Senado Obras Públicas

Senado - Obras Públicas - 18 de junio de 2025

18 de junio de 2025
16:30
Duración: 2h 35m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 10795-33 Considerar las indicaciones presentadas al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la legislación aplicable a los servicios públicos sanitarios, en materia de servicios no regulados, de fijación tarifaria y de cumplimiento de planes de desarrollo por parte de los prestadores. A esta sesión ha sido invitado el coordinador de recursos hídricos del Ministerio de Obras Públicas, señor Carlos Estévez. Lugar: Sala N° 4 de Comisiones, tercer piso, Valparaíso.

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En el nombre de la Patria se inicia la sesión. Muy buenas tardes, saludamos a los senadores que nos acompañan, miembros de la comisión: senador Coloma, senador Walker y, en reemplazo del senador Gaona, el senador Moreira. También saludamos a los representantes del Ejecutivo, en este caso del Ministerio de Obras Públicas. Partimos entonces esta sesión. Secretaria: La cuenta, por favor. Secretaria: Gracias, Presidenta. Se ha recibido el reemplazo por el día de hoy del Honorable Senador Gaona por el Honorable Senador Moreira. También se ha recibido un informe solicitado a la Biblioteca del Congreso Nacional, titulado “Sistema de Concesiones ITAC”, realizado por la Oficina de Asesoría Técnica Parlamentaria a propósito del Boletín N° 16.346-15, que busca derogar el artículo 114 de la Ley de Tránsito. Asimismo, se ha recibido un oficio de cumplimiento del presupuesto del año en curso, que adjunta informes y reportes vitales, correspondiente al avance del articulado de glosas de la partida 12. Además, se han presentado solicitudes de audiencia. Un presidente de la Asociación de Unión de Condominios Sociales de Viña del Mar expuso diversas situaciones que han complicado a los residentes de estas comunidades, y agregó que la exsenadora señora Allende presentó un proyecto de ley para dar solución a la problemática, el cual aún está en espera de ser puesto en tabla por esta Comisión, solicitando ser recibidos para exponer su inquietud en esta instancia. También lo hicieron los dirigentes de las Juntas de Vecinos de Santa Clarisa, Valdebenito Alto, Valdebenito Bajo, El Pino, Santa Inés, Santa Silvina, El Parral, Medialuna e Inés de Suárez, afectados por problemas relacionados con la “ruta de la fruta”, que ha generado diversos inconvenientes. Consideran que se podrían encontrar soluciones a través del diálogo y la colaboración con las autoridades. Por último, el alcalde de la Municipalidad de San Pedro de La Paz desea exponer ante esta Comisión el déficit de infraestructura vial de esta zona de la Gran Concepción, y pide explicar la urgente necesidad de acelerar la inversión pública y simplificar las barreras administrativas para la concreción de obras que, según expone, hace años deberían estar en funcionamiento. Esa es la cuenta, señora Presidenta. Senador Matías Walker: Presidenta, muchas gracias. Es una situación muy actual y que, probablemente, la inquietud le ha llegado a varios senadores que representamos a regiones. Yo recién lo estaba conversando con el gerente de la Asociación Gremial de Concesionarias. Fíjense, se reemplazó el sistema de cobro del pase diario para quienes vienen de regiones a la Región Metropolitana y no tienen TAC; se eliminó el pase diario y, en su lugar, se aplicó lo que podría parecer un cobro más justo por el uso de autopistas. El problema es que el cobro es el doble de la tarifa normal para alguien que tiene usuario, es decir, que tiene TAC, y muchas veces termina siendo mayor a lo que pagaba la persona por el pase diario. Antes, a pesar de que el pase diario era caro, el usuario podía circular libremente, ya que existen tantas autopistas urbanas que, para alguien de regiones que viene de Santiago y no sabe si está transitando por una autopista con TAC o sin TAC, la situación se complicaba. Entonces, para la próxima sesión, invitaré a la ministra o al subsecretario de Obras Públicas y a la asociación gremial de empresas concesionarias, ya que creo que existe un problema de comunicación bastante complejo, puesto que la gente no conoce bien las razones de este cambio.
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Cambio, entienden algunos que se duplicó el cobro, no entienden el nuevo sistema. Yo creo que hay un tema de comunicación, pero sería importante en una próxima sesión tener a la ministra o al subsecretario, a las concesionarias, para comunicar bien y que nosotros ayudemos a comunicar en nuestras regiones. Me imagino que le va a suceder mucho al senador Coloma, por gente que viene del Maule, para que se tenga el caso de personas que vienen de la Región de Coquimbo, su propia región; no sé, bueno, los lagos estaban lejos, pero es un tema que requiere aclararse al menos y explicarse mejor. Muchas gracias. Tomamos acuerdo entonces, como mesa, la sugerencia del senador Matías Walker de poder realizar la invitación a senadores, específicamente a la Dirección Nacional de Concesiones o a las empresas que hoy día se encuentran con rutas concesionadas. Sí, podría ser un oficio. Yo lo enviaría a la ministra o a Darío. ¿Se hace una aclaración? En la asociación gremial de empresas concesionadas, yo creo que sería bueno tener uno. Yo se lo comenté además. Ellos deberían comunicar mejor la medida, ya que hay mucha confusión en los usuarios. Aprovecho también para comentárselo a los asesores de la ministra de esta empresa. Perfecto. Esa se oficializa, tal como lo acaba de plantear el senador. ¿Algún otro tema que quieran intervenir los colegas? Bueno, yo, antes de partir con el punto de la tabla, solicito, como siempre, la autorización a esta mesa de que se pueda oficiar, en este caso, a la Dirección Nacional de Obras Hidráulicas, respecto a cuál es el estado de los comités de agua potable rural de la región. Estos comités se encuentran hoy día con pozos construidos desde hace años, algunos desde la administración anterior, y pese a haber avanzado en la construcción de un pozo nuevo, no pueden avanzar con la conexión de este pozo a la instalación actual. Ya tenemos un registro de 20 APR que se encuentran en esta condición, esperando dos, tres, cuatro, hasta cinco años para poder hacer o darle el uso que corresponde a estos pozos y, de esta manera, probablemente dotar a más familias de algo tan básico como es el agua potable en los sectores rurales. Es importante, asimismo, especificar un comité de agua potable denominado Estación Mariquina de la comuna de San José de la Mariquina, que está en esta situación puntual y necesita avanzar con su diseño para hacer la conexión. Por ello, se solicita desde esta mesa, desde la Comisión de Obras Públicas del Senado, que la Dirección de Obras Hidráulicas clarifique a esta directiva de APR Estación Mariquina el estado actual de la licitación del nuevo diseño y que, una vez amarrado y adjudicado, se puedan comenzar a contemplar los recursos para el presupuesto 2026 en relación con la ejecución de la implementación de dicho diseño. ¿Tomamos acuerdo entonces, como mesa? Ok, se aprueba este acuerdo entonces. Avanzamos con el punto de la tabla correspondiente a considerar las indicaciones presentadas al proyecto de ley en segundo trámite constitucional, que modifica la legislación aplicable a los servicios públicos sanitarios, en materia de servicios no regulados, de fijación tarifaria y de cumplimiento de planes de desarrollo por parte de los prestadores. Esto corresponde al Boletín N° 10.795-33. Invitados desde el Ministerio de Obras Públicas, el Superintendente de Servicios Sanitarios, el señor Jorge Rivas; el fiscal de la CIS, el señor Federico Álex; el coordinador de recursos hídricos, el señor Carlos Estévez; y el coordinador legislativo, el señor Tomás Mendozas. Agradecería que, cada vez que se realice una intervención, se proceda a dar la palabra. Adelante. Buenos días, presidenta, a través de usted, a todos los miembros de la comisión y a la secretaría. Mi nombre es Carlos Estévez, soy el coordinador del área hídrica del Ministerio de Obras Públicas. Vamos a hacer una presentación en conjunto con la Superintendencia de Servicios Sanitarios. El propósito de la presentación es socializar en esta instancia cuál fue el trabajo que se realizó entre la Superintendencia, el Ministerio y los asesores de los senadores de esta comisión, teniendo la vista de que en el...
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Ingresó una indicación del Ejecutivo y la comisión encomendó la constitución de una mesa que pudiera trabajar y revisar dicha indicación y, eventualmente, hacer propuestas de adecuación al texto que se propone en la indicación de marzo. Nos reunimos varias veces y se concordaron varias propuestas, algunas destinadas a un mejor entendimiento del texto y otras más sustantivas, por decirlo así. Los principales temas que trata la indicación presentada por el Ejecutivo en marzo a este proyecto de ley tienen que ver con las atribuciones de la Superintendencia, sanciones, procedimientos y la ampliación del territorio operacional para ciertos casos específicos. Estuvimos trabajando desde abril de este año, 2025, con los equipos de los asesores; terminamos ese trabajo hace aproximadamente un mes. Quiero, en primer lugar, agradecer la participación activa de todos los asesores en la reunión, lo que facilita que luego los propios senadores estén informados directamente de lo que estamos trabajando. En un principio, se pretendía que las adecuaciones se resolvieran mediante indicaciones parlamentarias exclusivamente, pero al revisar lo que se propone, claramente hay varias propuestas que solo pueden tener el patrocinio del Ejecutivo. Por esa razón, hace pocos días enviamos a la CECPRES la propuesta de texto para que la revisen; se la mandamos hace tres días y ya nos hicieron las primeras observaciones, lo que nos alegró, pues significa que están trabajando con velocidad a pesar de la carga de trabajo que tienen. Cabe señalar que, según la secretaria de la comisión, las propuestas de adecuaciones o de indicaciones no se hacen a partir de la indicación del Ejecutivo, sino a la ley vigente. Esto es algo que tendremos que ver en su momento, pero el trabajo de la mesa básicamente implicaba que, de alrededor de una quincena de disposiciones —algunos literales, algunos incisos, no artículos—, podían tener una propuesta de indicación de origen parlamentario. Se observó que al menos siete, quizás ocho, de estas disposiciones tenían una indicación por parte del Ejecutivo, lo que implica que, además de que lo revisara la CECPRES, este ministerio deberá consultar a algunos otros ministerios al respecto. En cuanto a lo trabajado, la primera cuestión fue en el artículo cuarto del proyecto, que ustedes probablemente tienen a la vista en la presentación. En ese artículo se establecen las atribuciones de la Superintendencia, y a esta le parecía muy relevante poder instruir, en caso de fallas reiteradas o de infraestructura defectuosa que reduzca la adecuada prestación de los servicios, la ejecución de obras o soluciones específicas claramente identificadas. Así lo indica el texto de la indicación de marzo, y se agrega que dichas disposiciones se entenderán incluidas en el Programa de Desarrollo, permitiendo que los prestadores soliciten su análisis tarifario. La Superintendencia evaluará la adecuación con la empresa modelo y determinará si, en esa circunstancia, corresponde o no la aplicación de una tarifa, que es la regla general para cualquier obra de este tipo; por tanto, se somete esto a la regla general. En el trabajo con la mesa técnica se observó la necesidad de ser más explícito en la inclusión en el Plan de Desarrollo, es decir, que ya por el solo mandato de la ley, al haber una instrucción, se incorpore de forma clara dicha directriz.
15:00
De parte de la superintendencia, se incluía en el Plan de Desarrollo, pero también se discutió que la superintendencia, aunque conoce las propuestas de obra y soluciones, no es el experto en obras o soluciones; el experto en obras es la industria. Entonces, lo que se acordó fue que, previo a dar la instrucción, la superintendencia notifique a la empresa que ha identificado problemas y le dé un plazo para que la propia empresa entregue una propuesta de soluciones que pueden traducirse en modificaciones de infraestructura u obras. Esta propuesta no es vinculante, pero es importante que la superintendencia la tenga a la vista, y eso es algo que se está considerando en esta modificación, artículo cuarto, letra L. Luego, si pasamos a la siguiente lámina, ya pasando a atribuciones y sanciones, a partir del artículo 11 hay una propuesta de sanciones que, como ustedes recordarán, ordena las sanciones que estaban bastante dispersas en la ley vigente y utiliza una categoría similar a la de las otras superintendencias, como la de medio ambiente, pero en particular la SEC, la Superintendencia de Electricidad y Combustible, por lo que las infracciones se categorizan en gravísimas, graves o leves. En el artículo 11, en su primer inciso, se realizan ciertas precisiones del lenguaje que ayudan al mejor entendimiento del articulado. Pero luego, en el artículo 11A, que se refiere a infracciones gravísimas, la preocupación que se abrió —y que algunos senadores señalaron explícitamente en el año pasado— era que se estaba atrapando a todas las empresas o localidades como si todas tuvieran el mismo tamaño. Había que tener cuidado, puesto que en muchas localidades se contaba con menos clientes, algunas tenían 500 o incluso menos. La norma general establecía que, si un tercio de los clientes tenían un corte de suministro o una infracción a la calidad del agua potable, pasaba a ser una infracción gravísima. Hay que recordar que las sanciones son altas, pues la infracción gravísima tiene un techo de 10.000 UTA, es decir, para calcularlo en UTM, 10.000 multiplicado por 12. En consecuencia, se propone que, manteniéndose la regla general de cuando se afecta un tercio de los clientes, se diferencie primeramente para aquellas localidades menores que tienen menos de 1.000 clientes, haciendo que este guarismo de un tercio se incremente en un 50%, es decir, que la mitad de la localidad esté afectada. Pero luego se discutió qué sucede con las localidades muy grandes, por ejemplo en el Gran Santiago —excluyendo probablemente Maipú y Cerrillo—, donde, aunque no se alcance el tercio, se afecte a más de un millón de habitantes. En ese caso, se concordó que en las localidades más grandes, cuando se afecta al menos a 80.000 viviendas o 80.000 clientes, aplicaría la norma de una infracción, creando así una solución distinta tanto para las localidades más pequeñas como para las grandes. Cuando hablamos de más de 80.000 viviendas, en hechos estamos hablando del Gran Santiago, Valparaíso, Viña o el Gran Concepción.
20:00
En cuanto a las infracciones gravísimas se propone, por tanto, hacer una modificación en el literal B, estableciendo de manera clara cuáles son las condiciones que las constituyen, en los términos que acabo de explicar. En cuanto a las infracciones graves, la indicación de marzo establecía que, al incumplir la exigencia de calidad o continuidad de los servicios públicos sanitarios, y siempre que dichos incumplimientos afecten al usuario por un período superior a seis horas continuas, se considerarían como infracciones graves, sin llegar a reunir las condiciones para ser calificadas de gravísimas. Durante la conversación en esta instancia se plantearon dos preguntas claras. La primera fue la preocupación de los senadores por la existencia de una brecha muy ancha entre el umbral de seis horas continuas y el de treinta y seis horas. Por ello, se propuso eventualmente establecer una cifra intermedia, y además se subrayó la importancia de que el lenguaje utilizado fuera el mismo que el acordado para las infracciones gravísimas, es decir, haciendo las mismas distinciones para lo que son leves, graves y gravísimas. Sobre esa base, la mesa propuso que el guarismo que afecta a los usuarios por un período superior a seis horas se modifique para establecer que sea por un período superior a doce horas continuas. De este modo, si la afectación es inferior a doce horas, la infracción pasaría a ser considerada leve. También es importante recordar que estamos hablando de sanciones que pueden alcanzar varios miles de millones de pesos. Por último, respecto a las infracciones leves, se realizó una adecuación en la redacción; en el artículo 11D –que plantea la cuantía de las multas– se establece que las infracciones gravísimas serán sancionadas con multas de hasta 10.000 UTA, sin piso mínimo, mientras que las infracciones graves podrán alcanzar multas de hasta 5.000 UTA, igualmente sin piso, y las leves, según el texto de la indicación de marzo, serán de mil unidades tributarias anuales. Se planteó, asimismo, la siguiente cuestión: ¿por qué, si se utiliza a nivel comparativo el mecanismo que tienen la Superintendencia de Medio Ambiente y la Superintendencia de Electricidad y Combustible –en donde, para esta última, el techo de la sanción es de 500 UTA–, en este caso particular no se adopta el mismo mecanismo? Ante ello, se propuso adoptar una propuesta similar, idea que se discutió y se consideró razonable, constituyendo otra de las proposiciones derivadas de la mesa de trabajo. Más adelante, en el texto del proyecto de ley se incluye el artículo 11E, que se refiere a los atenuantes, y se propone un conjunto de medidas al respecto. Entre otras cosas, se plantea que, en materia de reincidencia, se considere como atenuante la ausencia de sanciones previas del infractor, y como agravante que exista reincidencia cuando el prestador haya sido sancionado mediante resolución firme y ejecutoria en los últimos 36 meses. En ese punto, la discusión se centró en que, en ocasiones, una empresa cuenta con distintas localidades de atención –situación que ocurre con frecuencia, por ejemplo, en la Araucanía–. Por ello, se propuso que se entienda como reincidencia únicamente cuando ésta se produzca en la misma localidad y por la misma causa; de lo contrario, si la infracción se debe a motivos distintos o se comete en una localidad diferente, no se consideraría reincidencia. Avanzando, se pasa al tercer componente del proyecto de ley. Ya se han tratado las atribuciones y la fiscalización, y en lo que respecta al procedimiento, la mesa propuso, básicamente, ...
25:00
Puso que, en uno de los artículos, el artículo 17, se establece quiénes pueden ir a hacer una reclamación judicial. Se señala en la indicación del Ejecutivo el término “interesado”, mientras que en la ley vigente se utiliza “afectado”. Yo también tengo calor, Presidente. ¿Qué hace? Lo que se nos propone, por parte de los asesores, es que, en el caso de que quien pueda reclamar frente a una eventual caducidad, no se utilice el término “interesado” –ya que en este caso el interesado podría ser quien desea que caduque–, sino “afectado”. Luego, en el artículo 32, que también está vinculado con la reclamación judicial, la Superintendencia explicó durante el trabajo con la mesa que, para decirlo de otro modo, se establece que las resoluciones de la Superintendencia en el texto de marzo son reclamables ante la Corte de Apelaciones y se presentan algunos casos. Se explicó y se preguntó, y todo fue comprensible; sin embargo, la Superintendencia se expresa más en términos de oficios o resoluciones. Así se indicó –con la corrección tanto del fiscal como de Jorge– que, en muchas ocasiones, el acto terminal se da a través de oficios, es decir, no se considera el oficio como un acto intermedio, sino como un acto terminal. De este modo, podría entenderse que no es posible reclamar ante la Corte de Apelaciones si se trata de un oficio. Por ello, se solicitó agregar “resoluciones y oficios” de lo que sea reclamable. Estamos terminando; falta ahora la parte de la ampliación del territorio operacional. ¿Señor Walker? No. Ya, perfecto. Y sobre el tema de la ampliación del territorio operacional, si usted me lo permite, Presidenta, me gustaría pedirle al superintendente que explique aquello. Muy buenas tardes, Presidenta de toda la comisión. Jorge Rivas Chaparro, superintendente de Servicios Sanitarios. Efectivamente, les quiero contar qué estamos pensando para la ampliación de los territorios operacionales, que nos parece un tema tremendamente relevante. Muchas veces surgen nuevos críticos para el desarrollo de las ciudades y las localidades, y por supuesto que es importante. Quisiera graficarlo para que sea más entendible: el territorio operacional es esta mesa; en general, las ciudades están contenidas dentro de esta mesa, pero con el crecimiento urbano comienzan a existir muchas viviendas o proyectos de vivienda que se encuentran fuera de ella y que, en la actualidad, no tienen cobertura sanitaria. Para obtenerla, es necesario ampliar el territorio operacional, es decir, ampliar esta mesa. Sin embargo, dicha ampliación es un proceso algo engorroso que toma bastante tiempo; en algunos casos, se tarda alrededor de un año. De hecho, hoy en día hemos logrado reducir los plazos a 240–270 días, pero aún así es mucho tiempo y, por ello, necesitamos mayor velocidad. Lo que propone este proyecto de ley es que se pueda ampliar automáticamente esta mesa en todo el contorno. Hasta ahí suena bastante bien, ya que nos evitaríamos este proceso engorroso y podría ser muy automático. No obstante, al hacerlo únicamente hasta 200 metros, la verdad es que podríamos estar introduciendo algunos riesgos que queremos minimizar; por ello, se indican varias restricciones. La primera, se puede ampliar los 200 metros, pero no está dirigido a cualquier cosa, sino a aquellas viviendas o equipamientos existentes que ya se encuentran dentro de estos 200 metros. Y, en segundo lugar, a proyectos que aún no existen pero que pretenden desarrollarse y que tengan que ver con la vivienda.
30:00
De interés público o equipamiento de interés público, que está definido en una legislación particular, el interés público también forma parte de esta práctica automática de los 200 metros. La vivienda de interés público es, básicamente, vivienda social, destinada a todas aquellas personas que tienen cierto nivel de vulnerabilidad. Lo mismo ocurre con el equipamiento, como colegios, hospitales, etc.; si están dentro de los 200 metros, cumplen los requisitos y se amplían automáticamente. Con respecto a otro requisito, si estos 200 metros llegaran a poblarse completamente en todo el contorno, podría producirse un riesgo en toda la zona. ¿Por qué? Porque podría generarse un caudal muy significativo, muy alto, que la empresa sanitaria no tenga la capacidad de ampliar de manera tan rápida y automática, y, además, no podemos poner en riesgo al resto de las viviendas. Por ello, se ha establecido un techo, un límite, que se relaciona con el 5% del caudal que ya se le está entregando a la localidad, hasta un 5% en el quinquenio. Es decir, considerando que los planes de desarrollo y las tarifas se establecen por quinquenio (cinco años), durante el siguiente quinquenio se puede ampliar hasta el 5% del consumo. Uno podría decir que cada año se utiliza el 1% o, alternativamente, se utiliza el 5% en un mismo año, pero nada más. Solo una precisión, más que una pregunta: entendiendo el criterio objetivo del 5%, ¿no será necesario establecer un criterio distinto atendida a la región? Existen lugares en los que claramente hay escasez hídrica y una capacidad de abastecimiento diferente, en los que ese 5% puede ser un buen límite para no poner en riesgo; mientras que en otros lugares, con abundancia de recursos, la situación es distinta. La pregunta concreta que se plantea al superintendente es si no se deberían tener parámetros distintos de acuerdo a macrozonas, a regiones o al ámbito sanitario, ya que cada caso es diferente. Senador, este ha sido un tema que hemos discutido y reflexionado ampliamente, porque tiene toda la razón. Aquí se establece la regla general de un máximo del 5%, pero debemos señalar que siempre queda un resguardo: si ese caudal, aunque sea menor que el 5% (por ejemplo, el 1% o el 0,5%), pone en riesgo a la localidad, existe la justificación para no proceder con la ampliación automática. En esos casos, la Superintendencia actúa a su criterio para determinar cuándo se puede presentar riesgo, pues lo que se busca es cuidar a quienes se encuentran dentro de la zona, sin ponerlos en peligro. Además, somos conscientes de que en algunas zonas hay más agua y en otras menos, razón por la cual este techo se establece según el criterio de la Superintendencia para no comprometer el sistema. En caso de existir situaciones particulares en localidades con abundante recurso hídrico, se podría continuar indagando al respecto. (le damos la palabra entonces al senador Matías Walker) Senador Matías Walker: "Perfecto, tenemos también otros tipos de requisitos con visación. Siempre se deben priorizar los proyectos de interés público, pero no se pueden dejar de forma indefinida. Por ello, se ha establecido la restricción de que la factibilidad automática solo puede reservarse por un año. Esto se debe a que, en muchas ocasiones, pueden coexistir otros intereses; es decir, si se reserva esta factibilidad automática (el 5%), se corre el riesgo de dejarla inactiva durante varios años, bloqueando oportunidades para otros interesados. Por lo tanto, se ha decidido: la reserva de la factibilidad será únicamente por un año."
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