Senado Minería y Energía

Senado - Minería y Energía - 28 de mayo de 2025

28 de mayo de 2025
16:30
Duración: 1h 40m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 17064-08 Con el propósito que el Ejecutivo exponga el contenido de sus indicaciones al proyecto de ley que Amplía la cobertura del subsidio eléctrico a que se refiere el artículo sexto transitorio de la ley N° 21.667 e introduce otras medidas de perfeccionamiento a la ley N° 18.410 que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, (Boletín N° 17.064-08). A esta sesión ha sido invitado: El Ministro de Energía, señor Diego Pardow;

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En nombre de la patria se abre la sesión. Cuenta secretario. Señor presidente, han llegado a la secretaría las siguientes comunicaciones: En representación de la agrupación Luz para Ellos, la agrupación solicita el apoyo de la institución para la declaración oficial del día 8 de junio como el Día del Paciente Electo Dependiente. Segundo, de la Fundación Deportistas por un Sueño, se solicita el avance urgente de la tramitación del proyecto de ley que amplía el subsidio eléctrico. De la Federación Nacional de APR de Chile remite carta que manifiesta su preocupación por el escenario tarifario que enfrenta dicha institución y la falta de medidas efectivas. Asimismo, hay una solicitud de evidencia del señor Víctor Gallardo por el proyecto de ley para ajustar el...
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Se venden los combustibles que señala, de acuerdo al volumen corregido por la temperatura que resisten al momento en que llega el consumidor. Boletín N° 16.942-08. Todo siempre centro. Gracias, secretario. Puntos varios. Senador Velázquez: Gracias, presidente. Mi presencia obedece a solicitar a usted, presidente, y a la comisión, si lo estima a bien, que se invite y cite, según corresponda, tanto al presidente de Codelco, Máximo Pacheco, como a los sindicatos 1, 2 y 3 de Codelco, Chubicamata. Hace algunos años se produjo una querella de Codelco contra los dirigentes por el llamado “caso seguros”. Han habido bastantes novedades al respecto y es importante contar con la presencia de ambos actores, tanto de Codelco como de sus dirigentes, ya que, una vez instalada la acción en los tribunales, se tomó una serie de decisiones: se despidió a trabajadores y dirigentes sindicales, y se adoptaron medidas dando los hechos por consumados. Entiendo que, por ello, resulta fundamental la presencia de ellos, más allá de la importante resolución del Ministerio Público, emitida a través de la Fiscalía de Calama, que no ha perseverado en esta situación e incluso ha procedido a sobreseimiento en este caso. Se han tomado decisiones que atentan contra la libertad sindical y configuran un hostigamiento tremendo, sin precedentes en tiempos de democracia. Entonces uno se pregunta si estas medidas son solo directrices de un ejecutivo intermedio o de un gerente determinado, ya que corresponden a decisiones de los directorios de Codelco. Por ello, solicito, presidente, que se resarza el daño ocasionado a estos trabajadores, en particular a aquellos dirigentes que fueron despedidos sin ningún derecho. Hoy, más allá de una declaración pública de Codelco, no se han tomado otras acciones. Considero que, si una empresa estatal como Codelco no es capaz de respetar a sindicatos tan importantes, no se puede esperar que otros sindicatos, con un peso distinto en nuestro país, lo hagan. Por lo tanto, presidente, para que esto se tenga en consideración y la comisión respectiva le otorgue celeridad, es importante recordar que hace algunas semanas el Ministerio Público resolvió el caso; no basta con que salga una declaración pública de la empresa, ya que cada uno en los tribunales deberá responder sobre estos hechos. Incluso hubo informes de Cochilco que sirvieron de base para esta querella, pero hoy no se cuenta con pruebas concretas. Se requiere, entonces, que se explique lo sucedido y, en ocasiones, se remueva a algún funcionario intermedio. La pregunta es: si los directorios aprueban este tipo de actitudes, ¿quién paga el tiempo perdido, los abogados, el staff y, sobre todo, el daño emocional que esto provoca a cualquier trabajador? Adhiero, presidente, absolutamente a la unidad. Pero, tranquilo. Mire, para ponerlo en contexto, senador Velázquez, estamos con la discusión inmediata del proyecto de ley. Después tomaremos el acuerdo y fijaremos la fecha para citar a los actores que usted propone, avisándole oportunamente. Este proyecto es de suma importancia para el Ejecutivo, por lo que se le dará prioridad y, posteriormente, se atenderá lo solicitado. Estamos consultando a la comisión para saber si está de acuerdo con lo que propone el senador Velázquez, a fin de sesionar con los sindicatos 1, 2 y 3 de Codelco, así como con el presidente y el director. ¿Están de acuerdo? Acordado, entonces. Gracias. Vamos a saludar al ministro de Energía, señor Diego Pardow, que nos acompaña el día de hoy, y a su asesor legislativo, Fernando Monsalve.
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Como también al asesor don Máger Pichara y su jefe de comunicaciones, don Andrés Muñoz, que están aquí con nosotros. También saludamos a los senadores y senadoras de la comisión y vamos a ver y escuchar en primera instancia al Ejecutivo para que nos explique la indignidad que hizo al proyecto de ley, que la 18410 y que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustible, entre otras cosas. Así que, ministro, le ofrezco la palabra; no sé si tiene alguna presentación para que nos explique en qué consisten las indicaciones que usted ha ingresado como Ejecutivo. Muchas gracias, señor presidente. Saludo, por su intermedio, a los señores senadores y a la señora senadora presente. Voy a resumir las indicaciones presentadas por el Ejecutivo. Aquí tienen, de alguna manera, la síntesis. Recordemos que este es un proyecto que ya lleva cerca de ocho meses de discusión, precedido de cerca de dos meses de discusión prelegislativa, y las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo tienen como objetivo principal ajustar las expectativas de recaudación y, sobre esa base, hacerse cargo de las distintas observaciones recibidas, en particular durante la etapa de audiencia que tuvo lugar en los meses anteriores, explicando cómo este ajuste en las expectativas de recaudación responde a cada una de las observaciones señaladas. Obviamente, la reducción en las expectativas de recaudación se debe a que, durante las convocatorias para postular, la demanda por el subsidio ha sido menor a la prevista originalmente en el mensaje; por lo tanto, no tiene sentido generar una recaudación para una demanda que, al menos hoy, no se materializa. Además, a partir de marzo del próximo año se mora un gobierno distinto y puede ser que en esas nuevas convocatorias o en la continuidad del subsidio se produzcan cambios que requieran establecer otras formas de recaudación, basadas en la estimación que hemos realizado de la nómina de beneficiarios del subsidio eléctrico, recogiendo los comentarios realizados al final de la tramitación en la Cámara de Diputados y al inicio de la tramitación acá en el Senado. Por otro lado, también se abordan aspectos importantes en materia de pymes. Hay que recordar que, de manera reglamentaria y con independencia del proyecto de ley —pero atendiendo a las observaciones de distintos parlamentarios— se disminuyó el umbral para migrar a clientes libres. Esa disminución del umbral, que permite sobre todo a medianas empresas migrar al régimen de clientes libres, en ciertas ocasiones enfrenta dificultades asociadas con los permisos o con las obras necesarias para dicha migración. Recogiendo, a partir de la solicitud de asociaciones de pymes, se establece una habilitación reglamentaria para solucionar este tema. Finalmente, se incorpora un perfeccionamiento al mecanismo de determinación de compensaciones por interrupciones de suministro no autorizadas, en el cual se trata de reflejar el consenso al que se había arribado. La propuesta original del Ejecutivo establecía un régimen de compensaciones, y durante la tramitación se sugirió que quizás lo mejor era contar con un mismo régimen, tanto para transmisión como para generación y distribución.
15:00
Eso lo recogimos en la indicación. Vamos primero a la sobretasa del impuesto a las emisiones. Recordarán que, en el mensaje aprobado por la Cámara de Diputados, se estableció una sobretasa de 5 dólares por tonelada a un impuesto que ya tenía 5 dólares por tonelada y 3, lo que generaba una tasa efectiva cercana a los 10 dólares por tonelada. Es importante recordar que, al comparar los impuestos verdes o los impuestos a las emisiones, Chile resulta atípico en cuanto al precio que se asigna a las emisiones y al tipo de impuestos que las graban. Contamos con un gráfico basado en un estudio del Banco Mundial que demuestra que prácticamente todos los demás países aplican impuestos significativamente mayores: en Uruguay, más de 150 dólares por tonelada, y en Europa, más de 50 dólares por tonelada. Además, el precio social de la externalidad asociada a la emisión de dióxido de carbono se estimaba en 32,5 dólares por tonelada antes de 2024, y desde 2024 en adelante se estima en alrededor de 63,4 dólares por tonelada. En todos los casos, incluso con la sobretasa aprobada en la Cámara, estamos bastante lejos tanto del benchmark internacional como del precio social de la externalidad. Obviamente, esta sobretasa tiene principalmente un objetivo recaudatorio. En la Cámara de Diputados se había aprobado, basándose en un promedio rápido de las tres columnas azules de la presentación, unas expectativas de recaudación del orden de los 80 millones de dólares por año. Además, la sobretasa incorporaba un mecanismo que impedía su traspaso a clientes libres y regulados. El cambio introducido en las indicaciones del Ejecutivo va en tres sentidos. En primer lugar, se elimina un año. Debido a los tiempos de tramitación del proyecto, la sobretasa del 2024 no se cobró. Es importante tener en cuenta que, en términos generales, tanto la tasa como la sobretasa del impuesto a la emisión son impuestos anuales que se devengan con la declaración de renta en abril de cada año. Por lo tanto, la sobretasa correspondiente a las emisiones del 2024, que se devengaría en abril de 2025, ya pasó, dejando de estar disponible como fuente de recaudación. En segundo lugar, se disminuye la tasa nominal de 5 a 3 dólares. Para todos los efectos prácticos, esto implica que, para el año 2024, la sobretasa es cero, mientras que para 2025 y 2026 se fija en 3 dólares, lo que representa una reducción de más de un 60% en la expectativa de recaudación. Finalmente, se elimina el impedimento para traspasar este sobrecosto a clientes libres, lo que disminuye significativamente la exposición y los efectos adversos que podrían enfrentar los titulares de los activos.
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