1.- Bol.N° 16143-02 Continuar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley, en primer trámite constitucional, para la protección de la infraestructura crítica del país.
A esta sesión han sido invitados el Ministro del Interior y el Ministro de Seguridad Pública.
Vista pública limitada
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Partimos la sesión. En nombre de Dios y de la patria se abre la sesión. No sé si tenemos cuenta, secretaria. Presidente, solo la excusa del ministro del Interior y Seguridad Pública, quien por compromisos propios de su cargo, agendados con anterioridad, no puede asistir a esta sesión. Pero está el ministro...
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Sí, sí, está acá, parece que se ha hablado por teléfono, así que, sí, sí, parece que está hablando por teléfono. Tenemos, no sé si nos quiere dar una breve cuenta en qué estado del trabajo de la mesa para efectos de entender el Ejecutivo y el estado en el que estamos. Vamos a continuar con el artículo cuarto, entiendo que corresponde a la página 3 del comparado que tienen los señores senadores. Cabe mencionar que la mayoría de los asesores trabajó desde el artículo 3º al 7º. En la sesión pasada se aprobó el ámbito de aplicación de la ley, por ende deberíamos retomar en el artículo 4º, que regula el tema de los sectores estratégicos.
¿Y el artículo tercero ya lo votamos?
No.
Ah, quedó votado, perfecto. Sí, por favor. Muchas gracias, presidente.
Efectivamente, se votó ya el artículo tercero. Lo único que apareció después fue una situación particular, que es finalmente la firma del convenio del Estado de Chile con Google para instalar un cable de fibra óptica submarina que va a cruzar el Pacífico, por donde, dos pilares, es decir, la infraestructura crítica digital del Estado, van a salir del territorio nacional. Esta es una excepción. La norma general está bien; lo que sí, esto probablemente va a meditar y sí va a desarrollar a nivel nacional e internacional, probablemente mediante nueva legislación, porque las infraestructuras críticas digitales y físicas sobrepasan las áreas jurisdiccionales, es decir, salen más allá de las doscientas millas. Es la única salvedad que hay respecto a lo que aprobamos y puede que la mejor forma sea una ley especial que trate ese tema para no tener que considerar la excepción. Es solo para que lo tengamos a la vista y podamos seguir la discusión, presidente.
Gracias.
Muy bien. Entonces, corresponde continuar con el artículo cuarto que se encuentra en la página 3 del comparado pequeño. También está el comparado anillado, y en la página 20, si algún senador lo requiere.
Aquí, el artículo 4º, la tercera columna, señala lo siguiente:
Por mayoría, los asesores de la mesa técnica sugieren aprobar el siguiente texto de acuerdo:
Artículo 4º. De conformidad con la presente ley, se consideran sectores estratégicos los siguientes:
1. La producción, almacenamiento, distribución y cualquier otro proceso relacionado con productos alimentarios.
2. Agua.
3. Energía.
4. Industria relacionada a actividades económicas esenciales.
5. Salud.
6. Transporte.
7. Telecomunicaciones.
8. Aeroespacial.
9. Industria química, que involucra la producción, almacenamiento y transporte de mercancías peligrosas y materiales químicos, entre otros procesos.
10. Investigación e innovación. Laboratorios que, por su idiosincrasia, dispongan o produzcan materiales, sustancias o elementos críticos o peligrosos.
11. Sistema financiero.
12. La administración pública, comprendiendo solo aquellos servicios que tengan el carácter de esenciales o de utilidad pública.
Excepcionalmente, el Ministerio del Interior podrá calificar otros sectores como estratégicos mediante decreto exento de carácter secreto, suscrito además por los Ministerios de Defensa Nacional y de Seguridad Pública, previa consulta a la Agencia Nacional de Inteligencia. Dicho decreto deberá ser informado a las comisiones de Defensa Nacional y de Seguridad Pública y de Seguridad Ciudadana de ambas cámaras del Congreso Nacional, de la que se dará cuenta en sesiones secretas especialmente convocadas al efecto.
¿Ofrece la palabra alguien sobre este artículo?
Muchas gracias, presidente. Efectivamente, la mesa técnica llegó a un acuerdo respecto de cuáles son estos sectores. Mi primera observación se relaciona con la prelación.
10:00
¿Por qué, prelación? ¿Y por qué lo vimos el 25F, el blackout, cuando Chile entero quedó oscura? Cuatro horas después quedamos sin transacciones; es decir, se produjo un apagón digital completo. Obviamente, de forma preventiva, el gobierno estableció un estado de excepción constitucional, desplegando las Fuerzas Armadas para mantener a las personas en sus casas y evitar una conmoción pública. Se hizo bien. Debo reconocer que, analizando lo ocurrido meses después en España, se vivió una situación similar, con un apagón y circunstancias parecidas; sin embargo, nuestro sistema funcionó bastante bien.
¿Qué se aprendió del apagón? Si hay algo que afecta a la infraestructura crítica, primero debe atenderse el sistema eléctrico. Antes de pensar en los alimentos, es importante establecer –más que un orden alfabético– una prelación. Aunque lo eléctrico figura actualmente como número 3, podría perfectamente ser considerado como el primero. ¿Por qué? Porque sin energía el país no funciona y, sin telecomunicaciones, es imposible coordinarse.
El tema es, si realmente queremos agregar valor, que se considere aquella experiencia fundamental en la discusión sobre nuestra ley de protección de infraestructura crítica. Primero, hay que recuperar el sistema eléctrico; después, el sistema de telecomunicaciones para restablecer la conectividad, y a partir de ahí, se abordan los sistemas de salud. Es imposible enfrentar todo de una vez. La experiencia del blackout, la extensión territorial, los impactos generados y las decisiones tomadas nos ayudan a constatar que diversas áreas ya funcionan correctamente.
El segundo punto es no olvidar que debe existir un gemelo digital, relacionado con la nueva ley de ciberseguridad, en la cual se contempla la figura de los prestadores de servicios esenciales. De hecho, la orden número uno emitida por la agencia establece que estos deben inscribirse hasta esta semana, se estima que podrían ser en Chile alrededor de 10.000, incluyendo incluso los del Estado (identificados como el número 12). Este esfuerzo paralelo tiene el fin de identificarlos y, dentro de ese grupo, determinar quiénes son los operadores de importancia vital. Se observa una notable coincidencia entre lo que se plantea para los sectores y lo que se dice respecto a dichos operadores. Además, el Ministerio del Interior tiene la posibilidad de calificar algún sector que emerja como estratégico, lo cual se coordina con la Agencia Nacional de Inteligencia y con los ministerios pertinentes, en particular con el de Seguridad Pública, que también tendrá un rol en la definición de estos sectores.
Queda bien redactado el artículo, aunque se podría considerar reordenarlos de otra manera. Muchas gracias, presidente.
¿Puedo escuchar la intervención sobre este tema del orden al Ejecutivo o de alguno de los otros senadores?
No creo que este sea un tema de principio, ya que la numeración no es taxativa y, por ejemplo, existe la posibilidad de asignarle al Ministerio del Interior un rol ampliado. No obstante, proponemos que la prelación establezca como primero los alimentos, seguidos del agua y, finalmente, la energía. Entiendo lo que plantea el Senado en relación a la importancia de la energía, pues ésta puede afectar al agua o a los alimentos; sin embargo, sin agua y sin alimentos no hay vida. En definitiva, se sugiere esa numeración, sin que ello implique una prelación estricta en términos de importancia, ya que se supone que todos son sectores estratégicos que deben ser resguardados.
Coincido en que, aunque una persona puede estar algunos días sin alimento, no puede prescindir del agua, pues todos necesitamos aproximadamente dos litros diarios.
15:00
60% agua, o sea, el primer motor es el agua. Y el agua, aunque se la regalen en un edificio, al subir a todos los pisos va a necesitar electricidad o algo. Eso es dependencia e interdependencia, y es lo que tenemos que analizar en una ley que, primero, protege cosas físicas. Con “cosas físicas” me refiero a una máquina; no protege un barrio ni, probablemente, un espacio físico. Hay que ser muy precisos acerca de qué es lo que se va a proteger y por qué tendrá una consideración especial, para que sean sectores estratégicos. Dentro de esos sectores se podrán identificar, posteriormente, qué es lo que se protege físicamente, porque, de lo contrario, se quedaría en conceptos muy generales. Está bien que podamos ordenar las cosas, pero cuando veamos dependencias e interdependencias –que generan riesgo sistémico–, la necesidad de contar con una ley se hace patente. Tenemos que partir observando estos elementos conectados entre sí. Gracias, don Alper, ¿cuál es tu opinión?
Bueno, primero, presidente 7E. Estimo que la estructura constitucional, desde el punto de vista jurídico, no permite que la ley tenga una prelación fija, como diciendo “primero se protege esto, segundo esto, tercero esto”. En materia de sectores estratégicos, el peligro grave e inminente determina que la infraestructura a proteger sea señalada por el Ejecutivo. Esa no es una decisión meramente jurídica, sino táctica o estratégica, ya que si está el agua, la energía o la salud, el Ejecutivo en un determinado momento debe decidir por dónde partir, dependiendo de las circunstancias fácticas. Por ello, la Constitución establece que, mediante decreto, el Ejecutivo determinará cuál es la infraestructura que debe protegerse; en un momento puede optar por el agua y en otro por la energía, según las circunstancias.
En síntesis, una enumeración en la ley no implica una prelación estricta, en la que el primero deba seguirse necesariamente por el segundo o el tercero; puede ser que el primero sea seguido por el cuarto, según lo que determine el Ejecutivo. Por lo tanto, soy partidario de contar con esa enumeración, pero sin que adquiera carácter de prelación, ya que la Constitución delega en el Ejecutivo la determinación de las prioridades en la protección de la infraestructura crítica.
El segundo comentario que quiero hacer es que, si bien en la Constitución se habla de actividades económicas esenciales y se coloca el sistema financiero en el número 11, este no aparece como tal en el número 21 del artículo 32. Sin embargo, el sistema financiero forma parte de la economía, pues hoy en día la economía financiera es tan importante como la economía industrial. Por ello, sería más acorde con el espíritu constitucional hablar de “industria relacionada con actividades económicas y financieras esenciales”, ya que lo financiero es parte integral de la economía cuando se sitúa en la misma categoría. De lo contrario, podría haber interpretaciones creativas que llevaran a cuestionamientos en los tribunales.
¿Senador Osondón? Sí, ahí sí: cuando se dice que, excepcionalmente, el Ministerio del Interior podría calificar otros sectores, me pregunto si el ministro de Interior podría determinar que se debe proteger, por ejemplo, un barrio que enfrenta un problema. Esa es la pregunta que hago, porque me parece bien el planteamiento.
20:00
Ministro del Interior, aquí Defensa Nacional, Seguridad Pública: La Agencia Nacional puede determinar algo, pero ¿cómo puede haber un límite? Un límite para que eso no se vaya a mal utilizar en algún momento. No sé si me explico. No sé si es difícil por lo de la ley, pero... Muchas gracias, presidente. Exactamente, tal como lo señaló con su intermedio el senador Huanchumilla: al identificar un sector se genera un problema que es casi político y no se debe malinterpretar. Esto tiene que ser conversado también en función de dos marcos jurídicos: primero, las empresas estratégicas, aquellas que definen la economía y que no pueden ir a huelga (un listado que se actualiza permanentemente); y segundo, las entidades obligadas, aquellas que deben contar con vigilante armado, como en algunos casos del sector financiero. El sistema financiero, o sector financiero, creo que perfectamente puede expresarse así, y es lo que se ha aplicado en otros países. Además, hay que usar la legislación comparada para ver cuáles son las áreas que cada país ha considerado; básicamente están entre 12 y 14, y estamos bastante cerca de lo que tienen otras naciones.
Simplificar, si es factible, porque tenemos sectores como agua, energía, salud y transporte, y en el tema del alimento se trataría de alimentación; tal detalle e inscripción habría que precisarlo, ya que es un sector en el que todos comparten características similares. Fíjese que la energía, únicamente en el sector eléctrico, comprende generación, transmisión y distribución, según lo indica de hecho la reforma. No obstante, allí no hay que entrar en detalles, pues se puede agregar dentro de ese mismo sector un nuevo subsector, por ejemplo, en energía, que contemple el almacenamiento (las UPS). Por ello, resulta mejor dejarlo genérico y, para evitar problemas de prelación, ordenarlos alfabéticamente. Eso simplificaría aún más este sector, que se encuentra dispuesto de esa forma, tal como lo señaló muy bien el senador Huanchumilla a través de su intermedio, dependiendo de la situación particular.
Respecto a lo que se plantea, cabe destacar lo expresado por el presidente y el senador Osandón sobre la excepcionalidad del Ministerio del Interior. Dado que se está dejando fijado por ley, creo que no es conveniente. Un sector no aparece de la nada, sino que debe contar con un acuerdo político amplio. No considero oportuno, por ese argumento y por el debate que estamos dando, incluir la excepcionalidad como parte de la ley; tal vez sea mejor dejar la ley tal cual y, si es necesario, aprobar otra que modifique la importancia del nuevo sector a considerar. Gracias, presidente.
Senador Pío: Para entender mejor, se propone eliminar la excepcionalidad de la grantería. En relación con la facultad excepcional del Ministro del Interior, conviene considerar dos aspectos. Primero, en caso de que se apruebe, debería tratarse de una excepcionalidad en el marco de lo que se entiende por servicios esenciales e infraestructura crítica; por ejemplo, no se incluiría un barrio en esa categoría. Y segundo, dado que estamos habilitando el uso de las Fuerzas Armadas para la protección de la infraestructura crítica —ya que el Ministerio cuenta con la fuerza pública generada para proteger barrios o cualquier infraestructura a través de Carabineros de Investigaciones del Orden Público— lo que se está haciendo es autorizar a las Fuerzas Armadas a proteger dicha infraestructura, sin perjuicio de las facultades normales que tiene el Ministerio del Interior o de Seguridad para salvaguardar lo que estime conveniente.
Estoy totalmente de acuerdo con lo señalado respecto a que la ley debe definir los sectores estratégicos. Se trata de una categoría para identificar, dentro de cada sector, aquellos ámbitos que se regularán; por ello, considero mejor dejarlo limitado a los 12 que están previstos en la ley, sin la posibilidad de cambios que no se realicen por vía legislativa. En definitiva, el efecto final es que la facultad especial del presidente de emplear Fuerzas Armadas sin un estado de excepción constitucional debe quedar limitada. De ello se trata: de establecer los límites pertinentes.
25:00
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