Senado Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación

Senado - Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación - 27 de mayo de 2025

27 de mayo de 2025
18:45
Duración: 2h 8m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 16223-29 Continuar la discusión en particular, del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional que modifica la ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (Boletines N°s 16.223-29, 12.648-29, 14.984-29, 15.091-29, 15.598-29, 15.890-29, 15.904-29 y 15.919-29, refundidos).

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Vincula, dice, se presenta como un espacio de encuentro entre universidades, investigadores, académicos y miembros del Congreso Nacional, con el objeto de fomentar el intercambio de conocimiento y mejorar el acceso a la evidencia en el proceso legislativo. Actualmente, la plataforma Añade se encuentra en fase de pilotaje y enfoca un grupo de proyectos de ley que están en primer trámite constitucional, siendo uno de ellos el proyecto de ley que se discute en esta comisión, la Ley de Patrimonio Cultural. Luego, se presenta una solicitud de audiencia del señor Ariel León, en representación de la señora Imani Molina Vargas, fundadora de la Fundación Hachsai. Ella informa que concurrirá desde Tierra del Fuego a esta región de Valparaíso la semana del 2 al 6 de junio y solicita tener una reunión con la comisión. Su presentación versa sobre la restitución de los restos del ancestro Oshko, del pueblo Segelman, y denuncia la preparación indebida de elementos simbólicos de su cultura por parte de personas ajenas, proponiendo que la reunión se realice entre los días 2 y 6 de julio del presente año, a definir por la comisión. Secretario: De acuerdo. Para aclarar, en la próxima semana se plantea lo siguiente: el lunes 1 de junio (domingo de la cuenta pública) y el martes 2 de junio continuaremos con el debate del proyecto de ley de Patrimonio Cultural de Santiago. Según el calendario fijado, se hará un cambio en el horario de la sesión: en lugar de 3:00 a 4:30, se ajustará de 3:30 a 5:00, para que todos puedan participar. Asimismo, se contempla que el martes 3 o el miércoles 4 se coordine con el señor Velázquez, fijando el miércoles como la segunda sesión. Inicialmente, la sesión de los martes se presentó como modelo para los miércoles, tal como se indicó ayer. Velázquez: Sí, aunque cabe señalar que al haber numerosos proyectos simultáneos es posible que tengamos que sesionar también los martes. Se advierte que hoy se sugiere el lunes de 15:30 a 17:00 y el miércoles de 14:45 a 16:00, con la flexibilidad de, eventualmente, sumar sesiones adicionales los martes en ese mismo horario. Presidente: Conforme a la tabla, corresponde continuar con la discusión del proyecto de ley, en su segundo trámite constitucional, que modifica la Ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional. La comisión recordará que, en la sesión anterior, se produjo un debate y análisis respecto de dos temas: los conceptos de hincha, aficionado o simpatizante, y el registro de hincha. En esa oportunidad, por tres votos contra cero, se aprobó reabrir el debate sobre las indicaciones 1 a 3, relacionadas con dichos conceptos, y las indicaciones 13 y 45, referentes a la creación del registro de hincha y a sus contenidos mínimos. La idea era avanzar en ambas materias permitiendo que los equipos parlamentarios y el Ejecutivo pudieran llegar a algún tipo de acuerdo. La Secretaría de la Comisión no cuenta con información adicional respecto a esa materia y, hasta el momento, no se tiene constancia de que el Ejecutivo, los senadores y sus asesores hayan sostenido alguna reunión al respecto. Con su permiso, presidente, se informa que durante la semana precedente a esta sesión no se logró un acuerdo entre los asesores para reunirse y conversar sobre el proyecto; sin embargo, se destacó que existieron discrepancias en cuanto a los horarios de sesión, a pesar de que la señora mostró disposición para dialogar hasta última hora.
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del senador Cruzcoque. Por lo tanto, ese es el estado de la situación, presidente. De todas maneras, nosotros, como habíamos quedado en la última sesión –yo creo que usted no estuvo presente porque estaba requerido en Hacienda simultáneamente– remitimos la palabra al asistente. Si no recuerdo mal, era esa la decisión, y ese era el consenso. Esto implicaría que, dado que se reabrió el debate, probablemente, en vez de rechazar, como venía ya la indicación número uno del Presidente de la República, se acogería, porque sería la letra B. O sea, se elimina la definición de hincha y, si esto tiene efectos posteriores, ya no podremos hablar de registro de hincha y se tendrá que hacer una adecuación posterior, naturalmente, de asistentes. Gracias, presidente. No, yo coincido plenamente con lo señalado por el subsecretario. Efectivamente, todo el debate que se dio giró en torno a este consenso: la palabra “hincha” y, sobre todo, la manera en que se definía en el proyecto, resultaba muy confusa, pues hablaba de la relación con los elementos que portaba el asistente y que podían supuestamente demostrar su adherencia a un partido; esto generaba confusión. Es mucho más objetivo hablar de asistentes. Allí, el subsecretario tenía una propuesta en la redacción que yo consideraba muy pertinente: una estructura sin perjuicio que, por razones de seguridad, pudiera dar preferencia a los socios y a los abonados, elemento objetivo para los efectos de un partido de fútbol. Para decirlo en castellano, se juega Colo-Colo contra Universidad de Chile en el Estadio Monumental y la recomendación de Carabineros es que sea sin público visitante. En el fondo, lo que facultaría la ley –como ya se hace en la práctica– es para que Colo-Colo, por ejemplo, pueda disponer que solo sus socios o abonados sean los que puedan asistir a la función. Sin embargo, la palabra “hincha”, y sobre todo su definición al hablar de portar una bandera, un gorro o una bufanda, resulta absolutamente equívoca. Poníamos el ejemplo de un reciente partido de Copa Libertadores en Brasil, en el que supuestamente a Colo-Colo se le sancionó impidiendo asistir al público hincha, y se ingresó portando elementos del equipo local. Así, resulta mucho más objetivo esta definición, consagrando la posibilidad de que, por razones de seguridad, se pueda disponer restringir el aforo a socios y abonados. El subsecretario lo parafraseó bien, y yo comparto esa definición. Dos cosas, presidente. Una, como comisión, debemos pronunciar respecto a las indicaciones de esta medida constitucional. En la página 3 del texto comparado pueden verse la indicación número uno, cuyo objeto es suprimir la letra B, es decir, el concepto de hincha. Yo entiendo, en consecuencia, que esa indicación se estaría aprobando, pues hay que eliminar el concepto de hincha. Luego vienen las indicaciones dos y tres de la senadora Sepúlveda y, en consecuencia, creo que habría que tomar en cuenta esas indicaciones para hacer la modificación que se está realizando, en el sentido de una cuestión reglamentaria, además de incorporar en la redacción el tema de los socios, para que tengan algún tipo de regulación especial, considerando también que ya se había aprobado, en otra ocasión –antes de marzo–, el hecho de que no se consideren asistentes a las personas que trabajan en los espectáculos de fútbol profesional.
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Es importante que, en mi concepto y en el de la Secretaría, en el proyecto de ley quede reflejada la diferenciación de esas personas. Claro, entonces hay que hacerlo solamente, ya que en el fondo el asistente será básicamente la persona que tiene una entrada conforme a la reacción que se había propuesto para hacer esa consideración. Eso significaría aprobar las indicaciones 1, 2 y 3 (siendo las 2 y 3 con modificaciones), según lo planteado por la Secretaría. Luego, la otra propuesta pendiente, que eran las indicaciones 13 y 45, deberá abordarse en cuanto al registro nacional de asistentes. Se tratarían de acciones que, en todo caso, están para determinar y que constituirían la resolución que haría la comisión para esta reapertura del debate acordado en la sesión anterior. Se entiende el concepto que se quiere perseguir y quisiera ver cómo se votará ahora. Senador Keynes: justo iba mi pregunta. Si lo que está definido hoy día como asistente continúa igual o se le agregaría algo de alguna otra forma, más allá del concepto del hincha expresado anteriormente, es decir, dejarlo como asistente y no como hincha, habría que revisar bien si la definición “asistente: persona que cuenta con una entrada o acreditación que le permite asistir y participar en un espectáculo de fútbol” es suficiente, o si habría que agregar o quitar algo. Permiso, presidente. De igual forma, lo que decía Matías en relación a que algunos podrían tener un derecho mayor por el hecho de ser socios es relevante. Se menciona también el tema discriminatorio: anteriormente se discutía que el hincha que ingresara con polera o sin polera tendría condiciones diferentes, y que, si bien la bufanda quedó únicamente a título ejemplar o como distintivo del club, es necesario analizar si el concepto o la definición de asistente abarca hoy día lo que se plantea como base del proyecto, es decir, el control de quiénes asisten. La palabra “asistente” debería cubrir todos los tipos de personas que pueden ingresar al estadio: niños, adultos, quienes tengan o no entrada –ya sean compradas en boletería el mismo día o en otra modalidad– e incluso se contempla introducir una norma para distinguir a aquellos que ingresan a trabajar en el estadio. Es tan amplio lo que abarca que, si se requiere, se podría especificar una categoría para los que van a trabajar, reduciendo así el universo de asistentes a quienes efectivamente acuden a ver el espectáculo. La propuesta elaborada en la sesión pasada define asistente como la persona que cuenta con una entrada o acreditación que le permite asistir y participar, excluyendo así a quienes ingresan al estadio para trabajar sin ese propósito. Asistir o participar es distinto de trabajar, y la definición busca precisamente limitar el concepto de asistente a quienes van a ver el espectáculo, ya sea para disfrutarlo o para sufrirlo, considerando que se trata de fútbol profesional. Por intermedio, presidente, lo que mencionó el señor Keitel es lo siguiente: aquellos asistentes que sean socios, abonados o que hayan adquirido su entrada en el sector designado para un mismo equipo podrán ser objeto de medidas de seguridad por parte del organizador. Proponemos esto, entendiendo que no se trata de una discriminación arbitraria, sino de una diferenciación justificada por razones de seguridad. Yo apoyo la propuesta del subsecretario, ya que me parece adecuada y objetiva. Lo que se busca con este registro es que las personas a las que se les haya denegado el acceso –al haberse ejercido el derecho de admisión por el organizador del espectáculo o por la autoridad administrativa– queden excluidas, por lo que la definición resulta suficientemente amplia y correcta.
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Porque yo incluso había pensado hablar de habilitados, pero yo sé que la palabra "habilitados" puede ser sujeta a discusión. Sin embargo, esa definición me parece objetiva y permite emplear medidas de seguridad. Efectivamente, si el informe de Carabineros determina que se tiene que jugar con público local, esa definición contenida en la ley –sin aludir al concepto de hincha, que era el que generaba tanta confusión– está perfectamente correcta. ¿Alguien más tiene algo que agregar a esta discusión? Acá se hará la salvedad respecto a aquellos que van a ejercer funciones como trabajadores o, en qué momento, se aclare eso. Yo entendía que eso sería esa vara, digamos, y fue aprobado ya por la Comisión en una etapa anterior. Lo que pasa es que el secretario argumentó, y rechazó la versión aprobada previamente, manifestando que, bajo el concepto de que alguien asiste y participa en un espectáculo de fútbol, no estaría yendo a trabajar. ¿Lo entiende usted bien? ¿Podría usted decirlo? Porque yo no quiero interpretarlo, pero usted puede confirmar: o se elimina o se mantiene. La pregunta es si quieren que lo eliminemos o no. Entonces, para entender, se plantea lo siguiente: lo que se aprobó, ¿debe eliminarse? No serán considerados asistentes los trabajadores dependientes del organizador, los funcionarios de este ni aquellas personas que presten servicios conexos dentro del recinto deportivo en espectáculos de fútbol profesional. Yo entendía que esto no generaba ningún problema, pero, al parecer, es pertinente mantenerlo, así que lo mantenemos. A continuación, daré lectura a lo que sería la letra. Lo que sucede es que son acuerdos que han ido llegando hasta antes de marzo de este año. Presidente, respondiendo a las preguntas de los senadores Velázquez y Keitel, el artículo primero bis –que está en la página 3 del comparado– haría lo que se expresaría en las letras A, B y C, consolidándose únicamente como una letra A; las letras B y C se eliminan, y se elimina "barrista" además de "hincha", quedando únicamente la letra A. Luego, la que aparece como D se transformaría en una letra A-B, en lo que respecta a las condiciones de ingreso y permanencia. Eventualmente habría que revisar si parte del proyecto mantiene la palabra hincha, barrista o simpatizante, términos que deberían eliminarse en otra parte. El concepto se define de la siguiente manera: asistente es la persona que cuenta con una entrada o acreditación que le permite asistir y participar en espectáculos de fútbol profesional, idéntico a lo aprobado por la Cámara de Diputadas y Diputados en el primer trámite constitucional. Aquí no hay ningún cambio. Con respecto a los asistentes, según el agregado que el Ejecutivo propuso en la sesión anterior, aquellos que sean socios o abonados o que hayan adquirido su entrada en el sector designado para un mismo equipo podrán ser objeto de medidas de seguridad por parte del organizador. En el párrafo segundo de la letra A se establece que no serán considerados asistentes los trabajadores dependientes; en otras palabras, el asistente puro es aquel que es socio, abonado y no va a trabajar. El alcance que se da en la lectura del texto se refiere, en el fondo, a las barras, a las que se les aplicarán ciertas medidas de seguridad. Por ejemplo, se identifica a aquellos que, como la barra brava, podrían representar grupos que, en algún momento, se transformen e incluso abarquen todo el estadio. Entonces, un poco para concluir.
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Senador Walker: Senador, si me permite, presidente, por su intermedio expongo la idea. Estamos totalmente de acuerdo con el Ejecutivo en eliminar la categoría de barrista, ya que generaba una distorsión al otorgar un privilegio a un hincha por el solo hecho de pertenecer a una barra. La idea es atender a un elemento objetivo, que es la denominación de asistentes; vamos a generar un registro de asistentes habilitados para ingresar a un partido de fútbol, de modo que se excluya a quienes tengan prohibición de ingreso, sin distinguir entre barrista, hincha o asistente. Cuando, por razones de seguridad, Carabineros recomiende, por ejemplo, en el estadio de Cobreloa en Calama, que se juegue únicamente con público local, Cobreloa podrá decir: "vamos a cumplir con la medida de seguridad de Carabineros" y, por lo tanto, para ese partido podrán asistir los socios y abonados, evitando el ingreso de, por ejemplo, barristas de un equipo que viene de Santiago. Esto permite, sin discriminar, atender un elemento objetivo en materia de seguridad. El registro incluirá a los asistentes habilitados, excluyendo a quienes tengan prohibición de ingreso por el ejercicio del derecho de admisión, debido a su involucramiento en hechos de violencia. Esa es la explicación. ¿Puedo pedir temporalmente que me reemplace el Senador Walker? ¿Les parece? Yo voy a hacer lo mínimo que hay que ver para que se apruebe. Perdón, ¿quién había pedido la palabra? Senador Keitel: Gracias, señor Presidente. Comparto plenamente gran parte de sus palabras, pero me queda una duda. Entendiendo la explicación brindada al Senador Velázquez sobre el ejemplo del estadio de Cobreloa, surge la siguiente cuestión: si, bajo ciertas restricciones que puedan poner las autoridades, únicamente ingresan socios y abonados, ¿qué sucede con aquella persona que no figura en la descripción de hincha o barrista y no está en el registro? ¿No podría ingresar? La respuesta es que sí podría entrar, ya que lo único que se excluye son las personas que tienen prohibición de ingreso por el ejercicio del derecho de admisión. De lo contrario, limitar el acceso solo a socios y abonados generaría una discriminación, pues alguien que asista sin esa condición—sin ser socio ni abonado—no debería ser impedido de ingresar, siempre que no figure en el registro de prohibidos. Si le parece, demos la palabra al Ejecutivo para que lo explique mejor, por favor. Ejecutivo: Gracias por su intermedio, señor Presidente. La bondad de esta nueva definición de asistente reside en que se utiliza para la venta de entradas. Me explico: cuando, por ejemplo, Carabineros recomienda, a través de sus informes, que un partido se juegue solo con público local, tal como en el caso que mencionó el Presidente, Cobreloa o Colo-Colo pueden optar por dos sistemas para la venta de entradas: mediante listas negras o listas blancas. Una lista negra consiste en tomar las bases de datos de asistentes de Colo-Colo y no permitir que esas personas compren entradas, lo que implica que al partido podrá ingresar cualquier persona, excepto quienes aparezcan como asistentes afines a Colo-Colo (socios o abonados, para los efectos de la definición). Por otro lado, si se utiliza una lista blanca, solo se venderán entradas a aquellas personas que figuren en esa lista, en el ejemplo, a los socios o abonados de Cobreloa.
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Dependiendo del sistema de venta que se utilice, efectivamente permite hacer esa distinción entre asistentes de Colo Colo que no deben asistir, de acuerdo a la información de seguridad, o bien que solo asista la gente de Cobreloa. La ventaja que tiene esta redacción propuesta respecto de la de hincha para estos efectos es que no existirá una discriminación por vestimenta, por afinidad, etc., sino que es más objetiva, porque responde en definitiva a que una persona se encuentre afiada o tenga algún vínculo mucho más fuerte, jurídicamente hablando, con una institución deportiva, lo que permite que esa discriminación por materia de seguridad no sea de carácter arbitrario. El Ejecutivo lo explicó mucho mejor que yo. Senador Alfonso Durrasti: Gente, por su intermedio no comparto la argumentación que ha hecho el Ejecutivo, porque eso es discriminatorio de por sí. ¿Por qué tengo que estar afiliado? Yo soy espectador y voy a ver; soy una persona que no tiene antecedentes y que, de otra forma, se le impediría el acceso, atentando contra la ley del CERNAC, por ejemplo. ¿Eso sería denunciable ante el CERNAC? ¿Por qué? ¿Por qué, como dice el senador Keitel, una persona sin antecedentes, que no está en ninguna lista sospechosa y que quiere ir con sus hijos, estaría vetada en el acceso? Es decir, habría que tener una preinscripción. Eso es discriminatorio en sí mismo, ya sea lista blanca, negra o azul. No me parece. Si nos hacemos cargo, yo creo que lo que ocurre es que, ya sea lista negra, blanca o abonado, no existe ninguna fórmula de control efectiva para identificar a los violentistas o delincuentes que ingresan a los estadios. Esa es la situación: no se puede discriminar simplemente por figurar en cierta lista, salvo en el caso de que se trate solo de socios en un espectáculo cerrado para ellos, es decir, para quienes ya están en el registro y cumplen objetivamente con todos los requisitos. Eso, sin embargo, se utiliza para interponer recursos de protección, para ir al Senado o para recurrir a otras instituciones. Entonces, creo que no está la fórmula. Y vuelvo al mismo tema: algo que aún no he escuchado —se lo comenté al subsecretario la vez anterior— es: explícquenme, ¿qué diablos fue "estadio seguro" durante tantos años, cuando hubo gente trabajando en toda esta situación? ¿Qué hicieron? Si "estadio seguro" sigue siendo más inseguro que nunca hoy, es porque sucede lo mismo que pasa con las licencias: todos hicieron los lesos. Usted, ministro, o subsecretario, ¿tiene un servicio o no? ¿Cuánta gente con licencia tiene en su… un montón de gente, seguro. Y respecto al asuceso, no se realizó un cruce efectivo con las investigaciones; la Contralora hizo un simple cruce de 25.000 personas con esto. No inventemos cosas que no se van a cumplir. Yo estoy absolutamente de acuerdo y creo que es un tremendo error lo que están planteando; es discriminatorio. Para quienes no se van a afiliar a esas listas —sean negras, blancas o verdes— lo que debe existir es impedir, perseguir y sancionar, y no dejar entrar a ningún espectáculo deportivo a aquellos que están incumpliendo o que se encuentran registrados para ser excluidos. Pero no se le puede impedir el ingreso a alguien que no está en dicho registro, pues eso serviría de base para interponer recursos de protección o para reclamar ante el CERNAC. Gracias, senador Durrasti. Yo le sugiero al Ejecutivo, y le doy la palabra al subsecretario, que repita la propuesta que se está haciendo y, para efectos del análisis, la dividamos en dos, porque respecto del registro de asistentes pareciera que estamos todos de acuerdo. Es un registro que solo excluye —en palabras del senador Durrasti— a quienes tienen prohibición de acceso por haber ejercido el derecho de admisión, al haber participado en hechos de violencia. Para ello es necesario habilitar un registro que permita al organizador del espectáculo contar con un sistema (como un torniquete) que impida que una persona con prohibición de acceso intente ingresar utilizando el carnet de otra persona, lo que justifica la inversión en tecnología por parte de los organizadores. Lo que ocurre es que la pregunta que hace el subsecretario es: ¿qué ocurre cuando el delegado de presidencia, con informe de carabineros, dice, por ejemplo, "tenemos un ejemplo en mi región este fin de semana, donde juega La Serena contra Coquimbo, y se van a vender 10.000 entradas en el estado de la portada"? ¿Y qué fue lo que dijo el delegado presidencial? Esto se juega solo con público local. Va a jugar solo con público local.
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En La Serena, ¿qué es lo que hace La Serena? Al contar con una base de datos, vende solo a quienes han asistido de forma regular. Por ello, la propuesta de la senadora Sepúlveda puede tomarse en parte, ya que en su indicación se señala que se presume el apoyo a dicho equipo por estar inscrito como socio de organización deportiva o por haber adquirido de forma regular la entrada a un espectáculo de fútbol. ¿Cómo le facilitamos la vida a carabineros y a los delegados presidenciales cuando determinan esa medida de seguridad? La propuesta efectivamente se relaciona con permitir tanto las medidas de seguridad más extremas —por ejemplo, jugar solo con público local— como las menos extremas, tales como habilitar determinados espacios para una barra y establecer que cierto sector se venda a determinados grupos y otro no. Para ello, se utiliza este sistema de comunicación para implementar dichas acciones. Quisiera recalcar la idea de arbitrariedad en la discriminación, la cual podría llevarnos al CERNAC. Es importante distinguir que no todas las discriminaciones son arbitrarias: únicamente las arbitrarias corresponderían al CERNAC. Entonces, la pregunta es: ¿cuáles son las discriminaciones justificadas? Nosotros proponemos que esta es una discriminación justificada, fundamentada en criterios de seguridad. Por otra parte, en cuanto a la venta de entradas, se debate cómo funciona hoy en día y cómo podría operar mejor si se aprobara el sistema de prohibición de acceso a ciertas personas. En partidos de libre entrada, todos pueden comprar; además, en casos en que se establece que el socio de un equipo no puede asistir, el resto sí puede adquirirla. Este sistema se parece un poco al de las primarias, en el que solo pueden votar aquellos inscritos en un partido o aquellos que no están inscritos en ninguno, pero no pueden hacerlo quienes ya están inscritos en otro partido. Permítanme manifestar que, en un sistema abierto en el que el delegado no dispone de público local exclusivo o zona exclusiva, existe un mecanismo que hemos catalogado de forma lacónica como 101 y 102. Por ejemplo, en algunos partidos de La Serena en conjunto con Coquimbo, o en otros de distintas ciudades donde se juega solo con equipo local, se evidencia un avance hacia escenarios menos deseables, reflejo de lo que acontece en la sociedad. Por ello, debemos buscar fórmulas para evitar que se generen estas situaciones. Presidente. El senador Sebastián Keitelman ha pedido la palabra. Muchas gracias, presidente. Sigo sin entender algunas cuestiones y no comparto ciertos planteamientos, en especial lo expuesto por el senador Durresti. Siento que, con estas medidas, ¿para qué estamos definiendo y dejando únicamente el concepto de “asistentes”, eliminando categorías como “hincha” o “barrista”? Aunque me parece adecuado eliminarlas por el hecho de que portar la bufanda de un club ya lo categoriza de determinada manera, considero que, al permitir que por ejemplo entren 10.000 personas de la región, de la ciudad o de similares condiciones, se desemboca en un tráfico de entradas y en la formación de un mercado negro. Si yo soy de Santiago y quiero ir a La Serena, ¿qué criterio determinará si se me acredita como local o de la región? Esto podría conducir a malas prácticas. Estamos en Chile, presidente; en el país no se respetan siempre las buenas prácticas, lo que podría generar consecuencias aún más negativas, más allá de la mera cuestión del registro de personas que no deberían ingresar a los estadios. Entonces, si tenemos una definición amplia de lo que es un asistente, y esos asistentes no están completamente registrados, ¿por qué se les quitaría la opción de ingresar al estadio en la sede?
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O donde sea. Yo entiendo que hay partidos que son más complicados, pero eso tiene que ser, por lo mismo, con este torniquete que demuestre que el carnet es de la persona que lo está presentando y que tengan entrada de manera formal comprada. Yo no sé si esto de las listas negras, blancas, son legales, ilegales, no lo sé. Y, como si existieran esas dos listas, el día de mañana, con lo que les estoy quizás comentando, van a existir otro tipo de coloreta, de que las van a comprar en una especie de mercado negro para que haya un tráfico de entradas de personas que no pertenecen a esas regiones, que están con las restricciones de los delegados presidenciales. No sé, siento que no me deja tranquilo, presidente, entendiendo, por favor, que yo firmo lo que cometí el error en la presidencia mía cuando se tocó el tema del registro de hinchas. Lo asumí acá públicamente, en donde creo que nos apuramos mucho, porque debimos haber definido justamente gran parte de estas cosas. Pero, yendo a lo básico y a lo de fondo, el que está en el registro no puede entrar. Y las personas que, independientemente, son barritas, si no están dentro del registro, ¿por qué les voy a cortar yo la opción de que entren? Si no pertenecen a la región o a la comuna, ¿por qué les voy a cortar la opción de que entren? E insisto, esto de cortar va a permitir y va a llevar a que se hagan malas prácticas, de estar en el Cabo Negro de entrada mintiendo. Eso es esto. Sí, es que, bueno, por eso la propuesta del Ejecutivo ha hablado de un elemento objetivo, que es el abonado, el socio, quienes regularmente asisten a un partido, que era el aporte de la indicación de la senadora Sepúlveda. Yo le voy a dar de inmediato la palabra al Ejecutivo, pero les quiero hacer una propuesta, porque de esta definición que todos tienen en su mano, que es una propuesta del Ejecutivo, lo único que genera discrepancia es el inciso segundo. Entonces, yo les sugiero que aprobemos el registro de asistentes, que es el que está contemplado en el inciso primero, que dice: “Asistente es la persona que cuenta con una entrada o acreditación que le permite asistir y participar en un espectáculo de fútbol profesional en particular”. Me imagino que eso no genera ninguna discrepancia, porque esto es para impedir que personas que tengan prohibición de acceso, ya sea por la justicia o por el derecho a admisión, puedan hacerlo. Déjeme terminar la idea, por favor, señor secretario, si me permite. Entonces, eliminaríamos la parte —después veremos la forma, se fija—, pero pongámonos de acuerdo en el concepto. Eliminaríamos, o no aprobaríamos, por ahora, ¿no es cierto?, esta parte que genera discrepancia, que es que aquellos asistentes que sean socios o abonados o hayan adquirido su entrada, en el sector designado por el mismo equipo, podrán ser objeto de medida de seguridad por el organizador. Ahí hay discrepancias legítimas dentro de la comisión de establecer esto por ley, en esta definición. En la práctica se hace; en eso tiene razón el subsecretario. Yo hubiera sido partidario de incorporarlo, pero es válida la discusión. Y me imagino que estamos todos de acuerdo también en el inciso tercero, que es lo que había, que no serán considerados asistentes los trabajadores dependientes del organizador o los funcionarios, para que no tengan problemas —los trabajadores subsecretarios. Gracias, presidente. Me parece bien la propuesta, si es que no generó consenso. Efectivamente, hay que ver el vínculo entre el registro de seguridad de asistentes y el acceso. O sea, en el mundo ideal debería funcionar de tal forma que el que tenga una prohibición no pueda entrar, y eso ya existe en la ley actual, la 19.327. Hay dos registros: por el primer presidente senador, el 101 y el 102 en la forma lacónica. El 101 son las provisiones judiciales que están erradicadas en el fondo en la subsecretaría, y está el 102, que es el derecho a admisión legal que permitió la ley del fútbol de la ley 19.327 a los organizadores. Entonces, los organizadores pueden decirle a una persona que está prohibida de entrar porque resulta, por el derecho a admisión, de ellos. La ley de fútbol chilena estableció ese derecho al organizador. Entonces, hay un listado de 6.000, 7.000 personas que van cambiando, que al momento de comprar la entrada no pueden hacerlo. Si pueden —no sé, compran entrada inominada, etc.— y llegan a la puerta con el carnet, tampoco los dejan pasar. Eso sucede respecto de las personas que tienen prohibición legal de acceder y respecto de aquellas que tienen el derecho a admisión legal ya establecido, 101 y 102. La propuesta que se está incorporando acá es crear una especie de, uno podría decir, un 103, que va a incorporar también como prohibición de ingreso a otras personas que tengan órdenes de abstención, etc. Además, van a crear delitos; esos delitos van a incorporar la prohibición. O sea, acá se están creando delitos y esos delitos van a tener como pena accesoria la prohibición de ingreso a los estadios. Entonces, eso va a generar una ampliación de la cantidad de personas que están en peligro.
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