Senado Hacienda

Senado - Hacienda - 10 de junio de 2025

10 de junio de 2025
14:30
Duración: 3h 40m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 13991-07 Crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de Víctimas de Delitos.

Vista pública limitada

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No hay problema, ¿no es cierto? No, espérate, espérate, antes de que pase. Oye, colegas, estamos ya en sesión; vamos a tener que resolver nuestra agenda futura, porque tenemos que ver la mixta por salario mínimo y, bueno, no hay día, porque está en la Cámara. Ahí está la mixta del SAIC, que, yo, después de meterme en el tema, creo que hoy tenemos que solo escuchar y votar la otra semana. Pero tenemos mixta de salario mínimo que debiera ser el martes próximo, porque la Cámara lo va a resolver; mañana va a resolverlo, y no creo que lo alcancemos a citar para el miércoles. Salario mínimo… perdón, ¿y de eso mínimo? Van a dar cuenta de ello. Podríamos citar mañana, pero no creo; el martes, o mañana o el martes. Una, dos: veto. El veto lo ven mañana en la Cámara de Diputados, del chiquitito regulatorio, ¿te acuerdas? Por el tema de aguas. Esas dos cosas hay que meter en nuestra agenda. Tres, tenemos audiencias pedidas –sí, participar en la comisión para el tema de apuestas en línea– y Soledad va a dar curso a las solicitudes para convocar por Zoom. Es que yo creo que con eso te puedo dar el dato de quienes me pidieron audiencia; ya, yo he recibido por lobby a todos los que me han pedido de uno y de otro lado. No hay oposición a regular. Pero todo eso vamos a tener que agregar a nuestra ya pesada agenda. Y José Miguel me dice en la Secretaría que, en el tema de artesanos, el Gobierno quiere pedir plazo para meter indicaciones. ¿Ya? Yo lo sé; a mí me han escrito y les dije que lo íbamos a ver entre esta y la otra semana. El problema es que, si hay… no lo sé. ¿Sabe qué le diría? Dígale al Ejecutivo que el plazo lo pide hoy, para que lo fijemos hoy o mañana. Dígale que vea cómo lo hace, porque lo vamos a votar la otra semana. ¿Ya? Ok. ¿Estamos? ¿Les parece? Gracias, Presidenta. Me pasa lo mismo. Usted tiene que decirle: sus senadores se preocupan por usted. Eso, dígale. Lo otro ya no es responsabilidad nuestra. Hagamos pasar al subsecretario. Vamos a ver entonces el que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos. Subsecretario. Muchas gracias, Presidenta. En primer lugar, muchas gracias por poner este proyecto de ley –perdón, si esperemos que se instalen todos–. Vamos a ver la palabra al subsecretario para iniciar. No, no, está iniciada. Sí, está iniciada, querido José Miguel. Vamos a la palabra al subsecretario para ver el proyecto de ley del Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos. Señor subsecretario, tiene la palabra. Muchas gracias, Presidenta. Me refiero, en nombre del Ejecutivo, a nuestros agradecimientos por poder revisar este proyecto de ley, que es de gran importancia para los servicios de atención jurídica de nuestro país y es un proyecto de ley histórico, porque en los últimos 40 años, desde el regreso a la democracia, se han tratado de presentar, tramitar y aprobar al menos seis proyectos que buscaban lo mismo que este: superar la fragmentación institucional en materia de asistencia jurídica y generar estándares únicos para que, a través de un servicio nacional, se pueda entregar esta función, que –como todos sabemos– es un derecho constitucional consagrado.
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En el artículo 19, número 3. Solamente para hacer un poco de memoria, en los años 1981 y 1987 nacen las Corporaciones de Asistencia Judicial como servicios públicos relacionados con el Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya finalidad es prestar asistencia jurídica y judicial gratuita a personas de escasos recursos y, además, proporcionar los medios para efectuar la práctica necesaria para obtener el título en la profesión de abogado a los postulantes. Tenemos actualmente cuatro corporaciones a nivel nacional: la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Tarapacá y Antofagasta, que cubre las regiones de Arica, Parinacota, Tarapacá y Antofagasta; la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, para las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso; la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, que abarca las regiones Metropolitana, O’Higgins, Maule y Magallanes; y la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Bío Bío, que cubre las regiones de Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén. Las comunas con atención presencial de unidades operativas y dispositivos móviles de las CAJ son 293 de las 346 que tiene el país, alcanzando el 84,6% del territorio nacional. El marco institucional en el que se insertan las CAJ se relaciona con la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la cual dispone, dentro de sus funciones, velar por la prestación de asistencia jurídica gratuita en conformidad con la ley, según lo estipulado en el artículo 2 de dicha ley orgánica. El reglamento orgánico del Ministerio de Justicia establece, entre las funciones de la división judicial, coordinar el funcionamiento entre las distintas entidades que prestan asistencia o cooperan con ellas. Bajo este marco, cada una de estas corporaciones goza de autonomía, está dirigida por un consejo directivo y cuenta con un director general que ejerce funciones bajo exclusiva confianza; en al menos tres de ellas, el régimen no resulta del todo claro. ¿Cuáles son entonces los objetivos de este proyecto de ley? Tal como se ha indicado, crear un servicio de alcance nacional para asegurar estándares de calidad en todo el territorio y propender a la especialización; crear, además, una subdirección especialmente dedicada a la atención de las víctimas de delitos; establecer un servicio nacional de asistencia jurídica, de acceso a la justicia y de defensoría de víctimas de delitos; promover la solución colaborativa de conflictos mediante la incorporación de la mediación familiar, actualmente desarrollada en el Ministerio de Justicia; y fortalecer de manera significativa los recursos públicos con el objeto de dotar al nuevo servicio de los recursos humanos y de gestión suficientes para el cumplimiento de su cometido. Tenemos, a continuación, brevemente algunas de las iniciativas legales y constitucionales que se han presentado en esta materia. En los gobiernos del presidente Elwin y de Frey se presentó el boletín 861-7 de 1992; en los gobiernos del presidente Lago y de la presidenta Bachelet se adelantaron proyectos en 2006 y 2010; en la reforma constitucional del año 2011, la Ley 20.516 estableció la obligación de otorgar defensa penal y seguridad jurídica a las personas naturales que han sido víctimas de delitos y que no pueden procurárselas por sí mismas; y también, en el segundo gobierno del presidente Sebastián Piñera, se ingresó el boletín 37991-7 en enero de 2021. Este proyecto de ley se apoya en ese último antecedente, incorporando mejoras significativas, y representa la continuidad de una política de Estado ya definida en sus alcances fundamentales por el gobierno del presidente Piñera. Entre los antecedentes también se evidencia la existencia, de manera disgregada y fuera de esta nueva estructura, de programas de apoyo a víctimas que pertenecen o están bajo el alero de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Estos programas se iniciaron en el año 2006 con las acciones desarrolladas por la Unidad de Asistencia a Víctimas de Delito de la Dirección de Seguridad Pública, cuyo objeto es promover que las personas víctimas de delitos superen las consecuencias negativas de la victimización. Desde el año 2007, dicho programa se ha caracterizado por ser permanente, contar con financiamiento regular y formar parte de los sucesivos planes de seguridad del país. Además, dentro de las corporaciones de asistencia judicial se establecieron centros de atención integral a víctimas de delitos violentos, instaurados en municipalidades desde 1994 y que, a partir de 2001, integraron el funcionamiento regular de las CAJ. Estos centros tienen como objetivo garantizar la prestación de servicios de atención jurídica, psicológica y social gratuita a personas de escasos recursos que han sido víctimas de delitos violentos cometidos en la jurisdicción correspondiente. Frente a ustedes, por su intermedio, lo que tienen es un proyecto de ley que crea este nuevo Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos, que tiene como naturaleza ser...
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El sucesor legal de las corporaciones de asistencia judicial. Es decir, aquí lo que estamos haciendo es, de alguna manera, reducir este aparato y simplificarlo para darle coherencia a nivel nacional. Continuará, entonces, este servicio con la labor realizada por los programas de atención a las víctimas que actualmente están en la Subsecretaría de Prevención del Delito y continuará también el programa de mediación, y, dentro de Solero, se constituirá una subdirección especial. Este servicio se propone que sea descentralizado funcionalmente, dotado de personal jurídico y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, tendrá alcance nacional, se desconcentrará a través de direcciones regionales y operará localmente mediante centros de asistencia jurídica. Existirán cuatro subdirecciones, de las cuales una estará especialmente encargada de la coordinación de la Defensoría de las víctimas de delitos; los directores y los directores regionales se sujetarán a las normas del Código del Trabajo y a un sistema único de remuneraciones, quedando sometidos al régimen de alta dirección pública. Por cierto, la definición específica, por ejemplo, al nivel de unidades, estará asociada a un decreto con fuerza de ley y a las definiciones internas del director nacional del servicio. En cuanto a las funciones y usuarios que propone este proyecto de ley, se establecen las siguientes: el servicio otorgará información y orientación en materia de derechos a todas las personas que lo requieran; brindará asesoría y representación jurídica a quienes no puedan procurárselas por sí mismos, focalizando la atención en base a criterios de vulnerabilidad y en quienes pertenezcan a grupos de especial protección; asimismo, proporcionará asistencia social y psicológica, en su caso, a quienes, pertenecientes a esos grupos, requieran atención especializada; entregará asesoría, representación jurídica y apoyo psicosocial especializado a las víctimas de delitos; administrará el sistema de mediación familiar del Título Quinto de la Ley 19.968; y promoverá, además, la solución colaborativa de conflictos. Respecto al aseguramiento de la calidad de las prestaciones –lo que supone un significativo avance–, el servicio deberá contar con estándares que permitan definir niveles de calidad de los servicios que presta. Dichos estándares podrán ser fijados y monitoreados desde el Ministerio de Justicia, orientándose a medir la eficiencia, la economía, la efectividad y el impacto de las prestaciones. De igual forma, las líneas de acción y programas serán evaluados, al menos, cada seis años, mediante organismos públicos o privados de reconocida experiencia a través de procedimientos de contratación pública; en paralelo, se establecerán auditorías externas para revisar el cumplimiento de estos estándares. Las comisiones técnicas o asesoras interministeriales definirán los alineamientos de la política intersectorial en materia de acceso a la justicia y en materia de prácticas profesionales. Las prestaciones de servicios solo podrán estar a cargo de profesionales especializados, mientras que postulantes al título de abogado y abogados únicamente podrán desempeñar funciones de apoyo en el contexto de sus prácticas. Asimismo, se establece una gradualidad en la implementación de esta reforma. La fase inicial parte de la publicación en el Diario Oficial, que incluirá el nombramiento del primer director implementador, la conformación del primer presupuesto, la dictación de los reglamentos y la emisión de decretos con fuerza de ley de traspasos. Seguidamente, en la etapa de funcionamiento, a partir del quinto mes tras la publicación se instalará la Dirección Nacional y se constituirán las Direcciones Regionales, de modo que al noveno mes se organice de forma preliminar el servicio. La entrada en operaciones será gradual: la zona de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo y Valparaíso operarán a los 18 meses; la Región Metropolitana y Magallanes entrarán a los 30 meses; y, a los 48 meses, se completará el funcionamiento de las regiones de Ñuble, Bío Bío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén. En lo que respecta al informe financiero, se consideran los recursos vigentes actualmente en las corporaciones de asistencia judicial y, en lo pertinente, también en el área de mediación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Programa de Atención a Víctimas de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Dichos recursos serán traspasados al nuevo servicio, constituyendo para el presupuesto vigente 108.078 millones durante el año 2024; además, se agregan recursos adicionales, habiéndose determinado un mayor gasto fiscal de 12.986 millones en régimen para el año 6, para financiar gestores de casos en todos los territorios jurisdiccionales del país, junto con psicólogos, trabajadores sociales, abogados, un sistema informático y un call center.
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Para informar y orientar a víctimas de delitos, la habilitación y operación de puestos de trabajo, la ejecución de autoridades externas y también la dotación de personal de la Dirección Nacional y de las subdirecciones que están contenidas en el informe financiero número 64. Durante la tramitación, también en la Comisión de Constitución del Senado, se concibió una nueva subdirección denominada Mecanismos Colaborativos de Resolución de Conflictos, que consideró un incremento adicional de 77 millones el primer año y 74 millones en régimen para la figura del subdirector o subdirectora, considerado como un directivo grado 3 con 40% ADP. Si tenemos acá la evolución de los informes financieros respecto del proyecto inicial presentado por el presidente Piñera en 2021, se contemplaron 1.000 millones; el texto de la indicación del año 2021 también aumentó a 2.200 millones y, actualmente, en recursos adicionales a los existentes en el presupuesto —pero desagregados en el Ministerio, las corporaciones y también la Subsecretaría de Prevención del Delito— serían 13.000 millones adicionales, valores del 2024, recursos, por cierto, en régimen. En cuanto a la definición que ha hecho la Secretaría —esto es una visión preliminar, ¿no es verdad?— sobre qué disposiciones tienen impacto presupuestario, están ahí: la creación del servicio, su objeto, la administración, la dirección superior, su organización interna, direcciones regionales, la normativa aplicable, la planta de directivos, patrimonio, mediación familiar, gestión de casos, consejo asesor de estándares, autoridades externas, comisiones técnicas, el nombramiento del primer director nacional, el traspaso de funcionarios de las CAJ, las remuneraciones, el primer presupuesto y también aquel mayor gasto fiscal que pueda afectar la aplicación de la ley. Finalmente, señora Presidenta, si usted me permite, otro punto a destacar de esta tramitación del proyecto es que, como bien sabe, acabamos de terminar una movilización a nivel nacional de los trabajadores de las corporaciones de asistencia judicial. Estuvimos trabajando con ellos en un protocolo que se firmó el martes de la semana pasada, poniendo fin a esta movilización, una de las movilizaciones más largas en la historia de las corporaciones de asistencia judicial. Un punto fundamental para ellos es el trabajo respecto del decreto que fijará la política de remuneraciones, ya que lo que se ha generado desde la estructura actual es que, al ser autónomas y no tener que coordinarse para esa política, las corporaciones han generado brechas. Dichas brechas hacen que un determinado abogado en una corporación tenga una remuneración y otro, en otra, una remuneración distinta para las mismas funciones. Adicionalmente, con el tiempo se han incorporado programas en la línea de fortalecer ciertas asesorías jurídicas, como, por ejemplo, el programa Mi Abogado y también Niñas y Adolescencias se Defienden, lo que ha ido generando diferencias en cuanto a la remuneración, especialmente de aquellos abogados encargados de oficinas con más de 10 años de antigüedad. Por ello, estamos trabajando en varias mesas técnicas para apuntar al cierre de estas brechas y presentar una propuesta, tanto para este ejercicio como para la formulación presupuestaria del año 2026. Lo definitivo se trabajará con las asociaciones en el decreto que fije la política de remuneraciones del nuevo servicio. Es extremadamente importante que este proyecto de ley avance y que, en esa nueva política, se reflejen los cierres de brecha que esperamos que el servicio genere, reconociendo, por cierto, la labor de todos los trabajadores, no solo abogados, sino también asistentes sociales, psicólogos y administrativos a nivel nacional, para hacer realidad el derecho a la asistencia jurídica de las personas más vulnerables. Muchas gracias, Presidente. Gracias, subsecretario. Le ofrezco la palabra a mis colegas. Senador Galilea: Gracias, Presidenta. A ver, este tema lo vimos y a mí me tocó ser parte de ello en la Comisión de Constitución del Senado, donde, según mi memoria, se aprobó de manera unánime. La propia corporación participó, la dirección de la corporación hizo sugerencias y, en fin, se consolidó la propuesta.
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Estamos de tomar en cuenta todos los aspectos que podían tener, convertir las actuales corporaciones, que son todas las que existen, en una gran dirección, efectivamente, en este gran servicio de carácter autónomo y descentralizado. Entre esa época y ahora, tomando en cuenta algunos comentarios que han llegado desde dentro de la corporación, además de los recursos que se están incorporando de acuerdo al informe financiero, a juicio del ministerio, de quien depende este servicio, se consideran dadas las condiciones para abordar efectivamente el incremento de actividades y servicios que dará la corporación, la cual se transforma en una institucionalidad que generará gran demanda por parte de la ciudadanía y para la cual hay grandes expectativas. Todo el área penal será muy demandante y, por lo tanto, debemos estar preparados para que esta nueva institución responda apropiadamente. Ese es mi primer comentario. Seguidamente, una cosa pequeña, Presidenta: en el artículo 2 hay una referencia que creemos que hay que corregir respecto de grupos prioritarios, pues se indica que serán establecidos en el reglamento, cuando en realidad quedaron establecidos en el artículo 18 de la ley. El artículo 18 y el 19 señalan otros criterios, pero los grupos prioritarios están definidos en el 18 propiamente dicho. Así que, esas dos cosas, Presidenta. Gracias, senador Galilea. Senador Macaya, en la misma línea, se hizo mención a la situación de la reciente huelga de la Corporación de Asistencia Judicial y a la pregunta del senador Galilea, que para mí es muy importante, pues tiene que ver con cómo se evita que, con el incremento en el servicio, se repitan las limitaciones históricas de la Corporación de Asistencia Judicial, de las cuales somos conscientes al haber realizado nuestra práctica en dicho organismo. Curiosamente, uno de los servicios de prestación de asesoría jurídica, probablemente de manera más relevante y contraintuitiva y contrariamente a lo que busca este proyecto de ley, es la Defensoría Penal Pública. Esta tiene una característica muy especial y, en más del 70% de sus atenciones, funciona en forma licitada, realizando licitaciones periódicas, generando competencia entre defensores públicos que licitan el servicio. Es de conocimiento público que la Defensoría presta una adecuada asesoría a las personas imputadas por la comisión de algún delito, lo cual es ampliamente reconocido en el ambiente jurídico, aunque muchas veces es criticado por quienes buscan una defensa más adecuada para las víctimas de delito. Entiendo que este proyecto busca compensar justamente esa situación. Reforzando lo que plantea el senador Galilea, mi pregunta es: ¿por qué, siendo este un proyecto que emana del gobierno anterior y sin haber estado en la Comisión de Constitución, nunca se consideró la posibilidad de incorporar la modalidad de licitación que ya utiliza la Defensoría, es decir, generar competencia entre profesionales? Hoy día hay muchos abogados; cuando me titulé éramos mil al año, y ahora son miles, lo que genera posibilidades de atender mejor esa oferta. Y, en la misma línea, respecto a la priorización, no puedo dejar de hacer mía el requerimiento que me hizo la senadora Luz de Sperger en la Comisión de Constitución, que tiene que ver con la priorización en materia de defensa: ¿por qué se incluye el tráfico de inmigrantes? ¿Qué se considera víctima del delito de tráfico de inmigrantes? Uno podría entender que afecta a la sociedad en su conjunto, ya que regiones como Arica, Parinacota y Tarapacá lo viven a diario, pero la víctima de ello es, precisamente, la sociedad completa cuando ingresa un migrante irregular.
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Ser atendido por la Defensoría Penal Pública que por la Defensoría de Víctimas, cuando se trata de un migrante irregular. Para entender a qué se refiere con tráfico de migrantes en ese caso en particular: ¿por qué es un grupo prioritario a quien se refiere? Gracias, Presidenta. Pero ahora, no. Subsecretario, le doy la palabra para que pueda responder. Sí, muchas gracias, señora presidenta. Efectivamente, respecto del artículo segundo, hay una referencia que quedó ahí y no hay ningún inconveniente —si usted así lo estima, presidente de la Secretaría— para poder modificar, porque en el inciso segundo de ese artículo se hace mención a estos grupos de especial protección y, por lo tanto, no habría una referencia al reglamento, sino que efectivamente está la ley, eso para despejar. Perdón, lo que pasa es que sería bueno que podamos abordar el tema, porque, si bien es cierto que no se consideró en las materias propias de la comisión, el artículo 17 se relaciona con el 2 y, por lo tanto, también debiéramos verlo. Y ahí nosotros teníamos una propuesta, porque, obviamente, el tema migratorio es un tema complejo; puede haber víctimas, pero ¿cómo se va a resolver, y no dice nada el proyecto, cómo se va a resolver cuando haya un órgano administrativo del Estado que ordene la expulsión de un migrante irregular versus la defensa? De acuerdo a esto, estarían dentro de los prioritarios, porque si el Estado lo está expulsando, por otro lado lo tiene que defender. ¿Cómo se resuelve eso en este proyecto? Perfecto. Me quedé en el tema del reglamento, entonces no habría problema en modificarlo. Siguiendo la pregunta del senador en cuanto a la preparación actual para poder absorber esa mayor demanda, yo diría que hay dos temas. Uno es el diseño de gradualidad. Por cierto, la gradualidad a lo que apunta es a ir observando los movimientos que puedan existir respecto de cambios en el comportamiento de los usuarios del servicio y, eventualmente, poder ajustar oportunamente en la fase siguiente o en la fase que se está implementando. Por otro lado, lo que nosotros tenemos actualmente es ya un número importante de ingresos. Si ustedes me permiten, los ingresos a las corporaciones de la ciencia judicial para el año 2024, en términos de casos, son 782.865; atención, lo que ya es un número realmente importante. De hecho, aquí rescato algo que dice el presidente de la Federación de Trabajadores: son el principal operador jurídico del país y, probablemente, así lo son en términos del número de casos. Respecto del aumento, yo creo que actualmente ya estamos en un nivel de demanda de usuarios bastante alto y que la gradualidad puede permitirnos ir modificando o absorbiendo una demanda marginal, pero, en términos de ocupación, estamos ya cerca de un nivel bastante alto. No existe una proyección de aumento, pero la gradualidad permitiría eventualmente identificar una tendencia en ese sentido. Uno podría decir que, en la actualidad, al ser los únicos que realizan esta labor de manera permanente, son los más prominentes y los que tienen mayor tradición. Yo no aventuro que tengamos un orden de magnitud mayor de aumento, pero puede, en el margen, efectivamente ocurrir, y para eso creo que la gradualidad nos permitirá identificarlo. Respecto de la pregunta en cuanto a algo que sufrió modificaciones y, además, fue largamente debatido —gracias—: se llegó a una redacción que permite identificar claramente, y sin llevarlo al reglamento, cuáles son aquellos que van a ser de especial protección, porque son grupos especialmente vulnerables. Esa es la lógica que está detrás. Entonces, si uno apunta, en borrador, a la respuesta, evidentemente es algo que hay que estudiar.
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La ley de migraciones, en su artículo 21, establece también ciertas obligaciones del Estado en cuanto al debido proceso, entre las cuales se encuentra otorgar asesoramiento y defensa jurídica a aquellos extranjeros que no puedan procurárselos por sí mismos. Por lo tanto, lo que pretende indicar esta norma general es que efectivamente aquellas personas en esa situación constituyen un grupo especialmente vulnerable, al encontrarse en circunstancias que requieren el cumplimiento de las obligaciones del Estado de Chile. Hay un punto, Presidenta, que señaló el Senador Macaya –y que fue reiterado en diversas ocasiones por la Senadora– en relación con un tema conceptual respecto de quién se considera víctima en este delito. Se trata de un asunto particular que, si bien no se resolverá de manera definitiva en la ley, apunta a proteger a aquellos que no tienen defensa jurídica y son víctimas del delito, en el sentido de que son traficados. Sin embargo, si se elimina lo mencionado por el Senador Macaya acerca del tráfico de migrantes, se resolvería en concordancia con el artículo 21 de la ley de migraciones, quedando, en ese caso, fuera de protección a las personas víctimas del tráfico de migrantes y a quienes son objeto de redes de tráfico de personas. Por ello, pregunto al Senador Macaya: ¿cuál es la consideración de víctima? Porque, en esencia, la persona a la que usted se refiere podría ser aquella en la que, posiblemente, se esté pagando a un tercero para facilitar un ingreso ilegal al país, por lo que no se la consideraría víctima. No obstante, existen personas que efectivamente son objeto de redes de tráfico de personas, en las que claramente no se paga, sino que simplemente se aprovecha de su situación de vulnerabilidad especial para ingresarlas en redes de comercio sexual, lo cual se vincula con el crimen organizado. En consecuencia, creo que no sería adecuado eliminar directamente esa figura, sino más bien distinguir ambas situaciones, ya que de su eliminación se dejarían fuera a quienes requieren asesoría jurídica y acompañamiento. Adicionalmente, se ha mencionado en la Comisión de Constitución –con la participación vehemente de la Senadora Sperger, especialmente considerando el drama que vive su región–, que resulta fundamental abordar el delito de trata de personas de modo que se reconozca la afectación no solo al individuo, sino también a la sociedad en su conjunto. Senador Insulza: Solo una pregunta. En sala se ha observado que el organismo que se está creando aún presenta incertidumbres en cuanto a dónde cuelgan las corporaciones de asistencia judicial. ¿En qué parte de la organización se ubican? Según se plantea, inicialmente se crea una dirección nacional y, posteriormente, ocho direcciones regionales (en Tarapacá, Antofagasta, Coquimbo, Metropolitana, Maule, Biobío, Los Ríos y Aysén). No entiendo por qué se establece una dirección nacional junto con direcciones regionales, ya que, si van a existir direcciones regionales, cada región debería contar con su propia estructura. Me interesa saber qué estructura tendrán estas direcciones: ¿contarán con corporaciones de asistencia judicial en cada una de ellas, o se mantendrá la modalidad actual en la que solo algunas lo tienen? Esto es especialmente relevante para garantizar que cada región disponga de todos los servicios necesarios.
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Que se regionalice, perdón, la dirección, pero ahí no parece estar la corporación de asistencia judicial. Es que lo que pasa es que el proyecto, ¿en qué parte de esto dice que el subsecretario, en lo que me parece, se refiere a la corporación de asistencia judicial? El subsecretario podría explicar esto: tiene que ver con la preocupación de que aquí estamos agregando a un servicio que ya existe. Estamos transformando. Sí, entiendo todavía cómo se calza, cómo se integra con el resto. Sería bueno que el subsecretario lo explicara, porque estamos trabajando sobre, o esta reforma se construye sobre, las corporaciones de asistencia judicial que existen, y sería importante que usted lo explique, subsecretario. Y, como esta es la Comisión de Hacienda, que tiene que ver con el informe financiero y todo lo que ello implica, quisiera que nos desglosara detalladamente el presupuesto asignado a cada una de las subsecretarías. ¿Cuánto de ese monto se traduce en contratación de nuevo personal a nivel regional o implicará una sobrecarga para los funcionarios existentes, considerando que muchos se encontraban en paro? Además, me gustaría saber qué significa este nuevo rol y cuál es el presupuesto específico contemplado para la atención de casos relacionados con acceso a la justicia en materia civil y de familia, con miras a cerrar la brecha existente en estos ámbitos. Es decir, ¿en qué se traduce el presupuesto para la atención de víctimas en dotación, equipamiento, nuevas oficinas, tecnología y cuál es el plazo para implementarlo? Porque a este gobierno le quedan, ¿cuántos meses? ¿Ocho? ¿Ocho y medio? Y, en cuanto a los reglamentos, creo que tienen un plazo mayor para ser dictados. Por ello, nos encantaría saber cómo se implementará, para poder cumplir con el tremendo desafío que implica este proyecto. Muchas gracias, señora Presidenta. Efectivamente, para responder a la consulta del senador, lo que se plantea en el diseño de este servicio es que será el sucesor legal de las corporaciones de asistencia judicial. Por lo tanto, estas subsistirán durante el periodo de implementación gradual, hasta lograr la plena implementación del servicio. Por un lado, en las regiones donde operará el servicio, y, finalmente, en régimen, ya no existirán las corporaciones de asistencia judicial como hoy en día, sino que serán subsumidas gradualmente por el nuevo servicio. Esto significa que, en su estructura, tal como usted estaba leyendo, señor presidente, tendremos una dirección nacional, direcciones regionales para cada región y, en el ámbito operativo, centros asociados a las comunas, dentro de las cuales se ubicarán oficinas. Es decir, se construye sobre la base de lo que actualmente existe; esos centros, o mejor dicho, la continuidad de estos centros bajo la nueva estructura, están considerados en el informe financiero. ¿Cómo se financian? No se trata de imponer una obligación a los alcaldes. Me refiero a que los centros se financian con cerca de 100.000 millones que actualmente están asignados para los servicios de las corporaciones de asistencia judicial y para los programas asociados, sumados al presupuesto de los programas de defensa de víctimas y de los programas de mediación que están actualmente en el ministerio. Entonces, se contará con 100.000 millones y, sobre esos, se agregan 13.000 millones que están en el informe financiero y, como usted indica, tienen una gradualidad. Fundamentalmente, en el año 1 se asignarán 1.633 millones asociados al establecimiento de esta dirección nacional, de modo que, dependiendo de los plazos de tramitación de este proyecto de ley, a partir de la publicación ya deberíamos contar con la designación de este primer director implementador, quien tendrá la función de adoptar las acciones necesarias para generar, en detalle, este nuevo servicio sobre la base de las corporaciones de asistencia judicial, las cuales requieren de una dirección nacional encargada de identificarlas y detectar cuáles son sus problemas.
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Se establecen ciertos presupuestos asociados, por ejemplo, a los sistemas de información. Actualmente, estos sistemas están desagregados; no existe un solo sistema unificado. Cada una de las corporaciones judiciales tiene su propio sistema, por ejemplo, para llevar el registro de causas, y esto debe implementarse a nivel de la Dirección Nacional desde el año 1. Luego, en el año 2 se contemplan aumentos respecto de los programas de mediación, PMA y curadurías. Asimismo, se instalará, de manera importante y también en régimen, un call center. Actualmente no contamos con una infraestructura que nos permita, a nivel agregado, generar esta asesoría jurídica, como sucede en el Servicio Nacional del Consumidor, donde muchas dudas se resuelven a propósito del contacto telefónico. Señor Macayo, ¿usted quiere interrumpir o espera que termine? Ah, ya. Posteriormente, se establece en el proyecto el desarrollo de auditorías, lo cual es extremadamente importante, especialmente en relación con el tema de las licitaciones. Una de las razones por las que el proyecto original del presidente Piñera no consideró ese modelo, a mi juicio, es porque estamos construyendo sobre una larga tradición de asesoría y de asistencia jurídico-judicial en las propias corporaciones. La idea es aprovechar esos sistemas, estandarizarlos y elevarlos a un sistema de control. Por ejemplo, en lo relativo a la Defensoría penal pública, se destaca la posibilidad de observar los estándares de entrega del servicio a través de la oferta licitada. En este sentido, se pone el foco en la generación de distintas instancias para establecer dichos estándares, ya sea mediante los criterios fijados desde el ministerio, las evaluaciones de calidad, las comisiones técnicas, las asesorías interministeriales y, de manera muy importante, a través de auditorías externas reflejadas en el informe financiero, que permitan asegurar un servicio de calidad incluido en un sistema de mejora continua. En otro tema, se expone la presentación en términos de recursos adicionales. Además de los que ya se disponen en la Corporación de Asistencia Judicial (aproximadamente 12.000 millones), se asignan adicionales 13.000 millones en régimen. Aquí surge la pregunta de cómo se cruza esto con la labor ya desempeñada por el Ministerio Público en la atención de víctimas y testigos, dado que ellos cuentan con una unidad especializada que, solamente el año pasado, implicó un gasto de más de 7.500 millones de pesos. La pregunta es cómo evitar la duplicidad de funciones o traslape, o si se ha conversado con el Ministerio Público para que las funciones actualmente realizadas por ellos sean asumidas por ustedes, evitando así duplicidad en el gasto público. Si me permite responder, en la actualidad esos programas están coordinados a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito, ya que la atención a las víctimas está bajo su alero. Existen normas de coordinación, y en la implementación de dicha coordinación es fundamental que, al traspasar estas labores, se mantengan vigentes las medidas, pues es evidente que no puede existir un vacío, considerando que, solamente en el Ministerio Público, se manejan más de 7 millones de dólares al año. Respecto a concentrar las funciones en la unidad de ustedes, con los recursos adicionales que se están entregando, la pregunta es si no sería preferible centralizar estas tareas y, de esa forma, quitárselas al Ministerio Público. Es una pregunta válida en relación con la política pública que estamos implementando. Claro, el Ministerio Público, en su ley orgánica, tiene entre sus funciones la atención especial a las víctimas de delito, por lo que, salvo modificación legal, no podría dejar de hacerlo. Sin embargo, entiendo y comparto la preocupación expresada.
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