1.- Bol.N° 12234-02 Poner en votación el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que fortalece y moderniza el sistema de inteligencia del Estado.
2.- Bol.N° 16143-02 Continuar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley, en primer trámite constitucional, para la protección de la infraestructura crítica del país.
A esta sesión han sido invitados el Ministro del Interior y el Ministro de Seguridad Pública.
Vista pública limitada
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Se abre la sesión.
Secretaria, ¿tenemos cuenta? Sí, una cuenta breve, presidente.
Estaba invitado para el día de hoy el ministro de Seguridad Pública, pero era para el proyecto de infraestructura crítica; se ha acusado por compromisos impostergables propios de su cargo, agendados con anterioridad. Esa es toda la cuenta. Perfecto. Ahí tienes tu papel con la tabla.
Teníamos en la tabla de hoy, en parte, la conversación que tuvimos en la comisión de ayer, que consistió en poner en votación el proyecto de ley que moderniza el sistema de inteligencia. Yo, sobre este tema, quiero hacer alguna presentación respecto de lo que conversamos ayer y algunas conversaciones que he tenido con miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados, respecto también a la Comisión Mixta que se debiera conformar para este proyecto, actualmente en tercer trámite constitucional.
Hemos tenido una discusión respecto de qué normas debieran asignarse a la Comisión Mixta, y, en general, creo que hay bastante consenso en que es relevante que este proyecto se despache en este período legislativo. De hecho, ayer incluso asumimos una especie de compromiso no formal, con fechas tentativas, en el que nos interesaría que ojalá este proyecto ya tuviera la luz convertida en ley en el mes de septiembre de este año.
En las conversaciones que he tenido con algunos miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados, y también con personas que han asesorado en la tramitación de este proyecto de ley, me han manifestado sus aprensiones y preocupaciones respecto de que, si no despachamos algunas normas o no logramos generar la aceptación del trabajo que realizó la Cámara de Diputadas y Diputados, corremos el riesgo de que este proyecto finalmente se eternice en una comisión mixta.
He sido muy activo en este proceso y, de hecho, es la persona con la que más me voy a asesorar en la tramitación del proyecto de ley, al igual que el senador Kenneth Pugh, quien conoce los temas de inteligencia con mucha profundidad. Él había manifestado originalmente que quizá era mejor mandar completamente el proyecto a la Comisión Mixta. Pero el problema de esa alternativa, y lo entiendo en aras de lograr el mejor proyecto de ley posible, era que podríamos enfrentar un problema político con los diputados y, en segundo lugar, dificultades de eficiencia respecto de los tiempos que necesitamos para que este proyecto se convierta en ley.
Desde esa perspectiva, la idea que habíamos manifestado originalmente, para no rechazar completamente el proyecto, es pedir a esta comisión un esfuerzo por identificar todas las normas que tengan el grado de consenso necesario para poder ser aprobadas en este tercer trámite constitucional.
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trámite. En eso le quiero pedir primero al senador Piú que quizás me pueda ayudar, porque ayer se identificó algo respecto a las situaciones. Yo tengo aquí algunas anotadas que tienen que ver con… de veras, pero bueno, en el fondo quizás pudiésemos repetir parte de la discusión, porque esto es una discusión de cara a la ciudadanía, con norma por norma, de las cosas en las que pudiésemos encontrar consenso para que no se envíen a la comisión mixta. Así que le ofrezco la palabra al senador Piú y, después, a la asesora del Ministerio para que nos pueda exponer su visión y también cómo recibe las indicaciones que plantea el senador.
Muchas gracias, presidente, por su intermedio, por saludar al Ejecutivo presente en la sala, a los asesores y también a los colegas con los cuales hemos estado conversando este tema. Decidir respecto a una comisión mixta es una situación compleja, porque uno valora el trabajo que se ha hecho en la Cámara de Diputados. Este proyecto de ley, tal como se ha recordado, viene de la presidencia anterior, de la legislatura anterior, en el cual se despachó en el Senado; fui parte de esa comisión y quedamos con la sensación de que nos faltó darle más capacidad a nuestra Agencia Nacional de Inteligencia. Porque, finalmente, lo que se buscaba era compartir la poca información que se puede obtener con el actual sistema. Esto básicamente está en el artículo 15, el artículo que define la cantidad de personas. Yo quiero recordar que, en la legislación anterior, en el artículo 15, pasamos de 98 personas a 99 personas. O sea, el país no va a entender que, siendo la inteligencia algo tan importante, tengamos un artículo tan "metálico" metido ahí. Entonces, ese es un problema nuestro que quedó y del que tenemos que hacernos cargo, porque ningún sistema de inteligencia pública en su ley detalla cuánta gente tiene.
Parto criticando el trabajo que hicimos en el Senado, donde no tuvimos ni la profundidad ni la capacidad para dar más peso a esto. Senador, por tratarse de un tema muy relevante que usted plantea, propongo que no lo acumulemos y escuchemos la opinión del Ejecutivo respecto de este asunto en particular. Por su intermedio, presidente, nosotros estamos de acuerdo con la propuesta que hace el senador Piú y, en ese sentido, proponemos que se remita a comisión mixta el capítulo que abarca desde el artículo 8, que es el título 3 y habla de la orgánica de la Agencia Nacional de Inteligencia, hasta el artículo 17, que comprende todo el capítulo dedicado a esa agencia. El Ejecutivo, en su propuesta, hacía referencia al tema de la planta y la iba a regular mediante un TFL; en ese sentido, se suprimía esa planta propuesta en la ley actual y se pasaba a regular a través de un TFL en las disposiciones transitorias, por lo que estamos de acuerdo en que este capítulo debe ser regulado y sometido a votación para adecuarlo a las nuevas funciones.
Perfecto. Recibido su comentario y aceptado, señor senador. Perfecto.
Continúa, entonces, una agencia de inteligencia que tiene que tener cobertura de sus actividades y de sus medios. La cobertura, tal como se entiende en el mundo, no es la de un agente encubierto; significa que personas, hombres y mujeres, con organizaciones y empresas, van a funcionar y lo harán por muchísimo tiempo. Nosotros lo que hemos hecho ha sido retomar el concepto que se incorporó en la ley 19.974 de 2004, relativo al agente encubierto, y que en 2006 fue definido por la ley 20.000, donde se señala que se trata de un agente encubierto. Entonces, tenemos un problema de definición de estas personas. Normalmente, quienes están en inteligencia son oficiales de inteligencia y, en algunos casos, tienen una cobertura real, no ficticia como se ha señalado. Estas personas pueden estar en Chile o en el extranjero desarrollando una actividad comercial, académica o la que corresponda, como parte de su cobertura. Ese concepto de cobertura no está regulado; no lo incorporamos nunca porque a la agencia nunca se le asignó ese rol cuando se pretendió otorgar capacidades para obtener información que es la más importante, de primera fuente, ni siquiera cerrada. Algunas veces, en ámbitos donde no hay otra forma de conseguirla porque las redes sociales o internet no llegan, se requieren estas coberturas, y esa cobertura…
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Lleva a que esas personas tienen un tratamiento especial de secreto, que no es cualquier secreto; no es como los secretos de las fiscalías que se filtran, porque arriesga al país y lo que está haciendo. En los artículos se habla incluso de la negación plausible. Nadie en el mundo pone en su ley negación plausible; lo que se menciona es secreto. Entonces, me gustaría que el Ejecutivo nos dijera en qué lugar tenemos la negación plausible para que podamos seguir la discusión, presidente.
Hemos tenido una conversación adicional complementaria a la del día de ayer, básicamente para rescatar más artículos para la comisión mixta. Además, se ha mencionado que respecto al tema de la negación plausible se encuentra regulado en el artículo 24, por lo que dicho artículo debería someterse a la comisión.
Respecto a lo que menciona el senador sobre los agentes encubiertos, esto está regulado en lo aprobado en la sala de la Cámara en relación al agente encubierto, donde se otorgan más instrumentos para poder operar. En ese sentido, se han otorgado las capacidades operativas a la Agencia Nacional de Inteligencia para que, a través de sus propios funcionarios, se cuente con agentes encubiertos, regulados en los artículos 31 y 32; por ende, si hay que precisar algún punto, deberíamos someter esas normas a la comisión.
A continuación, presidente, damos la bienvenida al ministro del Interior, quien acaba de llegar; estamos analizando aquellos aspectos que son los más relevantes. Partimos con el artículo 15; no se trata de un problema en la Cámara de Diputados, valoramos el trabajo de la Cámara. Este es un asunto que quedó en el Senado en su minuto, al establecer en la ley una dotación máxima y haber incrementado de 98 a 99 personas.
Después, se revisan las competencias que debe tener una nueva Agencia de Inteligencia con capacidades, recordando que en su momento, en 2004, se habló de agentes encubiertos. Posteriormente, esto se incorporó en la ley para perseguir el narcotráfico, la Ley 20.000, en la que se define el concepto de agente encubierto. Los agentes de inteligencia con cobertura no son agentes encubiertos, sino oficiales con cobertura, que tienen una vida real, con identidades reales, pero que no son esas personas. Esto no es algo que deba autorizar el director de la agencia, pues la autorización para abrir las cuentas corrientes no debe estar en la ley, al otorgar a la agencia las capacidades para proporcionar coberturas de identidad y desarrollar sus actividades, las cuales no deben ser conocidas por nadie, ya que, de lo contrario, no se trataría de una agencia de inteligencia. Todos estos cambios pasan al centro de la discusión.
Por otro lado, presidente, es necesario valorar el trabajo realizado para definir la inteligencia estratégica. Esto consta en el número uno, páginas dos y tres del comparado, donde, en particular, en la letra A del Senado se expone la definición tradicional de inteligencia con todos sus elementos, mientras que la propuesta de la Cámara agrega la eventual difusión de datos. Si bien la difusión es eventual, la información se entrega en función de lo que el presidente o la presidenta solicite. Esta agencia es de trabajo exclusivo para permitir a quien lleva las relaciones exteriores o, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, garantice la seguridad del Estado, disponer de la capacidad necesaria para definir las prioridades. Existen otros sistemas que lo realizan de forma más simple; en ese sentido, cuando se habla de las políticas y estrategias nacionales de inteligencia, esta debe funcionar durante el año, tal como lo han evidenciado otros modelos en diversos países. Esto podría implicar una directiva presidencial secreta, actualizada anualmente para fijar las prioridades. Una vez al año, el presidente indica a su sistema de inteligencia del Estado cuáles son sus prioridades, en qué áreas requiere que la inteligencia actúe, en contraposición a las planificaciones a cuatro años de planes estratégicos, que están orientados al desarrollo de cada organización; la inteligencia para el presidente debe estar siempre disponible.
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Priorizada para que todos sepan qué es lo que tienen que hacer. Entonces, es más fácil simplificar todo el proceso de planificación que tenemos, entendiendo que el presidente tiene que realizar. Sí, es muy cierto que los ministerios más importantes tienen que contribuir a ayudar en la priorización, por eso la fórmula propuesta parece adecuada, pero hay que agregar esos elementos también al sistema. Porque, en esta ley de las agencias de inteligencia, se pasa a ser un sistema donde el presidente genera el esfuerzo de inteligencia del año en base a las prioridades que definen los ministerios. Por eso, cada ministerio en sus políticas tiene la política de inteligencia policial y la política de inteligencia de defensa, para que se puedan ver las necesidades de información y las brechas de capacidad.
Todo lo que sea el manejo de los recursos reservados para inteligencia debiera tratarse de manera secreta. El manejo de información que pone en evidencia las capacidades es bastante importante. De hecho, hay legislaciones que incluso señalan no solo que el presupuesto asignado se tendrá que mantener, sino que cualquier modificación al presupuesto debe ser discutida para tener control democrático, y no es que se hagan transferencias libres. Eso ayuda mucho para que exista confianza en lo que se está teniendo.
El mayor problema que tenemos es poder ir describiendo cuáles son las áreas donde creemos que es importante que exista acuerdo entre las dos cámaras. Algunos ejemplos, que son importantes revisar, fueron presentados en el argumento que llevó a decir: "Mire, en realidad es mejor, dado que no quedó tan bien en el Senado, que en la Cámara de Diputados se hayan agregado elementos que pueden generar un trabajo mucho mayor". Simplificar, y el simplificar es probablemente dejar algunas cosas para otra ley o para otro instrumento que puede ser un decreto de fuerza ley, tal como se ha mencionado, para lo que es la planta.
Fíjese, presidente, que se hace todo un sistema de clasificación de información, pero no existe la oficina acreditadora de seguridad. ¿Quién va a hacer la acreditación de seguridad? ¿Quién va a definir qué es lo que es? Porque estamos hablando solamente de los elementos secretos del área de inteligencia. Pero, ¿cuáles son las exigencias para el Poder Judicial o para el Poder Legislativo? En la práctica, el manejo de los secretos oficiales se regula normalmente en una ley separada. No es necesario poner en la ley de inteligencia todo el manejo de los secretos oficiales, cuando ni siquiera tenemos definido el organismo que va a estar a cargo de verificar que existan acreditaciones de seguridad y que se verifiquen los lugares con las debidas reservas. En otras palabras, se han agregado cosas a la ley que no tenemos cómo llevar o aplicarle a los otros poderes del Estado. Hay un problema delicado: identificar los artículos que corresponden en ese último tema, por supuesto, todos los que tratan de la clasificación y desclasificación de la información.
Estoy de acuerdo. Sí, quizás, para precisar y para que pueda contestar la asesora, gracias, Lely. Por ciento medio, presidente, mencionar que lo que señala el Senado respecto al tema de los instrumentos de planificación se encuentra regulado en el artículo 5-TERA, el 5-QUIN, que es el capítulo 2. Eso quizás debería someterse a la Comisión Mixta. De hecho, nosotros lo tenemos; yo, dentro de mi informe, lo incluyo dentro de los artículos que deben revisarse en la Comisión: cinco T, sexto bis, sexto sexo. Y, respecto también al tema del sistema de clasificación, éste se encuentra regulado en el Título VIII, desde el artículo 38 al 39, incluyendo el artículo 38 bis, en relación con la difusión de inteligencia que administra un sistema de clasificación.
Exacto. Sí, senador. Si me permite, presidente, eso quedó como algo colgante. Si me puede dar la página del comparado de la Secretaría del Centro de Fusión, los centros de fusión normalmente son...
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Son elementos donde la información está disponible. En el lenguaje técnico es un data lake, es decir, un lugar donde se encuentran todos los datos a disposición de quienes deben realizar una tarea; por ejemplo, se puede obtener dicha información en la página 8.
Bueno, un centro de expulsión, entonces, es un organismo destinado a disponer de los datos, pero no es un organismo acreditador de seguridad, ya que no cuenta con todos los elementos requeridos. Esto quedó establecido porque, inicialmente, la ley consideraba el centro de fusión, el cual, de hecho, no aparece en el texto legal. Mi recomendación es eliminar de la ley el centro de fusión.
Si el Ejecutivo se pudiera pronunciar respecto a ese punto, por intermedio de la Presidenta, se debe mencionar que estamos de acuerdo con lo que plantea el senador: efectivamente, el centro de expulsión era un organismo dependiente de la Secretaría, actuando como coordinador del sistema, y fue, de alguna forma, aprobado por la Comisión de Defensa de la Cámara. Su objetivo era recibir la inteligencia sectorial de los distintos organismos para fusionarla y convertirla en inteligencia de Estado. Por ende, para lograr mayor coherencia, concordamos en que esta norma debe incorporarse a la MIPX y estar contemplada en el artículo 38.
Señor, hasta el momento se han recogido todos los puntos manifestados como temas de la comisión mixta, y los estamos anotando acá. Muchas gracias, presidente.
La Agencia Nacional de Inteligencia debe contar con un presupuesto que hoy no se ha discutido, junto a una capacidad de crecimiento que no se ha considerado, y esto debe formar parte de los decretos transitorios. No es necesario publicar la cantidad de personas, pero sí definir con claridad las funciones y competencias a desempeñar. En cuanto a la inteligencia y la contrainteligencia, tal como se definen en los artículos, está bien lo expuesto; sin embargo, la letra D de la página 3 del numeral 1 habla de la información residual de inteligencia. Señor presidente, no existe información residual, ya que toda la información que se obtiene y se indica expresamente en la directiva, en caso de que algo afecte la seguridad nacional, debe ser compartida. Incluir en la ley una referencia a “información residual” equivale a no comprender lo que realmente tenemos. Lo esencial es que los sistemas funcionen de manera adecuada, para lo cual se requiere trazabilidad: saber cuándo ingresa la información, asegurar la integridad de los datos y garantizar que éstos no puedan ser alterados, de modo que se disponga de la información necesaria.
Considero que es un gran error, y esto también puede evidenciarse en el ámbito académico, en caso de dudas sobre su aplicación. Respecto al tema de no incluir en la ley el número de personas que trabajan en la agencia —puesto que, en la práctica, esto podría facilitar el cálculo del presupuesto— se plantea la inquietud de cómo se aprueban los presupuestos de las agencias a nivel comparado y cómo opera este mecanismo en Chile. ¿Es, en efecto, toda la información de manera pública?
Por intermedio de la Presidenta se señala lo siguiente: en lo relativo a la información residual contenida en el literal B del artículo primero, estamos de acuerdo en que se someta a la comisión mixta, porque la Comisión de Defensa aprobó un sistema que proponía, en el marco de las funciones de cada organismo, generar información que pudiera ser compartida a través de lo que se denomina “información residual”. Dado que esta norma quedó débil y no se ha desarrollado más en el proyecto de ley, consideramos que no debe incluirse en el artículo segundo, quedándose únicamente el concepto de información residual, junto con la definición de inteligencia aprobada en el primer trámite. La eventual difusión de datos es una tarea permanente, y resulta incoherente sugerir que un sistema de inteligencia ocasionalmente pueda entregar información. Por ello, proponemos que se someta este tema a la comisión mixta.
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