En nombre de Dios y la patria, se abre la sesión. Sean por aprobadas las actas de las sesiones trigésima primera a trigésima cuarta del año dos mil veinticinco que no han sido observadas.
Cuenta. Gracias, señor presidente. Buenos días. En la cuenta se han recibido cinco mensajes de su excelencia el presidente de la República. Con el primero, retira y hace presente la urgencia calificando la discusión inmediata respecto al proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones para exigir que la planificación urbana contemple espacios públicos seguros y accesibles para las mujeres, correspondiente al Boletín 16.744-14. Con el segundo, hace presente la urgencia en carácter de suma respecto del proyecto de ley que modifica el decreto ley número 3500 de 1980 en materia de seguro de invalidez y sobrevivencia correspondiente a boletín 16 de 1628-13. Y con los tres últimos, hace presente la urgencia calificándole simple en relación a las iniciativas legales que señala. Se toma conocimiento de los retiros y las calificaciones y se manda agregar los documentos a su antecedente.
Oficios. De su excelencia el Presidente de la República, con el que evacúa con fecha 15 de julio del 2025, en los términos establecidos en el inciso tercero y quinto del artículo 42 de la Carta Fundamental, informe sobre las medidas adoptadas en virtud del Estado de excepción constitucional de emergencia en la región de la Araucanía y en las provincias de Arauco y del Bío Bío, de la región del Bío Bío. Se toma conocimiento.
De la Honorable Cámara de Diputados, con el que informa que ha aprobado el proyecto de ley que modifica el Decreto Ley Nº 3063 de 1979 sobre rentas municipales para establecer la prescripción de la acción ejecutiva de cobros de derechos de aseo correspondiente al Boletín 15.522-06. Pasa a la Comisión de Gobierno, de Centro de Acción y Registro.
La iniciativa del excelentísimo Tribunal Constitucional comunica resoluciones dictadas en los procedimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las disposiciones legales que señala. Se remite a los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. También del mismo excelentísimo Tribunal Constitucional remite copias de sentencias pronunciadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de los procesos y en relación a los preceptos legales que en cada caso se indican. Se mandan a archivar los documentos.
Se han recibido igualmente 31 comunicaciones y oficios de diversas autoridades que responden igual número de consultas efectuadas por señoras senadoras y señores senadores. Se toma conocimiento y queda a la disposición de su señoría.
Informe. De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo en primer trámite constitucional que aprueba el acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia sobre extensión mutua de visa y del permiso de residencia oficial para titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales, suscritos en Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, el 25 de abril de 2025. Boletín 17.629-10. También de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo en primer trámite constitucional que aprueba el acuerdo entre la República de Chile y el Estado Plurinacional de Bolivia sobre licencias de conducir, hecho en La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 27 de febrero de 2025, correspondiente a Boletín 17.631-10.
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el oficio de su excelencia Presidenta de la República que solicita el acuerdo del Senado para designar como consejero del Consejo Directivo del Servicio Electoral al señor Marcelo Carvallo Ceroni, correspondiente a la orden S-2643-05, con la urgencia del párrafo segundo del número 5 del artículo 53 de la Constitución Política de la República. Quedan para la tabla.
Mociones de los honorables senadores, señor Sandón, señora Núñez, señores Flores, Macaya y Piú, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código de Justicia Militar y modifica la Ley de Control de Armas en el sentido que indica, correspondiente a la Ley 17.491-07. Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia y Reglamento y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental, se manda a poner conocimiento de la excelentísima Corte Suprema.
De la honorable senadora señora Sepúlveda, con la que inicia un proyecto de ley que modifica el artículo 197 de la Ley de Tránsito para establecer una excepción al procedimiento aplicable en el caso de accidentes ferroviarios en los términos que indica, correspondiente a Boletín 17.682-15. Pasa a la Comisión de Transporte y Telecomunicaciones.
Es todo en relación a la cuenta, señor Presidente.
Acuerdos de comité. Gracias, señor Presidente.
Los comités, en sesión celebrada el lunes 14 de julio recién pasado, adoptaron los siguientes acuerdos.
Uno, contemplar para la sesión especial del Senado convocada para el día martes 15 de julio de 2025 de 10 a 14 horas la siguiente tabla. Tratar en primer y segundo lugar respectivamente de tabla de fácil despacho la siguiente iniciativa. Primero, el proyecto de acuerdo en segundo trámite constitucional que aprueba el acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Irlanda sobre el ejercicio de trabajos remunerados por parte de familiares dependientes del personal destinado a misiones oficiales en el Estado de la Otra Parte, suscrito en Santiago de Chile el 15 de marzo de 2023, correspondiente a Boletín 15.900-10. Segundo, proyecto de acuerdo en segundo trámite constitucional que aprueba el acuerdo complementario al acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Irlanda sobre el ejercicio de trabajos remunerados por parte de familiares dependientes del personal destinado a misiones oficiales en el Estado de la Otra Parte, suscrito el 15 de marzo de 2023, correspondiente a Boletín 17.408-10. El acuerdo de contemplar estas iniciativas en tabla de fácil despacho se adoptó con el voto en contra del Comité de Partido Unión Demócrata Independiente.
Dos, considerar en primer, segundo, tercer, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo lugar respectivamente.
del orden del día, las siguientes iniciativas. Primero, proyecto de ley en primer trámite constitucional que introduce diversas modificaciones a la ley 20.249 que crea el espacio costero de los pueblos originarios con el objeto de perfeccionar su implementación. Boletín 15.862.1. Segundo, proyecto de ley en segundo trámite constitucional que establece para el personal de Gendarmería de Chile la obligación de efectuar declaración de interés y patrimonio en conformidad con lo dispuesto a la ley 20.880 sobre propiedad de la función pública de prevención de conflictos de intereses. Boletín 16.985-06. Tercero, proyecto de ley en segundo trámite constitucional que modifica el general de telecomunicaciones para facultar el retiro de cableo aéreo en desuso por parte de las municipalidades. Boletín 17.042-15. Cuarto, proyecto de ley en primer trámite constitucional que modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de presión preventiva y de suspensión de ejecución de la sentencia respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años. Boletín 11.073-07. Quinto, proyecto de ley en segundo trámite constitucional que modifica la ley 20.422 con el objeto de otorgar prioridad a personas con discapacidad en la atención de servicios públicos. Boletín 16.396-35. Sexto, proyecto de ley en segundo trámite constitucional que establece reglas especiales de vigencia de la cédula de identidad para personas mayores. Boletín 16.121-35. Séptimo proyecto de ley en segundo trámite constitucional que reconoce la función de las y los recolectores de residuos domiciliarios y establece obligaciones para la protección de su salud y seguridad en el trabajo. Boletín 16.846.13. Octavo proyecto de ley en segundo trámite constitucional que crea el contrato de buceo de actividades conexas. Boletín 17.005.13.
Asimismo, los comités acordaron que las iniciativas que no fueron despachadas en esta sesión especial serán consideradas en el mismo orden, a continuación del último proyecto de ley contemplado en la tabla correspondiente a la sesión ordinaria del martes 15 de julio de 2025.
2. Considerar en primer, segundo, tercer y cuarto lugar respectivamente del orden del día de la sesión ordinaria correspondiente al martes 15 de julio de 2025 los siguientes asuntos. Primero, oficio de Excelencia del Presidente de la República, por el que solicite el acuerdo de Senado para designar como consejero el Consejo Directo de la República. El servicio electoral al señor Marcelo Carballo Ceroni. Segundo, proyecto de reforma constitucional en primer trámite constitucional que modifica la carta fundamental para incorporar entre las garantías constitucionales la educación, promoción y difusión de la actividad física y deportiva. Boletín 17.243-07. Tercero, proyecto de ley en segundo trámite constitucional que modifica la ley general de urbanismo y construcciones para ampliar la garantía exigida al vendedor en los actos jurídicos destinados a la adquisición de bien raíz. Boletines 15.084-14 y 16.793-14 refundidos. Y cuarto, proyecto de ley en segundo trámite constitucional que consagra funciones en materia de prevención social, situacional y comunitaria del delito y de apoyo y asistencia a víctimas a los gobiernos regionales correspondiente a boletín 16.132-06.
Es todo señor presidente. Gracias.
La palabra tiene el senador Flores. Muchas gracias, presidente. Quisiera consultar si la comisión de salud que ya estábamos sesionando está autorizada para sesionar paralelo a la sala hasta las 11 de la mañana.
Vamos a votar ahora. Sí, vamos a tener dos votaciones de dos proyectos de acuerdo rápido y después, como hay discusión del tercer proyecto, cuando haya que votar los llamamos. Muy bien. Entonces vamos al próximo proyecto. Gracias, señor presidente.
El señor presidente pone en discusión, en tabla de fácil despacho, la señora Sepúlveda. Sí, antes de darle la palabra a la señora Sepúlveda, que no la había pedido, quiero felicitar, porque está de cumpleaños, José Manuel Edwards, ex Rojo, y el señor Juan Antonio Coloma. Los dos más rojos.
La señora y senadora honorable Alejandra Sepúlveda. Muchas gracias, presidente. Mire, solo reforzar algo que dijimos en la sesión anterior en relación a los recolectores de residuos domiciliarios, que está en séptimo lugar, y el contrato de buceo con actividades conexas, porque son dos proyectos que ya están listos, si es posible, con su buena voluntad...
voluntad y su gentileza de siempre, presidente, la posibilidad de colocarlo en la próxima semana en primer lugar, porque se está esperando los recolectores, hay consenso, no hay dificultades, pero al mismo tiempo el contrato de buceo que tiene que ver con la vida de las donas y la prevención, ¿no es cierto?, de las complicaciones.
Si no se puede ver hoy día, si no llegamos al séptimo y al octavo lugar, colocarlo en la próxima sesión, presidente.
Senadora, ¿lo hacemos así? Por lo menos... este año, lo que queda, no queda resacado, va la próxima semana, así que para que esté tranquila.
Ya, pero no lo coloque el séptimo y octavo lugar la próxima semana.
No, no, no, séptimo y octavo, no, después va el noveno y décimo.
Sí, el segundo, el segundo.
Ya, muchas gracias. Y veo aquí que todo el mundo muchos abrazos y pocos regalos.
Senador Moreira, ¿usted va a informar los proyectos de acuerdo? No, ¿no? Entonces vamos a decirlo y le damos la palabra.
Por reglamento, senador... ¿Es por reglamento, señor? ¿O no? ¿Lo suyo es por reglamento o por el proyecto? ¿Ah? ¿Por el proyecto? Sí, sí, pero es que no hemos partido todavía. Senador Insunza, por reglamento.
Lo que pasa, perdón, es que no quiero molestar, pero está bastante larga la tabla, pero encuentro que los puntos 1 y 2 son sobre lo mismo. Nada más que hay un acuerdo y un acuerdo complementario sobre... ¿Por qué? ¿No podrían explicar por qué razón hay...? ¿Cuál es la razón para que esté dos veces? Es que fue... Ahí lo va a explicar el presidente de la Comisión.
Vamos a leerlo para hacer rápido esa votación para después ver por qué hay senadores que están en Comisión. Gracias, señor presidente.
El señor presidente pone en discusión en tabla de fácil despacho el proyecto de acuerdo que se encuentra en segundo trámite constitucional que aprueba el acuerdo entre el gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Irlanda sobre el ejercicio de trabajo remunerado por parte de familiares dependientes del personal destinado a misiones oficiales en el Estado de otra parte, suscrito en Santiago de Chile el 15 de marzo de 2023. Iniciativa correspondiente a Boletín 15900-10. El Ejecutivo es presente en urgencia para su despacho calificándola de suma.
El proyecto de acuerdo propone la aprobación de un instrumento internacional cuyo objetivo es permitir el libre ejercicio de actividades remuneradas sobre la base de un trato recíproco a los familiares dependientes de los miembros de misiones diplomáticas y oficinas consulares oficialmente acreditados en la otra parte.
La Comisión de Relaciones Exteriores representa aquí, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del reglamento de la corporación, propone que en la sala se ha discutido en general y en particular a la vez. La referida comisión deja constancia, además, de que el proyecto de acuerdo fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de sus miembros presentes.
Honorable senadores, señores. Eduardo Moreira tiene la palabra.
Gracias, Presidente. Reglamentariamente corresponde que se dé cuenta por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores este proyecto, por muy insignificante que pueda ser para algunos. Este es un proyecto que corresponde darlo a conocer. Ahora, cuando se trata de un proyecto de fácil despacho, obviamente el informe es reducido a cuatro o cinco minutos. Como ya lo he expresado en relación de este proyecto de acuerdo con la República de Irlanda y su acuerdo complementario, el objetivo regular de estos dos acuerdos es la posibilidad de que los familiares dependientes del cuerpo diplomático o del cuerpo consular puedan llevar a cabo actividades remuneradas en el país donde se desempeñan. las funciones y que, recíprocamente, los familiares de funcionarios de esos países puedan trabajar en Chile. El acuerdo incluye a los miembros de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, el personal técnico y administrativo, así como a los funcionarios y personal consular, conforme a lo establecido en las convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares. Y el acuerdo complementario que busca dejar en claro a quienes se considera como familiares dependientes para este caso. tanto para Irlanda como para Chile, respecto a por qué debemos estar cada cierto tiempo aprobando proyectos similares, pero con distintos países, solo puntualizar que las convenciones de Viena que regulan las relaciones diplomáticas establecen como norma general la prohibición que sus familiares de diplomáticos puedan trabajar. La norma fue pensada en una época en que la inmensa mayoría de los diplomáticos eran hombres y se esperaba que las cónyuges cumplieran poco menos que funciones de jefa de hogar. El paso del tiempo y la evolución de las sociedades incorporó a las mujeres no solo al mundo laboral, sino que también al ambiente diplomático, por lo que se hizo necesaria una modificación.
Al no haber un tratado internacional que lo autorice de manera general, los países deben ir autorizando caso a caso tales excepciones. Según lo informado por la Cancillería, de aprobarse estos acuerdos con la República de Irlanda, serían ya 50 las naciones que tendrían este tipo de acuerdos con Chile, de los casi 120 países con los que Chile mantiene relaciones diplomáticas, ya con embajador permanente o concurrente. Solo aclarar que los acuerdos permiten trabajar, pero siempre bajo la legislación del país anfitrión, por lo que la habilitación profesional se rige por sus normas para todos los efectos legales y que el permiso expira junto al término de la función diplomática o consular titular.
Por último, precisar, presidente, que como ya lo he señalado, estos son proyectos similares, pero creo que es importante dar cuenta de lo anterior y por eso sugiero a la mesa, señor presidente, que los dos proyectos sean votados en una sola votación. No se puede, pero pido autorización para abrir la votación. A ver, vamos a hacer dos votaciones, porque por reglamento no se puede. Dice que no se puede. Bueno, pero vamos a hacer votación. ¿Podemos abrir la votación? ¿Hay acuerdo? No, votamos uno y votamos el otro al tiro.
¿Usted quiere hablar, senador? En votación. En votación. Tiene la palabra Rojo Edwards. O José Manuel, no sé cuál de los dos.
Presidente, esto es un acuerdo simple, pero muy significativo en su fondo. Es una autorización que parece sentido común, pero ha sido la excepción durante décadas y no la regla en relaciones internacionales, y por eso es que este acuerdo, al igual que muchos otros de esta naturaleza, importa. La regla general de la Convención de Viena de 1961 prohíbe que familiares diplomáticos realicen actividades remuneradas en el país receptor, salvo que exista un tratado bilateral que lo habilite expresamente. Es decir, sin acuerdos como este, los cónyuges, parejas y familiares de nuestros funcionarios quedan impedidos de ejercer su profesión, oficio o emprendimiento. Y en la práctica, limita la vida, el desarrollo y la dignidad de estas personas. Chile, con visión de responsabilidad, como lo decía el senador presidente de la Comisión, ya ha firmado 49 de estos acuerdos y este va a ser el número 50. Hay otros países que tienen más de 100 de estos acuerdos similares, como por ejemplo el caso de Estados Unidos. Pero además de ser una práctica consolidada en el mundo, este tipo de acuerdos fortalece nuestras relaciones bilaterales, reduce fricciones operativas en nuestras embajadas y contribuye a la inserción social y laboral de quienes acompañan al personal destinado en misión oficial. Y quiero subrayar que también es un acto de justicia esta política para darle la posibilidad de desarrollo profesional a las parejas de los diplomáticos. Por último, estas autorizaciones no generan costo fiscal, no crean cargos ni asignaciones y no imponen obligación alguna al Estado. Solo reconoce el derecho recíproco a trabajar bajo las normas de este país. Es sentido común diplomático. Chile respeta, valora y cuida a sus representantes y sus familias y a los representantes de los otros países que tienen embajadas y trabajadores acá. Muchas gracias, presidente.
¿Alguna señora senadora o algún señor senador aún no ha emitido su voto? Terminada la votación. Resultado de la votación por la afirmativa, aprobando el proyecto 25 votos; por la negativa, rechazándolo 0; abstenciones 0; pareos 1 del senador señor Durresti y el senador señor Gaona. Aprobado.
Ahora vamos a abrir la votación para el segundo proyecto explicado por el senador Moreira. Se abre la votación. ¿Vayan a votar?
El senador Huanchumilla pide la palabra. Señor Huanchumilla, ¿autorizan abrir la votación al segundo para que puedan irse los que están adentro? No, si es que mira, con los que están adentro tenemos votos siempre y cuando nos den la autorización para abrir la votación. ¿Está bien? ¿Autorizan? Le vamos a ofrecer la palabra, pero es para abrir la votación para que se puedan ir los de...
Se abre la votación.
Tiene la palabra el senador Huanchumilla. Es solamente para agregar mi voto en el proyecto anterior. Gracias, presidente.
Se deja constancia de la intención de voto del senador Huanchumilla y se le da la palabra a don José Miguel Insunza.
Yo insisto, no entiendo por qué estamos aprobando dos acuerdos que son de distintas fechas, pero yo entiendo que son lo mismo.
Lo que lo menos que podría pedir uno es que le mandaran una minuta o le pasaran los acuerdos para saber en qué se diferencian estos dos acuerdos. Pues son idénticos, tal como están aquí. En este papel están idénticos. Probablemente alguien de Cancillería nos podría explicar en qué son estos dos acuerdos sobre el mismo tema que se están votando el mismo día con el mismo título.
Ok, gracias, senador. Vamos a terminar la votación, ¿sí? No, no, no, votación. ¿Alguna señora senadora o algún señor senador? Pero es que falta la más importante. ¿Aún no ha emitido su voto? Falta la senadora Sepúlveda. No tenemos problemas con San Fernando. Ahora sí, terminada la votación. Resultado de la votación, por la afirmativa aprobando el proyecto, 22 votos, por la negativa, rechazando los cero, abstención de cero, pareos, uno. Aprobado el acuerdo en segundo trámite constitucional.
Vamos al tercer proyecto de la tabla. Tiene la palabra el senador Iván Moreira. A raíz de lo que ha preguntado por su intermedio, en un minuto le explico el senador Insulza. La diferencia es que el proyecto, el objetivo del primer proyecto, es un proyecto que acuerda permitir el libre ejercicio de actividades remuneradas sobre la base de un trato recíproco a los familiares dependientes de los miembros de misiones diplomáticas y oficinas consulares oficialmente acreditados en la otra parte. Ahora, el objetivo del segundo proyecto, del primero, El objetivo de este proyecto es precisar las categorías de personas que se considerarán como familiares dependientes en el acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile, en trabajos remunerados por parte de familiares dependientes del personal destinado a misiones. Son dos aspectos que pueden ser, que podrían haber venido en uno, pero lo establece así la Cancillería y yo le voy a hacer entrega al senador Insulza. las dos minutos al respecto. Es una diferencia muy simple. Muchas gracias.
Ahora vamos al próximo proyecto, que lo va a leer el secretario, y se le ofrece la palabra después al senador Espinosa, que es el que da el informe.
Ok. Gracias. El señor presidente ya en el orden del día pone en discusión el proyecto de ley iniciado en moción de los honorables senadores, señores Espinosa. Cuchel, Saavedra y Sandoval, y del ex senador, señor Elizalde, en primer trámite constitucional, que introduce diversas modificaciones a la ley número 20.249, que crea el espacio costero de los pueblos originarios, con el objeto de perfeccionar su implementación, iniciativa correspondiente al boletín 15.862-21.
El objetivo de este proyecto es armonizar las normas de uso constitucionario del borde costero con las demás actividades desarrolladas en él, en materia de procedimiento, destinación del espacio costero marino, criterios de decisión entre solicitudes que son incompatibles y el plan de administración.
La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Agricultura hace presente que, conforme a lo expuesto en el artículo 127 del reglamento de la Corporación, discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de una iniciativa que consta de un artículo único, y acordó unánimemente proponer que la sala sea considerada del mismo modo. La referida comisión deja constancia que aprobó en general el proyecto de ley por la mayoría de sus miembros presentes, votando a favor los honorables senadores señores Espinosa, Cuchil y Sandoval. En tanto, se abstuvo el honorable senador señor Núñez. En particular, sancionó la iniciativa en los términos y con las votaciones que se registran en su informe. El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 187 y siguientes del informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Agricultura, y en el boletín comparado que sus señorías tienen a su disposición.
Tiene la palabra el Senado de Espinosa. Muchas gracias, señor presidente. Paso a informar este proyecto de ley que introduce modificaciones en la ley 20.049, 2.49, perdón, que crea el espacio costero de los pueblos originarios. A modo de introducción, solo me gustaría señalar que este es un proyecto de ley que bajo punto de vista alguno tiene elementos que vayan en contra de nuestro pueblo originarios que obtuvieron esta ley en el año 2008, sino que lo que busca, como dice el proyecto, el principal objetivo de este proyecto es armonizar las normativas sobre el uso constitucional del borde costero con las demás actividades que se desarrollan en este. Dicho sea de paso, quiero que los colegas sepan que, por ejemplo, cuando un pueblo originario solicita una...
Un espacio costero se paralizan hasta por siete años todo tipo de actividades en ese espacio, incluyendo la posibilidad de que el Estado pueda, por ejemplo, financiar una obra que beneficie a la propia comunidad que vive en el sector costero. Un muelle, una rampa, no se puede construir porque se congela absolutamente todo.
Entonces lo que hace este proyecto es perfeccionar su implementación en aspectos como el procedimiento, la destinación del espacio costero marino, los criterios para decidir entre solicitudes incompatibles y el plan de administración, que es un elemento que nosotros aquí en el proyecto establecemos que el plan de administración debiese ser la puerta de origen de la iniciativa y no un plan de administración que se hace cuando ya está otorgado un espacio marino costero protegido. Pero vamos al proyecto. La ley 20.249, conocida como ley Lefkensche, fueron promulgadas en el año 2008, de hecho muchos de los que estamos acá las votamos como parlamentarios, como diputados. Esta legislación marcó un hito significativo en Chile, por favor, al reconocer y reivindicar los derechos de los pueblos originarios sobre el uso tradicional del borde costero.
En los años recientes se ha observado un notable incremento, tanto en el número como en la extensión de las solicitudes de espacios costeros marítimos protegidos, EMPO. Por ejemplo, las solicitudes a nivel nacional pasaron de aproximadamente medio millón de hectáreas a un periodo inicial a casi cuatro millones de hectáreas en un periodo posterior. Actualmente hay numerosas solicitudes en tramitación abarcando millones de hectáreas, con una concentración significativa en la región de Los Lagos y por cierto también en Aysén. Un número considerable de EMPO ya han sido otorgados principalmente en estas regiones.
Tras más de una década de su implementación, la experiencia acumulada ha revelado la necesidad de revisar y perfeccionar la ley Lefkensche. Esto se debe a problemas de interpretación de la normativa y a desafíos en la gestión institucional. Las modificaciones propuestas buscan establecer criterios más claros para la delimitación de las áreas, compatibilizar el uso constitucional con otras actividades, y definir con mayor precisión los alcances del efecto suspensivo de las solicitudes.
¿Cuáles fueron las observaciones que se plantearon en la discusión? Aquí hubo una discusión en la cual invitamos a muchos actores del mundo de la pesca artesanal, de los pueblos originarios, científicos, universidades, que participaron en este debate. También, obviamente, participaron las empresas que desarrollan actividades en el borde costero. Durante el proceso de discusión en la Comisión de Intereses Marítimos-Pesca se destacaron varias observaciones y problemas claves en la aplicación de la ley.
Primero, conflictos y falta de compatibilidad. La ley no ha logrado armonizar efectivamente el uso constitucional con otras actividades económicas preexistentes, como la pesca artesanal, la acuicultura y el turismo. Esto ha generado fricciones y conflictos en el borde costero donde muchos pescadores artesanales, incluyendo aquellos de origen indígena, perciben a los EMPO como una amenaza a sus formas de vida y derechos de uso. Un ejemplo concreto se da cuando alguien quiere renovar una concesión y hay una solicitud de EMPO en curso, está todo paralizado, no la puede renovar, por ejemplo. Y ahí se genera un problema, obviamente, con el mundo de la pesca artesanal, con el mundo de la mitilicultura u otro tipo de actividades en el sector. Y eso ha llevado a que, lamentablemente, algunos y lo hemos dicho, sobre todo en la región de los lagos y los ríos, algunos dirigentes o malos dirigentes estén cobrando millonarios recursos por desafectar áreas en los bordes costeros. Y eso, obviamente, es algo que no podemos permitir.
Segundo, efecto suspensivo prolongado. La presentación de una solicitud de EMPO detiene la tramitación de otras solicitudes y actividades productivas como concesiones marítimas o de agricultura, permisos y también obras públicas, como lo dije al inicio. Este efecto concebido como temporal se ha extendido por años debido a la lentitud de los procesos, generando incertidumbre jurídica y paralizando inversiones. Son decenas las localidades que han visto truncados sus proyectos de obras públicas, por ejemplo, porque hay una EMPO solicitada. Y eso paraliza, repito, todo.
Tercero, demoras en los procedimientos administrativos. Los plazos legales establecidos para la tramitación de las solicitudes de EMPO no se cumplen, lo que debería ser un proceso de un poco más de un año, en la práctica se extiende por varios años, lo cual se atribuye a la escasez de personal y recursos en las instituciones responsables, que son
La Subsecretaría de Pesca, CONADI y la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Siete años llega a ser un promedio para sacar adelante una EMP. Siete años. Otro problema que se ha avizorado, presidente, es la desproporción en la extensión de las solicitudes. Se ha criticado que comunidades pequeñas o con un número muy limitado de individuos solicitan extensiones de mar excesivamente grandes que no guardan relación alguna con su capacidad real de uso constitucionario. Ejemplos de ellos se vivieron en la región del senador Sandoval hace poco, donde fue la propia CRUP la que echó para atrás una solicitud que era de miles de hectáreas para un grupo de 20 miembros de una comunidad. Problemas de representatividad y posibles malas prácticas. Se han documentado casos en que los solicitantes de un EMP no informan adecuadamente a todos los miembros de su propia comunidad. También han surgido denuncias de cobros indebidos por la desafectación de áreas, lo que ha generado preocupación por posibles actos de corrupción.
Rol de CONADI y acreditación del uso constitucionario. Se cuestiona la metodología y la imparcialidad de CONADI en la elaboración de los informes de uso constitucionario, especialmente cuando se validan usos en áreas muy extensas sin suficiente respaldo histórico o cultural.
Necesidad de consulta indígena. Diversas organizaciones y parlamentarios han insistido en que cualquier modificación a la ley Lafkenche que afecte directamente los derechos de los pueblos originarios debe ser precedida por un proceso de consulta en cumplimiento con el convenio 169 de la OIT.
Falta de ordenamiento territorial. Se ha señalado la ausencia de una planificación y zonificación clara del borde costero a nivel nacional y regional, lo que contribuye a la superposición de usos y a la generación de conflictos.
Debilidad en la fiscalización y aplicación de sanciones. El sistema actual de fiscalización y sanción ante incumplimiento, como la restricción del acceso al libre tránsito, es percibido como ineficaz y difícil de aplicar, lo que permite la persistencia de malas prácticas.
¿Cuáles fueron las modificaciones que la Comisión de Pesca aprobó? En el artículo 1 se modifica el inicio del artículo para incluir explícitamente la necesidad de compatibilizar todos los usos posibles del borde costero en sus diversas áreas y zonas, promoviendo un desarrollo armónico, integral y equilibrado, maximizando su utilización racional y previendo futuros requerimientos en concordancia con la política nacional de uso del borde costero. En este artículo añadimos un nuevo inciso que establece que el procedimiento regulado por esta ley deberá observar especialmente los principios de buena fe, de eficiencia, eficacia y celeridad.
2. Modificaciones de terminología general. Se reemplaza la denominación subsecretaría de Marina por subsecretaría para las Fuerzas Armadas en todo el cuerpo legal para actualizar la terminología. Se sustituye Ministerio de Planificación por Ministerio de Desarrollo Social y Familia en todo el texto de la ley. Esos son aspectos meramente técnicos.
Artículo 3. Se incorpora un nuevo inciso que aclara que la asignación de un espacio costero marino a los pueblos originarios no impedirá el desarrollo de otros usos permitidos y autorizados por las normativas vigentes al momento de su otorgamiento. Esto es muy, pero muy trascendente, que queda explicitado en esta aclaración. Por eso nosotros siempre insistimos que eran modificaciones legales y no modificaciones meramente administrativas las que este proyecto requería.
Artículo 5. Se agrega un inciso final que limita a las personas, comunidades o asociaciones a participar en una única solicitud de EMPO. Si se presenta más de una, solo la primera será considerada válida y las subsiguientes se tendrán por no presentadas. Todos entendemos a qué nos referimos con esto. Algunos estaban haciendo muchas solicitudes diversas en distintos bordes costeros.
Artículo 7. Se añade una frase en el inciso primero para precisar que el reglamento deberá establecer los quórums que determinen la efectiva representación de los solicitantes en las comunidades. Quiero detenerme aquí un poquito para que los colegas comprendan por qué este artículo 7 es importante. En una junta de vecinos se pide un porcentaje para hacer válido las decisiones de esa junta de vecinos. Es decir, si no hay el 50% más uno de los socios, esas decisiones no son válidas en una junta vecinal, por ejemplo. Con la ley Lafkenche eso no ocurría. Bastaba que dos dirigentes solicitaran miles de hectáreas sin que nadie de la comunidad supiera. Entonces lo que nosotros estamos diciendo acá es que la comunidad tiene que ser conocedora de que su comunidad está haciendo solicitudes.
Artículo 8. Se intercala un nuevo inciso que prohíbe la tramitación de otra solicitud de la misma u otra comunidad o asociación sobre el mismo espacio en un plazo de un año, si la solicitud original fue rechazada en cualquiera de sus instancias, o por un informe negativo de la CONADI, o por un recurso de reclamación o resolución fundada de la subsecretaría. Se modifica el inciso cuarto para incluir a las organizaciones de pescadores artesanales legalmente inscritos en el registro artesanal en la consulta que CONADI debe realizar cuando se acredita el uso constitucionario. Similarmente, se modifica el inciso quinto para asegurar que estas organizaciones de pescadores artesanales también sean informadas sobre las solicitudes presentadas. Eso a veces no estaba ocurriendo. Los pescadores artesanales a veces se informaban cuando ya estaba el proceso en marcha.
Artículo 10. Estoy terminando, aquí ando. Se modifica el inciso primero para establecer que la tramitación de una solicitud de afectación para otros fines solo se suspenderá una vez que CONADI haya emitido el informe de uso constitucionario o se haya resuelto el recurso de reclamación. Se añade que esta suspensión no podrá extenderse por más de dos años consecutivos. O sea, un congelamiento que hoy día es de siete años, nosotros decimos en esta ley que no puede ser de más de dos años porque obviamente provoca problemas graves en las comunidades. Se intercala un nuevo inciso que especifica que la suspensión no operará sobre solicitudes de renovación de áreas de manejo y explotación de recursos ventónicos. Esto es muy importante, tremendamente trascendental, que no opere el congelamiento cuando haya una comunidad de pescadores que tenga que renovar, por ejemplo, su área de manejo o recursos ventónicos, sino que opere automáticamente la renovación. Se elimina una frase del inciso segundo que establecía un plazo para que las comunidades indígenas manifestaran su intención de solicitar un sector sobrepuesto y la continuación de trámites suspendidos si no lo hacían. Y se agrega una oración en el inciso segundo para establecer que una comunidad o asociación cuya solicitud fue rechazada no podrá solicitar el mismo sector nuevamente en un plazo de tres años desde el rechazo del informe de uso constitucionario en la resolución de la Comisión del Borde Costero.
Artículo 11. Se sustituye una frase en el inciso primero para exigir que junto con la solicitud ante la subsecretaría, el solicitante presente un plan de administración. Pongamos atención en este punto porque el plan de administración era lo último que se pedía. Nosotros estamos diciendo con este proyecto de ley que el plan de administración sea lo primero que se vea para que sepamos qué es lo que se va a hacer en ese borde costero, que incluya los usos y actividades a desarrollar por terceros, especialmente aquellos relacionados con la pesca artesanal. Se añade una oración en el litoral B del inciso segundo para asegurar que el plan de administración siempre considere la actividad de los pescadores artesanales inscritos en la región respectiva y que los procesos participativos se efectúen según el reglamento. Se reemplaza una frase en el inciso sexto para indicar que durante la ejecución del plan de administración se deberán entregar a la subsecretaría informes de actividades. Estos informes deberán contener sustancialmente los usos y costumbres propias del solicitante y el cumplimiento de las exigencias legales.
Artículo 15 y último. Se intercala un nuevo inciso que establece que si la comunidad asignataria o la asociación de comunidades infringe de manera reiterada la conducta de impedir el acceso o libre tránsito al espacio costero marino de pueblos originarios, se dejará sin efecto la declaración de EMPO. También muy importante porque está ocurriendo que en algunos lugares no se les está permitiendo a los pescadores utilizar ciertas áreas que son EMPO.
Termino mis palabras, estimados colegas, señalando que si ustedes han podido percatar, no hay ni un solo elemento que vaya en contra de los pueblos originarios. Es todo para perfeccionar una ley que, siendo muy positiva y buena para el país, lamentablemente tiene elementos que hoy día están provocando complicaciones que nosotros creemos claramente que son mejoradas. Todos los proyectos de ley en Chile pueden ser perfeccionados, incluso esta ley, para mejor convivir de los pueblos originarios con nuestro mundo de la pesca artesanal y con otras actividades conexas en el territorio.
He dicho, Presidente, muchas gracias. Muchas gracias. Por reglamento, senador Buenchumilla, sí. Senador Buenchumilla. Nuestro comité pide segunda discusión, señor Presidente, de acuerdo al artículo 129.
nuestro reglamento. Hay que hacer la primera, y después se anuncia la votación. Ya tiene la palabra entonces en la segunda discusión, en la primera discusión, perdón, Iván Moreira. Gracias, presidente.
Está en su derecho el senador que me antecedió la palabra, el senador Huanchumilla, de pedir segunda discusión. Pero yo no sé cuáles son verdaderamente las razones, pero sí que este proyecto debe seguir en tabla, porque es un proyecto tremendamente delicado y grave.
Como lo ha dicho el senador Fidel Espinosa, autor del proyecto, yo diría que aquí no se restringe ningún derecho de los pueblos originarios.
Y voy a acotar aspectos generales porque el detalle ya lo dio el senador Fidel Espinosa.
Mire, la denominada ley Lafkenche se ha prestado de verdad, la denominada ley Lafkenche se ha prestado para abusos intolerables, abusos intolerables.
Hay que decir que lo que partió como un proyecto con una premisa llena de buenas intenciones y propósitos. La ley número 20.249 que precisamente crea los espacios costeros marinos de pueblos originarios, las famosas EMCO, se ha transformado en un espacio que ha llevado a críticas transversales sobre su implementación, los tiempos de tramitación, las salvaguardas excesivas, la facilidad con que se pueden interponer, la falta de rigurosidad en individualizar a quienes pueden hacer las solicitudes. Y por permitir, en pocas palabras, la paralización de cualquier actividad en la zona donde se formula la solicitud.
¿Por qué yo hablo de abusos intolerables? Abusos intolerables porque los mitilicultores, los pescadores artesanales, la industria, tienen que pagar peaje para poder trabajar por el abuso de ciertas comunidades indígenas en que sus dirigentes se aprovechan por razones económicas, peajes, presiones y hasta agresiones a mitilicultores y pescadores artesanales.
Los EMCO tienen precisamente el objetivo de resguardar el uso del consuetudinario bien que dichos espacios puedan mantener sus tradiciones. Las EMCO tienen por objeto resguardar el uso consuetudinario de dichos espacios para mantener sus tradiciones. Y me parece bien que así sea, pero así como hay experiencias positivas, hay otras que solo son una traba para toda la región y para varias regiones en que se solicitan.
Quiero hablar de mi región de los lagos. Al 2023 había 56 solicitudes en la región de los lagos. 19 otorgadas a nivel nacional. Se han solicitado casi 4 millones de hectáreas. Han solicitado 4 millones de hectáreas.
Por lo mismo, se requieren modificaciones legales para que la ley funcione como fue pensada y no permitir el mal uso y la tergiversación de su espíritu.
A modo de ejemplo, en la comisión se informaba que actualmente un tercio de las 519 solicitudes de concesión de acuicultura a nivel nacional y casi 900 relativas a concesiones marítimas están suspendidas por la ley de la gente, porque se sobreponen con espacios que se encuentran en tramitación, según datos de la propia Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Me parece bien este proyecto que ha encabezado el senador Fidel Espinosa, senador de mi región. Me podría haber invitado a firmarlo, pero no lo hizo.
Por poner el tema en discusión, plantear soluciones que puedan hacer operativa a la ley y mejorar la coordinación y redacción para evitar los cuellos de botella, dilaciones a actos de terceros y en general ralentizar el desarrollo regional y perjudicar a la pesca artesanal e incluso a grupos de los mismos, pero de los mismos pueblos originarios.
Treinta segundos le pido, presidente. Quiero destacar especialmente lo que significa eliminar o regular adecuadamente el efecto...