1.- Bol.N° 15516-34 Continuar con el estudio de las indicaciones formuladas al proyecto de ley que establece un mecanismo para aumentar la participación de mujeres en los directorios de las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales.
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La comisión. Bienvenida a los senadores presentes que son parte oficial de esta comisión, al Ejecutivo que está presente acá, y a los asesores. Le vamos a dar, antes de comenzar la votación –que es el motivo por el cual hoy día estamos citados– la palabra a la Secretaría para que nos dé cuenta de qué noticias nos tiene hoy.
—Sí, presidenta.
Primero, se hace saber que la senadora Paulina Núñez está en este momento en una comisión mixta, la cual se ha alargado, se ha extendido un poco.
Presidenta, se recibió un informe de la Biblioteca del Congreso Nacional, denominado Equilibrios de Género en las Empresas, que contiene la legislación comparada de Noruega y Francia; su autora es la abogada de la biblioteca, señora Pamela Cifuentes.
Asimismo, se informa a la comisión que llegó un tema en trámite de comisión mixta, nuevamente a la comisión, por el rechazo en general por parte de la Cámara de Diputados del proyecto de ley que establece la imposibilidad de adjudicación de programas o instrumentos de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo a postulantes que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Finalmente, presidenta, se recuerda que ya se dijo hace un tiempo que la comisión debe fijar una fecha, una sesión o parte de una sesión, para escuchar la presentación de la ministra de la Mujer sobre la implementación de la Ley 21.675, conocida como Ley de Violencia Integral o Vida Libre de Violencia. En la Cámara de Diputados ya se realizó esa presentación, la ministra ya la hizo.
Lo primero es saber si es posible encomendarle a Pilar, con la Secretaría de la Cámara de Diputados, el tema de la conformación de la comisión mixta y determinar cuándo habría disponibilidad de tiempo para ello. Y, en otro orden, dado que la ministra nos solicita un día para poder exponer sobre la Ley de Violencia Integral de Género, ¿les parece a ustedes que, terminada la votación de este proyecto, lo veamos? Porque la Cámara ya tuvo una sesión dedicada a ese tema, para así poder cerrar lo que ella nos ha solicitado y dar cumplimiento.
Senadora Pascual:
Presidenta, estoy de acuerdo en que, en cuanto terminemos este proyecto, tengamos de inmediato en agenda la exposición, si a usted le parece. Solo quería consultarle, ya que no alcancé a escuchar bien, ¿cuál es el proyecto que quedó en comisión mixta? Pilar, ¿podría dar cuenta de nuevo, por favor?
Pilar:
Sí, senadora. Es el proyecto que establece la imposibilidad de adjudicación de programas o instrumentos de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo a aquellos postulantes que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. La Cámara de Diputados lo rechazó en general.
En ese contexto, se le pide a la secretaria Pilar que se vincule con la Secretaría de la Cámara de Diputados para poder coordinar opciones de una primera sesión respecto a la comisión mixta. Es raro que, en realidad, se haya dejado de retomar la discusión de ese proyecto, que parece lógica, aunque desconocemos los motivos exactos. Hay que estudiar el informe de la Secretaría para poder entender las razones por las que se rechazó completamente.
No sé si les parece que pudiéramos contar también con el Ejecutivo para que explique lo ocurrido en estos procesos de reuniones que sostuvieron, durante las dos semanas en que estuvimos ausentes, en relación al trabajo técnico con los asesores. Yo revisé el informe que me entregó mi asesor y estoy bastante conforme con el trabajo realizado; y, si así lo estiman el resto de los senadores, iremos discutiendo tema por tema, pero podríamos llegar a un buen resultado hoy.
Le doy la palabra.
Gracias, presidenta. Aprovecho también para saludar a todas las senadoras y al senador de la Comisión. Efectivamente, el trabajo entre los equipos técnicos fue muy bueno; se han acordado, creo, redacciones que efectivamente mejoran el texto del proyecto. Existe un amplio sentido de encontrar estos espacios comunes para resguardar que el objetivo de este proyecto se cumpla.
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Entonces, creo que la propuesta que hace la presidenta de poder ir por cada una de las votaciones que nos faltan puede ser la mejor alternativa. En tanto, ahí se entrará en la discusión más en particular y podemos nosotros, como Ejecutivo, presentar los acuerdos a los que se ha llegado, entendiendo que estas redacciones que también vamos a ir comentando están asociadas a adecuaciones o bien a propuestas de votaciones para rechazar indicaciones que habían sido presentadas anteriormente, ya sea del Ejecutivo o de las senadoras.
En ese contexto, hemos conversado con la Secretaría; si tienen a bien, ella daría lectura. Partiríamos con el artículo 31 bis, en eso quedamos la semana pasada: ella da lectura y, después, le damos la palabra al Ejecutivo para efectos de explicar y, por supuesto, inmediatamente la palabra a los senadores para consulta u observación. Así que tiene la palabra, Pilar.
Presidenta, en la página 8 del comparado primero, había quedado pendiente el tema porque el Ejecutivo había presentado una indicación para agregar un inciso final nuevo, que tanto la Presidenta como los integrantes de la Comisión expresaron algunas dudas. En este otro comparado, que viene marcado en rojo, está la propuesta del Ejecutivo.
Entonces, consistiría en el siguiente inciso final nuevo para el artículo 31 bis: “Las sociedades anónimas que hayan dado cumplimiento a las reglas dispuestas en el inciso segundo durante un período de cuatro años, no estarán obligadas a cumplirlas durante el período siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 31. Cumplido este último período en el que no estaban obligadas, se sujetarán nuevamente a lo que disponga la Comisión conforme a lo establecido en el presente artículo”. Esa es la propuesta del Ejecutivo. Gracias, Pilar.
Tiene la palabra el Ejecutivo.
Gracias, Presidenta. Sí, efectivamente, esto habíamos conversado en la sesión anterior, donde las senadoras hicieron presente que la redacción original presentada por el Ejecutivo no era clara en el objetivo que perseguía. Por lo tanto, en conversación y trabajo con los equipos técnicos se acuerda esta redacción que aclara, como yo les mencionaba, el objetivo que teníamos presentado en la sesión anterior: dar esta redacción de cierre al modelo que se presenta en el artículo 31 bis, pero reemplazando el concepto de “exento” por “no estar obligada” para el período de cuatro años siguientes y, sobre todo, incluir la aclaración que fue bien levantada por los asesores en estas reuniones técnicas, que es que, sin perjuicio de esta regla de cierre, a las sociedades anónimas les seguirá aplicándose la cuota sugerida y, sobre todo, las obligaciones de reportabilidad a la CMF, que no quedaba claro si, con la redacción anterior, estas empresas estaban o no efectivamente obligadas a reportar a la CMF, tal como se entendía que debía ser. Gracias, Presidenta. Muchas gracias.
Le damos la palabra a cualquiera de los senadores que quiera hacer alguna observación a esta redacción, la cual fue presentada por el Ejecutivo con anuencia, entiendo, de toda la Secretaría Técnica, a no ser que yo haya entendido lo contrario.
Senadora Carvajal.
Gracias, Presidenta. No sé si vamos a proceder a leerlo primero o hacemos las observaciones de inmediato. Claro, ya dio lectura Pilar. Ah, ya, perfecto.
En ese contexto, entonces, yo quisiera hacer un alcance. Me parece bien porque queda absolutamente explícito que se refiere al período inmediatamente siguiente, ¿verdad? Pero me atrevería a proponer una redacción distinta, que a mi juicio podría quedar como propuesta de la siguiente manera: “Las sociedades anónimas que hayan dado cumplimiento a las reglas dispuestas en el inciso segundo durante un período de cuatro años, no estarán obligadas a cumplir el período inmediatamente siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 31. Cumplido este plazo, se sujetarán nuevamente a lo que disponga la Comisión conforme a lo establecido en el presente artículo.”
Mi observación radica en lo siguiente, que al disponer, cierto, la nueva redacción…
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Que cumplido el periodo, se dice, no estarán obligadas a cumplirlo durante el periodo siguiente, lo cual resulta contradictorio, pues “durante” se refiere a un tiempo actual y se estaría hablando de un tiempo siguiente que aún no se cumple. Por tanto, existe una contradicción en donde se indica que no estarán obligadas a cumplirlo durante el periodo siguiente. Mi propuesta es que, en lugar de “durante”, se exprese “no estarán obligadas a cumplir el periodo inmediatamente siguiente”. Cumplido ese plazo –lo que dispone el artículo 31– se sujetará nuevamente a lo que disponga la comisión, conforme a lo establecido en el acto. Es decir, se eliminaría la referencia a “no estaban obligadas”, ya que se entiende que, tras cumplido este plazo –posterior a los cuatro años inmediatamente siguientes– se aplicarán las normas que establece la ley conforme a los plazos allí señalados. Lo dice el Ejecutivo. Gracias, Presidenta.
Sí, o sea, considero que esta redacción otorga un mejor entendimiento. Coincido en que, si se acuerda modificar “durante” por “en”, debe corresponder también la modificación que viene más abajo, en la frase “cumplido este último periodo, finalmente”. Nosotros hicimos referencia a “este último periodo” en el que no estaban obligadas, para señalar de forma expresa los cuatro años en que se aplicó el modelo de no obligación, de modo que quede claro a cuál periodo se alude. Entendemos que la redacción aquí propuesta tiene el mismo significado que lo que la senadora propone, siempre que se modifique “durante” por “en”. Si los senadores proponen este cambio porque consideran que facilita el entendimiento, no tendríamos inconveniente en aprobar la moción. Le damos la palabra a la señora Pascual y, luego, tomamos la decisión sobre la reacción final antes de pasar a votación.
Senadora Pascual: Sí, Presidenta, yo creo que el cambio es mínimo y se entiende perfectamente, según la redacción sugerida por el trabajo de nuestros asesores y asesoras, así que es solo eso.
Presidenta: Perfecto. Entonces, le pido a Pilar que dé lectura de cómo quedaría para proceder a votación. A ver, lo que yo entendí es lo siguiente: Las sociedades anónimas que hayan dado cumplimiento a la regla dispuesta en el inciso segundo, durante un periodo de cuatro años, no estarán obligadas a cumplirlo en el periodo siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 31. Cumplido este último periodo, en el que no estaban obligadas, se sujetará nuevamente a lo que disponga la comisión, conforme a lo establecido en el presente artículo.
A nosotros preferiríamos que se mantuviera la referencia de “cumplido este último periodo en el que no estaban obligadas”, para evitar cualquier cuestionamiento sobre a cuál periodo se refiere, y asegurar una buena lectura de este proyecto. ¿Les parece, senadores, que se haga, señor Sangüesa, y luego pasamos a votación?
Senador Sangüesa: Sí, Presidenta. A mí me deja más tranquilo la reacción del Ejecutivo y preferiría que votáramos esa versión.
Pilar: Le pido disculpas, pero procedemos a dar lectura nuevamente con los acuerdos recién tomados. Entonces, yo entiendo lo siguiente: Las sociedades anónimas que hayan dado cumplimiento a las reglas dispuestas en el inciso segundo, durante un periodo de cuatro años, no estarán obligadas a cumplirlo en el periodo siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 31. Cumplido este último periodo, en el que no estaban obligadas, se sujetará nuevamente a lo que disponga la comisión, conforme a lo establecido en el presente artículo.
15:00
Pasamos a votaciones. La presidenta pone en votación, sí, con las modificaciones: senadora Pascual, a favor; senador Sangüesa, a favor; senadora Carvajal, a favor; presidenta, a favor. Aprobado por unanimidad de los presentes.
Presidenta, a continuación, en este mismo comparado — que está vinculado, por supuesto, a la página 9 del comparado original — el Ejecutivo presentó otra indicación para agregar un artículo 31 ter nuevo. Este artículo ter nuevo era, primero, el inciso primero que voy a leer: "Se considerará que las sociedades anónimas que den cumplimiento al porcentaje máximo de representación sugerida del artículo 31 promueven la igualdad de género y los liderazgos de mujeres dentro de su estructura organizacional, para efecto de lo establecido en el inciso noveno del artículo 6 de la Ley 19.886 y su reglamento."
El acuerdo de los asesores con el Ejecutivo agrega: "Esta disposición no será aplicable a aquellas sociedades que hayan sido individualizadas en la resolución a que se refiere el inciso tercero del artículo 31 bis", lo que vimos recién durante el período de cuatro años en que deban regirse por las reglas dispuestas en dicho artículo.
Tiene la palabra el Ejecutivo.
Gracias, Presidenta.
Bueno, esto confluye en una discusión que fue originada en esta Comisión, efectivamente, cuando estábamos hablando no solamente de la indicación propuesta por las senadoras para, por un lado, generar un esquema de incentivos que pudiese efectivamente fortalecer el objetivo que persigue este proyecto de ley, sino también de que el Estado pudiese hacerse responsable de alguna forma más activa en el cumplimiento de este proyecto. Y creo que es bueno tener esta conversación también vinculada a lo que discutimos en la sesión anterior, en donde se fortaleció de forma aclaratoria el artículo que hace referencia a cuáles van a ser las sanciones aplicables para aquellas empresas que no cumplan una cuota obligatoria.
En ese sentido, nosotros como Ejecutivo le agregamos al artículo — a la indicación que ya habíamos presentado con anterioridad — un texto que fue acordado con los equipos técnicos, que es el que justamente leyó la secretaria, y que tiene como objetivo, en primer lugar, incorporar un mecanismo que sea compatible con la actual legislación de compras públicas y, de esta forma, hacerlo también aplicable, de modo que pueda tener resonancia en el funcionamiento del sistema de compras públicas, atendiendo a las últimas modificaciones que sufrió efectivamente la ley.
Además, este segundo inciso que se agrega, en el que se especifica que "esta disposición no será aplicable a aquellas sociedades que hayan sido individualizadas en la resolución a que se refiere el inciso tercero del artículo 31 bis" — refiriéndose a aquellas empresas a las que se les obligó por tener algún incumplimiento —, hace que este incentivo positivo pueda adelantar efectivamente la implementación de esta cuota, ya que estará destinado exclusivamente a aquellas empresas que se rijan por un modelo de cuota sugerida. Se entiende que las empresas que cumplen bajo un modelo de cuota obligatoria lo hacen debido a incumplimientos anteriores, lo cual refuerza aún más la importancia de fomentar el modelo sugerido.
Eso es. A mí, particularmente, me parece una excelente solución.
Damos la bienvenida a la senadora Paulina Núñez, quien envió sus excusas por estar en otra comisión mixta, y les decimos que vamos a dar el espacio a los senadores. Yo ya estoy dando mi opinión. Creo que es muy positivo que se beneficie o se bonifique a quien voluntariamente ha adquirido algo, sin premiar a quien ha tenido que cumplir obligatoriamente.
20:00
Lo natural, ¿no? No es un propósito de la empresa. Y yo creo que hoy día, para terminar, hay varias estructuras que tienen que ver con la experiencia y con varios otros factores establecidos en la Ley de Compras Públicas, que son lamentablemente bastante estructurales; pero justamente lo que hace la diferencia es este tipo de aspectos que pudieran modificar el puntaje, y sobre todo la decisión final cuando, además, hay empate, por ejemplo, en dos propuestas. Así que le doy la palabra a quien usted desee, senador Sangüesa. Gracias, Presidenta.
Sí, creo que este inciso finalmente contribuye a reforzar algo que habíamos planteado, y en mi sentido debe ir en positivo, no como se había propuesto inicialmente al excluir la posibilidad de contratar con el Estado. Considero que se trata de un reforzamiento, e incluso se hace la salvedad de que es solamente para aquellas empresas que han optado por hacerlo de manera voluntaria. Es el camino que debemos seguir, para que más empresas se motiven a optar por lo voluntario y, de esta forma, vayamos generando lo que todos queremos en nuestra sociedad: un cambio estructural y real, ya que las leyes contribuyen a establecer el debate, pero no generarán por sí solas el cambio cultural que esperamos. En este sentido, la existencia de incentivos positivos sí nos ayudará a lograr ese objetivo. Así que, desde ya, me voto a favor, Presidenta. Gracias, Senador Sangüesa.
¿Hay algún otro senador o senadora que desee intervenir?
Senadora Carvajal.
Sí, propongo una explicación respecto a lo que se redacta más abajo, el cual traduce lo explicitado por la subsecretaria, en el sentido de que no estarían bajo esta norma aquellas empresas que, de forma obligatoria, hubieran cumplido el requisito. Mi pregunta es si en este inciso se contempla o queda establecido, o bien se debe deducir, que una vez que dichas empresas hayan cumplido el plazo obligatorio, se revierta esa condición y puedan optar voluntariamente. Es decir, que se dé la posibilidad de cambiar a un régimen de cuota sugerida, lo cual resultaría un incentivo positivo, para que la entidad interesada diga: “Una vez que dejemos de estar obligadas, ahora entramos en igualdad de condiciones”. Esto podría deducirse, pero requiere una aclaración que evite la interpretación de que estarán castigadas de forma indefinida. Subsecretaria, le solicito que revise este punto para poder avanzar y votarlo posteriormente. Gracias, Presidenta.
Sí, efectivamente, ese es el objetivo. Es que una empresa que, tras haber pasado por un periodo obligatorio, vuelva a integrarse en un régimen de cuota sugerida y cumpla, pueda recibir efectivamente esta bonificación. Es importante notar que la redacción propuesta establece que, durante el periodo de cuatro años, las empresas deberán regirse por las reglas dispuestas en dicho artículo. Esto hace referencia, y considerando que las leyes se leen de forma completa e integral tal como conversamos en la votación anterior, a que una empresa estará sujeta a lo establecido en este inciso únicamente durante el periodo transitorio de una cuota obligatoria. En los periodos sucesivos, si la empresa se encuentra bajo un modelo de cuota sugerida, podrá contemplar y recibir la bonificación. Además, la historia de la ley contribuye a que la redacción y la interpretación se orienten en ese sentido.
Senadora Carvajal.
Solo quisiera pedirle a la subsecretaria, por su intermedio, que verifique si en alguna parte se establece lo que deducimos, en particular lo de la referencia a los cuatro años. Según lo que acabo de leer, esa referencia se encuentra en el inciso nuevo que se agrega, cuando se indica que esta disposición no será aplicable a aquellas sociedades individualizadas en la resolución a que se refiere el inciso tercero del artículo 31 bis. Esto es importante, porque dicha resolución se modificará en cada uno de los periodos en que se realice una nueva revisión y se presente una nueva lista de empresas obligadas, y posteriormente se establece que, durante el periodo de cuatro años, la empresa se regirá por las reglas dispuestas en el mencionado artículo. Por ambas partes se entiende que las empresas son individualizadas en una resolución que cambia necesariamente en cada ocasión.
25:00
Que hay una nueva remisión y, si es que entramos en un nuevo modelo de cuota sugerida, obligatoria. Bueno, agradecer la consulta porque eso permite aclarar cosas para la historia de la ley. Está, como bien está redondeada, la redacción de este artículo con el anterior, de tal manera que sometemos a votación el 31 de marzo, si no me equivoco. Sí, la Presidenta pone en votación entonces el artículo 31 ter nuevo propuesto por el Ejecutivo.
Senadora Pascual: A favor.
Senador Sangüesa: A favor.
Senadora Carvajal: A favor. Y para fundamentar, solo que quede la historia de la ley, que efectivamente lo que se busca es generar una supervigilancia periódica y que los incentivos están dispuestos para que aquellos que, de manera, digamos, voluntaria, adhirieren a la normativa que busca este objetivo, pudieran tener también la posibilidad de ver sus posibilidades ampliadas a propósito de integrar, con mayor fuerza y con mayor puntaje, por ejemplo, en las licitaciones públicas a través del mercado de compras públicas.
Dora Núñez: A favor, Presidenta.
Presidenta: A favor. Aprobada la indicación por la unanimidad de las y los integrantes. Luego habría que retroceder… Ah, no, primero, Presidenta, dejar claro que en la página 9 del comparado original las senadoras Proboste, Carvajal, Núñez y Pascual presentaron una indicación para agregar un artículo 31 ter nuevo que, en consideración de la Secretaría, es inadmisible porque está determinando funciones y atribuciones de un servicio público, como lo es la Comisión para el Mercado Financiero. Por lo tanto, Presidenta, usted decide.
Intervención: Sí, no sé si escucharon; independientemente de que yo coincido con la Secretaría, por supuesto, si ustedes quieren discutirlo, no hay problema. Aquí hay varias autoras: acá están la senadora Carvajal, Núñez y Pascual. No sé si quiere repetir el motivo por el cual usted declara que la Comisión para el Mercado Financiero establece o determina funciones o atribuciones de la Comisión para el Mercado Financiero, que es un servicio público, conforme a la ley que la creó. Y aquí lo que se propone es que la Comisión para el Mercado Financiero llevará un registro público de mujeres candidatas calificadas para ejercer en directorios de sociedades anónimas. Dicho registro resguardará la privacidad de los datos protegidos por la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada y podrá ser consultado por el público en general a través de la web institucional de la comisión. La Comisión para el Mercado deberá promover programas de formación en liderazgo corporativo para mujeres y emitir guías de buenas prácticas para el cumplimiento de los artículos precedentes.
Senadora Pascual: Gracias, Presidenta. Yo coincido en que, efectivamente, es inadmisible en tanto genera una nueva facultad. Lo que nosotras queríamos era apoyar la idea original de la senadora Proboste de poder, efectivamente, que cada vez que se hace cualquier promoción para incorporar más mujeres en distintos espacios de toma de decisión, la primera respuesta que se encuentra en general, desde las culturas organizacionales, es “no hay mujeres”. Y como, al decir “no hay mujeres”, entonces no se hace el esfuerzo ni se crea el espacio para ello, desde esa perspectiva esta indicación tenía como objetivo promover un esfuerzo, digamos, de visibilizar a aquellas mujeres. Pero yo entiendo y, por lo mismo, me subo a la declaración de inadmisibilidad. Si se quiere votar, la votaré en consecuencia, como corresponde, Presidenta.
Senadora Pascual (continúa): Sin embargo, este es un emplazamiento positivo para el Ejecutivo en torno a la idea, así que, dado que es inadmisible —en mi opinión también— la idea no es mala. Entonces, le doy la palabra a la subsecretaria.
Subsecretaria: Gracias, Presidenta. Sí, tomamos de todas formas, de buena manera, este emplazamiento. Coincido con la senadora Pascual en que el argumento que normalmente se utiliza para decir que no se puede avanzar más rápido en la incorporación de mujeres en distintos espacios es justamente que “no hay mujeres”. ¿Cuál es la visión del Ejecutivo al respecto?
30:00
La indicación presentada por las senadoras tiene dos partes: por una parte, el registro, y por otra, el poder pedirle a la CMEG que pueda dar planes y buenas prácticas para hacerle llegar a la empresa y que se cumplan los objetos de esta ley.
Lo primero es que nosotros descartamos levantar un nuevo registro porque la Superintendencia de Pensiones actualmente lleva un registro de directores y directoras. Este registro cuenta con cerca de 600 personas inscritas, de las cuales aproximadamente la mitad son mujeres que cumplen todos los requisitos para poder ser directores. Y, si ustedes han seguido los debates, ha sido justamente la respuesta que se da: hoy día existe un registro público de directores y directoras que están efectivamente listos y cumplen todos los requisitos para ejercer sus funciones. La CMF tiene un rol dentro de este registro, que no es de revisión de méritos, sino de poder emitir un certificado para mostrar, por ejemplo, si alguna persona que pretende formar parte del registro ha incumplido alguna infracción dentro de la ley de sociedades anónimas. Por lo tanto, no encontramos que hubiese sido un buen diseño otorgarle a la CMF el poder de crear un nuevo registro, ya que se estarían, por un lado, duplicando funciones y, por otro, la CMF ya participa en el registro llevado por la Superintendencia de Pensiones.
Ahora, habiendo dicho eso, y quizás efectivamente este registro hoy día no es lo suficientemente visible o se le falta mostrarse a cabalidad, mientras siguen existiendo estos argumentos, nosotros proponemos –y es una discusión que tendremos más adelante por una indicación que nosotros como Ejecutivo estamos presentando– crear un comité que haga seguimiento a la implementación de esta ley. La principal tarea de este comité será no solamente acompañar a las empresas, sino también identificar cuáles son las mejores prácticas para avanzar en este ámbito. Además, en este mismo comité se podrá sugerir, si es necesario, fortalecer y generar otro espacio de visibilización para aquellas mujeres que pueden llegar a ser y están preparadas para ser directoras de empresas.
Entonces, nuestra respuesta, finalmente, es que seguimos considerando que en el marco de este proyecto de ley, avanzar en el registro no es lo que nosotros apoyaríamos. Sin embargo, entendiendo el objetivo final, estamos ofreciendo la propuesta de crear este espacio para conversar de forma más permanente acerca de qué otras políticas son necesarias para avanzar más rápidamente en la equidad de género en los espacios directivos de las empresas.
Muchas gracias, subsecretaria.
Senadora Carvajal: ¿Usted había pedido la palabra?
Sí, gracias, presidenta. Mire, la explicación de la subsecretaria, por su intermedio, creo que asienta de cierta manera el propósito de esta indicación. Para nosotros era efectivamente desconocido que existiera este registro, y yo puedo decirlo por mí mismo, pero creo que si ya existe un organismo como la Superintendencia que cuenta con una nómina, bien podría generarse la posibilidad –con la injerencia que la subsecretaria alude y que tiene la CMF– de poder replicarlo. Creo que no alteraría la competencia, sino que abriría la posibilidad de conocimiento y de un mayor espacio. Lo sugiero; tal vez asignarle esa competencia ahora no sea viable sin el respaldo del Ejecutivo, pero ya que se señala que existe un registro, sería muy interesante que, dado que la CMF ya tiene un rol, ese registro también estuviera bajo el alero de la CMF. No sé de qué fórmula se trate, pero creo que es muy interesante poder hacerlo, porque si bien es cierto, para ser honestos, el mercado financiero suele favorecer que en los directorios se incluya un mayor número de mujeres. Hay muchas otras empresas, pero si miramos, aunque corríjame si me equivoco, subsecretaria, creo que en ese ámbito es donde podría haber mayor efectividad en el seguimiento. Insisto, es una propuesta que tal vez desechamos como indicación, pero que también podría abrirse, ya que al final sería interesante saber qué alcance han tenido esas mujeres, o los nombres de mujeres profesionales, en este contexto.
35:00
Imagino o no, no sé cuáles son las características, han tenido espacio o han sido incorporadas en directorios. Porque, si nos vamos a la propuesta original de este proyecto, nosotros en algún minuto presentamos una indicación queriendo imponer, ¿cierto?, de comillas, sanción a quien no cumpliera, digamos, con la cuota sugerida. Se desechó porque iba a ser un poco impositivo, imperativo hacerlo, pero creo que de esta fórmula un registro a nadie podría hacerle daño; es más, abre la posibilidad de que otro estamento tan importante como la CMF pueda contenerlo y, de esa manera, a lo mejor buscar el objetivo que queremos: que haya mujeres, que no se reciban respuestas negativas y que exista un seguimiento, sobre todo, para el directorio de la empresa.
Gracias. Para cerrar la discusión, yo acojo lo que está planteando el Ejecutivo. Pronto va a aparecer, digamos, una propuesta que podría dar respuesta a lo que está planteando la senadora Carvajal y también al objetivo que tenía esta indicación, que es loable, pero que de alguna manera es, por un lado, inadmisible y, por otro lado, el Ejecutivo plantea otra alternativa que pudiera dar cumplimiento a los deseos de una parte importante de esta comisión. Entonces, ¿lo declaramos inadmisible? Si estiman conveniente, vamos a declarar inadmisible, dijo la senadora Sangüesa.
Antes de declararla inadmisible, Presidenta, yo soy bastante contrario al establecer este tipo de registro, porque al final este proyecto, por sí ya es un proyecto elitista al establecer cierto registro – en el fondo, a costo – y eso también atenta contra la libertad que tiene cada una de las empresas de definir quiénes van a integrar su directorio. Y hay que evitar replicar lo que pasa en algunos países de Europa, donde finalmente se habla del grupo de las 100, que son 100 mujeres que están en diferentes directorios y que van cumpliendo meramente la cuota. Entonces, el camino que me imagino que buscamos es aquel en el que, dentro de la propia libertad, se fomente un cambio cultural que permita alcanzar esta proporcionalidad en el futuro, y que no se limite solamente a cumplir lo que establece la ley.
Presidenta, senadora Núñez.
Sí, gracias. No solo quise tomar la palabra para decir que estas leyes también ayudan a que se produzca ese cambio cultural, porque va a llegar un momento en que, teniendo mujeres en los directorios – que, a lo mejor, efectivamente, y ese es nuestro propósito al discutir estos proyectos surgidos a partir de esta ley – no tengo ninguna duda de que se generará una convicción y, por lo tanto, un cambio cultural. Ese cambio demostrará que esas mujeres no solo están ayudando a que se tomen mejores decisiones o compartiendo las labores con sus compañeros de directorio, sino que, sin duda – y ahí irán los números, pues ya se ha analizado y estudiado – la propia empresa resultará más eficiente en su toma de decisiones. Entonces, concuerdo con el senador en que, ojalá – ¿cierto? – y no es solamente en esta materia; uno pudiera legislar lo menos posible, ya que voluntariamente la sociedad va avanzando. Pero cuando la sociedad no avanza, siento que es deber del legislador establecer ciertas normas y reglas para que esos cambios culturales se produzcan. No tengo ninguna duda de que, ojalá, en unos años más no se requiera y cada directorio de empresa tome conciencia de la importancia de conformar su equipo de manera equitativa, no porque haya más mujeres, sino porque se den cuenta de que la toma de decisiones y el resultado de la empresa terminan siendo más eficientes.
Gracias, senadora.
Entonces le damos la palabra a la Secretaría para seguir avanzando.
Sí, Presidenta. A continuación, en el comparado original – tenemos, perdón, página 10 – tenemos en el texto aprobado en general por la comisión un artículo transitorio que, luego, veremos si se aprueba la propuesta del Ejecutivo, de modo que pasaría a ser el primero transitorio. Este artículo transitorio contiene una indicación del Ejecutivo en la que propone – ah, no, dice “ya” para reemplazar la coma “ya” – y agregar la siguiente frase: en el artículo, sí, página 10, en el encabezado del artículo transitorio se indica “esta ley entrará en vigencia a contar del primero de enero del año siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial según las siguientes modalidades”. El Presidente de la República propone, luego del Diario Oficial, poner un punto seguido para agregar…
40:00
Las disposiciones de los artículos 31 y 31 bis se harán según las siguientes modalidades. Es decir, la entrada en vigencia se realizará respecto a dichos artículos de la forma siguiente: Presidenta, no sé si se le da lectura o… hay un tema, parece que hay un cambio o está tal cual; este no sufrió cambio, no hay propuesta. Entonces, se le da lectura y se vota.
Muy bien, Presidenta. Entonces, este artículo transitorio quedaría así:
Esta ley entrará en vigencia a contar del 1 de enero del año siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Las disposiciones de los artículos 31 y 31 bis se harán según las siguientes modalidades:
1. El porcentaje máximo de representación de personas de un mismo sexo, dispuesto en el inciso cuarto del artículo 31 de la Ley 18.046, modificado por el numeral 1 del artículo único de esta ley, será de 80% hasta el término del tercer año calendario desde su entrada en vigencia. Luego, este porcentaje máximo será de 70% desde el inicio del cuarto año y hasta el término del sexto año calendario desde su entrada en vigencia.
2. El primer cálculo al que se refiere el artículo 31 bis de la Ley 18.046, incorporado por el numeral 2 del artículo único de esta ley, se realizará en el sexto mes de julio desde su entrada en vigencia. Con todo, para este primer cálculo la condición contemplada en el número 1 del inciso primero del artículo 31 bis será que un 70% o más del total de las sociedades anónimas a las que se refiere el inciso cuarto del artículo 31 cumplan con el porcentaje máximo señalado sobre la representación de personas de un mismo sexo dentro de sus directorios.
3. Sin perjuicio de lo anterior, en el tercer mes de julio desde la entrada en vigencia de esta ley, la Comisión publicará los resultados preliminares de dicho cálculo. Este cálculo no producirá los efectos dispuestos en los incisos cuarto y siguientes del artículo 31 bis, sino que sus resultados solo serán puestos a disposición en el sitio web institucional de la Comisión y enviados a la Cámara de Diputados y al Senado.
¿Quiere hacer alguna observación o mención?
Sí, cambio, yo creo que no, porque ya está así. Gracias, Presidenta.
No, solo explicar que, efectivamente, este artículo transitorio lo que hace es reflejar la gradualidad de los primeros seis años, y la modificación que nosotros estamos incorporando a la indicación presentada es solamente un ajuste de forma, pues al incorporar un artículo 31 ter –el cual no tiene modalidades en su aplicación– se hace una referencia explícita a que la entrada en vigencia gradual es para lo dispuesto en los artículos 31 y 31 bis, lo que no era necesario cuando no existía el artículo 31 ter.
¿Alguna observación o comentario? Entonces, sometemos a votación a este senador Vazcual.
Sí, gracias, Presidenta. Yo no sé si estoy un poquito lenta para entender, pero no logro precisar: ¿cuál es la explicación de que el segundo párrafo o numeral dice que se realizará en el sexto mes de julio, y el que sigue señala el tercer mes de julio? ¿Se trata del tercer año desde la entrada en vigencia o deben calzar los informes exclusivamente en los meses de julio? Queda para que se corrija la redacción, pero me figuro que tiene una explicación.
Eso. Muchas gracias por la observación. Esto todo debe quedar en la historia de la ley, así que le damos la palabra a la subsecretaria.
Gracias, Presidenta. Sí, efectivamente, durante los meses de abril y mayo es cuando se realizan los cambios en las juntas directivas de las empresas, y por lo tanto se fijó –esto fue bien conversado con la CMF– que será en el mes de julio cuando se efectúe la medición. Entonces, cuando hablamos del sexto mes de julio, nos referimos efectivamente al sexto año desde la entrada en vigencia en dicho mes; y, en el inciso final, cuando se menciona este tercer julio, se alude a la primera medición, que se realizará el tercer año en el mes de julio, pero dicha medición no tendrá efecto.
Eso, preside.
45:00
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