Cámara de Diputados Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural

Cámara de Diputados - Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural - 13 de mayo de 2025

13 de mayo de 2025
19:00
Duración: 4h 21m

Contexto de la sesión

La sesión tiene por objeto continuar con la discusión general del proyecto de ley originado en una Moción de las diputadas y los diputados, René Alinco, Harry Jürgensen, Paula Labra, Carolina Marzán, Gloria Naveillán, Jorge Rathgeb (A), Hugo Rey y Flor Weisse, que “ Modifica el Código Penal para crear los tipos especiales de robo, hurto y receptación de productos, insumos o maquinaria agrícola”, (boletín N° 17.486-07). * Se procederá a la votación general al final de la sesión. - La Subsecretaria de Agricultura, señora Ignacia Fernández. - El Profesor de Derecho Procesal Penal de la Pontificia U. Católica de Chile, don Ignacio Ried. - El abogado y Magister en Derecho Penal y Procesal, don Juan Peña.

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En nombre de Dios y de la patria se abre la sesión. Sobre la cuenta, el abogado secretario de la Comisión dará lectura a la cuenta. Muchas gracias, Presidente. Se han recibido los siguientes documentos: 1. Un proyecto de ley iniciado en moción de los Diputados señores Maya, Lee y Mirosevic, que modifica diversos cuerpos legales para fortalecer la protección fitosanitaria y sodosanitaria del país, y aumenta las sanciones aplicables al contrabando de productos agropecuarios contaminados, correspondiente al boletín número 17.531-01. 2. Un correo del Gabinete de la Ministra Subrogante de Agricultura, por medio del cual se informa y se excusa por no poder asistir a la sesión de esta comisión del día de hoy debido a compromisos previos en su agenda. 3. Un oficio del Director Nacional Subrogante del Servicio Agrícola y Ganadero, por medio del cual se informa detalladamente lo solicitado por esta Comisión en relación con el viaje realizado por su director nacional junto a 24 funcionarios a un seminario en China. 4. Un correo de la señora Susana Alvarazín Peters, gerente general de INPA, asociación gremial, en el marco de su presentación ante la Comisión hace algunas semanas, en el que consulta si se ha podido avanzar en las acciones conversadas en esta relevante materia para el buen avance de nuestro sector de fertilizantes; remite, a su vez, los contactos de los gremios especialistas del sector que podrían ser convocados a exponer en la Comisión en caso de que se decida seguir tratando este tema. 5. También, un correo del Gabinete del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, por medio del cual se excusa por no poder asistir a la sesión de hoy por encontrarse en Comisión de Servicios en el extranjero, sin perjuicio de lo anterior.
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Y dada la importancia de su invitación, asisten don Rodrigo Sotomayor Cabrera, director nacional subrogante y jefe de la Subdirección de Gestión Técnica; don Jorge Vega Saavedra, jefe de la División de Subdirección Nacional; don Óscar Camacho Inostrosa, jefe de la División de Control de Fronteras y jefe de la Subdirección de Gestión Técnica subrogante; y la señora Karina Morales Santos, jefa de la División de Gestión Estratégica. Además, se recibe un correo de la Asociación Gremial de Agricultores Unidos de Chile, mediante el cual se remite una nota publicada por el diario La Tercera sobre la caída del crédito al comercio, lo que, en opinión del remitente, confirma que la banca ya no es viable para la agricultura tradicional, ya que la desaparición de más de 2.700 millones de pesos, equivalente a 3.000 millones de dólares, en capital de trabajo, ha afectado gravemente al comercio, la industria y el agro. Se adjunta el enlace del diario La Tercera con la noticia completa. Eso es todo, presidente. Gracias, señor secretario. Sobre la cuenta, se ofrece la palabra. Diputada Navellán tiene la palabra. Presidente, nosotros habíamos acordado hace harto rato con Cha, y como yo soy tan amiga de mi compañero Alinco, voy a hablar por él y por mí sobre una visita de esta comisión a la Región de Aysén, la cual falló en la última ocasión; yo estuve hospitalizada y, además, no hubo quórum para realizarla. Quisiera saber cuándo retomaremos este tema, pues me parece de suma importancia. Aunque desconozco si, debido a las condiciones climáticas, será factible ir ahora, creo que debería pronunciarse el diputado Alinco, quien conoce el clima de la zona, para indicar si es posible o no, y también si hay posibilidad en el calendario para fijar la fecha. Recordemos que, en el mes de mayo se señaló que era complejo porque el ministro no iba a estar en el país, y se acordó en principio fijar la visita para el mes de junio, antes de la semana distrital, es decir, la semana del 5 o la del 12 de junio, a definir considerando las condiciones climáticas. El diputado Alinco debía precisarnos la fecha posible respecto a ese tema. Ese fue el último acuerdo respecto de la visita a la Región de Aysén. Diputado Alinco: Yo le quiero señalar a la comisión que, si bien es cierto, no se pudo realizar la sesión allá por falta de quórum —sí, diputada de Nueva York por falta de quórum— el presidente estaba disponible para irse, con los pasajes listos, pero no se efectuó la reunión de la comisión que iba a realizarse en conjunto con el ministro. El ministro llegó el día lunes y se retiró el día miércoles. Se realizó una reunión dentro de su programa oficial; también conversamos con los asesores del ministro —no recuerdo el apellido de uno que nos trató muy bien— y se consiguieron dos horas que se transformaron en tres, con la participación de los campesinos que lograron llegar a Coyhaique, junto al ministro y su equipo regional, entre ellos Cerem y otros. Fue una reunión en la que se generó un cambio de opiniones. Considero que el ministro no podrá asistir en mayo, sino en junio, ya que no es viable tener dos meses consecutivos. Debo señalar que llegó sin propuestas y no nos ofreció soluciones, particularmente en lo relativo al tema de la lana —que ustedes conocen— y a la alimentación de los animales en invierno. De hecho, cuando estuvimos acá hace dos años, se planteó que, debido a la nevación en el sector de Cerro Rosado, ubicado a 27 kilómetros de Coyhaique, se requería atender la alimentación de los animales en invierno. Sin embargo, dos años después del invierno pasado, la alimentación aún no llega a los animales. La impresión que me dejó la reunión, la cual está grabada para quien desee revisarla, es que parte de la información presentada al ministro fue grave, es decir, se le informa una cosa.
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Pero la realidad es otra. Y, obviamente, el ministro le cree a su personal de confianza, pero los problemas continúan. O sea, la comisión, perfecto, que vaya a hablar con los dirigentes del campo, porque había gente de los pequeños, de los medianos y de los grandes, podríamos decir; no fue solamente así. Estaban las asociaciones gremiales, algunas comunidades indígenas; estaba, en fin, todo el espectro del campesinado. No de toda la región, pero sí estaban representados los que pudieron llegar. Y depende de la comisión; si la comisión puede ir en junio, no hay problema. La idea es que se nos pueda establecer alguna fecha, diputado, respecto a ese tema que usted crea que es la más conveniente. Usted conoce la región, conoce el clima, conoce a su gente y, por lo tanto, no es la idea que la comisión se constituya y finalmente la gente no pueda llegar por distintas razones de incomunicación. Si hubiera alguien, estaría en la televisión hablando. Por eso le digo: la idea es que usted pueda fijar esa fecha. Lo que me interesa más a mí es que la comisión esté disponible con el curón necesario. Y, bueno, aquí hay una responsabilidad que tampoco lo voy a decir acá, pero ¿por qué no se logró el curón? Al final, depende de la comisión nuestra; sería muy interesante y muy importante que la comisión vaya. Si ustedes dicen que la próxima semana o la segunda semana de junio es conveniente, no hay problema. Ya los inviernos no son tan duros como antes. En un principio se había fijado el jueves 5 de junio. Lo que sí, como yo le dije al presidente, es que hay que irse un día y volver el otro, porque el mismo día no pueden volver. Todavía nos queda ese detalle, ¿me creen los viejos allá? Porque piensan que yo estaba vendiendo la pomada de la comisión. Así que yo estoy disponible. ¿Cuálquiera de esas dos fechas? El 5 de junio y el 12 de junio son dos jueves, después de la semana legislativa. Yo preferiría el 12. El 12, ¿ya? Usted hace una invitación a todas las organizaciones, y yo voy a buscar a los dirigentes de las diferentes organizaciones y a las autoridades que están presentes con el alcalde; no hay problema, porque nos facilitan un espacio adecuado para sesionar. Ahí me confirman nomás. El 12 se viaja para sesionar el día 13. Veamos cómo están los... No hay gente muy supersticiosa nomás en la comisión. El viernes sí; el 13, no. Enviamos el oficio al comité, y hay quien no responde respecto al asunto de los pasajes, porque ahí está el tema de que cada uno tiene que correr con sus pasajes, lo cual es un tema que no era menor. No, que cada diputado corre con sus gastos. En general, las visitas corresponden a gastos que deben solventar los diputados con cargo a sus asignaciones. Eso es lo que se nos ha informado siempre. Ahí sí, aló, pero tengo una duda respecto de eso, porque dado que vamos de manera oficial y no es un viaje de placer, digamos, efectivamente, nosotros compramos los pasajes, corremos con los gastos, etcétera; pero esto, después –y perdón que sea un tema tan doméstico–, ¿esto después es reembolsado? No, es parte de las asignaciones de uno. Chuta. No sé si es el problema. Eso es lo complicado. Claro, usted lo conversó ya con el señor general. Sí, creo que es donde hay que analizar ese tema. Don René Arinco. Tiempo de que la... Lo que pasa es que acá se toman determinaciones que nos afectan a todos, y se toman determinaciones. El famoso comité, la Comisión de Régimen Interno, toma decisiones sin consultar a la principal instancia que es la sala. Salen en el informe, aparecen unos avisos y uno se da cuenta. Yo recuerdo que antes iba uno y, o sea, uno podía ir con los pasajes que no correspondían a lo establecido...
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Gasto operativo, porque normalmente hoy día, recuerden ustedes, que nosotros fue la Cámara de Diputados la que nos bajamos el sueldo en forma voluntaria – o, por unanimidad, no sé si fue voluntaria, pero fue por unanimidad – en un 25%. La economía siguió igual, la inflación igual; no se movió la aguja, para nada. Pero resulta que nosotros tenemos nuestra gente: ir a Aysén implica 400 lucas en pasaje y, en alojamiento, fácilmente 600 mil pesos. Entonces es complicado. Yo no sé quién tomó esa determinación, porque nosotros somos parlamentarios de todo Chile. Lo que siempre se ha negado – perdón, termino – es el financiamiento de viajes por parte de la Cámara a la Antártica, a Juan Fernández, y a la de Paco o Rapanui. Recordemos que se envió un oficio y que estamos a la espera de respuesta respecto a ese tema. Además, lo de la Bicameral: no hubo respuesta tampoco. Recibieron la comunicación de la Comisión, pero están viendo cómo hacer operativo el tema con el Senado. ¿Algún otro tema? ¿Se puede asumir el Diputado Ayudas? Porque tengo que ir a una comisión con una prueba de corte. Se ofreció la palabra en temas varios, pero no hubo solicitud. Bien, entonces pasamos. Diputado Lenco, tiene la palabra. Yo ayer tuve que retirarme. Estaba tratando acá el tema de la mosca de la… de la azuita. Recién estaba leyendo que se debe abordar la situación presupuestaria del SAC, y el problema de los recortes presupuestarios que han relatado las asociaciones. Aquí hay un recorte de punta a punta en nuestro país, desde Arica a Magallanes, que está afectando a diferentes ministerios, entre otros, el de Agricultura. Los trabajadores, tengo entendido en forma extraoficial, tienen serios conflictos también en su remuneración y en sus condiciones de trabajo en el Ministerio del SAC, en este caso. Entonces, ¿cómo se va a enfrentar esta crisis, o esta pandemia, o esta peste –lo que sea–? Porque al final del día, si no se toman las medidas pertinentes, va a significar un tremendo costo económico para nuestro país. Todos sabemos lo que eso implica. Tal vez no en detalle, pero lo que sucede es que cuando hay situaciones que afectan la producción agrícola –ya sea de la fruta o de las verduras– se ven afectados nuestros intereses. Me preocupa eso, porque nosotros conversamos acá; no tomamos ninguna determinación, nuestra opinión no es muy escuchada por el Ejecutivo, y la gente que viene a nuestra comisión –organizaciones, dirigentes campesinos, dirigentes de funcionarios, en fin– lo sabe, pues desde hace tiempo se viene conversando y nuestras palabras las lleva el viento. Hacemos, como se dice, política ficción, y la política tiene que ser teoría y práctica; no podemos quedarnos en el bla, bla, sin más. Y eso me preocupa. Hay recortes a todo nivel. En la región de Aysén, en el Gobierno Regional, se han recortado hasta la fecha 9.000 millones de pesos, de un presupuesto de 70.000, es decir, más del 10%. Eso nos informó hace un par de días el gobernador, Carlos Santana. Entonces, es preocupante que ahora tengamos, posiblemente, que no se expanda la situación de la mosca a la fruta, pues hay otras crisis en el sector campesino. Marcelo, Marcelo, Carlos Marcelo, yo lo conozco.
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Entonces ese es el problema. Nosotros podemos planificar acá, podemos escuchar a la autoridad, a los técnicos, a los profesionales del agro, pero que todo esto se compra en huevo. Y esa es mi preocupación. Muchas gracias, diputado Alinco. No hay más palabras. Entrando al orden del día, la sesión tiene por objeto tratar la siguiente tabla: primero, continuar con la discusión general del proyecto de ley originado en una moción de las diputadas y diputados, René Alinco, Harry Jürgensen, Paula Labra, Carolina Marzán, Gloria Naveillán, Jorge Rathgeb, Hugo Rey y Flor Weisse, que modifica el Código Penal para crear los tipos especiales de robo, hurto y receptación de productos, insumos o maquinaria agrícola. El boletín es el número 17.486-07. Terminada la exposición de los dos invitados, se procederá a la votación general en esta sesión. Asisten a esta discusión el profesor de Derecho Procesal Penal de la Pontificia Universidad Católica de Chile, don Ignacio Ried, y el abogado y Magíster en Derecho Penal y Procesal, don Juan Peña. Muy buenas tardes. Don Ignacio, le ofrezco la palabra para que se refiera sobre esta moción. Muchas gracias, señor presidente. Agradezco la invitación. Entrando ya en materia, se me ha pedido la opinión respecto de este boletín que modifica el Código Penal, introduciendo modificaciones al delito de robo, al delito de hurto y al delito de receptación, con la intención de agravar las penas o, al menos, hacer que el castigo sea más gravoso para el robo, hurto o receptación de maquinaria, insumos o productos agrícolas. La primera modificación que voy a hacer es exponer lo que se quiere lograr con este proyecto y mi opinión al respecto. Primero, hay que entender bien lo que se quiere hacer para poder opinar, ya que esta materia es técnicamente compleja, especialmente considerando la cantidad de modificaciones que ha tenido el Código Penal en los últimos años. Respecto del robo, es fundamental tener clara la distinción con el hurto. Un robo es la sustracción de cualquier cosa mueble en la que se utiliza violencia contra las personas, intimidación, amenaza o se fuerzan las cosas, es decir, cuando se fuerza una cerradura, se rompe un tejado, una puerta, una ventana, etc. Si no se presentan estas circunstancias, la sustracción se califica simplemente como hurto. ¿Por qué se castiga más gravemente el robo que el hurto? Porque se estima que es mucho más grave cuando se emplea violencia o se fuerzan las cosas, lo que constituye una conducta considerablemente más riesgosa y peligrosa para las personas. En este sentido, la legislación chilena, al igual que mucha legislación comparada, diferencia o agrava las penas dependiendo de dónde se cometa el robo. Si el robo ocurre en un lugar no habitado, resulta menos grave que cuando se comete en un lugar habitado o destinado a la habitación. De igual forma, cuando el robo se comete en un bien nacional de uso público, en una calle o plaza, la conducta es considerada de mayor riesgo por la posibilidad de un encuentro cara a cara entre el delincuente y la víctima. La ley actual, en el artículo 440 del Código Penal, castiga el robo con fuerza en objetos cuando se realiza en un lugar habitado o destinado a la habitación o en sus dependencias, es decir, en cualquier domicilio, departamento, casa o incluso una casa rodante. En este contexto, las penas oscilan entre cinco años y un día y diez años. La norma establece, entre otras, que se agrava la pena cuando la conducta se desarrolla con escalamiento, forzado, rompimiento de pared, techo, fractura de ventana, uso de ganzúa o mediante la seducción de algún empleado del lugar. El artículo 441 está derogado, y el 442 regula el robo en lugar no habitado, estableciendo penas inferiores que van desde 541 días hasta cinco años, siempre que concurran circunstancias como escalamiento, fractura o uso de llave falsa o de ganzúa, resultando en una pena menor que la aplicada en el robo en lugar habitado.
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Como ya dije, un lugar no habitado es, por ejemplo, una fábrica, una bodega, un local comercial, una bomba de encina. Es un lugar no habitado. Y el artículo 443 finalmente castiga con las mismas penas tanto el robo en lugar no habitado como el robo ocurrido en un bien nacional de uso público, como, reitero, una calle o una plaza, y también en sitios no destinados a la habitación o al interior de vehículos, siempre que se rompa la ventana o la puerta del vehículo. Además, el Código Penal chileno regula expresamente el robo; en este caso se entiende como el robo entero de un vehículo motorizado, aplicándose allí una pena agravada, sin entrar en detalle, y existe además una regulación especial para el robo de un cajero automático: si se roba con fuerza un cajero automático se agregó el artículo 443 bis. Ahora, ¿qué propone el proyecto, este boletín? Este boletín dice lo siguiente: se va a introducir una frase al artículo 443, que ya regula el robo en bien nacional de uso público, agregando que idéntica pena se aplicará cuando el delito recaiere sobre productos, insumos o maquinaria agrícola. Esta es la primera modificación que se propone y, por lo tanto, lo que hace es homologar, es decir, igualar la pena del robo en bien nacional de uso público al robo de insumos, maquinaria o productos agrícolas. Ahora, ¿cuál es el problema de esta modificación que se pretende introducir? Con esto, les manifiesto mi opinión, y hay que considerar todas las hipótesis. Una posibilidad es que el robo de maquinaria, insumos o productos agrícolas ocurra en un lugar habitado o destinado a la habitación. Con la legislación actual, ese robo tendría la pena de un robo en lugar habitado, que es una pena grave, ya que cuando hay un encuentro cara a cara entre el delincuente y la víctima, el legislador impone una pena más severa por el mayor riesgo, puesto que la situación se vuelve muchas veces inmanejable. Sin embargo, esta norma, al incluir el robo de maquinaria e insumos agrícolas dentro del artículo que regula el robo en bien nacional de uso público, rebaja la pena. Podría ocurrir que un juez, aplicando el criterio de especialidad previsto en el artículo 13 del Código Civil (que establece que las normas generales tienen preferencia sobre las especiales), estime que, independientemente de dónde se cometa el robo de maquinaria agrícola, se aplique siempre la pena menor correspondiente al robo en bien nacional de uso público. Con lo cual, el objetivo que se propone es justamente el inverso: se rebaja la pena o se homologa la pena a un delito que, en realidad, tiene una sanción más grave cuando se comete en un lugar habitado. Piensen, señores diputados y diputadas, que perfectamente un pequeño agricultor puede tener una parcela de un par de hectáreas, donde vive y posee la maquinaria y los productos agrícolas; entonces, si alguien roba esos bienes, se trataría de un robo en lugar habitado, con una pena más alta. Con esta modificación, un juez podría aplicar, en una interpretación pro reo que es obligatoria para los jueces, una pena inferior. Finalmente, propongo una solución: se podría incorporar el robo de maquinaria o insumos agrícolas como un agravante del artículo 449 del Código Penal, estableciendo un agravante especial. Por ejemplo, hace cinco años se agregó el artículo 449-TER del Código Penal, a propósito de los robos ocurridos con motivo del estallido social o la pandemia, creando un agravante por cometer el robo en ocasión de calamidad pública. De igual manera que el artículo 449 bis incorporó el agravante por cometer el robo dentro de una organización criminal, esta medida permitiría ajustar de forma adecuada la penalidad en casos de robo en el ámbito agrícola.
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Todos estos son ejemplos que ustedes podrían tomar para crear un agravante especial, en lugar de incluir este inciso dentro del robo en bien nacional de uso público. Esa es mi humilde sugerencia. Bueno, la segunda modificación que expongo consta de tres partes. La segunda modificación pretende castigar todos los hurtos de maquinaria, insumo o producto agrícola con la pena máxima, independientemente de su valor. ¿Cuál es la regulación actual? El artículo 446 del Código Penal establece que se castiga el hurto, o sea, cualquier sustracción de cosa mueble sin violencia o fuerza en las cosas. Sin embargo, en la actualidad el legislador asigna una pena más grave dependiendo del valor de la cosa hurtada: si tiene pequeño valor se aplica una pena menor, y si tiene un gran valor, una pena grave. Esto es evidente, pues cuando se roba una cosa de mayor valor se causa un daño patrimonial mayor y, en muchos casos, resulta muy difícil reponer ese inventario. En contraste, cuando se hurtan cosas de menor valor, la pena es más baja. El artículo 447 agrava el hurto en algunas hipótesis. No detallo todas, pero en general, cuando existe abuso de confianza—es decir, cuando se abusa de la posición de confianza que tiene el delincuente con la víctima o con quien posee la cosa mueble (como el dependiente, posadero, obrero o patrón de buque)—la pena se agrava partiendo de la sanción asignada según el valor de lo hurtado. El legislador nunca pierde de vista que no es lo mismo hurtar un chicle que hurtar una trilladora. Además, se agregó, hace algún tiempo, una especie de hurto especial, que castiga el hurto de aquellas cosas que forman parte de las redes de suministro de servicios públicos domiciliarios, como el gas, el agua o la energía eléctrica. En este contexto, el proyecto del boletín introduce el artículo 447-TER, según el cual las penas establecidas se aplicarán en su grado máximo cuando recayeren sobre productos insumo o maquinaria agrícola. Esto significa que, independientemente del valor del producto, se aplicará siempre la pena máxima. Se podría llegar, hipotéticamente, a la situación absurda en la que un juez, enfrentado a un caso en el que alguien se roba un saquito de semilla, tenga que aplicar la pena máxima del hurto, generando así una desproporción completa y un problema de desigualdad ante la ley. En consecuencia, tanto litigantes como jueces recurrirían al Tribunal Constitucional para revisar la norma, como ha sucedido en otros casos. Un ejemplo que tengo en la memoria es el caso de la ley Emilia, que creó una situación especial desproporcionada respecto al resto de la legislación penal: para una conducta que en rigor podría no ser muy grave, como el robo de un saquito de semillas, se aplicaría el máximo de la pena. Finalmente, la tercera modificación consiste en agravar la pena para el delito de receptación de maquinaria, insumos o productos agrícolas. El delito de receptación, según la norma, castiga a la persona que, conociendo (o sin poder conocer) el origen ilícito de las cosas que posee, las comercializa o las reduce de cualquier forma. Este castigo responde al llamado agotamiento del delito, es decir, se sanciona tanto al que roba como al que se deshace de los bienes para lucrar, e incluso al que los compra. El régimen general del delito de receptación, que no se considera muy grave, castiga este delito con presidio menor en cualquiera de sus grados, de 61 días a 5 años, y una multa que va desde…
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las 100 UTM y el inciso segundo de esta norma le da un mandato al juez, o sea, el legislador mandata al juez para que considere especialmente el valor de la especie receptada y la gravedad del delito por el que se obtuvieron. El juez tiene que tener en consideración, nuevamente, si se trata de un saquito de semilla o de una trilladora, y también si el delito de origen es un robo o un hurto, a efectos de castigar la receptación. También existen formas especialmente agravadas o reguladas de receptación, como es el caso de vehículos motorizados y de aquellos bienes que forman parte de una red de suministro domiciliario, situación en la que la pena se agrava, ubicándose entre tres y cinco años. El proyecto pretende asignar una pena grave—entre tres años y un día y cinco años—a cualquier receptación de maquinaria, insumo o producto agrícola. Nuevamente, en mi humilde opinión, con esto termino, se genera el problema de la proporcionalidad, pues este castigo queda desacoplado del régimen general. Podríamos tener una receptación—que ni siquiera es un hurto—de un insumo agrícola, por ejemplo, unas semillas, y que el juez deba imponerle una pena de entre tres y cinco años, pena que dentro del rango de penas en Chile resulta, digamos, medio alta, no siendo una pena baja. No queda muy claro cuál sería el bien jurídico protegido que justifica agravar esta pena. Por ejemplo, si se compara, ¿por qué se agravó la receptación de vehículos motorizados? La receptación de un vehículo motorizado genera numerosos problemas, entre ellos un problema registral, y además se utiliza para la comisión de otros delitos. La receptación de gas, agua o electricidad también suele producir alteraciones en los suministros y riesgos de fugas o de empalmes ilegales. En este contexto, sinceramente, no queda identificado de forma clara el bien jurídico protegido que legitime un castigo penal más severo que en otras hipótesis. Dicho de forma muy pedestre, ¿por qué sería más grave, a los ojos de un juez o de un tribunal constitucional, robar un saquito de semillas en comparación con robar un saquito de chocolate? Cuando no existe claridad sobre lo que se protege, el tipo penal—es decir, el delito—empieza a resultar arbitrario o injustificado. Esa es mi opinión respecto de este proyecto y les agradezco. Muchas gracias, don Ignacio. Voy a… ¿me pide la palabra antes la diputada Navellán? O si desea, cambio el lugar. Diputado Moreno, tiene la palabra. Acá, ahí sí. Gracias por la exposición, profesor, por su intermedio, presidente, sobre ese punto del bien jurídico protegido. Si nos vamos a otro caso, ya no de las semillas, sino que lo que yo creo que todos en esta comisión buscamos proteger son, sobre todo, los insumos agrícolas en general. No se trata únicamente de las semillas, sino también de los fertilizantes y de otros productos sujetos a una serie de restricciones en su uso, debido a que pueden generar daños en la salud, existen normas de aplicación específicas y riesgos colaterales asociados. Aunque pueda parecer hasta ridículo, he conocido varios casos de personas que se quitan la vida tras ingerir insumos agrícolas, un hecho que sucede con cierta frecuencia en el campo y que no es menor. En ese contexto, ¿habría alguna justificación del bien jurídico protegido? Si lo analizamos apartando el caso de las semillas y centrándonos en productos químicos, debemos considerar que estos deben contar con autorizaciones del SAC, venir con etiquetas de toxicidad, tener una forma específica de aplicación y respetar un periodo de decadencia para ingresar al huerto tras su aplicación. Además, existen restricciones coordinadas, según tengo entendido, con la Seremi de Salud y otros estamentos del Estado. Muchas gracias, diputado.
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Moreno, le ofrezco la palabra ahora al diputado Navellán y, posteriormente, le ofrezco la palabra al… Gracias, presidente. Muchas gracias por su intervención. Mire, lo que pasa es que yo encuentro que aquí hay algo que se le pasó a la mesa de la Cámara y que es lo siguiente: en la Comisión de Seguridad Ciudadana tenemos un proyecto de ley que comenzamos a ver ayer, proyecto de ley que modifica el Código Penal para agravar la pena y agregar una nueva circunstancia en el delito de robo en lugar no habitado, que básicamente se refiere a lo mismo. Yo soy firmante tanto en este proyecto como en el que está en la Comisión de Seguridad Ciudadana, y la argumentación que ayer escuchamos de parte de la Defensoría Penal Pública, del asesor legislativo, perdón, del subsecretario del Ministerio de Seguridad, básicamente apunta a lo mismo que está diciendo usted. Entonces, a mí me llama la atención que, al tener dos proyectos que básicamente apuntan a lo mismo—que es aumentar las penas ante este tipo de delitos—no se hayan fusionado, porque es absurdo que estemos viendo un proyecto acá y otro allá que probablemente salgan distintos, ya que, por parte nuestra, las argumentaciones aunque parecidas, no son las mismas. El tema es que, al menos, la intención en la Comisión de Seguridad con el proyecto que tenemos presentado allá es cambiar esta pena, es decir, transformar que esto, en vez de ser hurto, sea delito, y básicamente, ¿por qué? Por ello se solicita el aumento de pena, ya que, aparte de que ha habido un aumento exponencial en este tipo de hurtos—hoy hurto, mañana delitos en todo Chile, en el ámbito agrícola—existe una verdadera mafia organizada para robar y vender o revender estos productos en un mercado informal. A diferencia de lo que sucedía antes, esto no se limita a la maquinaria agrícola. De hecho, el Ministerio Público ayer nos hizo una presentación que solicitamos se amplíe para la próxima semana, en la cual se detalló cómo ha aumentado el robo, no sólo de maquinaria agrícola o relacionada con el área agrícola, incluidas camionetas, sino también de insumos de altísimo valor, por dos motivos: primero, porque su valor pecuniario es efectivamente alto y, segundo, porque son productos que a veces son escasos en el tiempo necesario para poder aplicarlos. Por ejemplo, le pongo el caso de la urea. La urea, que nosotros importamos, llega en ciertas cantidades y, desgraciadamente, la demanda generalmente supera la oferta, lo que hace que el precio suba; pero, además, si no se tiene la urea en el momento en que se necesita aplicar, se vuelve imposible utilizarla, y esa es la realidad. En la territorialidad de los sectores rurales que requieren estos insumos costosos, los cuales se guardan en bodegas que, por cuestiones de funcionamiento—ya que, si estoy aplicando urea, debo cargar el camión o el tractor—se mantienen abiertas durante el día, se vuelven vulnerables, ya que se mantienen abiertos los accesos entre porteros, la entrada al campo y los portones de las bodegas, facilitando que esta mafia aproveche para operar. Por ese motivo, para nosotros, al menos en la Comisión de Seguridad, es tan importante que se aumenten las penas de modo que se pueda determinar que esto, en lugar de ser calificado por los jueces hoy en día como un simple hurto—en el que no hay una pena aflictiva, sino, en el mejor de los casos, una multa o incluso se archive la causa, ya que, convenimos, el Ministerio Público, cuando se trata de un monto bajo, simplemente archiva las causas y luego no se sabe nada más del asunto—pase a ser un delito con penas altas, de modo de poder, de alguna manera, eliminar o intentar eliminar el incentivo que genera que esto siga sucediendo de esta manera. Entonces, me parece súper interesante su exposición, pero a mí me gustaría…
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Recibir una recomendación suya en cuanto a cómo poder mejorar. Yo no sé si, finalmente, se van a fundir estos dos proyectos o no, pero de alguna manera mejorar esto de modo tal de lograr el objetivo sin tener toda la problemática que usted nos acaba de exponer. Muchas gracias. Gracias, diputada Navellán. Se ofrece la palabra, señores diputados. No, no hay palabra solicitada. Don Ignacio, tiene la palabra. Voy a responder primero la consulta que me hacía el diputado Moreno, ¿no es cierto? Claro, lo que menciona acá usted, diputado, es qué sucede cuando lo que se hurta produce consecuencias que son, por así decirlo, exógenas al hurto mismo. Por ejemplo, fertilizantes que pueden tener usos nocivos si se usan, digamos, de manera distinta al uso recomendado por el fabricante; pueden producir un daño ambiental o incluso ser usados para suicidarse, ¿no es cierto? Ahora, si yo tomo en cuenta que todo esto gira en torno al bien jurídico, es decir, el delito, lo que creo es que una recomendación sería incorporar algún tipo de modificación para tipificar, en forma directa, lo que serían delitos contra la salud pública. Esto se debe a que lo que se está protegiendo es algo diferente; la hipótesis que usted plantea no se centra tanto en el daño al patrimonio, sino en que el uso impropio de estos fertilizantes genera un daño colateral distinto. Respecto a la consulta de la diputada Navellán, efectivamente encuentro razón en lo que señala. Usted dice que el hurto tiene una pena baja, y es cierto, efectivamente la pena es baja. El hurto, si se analiza en abstracto, es la sustracción de una cosa material por medios no violentos, conducta que en apariencia no parece muy grave. Sin embargo, el problema de agravar los hurtos es que, al final, se podría terminar agravando todos los delitos, ya que existen conductas mucho más graves, y lo que se afecta es el patrimonio. Yo reconozco que, en ciertos casos, el hurto de determinados bienes, en los cuales el legislador falla, produce un daño que es mucho mayor que el mero valor material de la cosa, y el legislador no lo considera. Típicamente, se enseña que, si a mí me roban el carnet de identidad, aunque este no tenga un valor comercial, el hecho de perderlo genera problemas; o, por ejemplo, una llave de auto, que a lo mejor no vale mucho, pero al tener que sacar una nueva implica pérdida de tiempo, filas y trámites, lo cual también tiene un valor. Sin embargo, el legislador dice que, si la cosa vale poco, la pena debe ser baja, aunque para la persona afectada los estragos sean mucho mayores. Una posible solución, a mi parecer, sería incorporar estos elementos dentro del hurto de maquinaria agrícola o, como usted señala, precisar lo que se entiende por el hurto de fertilizante o de materiales escasos y de difícil reposición, de modo que se le otorgue al juez algún parámetro para, en estos casos especiales, aplicar una pena agravada. De lo contrario, si el legislador no distingue y agrupa todo en el mismo saco, el juez se verá obligado a aplicar penas muy altas a hechos relativamente poco graves, lo que finalmente puede derogar la efectividad de la ley o llevar a cuestionamientos por problemas, insisto, de proporcionalidad. Cuando las penas son muy graves, lamentablemente el sistema siempre busca salidas para no aplicarlas. Los jueces, con su sensibilidad, pueden ver a un sujeto que se robó un saco de urea y decidir no internarlo, tratándolo con clemencia. Acordémonos de ese caso en la cárcel de San Miguel, donde murieron varios presos; uno de ellos está allí por traficar CDs piratas, y los jueces concluyen: "voy a mandar a la cárcel a un señor por traficar urea", lo cual es problemático, salvo que se precise con claridad lo que se está protegiendo. Hoy, el proyecto no está planteado, al menos, en esos términos. Muchas gracias, don Ignacio. Claro, si uno, por ejemplo, se roba un agroquímico es fundamental para...
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