en particular el Ministerio de Justicia y sus organismos dependientes para que se pueda conocer cuáles son aquellos hechos que efectivamente ya se pueden ir determinando como ciertos. Lo cuarto es que yo le voy a hacer una relación de cuáles son las principales obligaciones que tiene Gendarmería, cuáles son las principales obligaciones que tiene en el marco de esto y además cuáles son aquellos hechos que nosotros consideramos que ya se pueden determinar que son al menos los cuales tiene antecedentes Gendarmería de Chile que ocurrieron. Yo comparto y creo que en algunos casos puede haber sido mal entendido algo que yo he señalado, pero nosotros también hemos dicho, y yo lo he dicho personalmente en muchas de las entrevistas, aquí y en las distintas comparecencias que he tenido en distintas comisiones parlamentarias, no caben defensas corporativas en este caso. Eso nosotros lo hemos planteado. Otra cosa es determinar dónde están los orígenes posibles de la negligencia o los errores, pero efectivamente, por lo mismo, nosotros al mismo día dispusimos una investigación administrativa, eso se llevó adelante por parte de Gendarmería de Chile, instruido por el subsecretario de Justicia. Y le hemos pedido al director nacional subrogante de Gendarmería que pueda levantar toda la información y cualquier falta de carácter administrativo, porque el otro lo está investigando el Ministerio Público, cualquier falta de carácter administrativo sea sancionada de la forma más drástica y más rápida posible, porque efectivamente esto es algo que no puede haber ocurrido. Así que nosotros compartimos el hecho de que defensas corporativas en esto es una muy mala señal para la confianza del sistema de justicia. O sea, uno de los principales problemas de esto es que daña la confianza ciudadana del sistema de justicia y la confianza ciudadana del sistema de justicia es clave para la vigencia de cualquier Estado de derecho y de cualquier democracia. Entonces, es algo que tenemos que cuidar de una manera muy importante todas las instituciones que nos relacionamos con el sistema de justicia. Antes de dar cuenta del antecedente, algunas de las cosas que se han hecho durante esta semana Gracias. ¿Qué ha pasado? Lo primero es que el mismo día martes nos reunimos junto con la Presidenta de la Corte Suprema, su arrogante, y el Fiscal Nacional para no solo poner en común algunas de las cosas que sabíamos, sino que además también para ver cómo fortalecemos los protocolos de trabajo en materia vinculada con el crimen organizado y en particular los protocolos de comunicación. Para ello yo cité a una comisión coordinadora del sistema de justicia penal que por ley al Ministerio de Justicia le tocó coordinar y presidir la coordinación del sistema de justicia penal, un espacio en el cual está la Corte Suprema, la Fiscalía Nacional y los distintos actores del sistema de justicia penal, es decir, las policías y también la Defensoría Penal Pública. Hubiéramos querido que fuera antes esa citación, pero por distintos temas de agenda de los otros actores, no del Ministerio de Justicia, tuvimos que agendarla para este viernes. Entonces este viernes, como un único punto en tabla, va a ser la revisión de las comunicaciones y protocolos.
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En este tipo de casos y ver también cómo reforzar. Para ello entendemos que van a haber distintas propuestas de las distintas instituciones y de ahí vamos a poder ver una ruta de trabajo que sea lo más rápida posible con el objeto de fortalecer las comunicaciones y que este tipo de cuestiones no vuelvan a ocurrir y los protocolos y los procedimientos también reforzarlos en los casos de crimen organizado. Asimismo, el subsecretario ha estado en reuniones permanentes con Gendarmería de Chile y el director nacional subrogante se ha reunido con los directores regionales con el objeto de reforzar ciertos procedimientos y protocolos, con el objeto de que no tengamos ningún incidente nuevamente en este tipo de situaciones. Dicho lo anterior, ¿cuáles son los principales aspectos normativos que son relevantes en esto? Lo primero es que, de conformidad con el artículo 154 del Código Procesal Penal, toda orden de prisión preventiva o detención tiene que ser expedida por el tribunal y debe contener al menos el nombre y apellido de la persona que debe ser detenida o aprendida, las circunstancias que la individualicen o determinen, el motivo de la prisión o la detención y la indicación de ser conducido de inmediato al tribunal, al establecimiento penitenciario o al lugar de prisión o detención que determinará si permanece en su residencia. Otro aspecto relevante, porque también ha sido objeto de conversación pública, tiene que ver con cuáles son las facultades de Gendarmería en relación con las órdenes de los tribunales. Y así lo señala expresamente el artículo 3º, letra b, de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, contenida en el Decreto de Ley 2859 de 1979, cito textual: “Cumplir las resoluciones emanadas de la autoridad competente relativas al ingreso y a la libertad de las personas sometidas a su guarda, sin que le corresponda calificar el fundamento, justicia o legalidad de tales requerimientos”. Esto lo señala expresamente la ley orgánica de Gendarmería. Luego, Gendarmería ha regulado la forma en que funciona tanto el ingreso como la salida de las personas que se encuentran bajo su custodia. Esto lo regula, entre otras normas, a través de la resolución exenta 10.182 del 2 de octubre de 2014, y regula también la forma de comunicación con los tribunales de justicia para este tipo de comunicaciones. Esto se ha hecho a través de resoluciones, pero también mediante convenios con el Poder Judicial. En ese sentido, en el año 2013 se suscribe el convenio de comunicación electrónica validada, que se aprueba a través de Gendarmería mediante la resolución exenta 440 del 2014, y se establece cómo va a ser la comunicación para las órdenes de ingreso y de libertad y cualquier otro aspecto vinculado con la prisión de una persona entre Gendarmería de Chile y el Poder Judicial. Entonces, para ello se opera a través de un correo electrónico exclusivo, se definen las casillas de correo oficiales y se establece cómo validar las resoluciones u órdenes que ingresan vía comunicación del Poder Judicial. A Gendarmería le corresponde, cuando recibe una comunicación del Poder Judicial, primero validar que sea por el conducto regular y, segundo, verificar que sea una orden que cuente con los medios de verificación del Poder Judicial, es decir, que sea una orden válida del Poder Judicial. Dicho eso, ¿cuál es la cronología del caso concreto que nos tiene el día de hoy? El 9 de julio de 2025, a las 20.28 horas, el CDP de Santiago 1, o sea, el Centro de Detención Preventiva Santiago 1, recibe materialmente el oficio 1227-1779-2025, suscrito por la jueza Irene Gladys Rojas Chávez, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, que ordena el ingreso en prisión preventiva del imputado Ferrer Ramírez en la causa RUC 2500852513-K y RIT 5507-2025. No lo dije, pero es relevante para esto, que una de las cosas que debe verificar Gendarmería es que, al recibir cualquier orden de ingreso o de egreso, coincidan los números de RUC y de RIT con las órdenes de ingreso y de egreso de la persona privada de libertad. Luego, el 10 de julio de 2025 a las 12.00.
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11 horas desde notificación judicial que el conducto oficial del Poder Judicial se envía a TGCDP Santiago 1, que es el conducto oficial de Gendarmería de Chile, el oficio 1227-1839 del 2025, de fecha 9 de julio del 2025, que deja sin efecto la prisión preventiva del imputado Ferrer Ramírez, suscrito por la jueza Irene Clady Rojas Chávez, del octavo juzgado de garantía de Santiago, que se indica el mismo número de RUC y el mismo número de RIC de la orden de ingreso que se había entregado materialmente el día anterior a las 20.28. El mismo día 10 de julio del 2025 a las 14.13 horas, desde Notificación Judicial arroba pejud, se envía a Dijes Santiago 1 en Almería el oficio 12.27.17.79 del 2025, fechado con 9 de julio y suscrito por la jueza Irene Gladys Rojas Chávez del octavo juzgado de garantía, que es el mismo documento que se recibió materialmente el día 9 de julio cuando ingresa la persona a cumplir la prisión preventiva. Y el 10 de julio del 2025, entre las 20 horas y las 21 horas, siendo más preciso a las 20.40, personal de servicio en el CDP de Santiago 1 materializa la libertad del imputado Ferrer Ramírez, dando cumplimiento a lo ordenado por la jueza Irene Gladys Rojas Chávez. No hay Irene Gladys Rodríguez Chávez, octavo juzgado de garantía, mediante el oficio 12271839 del 2025 de fecha 9 de julio. Esas son las comunicaciones que recibe Gendarmería de Chile y son, por así decirlo, los hechos materiales de este caso. Ahora bien, si hay algún tipo de responsabilidad por parte de los funcionarios de Gendarmería de Chile en cuanto a las comunicaciones que recibió y por qué procedió de la forma en que procedió, es algo que está en investigación. Que es lo que hemos planteado nosotros: es que al menos se recibieron comunicaciones contradictorias con horas de desfase, y en segundo lugar hay una comunicación que dispone de la libertad de la persona privada de libertad y una segunda comunicación que incorpora el mismo oficio que se había entregado materialmente el día anterior a los funcionarios de Gendarmería. Eso es lo que presento. Gracias, ministro. Senadora. Y después el senador Pio también. Sí, en esta cronología quisiera saber lo que pasa los días después, hasta que usted se junta el martes 15 con la Corte Suprema. Porque ahí hay hechos que también son bastante graves, como que nadie se hubiera enterado de la libertad si no hubiera sido por el fiscal, y el fiscal se entera eventualmente por una llamada de la defensora penal de otras personas privadas de libertad señalando que por qué este señor quedó en libertad y ellos no. Entonces me gustaría si pudiera continuar la cronología hasta el día 15 en su reunión con la Corte Suprema y el fiscal. Senador Piu. Muchas gracias, Presidenta. Sí, muy breve. Yo me quiero ir al origen: todo se señala que fue un error de nombre lo que produjo que se dejara sin efecto el documento. ¿Cuál es el error de nombre cuando el nombre nunca ha sido un nombre real? No sé, la persona tenía algún carnet de identidad, un pasaporte, algo, como para que se hubiesen equivocado un nombre de una persona que no existe. ¿Y por qué se produjo el error? ¿Fue por una letra que faltaba? ¿Fue por...? O sea, ¿cuál es el origen del problema del nombre? ¿Qué llevó a que se realizaran estas acciones después? Que no se entiende, hay un non sequitur: ¿cómo un tribunal de garantía sabía que ese era el nombre correcto o no de la persona? ¿Cómo lo digitaron? ¿De dónde nace? Y la segunda pregunta viene después, si esto ha pasado antes. Es decir, que efectivamente han ocurrido estos hechos, que la forma para rectificar un error administrativo es dejar a una persona no cumplir todo lo que está disponible, o sea, es un error de procedimiento en su origen sistémico, tal como lo señalé. Un error administrativo, un error de nombre, no se corrige dando... Entonces, esa parte yo creo que es la que tenemos que tener un poco más de claridad. Por eso era tan importante tener básicamente al Poder Judicial explicando. Porque todo el resto viene después. O sea, el origen, esto es origen en el Poder Judicial, es un problema de sistema, es un error grave que después es imposible pararlo. Si usted tuviera algún antecedente que nos pudiera aportar, sería muy valorable. Gracias, Presidenta. Gracias, Presidenta. Gracias, señor. El señor Moreno me dio la palabra, después el señor Araya y la señora Pascual. Así es porque estamos haciendo las preguntas. Yo voy a ser muy cortito fundamentalmente.
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pueda usted decir nuevamente, ministro. Lo segundo, por lo tanto, es que la Gendarmería, sin audiencia previa, procedió a dejarlo en libertad, a propósito que no es el procedimiento que corresponde. Como tercera pregunta, ministro, ¿existe información si el imputado había tenido algún ingreso previo al sistema judicial o a la Gendarmería de Chile? Y bueno, en realidad, como cuarta y última, si tuvo ingreso, ¿se registraron sus huellas? Esas cuatro preguntas de mi parte, ministro, y le doy la palabra nuevamente para responder a las consultas de los senadores. Gracias. Bueno, voy a tratar de responder todas las preguntas. La primera, respecto a la cronología anterior al día 14. Nosotros, o yo en particular, como ministro de Justicia, me entero el día lunes 14, si no me equivoco, entre las 21 y las 22 horas, por una llamada del director nacional de Gendarmería y prácticamente en simultáneo por el fiscal nacional y el subsecretario de Justicia, que me dan cuenta de que efectivamente habría una persona que debió haber estado en prisión preventiva y que salió, y en ese momento las dudas eran múltiples respecto a si la orden judicial era válida, si se habían hackeado los sistemas, yo creo que... Se acordarán de que durante ese día 14 en la noche habían distintas suposiciones que pudimos ir descartando para que yo les entregue la cronología que tenemos. O sea, yo me entero el día 14, entiendo que, si en realidad por aquí está el director, se entera ese mismo día, obviamente antes que yo, porque el director nacional fue el que me llamó, pero no mucho antes que yo, y el fiscal nacional me llama prácticamente al mismo momento y el subsidio de la justicia. Fue como la forma en que nosotros oficialmente nos enteramos de estos antecedentes. Lo segundo es que, yo creo que es bien relevante decir, Gendarmería no es interviniente en los procesos judiciales. Eso para que lo tengamos muy claro. Gendarmería no es parte de los procesos judiciales. A Gendarmería lo que le corresponde es cumplir las órdenes judiciales. Por eso yo así hincapié en el artículo tercero de la Ley Orgánica Gendarmería. y a Gendarmería lo que le llegan son órdenes de ingreso y órdenes de libertad. Y también otro tipo, traslado, déjese sin efecto, medidas disciplinarias que se adaptaron dentro de Gendarmería por distintos procesos, etc. Pero lo que le llegan son comunicaciones de los tribunales diciendo, principalmente como son las principales, ingresa esta persona a prisión preventiva o al cumplimiento de una condena, egresa esta persona para prisión preventiva o cumplimiento condena. Y eso además en una cárcel como es Santiago 1, que tiene al día de ayer más de 5.900 presos o personas detenidas privadas de libertad, con lo que ustedes imaginarán que es un flujo diario de personas que ingresan y salen, que es bastante importante. Y por ende lo que llegan son órdenes, comunicaciones. Esto lo digo porque Gendarmería no solo tiene la prohibición expresa de calificar, lo voy a volver a leer, calificar el fundamento justicia o legalidad de los requerimientos, sino que al no ser interviniente no conoce si hubo o no hubo apelación, si hubo o no hubo audiencia previa para eventualmente la orden o salida. Lo que le llega son comunicaciones y como una institución jerárquica tiene que cumplir las comunicaciones que le llegan del Poder Judicial. Si quisiéramos que Gendarmería cumpliera otra función, eso es otra conversación. Pero es muy claro que, a mi juicio, eso es lo que tiene que hacer Gendarmería y es lo que hay que determinar si hizo bien o no, si hizo correctamente o no, eso en este caso. Y para eso hay investigaciones en curso. Pero eso es la función de Gendarmería. Respecto al error del nombre que pregunta el senador Pío. Lo que ocurre es que cuando ingresa un extranjero indocumentado, por cierto, no se cuenta con documentación al momento de su puesta a disposición del sistema de justicia, porque precisamente es un extranjero indocumentado. Entonces, esa persona lo que dice es cómo eventualmente éste se llama, pero no hay cómo corroborar que esa persona efectivamente se llame de esa manera, porque además ingresó al país de manera indocumentada y no se cuenta con los antecedentes biométricos de esa persona. ¿Qué es lo que se hace? Es que se le toma un registro biométrico. Ese registro biométrico tiene que ser ordenado por el tribunal y tiene que ser...
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principalmente dispuesto además o solicitado por el Ministerio Público. Entonces el Ministerio Público solicita eso, el Tribunal lo ordena y que es lo que hemos hecho desde el 2023 en una coordinación con los distintos organismos del sistema de justicia penal es que el registro civil ha puesto personal en el centro de justicia para realizar estos registros biométricos y además se ha coordinado esto a nivel nacional con las fiscalías regionales y el registro civil. Entonces el registro civil enrola a estas personas, tiene que poner el nombre que ellos señalan porque no tenemos antecedentes y revisa en las bases de datos del registro civil si eventualmente hay algún otro registro biométrico de estas personas y si no hay un registro biométrico que le ha asignado algún RUN, le asigna un RUN provisorio para los efectos de este proceso. Es lo que ocurre que las solicitudes que se reciben muchas veces dan cuenta de que hay personas que ya han tenido algún otro tipo de ingreso y por ende se pueden chequear con los registros que tiene el registro civil. Y esto es relevante porque, de hecho, desde el 2023 que estamos realizando esto en coordinación con el Ministerio Público, los tribunales y el registro civil, se han solicitado 13.000 ingresos de enrolamiento y hemos otorgado 11.000. 13 RUM, porque el resto son personas que se ha podido determinar de que ya habían tenido algún otro proceso al interior del registro civil. Una vez que se, eso es lo que hace, por así decirlo, el registro civil con Gendarmería. Ahora bien, el chequeo con bases de datos de otros países no es algo que hagamos nosotros, sino que se hace a través de las policías y ahí creo que el ministro de seguridad les va a poder entregar más detalles. Eso es como lo que corresponde a nuestro ámbito. Entonces, reitero, el error en el nombre, básicamente. Sí, pero voy a interrumpir. Me pidió la palabra el senador Araya y después yo también quiero, sobre el punto, hacerle una pregunta, ministro. Ya que está hablando sobre el nombre, ministro, ¿nos podría precisar qué RUT llevaba las distintas órdenes? ¿Qué RUT tenía RUNCE? ¿En el mismo RUT de las tres o había RUT distinto? No tenían RUT o no tenían RUM. ¿Por qué? Porque la persona ingresa, cuando ingresa se le hace el enrolamiento. Esto no es automático, porque, vuelvo a reiterar, se hace la solicitud y lo que se hace es revisar las bases de datos. De hecho, el plazo que se tarda el registro civil en hacer eso es entre 12 y 48 horas. Y el registro civil revisa las distintas bases de datos y asigna un RUM una vez que logra determinar de que esta persona no ha tenido otro ingreso. De hecho, en este caso en particular se le notificó al Ministerio Público y un RUM provisorio se le entregó mediante una comunicación oficial de parte del registro civil el RUM provisorio en 12 horas después de que se hace el empadronamiento. Y con eso esta persona ya tiene un RUM con el que posteriormente se hace toda la... y básicamente lo más relevante es que tenemos el registro biométrico de una persona que no tenía, porque es un extranjero indocumentado. Entonces, las órdenes, tanto la orden de ingreso como la de libertad, no tienen rumbo porque eso era un proceso que estaba yendo en paralelo. Ahora bien, eso también es algo que se tiene que investigar, de por qué se dictan esas resoluciones de ingreso. O sea, la de ingreso es entendible porque no tiene rumbo, porque en el mismo momento, las otras hay algo que revisar. Pero, ministro, perdón, en el caso de imputados... extranjeros, no estoy hablando del que ingresó de manera irregular, el caso de imputados extranjeros obviamente indocumentados ¿no se les hace por parte del registro civil? ¿no tienes información? ¿control biométrico? Por lo mismo la persona detenida e imputada extranjera que ingresó indocumentadamente a nuestro país no tiene antecedentes de ningún tipo en nuestro país como no tiene antecedentes de ningún tipo. El momento en que se le hace el empadronamiento biométrico es cuando se pone a disposición del tribunal. Y eso se le hizo. Claro, o sea, es que eso yo no se lo puedo responder porque no es parte de las atribuciones de nuestro ministerio. ¿Qué es lo que nosotros hacemos? Nosotros hacemos el empadronamiento una vez que esta persona ingresa. Lo estamos haciendo regularmente desde el 2023, gracias a la coordinación que hemos tenido con el Ministerio Público. Esto lo tiene que disponer el tribunal y desde el 2023 hemos realizado más de 13.000 solicitudes.
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Llevaba adelante más de 13.000 empadronamientos y tenemos a la fecha 9.592 extranjeros en las cárceles, que representan el 16% del total. Entonces, la pregunta es buena. Sí, lo sé, pero es que nos parece importante porque este, bueno, senador. Sí, muy breve. En la cronología, ministro, usted dijo que el 9 del 7 a las 20.28 el oficio 12.27 ordena el ingreso. El 10 del 7 a las 12.11, vía notificación judicial, el oficio 12.37 deja sin efecto esa. Pero el mismo 10 del 7 a las 14.00, vía también notificación judicial, se reingresa el oficio 12.27 que ordena el ingreso del imputado. Y el mismo 10 a las 20.40 se da la libertad del imputado. ¿Por qué no se toma en consideración ese reingreso del oficio 1227 que ordenaba la prisión? Sí, ministro, que aunque vaya la primera pregunta, al final del día es una cronología. Entonces, cuando van saltando dudas o espacios, yo creo que es importante ir aclarándole inmediatamente, ministro. No, sí, como les digo, yo no tengo ningún inconveniente. Solo quería decir que iba en la primera pregunta, para que lo tuviéramos presente. Y además porque hay más... Creo que lo del proceso de empadronamiento me parece que quedó claro. Cuando esto se hace a solicitud de los tribunales de justicia, nosotros hemos dispuesto los medios para que eso ocurra. En el centro de justicia, que es donde tenemos más empadronamiento, hay funcionarios del registro civil dispuestos desde el 2023. Esto no se hacía antes de esa manera. Y además, a nivel nacional, hay coordinación con los fiscales regionales para que vayan funcionarios del registro civil con maletas y realicen el empadronamiento. Se demora entre 12 y 48 horas y tenemos un RUN. Tenemos los registros biométricos y le hacen un RUN. No sé si… ¿No es que le quede algo más? Respecto a la cronología, efectivamente el día 9 de julio del 2025 a las 20.28 horas ingresa el oficio 12.27.17.79 del 2025, suscrito por la jueza, con el nombre correcto del que se había dado en la audiencia. Y ese mismo oficio, el 10 de julio a las 12.11 horas, es el que se deja sin efecto: a las 12.11 horas se comunica que se deja sin efecto la prisión preventiva y se ordena la libertad. Luego, el 10 de julio a las 14.00 horas se envía, sin ningún tipo de consideración ni otro aspecto que diga nada exacto, el mismo oficio que había ingresado por mano el día anterior. No es un tercero, claro, pero es el primero. Eso es algo que hay que investigar: por qué de una u otra manera no se hizo caso a este. O, mejor dicho, es algo que está en investigación. De todas maneras, lo que hemos planteado es que hay al menos comunicaciones con horas de desfase que son contradictorias. Eso es algo que se puede ver. Eso es parte de la investigación, tanto penal como administrativa. Y ahí los funcionarios que tienen que dar respuesta a esto tendrán que dar la respuesta respectiva. Yo lo que estoy entregando son los antecedentes de hecho que ocurrieron. Respecto a las respuestas para solucionar el problema, bueno, como le decía, que es lo que pregunta el senador Moreira. ¿Qué es lo que nosotros hemos planteado? Primero que todo, en la reunión que tuvimos con la Presidenta de la Corte Suprema y el Fiscal Nacional, y posteriormente lo que vamos a tener el día viernes en la Comisión Coordinadora del Sistema de Justicia Penal, es que hay que hacer dos cosas. Uno, ver todo este procedimiento de comunicaciones para la regularidad de las situaciones; y segundo, ver un procedimiento reforzado para los casos de crimen organizado, que nos permita chequear y contrachequear que las comunicaciones son válidas. Y, por su parte, también tener ciertas señales respecto a cuidados expresos en los casos de personas vinculadas al crimen organizado. Que hoy por hoy las comunicaciones llegan de manera…
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