Cámara de Diputados Salud

Cámara de Diputados - Salud - 6 de mayo de 2025

6 de mayo de 2025
21:30
Duración: 2h 1m

Contexto de la sesión

A fin de ocuparse de la siguiente tabla: Continuar la discusión y votación particular del proyecto de ley que da cumplimiento al inciso segundo del artículo décimo transitorio de la ley Nº21.674; modifica el decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud, en las materias que indica; pone fin a las enfermedades o condiciones preexistentes; elimina las discriminaciones por edad y sexo en los planes de salud, y crea el plan común de salud de las instituciones de salud previsional. Boletín N°17.147-11, refundido con boletines N°s 6.930-11 y 11.572-11. Urgencia simple. Se ha invitado: - A la Ministra de Salud, señora Ximena Aguilera Sanhueza. - Al Superintendente de Salud, señor Víctor Torres Jeldes.

Vista pública limitada

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Lo ponemos de pie, por favor: el nombre de Dios y la patria. Se abre la sesión con la diputada Ana María Gamu, que reemplaza a la diputada original, producto de un inconveniente, y antes de dar paso a los puntos varios le doy la palabra a la Secretaría para que dé lectura a la cuenta. Se ha recibido una justificación de inasistencia de la diputada Elia Molina para hoy, porque fue invitada por el Presidente de la República a partir de las 13:30 horas hasta las 21:30 a una reunión. Un oficio de la Ministra de Salud, mediante el cual responde a uno de esta Comisión e informa sobre los motivos y argumentos jurídicos que habrían permitido la devolución, vía resolución de 4 de junio de 2024, por parte de la Superintendencia de Salud, de 10.000 millones de pesos aproximadamente, teniendo en consideración que la Corte de Apelaciones y la Contraloría General de la República habrían negado dicha petición. Un oficio de la Ministra de Salud, mediante el cual responde a uno de la Comisión e informa sobre el estado de cumplimiento del compromiso adquirido para construir un hospital de mediana complejidad en la comuna de Cohelem. Un oficio de la Ministra de Salud, mediante el cual responde a uno de esta Comisión e informa sobre el estado o situación de las propuestas que constan en el acta final de la Comisión de Recomendación Prioritaria de 2017, relativa a la ley referida, señalando si alguna de ellas podría ser incorporada en la próxima ley de presupuestos de 2025 o en otros procesos de priorización atingentes, especialmente el medicamento acetato de aviraterona para el tratamiento del cáncer de próstata. Después, 15 oficios del 5 al 19 que dan cumplimiento a la Ley de Presupuesto, en la cual se informan diversas glosas de distintos organismos públicos. Una copia de una denuncia remitida al Presidente de la República por los trabajadores del Hospital Félix González y la Fundación Doctora Vicena, en contra del director de ese recinto asistencial. Finalmente, una nota que comunica el pareo acordado entre la diputada Molina y el diputado Andrés Feli para la sesión de hoy. Muchas gracias. Ofrezco la palabra sobre la cuenta. Ofrezco la palabra sobre puntos varios. Diputado Lillayú: Todavía no... Yo solamente quería leer; espero que esté un poquito mejor de su cuadro viral. Hace unos días se actualizaron las listas de espera y es doloroso ver que siguen creciendo. Se superaron todos los precedentes y hoy día todavía existen tres con listas de espera. Lo hemos estado viendo en la Comisión. La verdad es que lo estamos viendo en un país enfermo, y mucho tiene que ver con la gestión de salud; eso lo podemos discutir, pero así es. En general, no sobran manos para dar prestaciones de salud a los chilenos; sin embargo, yo quiero decirle que, bueno, que estén las señoras ministras, por intermedio suyo, señor Presidente, nos llegaron algunas denuncias respecto a…
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Cinta Cereme, especialmente la Cereme de Salud de la Región Metropolitana, respecto a los atrasos inexplicables en el tratamiento de resoluciones sanitarias. Estas resoluciones, que van formando parte de la permisología en salud, son necesarias para el funcionamiento de ambulancias, salas de procedimientos médicos y odontológicos, salas de procedimientos en Cefal, entre otros. Se indica que una visita que debería agendarse en 30 días hábiles se está demorando, en promedio, 6 meses. Yo quería que se oficiara al Ministerio de Salud para que se informe sobre el cumplimiento de los plazos para otorgar resoluciones sanitarias. Eso es lo que quiero dejar en el antecedente, y es bueno contar con la ministra para ver qué está pasando con la permisología en salud. En segundo lugar, señor presidente, propongo que se cite a María Soledad Rosas Navarro, representante legal de la Fundación Cristo Joven, institución educativa que depende de la Diócesis de Osorno y que está presente en diversas regiones de Chile. Dicho organismo, integrado por profesionales de la salud, psicólogos, entre otros, tiene un proyecto social orientado a la primera infancia y cuenta con un modelo innovador que ha dado muy buenos resultados, centrado en el desarrollo integral de niños y niñas. El centro, denominado Centro Infantil de Atención Temprana en San Agustín, se ha perfeccionado incluso en el exterior. Este modelo articula los sectores de salud, educación y social, y se plantea como un referente a nivel nacional al establecer un modelo de financiamiento renovable. Aunque se financian a través de la Iglesia y otras fuentes, se requiere que el Estado los observe y apoye. Por ello, se solicita que se informe a la Comisión de Salud para evaluar el apoyo y avanzar hacia un modelo de atención temprana inclusivo, accesible y sostenible en todo Chile. Muchas gracias, presidente. Hoy, 6 de mayo, es el Día Nacional de las Nutricionistas, de los nutricionistas, de los kinesiólogos y kinesiólogas y de los laboratoristas dentales. Quisiera aprovechar para saludar a todos ellos, quienes son parte fundamental de la red asistencial. Muchos de ellos fueron afectados por la pandemia, y es importante reconocer el esfuerzo realizado, especialmente en las unidades UCI, donde varios kinesiólogos desarrollaron un trabajo destacado, y lamentablemente, algunos fallecieron. En este día, se les agradece su labor y aporte a las redes asistenciales, en particular a la red asistencial de Los Ríos. Gracias, presidente, por su intermedio y por saludar a la ministra y a su equipo. Señor presidente, tengo una preocupación constante en el ámbito de la salud pública respecto a las viviendas afectadas por asbesto. El asbesto es un material prohibido en todo el mundo por las graves consecuencias sanitarias que genera, tales como la asbestosis, el mesotelioma y el cáncer pulmonar. Como probablemente ya sepan, existe un programa de recambio de techumbre y sustitución del material afectado en las viviendas, que depende del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Hemos conversado en alguna oportunidad con el ministro de dicha cartera, pero este programa solo alcanza a las viviendas sociales.
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Entonces, el problema acá es que hay gente que compró viviendas y en realidad no tiene ninguna responsabilidad respecto a que le hayan entregado propiedades que, por muy privadas que sean o no sociales, están afectadas, arriesgando su salud. Créanme que hay muchas familias que no tienen los recursos para poder desafectar sus viviendas, y esto no lo puede hacer cualquier persona, sino que debe hacerlo alguien capacitado y habilitado. De hecho, hay viviendas que en ocasiones han sido entregadas sin considerar las implicancias que tienen sobre el medio ambiente. Yo creo conocer relativamente bien esta materia porque la comuna de Puente Alto, en la que viví y a la que represento, contaba con la fábrica Vulcanita, la cual, durante décadas, mantuvo tapados de polvillo sus alrededores producto del chancado de la piedra de manera bastante irresponsable, dañando no solo a los funcionarios, sino también a la comunidad y al entorno. Señor Presidente, solicito, por su intermedio, que se oficie al Ministerio de Salud para conocer su ponencia al respecto y, de igual manera, al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con el fin de saber qué política se ha contemplado sobre estas viviendas. En especial, me refiero a aquellas personas de edad avanzada que no cuentan con los medios económicos para responder a esta necesidad y que, al no poder traspasar sus viviendas a sus herederos, quedan con este problema pendiente. No sé si lo he expuesto con claridad. Además, señor Presidente, desde la Corporación Chilena de Prevención del SIDA, Acción Gay, se ha manifestado una preocupación en relación con la no inclusión de algunos medicamentos inyectables de acción prolongada, de una generación más actualizada, que aparentemente no estarían considerados en la canasta de prestaciones. Por ello, solicito también oficiar al Ministerio para obtener información sobre estas sustancias o medicamentos antirretrovirales. Eso, señor Presidente, muchas gracias. ¿Hay acuerdo para enviar dichos oficios? (Intervención adicional) Se le quedó algo en el tintero, diputado, y permítame ayudarle. ¿Se le podría dar el micrófono? Ah, ahí está. Solo quiero agregar que, junto con el diputado, colega, presentamos la semana pasada un proyecto de ley sobre este tema. La verdad es que detectamos, por ejemplo, que en los hornos existen alrededor de 5.000 a 5.500 viviendas con techos de asbesto, y para retirar este material el Estado coloca 36 UF junto a un sistema completo, mientras que los costos para eliminarlo rondan las 70 UF. Al tratarse de un problema económico, estamos considerando un proyecto de resolución o una idea para que el gobierno tenga conocimiento de la situación. Imaginemos que 5.500 viviendas, multiplicadas por cuatro personas, afectan a cerca de 20.000 habitantes. En Río Negro hemos iniciado un catastro; incluso se realizó una solicitud formal al Ministerio de Vivienda para que tenga conocimiento. Todos sabemos –y nuestra ministra lo reconoce– lo que significa la asbestosis para la población: produce mesotelioma, un cáncer grave y agresivo, y otras enfermedades pulmonares que pueden volverse crónicas. La eliminación del asbesto es una medida prohibida en el mundo entero; en Chile se han observado iniciativas en Concepción e incluso en Francia, pero hoy enfrentamos una verdadera catástrofe de salud pública. Muchas gracias. Diputada Astudillo: Gracias, presidente. Por su intermedio, quiero hacer una petición a esta comisión, ya que en la región hemos estado trabajando con distintas agrupaciones de TEA, puesto que, aunque se aprobó recientemente la Ley TEA, en la práctica no se están cumpliendo los derechos y garantías estipulados.
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Para las personas que son parte del espectro autista. Y hoy en la mañana tuve la oportunidad de conversar con la presidenta de la Comisión, la doctora Elia Molina; también conversé con la presidenta de la Comisión de Educación, Mónica Arce, y con la presidenta de la Comisión de Desarrollo Social. Quería solicitar a los integrantes de esta comisión, a través suyo, presidente, que pudiéramos realizar una sesión conjunta, porque esta ley atraviesa distintos ministerios que tienen que modificar sus protocolos, capacitar a sus funcionarios y cumplir con una serie de normas que en la actualidad no se están aplicando. Sé que es complejo juntar a tantos diputados en un espacio, pero considero sumamente importante este trabajo, ya que ello deriva en un problema mucho mayor relacionado con la integración. A menudo hablamos de la importancia de relacionar a niños con distintas discapacidades o de una diversidad diferente a la habitual, pero no siempre es posible, ya sea por falta de condiciones para preparar a quienes presentan dificultades para desarrollarse en ciertos medios, o porque hay casos extremos que, por muchos esfuerzos, no logran una integración adecuada. Por lo tanto, creo que es fundamental que en esa comisión conjunta contemos también con la participación de los ministros. Si bien habíamos pensado que esta sesión conjunta incluya más, la extensión de la comisión se vería afectada, por lo que considero que estos tres ministerios son los más importantes. Aprovechando que está la Ministra de Salud acá, solicito el acuerdo para poder citar a esta comisión conjunta. ¿Hay acuerdo? Sí, hay acuerdo para que el presidente se coordine con los otros presidentes y, posteriormente, se remita a la sala para su autorización. Tengo que terminar el punto. Diputado Lila Yu, le recuerdo que no se quede en el punto; se me quedó en el punto, pero, como dice la doctora, uno puede ser obsesivo, pero esto es muy sensible. Esta es mi obligación. Hay una mamá de Osorno de los Muermos que habló conmigo y me hizo llegar un documento. Ella me informó que su hija, de seis años, padece una enfermedad del nodo y disociación aurículo-ventricular intermitente por taquicardia. La niña está hospitalizada en el Hospital de Puerto Montt desde hace tiempo y, mientras espera un traslado, solicita que se utilice la red para realizar estudios de derechos fisiológicos y se le coloque un marcapasos, ya que no figura en el GES. No puede quedarse con su hija pequeña esperando indefinidamente, por lo que, a través suyo, solicito que se tomen antecedentes para gestionar alguna medida respecto a Alejandra Buda Ortega y revisar el caso de la niña hospitalizada desde hace uno o dos meses, que requiere una operación. ¿Hay acuerdo para oficiar? ¿Algún otro integrante que quiera hacer uso de la palabra? Si nadie más lo desea, quisiera agregar brevemente que, respecto al palivizumab, fue un gran logro del Ejecutivo y del Ministerio de Salud su incorporación al Programa Nacional de Inmunizaciones. Sin embargo, tengo una duda, ya que oficié sobre esta materia a la Ministra y a la Directora de Presupuestos en la mañana, y se constató que efectivamente el palivizumab se agregó a la Ley de Presupuesto en la glosa respectiva del Programa Nacional de Inmunizaciones, que forma parte del programa de la Subsecretaría de Salud Pública.
20:00
Sin embargo, está también la ley Ricardo Soto. Termino la pregunta y, si queremos, aclaro al ministro: se aprecia que el medicamento estaba contemplado en la ley Ricardo Soto y, por tanto, me surge la duda de si, efectivamente, sigue comprándose el medicamento para los casos descritos en dicha ley –financiado con el presupuesto de la misma– o si pasó al Programa Nacional de Inmunización o a otro espacio en que está contemplado. No sé si desea responder, ministro.  – Sí, por favor. Muchas gracias. Por intermedio de la presidencia, saludo a los diputados. Nosotros incorporamos al Programa Nacional de Inmunización el nircebimab, que es un anticuerpo monoclonal de última generación y de costo mucho menor que el palirizumab, medicamento que estaba incorporado en la ley Ricardo Soto. Sin embargo, observamos la indicación de utilizar el nircebimab, que ofrece mayor eficacia y menor costo, y beneficia también a los niños que tienen indicación conforme a la ley. Pregunta: ¿Todos estarían recibiendo ambos medicamentos?  – No, actualmente se está administrando únicamente el nircebimab. El año pasado se utilizaron ambos, porque había niños de mayor edad, pero este año, al incorporarlo en el presupuesto regular, se utiliza solo el nircebimab. Perfecto, muchas gracias por la aclaración. Si no hay más puntos varios, iniciamos la orden del día, que tiene como punto continuar la discusión y votación particular del proyecto de ley que da cumplimiento al inciso segundo del artículo décimo transitorio de la ley Nº21.674; modifica el decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud, en las materias indicadas; pone fin a las enfermedades o condiciones preexistentes; elimina las discriminaciones por edad y sexo en los planes de salud y crea el plan común de salud de las instituciones de salud previsional (Boletín Nº17.147-11, refundido con boletines Nºs 6.930-11 y 11.572-11), con urgencia simple. Para ello, contamos con la presencia de la Ministra de Salud, señora Ximena Aguilera Sanhueza –a quien agradecemos por estar aquí– y del Superintendente de Salud, señor Víctor Torres Jeldes, quien viene en camino, en reemplazo de la jefa de gabinete. Si pudiera la secretaría actualizarnos en qué punto de la votación en particular estábamos, por favor. Ya, debemos comenzar a discutir el numeral 7, que se encuentra en la página 14. Se trata de un numeral bastante extenso, que consta de varios artículos y que incluye indicaciones, desde la 6 hasta la 12, según se señala en la página 14 del comparado numeral 7. Al final, se propone dar lectura, al menos, al texto propuesto en el proyecto de ley. Se procede a leer:   "Agrégase el numeral 7. Agrégase, a continuación del artículo 228, el siguiente título tercero nuevo, readecuándose el orden correlativo de los artículos siguientes. Título tercero: del plan de salud común, párrafo 1, de las prestaciones y beneficios.   Artículo 229. Para el otorgamiento de las prestaciones y beneficios de salud que norma este libro, las personas indicadas en el artículo 184 deberán contratar el plan común de salud." Intervención: ¿A qué se refiere este título con la institución de salud previsional que eligen?  – A lo mejor podrían ir votando. Pregunta: ¿Este artículo tiene indicaciones?  – No, ni el 229, ni el 230, ni el 231. ¿Ofrezco la palabra sobre el artículo 229?  – Hasta el artículo 229.  – Sí, vamos por el artículo 229. Se ofrece la palabra, y si no pasamos a votación en particular respecto del artículo, procederemos a una votación dividida en el mismo numeral. Procedamos, entonces, a votar el artículo 229. Ahí la secretaría está rápidamente configurando la votación.
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Perfecto. Le falta la diputada Cordero que vote. Ya. Dos, cuatro, seis. A ver, espérese. Había un… ¿cuál es el pareo? ¿Celis con quién? Ah, con Elia Molina. Dos, cuatro, seis. Siete votos a favor. Perfecto. Aprobado. ¿El artículo 230 tiene indicaciones? No. Entonces, demos la lectura y damos la palabra. Artículo 230. Las prestaciones y beneficios del Plan Común de Salud serán los siguientes: A. Las prestaciones contempladas en la modalidad de atención institucional del Fondo Nacional de Salud. B. Las prestaciones contempladas en la modalidad de libre elección del Fondo Nacional de Salud. C. Las garantías explícitas en salud relativas a acceso, calidad, protección financiera y oportunidad, contempladas en el Régimen General de Garantías de Salud, en conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.006-19.966 que establece dicho régimen. D. Beneficio del CAE en los términos definidos en el artículo 231 de este título. E. Las atenciones de emergencia de conformidad a los incisos quinto y sexto del artículo 173. F. Las prestaciones contempladas en el artículo 194 y el subsidio por incapacidad laboral de que trata el artículo 149. Lo anterior es sin perjuicio de los derechos que tienen quienes contraten un Plan Común de Salud y accedan a las prestaciones de cobertura definidas bajo el Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo de la Ley 20.850. Muchas gracias. Ofrezco la palabra sobre este artículo. Si no hay palabra, en votación. Siete votos a favor, cero en contra. Aprobado el artículo 230. ¿El artículo 231 tiene indicaciones? No. Perfecto. Artículo 231. Todo beneficiario de un Plan Común de Salud accederá a una cobertura de enfermedades catastróficas, en virtud de la cual tendrá derecho a una protección financiera especial que se activará… Silvia, orden, por favor… … cuando los pagos que se devenguen por un mismo problema de salud superen, dentro de un mismo periodo anual, el monto máximo de gasto por beneficiario definido en el Decreto Supremo a que se refiere el artículo 234; esta cobertura adicional cubrirá todos los copagos derivados de un problema de salud y de cargo de la persona beneficiaria que superen, dentro de un año calendario, el monto indicado en el inciso anterior. La cobertura adicional operará en toda la red de prestadores definida en el Plan Común de Salud contratado. La cobertura adicional deberá ser activada por la institución de salud previsional de forma automática, una vez que los copagos devengados superen el monto indicado en el inciso primero. En el evento de que algún beneficiario del contrato del Plan Común de Salud efectúe gastos que excedan el monto máximo de gasto por beneficiario, la institución de salud previsional estará obligada a devolver la diferencia entre los gastos incurridos por el afiliado y el monto máximo de gasto por beneficiario. Este monto deberá ser devuelto al afiliado por la respectiva institución de salud previsional en la forma y plazos que determine la Superintendencia de Salud mediante instrucciones de general aplicación. Entonces, ofrezco la palabra sobre este artículo. Si no hay palabras, en votación. Esto no lo puse yo. Siete votos a favor. Perfecto, pasamos al artículo 232. ¿Ese tiene indicaciones? No. Entonces, démosle lectura. Párrafo segundo de la cobertura financiera de las instituciones de salud previsional. Artículo 232. La cobertura financiera que otorgan las instituciones de salud previsional para las prestaciones y beneficios del Plan Común de Salud será la misma para todos sus afiliados, con independencia de la institución que elijan. Esa cobertura será definida en el Decreto Supremo a que alude el artículo 234, en los términos que se indican en este párrafo. Para la cobertura en la red preferente del Plan Común de Salud, el decreto definirá el copago que deberá efectuarse.
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Para el beneficiario por prestación o grupo de prestaciones que reciba en dicha red, este copago deberá expresarse en un porcentaje de un valor determinado en un arancel de referencia para el Plan Común de Salud. Esta cobertura no podrá ser inferior a la señalada en el artículo 190. No obstante lo anterior, cada institución de salud previsional deberá cubrir al prestador que corresponda el valor total convenido, por sobre el dicho copago de las prestaciones de sus beneficiarios. Para la cobertura financiera fuera de la red preferente, el decreto definirá aquella que deberá efectuar cada ISAPRE por prestación o grupo de prestaciones que reciba un beneficiario en prestadores no incluidos en dicha red. Esta contribución deberá expresarse en un porcentaje de un valor determinado en el arancel de referencia para el Plan Común de Salud, y el arancel deberá definir una cobertura financiera mayor cuando las prestaciones se otorguen en la red preferente del Plan Común de Salud definida por cada institución de salud previsional. Ofrezco la palabra sobre este artículo, si no, en votación. También el Ejecutivo puede pedir la palabra. Perfecto. Entonces, menos la vida, más avanzamos. Sí, artículo 233. Artículo 233. El decreto al que hace referencia el artículo 234 deberá mantener las coberturas de las garantías explícitas en salud definidas de conformidad a la Ley 19.966, sin perjuicio de las coberturas que se definan conforme al artículo 232. Las prestaciones incluidas en el artículo 194 serán gratuitas para los afiliados y beneficiarios del Plan Común de Salud. Respecto a las prestaciones que se deriven de atenciones de emergencia o urgencia debidamente certificadas por un médico cirujano, hasta que el paciente se encuentre estabilizado de modo que pueda ser derivado a un establecimiento asistencial perteneciente a su red preferente, el decreto establecerá una cobertura financiera otorgada por las ISAPRE en un 90%, siempre y cuando se califiquen dichas atenciones. Ofrezco la palabra sobre este artículo, que no tiene indicaciones. Entonces, en votación. Siete votos a favor. Perfecto. Vamos con el artículo 234, párrafo tercero del procedimiento de aprobación y modificación del Plan Común de Salud. Artículo 234. El Plan Común de Salud que deben ofrecer las instituciones de salud previsional será definido mediante un decreto supremo dictado por intermedio del Ministerio de Salud, suscrito también por el Ministro de Hacienda. Este decreto contendrá las prestaciones y los beneficios del Plan Común de Salud, así como la cobertura financiera de cada una de ellas. El arancel del Plan Común deberá estar expresado en unidades de fomento. Con todo, el arancel de las prestaciones incluidas en las garantías explícitas en salud será el que corresponda a dicho régimen, conforme a lo dispuesto en la Ley 19.966. Ofrezco la palabra sobre este artículo. Nada, entonces, en votación. Siete votos a favor. Aprobado. En este siguiente artículo, el 235, tenemos la indicación del diputado Lila Yu. Vamos a darle primero… Ah, claro, es bastante extensa, ya que reemplaza dos artículos. Podríamos leer primero el artículo del proyecto de ley y después ofrecer la palabra al diputado, pero podemos partir con el artículo original. Artículo 235. Para la aprobación o modificación de las coberturas financieras del Plan Común de Salud, el Ministerio de Salud deberá convocar previamente a un Consejo Consultivo de carácter técnico, que tendrá como función asesorar en la decisión de la Comisión de Salud.
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De dichas coberturas, tanto para la atención de la red preferente como fuera de ella, el Consejo Consultivo estará constituido por siete personas de vasta y comprobada experiencia profesional y académica en materias de salud pública o economía de salud. Dichos consejeros serán nombrados de la siguiente manera: dos representantes de las facultades de Medicina de las universidades reconocidas oficialmente en Chile, elegidos por estas; dos representantes de las facultades de Economía o Administración de las universidades reconocidas oficialmente en Chile, elegidos por estas; y tres miembros designados por el Presidente de la República, debiendo velar por la debida representación regional en su designación. En todo lo que no esté regulado expresamente y sea compatible con el nombramiento de estos consejeros, les serán aplicables las normas reglamentarias del Consejo Consultivo contemplado en la Ley 19.966. A estos consejeros les serán aplicables las inhabilidades e incompatibilidades definidas en los artículos 134 y 135 de esta ley, así como las normas sobre prioridad administrativa en los términos del artículo 130-0. Asimismo, serán causales de cesación en el cargo las establecidas en el artículo 130 sextis de esta ley. La indicación 6 es del diputado Lila Yu, para reemplazar el artículo 235 y también el 236. Ya, el artículo 235 señala: El Ministerio de Salud aprobará o modificará las coberturas financieras del Plan Común de Salud, luego de considerar las recomendaciones del Instituto de Evaluación y Excelencia en Salud respecto a la definición de su contenido y cobertura, tanto para la atención en la red preferente como fuera de ella, las cuales incluirán una estimación de costos asociados al cumplimiento de dicho plan. El Ministerio de Salud podrá desestimar de manera fundada una o más recomendaciones del Instituto. En este caso, previo a la aprobación o modificación de las coberturas financieras, el Instituto deberá remitir al Ministerio de Salud una nueva estimación de los costos asociados al cumplimiento del plan. El Instituto de Evaluación y Excelencia en Salud será un organismo público, técnico y permanente, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Se relacionará con el Presidente de la República mediante el Ministerio de Salud, y su domicilio será la ciudad de Santiago. Estará constituido por siete personas de vasta y comprobada experiencia profesional y académica en materias de salud pública o economía de salud. Sus miembros serán nombrados de la siguiente manera: dos representantes de la Facultad de Medicina de las universidades reconocidas oficialmente en Chile, elegidos por sus decanos; dos representantes de las facultades de Economía o Administración de las universidades acreditadas en Chile, elegidos por sus decanos; y tres miembros designados por el Presidente de la República, o mediante propuestas externas designadas por el sistema de alta dirección pública establecido en el Título Sexto de la Ley 19.882. En todo lo que no esté reglado expresamente y sea compatible con el nombramiento de estos miembros, les serán aplicables las normas reglamentarias del Consejo Consultivo de la Ley 19.966. A ellos les serán aplicables las inhabilidades e incompatibilidades definidas en los artículos 134 y 135 de esta ley, así como las normas sobre prioridad administrativa en los términos de los artículos 130-7 de esta ley. Asimismo, serán causales de cesación en el cargo las establecidas en el artículo 130 sextis de esta ley. Le corresponderá a los miembros del Instituto designar a uno de ellos como presidente, quien presidirá las sesiones; asimismo, deberán elegir a uno de ellos como subrogante del presidente del organismo. Los miembros del Instituto tendrán derecho a percibir una dieta equivalente a 15 unidades de fomento por cada sesión a la que asistan, con un máximo de 195 unidades de fomento anuales, la cual será compatible con otros ingresos que perciban. Serán funciones del Instituto de Evaluación y Excelencia en Salud evaluar, a solicitud del Ministerio de Salud, tecnologías sanitarias —tales como productos sanitarios y servicios preventivos, curativos y de rehabilitación—, y realizar recomendaciones sobre la priorización en el financiamiento de dichas tecnologías.
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Tecnologías sanitarias evaluadas en el marco de un proceso sistemático, científicamente robusto, participativo y transparente. Asesorar al Ministerio de Salud en la elaboración de protocolos, guías, normas y guías de práctica clínica que describan el uso adecuado de las tecnologías sanitarias priorizadas a partir de la mejor evidencia disponible y procesos de atención que generen valor para el paciente. Definir los estándares metodológicos y de procedimiento para conducir las evaluaciones de tecnologías sanitarias, así como la elaboración de los instrumentos asociados a la calidad de la atención por parte de los proveedores de servicios de salud. Realizar recomendaciones respecto de la definición, contenido y cobertura financiera, tanto para la atención de la red preferente como fuera de ella del plan común de salud, incluyendo estimaciones de costos de estas recomendaciones. Realizar estimaciones de costos del plan común de salud definido por el Ministerio de Salud y las demás funciones que la ley le encomienda. Diputado Lillayu: ¿Le parece si... bueno, yo, todos tienen los comparados la indicación completa, que obviamente me veo en la obligación de declarar inadmisible, y no sé si usted desea hacer cuestión de constitucionalidad? ¿Le puedo dar la palabra? ¿Qué pasa? Tiene que pedir la... Ahí está, ahí sí, ahora sí. Entendemos que, aunque queremos saber si la ministra está abierta a hacer algún cambio al proyecto, en el fondo todas estas indicaciones buscan darle un poco más de músculo y fortalecer el Consejo Consultivo. Cuando, por ejemplo, hablamos de los miembros designados por el Presidente de la República, nosotros hemos señalado que ojalá fueran propuestas designadas por la alta dirección pública. En el fondo, se trata de darle un poquito más de fuerza a este Consejo Consultivo y, de alguna manera, otorgarle otro enfoque, ya sea en dependencia del Ministerio o de forma autónoma, en vez de limitarse a declarar el proyecto como admisible. Le ofrezco la palabra al Ejecutivo para responder a esta duda. Ejecutivo: Muchas gracias, Presidente. Para el Ejecutivo, indudablemente esta indicación es inadmisible, ya que lo que preocupa es la atribución a organismos públicos. Nos interesa que, más que dar simplemente músculo, esta medida tenga cerebro y que se configure una institucionalidad factible de implementar, porque lo que se propone es un consejo que ayude en la utilización y definición de las coberturas. Por cierto, si en la discusión se plantea la designación de los consejeros a través de la alta dirección pública, eso se puede discutir y considerar. Diputado Romero: Muchas gracias, Presidente. Lo que pasa es que estaba mirando la indicación del doctor Lillayu; independientemente de que sea inadmisible, es bastante más rigurosa y exigente que la del Ejecutivo. Acá, el Ejecutivo habla de universidades reconocidas oficialmente en Chile, mientras que la indicación del doctor Lillayu menciona universidades acreditadas. Creo que, si avanzamos en nuestro ordenamiento jurídico y lo analizamos desde un punto de vista sistemático, deberíamos velar para que trabajen universidades acreditadas y no solamente reconocidas. Otro punto es el de los representantes de las facultades de Economía: ¿quién los decide? ¿Quién los reconoce oficialmente? Deberían ser acreditados, ya que en este aspecto el estándar de la indicación del Ejecutivo es más bajo. Además, se plantea que sean elegidos por su decano, sugiriendo un camino para su elección, pero ¿quién los elige realmente? ¿El centro de alumnos? ¿El rector? No tengo idea, lo que deja muchas dudas. Y finalmente, en lo que respecta a los tres miembros designados por el Presidente de la República con representación regional, está muy bien; sin embargo, podría darse el caso de que se elija a un amigo, un pariente o un compadre del partido político, o a alguien que, tras perder una elección, sea médico. No lo menciono para que esto ocurra, pero estas situaciones han pasado y han sido difundidas en los medios. Como parlamentarios, debemos preocuparnos por establecer un estándar que permita a la ciudadanía tener la seguridad de que las personas que integren este Consejo no sean de dudosa idoneidad.
45:00
Sino que son personas que tienen rigor y que tienen los merecimientos para eso. Gracias. Perfecto. Yo declaro inadmisible la indicación. No sé si el diputado Ayu pide cuestión de admisibilidad para que se vote. Perfecto. Entonces, pide cuestión de admisibilidad. Ministra, le doy la palabra. Sí, muchas gracias. Solo mencionar que el modelo de designación es el mismo que hemos tenido por 20 años para las garantías físicas de salud y que ha funcionado correctamente. Se invita a la Asociación de Facultades de Medicina y a la Asociación de Facultades de Economía, para que ellos definan quién los representa. La representación del presidente, por ejemplo, en alguna oportunidad yo representé a la presidenta Bachelet en el Consejo Consultivo del GES, y era un trabajo ad honorem con bastante esfuerzo. Nosotros lo que estamos acá haciendo es profesionalizarlo y dedicarle recursos para que efectivamente se trabaje de una forma más intensa, porque aquí se van a definir coberturas financieras, y por supuesto que va a tener el respaldo del Ministerio de Salud. Diputado Romero, para pasar a la votación de la cuestión de admisibilidad. Gracias, Presidente. Yo no pongo en duda a este Ministerio. Lo que yo quiero decir es lo siguiente: si antes lo hacían a Don Oren, fantástico; esto ahora es remunerado, entonces claro, aquí la cosa cambia. Ahí, yo, contra razón, le reitero que lamentablemente voy a votar en contra por la inadmisibilidad, pero que efectivamente el estándar es bajo, especialmente cuando hay recursos involucrados. En eso, Presidente, yo no le voy a firmar un cheque en blanco a ningún gobierno para que ponga habituado a estos cargos, especialmente cuando ahora son remunerados. Perfecto. En votación, la admisibilidad de la indicación del diputado Ayu. Sí, están por la admisibilidad. Los que votan “no”, por la inadmisibilidad. (Rojo: inadmisible; verde: admisible). Falta Barría. Diputado Barría. Ya, dos, cuatro, cinco. Entonces, se declara inadmisible porque se obtuvo dos votos a favor, cinco en contra y una abstención. Bien, perfecto. Vamos por la votación del texto propuesto por el Ejecutivo como artículo 235. Calma, vamos. En votación: el texto del Ejecutivo, artículo 235. Falta Rosso. ¿Rosa está? Acepto. A favor, tres votos; en contra, cuatro; y una abstención. Entonces, está rechazado. Rechazado artículo 235. Espérenme un poquito. Rechazado: tres, cuatro, uno. No se puede corregir lo que incluye la... no, no se puede. No puedo ver la regla. Seguimos con el artículo 236, que se lee únicamente el texto propuesto por el Ejecutivo: Artículo 236. Para sesionar, el Consejo requerirá un quórum mínimo de cinco integrantes, incluida la presencia de quien ejerce la presidencia o quien la subrogue. En las sesiones, los consejeros tendrán derecho a voz y voto. El Consejo adoptará sus acuerdos por la mayoría simple de sus integrantes presentes. En caso de no alcanzarse dicha mayoría, quien ejerza la presidencia o quien la subrogue tendrá la facultad de dividir entre las alternativas presentadas. De los acuerdos que adopte el Consejo deberá dejarse constancia en el acta de la sesión respectiva, donde también deberán consignarse los votos de minoría. El ministro de Salud tendrá…
Fragmentos 1-10 de 24 (12 disponibles públicamente)

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