Cámara de Diputados CEI 66, 67 compra casa S. Allende

Cámara de Diputados - CEI 66, 67 compra casa S. Allende - 2 de junio de 2025

2 de junio de 2025
16:30
Duración: 2h 17m

Contexto de la sesión

Tratar las materias a que aluden los mandatos conferidos por la Sala. A esta sesión han sido citados la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, señora Carolina Arredondo Marzán; y el funcionario de esa Cartera, señor Gonzalo Pinto Muñoz.

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Gracias. En nombre de Dios y de la patria, se abre la sesión. El acta de la sesión octava ordinaria se da por aprobada por no haber sido objeto de observaciones. El acta de la sesión número nueve ordinaria se pone a disposición de las y los señores diputados y diputadas. Señor secretario, ahora lectura de la cuenta. Muchas gracias, Presidente. Se han recibido los siguientes documentos: En primer lugar, un oficio de la Subsecretaria de Hacienda, en respuesta a un requerimiento de esta Comisión a la Directora de Presupuestos, para informar si, a propósito del proceso de compra de la vivienda perteneciente al ex presidente Salvador Allende, el Fisco efectuó algún pago. En segundo lugar, un oficio de la Subsecretaria del Patrimonio Cultural, en respuesta a una solicitud de esta Comisión, cuyo objeto es remitir un documento que da cuenta de la creación, los objetivos y los recursos asignados para llevar a cabo la política de cuidado y preservación del patrimonio; y, por otra parte, señalar por qué la adquisición de las propiedades de los ex presidentes de la República, Salvador Allende y Patricio Edwin, no se efectuó mediante la declaración de monumento nacional o, en su defecto, como inmuebles de conservación histórica. En tercer lugar, se ha recibido una carta del jefe de asesores de la Presidencia de la República, mediante la cual se responde a un requerimiento de esta Comisión, en orden a que fueran remitidos todos los antecedentes de que dispone esa oficina, relacionados con el proceso de adquisición, por parte del Distrito de Chile, de las propiedades del ex presidente Salvador Allende, ubicada en calle Guardia Vieja, comuna de Providencia, región metropolitana. En cuarto lugar, un oficio de la Directora Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, en respuesta a una solicitud de esta Comisión, en orden a informar sobre todas las compras de viviendas que ha efectuado ese organismo durante los últimos cuatro años a través del título 31 y el tema 2 de la Ley de Presupuestos, y, especialmente, de la adquisición de un bien raíz en la región de Ñuble; y, por otra parte, informar acerca de las reuniones sostenidas y enviar las minutas que obren en su poder respecto al traspaso de la vivienda del ex presidente Salvador Allende desde el CERPAT al Ministerio de Bienes Nacionales. En quinto lugar, un oficio del Ministro de Bienes Nacionales, en respuesta a una solicitud de esta Comisión, en orden a explicar en qué difiere la adquisición de un bien raíz en términos de precios.
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Cuando el Estado lo compre en calidad de Monumento Nacional, como propiedad destinada a la conservación histórica o sin una de esas características anteriores. En sexto lugar, se recibió un oficio del subsecretario de Justicia en respuesta a un requerimiento de esta comisión para informar sobre la situación de licenciados esenciales en el caso de Javier Vera Ceris, quien realizó su práctica profesional en la comuna de Renca entre el 5 de junio y el 6 de junio, asignados a sus labores y señalando que existe un registro que dé cuenta del cumplimiento de dicha obligación. Finalmente, presidente, se recibió un correo electrónico de la profesional del Gabinete de la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, informando que el día de hoy el señor Gonzalo Pinto Muñoz, que estaba sentado en esta sesión, no podrá asistir, ya que se encuentra con licencia médica. Esa es toda la cuenta, presidente. Gracias, señor secretario. Le agradecería acompañar las respuestas de los oficios, si es posible, al chat de la comisión. Habría que ver el tamaño de cada una de las respuestas, pero, si es posible, los que se puedan, que sean acompañados a través del WhatsApp. Podrían enviar, dependiendo del tamaño, por ese medio para que los diputados los puedan ver con mayor supleza. Ofrezco la palabra sobre la cuenta. Bueno, la presente sesión tiene por objeto tratar las materias a que aluden los mandatos conferidos por la Sala. En esta sesión han sido citados la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, señora Carolina Arredondo Marzán, y el funcionario de esa cartera, señor Gonzalo Pinto Muñoz. Ministra, ¿el señor Gonzalo Pinto estaba presente? Sí, cuenta que en el último punto está con licencia médica y, por lo tanto, se excusa. Muchas gracias, señor secretario. ¿Hay detalles acerca de la licencia, por cuántos días está otorgada? Muy bien, señor secretario. Sí, ministro, por favor, sobre el punto. Le podemos hacer llegar la licencia del estado. Sería bueno, ya que todos sabemos lo que ha ocurrido con la licencia en los últimos meses. Además, Ministra, cabe señalar que a esta comisión hemos invitado a personas que participaron directamente en el proceso, y aunque agradecemos que usted esté aquí, varios de ellos han renunciado previamente a venir. Asimismo, existe una funcionaria con una licencia justificada por problemas relacionados con su embarazo, y esta es otra licencia que encontramos respecto a una persona que participó directamente. Entonces, sería bueno conocer, por ello le pediría, debido a lo que usted señaló, que nos pueda acompañar esa licencia para conocer los motivos, ya que recordemos que los funcionarios públicos tienen la obligación de asistir a la comisión una vez que son citados. Si no pudo venir el día de hoy el señor Gonzalo Pinto, quisiéramos tenerlo presente en la próxima sesión, porque de lo contrario esta comisión no contará con el testimonio de alguien que participó directamente en este proceso, incluso de manera más intensificada de lo que podría haber participado usted como ministra, y esos antecedentes son muy relevantes para esta comisión. Diputado Leiva: Sobre el punto, presidente, solo hacer presente que los motivos o razones de las licencias médicas, incluso para su empleador, están anonimizados. Yo creo que cumpliría el objeto que usted plantea, presidente, a través de la certificación del ministro de fe de la subsecretaria del ramo, que es la jefa del servicio, dando cuenta de que se encuentra con licencia médica, pero las razones o motivos de la misma no podemos acceder. Solo eso. Gracias, diputado Leiva. Solo mencionar que llama la atención la ocasión de la licencia y lo que ha ocurrido con otros funcionarios que participaron en estos actos. Bueno, Ministra, agradecerle la presencia. No sé si tiene una presentación o no, pero dejaremos que se exprese lo que estime conveniente respecto al objeto de esta comisión y, a continuación, abriremos una ronda de preguntas. Ministra: Muchas gracias, presidente, por su intermedio. Saludo a los diputados y diputadas presentes en esta comisión.
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Me gustaría partir con un relato y, probablemente, con una cronología de lo que ha significado la operación que da origen al establecimiento de esta Comisión Especial Investigadora. Yo llegué al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en agosto del año 2023. Me parece muy relevante mencionarlo, ya que ese año se conmemoraban los 50 años del golpe militar y la ruptura democrática en nuestro país. Entiendo que, en este contexto y desde mucho antes de que yo llegara a la institución, se había concebido la idea de adquirir las casas que habían servido de residencia y lugar de trabajo a los expresidentes Salvador Allende y Patricio Elwin, el último presidente electo democráticamente y el primer presidente en el retorno a la democracia. Durante el mes de septiembre del año 2023, con motivo de reportes que se efectúan regularmente a CECPRES en esa época, nuestro gabinete observó la existencia de un compromiso de gobierno referido a la Casa Museo Guardia Vieja, del cual se debían reportar los estados de avance. De igual forma, y en el marco de la elaboración del presupuesto para el año 2024, se consideró la incorporación de un incremento en la propuesta del Presupuesto del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural (SERPAT), para que, presentado ante este Congreso, fuera aprobado. ¿Por qué los recursos se dispusieron en el Servicio Nacional del Patrimonio? Bueno, el SERPAT es la institución del Estado que tiene las competencias técnicas tanto para el desarrollo de proyectos de inversión como para la creación de museos, bibliotecas y archivos públicos. ¿Por qué los recursos se disponen en el subtítulo 31? La Ley de Presupuestos del año 2024 contempló, en su discusión en este Congreso Nacional, el presupuesto para la Casa Presidencial de Guardia Vieja en el subtítulo 31, es decir, iniciativas de inversión conforme al clasificador presupuestario del Ministerio de Hacienda. Esta información se hace pública; se presenta en el curso de la discusión presupuestaria dentro de la subcomisión mixta de presupuesto, que lo aprueba y avanza en su tramitación. Digo esto porque aquí no había una operación que se estuviese desarrollando de cualquier otra forma que no fuera pública. Es importante destacar que el subtítulo 31 contempla un fondo de recursos cuya identificación en proyectos específicos se va concretando en el curso del ejercicio presupuestario, en la medida en que los proyectos van avanzando en sus distintas etapas de tramitación. Esto se efectúa conforme a la normativa que rige el Sistema Nacional de Inversiones, es decir, básicamente las normas de la administración financiera del Estado a través del Decreto Ley 1263 del año 1975, la Ley Orgánica del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la Ley 20.530 y diversos otros cuerpos legales, adicionalmente a los oficios o circulares que imparten instrucciones específicas cada año respecto de la ejecución presupuestaria del año respectivo. Tal como lo señaló el ministro del Interior, en esa misma comisión el presidente Boric adoptó la decisión de llevar adelante una política de preservación del patrimonio histórico o de la memoria de nuestro país. Por ello, se decidió iniciar el proceso de adquisición de la casa de los expresidentes de la República, señores Salvador Allende Gómez y Patricio El Buenazócar. Aprobada la Ley de Presupuesto para el año 2024, esto es, la Ley 21.640, y publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de diciembre del año 2023, todos los órganos de la administración del Estado se encuentran no solo facultados, sino obligados a la ejecución del mandato legal contenido en la misma y para el cual fueron aprobados los respectivos recursos por este Congreso. El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, como tal, no tiene posteriores acciones respecto del proceso de compra, sino que se limita al seguimiento del cumplimiento del…
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Ejecución del presupuesto, lo cual se da respecto de esta y de múltiples otras acciones e iniciativas que desarrolla nuestra institución. Es al servicio del patrimonio al que le corresponde avanzar en el cumplimiento de estas tareas y, conforme a lo que ya ha señalado la propia directora nacional, también ante esta comisión se realizan acciones tales como, durante fines del mes de marzo hasta junio del año 2024, se realizaron gestiones con los representantes de la sucesión propietaria del inmueble que perteneció al expresidente Salvador Allende Gossen, a fin de recopilar los antecedentes necesarios para el estudio de la situación del inmueble. Sobre las reuniones con representantes de la comunidad, la primera se habría concretado el 21 de marzo del 2024. En esa reunión se expuso la idea del proyecto Casa Museo y la situación del bien. Según se informó también por la directora del servicio, se acordó empezar con la entrega de la documentación para iniciar los trámites de estudio de títulos, entre otros. Con esta información, con fecha 24 de abril del año 2024, el asesor jurídico del servicio elaboró una minuta sobre las tareas realizadas en la recopilación de antecedentes para una futura adquisición y, en ella, tal como ya conoce esta comisión, se menciona y se hacen alcances generales en cuanto a revisar los efectos jurídicos y comunicacionales de este proyecto. El día 3 de mayo del año 2024 se habría celebrado una segunda reunión con el señor Felipe Vío, en la que se analizaron nuevos aspectos relativos al inmueble. El día 27 de mayo se habría realizado una visita técnica a la Casa de Guardia Vieja, con el fin de constatar el estado del inmueble y su relación con el entorno. Como producto de esta visita, se habría remitido a la comunidad un formulario de museo, que es la estructura estratégica que se utiliza desde el servicio para la interpretación de un proyecto museográfico, a fin de que fuese completado y entregado por los representantes de la comunidad. Siguiendo también el relato de la directora del CERPAT, el 11 de junio del 2024 se celebró una reunión de asesores con Bernadita Nazar y el jefe de la División de Bienes Nacionales, Pablo Maino. Se estimó que, para que la propiedad fuese adquirida por el fisco –diferenciándose de la adquisición hecha en beneficio del propio servicio– se encargaría la compra al Ministerio de Bienes Nacionales. Este punto es importante de destacar, toda vez que el artículo 22 de la Ley 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, crea también el CERPAT y dispone lo siguiente: créase el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, en adelante el servicio, como un servicio público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio; es decir, mientras la adquisición hecha por el Ministerio de Bienes Nacionales sería en favor del fisco, la adquisición hecha por el CERPAT sería exclusivamente en beneficio del propio servicio. En una siguiente reunión con los asesores y jefes de gabinete, que sucedió el día 17 de julio del 2024, se informó que se iba a solicitar directamente a la Dirección de Presupuestos las modificaciones presupuestarias, a fin de que el Ministerio de Bienes Nacionales realizara el proceso de adquisición de los inmuebles de ambos expedientes. Adicionalmente, se indicó que todos los demás aspectos relativos al ámbito patrimonial posterior a la adquisición de los mismos serían asumidos por el Servicio Nacional del Patrimonio, esto es, las futuras etapas de rehabilitación de los inmuebles, si es que el diseño museográfico lo requiriera, tal como se señaló anteriormente con el envío de un formulario para levantar ese proyecto, entre otras acciones necesarias. El 12 de agosto del 2024, a través del oficio 387, el CERPAT remitió los antecedentes legales del inmueble de Guardia Vieja, recabados en esta primera etapa del proceso, al Ministerio de Bienes Nacionales, entidad que sería la responsable de la adquisición para su análisis y proceso administrativo. Adicionalmente, el CERPAT, a través del oficio número 429,
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El 5 de septiembre del año 2024 se remitió a DIPRES la solicitud de modificación presupuestaria para el análisis respectivo, autorización y elaboración de decreto, con el fin de que los recursos de ambas iniciativas fueran reasignados al Ministerio de Bienes Nacionales. Esto es, la adquisición de la casa del expresidente Allende. Ante dicha solicitud, el Ministerio de Hacienda, a través del decreto 1242 del 4 de octubre del 2024 –tomado razón por la Contraloría General de la República el 15 de octubre del 2024– rebajó 2.400 millones del presupuesto del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. A partir de ese momento, el Servicio del Patrimonio y el Ministerio, en cualquiera de sus áreas, salen de la tramitación, toda vez que el proceso se radica en el Ministerio de Bienes Nacionales, el cual continúa con todos los trámites, algunos ya conocidos por esta comisión. Muchas gracias, ministra. Muchas gracias, ministra. Vamos a abrir una ronda de preguntas. Por favor, les pido a los diputados y diputadas que se puedan inscribir para tener más claridad respecto a quién quiere hacer las preguntas correspondientes. Ya, yo voy primero. Ministra, en relación a lo que expuso en la parte final del Ordinario número 429 de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, que viene con copia a su gabinete, ¿no le llamó la atención que un procedimiento –el de la casa del expresidente Allende– se realizara a través del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, mientras que la adquisición de dicha casa se ejecutó a través de Bienes Nacionales? Es decir, ¿no le llamó la atención que hubiera dos procedimientos distintos para una misma finalidad? Además, ¿se enteró usted de la instrucción en contrario, posterior a lo expuesto, que vino por parte del señor Moreno, en la que se indicaba a los equipos de Bienes Nacionales y de Cultura que este proceso se iba a hacer a través de Bienes Nacionales? Varios expositores nos señalaron que no se les dieron razones de por qué se cambió el procedimiento, lo que provocó que en el Servicio Nacional de Patrimonio Cultural se realizaran tres tasaciones, gastándose más de dos millones de pesos que, en definitiva, tuvieron poca utilidad, ya que el proceso fue llevado por Bienes Nacionales. En segundo lugar, lamentablemente no está presente el señor Pinto. ¿Usted tuvo conocimiento de la minuta que realizó José Cortés y que fue enviada al ex jefe de gabinete del Ministerio de las Culturas, señor Gonzalo Pinto, en abril de 2024? Le pregunto esto porque en dicha minuta se expresan las consecuencias jurídicas y comunicacionales que pueden derivarse, señalando directamente que la sucesión le corresponde a la exministra Maya Fernández y también a la exsenadora. Es decir, se emiten dos alertas: por un lado, en relación a la sucesión y, por otro, a la titularidad de la propiedad. ¿Conocía usted dicha minuta? ¿Se hizo del conocimiento del presidente, o se advirtió la situación de una posible inhabilidad y eventual inconstitucionalidad respecto de la titularidad de la propiedad? Por último, en la primera reunión –en la que participó la jefa de Gabinete de Bienes Nacionales y el jefe de Gabinete de Cultura, don Gonzalo Pinto– quisiera saber si usted tuvo detalles de esa reunión, ya que en ella no solamente se advirtió la minuta, sino que también se realizaron varias observaciones respecto de Bienes Nacionales, en particular sobre las consecuencias que esto podía acarrear. ¿Se le comunicó directamente dicha reunión y qué medidas tomó usted en respuesta ante las advertencias contenidas en la minuta? Y, finalmente, respecto al procedimiento, ¿no tuvo en consideración que este proceso podría ser declarado bien patrimonial o de conservación histórica, considerando que, al tener un fin filantrópico, la adquisición de la casa del expresidente Allende no solamente cumplía con ese fin, sino que además se podía rebajar el precio a la mitad? Siendo usted ministra de Cultura, ¿no tuvo ese aspecto en cuenta al momento de la adquisición? ¿No se lo planteó el presidente o a los encargados de este proceso?
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Proceso que era Bernadita Nazar y el señor Leonardo Moreno. Eso, diputada Labra. Yo quiero manifestar que estoy aburrida y que es muy lamentable que en esta comisión, permanentemente, estemos escuchando cosas que no son, que se intente pasar gato por liebre. ¿Y por qué digo esto? Se presentó efectivamente la Ley de Presupuesto del año 2024 en el subtítulo 31 del Servicio Nacional de Patrimonio Público y, como he manifestado en reiteradas ocasiones, ese subtítulo no permite la compra de inmuebles. Por lo tanto, esto no fue aprobado por el Congreso. Número uno, y a todos los que se han sentado en este lugar –incluido el Presidente– y teniendo en cuenta que la ministra de Cultura ha declarado lo mismo, debo señalar que eso no es cierto. Contamos con antecedentes claros que sustentan lo que expongo: la directora de CEPAT manifestó, cuando estuvo presente, que a través del subtítulo 81 se habían comprado inmuebles. Nosotros corroboramos esto mediante un oficio, al cual se nos ha dado respuesta hasta la fecha, y consultamos cuántos inmuebles se adquirieron en los últimos cuatro años a través de este subtítulo. La respuesta fue que únicamente se adquirió, mediante la iniciativa de inversión, la Construcción del Archivo Regional de Ñuble. Al revisar los antecedentes, se evidenció que lo que se compró fue un terreno, lo cual efectivamente está permitido en el subtítulo 31; además, este subtítulo permite que se realicen estudios de diseño y de prefactibilidad, lo que también se hizo. Por ende, esto corrobora aún más que, tal como se presentó ante el Congreso, no se incluyó la compra del inmueble de la casa de Allende. Por lo tanto, esto no fue aprobado por este Congreso. Considero que tendremos que citar a la directora de la DIPRES para que aclare con mayores fundamentos, ya que aún no se entiende por qué esto se presentó a través de Cultura. Queda en evidencia que se presentó en Cultura y, por algún motivo, tuvo que pasar a Bienes Nacionales, pues estos tenían la facultad de adquirir la casa. Por ende, reitero mi afirmación: se trató de pasar gato por liebre. Nos gustaría saber, Ministra, de acuerdo a lo que ha respondido el CERPAT, si efectivamente puede corroborar que, a través del subtítulo aprobado en este Congreso –el subtítulo 31 de iniciativas de inversión– usted afirma, por intermedio del Presidente, que sí se pueden comprar inmuebles. Muchas gracias. Diputada Labra; diputado Leiva: No voy a reiterar lo que el Presidente ya había planteado en sesiones anteriores, pero haré una distinción. En primer lugar, Presidente, es importante señalar que las afirmaciones tan severas derivan de informes o filtraciones de prensa, donde ciertos detalles de la minuta –quienes me dijeron o no dijeron– no se reflejan en lo que establece este proyecto, y eso se puede constatar. En segundo lugar, debo aclarar que el subtítulo 31, de iniciativas de inversión, efectivamente permite –y lo establece de forma expresa– la asignación de gastos para la ejecución de proyectos de inversión, incluyendo la compra de terrenos para dichos proyectos. Permítanme puntualizar: si se adquiere un terreno, este se considera un inmueble, y la construcción sobre un terreno se entiende como un inmueble por destinación. Es decir, al comprar un inmueble, se adquiere un terreno, y lo edificado sobre él es un inmueble accesorio. Por consiguiente, el concepto de terreno se equipara al de inmueble, de modo que un inmueble puede ser un terreno sin construcción o con edificaciones, siempre en función de los valores de edificación registrados, lo cual está permitido en el subtítulo 31. Además, considerando que los bienes inmuebles tienen una relación de género y especie con los terrenos, quisiera plantear, que ha sido motivo de discusión recurrente en esta comisión, lo relacionado con el supuesto “secuestro” de bienes inmuebles.
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La declaración de bien patrimonial o de monumento, con un objetivo específico que también se ha planteado en esta comisión, es reducir el valor o el precio del inmueble. Y yo quisiera reiterar a la Comisión que el símil de la teoría del abuso del derecho en materia civil es, justamente, la desviación de fin o de poder en materia de derecho público, y que un acto administrativo que se desarrolla o se ejecuta con un fin distinto —como podría ser, eventualmente, rebajar el precio de un inmueble— es un acto que tiene un vicio de nulidad y, por ende, una nulidad de derecho público. Recordar que la desviación de poder se produce cuando un acto administrativo ha tenido en vista un fin diverso, distinto al previsto en la norma, específicamente en este marco normativo pertinente y dictado por una persona o por un órgano que tiene competencia, pero que actúa con un fin distinto. Entonces, yo quisiera dejar claro, porque se ha cuestionado bastante: ¿por qué no se declaró bien patrimonial? Esto hubiera significado una disminución en el costo de adquisición y, a mi juicio, es un acto nulo. Diputado Leiva. Diputada Labra. Muchas gracias, presidente. Sobre el punto, yo no tengo los conocimientos legales del diputado Leiva, pero sí tengo conocimientos en administración pública. En esto, lo importante —más que los códigos jurídicos— es la ley de presupuesto, que establece las instrucciones sobre los subtítulos mediante los cuales se pueden realizar las distintas compras y adquisiciones del Estado. Por lo tanto, nosotros tenemos, claramente, la información del subtítulo 31, y permítanme extenderme un poco y leer lo que se aprobó en este Congreso: el subtítulo 31-02, iniciativas de inversión. Además, el subtítulo 31, insuítem, 02, habla de proyectos y, efectivamente, en el 003 se menciona el terreno, correspondiendo al gasto por concepto de compra o expropiación de terrenos que son parte integrante de un proyecto. ¿Qué sucede en el camino? Se rebaja este presupuesto y se solicita a la DIPRES que se aumente el presupuesto de Bienes Nacionales para gestionar la compra, tal como lo establecen, literalmente, los distintos ordinarios y decretos. ¿Y cuál es el subtítulo que se aumenta? Es el que permite la compra de la casa, ya que, de haberse podido realizar la adquisición mediante el subtítulo 31 aprobado para cultura, no habría sido necesario recurrir a otro. Leamos, para mayor claridad, la Ley de Presupuesto: el subtítulo 29, ítem 02, que fue aquel que se incrementó en Bienes Nacionales –perdón, reitero–, pero que permitió intentar hacer esta adquisición. El subtítulo 29, “adquisición de activos no financieros, ítem 02, edificios”, comprende los gastos por concepto de compra o expropiación de viviendas, edificios, locales y otros. Por ende, para la Ley de Presupuesto, efectivamente, la compra de viviendas debe tramitarse mediante este subtítulo, por el cual se solicitó correctamente a Bienes Nacionales el aumento de su presupuesto para realizar la compra, y se rebajó de lo aprobado por el Congreso, precisamente porque no permitía la adquisición de una vivienda. Esto queda en evidencia. La respuesta de la directora del CERPAT muestra que, al menos en los últimos cuatro años, jamás se adquirió una vivienda por ese subtítulo. Ella afirmó lo contrario, y lo sigue indicando en su oficio. Sin embargo, al revisar los documentos de manera conjunta, se constata que lo realizado fue la compra de un terreno donde no existía ninguna vivienda, destinado además a un proyecto de inversión—con estudio de prefactibilidad, diseño, etcétera—, lo cual es congruente con lo que permite este subtítulo. Por ello, es bastante sustentable señalar que se rebajó del subtítulo 31 al 29 del Ministerio de Bienes Nacionales. Yo creo que la directora de DIPRES podrá aclarar mejor este punto en la próxima comisión industrial, en la siguiente sesión. Gracias, diputada Labra. Diputado Soto, si desea extenderse, continuamos. Gracias, presidente. La verdad es que esta discusión se ha reiterado sucesivamente en todas las sesiones. Creo que al presidente le ha quedado meridianamente claro que existe una confusión en términos de lo que implica o no una…
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Un subtítulo en la Ley de Presupuesto, que nosotros además aprobamos todos los años y debiésemos conocer en profundidad en cuanto a su sentido y alcance. Lo que hace dicha ley, y todos lo sabemos muy bien, no es establecer en detalle o de manera explícita y casuística, caso a caso, las posibilidades de inversión o de financiamiento de determinadas acciones que el Estado o un gobierno de turno pueden llevar adelante. De lo contrario, si este fuera el caso, no podríamos en este Congreso Nacional tramitar ninguna otra ley y nos dedicaríamos todo el año solamente a revisar la Ley de Presupuesto caso a caso, para que, como al parecer se hizo —quiere la diputada Lara— cada norma indique explícitamente, de forma casuística, qué es lo que se permite o no, en lugar de principios generales que habilitan en determinados casos el ejercicio de una facultad financiera o administrativa del Estado. Y, desde esa perspectiva, señor presidente, yo comparto la solicitud de la diputada Lara. Oficiemos a Nadipre, o incluso, sin ir más lejos, a la Comisión de Hacienda de la Cámara, para que nos aclaren cuál es el alcance de la norma, de modo que no perdamos todas las comisiones en el futuro discutiendo algo que no debiese ser motivo de controversia entre parlamentarios, siendo nosotros quienes aprobamos las normas de la Ley de Presupuesto. Presidente, es evidente que la norma del subtítulo 31, ¿verdad? Sí, permite —o al menos recoge— la posibilidad de lo que acá se ha planteado, al igual que lo hace la correspondiente norma de Bienes Nacionales. Si se tomó una decisión política, administrativa, jurídica o de cualquier otra índole respecto de avanzar por un camino y no por otro, la pregunta debe ir dirigida a cuál es el fundamento de esa decisión, pero sin derivar en el argumento ilógico de que, por el solo hecho de haberse tomado una decisión, ese camino era inviable, irregular o que no se podía hacer. No es un silogismo, ni es lógico plantearlo de esa manera, y la verdad es que dicho argumento carece de fundamento. Insisto en que, por ese camino, no insistamos. Aclarémoslo con la ODIPRES, con el Ministerio de Hacienda, con la Comisión de Hacienda o con quien usted disponga, pero despejemos ese punto rápidamente, ya que nos tiene trabados y podríamos estar poniendo el foco en otros temas mucho más relevantes, sobre todo cuando se plantea a partir de una aseveración que sugiere: ¿se está tratando de pasar gato por liebre o se están planteando las cosas como no son? Me parece que, evidentemente, las cosas son así. A mayor abundamiento, el argumento que se está utilizando, y con esto concluyo, no se presenta como una defensa, sino que, de hecho, lo que plantea la diputada Lara le da la razón al gobierno. Es decir, la diputada señala que el gobierno hizo lo correcto, tomó el camino adecuado, la decisión jurídica idónea y utilizó lo que en la Ley de Presupuesto se debía utilizar. Sin embargo, existe un error de origen que creo necesario aclarar. Dicho eso, me parece clara la exposición de la ministra. Es pertinente que el Ministerio de la Cultura venga a dar su testimonio; sin embargo, esta operación —este proceso administrativo— se realizó, en lo sustantivo, bajo el paraguas de otra cartera, del Ministerio de Bienes Nacionales, cuyo ministro ya tuvimos acá, y cuyos funcionarios hemos tenido y de los cuales contamos con suficientes antecedentes para seguir avanzando y profundizando en lo que ocurrió, llegando incluso a retroceder al inicio del proceso cuando se tomaron decisiones que no terminaron necesariamente influyendo en el desarrollo mismo, y que concluyó con una compra-venta fallida, con una senadora destituida y con dos ministras que renunciaron.
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Entonces, presidente, yo creo que estamos poniendo mal el foco en esta sesión y particularmente en lo que es en relación al Ministerio de las Culturas. Gracias. Gracias, diputado Soto. Ahora sí, diputado Benavente y después diputada Navillán, y le damos la palabra. Gracias, presidente. Ministra, muy breve. Aquí estuvo la ministra de Bienes Nacionales, la ex ministra de Bienes Nacionales, la ex ministra Sandoval, quien señaló que en una de las reuniones donde se trataba este tema, de la adquisición de este inmueble, la abogada Díez – que ha sido invitada dos veces a esta comisión y en ambas no ha podido asistir por licencia – habría advertido que podrían estar en presencia de un caso de negociación incompatible. Yo quería preguntarle a usted: ¿ha escuchado alguna vez algo de este estilo? ¿De que aquí podría haber algún impedimento o escuchó usted las palabras “negociación incompatible”? Solamente eso. Gracias. Gracias, diputado Benavente. Se agradece su decisión. Diputada Navillán. Gracias, presidente. Voy a tratar de ser bien precisa. Quiero saber por qué motivo se traspasó al subtítulo 29.02.002 de Bienes Nacionales desde el subtítulo 31 de Cultura, 2.400 millones de pesos, para la compra de esta vivienda. ¿Por qué no prosperó la adquisición a través de Cultura, que fue lo que según usted indica, cuando todos aquellos que han ocupado ese lugar por su intermedio señalaron que el aumento de presupuesto otorgado a Cultura era para que ustedes hicieran la compra? ¿Por qué se traspasó a Bienes Nacionales y no prosperó la compra? Gracias, ministro. Gracias, diputada Navillán. Diputado Celedón. Muchas gracias. Quiero señalar que las consultas están respondidas en el decreto número 38 que hemos conocido y en todo el proceso de compraventa del bien raíz para el fisco, el cual está expuesto también en la presentación de la Contralora General de la República ante la Comisión Especial Investigadora sobre la fallida compra de la casa del expresidente Salvador Allende; proceso de compraventa del bien raíz para el fisco: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8. En relación con la Contraloría de Resolución y con el Ministerio de Bienes Nacionales, todo está absolutamente explicado. Ya en el primer considerando, la presente adquisición se enmarca en la solicitud realizada por la directora del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, mediante oficio de 5 de septiembre de 2024, dirigido a la directora del presupuesto del Ministerio de Hacienda, con el objetivo de manifestar la intención de adquirir las casas presidenciales de los expresidentes Salvador Allende y Pachichón. En este contexto se solicitó al Ministerio modificar el presupuesto del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, en sentido de reducir su presupuesto respecto al programa 29-06-03-01, etc. Estamos absolutamente perdiendo el tiempo tratando de descubrir cosas oscuras donde no hay nada oscuro, porque además la causal de inhabilidad afecta, intuitu personae, a una ministra o a un parlamentario. Esa es la única razón por la cual se presentan complejidades en este caso. Pero todo está explicado desde hace mucho por la señora Contralora General de la República en toda la documentación que entregó. Gracias. Tiene la palabra la ministra. Ministro, por favor. Muchas gracias, presidente. Bueno, para responder varias de las consultas que aquí se han hecho.
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Por su intermedio, sí, me parece importante destacar que no hay aquí un afán de insistir en teorías que son falsas o de tergiversar, algo que, si ustedes revisan, en la debida exposición de la subcomisión mixta fue expuesto, y por lo tanto la transmisión de la misma está: adquisición, inmueble, casa Guardia Vieja. Lo digo porque es importante que no se nos señale que estamos faltando a la verdad, puesto que, si así fuera, no nos arriesgaríamos a hacerlo, yo por lo menos. Me parece importante, respecto de la consulta que usted hace, presidente, sobre algún tipo de declaratoria, despejar cualquier noción negativa que pueda tener una declaratoria de monumento en cualquiera de sus categorías, puesto que esta es una herramienta que tiene el Estado para proteger, resguardar y salvaguardar el patrimonio. El Consejo de Monumentos Nacionales es un órgano colegiado que este año cumple 100 años y está compuesto por diversos representantes del sector público y de la sociedad civil. Hay representantes del MIMBU, del Ministerio de Obras Públicas, Interior, del Consejo de Defensa del Estado, del Colegio de Arquitectos y de diversos especialistas, entre otros. Por lo tanto, declarar algo como monumento es parte de las facultades y de las decisiones que toma, de manera informada, este órgano ante la solicitud o cualquier requerimiento que se presente. En ese sentido, si se presentase o no una declaratoria, será el Consejo de Monumentos Nacionales quien deba tomar esa determinación, con el expediente que se cree, se presente y pase por la sesión de consejo correspondiente. Respecto de que usted señaló la minuta, me preguntó directamente si yo había tenido conocimiento de la misma y, efectivamente, a mí me la remitieron a mi correo electrónico. Yo di la instrucción a quien era el jefe de gabinete en esa época para que remitiese el documento a los asesores correspondientes, en este caso a la sectorialista de Presidencia. Por lo tanto, la minuta, que es bastante general, quiero ser muy transparente en cuanto a las consideraciones jurídicas o comunicacionales que pudiera tener. La realización de este proyecto fue remitida en el mes de abril, si no me equivoco, cuando nos llegó dicha minuta por parte del servicio. Respecto de la consulta sobre tasaciones o sobre por qué una operación se desarrolló desde una institución u otra, me parece importante señalar dos cosas que expresé también en la exposición. Es que, efectivamente, la conversación que se daba era que, posteriormente a la adquisición de estos inmuebles, iba a ser el servicio quien acompañara las diversas acciones asociadas a la rehabilitación – en caso de que los inmuebles lo requirieran – y sus diseños museográficos. En ese sentido, también desde la Subsecretaría de Patrimonio se acompañó el proceso de la casa de Elwin. Es decir, no es que el ministerio hubiera estado ausente de una operación y presente en otra; estuvo presente en ambas. Sin embargo, si se quisiera ahondar respecto de la casa de Elwin, tendríamos que hacerlo en otra instancia. Respecto, por su intermedio, presidente, de la consulta del diputado Benavente, no, yo no recibí ningún tipo de información o alerta acerca de negociación incompatible. Y sobre lo que se ha discutido previamente entre los miembros de esta comisión, me parece importante señalar que esta rebaja de recursos no tiene nada ilegal, puesto que es, asimismo, la Contraloría quien aprueba ese decreto. La finalidad para la cual los recursos fueron solicitados era la misma desde cada institución.
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