1.- Bol.N° 16143-02 Continuar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley, en primer trámite constitucional, para la protección de la infraestructura crítica del país.
A esta sesión han sido invitados el Ministro del Interior y el Ministro de Seguridad Pública.
Vista pública limitada
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En nombre de Dios y de la patria, se abre la sesión. Secretaria, entiendo que tenemos algo de cuenta. Sí, presidente.
Había invitado al ministro del Interior, pero se ha excusado por compromisos contraídos con anterioridad.
Asimismo, se ha recibido un oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores que, en cumplimiento del artículo 13 de la ley 19.067, remite el informe de operaciones correspondiente al segundo semestre del año 24.
Y también se ha recibido un informe, tres años de estado de emergencia en la macrozona sur, evaluación del impacto en la violencia, las organizaciones radicalizadas y la respuesta del Estado chileno que ha sido elaborado por el Observatorio del Crimen Organizado y Terrorismo de la Universidad Andrés Bello.
Y finalmente, el tema de la ley de capacidades estratégicas, presidente, que se ha acordado. Hemos conversado con algunos de los senadores para poder tener el quórum requerido para que se pueda generar el informe de la ley de capacidades estratégicas que tiene que entregarse en el primer semestre. Hemos conversado ya con la ministra de Defensa para que nos reciba el próximo lunes a las 12 en el Estado Mayor Conjunto. Así que anticipemos que vamos a tener esa citación de la comisión el próximo lunes.
¿Sobre la cuenta o puntos varios, señor Senadores? ¿No? ¿Algún tema?
Yo quisiera, para que seamos lo más ejecutivos posible, hoy día estamos citados para continuar la discusión del proyecto de infraestructura crítica que ha tenido una reunión técnica o varias reuniones técnicas de la comisión ad hoc que se generó durante la semana pasada y entiendo que han tenido avances importantes en la conversación. La idea de las mesas técnicas es que nos ayuden a llegar con el contenido de los proyectos más digeridos. Así que entiendo que esa es la situación con respecto a algunos artículos que son bastante importantes. Así que yo le pediría hasta la 1 y media. 1 y media, sí. Hasta la 1.30.
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Los niveles de alerta asociados a cada infraestructura. Perfecto. Y se vota todo el resto. Estamos la votación. Sí, habría acuerdo para aprobar 30 al referéndum este artículo octavo nuevo, con la misma votación. Así es.
Y además habría que pronunciarse acá sobre la indicación 24 y la 26, que no están aquí en el comparado, pero la 24 se refiere a la reserva del catálogo nacional. Es una indicación de los senadores Araya, Huanchumilla y Saavedra, que hablaba, decía, reserva del catálogo de infraestructura eléctrica y de los operadores públicos o privados tendrá el carácter reservado. Y esa, no sé si habría que rechazarla.
¿Dónde está la indicación? En este texto. No, está en el grande, está en la parte 80. Lo que pasa es que este comparado, la verdad, es para efectos de la sesión, no más. Claro, es para sesión.
Sobre este tema que está planteando, yo no sé… la característica de reservado, entiendo que está incorporada en otras normas, ¿o no?
Presidente, solo mencionar que nosotros proponemos que sea secreto. Lo estamos definiendo al final de todos los pases. Entonces rechazemos esto y lo votamos después en el secreto.
Perfecto. La indicación 24 la rechazamos por los tres miembros presentes. Tres por cero. Y la indicación 26, que es de la senadora Pascual y que era para eliminar la expresión y subsectores, esa también habría que rechazarla porque se mantiene la expresión. Así es, con la misma votación.
Enseguida, en la página siguiente, está la propuesta de la mesa técnica para un artículo 9, que se refiere al procedimiento para la elaboración del catálogo. Artículo 9. El procedimiento para la elaboración del catálogo nacional, así como la identificación de sus operadores, se desarrollará en las siguientes tres fases.
¿Lo leo completo, presidente? ¿Porque es bien largo o van a ir analizando frases?
No, yo trataría de ver las observaciones, quizás, porque creo que es demasiado largo, son cuatro páginas.
Ahora, un artículo bien importante. La semana pasada leí lectura a la fase 1. ¿Hasta dónde leyó?
Hasta la fase 1.
Este artículo es como bien… Bueno, es de los artículos más importantes.
El procedimiento… ya, fase 1. Recopilación de antecedentes.
La Agencia Nacional de Inteligencia, en adelante la agencia, deberá identificar la infraestructura crítica a sus operadores y los niveles de alerta.
Gracias. Mediante el siguiente procedimiento.
Uno, identificar los sectores y subsectores estratégicos, conforme con lo dispuesto en los artículos dos, numerales uno y dos, tiene que decir porque el uno es sectores y el otro son subsectores, y cuatro de la presente ley.
Dos, solicitar a través del Ministerio del Interior informe al Ministerio de Seguridad Pública, al Ministerio de Defensa Nacional, al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, al Ministerio de Obras Públicas, al Ministerio de Salud, al Ministerio de Minería, al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y al Ministerio de Energía y, en caso de ser necesario, a otros organismos públicos con competencia sectorial para que informen respecto de activos o instalaciones que estimen podrían calificarse como infraestructura crítica en el marco de sus competencias.
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Los informes deberán ser fundados y evacuados dentro del plazo de 30 días hábiles contados de la recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que haya mediado respuesta, se entenderá que no hubo antecedentes que aportar al respecto. Las instituciones señaladas en este numeral estarán obligadas a proporcionar los informes en los mismos términos en que les sean solicitados y deberán guardar estrictas reservas sobre su contenido. La agencia podrá, cuando tenga antecedentes que lo ameriten conforme al numeral anterior, solicitar directamente a los operadores de las potenciales infraestructuras críticas información respecto de sus activos o instalaciones, mediante un cuestionario elaborado por la propia agencia, el cual considerará los criterios de criticidad e impacto contemplados en los artículos 10 y 11 de esta ley. En esta instancia, también se requerirá la dirección de correo electrónico con el fin de establecer el correspondiente canal de comunicación. Asimismo, se dispondrá de un mecanismo de verificación que permita asegurar la correcta recepción del correo electrónico proporcionado por el potencial operador de infraestructura crítica.
Dale, Gaby. Gracias. La pregunta del Ejecutivo es, está definido el medio de intercambio electrónico, pero no se dice que tienen que nombrar a una persona. Está bien, el correo es el medio, pero debería tener una persona a cargo de la seguridad, de la infraestructura crítica. Esto se ha hecho en la ley de protección de datos con el delegado de protección de datos y en la ley marco ciberseguridad con el delegado, el CISO, el Chief Security Information Officer. Entonces, la pregunta es, ¿cómo lo vamos a hacer? O sea, ¿son un correo, no sabemos quién está al otro lado? ¿O va a haber claramente identificada a una persona que va a ser la responsable de establecer el enlace para lo que corresponda? Esa es la pregunta, presidente.
Presidente, por su intermedio, solo mencionar que los temas más bien operativos los vamos a dejar regulados en un reglamento. Pero sí, debería existir una persona que esté a cargo de la recepción de estos correos electrónicos. Que eso va a estar regulado en un reglamento.
Presidente, entonces habría acuerdo para aprobar la fase 1 y eliminando la expresión y los niveles de alerta que están en el párrafo primero, ¿cierto? Así es.
Fase 2. Diseño y aplicación de la matriz de evaluación de riesgos y niveles de alerta en adelante la matriz y la elaboración del catálogo preliminar de infraestructura crítica en adelante el catálogo preliminar.
1. La agencia deberá diseñar una matriz de evaluación de riesgos y sus niveles de alerta teniendo como base los criterios de criticidad e impacto que se contemplan en los artículos 10 y 11 de esta ley. La matriz deberá ser aplicada a la totalidad de activos e instalaciones que obren en los antecedentes recabados por la agencia conforme a la fase 1. Concluido el proceso de aplicación de la matriz, la agencia elaborará un catálogo preliminar ordenado por sectores y subsectores estratégicos que será remitido al Ministerio del Interior.
Esta es la fase 2. Gracias, presidente.
Se mantiene la misma observación respecto a la homologación para que en el número uno, el numeral uno de la fase dos, sacar la palabra y sus niveles de alerta. Eso se va a tratar en otra etapa. Esto solamente respecto al catálogo con la matriz de evaluación de riesgo, donde están las dependencias y las interdependencias. Y sus niveles de alerta habría que sacarlo de aquí. En la fase 2, en el encabezado, en el número 1, son los únicos dos lugares que está. En el encabezado está en la segunda línea, después de riesgo, habría que eliminar y niveles de alerta. Y en el número 1 está también en el primer párrafo, después de riesgo, eliminar y sus niveles de alerta.
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Por su intermedio, Presidente, mencionar que dentro del artículo 5 que regula el tema de los instrumentos de planificación está aprobado el Catálogo Nacional de Infraestructura Crítica y sus niveles de alerta. Entonces, de alguna forma, se quiso homologarlo a lo que ya está aprobado en el artículo anterior y sus operadores, Catálogo Nacional de Infraestructura Crítica y sus operadores. Ah, perfecto, o sea, para hacerlo congruente con eso. Exacto.
Gracias, Presidenta.
Nuevamente, los niveles de alerta van a estar considerados en base a la información de inteligencia para determinar sobre quién es el peligro grave o inminente, y ese nivel va a subir o bajar. Va a depender de cómo esté. Esto es indistintamente de la matriz de riesgo que tiene todos los elementos con el impacto y la criticidad. O sea, la matriz es una cosa y el nivel es otra cosa. El nivel se determina dinámico y no depende de un catálogo. Depende de la información del momento para saber quiénes podrían estar bajo peligro grave o inminente, qué efectos podría tener, y eso es lo que mueve el sistema.
O sea, no puede ir en el mismo trabajo que se está haciendo, que es cómo levantar el catálogo, es levantar el nivel de alerta. El nivel de alerta se va a levantar después con el sistema de inteligencia.
Es mejor dejar todo lo relacionado con el catálogo, tal como lo dice el título, Catálogo Nacional de Infraestructura Crítica y sus operadores, y dejar el nivel de alerta para manejarlo por separado en base a los antecedentes que va reportando el sistema de inteligencia. Esa es la observación que se hace al Ejecutivo. O sea, si lo sacamos del título es para solamente abocarnos al Catálogo Nacional de Infraestructura y Suboperadores y dejar los niveles de alerta para que se puedan ver por separado después. Eso es precioso.
La pregunta es si modificamos acá eso, tendríamos que modificar también en el artículo 5, ¿no? O sea, el 6.
Sí, el 5, en base a esta decisión de haber cambiado el capítulo 3, debiéramos también modificarlo para que quede el catálogo completo, separado con los niveles de alerta.
¿El Ejecutivo le pregunta la opinión sobre esto?
Gracias por su intermedio, presidente. Solo hacer mención que actualmente la agencia Nuestra Indad de Inteligencia, dentro de su catálogo, tiene contemplado esta matriz de riesgos que arroja un nivel de riesgo. Entonces, de alguna forma, nosotros quisimos… Hicimos regularlo en este proyecto y dejarlo tal como ellos ya lo están utilizando. Entonces, todo este catálogo, cuando se ingresa la infraestructura crítica con los criterios de criticidad e impacto, arroja un nivel de riesgo.
Sí, el problema es que es nivel de riesgo. Ese nivel de riesgo tiene riesgo muy alto. El tema de la alerta es si efectivamente esa infraestructura va a ser sujeta a ese riesgo, se va a explotar en el fondo esa vulnerabilidad. Por eso hay que separarlo. Si se eliminaron los niveles de alerta, los niveles de alerta tienen que ir al lado. Y efectivamente lo que entrega puede ser un número único, es un índice o nivel de riesgo. Aquellas cosas que son. Y eso permite después ordenar para saber sobre qué es lo que realmente se puede, si están todos juntos a actuar. Pero no es un nivel de alerta. Esa es la advertencia que hago.
Presidente, yo creo que habría que de alguna forma abrir la votación respecto al artículo 5 y hacer la precisión ahí.
Ya, pero usted está de acuerdo con eso. Abrimos entonces esa votación, generamos el acuerdo.
Presidente, primero votamos esta etapa que estamos viendo.
Bueno.
Entonces, el título de la fase 2, o sea, no sé si el título del encabezamiento va a ser diseño y aplicación de la matriz de evaluación de riesgos de riesgo.
Matriz de evaluación de riesgo. En adelante la matriz ya.
Y en esta parte era la única en esta oportunidad en que había que eliminarlo, ¿no?
Sí.
Ah. Y sus niveles de alerta.
Entonces la agencia deberá diseñar una matriz de evaluación de riesgo teniendo como base…
Muy bien. Entonces, con esas enmiendas, ¿habría acuerdo de los tres señores senadores presentes para aprobar la fase 2?
Sí.
Y entonces ahora el artículo quinto, que ustedes no lo tienen ahí porque ya fue aprobado en sesiones anteriores, pero el artículo quinto encabeza el título segundo del proyecto de ley que se llama instrumentos de planificación.
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