Cámara de Diputados Vivienda

Cámara de Diputados - Vivienda - 23 de abril de 2025

23 de abril de 2025
19:00
Duración: 2h 11m

Contexto de la sesión

Sesión ordinaria citada con objeto de: Continuar el estudio y votación particular del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de fortalecer y modernizar el sistema de planificación territorial del país, correspondiente al boletín N°17251-14, con urgencia calificada de suma.

Vista pública limitada

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Patria, se abre la sesión. Entonces, el acta de la sesión número 113 se da por aprobada por no haber sido objeto de observaciones. El acta de la sesión número 114 queda a disposición de las señoras y señores diputados. Nuestra abogada secretaria de la Comisión, doña Claudia, dará lectura a la cuenta. Gracias, presidente. Tenemos los siguientes documentos para la cuenta: Un oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual se retira y se hace presente la urgencia suma para el despacho del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de fortalecer y modernizar el sistema de planificación territorial del país (Boletín 17.251-14). Un oficio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante el cual se remite la información solicitada acerca de si los beneficios entregados para la construcción de viviendas para personas adultas mayores de la isla de Mauyín, comuna de Quinteo, región de los Lagos, corresponden a un programa o a un subsidio especial. Se adjunta una minuta al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de los Lagos con la respuesta requerida. El documento fue enviado a los correos de los integrantes de la Comisión. Un oficio del Ministerio de Obras Públicas, por el cual se envían antecedentes sobre los planes reguladores comunales de cuatro comunas de la región metropolitana. Se adjunta oficio del Director General de Concesiones con la información solicitada. El documento fue enviado a los correos de los integrantes de la Comisión. Un oficio del director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la región de Coquimbo, por el cual se informa acerca de los graves problemas de filtración en el sistema de cañerías que presentan la vivienda del conjunto.
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Estacional Villa San Rafael de la Comuna de Vicuña envía documento denominado “Estudio Mecánica de Suelo Lote La Viñita”, elaborado por Ingeniería y Servicios Bonadi y Rivero Limitada; un informe de ensayos de suelo S14-12430 del Laboratorio INVEC de la Universidad de La Serena; y un informe técnico de inspección del loteo FSEV Villa San Rafael de la Secretaría de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo del año 2001. El documento con el detalle fue enviado a los correos de los integrantes de la Comisión. Se recibió un oficio de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, por el que se informa el estado de casos tramitados al 31 de marzo del año en curso, en cumplimiento de la Glosa número 4 de la Ley de Presupuestos del Sector Público. Asimismo, se acompañó un oficio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo mediante el cual se informa el plan de intervención del programa de Asentamientos Precarios, dando cumplimiento a lo establecido en la glosa presupuestaria respectiva de la Ley de Presupuestos del Sector Público. Además, se hizo llegar un oficio de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, por el que se informan los gastos asociados al arriendo u otros inmuebles que sirven de dependencia para las actividades propias de la institución. La misma información fue enviada desde la Subsecretaría de Defensa, de la Dirección Nacional del Fondo Nacional de Salud y de la Fiscalía Nacional Económica. Se recibió, asimismo, un correo electrónico de la diputada Emilia Nullado, por el que excusa su inasistencia a la sesión de hoy, debido a que en el mismo horario participará en la Comisión Presidencial para la Paz y Entendimiento en el edificio Moneda Bicentenario, en la Región Metropolitana, evento organizado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Posteriormente, se recibió un correo electrónico del señor Jaime Barrientos, abogado, en el que solicita audiencia con el objeto de realizar observaciones relativas al proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones para agilizar la obtención de permisos de urbanización o edificación (Boletín 17.287-14). De igual forma, el director de la Asociación de Directoras de Obras Municipales de Chile (ADOM) envió un correo solicitando audiencia para efectuar observaciones al mismo proyecto. Asimismo, se recibió un correo electrónico del señor Juan Pablo Viñó, por el que nuevamente adjunta el link de un artículo publicado en El Mercurio, titulado “El Teleférico Bicentenario, el Derecho de Propiedad y el Bien Social”, y reitera la petición de oficiar a los municipios de Huachuraba y Providencia para que informen la inclusión de dicha concesión en sus planes reguladores comunales, en lo que respecta a los permisos de edificación otorgados por sus direcciones de obras municipales y a las mitigaciones o el aporte al espacio público exigidos por ley. Además, solicita nuevamente que la Comisión o los ministerios que no han respondido, a quienes se les ha pedido pronunciamiento, certifiquen su silencio negativo. Los oficios pendientes de respuesta corresponden al Ministerio de Obras Públicas, Bienes Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Respecto al proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones para agilizar la obtención de permisos de urbanización o edificación (Boletín 17.287-14), se señaló que los invitados que concurrieron a la sesión pasada evidenciaron lo denunciado por el peticionario, en tanto se ha legislado y se sigue legislando para una planificación con condiciones entregadas a proyectos de inversiones privadas para el negocio inmobiliario y ganancias por el valor del suelo. Esto ha imposibilitado la planificación urbana, resultando en la inexistencia de una seguridad jurídica en los instrumentos de planificación territorial y en la dificultad de contar con planes reguladores comunales confiables a mediano, largo y corto plazo, dado que se sigue legislando bajo el paraguas de la consagración del Estado subsidiario al “tranza”, más allá de lo que posiblemente se podía regular, aun cuando dicha subsidiariedad esté consagrada en la Constitución. Por lo expuesto, se señala que se debe considerar volver a la planificación urbana y territorial como función privativa del Estado, tal como estuvo consagrado en el Decreto 31 de 1935 sobre Política Nacional de Desarrollo Urbano, el cual fue derogado en el año 2000 por el presidente Lago y el ministro de Vivienda de la época, Jaime Rabinetti. Una comunicación de la diputada Emiliano Ullado y del diputado Fernando Borges informó su pareo para la sesión de hoy; y, finalmente, una comunicación de los diputados Cristian Araya y Héctor Ulloa indicó que están pareados para la sesión de hoy. Muchas gracias. Doña Claudia, ¿alguna observación sobre la cuenta? ¿Se ofrece la palabra en varios? Yo tengo la palabra en varios. Me escribió la alcaldesa de San Miguel a propósito del proyecto Ciudad del Niño en esa comuna.
10:00
Gladia: Hoy día se juntó con varios comités de vivienda que serían beneficiarios de los subsidios para este proyecto. Son más de 700 familias de la comuna que están en esta situación. Me gustaría oficiar al Ministerio de Vivienda y al Ministro Montes, a fin de que informen los avances concretos y significativos de este proyecto, ya que existe mucha incertidumbre, como me planteó la alcaldesa de estas familias, quienes buscan certeza respecto de las fechas de inicio de la construcción del mencionado y anhelado proyecto. Por lo tanto, solicito por unanimidad oficiar y que nos envíen a la brevedad la información requerida a través de la alcaldesa de estos comités, y, eventualmente, invitar a las familias según la respuesta del ministerio. ¿Sí? Acordado entonces. Vamos a suspender por cinco minutos la sesión. Acordado ya, ahora, respecto de puntos varios, pasamos inmediatamente a la orden del día. En puntos varios, lo que quedó pendiente es recabar el acuerdo para acoger la solicitud de las trabajadoras de la Corporación de Asistencia Judicial, en relación a lo que se refirió la diputada Marta González, para que ellas puedan concurrir a la Comisión desde Valparaíso. También se había planteado invitar a la Unidad de Género del Ministerio Público y a la Fiscal Regional de Los Ríos, en la que ya se ha implementado una unidad para que expongan sobre su funcionamiento y los efectos producidos, aplicándose normativas ya aprobadas en la Cámara—como por ejemplo la Ley Antonio y la Ley Integral contra la Violencia. Queda acordado. Ahora, pasamos a la orden del día. En primer lugar, recibiremos a la subsecretaria de Salud Pública, doña Andrea Albagli, con el objeto de analizar las siguientes materias: 1. La entrega de inmunoterapia para pacientes de cáncer en el sector público. 2. El estado actual del compromiso contraído para el acuerdo de riesgo compartido que permitiría a las pacientes de cáncer de mama triple negativo un mayor acceso a terapia. 3. Diagnóstico y brechas en el acceso a medidas preventivas y tratamientos para el cáncer pélvico uterino. Por favor, subsecretaria; muy bienvenida, junto con sus asesores. Don Fernando: Le doy inmediatamente la palabra para comenzar. Buenas tardes, Presidenta, es un gusto saludarle. Agradezco también la invitación para estar presente en la Comisión y comentar sobre temas importantes de la cartera del Ministerio de Salud. Por su intermedio, presento a los venerables integrantes de esta Comisión que nos acompañan, tanto presencialmente como de manera remota. No tengo una presentación formal hoy, pero comentaré sobre todos los puntos señalados y lo expuesto en la Comisión. Con gusto, posteriormente formalizaremos una minuta que detalle todos los aspectos para que puedan ser analizados en mayor profundidad por los integrantes de esta Comisión y otros interesados. Voy a comenzar comentando sobre el acceso a inmunoterapia para el tratamiento de cáncer en el sector público. La inmunoterapia es un tipo de tratamiento sistémico que actúa modulando la inmunidad inespecífica o dirigida y se considera el quinto pilar del tratamiento oncológico, considerando los otros tratamientos como la cirugía, la radioterapia, la quimioterapia y las terapias psicológicas en general. Los tratamientos para el cáncer se han ido incorporando de forma progresiva conforme avanza la ciencia, la medicina, las tecnologías sanitarias y la capacidad del sistema para proporcionar cobertura y acceso a estos avances terapéuticos. En general, el tratamiento del cáncer, al igual que otros en salud, cuenta con distintos mecanismos de cobertura para entregar garantías financieras y, en el caso del GES, garantías de acceso oportuno y de calidad. De este modo, el tratamiento está cubierto por las garantías explícitas en salud. Además, algunos tratamientos se financian a través de la Ley Ricarte Soto, la Ley 20.850 y el programa de drogas oncológicas de alto costo, constituyendo tres grandes esquemas de cobertura para prestaciones dirigidas al cáncer y otras patologías. En específico, en términos de inmunoterapia también existen medicamentos incorporados en cada uno de estos sistemas, en el caso de las coberturas a través de la Ley Ricarte Soto se encuentran presentes y se…
15:00
Damos cinco minutos para ver si tenemos quórum para votar, cinco minutos más y, si no, se cae la comisión, Don Vicente, mientras llega el comparado. No sé si nos explica las indicaciones en términos generales. No hay problema. Así, rápidamente, las modificaciones son las siguientes: primero, se incluye una modificación a la ley orgánica de gobiernos regionales que reconoce la posibilidad de financiar estudios para la elaboración y modificación de instrumentos de evaluación territorial, una cuestión que después conversará la comisión. Luego, aparece como un artículo completo nuevo, aunque se trata de modificaciones específicas en relación a la facultad de asociación de los Servius, materia que se ha discutido largamente, y que presenta un artículo que, si bien es similar a la glosa existente, incorpora algunos elementos de mayor transparencia y establece de manera más precisa el procedimiento, de acuerdo a lo conversado con la comisión técnica. También se introduce una modificación completa al artículo 27 bis, que establece el proceso de planificación; este procedimiento se modifica de modo que se determinan los pasos de forma más clara. En segundo lugar, se establece la imagen objetivo en el artículo 28 (octios), donde se reformula y simplifica la imagen objetivo en el espíritu del proyecto de ley, contando con ciertos acuerdos tomados con la Comisión Técnica. Posteriormente, se modifica el artículo 34 en relación a las facultades de los planes reguladores, a los documentos que deben contemplar y, además, se incorporan competencias nuevas para los planes regulares intercomunales. Finalmente, se modifica también el artículo 43, que establece de alguna forma el procedimiento de anteproyecto de los planes reguladores, el cual se simplifica en base a la conversación sostenida con los comités.
20:00
Se basó mucho en los documentos o comentarios que se nos hicieron llegar por parte de los actores interesados en este proyecto. Se simplificó bastante y quedó una propuesta mejor que la original. Y luego, las últimas modificaciones dicen relación con algunas pequeñas modificaciones respecto al procedimiento de habilitación normativa, en particular el rol de un decreto de alcaldicio y no de una resolución del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de manera a ser más consistente este procedimiento. Señor Presidente, este es el resumen de las indicaciones que presentó el Ejecutivo, que por cierto se suman a las que se han discutido también dentro de este trámite. Entonces, partimos con el numeral 11 del artículo primero, que fue una indicación presentada por la Comisión previo acuerdo de la Mesa Técnica, porque eso quedó pendiente y lo reabrimos. Se reabre el debate para votar el numeral 11 del artículo 1. Numeral 11, artículo 1. El artículo único modifica el decreto con fuerza de ley número 1 que fija el texto refundido coordinado, matizado de la ley orgánica constitucional de municipalidades; el artículo once modifica el artículo noventa y dos bis de dicho decreto. Y los diputados de Sanlí y Gips presentaron una indicación para sustituir el numeral once del artículo único por el siguiente: Se agrega un inciso final que es lo siguiente: la capacitación al Consejo Municipal en planificación urbana y materias afines será llevada a cabo por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, directamente o a través de terceros. Los miembros del Consejo Municipal podrán cursar el programa de formación y capacitación elaborado para estos efectos. El Ministerio informará en la sesión de instalación del Consejo Municipal del referido programa y certificará la asistencia a los cursos ofertados en el programa elaborado para estos efectos. ¿Se abrió unanimidad con esta indicación? Se aprobó por unanimidad. ¿Entonces se rechaza la norma que habíamos aprobado y se aprueba la indicación? Por unanimidad. El artículo de la reapertura del debate: ¿falta otra condición para reabrir el debate? Sí, por favor. Ahora, Presidente, solo para que... no, solamente que esto es una norma de concordancia con la norma que fue finalmente aprobada también para los consejos regionales, que se me indicó acá y creo que es bueno que quede en acta aquello. Ahí se justificó. Gracias. Entonces, sigamos. Pasamos al numeral 1 del artículo 2. Este numeral, que había sido rechazado, ahora con esta indicación pretende volver a reabrir el debate sobre la norma. Entonces tenemos que cumplir dos condiciones: por unanimidad reabrir el debate y necesidad de...
25:00
De que el estudio de la norma sea necesario para el proyecto de ley. Sí. Y esa la estamos reabriendo, ¿por qué? Para darle concordancia al proyecto respecto de una norma que ya aprobamos respecto a los CORE y no a los consejos. Exactamente. Por lo tanto, necesitamos reabrir el debate. Bueno. ¿Tenemos esto ya? Entonces… El artículo… Artículo 2, numeral 1. ¿Por qué numeral 2? No, es un nuevo numeral 1 del artículo 2. No es el que está rechazado, es el otro que está rechazado. Este es un numeral nuevo que dice lo siguiente: agrega en la letra H del artículo 17, esto es del Ejecutivo, la frase “En conformidad con las normas que rigen la materia”, a la que le sigue la siguiente oración: “Sin perjuicio de la posibilidad de financiar estudios para la elaboración o modificación de instrumentos de planificación territorial de nivel intercomunal o comunal, para cuyo efecto se podrá aplicar lo dispuesto en el artículo 16 de la ley 18.096”. La misma votación anterior también está concordada por la mesa técnica, y se aprobó por unanimidad. En tercer lugar, tenemos el numeral 2 del artículo 2, que es el que estamos reabriendo y que ya justificamos, de economía procesal. Entonces, ya tenemos la unanimidad y la justificación. Leo, si quiera, la indicación: es una indicación para agregar el siguiente inciso final del numeral 2 del artículo 2 del proyecto de ley. La capacitación al Consejo Regional en Planificación Urbana y Materia Afina será llevada a cabo por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo directamente o a través de terceros. Los miembros del Consejo Regional podrán cursar el programa de formación y capacitación elaborado para estos efectos. El Ministerio informará sobre el programa disponible en la primera sesión del Consejo, que se refiere al artículo 99 bis de esta ley, y certificará la asistencia de los cursos ofertados en el programa elaborado para estos efectos. Esta es la norma de concordancia también respecto a las capacitaciones, y fue aprobado por la misma votación anterior. Después tenemos el numeral 3 del artículo 2. Este numeral, que también estaba rechazado, agrega en el inciso primero del numeral 3 del artículo 2 del proyecto de ley, a continuación de la coma que sucede en la expresión “artículo 37”, la siguiente oración y al programa de formación y capacitación indicado en el artículo 39. Es la misma concordancia que hemos estado viendo hasta el momento, y fue aprobado por unanimidad. Luego, el numeral 2 del artículo 4 lo dejaremos para el final, junto con el 26 bis. Después, tenemos el numeral 2 del artículo 5, y el numeral 2 del artículo 4 se deja para el final. Acá hay una indicación: tengo esta indicación pero quiero ver la que viene. Hay dos indicaciones del diputado; fue en salida, y yo voy a retirar una. Yo retiro la indicación número 8. Y ahora, suprimen el literal…
35:00
Entonces, ¿estaría aprobada así la letra, presidente? Con las dos indicaciones. ¿Les parece con la misma votación anterior? Aprobado. Hay que votar ahora la letra B, que elimina el inciso final, la página 28 del comparado. Elimina el inciso final del artículo 27. Voy a… ese es el numeral 3 del artículo 5 que también está acordado. No, es la letra B del numeral 2. Sí, página 28. Eso no lo hemos votado. Ah, sí, ya. Perfecto, pues. ¿Estamos a favor con esta? Aprobado por… solo, consistente con el sistema de nueva actualización. Es un tema de consistencia, es concordancia. Aprobado por unanimidad. Ya, aprobado. Entonces, ahora vamos al numeral 3 del artículo 5, que es el artículo 27 bis. Aquí está el texto del proyecto, que es el que está en la columna del medio. Hay indicaciones de la diputada Nullado en la tercera columna que modifican ciertos elementos, y luego se observa una indicación sustitutiva del Ejecutivo, ubicada en la primera columna porque no tenían dónde ponerla, que se hace cargo de todo lo comentado anteriormente y que consiste en la evaluación técnica. Esto hace más eficiente el trámite; si es sustitutiva, se eliminan las otras indicaciones. Por lo tanto, votemos la sustitutiva, la cual estaría con la misma votación anterior (página 28), incluyendo además la letra A, la letra B (para concordar la norma) y la letra C, que refiere a la imagen objetivo de la planificación territorial. Lo que se establece en este artículo, primero que nada, es el procedimiento del plan regulador en innovación, ya que se determinan tres etapas: una etapa de preparación, una etapa de diseño y una etapa de aprobación. Esto permite comprender en qué fase se encuentra el plan regulador, un tema largamente discutido que requirió consenso en la comisión y que surgió a partir de sugerencias de distintos actores. Luego se establece el inicio del procedimiento, importante para dar cuenta de que se ejecutó el plan regulador, junto con los plazos correspondientes, tal como ya estaba incorporado en el proyecto original. También se contempla la posibilidad de utilizar una imagen objetivo —incorporada al debate— para varios planes reguladores en paralelo, lo que permite construir una gran imagen objetivo y, posteriormente, realizar pequeñas modificaciones. Se cree que esto favorecerá tramitaciones más ágiles de los planes reguladores.
45:00
Es buena esta comisión, si; ay, no sé, no están los particulares. ¿Serán aplicables? ¿Me falta alguna indicación? ¿Será aplicable la misma regla para la propuesta de modificación de la plaza del artículo 28 de CIS, en cuanto a transparencia en el ejercicio de la potencia aplicadora? La planificación urbana es una función pública cuyo objetivo es organizar y definir el uso del suelo y las demás normas urbanísticas de acuerdo con el interés general. El ejercicio se fundamentará en principios transparentes, señalando precisamente sus motivaciones y los objetivos específicos que se sigan en cada caso, especialmente cuando se realicen cambios en las propuestas de proyectos. Se deberá considerar información suficiente sobre la realidad existente y su evolución previsible. Para estos efectos, la autoridad que promueva la planificación territorial o sus modificaciones podrá utilizar la información territorial pública que elaboren o posean las instituciones públicas con competencia en la materia, las cuales estarán obligadas a proveer dicha información.
50:00
podrá generar los acuerdos y discusiones necesarios para el cumplimiento de los objetivos y la coordinación con la institución que administre el repositorio. Se buscará el principio de oportunidad, debiendo desarrollarse el proceso de planificación con la máxima economía de medios sencillos y eficaces. Gracias. La intervención continúa señalando que se debe ajustar al principio de oportunidad, desarrollándose el proceso de planificación con la máxima economía de medios de acción y ajustándose a los principios de sustentabilidad en sus dimensiones social, económica, cultural y ambiental; así como a la cohesión territorial y la eficiencia energética, procurando que el suelo se ocupe de manera eficiente y combine los usos en un contexto urbano seguro, saludable, accesible, universal e integrado socialmente. Se debe evitar la especulación y procurar la participación de la comunidad afectada, en la satisfacción de las necesidades de vivienda de la población, siendo fundamental tener en cuenta los estudios técnicos referidos a la movilidad urbana, la sanidad, la energética, el riesgo y la protección del patrimonio natural y cultural, conforme establezca la Orden de la Ciudad, la cual deberá articularse con las políticas sexuales asociadas a cada materia. Ante la cuestión de la comunicación entre los distintos niveles de planes de gestión, se afirma que el acuerdo de la Comisión Técnica fue más que hablar de oportunidad precisa: se señaló que los planes regulares deben desarrollarse con la máxima economía de medios, sencillez y eficacia. Se enfatiza la importancia de que en el fondo quede asentado de ley que, a pesar de que en ocasiones se objeten procedimientos de planes reguladores por razones menores, como la supuesta sobrante de un día, no debe justificarse la eliminación del proceso completo del plan regulador. Uno de los principios rectores de un plan regulador es que exista economía de medios, apuntando a que el procedimiento termine en la aprobación del plan regulador. Perfecto. Entonces, se pasa a la votación, siendo la misma que la anterior, y se aprueba el texto y la indicación por mayoría de votos. A continuación, en la página 57, se presenta una indicación del Ejecutivo: se trata del numeral 11 del artículo 5, que modifica el inciso 5 del artículo 34, agregando, entre las palabras "sectoriales" y la oración que indica dicho plan, la siguiente expresión: la letra B, que se incorpora después del punto aparte (que pasa a ser punto y seguido) a la siguiente oración, en el inciso quinto. Asimismo, en dichos sectores se podrán definir las densidades mínimas que podrán establecerse en los planos reguladores comunales. Con esta modificación, y en acuerdo con la comisión, se pretende que los planes reguladores intercomunales tengan una nueva atribución, la cual atenderá una exigencia comentada por el doctor en torno a la Llegar a que esto se utilice finalmente y poder tener esas estadísticas. diputado rosa tiene la palabra Gracias, Presidenta. Sobre el punto que quería comentar, a veces se pierde de vista –y qué bueno que van a contar con un personal específico para evaluar técnicamente la efectividad de una droga como un anticuerpo en el tratamiento de un cáncer avanzado–, pero también quisiera poner en perspectiva que, aunque una droga de este tipo puede llegar a costar, por ejemplo, mil millones de pesos por una terapia, en el caso de la mamografía, esa misma cantidad se puede traducir en cerca de 100.000 mamografías. Por ello, en el Ministerio deben considerar también el tema de la prevención. Respecto a la curación, es mucho más importante la prevención. Si pudiéramos, de algún modo, analizar los efectos de la prevención en bajar la edad para realizar la mamografía y garantizar la operatividad en las Redes Asistenciales, sabríamos que lo invertido ahora evitará futuras inversiones en estadios muy avanzados del cáncer de mama y otros cánceres. Por otro lado, se debe invertir también en investigación de anticuerpos, ya que la inmunoterapia, pese a ser una herramienta terapéutica muy específica, en ocasiones puede no ser eficiente. En otros casos, donde se piensa que ciertos procedimientos son eficientes, se puede documentar que funcionan muy bien en algunos pacientes, mientras que en otros, por condiciones clínicas distintas –por ejemplo, la existencia o no de traqueotomía–, no resultan efectivos. Esta diferencia puede generar empatía y el deseo de buscar alternativas, pero cuando una acción no va a ser efectiva, también se debe tener en cuenta la empatía hacia las personas que se pretende beneficiar. Si un medicamento cuesta 1.000 millones de pesos, lo cual equivale al costo de 100.000 mamografías, se debe sopesar cuidadosamente. Es importante comunicar públicamente este tipo de debates, ya que el Ministerio debe tomar diariamente decisiones similares; como ocurrió con otro anticuerpo, del que estamos orgullosos de que nuestro país lo haya instaurado para la lucha contra el virus inicial, el cual costó 65 millones de dólares –unos 65 mil millones de pesos– para los 125.000 niños nacidos el año pasado, lo que permitió que no hubiera hospitalizaciones en UCI ni muertes por esa causa. En conclusión, se reconoce que los anticuerpos son una herramienta muy valiosa que debe emplearse de forma no solo curativa, sino también preventiva. Esta visión debe ser compartida con la ciudadanía, y por ello celebro que estos temas se traten en la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, dado que nunca se habían abordado con tanta profundidad en comparación con la Comisión de Salud. Felicito y agradezco la oportunidad de participar. Le doy la palabra a la subsecretaria para que pueda contestar las preguntas y, de inmediato, se dé paso a lo que corresponda.
55:00
En ciertos sectores de la ciudad, por su interés, por su conexión, por su buena ubicación y por el estado invertido en torno a ellos, se puede establecer una densidad mínima para los sectores correspondientes a los regulares intercomunales o metropolitanos. Esa es una atribución que hoy en día no poseen estos regulares, ya que únicamente pueden establecer densidades promedio. En consecuencia, y dadas las necesidades habitacionales y residenciales, consideramos que esta atribución es necesaria para el objetivo de la ley de integración social y territorial. Entonces, aprobada por la misma votación interior, letras A y B, se deja aprobado. En la página 59, presidente, en el numeral 11, existe una propuesta para modificar el artículo 35, que consiste en reemplazar la letra A. El Ejecutivo presentó una indicación que reemplaza la letra A, incorpora una nueva letra B y, en la letra C, agrega una palabra que modifica el artículo 35. Por tanto, debemos votar por literal, ya que la letra B se votará en contra. Permítanme señalar, presidente, que esta propuesta recoge algo que ya existe en los mismos términos en la Ordenanza General de Construcciones, y que pretendía hacerse cargo del punto; sin embargo, en el fondo se trata de algo que actualmente aplican los regulares intercomunales para la extensión de los límites urbanos. Procederemos a votar la letra A, la B y la C por separado. En la letra A se aprueba la misma votación; en la letra B, manifiesto mis discrepancias respecto al tema sanitario y la voto en contra. Así, presidente, aprobada la letra A de la indicación del Ejecutivo, se da por rechazada la del texto original. El Ejecutivo ahora incorpora una nueva letra B que dispone realizar un estudio de infraestructura sanitaria conforme a lo que disponga la Ordenanza General. Nosotros, por nuestra parte, entendemos y queremos rechazar dicha indicación, pues deja con demasiada potestad la cuestión sanitaria respecto del crecimiento, de acuerdo con el plan regulador. Creemos que no puede quedar de ese modo, ya que, aunque se permita crecer con el plan regulador, si las sanitarias no amplían sus territorios operacionales se generan verdaderas islas dentro de las ciudades, áreas que podrían destinarse al plan de emergencia habitacional. Por ello, soy partidario de rechazar la letra B y he justificado mi voto de manera anticipada.
Fragmentos 1-10 de 20 (10 disponibles públicamente)

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